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Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM ─ Reglamento que regula las Políticas Nacionales

صدر في 2018-03-19 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
General
الكلمات المفتاحية
sustainable development, monitoring, policy/planning, legal proceedings/administrative proceedings, local government

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  1. Artículo 2.- Derogación Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y Déjese sin efecto la Resolución Ministerial N° 097- 189 de la Constitución Política del Perú, el Estado es 2012-PCM que aprueba la Directiva Nº 001-2012-PCM/ uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo SGP que contiene los “Lineamientos para la elaboración y descentralizado. El territorio de la República está de matrices delimitación de competencias y distribución integrado por regiones, departamentos, provincias y de funciones de los Ministerios que tienen a su cargo distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y competencias compartidas”. organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local, en los términos que establece la Constitución y la Ley, Artículo 3.- Financiamiento preservando la unidad e integridad del Estado y la La implementación de lo dispuesto en el presente Nación; Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 4 institucional de las entidades involucradas, sin demandar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, recursos adicionales al tesoro público. el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, Artículo 4.- Refrendo las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las El presente Decreto Supremo es refrendado por la entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Presidenta del Consejo de Ministros. Que, adicionalmente, el artículo 5 de la mencionada Ley N° 29158, establece que el ejercicio de las Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve competencias compartidas del Poder Ejecutivo con los días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. gobiernos regionales y los gobiernos locales está regido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Regionales, la Ley Orgánica de Municipalidades, así Presidente de la República como por las Leyes de Organización y Funciones de los Ministerios y las entidades que componen el Poder MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Ejecutivo, según corresponda; Presidenta del Consejo de Ministros Que, por su parte, el numeral 2 del artículo 6 en concordancia con el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley N° 29158, establece que el Poder Ejecutivo ejerce REGLAMENTO QUE REGULA LAS la función de planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar POLÍTICAS NACIONALES las políticas nacionales y sectoriales en conformidad con las políticas de Estado, y que los Ministerios diseñan, TÍTULO I establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; DISPOSICIONES GENERALES Que, el Tribunal Constitucional en las sentencias recaídas en los expedientes Nº 0020-2005-PI/TC y Artículo 1.- Objeto N° 0021-2005-PI/TC señala que los gobiernos regionales El presente Reglamento regula las políticas “deben actuar en armonía con las políticas y planes nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, nacionales y locales de desarrollo, conforme al artículo estableciendo las normas que rigen su rectoría, en el 192 de la Constitución”. Siendo que la Ley N° 29158, Ley marco de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Orgánica del Poder Ejecutivo, da idéntico tratamiento a la Ejecutivo. relación entre el nivel nacional de gobierno y el regional, y entre el primero y el gobierno local, lo establecido por Artículo 2.- Finalidad las citadas sentencias del Tribunal Constitucional resulta El presente Reglamento tiene como finalidad igualmente aplicable a los mecanismos de coordinación desarrollar la rectoría de las políticas nacionales en todo el con los gobiernos locales y a los deberes de cumplimiento territorio a fin que sean implementadas por las entidades que las políticas nacionales y sectoriales conllevan para públicas de los tres niveles de gobierno, en beneficio de estos; los ciudadanos. Que, siendo las políticas nacionales y sectoriales de cumplimiento obligatorio por todas las entidades Artículo 3.- Ámbito de aplicación del Estado en todos los niveles de gobierno y estando Se encuentran bajo el ámbito de aplicación, en lo que su rectoría bajo la competencia exclusiva del Poder les sea aplicable en el marco de sus competencias: Ejecutivo, es necesario fortalecer dicho rol rector, a fin de asegurar que tales políticas sean ejecutadas y cumplidas - Los Ministerios y entidades públicas del Poder en todo el territorio, en el marco del principio de unidad Ejecutivo. de Estado consagrado en los artículos 43 y 189 de la - Los gobiernos regionales y gobiernos locales Constitución Política del Perú; - Las universidades públicas Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario - Las Mancomunidades regionales y municipales aprobar el Reglamento que regula las políticas - El resto de entidades del Estado, siempre y cuando nacionales, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° las políticas nacionales las incluyan en el marco de su 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, con la finalidad implementación y evaluación. 4 NORMAS LEGALES Martes 20 de marzo de 2018 / El Peruano

