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قوانين بيرو

Decreto Supremo Nº 021/10/JUS - Amplía vigencia del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 - 2010

صدر في 2010-12-28 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Agricultural and rural development, Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
institution, access-to-justice, equity, capacity building, procedural matters, education, public health, Indigenous Peoples, cultural heritage, traditional rights/customary rights, governance, human rights, food security, right to food

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  1. NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010 431853 Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 581763-1 JUSTICIA Aprueban transferencia gratuita del dominio privado estatal del Instituto Nacional Penitenciario a favor del Ministerio de Justicia DECRETO SUPREMO N° 020-2010-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 121-2009, por el cual se prioriza la promoción de la inversión privada de diversos proyectos de asociaciones público privadas y concesiones de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos en el año 2010, declaró de necesidad nacional y ejecución prioritaria la promoción de la inversión privada, entre otros proyectos, de la concesión de un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima; Que, el artículo 4° del referido Decreto de Urgencia establece que son de aplicación a los proyectos referidos en el mencionado artículo 1°, diversas medidas destinadas a su ejecución de manera efi caz, habiéndose dispuesto en su numeral 2 que los terrenos de propiedad directa o indirecta del Estado, incluyendo las empresas del Estado requeridos para la concesión, serán transferidos automáticamente por la entidad titular de los mismos al concedente en la oportunidad en que éste lo señale y a título gratuito, por el solo mérito del Decreto Supremo que así lo establezca; Que, además, se dispone que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos quede obligada a registrar los terrenos a nombre del concedente con la sola presentación de la solicitud correspondiente, acompañada del Decreto Supremo a que se refi ere el párrafo anterior, libre de pago de derechos; Que, el Estado Peruano y el Instituto Nacional Penitenciario son propietarios del Lote N° 2 con un área de 115,749.3644 m2, dentro de un perímetro de 1,832.6358 ml., ubicado en el Sector San Graciano Alto, distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 60021298 de la Ofi cina Registral de Huaral, Zona Registral IX en el cual se construirá un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima, materia de concesión al sector privado y priorizado por el referido Decreto de Urgencia Nº 121-2009; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de las Normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 059-96-PCM; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96 PCM, corresponde a los respectivos Sectores asumir la calidad de concedentes, por lo que a fi n de viabilizar el proceso de promoción de la inversión privada mediante la concesión, resulta pertinente la transferencia gratuita del dominio privado estatal de dicho inmueble a favor del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; y, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; el Texto Único Ordenado de las Normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 059-96-PCM; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM; y, el Decreto de Urgencia N° 121-2009, que prioriza la promoción de la inversión privada de diversos proyectos, de asociaciones público privadas y concesiones de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos en el año 2010; DECRETA: Artículo 1°.- Transferencia gratuita a favor del Ministerio de Justicia. Apruébese la transferencia gratuita del dominio privado estatal del Lote N° 2 con un área de 115,749.3644 m2, ubicado en el Sector San Graciano Alto, distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, inscrito a nombre del Estado Peruano y el Instituto Nacional Penitenciario - INPE en la Partida N° 60021298 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Huaral, Zona Registral IX, a favor del Ministerio de Justicia, con la fi nalidad de promover la inversión privada y la concesión de un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima. Artículo 2°.- Inscripciones registrales. Por el mérito del presente Decreto Supremo, el Registrador Público competente a cargo de la Ofi cina Registral de Huaral, Zona Registral IX, procederá con la inscripción de la transferencia gratuita entre entidades estatales y demás actos inscribibles, conforme a lo previsto en el artículo precedente. Artículo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 583553-4 Amplían vigencia del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010 hasta el 31 de diciembre de 2011 DECRETO SUPREMO Nº 021-2010-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 017-2005-JUS se aprobó el Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010, en el marco de los compromisos derivados de los tratados de derechos humanos de los que el Perú es parte; Que al aprobarse el primer Plan Nacional de Derechos Humanos se materializó el compromiso asumido en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, realizada en Viena, Austria, en 1993, por lo que el Estado Peruano asumió un plan de acción nacional en el que se determinan las