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Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM ─ Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional

صدر في 2007-03-22 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

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عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Agricultural and rural development
الكلمات المفتاحية
institution, legal proceedings/administrative proceedings, sustainable development, public participation, capacity building, local government, policy/planning, child labour, labour, governance

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  1. Artículo 1º.- Definición de Políticas Nacionales 3.4 Fomentar el acceso universal a la educación Se entiende por política nacional, toda norma que con con estándares adecuados de calidad, que promuevan ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente capacidades críticas, la formación profesional y técnica rector, con el propósito de definir objetivos prioritarios, descentralizada vinculada a las potencialidades económicas lineamientos y contenidos principales de política pública regionales y locales, así como al acceso y promoción del así como los estándares nacionales de cumplimiento uso de nuevas tecnologías y comunicación. y provisión que deben ser alcanzados para asegurar 3.5 Desarrollar planes, programas y proyectos una adecuada prestación de los servicios y el normal de salud orientados específicamente a la población desarrollo de las actividades privadas. juvenil, garantizando un clima de confianza, respeto y confidencialidad en su atención, eliminando las barreras

  2. Artículo 2º.- De las Políticas Nacionales culturales, sociales, legales y económicas que impidan el Además del cumplimiento de sus políticas y acciones acceso de los jóvenes a los servicios de salud. sectoriales, constituyen Políticas Nacionales de obligatorio 3.6 Desarrollar planes, programas y proyectos que cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y garanticen la prevención y rehabilitación de jóvenes que se demás entidades del Gobierno Nacional, las siguientes: encuentran en situaciones de vulnerabilidad, atendiendo su heterogeneidad, en el marco de una cultura de paz, 1. EN MATERIA DE DESCENTRALIZACIÓN tolerancia y seguridad ciudadana. 3.7 Fortalecer las capacidades de los jóvenes rurales 1.1 Asegurar la pronta y adecuada transferencia de e indígenas en sus espacios sociales y políticos locales, las competencias, funciones y recursos a los Gobiernos así como su proyección hacia los ámbitos regional y Regionales y Locales, respetando los principios de nacional, reconociendo y promoviendo sus culturas e subsidiariedad, gradualidad, complementariedad y identidades. neutralidad entre los niveles de gobierno nacional, 3.8 Gestionar la asistencia técnica y económica regional y local. ante las instituciones públicas y privadas nacionales e 1.2 Delimitar con precisión las funciones, competencias internacionales, para la ejecución de planes, programas y y esquemas adecuados de coordinación entre los niveles proyectos dirigidos al desarrollo integral de la juventud. de gobierno, con el fin de determinar la responsabilidad administrativa y funcional en la provisión de servicios, que La supervisión del cumplimiento de estas políticas redunden en el fortalecimiento administrativo y financiero corresponde al Ministerio de Educación, a través de la de los gobiernos regionales y locales. Dirección Nacional de la Juventud. 1.3 Capacitar sectorialmente a los Gobiernos Regionales y Locales, a fin de generar y consolidar una 4. EN RELACIÓN A LOS PUEBLOS conveniente capacidad de gestión. ANDINOS, AMAZÓNICOS, AFROPERUANOS Y 1.4 Desarrollar plataformas regionales de ASIÁTICOPERUANOS competitividad, que permitan el desarrollo, crecimiento y fortalecimiento de las economías regionales y locales. 4.1 Coadyuvar en la implementación de programas y 1.5 Institucionalizar la participación ciudadana en las proyectos de alcance nacional y de políticas sectoriales decisiones políticas, económicas y administrativas. para el desarrollo integral de los Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos y Asiaticoperuanos. La supervisión del cumplimiento de estas políticas 4.2 Coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros, a las actividades de desarrollo integral de los Pueblos través de la Secretaría de Descentralización. Andinos, Amazónicos, Afroperuanos y Asiaticoperuanos. 4.3 Concertar, articular y coordinar las acciones de 2. EN MATERIA DE IGUALDAD DE HOMBRES Y apoyo, fomento, consulta popular, capacitación, asistencia MUJERES técnica, y otros, de las entidades públicas y privadas, a favor de los Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos 2.1 Promover la igualdad de oportunidades entre y Asiaticoperuanos. hombres y mujeres en las políticas públicas, planes 4.4 Coordinar con los Gobiernos Regionales las nacionales y prácticas del Estado, así como en la acciones pertinentes para la protección a la diversidad contratación de servidores públicos y el acceso a los biológica peruana y los conocimientos colectivos de cargos directivos. los Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos y 2.2. Impulsar en la sociedad, en sus acciones y Asiaticoperuanos, en lo que concierne a cada uno de los comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, Sectores. actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y 4.5 Asesorar a los Pueblos Andinos, Amazónicos, mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación Afroperuanos y Asiaticoperuanos en las materias de su de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y competencia. sexual. 2.3 Garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las La supervisión del cumplimiento de estas políticas mujeres. corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. El Peruano 342158 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de marzo de 2007 5. EN RELACIÓN A LAS PERSONAS CON 7.11 Capacitar a través de programas a los micro DISCAPACIDAD y pequeños empresarios, en materia de derechos de propiedad intelectual y contratación con el Estado. 5.1 Respetar y hacer respetar, proteger y promover el respeto de los derechos de las personas con discapacidad La supervisión del cumplimiento de estas políticas y fomentar en cada Sector e institución pública su corresponde al Ministerio de Educación. contratación y acceso a cargos de dirección. 5.2 Contribuir a la efectiva participación de las 8. EN RELACIÓN AL AUMENTO DE CAPACIDADES personas con discapacidad en todas las esferas de la vida SOCIALES social, económica, política y cultural del país. 5.3 Erradicar toda forma de discriminación en contra 8.1 Apoyar las estrategias nacionales, regionales y de las personas con discapacidad. locales de lucha contra la pobreza y seguridad alimentaria 5.4 Implementar medidas eficaces de supervisión así como los Planes Nacionales Sectoriales para ser para garantizar la difusión y el efectivo cumplimiento articulados con los planes de desarrollo comunitario, local de las normas legales que protegen a las personas con y regional. discapacidad. 