  2. Artículo 4.- Referencia y privadas. Para tal efecto, toda política nacional se debe Toda mención a “políticas nacionales” en el presente formular conforme al contenido del anexo 1. Reglamento sin especificar su carácter sectorial o 8.3 Su diseño y evaluación son de competencia multisectorial, debe entenderse referida a ambos tipos de exclusiva de los Ministerios para cada uno del o los política nacional. sectores a su cargo, pudiendo tener continuidad más allá de un determinado gobierno. TÍTULO II 8.4 Los ministerios tienen a cargo la coordinación de sus políticas nacionales, contando con el apoyo de la POLÍTICAS DE ALCANCE NACIONAL Presidencia del Consejo de Ministros para la coordinación de su formulación y seguimiento, en lo que resulte

  3. Artículo 5.- Políticas de alcance nacional pertinente. Son políticas de alcance nacional, aplicables en 8.5 Se enmarcan en las Políticas de Estado, la Política todo el territorio, las Políticas de Estado y las Políticas General de Gobierno y los objetivos del Plan Estratégico Nacionales. de Desarrollo Nacional y pueden ser:

  4. Artículo 6.- Políticas de Estado - Políticas nacionales sectoriales, corresponden al subconjunto de políticas nacionales acotadas a una 6.1 Las políticas de Estado definen lineamientos determinada actividad económica y social específica generales que orientan el accionar del Estado pública o privada, bajo el ámbito de competencia de un en el largo plazo a fin de lograr el bienestar de los Ministerio. ciudadanos y el desarrollo sostenible del país. Son el - Las políticas nacionales multisectoriales, resultado de un consenso alcanzado en el Foro del corresponden al subconjunto de políticas nacionales que Acuerdo Nacional. buscan atender un problema o necesidad que requiere 6.2 Están contenidas en el Acuerdo Nacional y se para su atención integral la intervención articulada de más concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional. de un sector, bajo el ámbito de competencia de dos o más 6.3 La Presidencia del Consejo de Ministros a través Ministerios. del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN facilita el seguimiento a las políticas de Estado. Artículo 9.- Concordancia de las políticas regionales y locales con las políticas nacionales

  5. Artículo 7.- Política General de Gobierno Los gobiernos regionales y locales formulan políticas regionales y locales, en sus respectivos ámbitos 7.1 La Política General de Gobierno es el conjunto territoriales, en concordancia con las políticas nacionales de políticas priorizadas que se desarrollan a través de conforme a lo dispuesto en sus respectivas Leyes políticas nacionales durante un periodo de Gobierno. Orgánicas. 7.2 Está bajo la dirección del Presidente de la República y debe ser presentada por el/la Presidente/a TÍTULO III del Consejo de Ministros al Congreso de la República, conforme lo dispuesto en la Constitución Política del Perú. POLÍTICAS NACIONALES 7.3 El/la Presidente/a del Consejo de Ministros apoya al Presidente de la República en la gestión de la CAPÍTULO I Política General de Gobierno mediante la coordinación, seguimiento al cumplimiento y evaluación de las políticas DE LA ESTRUCTURA, APROBACIÓN Y priorizadas. PLANEAMIENTO DE LAS POLÍTICAS NACIONALES 7.4 A los cuarenta (40) días de haber asumido sus funciones el Presidente de la República, y por iniciativa Artículo 10.- Estructura y aprobación de una de este, el Consejo de Ministros aprueba mediante política nacional acuerdo la Política General de Gobierno, en el marco de 10.1 El texto de una política nacional que formule las Políticas de Estado, los objetivos del Plan Estratégico y proponga el o los Ministerios competentes sigue la de Desarrollo Nacional y las políticas nacionales vigentes. estructura contenida en el Anexo 1. Dicha Política General se materializa mediante Decreto 10.2 Las políticas nacionales, previa opinión técnica Supremo refrendado por el/la Presidente/a del Consejo de del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - Ministros. CEPLAN, se aprueban por decreto supremo con el voto 7.5 Los ministerios competentes proponen la aprobatorio del Consejo de Ministros y el refrendo del aprobación o actualización de las políticas nacionales Ministro titular del sector o sectores competentes. que conforman la Política General de Gobierno bajo 10.3 La política nacional multisectorial, es propuesta su competencia, conforme la estructura contenida en y sustentada en forma coordinada por cada uno de los el Anexo 1, en un plazo máximo de ochenta (80) días Ministerios intervinientes. El decreto supremo que la calendario de publicado el Decreto Supremo a que se aprueba requiere del refrendo del/la Ministro/a que hace referencia en el numeral 7.4 que antecede. conduce dicha política nacional. 7.6 En caso una política priorizada de gobierno ya 10.4 El decreto supremo aprobatorio así como el texto contara con una política nacional aprobada que trasciende íntegro de la política nacional se publica en el Diario Oficial el periodo de gobierno en curso, deberá ser actualizada, El Peruano y en el portal institucional de los ministerios de corresponder, sujetándose al plazo señalado en el competentes. numeral 7.5. 7.7 El seguimiento a las metas que se prioricen en la Artículo 11.- Vinculación de las políticas nacionales Política General de Gobierno está a cargo de la Oficina de con el SINAPLAN Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros. 11.1 Las políticas nacionales desarrollan sus objetivos a través de metas, indicadores y responsables en los

