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قوانين بيرو

Decreto Supremo Nº 041-2017-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético

صدر في 2017-12-18 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Energy, Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
food security, subsidy/incentive, special fund, energy conservation/energy production, natural gas, internal trade
الفئات
energy

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النص

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  1. Artículo 1.- Modificación del Reglamento de la Ley N° 29852, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM Modifíquese el artículo 15 del Reglamento de la Ley N° 29852, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, modificado por Decreto Supremo N° 035-2014-EM, según el siguiente texto:

  2. “Artículo 15.- Compensación Social 15.1 La compensación social a que se refieren los Artículos 5.3 y 7.2 de la Ley Nº 29852 se hace efectiva mediante el Vale de Descuento FISE por un monto de S/ 16.00 (Dieciséis y 00/100 soles). Dicho monto se podrá actualizar una vez al año, durante el primer trimestre, hasta por un monto que no exceda del 30% del precio de venta final del balón de GLP, mediante Decreto Supremo refrendado por el MINEM y el MIDIS. 15.2 El número de Vales de Descuento FISE que se entregan a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria – PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del programa nacional de alimentación escolar Qali Warma, es el siguiente: Institución educativa del PCA Comedores Número de usuarios o PNAE Qali Warma raciones Número de vales de Número de vales de descuento FISE (máximo) descuento FISE (máximo) 1 a 24 1 2 25 a 49 50 a 99 2 4 100 a 249 250 a más 3 6 15.3 La oportunidad de la entrega de los Vales de Descuento FISE se rige por lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12 del presente Reglamento”.

  3. Artículo 2.- Refrendo La presente norma es refrendada por la Ministra de Energía y Minas, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas FIORELLA GIANNINA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1598652-2

Decreto Supremo Nº 041-2017-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético · Nelum