Decreto Supremo Nº 040-2023-PCM - Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada de proponer y fiscalizar la implementación de medidas y acciones estratégicas para el desarrollo sostenible e integral de los pueblos indígenas u originarios afiliados a la Asociación Regional de Pueblos Indígenas de la Selva Central - ARPI SC y a la Organización Regional de Nacionalidades Amazónicas de Selva Central - ORNASEC, en el ámbito geográfico territorial, con bases jurisdiccionales organizativas en los departamentos de Junín, Pasco, Huánuco, Cusco y Ayacucho
صدر في 2023-03-23 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development, General
- الكلمات المفتاحية
- institution, Indigenous Peoples, policy/planning, governance, rural development
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Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión indígenas u originarios afiliados a la Asociación Regional Multisectorial de Pueblos Indígenas de la Selva Central - ARPI SC y a Crear la Comisión Multisectorial de naturaleza la Organización Regional de Nacionalidades Amazónicas permanente, dependiente de la Presidencia del Consejo de Selva Central - ORNASEC, en el ámbito geográfico de Ministros, con el objeto de proponer y fiscalizar la territorial, con bases jurisdiccionales organizativas en implementación de medidas y acciones estratégicas los departamentos de Junín, Pasco, Huánuco, Cusco y para el desarrollo sostenible e integral de los pueblos Ayacucho, orientadas a su desarrollo sostenible e integral. indígenas u originarios afiliados a la Asociación Regional b) Proponer mecanismos para la implementación de de Pueblos Indígenas de la Selva Central - ARPI SC y a medidas y acciones estratégicas de corto, mediano y la Organización Regional de Nacionalidades Amazónicas largo plazo, para el desarrollo territorial descentralizado, de Selva Central - ORNASEC, en el ámbito geográfico sostenible e integral de los pueblos indígenas u originarios territorial, con bases jurisdiccionales organizativas en afiliados a la Asociación Regional de Pueblos Indígenas los departamentos de Junín, Pasco, Huánuco, Cusco y de la Selva Central - ARPI SC y a la Organización Ayacucho. Regional de Nacionalidades Amazónicas de Selva Central - ORNASEC, en el ámbito geográfico territorial, con bases
Artículo 2.- Conformación de la Comisión jurisdiccionales organizativas en los departamentos de Multisectorial Junín, Pasco, Huánuco, Cusco y Ayacucho. c) Realizar el seguimiento y la fiscalización de las 2.1 La Comisión Multisectorial está conformada por acciones y medidas orientadas al desarrollo territorial los/as siguientes integrantes: descentralizado, sostenible e integral, así como al cumplimiento de los compromisos asumidos por las a) El/La Presidente/a del Consejo de Ministros, quien entidades públicas de distintos niveles de gobierno la preside. competentes para la atención de las demandas b) El/La Ministro/a de Cultura. planteadas por los pueblos indígenas u originarios c) El/La Ministro/a de Educación. afiliados a la Asociación Regional de Pueblos Indígenas d) El/La Ministro/a de Salud. de la Selva Central - ARPI SC y a la Organización e) El/La Ministro/a de Desarrollo Agrario y Riego. Regional de Nacionalidades Amazónicas de Selva Central f) El/La Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social. - ORNASEC, en el ámbito geográfico territorial, con bases g) El/La Ministro/a de Vivienda, Construcción y jurisdiccionales organizativas en los departamentos de Saneamiento. Junín, Pasco, Huánuco, Cusco y Ayacucho, orientadas a h) El/La Ministro/a del Ambiente. su desarrollo sostenible e integral. i) El/La Ministro/a de Economía y Finanzas. j) El/La Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 5.- Conformación de Equipos Técnicos k) El/La Ministro/a de Transportes y Comunicaciones. La Comisión Multisectorial puede conformar Equipos l) El/La Ministro/a del Interior. Técnicos por áreas específicas y/o ejes de trabajo que m) El/La Ministro/a de Energía y Minas. coadyuven al cumplimiento de su objeto y funciones. n) El/La Gobernador/a Regional de Junín. El procedimiento para la conformación de los Equipos 6 NORMAS LEGALES Jueves 23 de marzo de 2023 / El Peruano Técnicos se establece en el Reglamento Interno de la de Nacionalidades Amazónicas de Selva Central – Comisión Multisectorial. ORNASEC, con presencia en las regiones de Junín, Pasco, Huánuco, Cusco y Ayacucho”, creado mediante Resolución