  6. Artículo 8.- Políticas nacionales respectivos planes estratégicos sectoriales multianuales- PESEM, planes estratégicos multisectoriales, planes 8.1 Constituyen decisiones de política a través de las estratégicos institucionales y planes operativos cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones institucionales de los Ministerios y sus organismos para resolver un determinado problema público de públicos, según corresponda, en el marco del Sistema alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN. de tiempo. 11.2 Las políticas nacionales no requieren la 8.2 Definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, elaboración de planes de implementación o ejecución los contenidos principales de las políticas públicas, los distintos a los establecidos en el Sistema Nacional de estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN. servicios que deben ser alcanzados y supervisados para 11.3 A nivel territorial, las políticas nacionales se asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas vinculan con los Planes de Desarrollo Concertado y con El Peruano / Martes 20 de marzo de 2018 NORMAS LEGALES 5 los planes institucionales (Plan Estratégico Institucional y estándares, procesos, procedimientos y metodologías Plan Operativo Institucional) de los gobiernos regionales y que proponga o apruebe. locales, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento 14.4 El Ministerio con competencias compartidas debe Estratégico - SINAPLAN. determinar los roles y responsabilidades de cada nivel de 11.4 A los noventa (90) días calendario de publicado gobierno. el Decreto Supremo que materialice el acuerdo de Consejo de Ministros que contiene la Política General Artículo 15.- De la conducción de una política de Gobierno, los Ministerios y sus organismos públicos nacional multisectorial adecúan sus instrumentos de planeamiento referidos en el numeral 11.1 precedente, de modo tal que estos 15.1 La conducción de una política nacional desarrollen los objetivos de las políticas nacionales multisectorial supone su diseño y formulación de manera priorizadas bajo su competencia, en el marco de lo conjunta con los ministerios intervinientes, así como la dispuesto en el mencionado Decreto Supremo. Los coordinación, articulación intersectorial, seguimiento y gobiernos Regionales y locales, deben adecuar sus evaluación de su cumplimiento. instrumentos de planeamiento referidos en los numerales 15.2 La conducción de la política nacional multisectorial se asigna al Ministerio interviniente cuyas competencias y 11.1 y 11.3, de acuerdo a los plazos que el Centro Nacional funciones sectoriales presentan mayor consistencia con de Planeamiento Estratégico - CEPLAN establezca, de los objetivos de la política. modo que estos desarrollen los objetivos de las políticas 15.3 La conducción se asigna mediante decreto nacionales priorizadas bajo su competencia. supremo que aprueba la política nacional multisectorial. 15.4 Cada ministerio interviniente es el rector del

  7. Artículo 12.- Participación de CEPLAN respectivo ámbito sectorial bajo su titularidad, de acuerdo con los objetivos priorizados a su cargo y en el marco de 12.1 La opinión técnica del Centro Nacional de sus competencias y funciones. Planeamiento Estratégico - CEPLAN, referida en el 15.5 Excepcionalmente, el diseño, formulación, numeral 10.2, versa sobre la correcta aplicación de la coordinación, seguimiento y evaluación de una política metodología y la articulación con las Políticas de Estado y nacional multisectorial puede requerir la conformación de el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional. un grupo de trabajo u otro mecanismo que determine la 12.2 El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico política nacional multisectorial o acuerden los Ministerios - CEPLAN brinda asistencia técnica a los Ministerios en intervinientes, según corresponda. el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales. Artículo 16.- Del ejercicio de la rectoría de un sistema funcional CAPÍTULO II 16.1 El ente rector de un sistema funcional es responsable DE LA RECTORÍA DE LAS POLÍTICAS NACIONALES de dirigir, coordinar, regular, operar, supervisar y evaluar el SECTORIALES Y LA CONDUCCIÓN DE LAS sistema funcional a su cargo, a fin de asegurar el cumplimiento POLÍTICAS NACIONALES MULTISECTORIALES de determinadas políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado.