8.2 Promover el ejercicio de los derechos y La supervisión del cumplimiento de estas políticas responsabilidades ciudadanas con relación a las políticas, corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. programas y servicios sociales. 8.3 Difundir en todas sus acciones y programas, 6. EN MATERIA DE INCLUSIÓN los valores éticos de convivencia social tales como la honestidad, la transparencia, la responsabilidad, la 6.1 Promover la inclusión económica, social, política solidaridad, el respeto y la puntualidad. y cultural, de los grupos sociales tradicionalmente 8.4 Fomentar y apoyar los liderazgos que promuevan la excluidos y marginados de la sociedad por motivos cooperación y el trabajo intersectorial e interinstitucional. económicos, raciales, culturales o de ubicación geográfica, principalmente ubicados en el ámbito rural La supervisión del cumplimiento de estas políticas y/o organizados en comunidades campesinas y nativas. corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros Cada Ministerio e institución del Gobierno Nacional en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo destinará obligatoriamente una parte de sus actividades y Social. presupuesto para realizar obras y acciones a favor de los grupos sociales excluidos. 9. EN MATERIA DE EMPLEO Y MYPE 6.2 Desarrollar programas destinados a reducir la mortalidad infantil, prevenir las enfermedades crónicas y 9.1 Desarrollar políticas enfocadas en la generación mejorar la nutrición de los menores de edad. de empleo digno. 6.3 Adoptar medidas de erradicación del trabajo infantil 9.2 Promover e impulsar el fortalecimiento de las y apoyar la promoción de la paternidad responsable. capacidades empresariales de las MYPE. 6.4 Garantizar el respeto de los derechos de grupos 9.3 Promover la participación de las MYPE en las vulnerables, erradicando toda forma de discriminación. adquisiciones estatales. La supervisión del cumplimiento de estas políticas La supervisión del cumplimiento de estas políticas corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros corresponde a los Ministerios de Trabajo y Promoción del en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Empleo y de la Producción, en sus respectivos ámbitos Social. de competencia. 7. EN MATERIA DE EXTENSIÓN TECNOLÓGICA, 10. EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN ADMINIS- MEDIO AMBIENTE Y COMPETITIVIDAD TRATIVA 7.1 Estimular dentro de cada institución del Gobierno 10.1 Promover la permanente y adecuada simplificación Nacional y promover en la sociedad la difusión de de trámites, identificando los más frecuentes, a efecto actividades de investigación básica, investigación aplicada de reducir sus componentes y el tiempo que demanda y de innovación tecnológica, estableciendo incentivos realizarlos. para la participación de investigadores en actividades de transferencia tecnológica en todas las regiones del país. 10.2 Implementar ventanillas únicas de atención al 7.2 Promover actividades de ciencia, tecnología ciudadano. e innovación tecnológica en forma desconcentrada y 10.3 Promover la aplicación del silencio administrativo descentralizada, a escala nacional, regional y local, positivo en los procedimientos administrativos de las concertando con instituciones privadas la realización entidades del Gobierno Nacional. conjunta de programas y proyectos de innovación 10.4 Simplificar la comunicación entre los órganos de tecnológica. línea, suprimiendo las comisiones, secretarías o instancias 7.3 Aplicar políticas sectoriales para la incorporación intermediarias ajenas a la celeridad y la eficacia de la de tecnologías básicas de riego, cocinas mejoradas, función pública. supresión de humos e instalación alejada de letrinas en los hogares, entre otras. 10.5 Promover el uso intensivo de las Tecnologías 7.4 Apoyar la innovación tecnológica del sector de la Información y Comunicación (TICs) en las distintas productivo, principalmente a través de proyectos con entidades públicas. participación empresarial. 7.5 Otorgar respaldo institucional a los investigadores, La supervisión del cumplimiento de estas políticas innovadores e inventores, en particular, a los jóvenes y corresponde a la Presidencia del Consejo de talentos. Ministros. 7.6 Promover e impulsar programas y proyectos de innovación tecnológica. 11. EN MATERIA DE POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN 7.7 Apoyar las estrategias nacionales, regionales y locales de lucha contra la contaminación del medio 11.1 Fortalecer la lucha contra la corrupción en las ambiente. licitaciones, las adquisiciones y la fijación de los precios 7.8 Implementar las medidas de prevención de riesgos referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos. y daños ambientales que sean necesarias. 11.2 Garantizar la transparencia y la rendición de 7.9 Promover el uso de tecnologías, métodos, procesos cuentas. y prácticas de producción, comercialización y disposición 11.3 Promover, a través de sus acciones y final más limpias. comunicaciones, la Ética Pública. 7.10 Proveer la información necesaria para el 11.4 Fomentar la participación ciudadana en la funcionamiento adecuado de los mercados e implementar vigilancia y control de la gestión pública. y adoptar las medidas necesarias destinadas a mejorar el flujo de la información, con el propósito que las empresas La supervisión del cumplimiento de estas políticas identifiquen las oportunidades de negocios. corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros. El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2007 NORMAS LEGALES 342159 12. EN MATERIA DE POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SUSANA PINILLA CISNEROS DEFENSA NACIONAL Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 12.1 Fomentar la participación activa de todos los RAFAEL REY REY Sectores, niveles de Gobierno y de la sociedad en su Ministro de la Producción conjunto, en el logro de los objetivos de la política de Seguridad y Defensa Nacional. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ 12.2 Fomentar el orgullo y la identidad nacional. Ministra de Comercio Exterior y Turismo 12.3 Impulsar el establecimiento y consolidación de fronteras vivas como auténticos polos de desarrollo. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas La supervisión del cumplimiento de estas políticas corresponde a los Ministerios de Defensa y del Interior, en VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI sus respectivos ámbitos de competencia. Ministra de Transportes y Comunicaciones