Artículo 6.- Colaboración de otras entidades, Ministerial N° 000380-2022-DM/MC. asesoramiento y apoyo Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés 6.1 Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión días del mes de marzo del año dos mil veintitrés. Multisectorial puede convocar la participación, en calidad de invitados, a especialistas, funcionarios o DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA representantes de entidades públicas, personas jurídicas Presidenta de la República privadas, instituciones académicas y de investigación, organizaciones y/o representantes de la sociedad civil, LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA así como de organismos internacionales, según sus Presidente del Consejo de Ministros necesidades. 6.2 La Comisión Multisectorial, a través de su ALBINA RUIZ RÍOS Secretaría Técnica, puede solicitar información a las Ministra del Ambiente entidades públicas, para el cumplimiento de sus funciones. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Artículo 7.- Secretaría Técnica Ministra de Cultura La Comisión Multisectorial cuenta con una Secretaría Técnica, a cargo del Ministerio de Cultura, siendo la NELLY PAREDES DEL CASTILLO responsable de brindar apoyo técnico y administrativo a la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego Comisión Multisectorial, llevar el registro de sus acuerdos y custodiar sus actas y toda documentación que genere. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social
Artículo 8.- Instalación La Comisión Multisectorial se instala en un plazo ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA máximo de quince (15) días hábiles, contado a partir del Ministro de Economía y Finanzas día siguiente del vencimiento del plazo previsto para la designación de sus representantes. OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA Ministro de Educación
Artículo 9.- Financiamiento OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH 9.1. El funcionamiento de la Comisión Multisectorial Ministro de Energía y Minas se financia con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, sin demandar VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ recursos adicionales al Tesoro Público. Ministro del Interior 9.2. Los gastos que involucren la participación de los/ as integrantes que conforman la Comisión Multisectorial JOSÉ ANDRÉS TELLO ALFARO se financian con cargo al presupuesto institucional de Ministro de Justicia y Derechos Humanos la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud
Artículo 10.- Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en la PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en Ministra de Transportes y Comunicaciones las sedes digitales de las entidades cuyos/as titulares refrendan la presente norma, el mismo día de su HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA publicación en el diario oficial El Peruano. Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Artículo 11.- Refrendo 2163383-1 El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Cultura, el Ministro de Educación, la Ministra de Salud, la Ministra TRANSPORTES Y COMUNICACIONES de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra del Ambiente, el Ministro de Autorizan el servicio de cabotaje marítimo Economía y Finanzas, el Ministro Justicia y Derechos durante la vigencia de la Declaración de los Humanos, la Ministra Transportes y Comunicaciones, el Estados de Emergencia Ministro del Interior, y el Ministro Energía y Minas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2023-MTC/01 Primera.- Aprobación del Reglamento Interno Lima, 22 de marzo de 2023 Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su instalación, la Comisión Multisectorial propone el VISTOS: El Informe Nº 0174-2023-MTC/18 de la Dirección reglamento interno a la Presidencia del Consejo de General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal Ministros, para su aprobación mediante resolución y el Informe Nº 0049-2023-MTC/18.03 de la Dirección de ministerial. Políticas y Normas en Transporte Acuático y Logística; El reglamento interno establece el régimen de periodicidad, quórum, reglas de votación y reglas de CONSIDERANDO: aprobación de acuerdos, e incluye las demás disposiciones para su correcto desarrollo y organización. Que, conforme a los artículos 4 y 7 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio Segunda.- Extinción de Grupo de Trabajo de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es Extíngase el Grupo de Trabajo Multisectorial de competente de manera exclusiva en materia de servicios naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para de transporte de alcance nacional e internacional; proponer acciones que permitan atender las demandas de asimismo, ejerce las funciones de regular, autorizar, las organizaciones indígenas de la Selva Central afiliadas gestionar y evaluar los servicios de transporte acuático, a la Asociación Regional de Pueblos Indígenas de la así como los servicios portuarios y conexos, en el ámbito Selva Central – ARPI SC y a la Organización Regional de su competencia;