  8. Artículo 13.- Rectoría de una política nacional 16.2 Asimismo, los entes rectores de los sistemas sectorial funcionales cuentan con las atribuciones que la Ley N° La rectoría de una política nacional sectorial es la 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo asigna a los potestad exclusiva de un Ministerio para priorizar la entes rectores de los sistemas administrativos. atención de problemas o necesidades públicas y disponer 16.3 El ente rector de un sistema funcional ejerce sus atribuciones guardando concordancia con los objetivos medidas sectoriales nacionales, que permitan alinear de las políticas nacionales vinculadas con dicho sistema la actuación de los tres niveles de gobierno y de los funcional. ciudadanos, según corresponda, a efectos de alcanzar los objetivos de la política nacional sectorial adoptada, en Artículo 17.- De la solución de conflictos de beneficio de la ciudadanía. competencia La Presidencia del Consejo de Ministros, mediante

  9. Artículo 14.- Atribuciones de la rectoría resolución ministerial, resuelve los conflictos de competencia que se presenten entre dos o más ministerios respecto a la 14.1 En ejercicio de la rectoría de una política nacional rectoría de una política nacional sectorial; o, a la conducción sectorial, el Ministerio diseña, formula, conduce, coordina, de una política nacional multisectorial, así como cualquier regula, supervisa y evalúa periódicamente las políticas otro conflicto de competencias entre entidades del Poder nacionales sectoriales a su cargo, así como ejecuta, Ejecutivo conforme lo dispuesto en el numeral 95.2 del cuando corresponda. artículo 95 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, la 14.2 Como rector de una política nacional sectorial, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Ministerio adopta medidas sectoriales que aseguran su Decreto Supremo N° 006-2017-JUS. cumplimiento en todos los niveles de gobierno, las cuales pueden tener carácter: Artículo 18.- De la absolución de consultas a) Mandatorio, tales como protocolos, procesos, 18.1 El Ministerio rector absuelve las consultas de metodologías, modelos de provisión de bienes y carácter general que le formulen sobre el sentido, alcance y servicio y en general cualquier disposición de obligatorio aplicación de la normativa que emite, vinculada al desarrollo cumplimiento; o, de las políticas nacionales sectoriales bajo su rectoría. b) Promotor, tales como mecanismos de financiamiento, 18.2 En el caso de una política nacional multisectorial, apoyo técnico, convenios de colaboración, entre otros, el Ministerio conductor absuelve las consultas de carácter que incentiven el cumplimiento de las políticas nacionales general, coordinando en lo que corresponda con el sectoriales y la articulación de las políticas subnacionales Ministerio o Ministerios competentes. con aquellas. TÍTULO IV c) Correctivo, tales como opiniones vinculantes como consecuencia de la supervisión. DEL CUMPLIMIENTO DE LAS d) Sancionador, cuando corresponda, siempre que por POLÍTICAS NACIONALES ley cuente con potestad sancionadora.