medidas necesarias para el mejoramiento de la promoción y protección de los derechos humanos; Que el Ministerio de Justicia, en ejercicio de sus competencias, luego de cinco años de vigencia del Decreto Supremo Nº 017-2005-JUS, y consciente de que el Plan Nacional de Derechos Humanos, se encuentra en proceso de implementación progresiva, ha observado la necesidad de realizar un seguimiento y monitoreo de sus lineamientos y objetivos estratégicos, con el propósito de proponer, de ser el caso, las modifi caciones urgentes destinadas para su cumplimiento; NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de diciembre de 2010431854 Que, por consiguiente, resulta conveniente decretar una ampliación de la vigencia del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 - 2010, con el fi n de continuar avanzando hacia mejores estándares de cumplimiento y realizar un seguimiento y monitoreo de sus lineamientos y objetivos estratégicos, y así coadyuvar a la promoción y protección de los derechos humanos en el Perú; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, en el inciso 1) del artículo 6º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo -, y en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Ampliación Amplíese la vigencia del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 - 2010 hasta el 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- Seguimiento y monitoreo El Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos realizará el seguimiento y monitoreo de los lineamientos y objetivos estratégicos contenidos en el Plan Nacional de Derechos Humanos, utilizando como base la matriz con indicadores desarrollada por dicho Consejo. Artículo 3º.- Presentación de evaluación e informe El Secretario Ejecutivo debe presentar al Consejo Nacional de Derechos Humanos una evaluación y un informe respecto de los resultados del seguimiento y monitoreo del Plan Nacional de Derechos Humanos, lo que deberá efectuarse en un plazo máximo que no debe exceder del 30 de junio de 2011. Artículo 4º.- Difusión del Plan Nacional de Derechos Humanos En un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, la Dirección de Promoción y Difusión del Consejo Nacional de Derechos Humanos deberá elaborar e implementar un plan de difusión del Plan Nacional de Derechos Humanos. Artículo 5º.- Financiamiento La implementación de las medidas y acciones efectuadas en el marco de lo dispuesto en la presente norma se fi nancia con cargo al presupuesto de los Pliegos a cargo de la ejecución del Plan Nacional de Derechos Humanos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 6º.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 583553-5 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Matucana RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 820-2010-MIMDES Lima, 28 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial � 155-2007 MIMDES del 30 de marzo de 2007, se designó al señor JORGE ROMÁN ROSAS MAXIMILIANO como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Matucana; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluida la designación a que se contrae el considerando anterior, así como designar a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley � 26918 – Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, la Ley � 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo � 011-2004 MIMDES, el Decreto Supremo � 002-97-PROMUDEH, modifi cado por Decreto Supremo � 004-2003-MIMDES, y el Decreto Supremo � 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor JORGE ROMÁN ROSAS MAXIMILIANO como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Matucana, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor JOHN RICHARD SAMANIEGO ZURITA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Matucana. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 583062-1 PRODUCE Oficializan designación de miembro del Consejo Directivo del CITEmadera, en representación de la Asociación de Industriales Madereros y Afines de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 349-2010-PRODUCE Lima, 23 de diciembre de 2010 VISTOS: El Memorándum Nº 01036-2010-PRODUCE/ DVMYPE-I, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorándum Nº 270-2010-PRODUCE/ DVMYPE-I-OTCIT, de la Ofi cina Técnica de Centros de Innovación Tecnológica; el Memorando Nº 668-2010 PRODUCE/CITEmadera y el Informe Técnico Nº 032 2010-PRODUCE/CITEmadera, ambos del Centro de Innovación Tecnológica de la Madera – CITEmadera; así como el Informe Nº 181-2010-PRODUCE/OGAJ-imatias, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27267 – Ley de Centros de Innovación Tecnológica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2000-ITINCI, se estableció el marco legal para la creación, desarrollo y gestión de los Centros de Innovación Tecnológica – CITEs; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 150 2000-ITINCI, se creó el proyecto “Centro de Innovación Tecnológica de la Madera – CITEmadera” como un proyecto presupuestal del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales (hoy Ministerio de la Producción), encargado de brindar apoyo tecnológico al sector forestal, para promover el mejor uso de la madera como material de construcción y la producción industrial del mueble de madera y otros artículos y productos afi nes y conexos, estableciéndose que dicho Proyecto goza de autonomía técnica, fi nanciera, económica y administrativa;

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