Decreto Supremo Nº 015-2019-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 019-2018-EM, que establece precisiones para el Proceso de Formalización Minera Integral
صدر في 2019-07-25 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Mineral resources
- الكلمات المفتاحية
- exploration, environmental standards, mining, soil pollution/quality, environmental impact assessment (EIA), authorization/permit, registration, child labour, labour, standards, protection of environment, pollution control
- الفئات
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Artículo 1.- Aprobar la Directiva denominada que plantea el IGAFOM, es identificar, controlar, mitigar “Disposiciones que regulan la acreditación y certificación y/o prevenir los impactos ambientales negativos de este de organizaciones juveniles e instituciones públicas y tipo de actividad, con la finalidad de adoptar medidas de privadas que realizan trabajos en materia de juventud, carácter correctivo y preventivo durante el desarrollo de así como su incorporación en el Registro Nacional de la actividad minera de los titulares que se encuentran Organizaciones Juveniles”, la misma que como anexo inscritas en el Registro Integral de Formalización Minera forma parte de la presente resolución. es que se hace necesario ampliar el plazo de presentación
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente del IGAFOM; resolución y su anexo en el Sistema de Información Que, con la finalidad de incentivar a aquellos mineros Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal en vías de formalización, que hayan cumplido con institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ presentar y tener aprobado el Instrumento de Gestión minedu), el mismo día de la publicación de la presente Ambiental en sus dos aspectos; correctivo y preventivo, resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. dentro del plazo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 019-2018-EM se promueve la asistencia Regístrese, comuníquese y publíquese. técnica en la implementación de medidas de manejo ambiental; GABY DE LA VEGA SARMIENTO De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 Secretaria General del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley 1792223-1 Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias; ENERGIA Y MINAS DECRETA: Establecen disposiciones para el Artículo 1.- Modificación del primer párrafo del fortalecimiento de la asistencia técnica en artículo 3 del Decreto Supremo N° 019-2018-EM. Modifíquese el primer párrafo del artículo 3 del Decreto el marco de la presentación del IGAFOM Supremo N° 019-2018-EM, el cual quedará redactado de la siguiente manera: DECRETO SUPREMO N° 15-2019-EM “Artículo 3.- De la presentación del Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de las EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal- IGAFOM CONSIDERANDO: Los mineros en vías de formalización deben cumplir Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30705, con presentar el Instrumento de Gestión Ambiental para Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Formalización de las Actividades de Pequeña Minería Energía y Minas, establece, entre otras competencias del y Minería Artesanal-IGAFOM (aspectos correctivo y Ministerio de Energía y Minas, aprobar las disposiciones preventivo) hasta el 31 de marzo de 2020, de acuerdo al normativas que le correspondan; procedimiento establecido en el Decreto Supremo N° 038- Que, mediante Decreto Legislativo N° 1293, del 30 2017-EM. La presentación del IGAFOM podrá hacerse a de diciembre de 2016, se declara de interés nacional través de las herramientas virtuales, que para tal efecto la formalización de las actividades correspondientes a habilite la Dirección General de Formalización Minera del la Pequeña Minería y Mineria Artesanal, creándose el Ministerio de Energía y Minas”. proceso de formalización minera integral a cargo de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas Artículo 2.- Asistencia técnica o de quienes hagan sus veces; El Ministerio de Energía y Minas a través de la Que, con Decreto Legislativo N° 1336, del 06 de Dirección General de Formalización Minera, prioriza la enero de 2017, se establecieron disposiciones para el atención a los mineros que al 31 de julio de 2019 hayan proceso de formalización minera integral a efectos que presentado y tengan aprobado el IGAFOM (aspectos sea coordinado, simplificado y aplicable en el ámbito del correctivo y preventivo), brindándoles asistencia técnica territorio nacional. Al respecto, el mencionado Decreto para la implementación de las medidas de manejo Legislativo establece en su artículo 6, la creación del ambiental consignadas en su instrumento de gestión Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización ambiental; así como para la culminación de su proceso de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal de formalización minera. Para acceder a la asistencia (IGAFOM), el cual contempla dos (02) aspectos; correctivo técnica, los mineros en vías de formalización que cumplan y preventivo; con lo dispuesto en el presente párrafo, deben solicitarla Que, mediante Decreto Supremo N° 038-2017- a la Dirección General de Formalización Minera del EM, se establecen disposiciones reglamentarias para Ministerio de Energía y Minas. el IGAFOM, en el marco del Proceso de Formalización Las acciones de asistencia técnica previstas en la Minera Integral; las cuales giraban en torno a establecer presente norma, comprende el acompañamiento en la su ámbito de aplicación, la autoridad competente para implementación de las medidas de manejo ambiental de evaluar y aprobar el Instrumento de Gestión Ambiental los pequeños mineros y mineros artesanales. Para tal Complementario así como su contenido y proceso de efecto, el Ministerio de Energía y Minas puede requerir evaluación, entre otras disposiciones; la colaboración de los Gobiernos Regionales a través de Que, con Decreto Supremo N° 019-2018-EM, se sus Direcciones Regionales de Energía y Minas y/u otras establecen precisiones para el Proceso de Formalización entidades públicas con competencias en la materia. El Peruano / Viernes 26 de julio de 2019 NORMAS LEGALES 31