  10. Artículo 19.- Obligaciones y responsabilidades 14.3 El Ministerio toma en cuenta la diversidad de las realidades regionales y locales, así como las capacidades 19.1 Todas las entidades públicas en todos los niveles existentes en los tres niveles de gobierno, a fin de asegurar de gobierno están obligadas a cumplir las políticas la viabilidad e idoneidad de las disposiciones, protocolos, nacionales. Para dicho fin: 6 NORMAS LEGALES Martes 20 de marzo de 2018 / El Peruano a) Coordinan y colaboran entre sí en forma permanente de un servicio asociado a la misma. Dicha delegación y continua para el cumplimiento de las políticas nacionales. además, conforme acuerden las partes, puede darse en b) Proporcionan o registran la información que el atención a economías de escala. Ministerio requiera, en el marco de su rectoría. 22.4 La delegación temporal de competencias de un c) Realizan medidas o acciones que no contravienen gobierno de menor jurisdicción territorial a uno con mayor la implementación de las políticas nacionales el jurisdicción territorial, comprende también la delegación de cumplimiento de su normatividad. una municipalidad distrital a una municipalidad provincial; d) Asignan los recursos humanos, logísticos, de una municipalidad distrital a un gobierno regional; de presupuestarios, entre otros, para el cumplimiento de las una municipalidad provincial a un gobierno regional; y, de políticas nacionales, bajo criterios de eficiencia, eficacia, una municipalidad a un Ministerio, según corresponda y transparencia y rendición de cuentas. determinen las partes. 19.2 El Ministerio establece reglas para la gestión de Artículo 23.- Convenio de delegación la información entre los tres niveles de gobierno, a través El Convenio de delegación debe comprender la de sistemas de información que produzcan, integren y modalidad y el tiempo de delegación a favor del Ministerio analicen la información para el seguimiento, supervisión rector o gobierno subnacional, según corresponda, y evaluación de las políticas nacionales y la toma de la forma de evaluación de los resultados alcanzados decisiones estratégicas. con la delegación, las condiciones y causales para su revocación, entre otros aspectos que acuerden las partes,

  11. Artículo 20.- Determinación de roles y de acuerdo con la normatividad que regula la delegación responsabilidades de cada nivel de gobierno de competencias entre niveles de gobierno. 20.1 El Ministerio con competencias compartidas Artículo 24.- Verificación de capacidades determina los roles y responsabilidades para cada nivel El Ministerio, en coordinación con el gobierno de gobierno, a través del establecimiento de modelos de regional o local con el cual haya suscrito un convenio provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano. de delegación para ejercer temporalmente alguna de 20.2 Para la construcción de los modelos de provisión sus competencias, debe propiciar el desarrollo de las de bienes y servicios, el Ministerio identifica el bien o capacidades requeridas por dicho gobierno subnacional servicio; los roles y responsabilidades de cada nivel de para reasumirlas plenamente al término de la delegación, gobierno; y, los principales problemas o puntos críticos a fin de garantizar la implementación de la política nacional que dificultan la entrega o provisión del bien o servicio, en tal ámbito territorial. conforme a la metodología que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 25.- Reportes periódicos de cumplimiento 20.3 Los modelos de provisión de bienes y servicios se aprueban por Resolución Ministerial del Ministerio 25.1 Los Ministerios rectores y conductores elaboran competente. reportes periódicos que contengan los resultados del cumplimiento de los objetivos de las políticas nacionales,

  12. Artículo 21.- Medidas correctivas uso de los recursos asignados, así como las alternativas para mejorar su implementación. La periodicidad para 21.1 En caso un Ministerio detecte una falta de su elaboración se establece en la política nacional o a concordancia de determinadas políticas regionales o solicitud de la Presidencia del Consejo de Ministros. locales con las políticas nacionales sectoriales bajo su 25.2 Hasta el 30 de abril de cada año, los Ministerios rectoría, debe comunicarlo a la autoridad responsable rectores y conductores remiten al Centro Nacional de del nivel de gobierno subnacional, a fin que proceda a Planeamiento Estratégico - CEPLAN los reportes referidos implementar las medidas correctivas que hubiera lugar. en el numeral precedente, conforme al procedimiento 21.2 Si luego de dicha comunicación la autoridad responsable no adopta las medidas necesarias para que este determine, los cuales, cuando así corresponda, su corrección, el Ministerio debe comunicarlo al órgano deben incluir el reporte de cumplimiento de las políticas de control institucional del gobierno subnacional nacionales priorizadas que conforman la Política General correspondiente para que adopte las medidas que hubiera de Gobierno. lugar, en el marco de sus competencias. 25.3 El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - 21.3 El Ministerio, en caso detecte un incumplimiento CEPLAN consolida los reportes de cumplimiento remitidos grave o reiterado de las obligaciones en el marco de la por los Ministerios y realiza un Informe Anual para su implementación de las políticas nacionales sectoriales remisión al Presidente de la República y a la Presidencia bajo su rectoría, puede solicitar a la Contraloría General del Consejo de Ministros, hasta el 15 de junio de cada de la República su intervención a efectos que adopte las año. medidas necesarias, en el marco de sus competencias. 25.4 Adicionalmente, para el caso de las políticas nacionales priorizadas que conforman la Política General