  3. Artículo 3º.- Metas y Evaluación Semestral HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ del cumplimiento de las Políticas Nacionales y Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Sectoriales Mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, VIRGINIA BORRA TOLEDO que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días Ministra de la Mujer y Desarrollo Social del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para 41461-1 evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia. Dichas metas deben corresponder a los programas multianuales Dictan disposiciones a fin de promover y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, la puntualidad como práctica conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios. habitual en todas las entidades de la Administración Pública

  4. Artículo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El DECRETO SUPREMO Peruano. Nº 028-2007-PCM

  5. Artículo 5º.- Refrendo EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y por los Ministros de CONSIDERANDO: Relaciones Exteriores, Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Justicia, Educación, Salud, Agricultura, Trabajo Que, conforme al inciso h) del artículo 16º de la Ley y Promoción del Empleo, de la Producción, de Comercio Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, todo empleado Exterior y Turismo, Energía y Minas, Transportes y público tiene la obligación de concurrir puntualmente a su Comunicaciones, Vivienda, Construcción y Saneamiento centro de trabajo y observar los horarios establecidos; y de la Mujer y Desarrollo Social. Que, por Decreto Supremo Nº 094-2006-PCM, se declaró el año 2007 como el “Año del Deber Ciudadano”, con la finalidad de impulsar y fortalecer la cultura del deber DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA ciudadano, que lleva implícito el respeto a los valores del respeto y la puntualidad; La Resolución Ministerial a la que hace referencia Que, la puntualidad constituye una cualidad o el artículo 3º del presente Decreto Supremo deberá ser virtud cívica que consiste en el cuidado en llegar a un publicada, para efectos del año 2007, dentro de los 45 lugar o partir de él a la hora apropiada o establecida, días naturales contados a partir de la fecha de su entrada a efecto de aprovechar con eficiencia, calidad y en vigencia. responsabilidad el tiempo, en consideración y respeto hacia los demás; Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós Que, por ello, deben aprobarse medidas que días del mes de marzo del año dos mil siete. coadyuven a lograr que la puntualidad constituya una práctica habitual en el aparato estatal, para así mejorar ALAN GARCÍA PÉREZ la atención a los ciudadanos que recurren a las diferentes Presidente Constitucional de la República instituciones de la Administración Pública; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Presidente del Consejo de Ministros DECRETA: JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores Artículo 1º.- De la puntualidad Promuévase en todas las entidades de la ALLAN WAGNER TIZÓN Administración Pública, la cultura de la puntualidad, como Ministro de Defensa deber ciudadano esencial y valor fundamental de respeto a los demás y convivencia en sociedad. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas Artículo 2º.- Del personal del empleo público Todos los funcionarios públicos, empleados de LUIS ALVA CASTRO confianza y servidores públicos, sin excepción, están Ministro del Interior obligados a iniciar sus actividades laborales en la hora fijada como inicio de la jornada de trabajo establecida. MARÍA ZAVALA VALLADARES El Jefe de Recursos Humanos o quien haga sus veces Ministra de Justicia en cada entidad, será el responsable del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación Artículo 3º.- De la hora de inicio de la atención al público CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN La atención al público en todas las entidades de la Ministro de Salud Administración Pública comenzará de manera puntual y sin dilación alguna a la hora exacta en que cada entidad JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA da inicio a sus labores, de acuerdo a los horarios de Ministro de Agricultura atención al público establecidos.

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