Artículo 3.- Refrendo y Minas contenidos en el Plan Estratégico Sectorial El presente Decreto Supremo es refrendado por el Multianual - PESEM 2016 - 2021, actualizado y el Plan Ministro de Energía y Minas. Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019, aprobados por la Resolución Ministerial N° 533-2016-MEM/DM; así como Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco el Plan Operativo Institucional - POI modificado, aprobado días del mes de julio del año dos mil diecinueve. mediante Resolución Ministerial N° 549-2018-MEM/DM; Que, mediante Informe N° 693-2019-MINEM/OGAJ, MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Presidente de la República Energía y Minas concluye que resulta legalmente viable el Proyecto de Resolución Ministerial que declara de interés FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO para el Perú la participación del Ministerio de Energía Ministro de Energía y Minas y Minas en el evento internacional Sexta Conferencia Internacional de Minería y Recursos – IMARC 2019; 1792655-10 De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y en el Decreto Supremo N° 031- Declaran de interés para el Perú la 2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del participación del Ministerio de Energía y Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; Minas en la Sexta Conferencia Internacional SE RESUELVE: de Minería y Recursos - IMARC 2019, a realizarse en Australia Artículo Único.- Declarar de interés para el Perú la participación del Ministerio de Energía y Minas en el RESOLUCIÓN MINISTERIAL evento internacional Sexta Conferencia Internacional de Nº 216-2019-MINEM/DM Minería y Recursos – IMARC 2019, que se realizará en la ciudad de Melbourne, Mancomunidad de Australia, del 28 Lima, 19 de julio de 2019 al 31 de octubre de 2019. VISTOS: El expediente N° I-12450-2019, el Informe Regístrese, comuníquese y publíquese. N° 132-2019-MINEM/OGPP-OPPIC, de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y FRANCISCO ISMODES MEZZANO Cooperación Internacional de la Oficina General Ministro de Energía y Minas de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 119-2019-MINEM-DGPSM/DPM de la Dirección de 1792438-1 Promoción Minera, de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera y el Informe N° 693-2019-MINEM/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Autorizan viaje de profesionales del Ministerio de Energía y Minas; INGEMMET a Ecuador, en comisión de servicios CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Que, mediante Facsímil (PIN), del 06 de junio de 2019, Nº 221-2019-MINEM/DM el Director de Promoción de Inversiones del Ministerio de Relaciones Exteriores remitió una carta que dirige la Lima, 25 de julio de 2019 Ministra de Recursos del Estado de Victoria al Ministro de Energía y Minas, a fin de participar en la Sexta Conferencia VISTOS: El expediente Nº 2958790; Internacional de Minería y Recursos – IMARC 2019, que los Informes Nº 325-2019-INGEMMET/ se realizará en la ciudad de Melbourne, Mancomunidad GG-OPP, Nº 326-2019-INGEMMET/GG- de Australia, del 28 al 31 de octubre de 2019; OPP, Nº 327-2019-INGEMMET/GG-OPP y Nº Que, la Conferencia Internacional de Minería y 328-2019-INGEMMET/GG-OPP, emitidos por la Recursos es una de las conferencias mineras más Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto importantes de la región Asia Pacífico y la participación Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet); el del Ministerio de Energía y Minas brindará la oportunidad Informe Nº 154-2019-INGEMMET/GG-OAJ, de la de destacar a nuestro país como destino de las Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Geológico, inversiones, además de ofrecer una inmejorable ocasión Minero y Metalúrgico (Ingemmet); el Informe Nº para conectarse con los principales representantes de la 140-2019-MINEM/OGPP-OPPIC, de la Oficina industria vinculados a los mercados de capital, financieros de Planeamiento, Programación de Inversiones y servicios de minería; y Cooperación Institucional de la Oficina General Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe N° de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 119-2019-MINEM-DGPSM/DPM, emitido por la Dirección 719-2019-MINEM/OGAJ, emitido por la Oficina General de Promoción Minera; el evento, organizado por el de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas Instituto Australiano de Minería y Metalurgia, Austmine y; y la Asociación Australiana de Minas y Metales, tiene como objetivo facilitar el intercambio de información entre CONSIDERANDO: expertos internacionales del sector minero, Directores Ejecutivos de las principales empresas mineras del mundo Que, de conformidad con lo establecido en el comprometidas con la sostenibilidad de la industria y Reglamento de Organización y Funciones del Instituto representantes de diferentes gobiernos; Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), aprobado Que, conforme al informe citado en el considerando mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, dicha precedente, la participación del Ministerio de Energía entidad tiene como objetivos institucionales, entre otros, y Minas en el mencionado evento se sustenta en la obtención, almacenamiento, registro, procesamiento, tres ámbitos, los cuales se encuentran referidos a la administración y difusión eficiente de la información participación del Titular y autoridades del Sector; el geocientífica y aquella relacionada a la geología básica, establecimiento de un pabellón peruano en el área de los recursos del subsuelo, los riesgos geológicos y el exhibición y la promoción de la imagen positiva del Perú geoambiente; como país receptor de la inversión; Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Que, mediante Informe N° 132-2019-MINEM/OGPP- Funciones citado en el numeral precedente, contempla OPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de las funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico Inversiones y Cooperación Internacional señala que, el (Ingemmet), estableciendo, entre ellas, las de investigar y objetivo del evento es compatible con los lineamientos efectuar estudios en geomorfología y geología ambiental de planeamiento y funciones del Ministerio de Energía en el ámbito de su competencia y; desarrollar, mantener y