  13. Artículo 22.- De la delegación entre niveles de de Gobierno, los Ministerios remiten al Centro Nacional gobierno como mecanismo de cumplimiento de las de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, hasta el 31 de políticas nacionales sectoriales noviembre de cada año, un reporte parcial acerca de su cumplimiento. 22.1 El Ministerio rector, previo convenio, puede delegar 25.5 El Informe Anual referido en el numeral 25.3 en un gobierno subnacional determinadas competencias precedente, se publica en el Portal del Centro Nacional no exclusivas, cuando dicho gobierno subnacional cuente de Planeamiento Estratégico - CEPLAN así como en el con las capacidades institucionales requeridas. Portal de Transparencia de cada uno de los Ministerios 22.2 La delegación temporal de competencias de un competentes. gobierno de mayor jurisdicción territorial a uno con menor jurisdicción territorial, comprende también la delegación Artículo 26.- Seguimiento de una municipalidad provincial a una municipalidad distrital y de un gobierno regional a una municipalidad 26.1 El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico provincial o distrital, según corresponda y determinen las - CEPLAN es responsable de centralizar la información partes, conforme a la normativa vigente. sobre el cumplimiento de los objetivos de las políticas 22.3 El Ministerio rector excepcionalmente puede nacionales, para su adecuado seguimiento. ejercer de manera temporal determinadas competencias 26.2 Para dicho seguimiento, la citada entidad de un gobierno regional, previo convenio de delegación, coordina con los Ministerios, los cuales son responsables si como resultado del seguimiento y evaluación de una de recoger y sistematizar la información de las políticas política nacional identifica ciertas circunstancias de nacionales bajo su rectoría o conducción, conforme lo índole técnica, económica, social o territorial que limitan señalado en el numeral 6 del Anexo 1. o impiden la capacidad institucional de dicho gobierno 26.3 El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico regional para ejecutar la política nacional o la provisión - CEPLAN emite las disposiciones que correspondan para El Peruano / Martes 20 de marzo de 2018 NORMAS LEGALES 7 la mejor implementación de lo dispuesto en el presente a) Necesidad de contar con la política, estrategia u artículo. otros de similar naturaleza. b) Si la política, estrategia u otros de similar naturaleza

