Decreto Supremo Nº 024-2015-PRODUCE ─ Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL)
صدر في 2015-12-11 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- institution, consumer protection, legal proceedings/administrative proceedings, governance
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Artículo 2.- Noti¿car la presente Resolución a el/la y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº representante indicado en el artículo precedente de la 343-2012-PRODUCE; y, presente DECRETA: Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 1.- De la aprobación de los procedimientos MARCELA HUAITA ALEGRE y servicios prestados en exclusividad Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Apruébense los procedimientos administrativos y sus respectivos plazos, requisitos y derechos de trámite; y 1322531-1 los servicios exclusivos con sus respectivos requisitos y derechos de trámite del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), que forman parte del Anexo N° 01 del presente Decreto Supremo. PRODUCE
Artículo 2.- Aprobación de TUPA Aprueban Texto Único de Procedimientos Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Nacional de Administrativos del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), el mismo que consta de cinco (05) Calidad (INACAL) procedimientos y tres (3) servicios, que como Anexo N° 02 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. DECRETO SUPREMO Nº 024-2015-PRODUCE Artículo 3.- Aprobación de Formularios Apruébense los Formularios que los administrados EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA deben utilizar para el inicio y cumplimiento de los requisitos de los trámites en el Instituto Nacional de Calidad, CONSIDERANDO: según corresponda, que como Anexo N° 03 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Que, el artículo 37 de la Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que el Texto Único de Artículo 4.- Procedimientos en trámite Procedimientos Administrativos – TUPA comprende Los procedimientos administrativos iniciados antes de todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, se por los administrados para satisfacer sus intereses o regirán por el Decreto Supremo N° 020-2015-PRODUCE derechos, además de la descripción clara y taxativa de hasta su conclusión. todos los requisitos exigidos, su cali¿cación, la evaluación que corresponda y el pago del derecho de trámite en caso Artículo 5.- Derogación proceda, para cada procedimiento administrativo; Deróguese el Decreto Supremo N° Que, el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley precitada 020-2015-PRODUCE, que autorizó al Instituto Nacional dispone que el TUPA, es aprobado por Decreto Supremo de Calidad (INACAL) atender de manera gratuita, los del sector para el caso de entidades del Poder Ejecutivo; procedimientos y servicios en materia de Acreditación y Que, mediante Ley Nº 30224, se creó el Sistema Nacional Metrología contenidos en su Anexo, así como las normas para la Calidad (SNC) y el Instituto Nacional de Calidad que se opongan; dejando a salvo lo dispuesto en el artículo (INACAL), como Organismo Público Técnico Especializado 4 hasta que concluyan los procedimientos en trámite. adscrito al Ministerio de la Producción, con personería de derecho público, competencia a nivel nacional y autonomía Artículo 6.- Publicación administrativa, funcional, técnica, económica y ¿nanciera; Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del SNC, O¿cial “El Peruano”, y el Texto Único de Procedimientos y responsable de su funcionamiento; Administrativos y sus respectivos formularios aprobados Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), en el Portal del Instituto Nacional de Calidad (INACAL) modi¿cado por Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce. Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE; gob.pe) y del Instituto Nacional de Calidad (www.inacal. Que, mediante Decreto Supremo Nº gob.pe) en la misma fecha de publicación del presente 020-2015-PRODUCE se autorizó al Instituto Nacional Decreto Supremo. de Calidad (INACAL) atender, de manera gratuita, los procedimientos y servicios en materia de Acreditación Artículo 7.- Refrendo y Metrología, hasta la aprobación del Texto Único de El presente Decreto Supremo será refrendado por el Procedimientos Administrativos - TUPA de dicha entidad; Ministro de la Producción. Que, según los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA, aprobados por Decreto Supremo Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once Nº 079-2007-PCM, los TUPA de los Organismos Públicos días del mes de diciembre del año dos mil quince. del Gobierno Nacional, previamente a su aprobación por Decreto Supremo, deben contar con la opinión de OLLANTA HUMALA TASSO la O¿cina General de Planeamiento y Presupuesto del Presidente de la República Ministerio al cual se encuentren adscritos; Que, el TUPA del Instituto Nacional de Calidad cuenta PIERO GHEZZI SOLÍS con el Informe favorable de la O¿cina de Planeamiento y Ministro de la Producción Racionalización de la O¿cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, así como 1322535-4 con la documentación a que se re¿ere el artículo 12 de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Suspenden actividades extractivas del Que, por lo expuesto en los considerandos recurso anchoveta y anchoveta blanca en precedentes, resulta necesario aprobar los procedimientos áreas del dominio marítimo y servicios prestados en exclusividad, en observancia a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley N° 27444, así como RESOLUCIÓN MINISTERIAL el TUPA del Instituto Nacional de Calidad conforme a lo Nº 404-2015-PRODUCE establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, Lima, 11 de diciembre de 2015