  14. Artículo 27.- Evaluación vigente puede ser integrada con otra(s) política(s). Las políticas nacionales se evalúan en su diseño, c) Si cumple con lo dispuesto en el presente implementación y resultado; y, según corresponda, Reglamento respecto a su norma de aprobación y pueden ser objeto de evaluaciones de impacto que contenido. determinen sus efectos en el bienestar de la ciudadanía. La lista de políticas nacionales debe ser remitida al DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN por la Secretaria General del Ministerio, en un plazo Primera.- Del ciclo de las políticas nacionales máximo de treinta (30) días calendario. En un plazo máximo de noventa (90) días hábiles el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN 4) Recibida la lista de políticas a las que se hace aprueba la metodología para el diseño, formulación, referencia en el numeral 3, el Centro Nacional de seguimiento, evaluación de las políticas nacionales así Planeamiento Estratégico - CEPLAN aprueba el como el procedimiento a aplicar para su actualización cronograma para el proceso de su revisión y actualización. según corresponda. Además, dentro de dicho plazo, En dicho cronograma, las políticas priorizadas a las que aprueba los lineamientos para la elaboración de los hace referencia en la Primera Disposición Transitoria, reportes de cumplimiento a los que se hace referencia en deben formar parte del primer grupo de políticas a ser el artículo 25. validadas, actualizadas o aprobadas. Segunda.- Del contenido de las políticas regionales 5) De acuerdo con la evaluación que realiza el Centro y locales Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN en El texto de las políticas regionales y locales coordinación con el Ministerio competente, el Centro que los Gobiernos Regionales y Locales aprueben Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN emite respectivamente, en el marco de sus competencias, opinión técnica sobre las políticas nacionales que forman deben cumplir con los contenidos señalados en el Anexo parte del proceso de actualización, así como de aquellas 1. que se encuentran en concordancia con lo dispuesto en el presente Reglamento y que serán, en consecuencia, Tercera.- Modelo de provisión de bienes y servicios validadas. En un plazo máximo de noventa (90) días hábiles 6) Con la opinión técnica previa del Centro Nacional contados a partir de la entrada en vigencia del presente de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, cada Ministerio Reglamento, mediante Resolución de Secretaría de aprueba mediante resolución de su titular la lista sectorial Descentralización de la Presidencia del Consejo de de políticas nacionales bajo su rectoría o conducción. Ministros y con la opinión técnica previa de la Secretaría Todas las políticas nacionales que no se encuentren en de Gestión Pública, se aprueba la directiva que contenga dicha resolución ministerial, quedan derogadas a partir los lineamientos que deben seguir los Ministerios con del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial competencias compartidas para elaborar, de manera El Peruano. progresiva, los modelos de provisión de bienes y servicios 7) En el caso de las políticas nacionales multisectoriales a los que se refiere el artículo 20. que no cuentan con un Ministerio conductor, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN con Cuarta.- Normativa complementaria el apoyo de la Oficina de Cumplimiento de Gobierno e La Presidencia del Consejo de Ministros aprueba la Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de normativa complementaria que resulte necesaria para el Ministros se encargan de coordinar con los sectores fortalecimiento de la rectoría de las políticas nacionales. involucrados hasta la aprobación de dichas políticas. Todo el proceso al que se refiere la presente DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS disposición complementaria y transitoria, incluyendo la TRANSITORIAS actualización de las políticas nacionales, debe culminar en un plazo máximo de veinticuatro (24) meses. Primera.- De la aprobación de la Política General de Gobierno para el presente periodo gubernamental Tercera.- Del seguimiento de las políticas La Política General de Gobierno para el presente nacionales periodo de gobierno aprobada por acuerdo del Consejo En un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de Ministros, se materializa por Decreto Supremo con el contados a partir de la entrada en vigencia del presente refrendo de el/la Presidente/a del Consejo de Ministros, Reglamento, el Centro Nacional de Planeamiento a los diez (10) días hábiles de entrada en vigencia de la Estratégico - CEPLAN debe implementar los mecanismos presente norma. o herramientas necesarias para realizar el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de las políticas Segunda.- Revisión de las políticas nacionales nacionales priorizadas que conforman la Política General vigentes e inventario Las políticas nacionales estrategias vigentes se de Gobierno. Culminado el plazo al que se refiere la adecúan a lo dispuesto en el presente Reglamento. Para Segunda Disposición Complementaria Transitoria, tal dicho fin: seguimiento se efectúa a todas las políticas nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26. 1) Los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno a los que se ANEXO 1 refiere el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, sirven de referencia para CONTENIDO DE UNA POLÍTICA NACIONAL elaborar un inventario de políticas, estrategias y planes vigentes. 1. ANTECEDENTES 2) Los Ministerios recopilan, organizan y analizan las políticas nacionales, estrategias y otros documentos PRESENTACIÓN que hagan sus veces, a su cargo o en los que participen, Resume en forma general la política nacional. aprobados hasta antes de la entrada en vigencia del presente Reglamento, a fin de remitir al Centro Nacional BASE LEGAL de Planeamiento Estratégico - CEPLAN la lista sectorial Incluye las referencias normativas nacionales, así de políticas nacionales que proponen mantener o, de ser como la de los principales instrumentos internacionales el caso, actualizar: que el Estado peruano ha ratificado, según corresponda, 3) Para cumplir con lo señalado en el numeral anterior, que regulan o tienen efectos sobre la materia o materias los Ministerios consideran lo siguiente: respecto de las cuales versa la política nacional. 8 NORMAS LEGALES Martes 20 de marzo de 2018 / El Peruano METODOLOGÍA 9. BIBLIOGRAFÍA Describe los aspectos metodológicos seguidos para Comprende la relación de documentación bibliográfica la formulación de la política, conforme a la metodología que se ha usado para formular la política nacional. aprobada por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, así como aquellos aspectos La política nacional debe ser redactada con enfoque específicos (bases de datos, métodos de análisis, de género e interculturalidad, según corresponda. encuestas, experiencia comparada, entre otros) que se requieran para abordar la materia objeto de la política. 1628015-1 DIAGNÓSTICO Incluye la identificación de la problemática o Disponen que la fecha de concurrencia necesidad pública de alcance nacional; la elaboración del Señor Presidente de la República a la de las alternativas de solución; y, la selección de la “Ceremonia de Acción de Gracias por el alternativa de política más efectiva y viable. El diagnóstico debe estar sustentado en evidencia existente, tales Perú”, dentro de las actividades oficiales como datos estadísticos, experiencia comparada, por Fiestas Patrias, será el día 29 de julio de lecciones aprendidas, juicios de expertos, estudios e cada año investigaciones, entre otros. DECRETO SUPREMO POLÍTICAS RELACIONADAS Nº 030-2018-PCM Identifica la relación de políticas nacionales, detallándose el o los objetivos, lineamientos, variables, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA entre otros, con los que la política nacional que se está desarrollando se vincula o enmarca. CONSIDERANDO: 2. OBJETIVOS PRIORITARIOS Que, las Iglesias Evangélicas del País organizan cada año la “Ceremonia de Acción de Gracias por el 2.1 Describe el o los objetivos de la política nacional. Perú”, como una celebración de carácter religioso que se Responden a la problemática identificada y se formulan enmarca dentro de las actividades por Fiestas Patrias en a nivel de resultados o impactos esperados. Guían el el país; accionar de las entidades públicas, orientan sus recursos Que, dicha Ceremonia congrega a las más altas y se planifican en sus respectivos documentos de autoridades políticas así como a los representantes de planeamiento. las Iglesias Evangélicas, contando con la presencia del 2.2 Por cada objetivo se desarrolla: Presidente de la República como parte de las actividades por Fiestas Patrias; a) La situación actual. Describe el problema específico Que, a través del Decreto Supremo N° 079-2010- asociado al objetivo a desarrollar. PCM se incluyó dentro de las actividades oficiales del b) Los responsables. Identifica a las entidades Señor Presidente de la República por Fiestas Patrias, su públicas involucradas en la consecución del objetivo, concurrencia a la “Ceremonia de Acción de Gracias por el especificándose su responsabilidad. Perú”, el día 30 de julio de cada año; 3. LINEAMIENTOS Que, mediante el Decreto Supremo N° 069-2017-PCM Definen las estrategias que deben seguir las entidades se dispuso que para el año 2017 la concurrencia del Señor públicas involucradas para alcanzar los objetivos Presidente de la República a la “Ceremonia de Acción de prioritarios. Gracias por el Perú”, sea el día 29 de julio de dicho año; Que, resulta conveniente establecer la fecha de la 4. ESTANDARES NACIONALES DE CUMPLIMIENTO concurrencia del Señor Presidente de la República a la Se conforman por las características o atributos de “Ceremonia de Acción de Gracias por el Perú” a partir del los bienes o servicios que deben ser prestados por las presente año, dada la importancia de esta actividad en el entidades públicas. marco de las Fiestas Patrias; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del 5. LA PROVISIÓN DE SERVICIOS QUE DEBEN SER artículo 118 de la Constitución Política del Perú; ALCANZADOS Y SUPERVISADOS PARA ASEGURAR EL NORMAL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DECRETA: PÚBLICAS Y PRIVADAS (SEGÚN CORRESPONDA) Comprenden los servicios que deben ser prestados, Artículo 1.- Ceremonia de Acción de Gracias por identificando a sus proveedores, cobertura, alcance y el Perú facilidad de acceso. Dispóngase que la fecha de concurrencia del Señor Presidente de la República a la “Ceremonia de Acción 6. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN de Gracias por el Perú” organizada por las Iglesias Establece al Ministerio rector o conductor responsable Evangélicas dentro de las actividades oficiales por Fiestas de recoger y sistematizar información respecto al Patrias, será el día 29 de julio de cada año. cumplimiento de los objetivos. En el caso de una política nacional multisectorial el Ministerio conductor coordina Artículo 2.- Derogación con los otros ministerios el cumplimiento de sus objetivos, Derógase el Decreto Supremo N° 079-2010-PCM. en el marco de sus competencias y funciones sin requerir de la conformación de una comisión. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la 7. GLOSARIO Y ACRÓNIMOS (SEGÚN Presidenta del Consejo de Ministros. CORRESPONDA) Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve a. Incluye un glosario de los términos usados en la días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. política nacional que requieran una definición para su mejor comprensión. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD b. Incluye la relación de los acrónimos usados en el Presidente de la República texto de la política nacional. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ 8. ANEXO(S) (SEGÚN CORRESPONDA) Presidenta del Consejo de Ministros La política nacional podrá contener anexos que detallen aquellos aspectos que se consideren relevantes. 1628015-2

Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM ─ Reglamento que regula las Políticas Nacionales · Nelum