تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين بيرو

Decreto Supremo Nº 011-2009-EM — Modifica el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley general de electrificación rural

صدر في 2009-02-09 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

research.laws.repealedOn

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, environmental standards, environmental impact assessment (EIA), policy/planning, legal proceedings/administrative proceedings, contracts, renewable energy, standards, protection of environment

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. 28749. Ley General de Electrificaci6n Rural; Que, mediante Decreto Legislative N° 1041 se modificaron diversas normas del Marco Normative EIE!ctrico, entre ellas el art(culo 15 de la Ley N° 28749. Ley General de Electrificaci6n Rural: Que, estando a la modificaci6n de dicho artfculo corresponde adecuar el Reglamento de la Ley N° 28749. Ley General de Electrificaci6n Rural aprobado mediante Decreto Supremo N° 025- 2007-EM: Estancia a lo dispuesto en el inciso 8) del art(culo 118 de la Constituci6n Polftica del PerU; DECRETA: Articulo 1.- Modiffquese el artfculo 39 del Decreto Supremo N° 025-2007-EM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificaci6n Rural. la cual tendra el siguiente texto: "Articulo 39.- Estudios Ambientales Para el caso de las instalaciones de Transmisi6n que integren las Sistemas Electricos Rurales (SER), antes de iniciar cualquier obra se necesitara contar con la aprobaci6n de un Estudio de lmpacto Ambiental. En las demas casos, se necesitara la aprobaci6n de una Declaraci6n de lmpacto Ambiental, antes de iniciar una obra. La evaluaci6n y aprobaci6n del Estudio de lmpacto Ambiental (EIA) y la Declaraci6n de lmpacto Ambiental (DIA) estan3 a cargo de la autoridad competente de acuerdo a las normas ambientales y de descentralizaci6n vigentes. Sin embargo. si las obras de un SER abarcan 2 o mas departamentos o regiones. la DGAAE sera la autoridad competente. Respecto al contenido de la Declaraci6n de lmpacto Ambiental (DIA) esta debera presentarse de acuerdo al contenido minima de la DIA para ejecuci6n de proyectos de Electrificaci6n Rural y al formato especificado en el Anexo 01. las cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo. El plaza maxima para evaluar. aprobar o desaprobar la DIA para las proyectas de Electrificaci6n Rural, sera de quince (15) dfas calendario y el plaza para que el titular del proyecto absuelva las observaciones formuladas sera de cinco (5) dfas calendario. A efectos de cumplir con el proceso de participaci6n ciudadana. las Declaraciones de lmpacto Ambiental seran puestas en el portal web de la autoridad encargada de su evaluaci6n par un plaza de siete (07) dias calendario yen el caso de las estudios de impacto ambiental, se regir8n par lo dispuesto en la Resoluci6n Ministerial N° 535-2004-MEM-DM. Articulo 2.- El presente Decreto Supremo sera refrendado par el Ministro de Energia y Minas y par el Ministro del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno. en Lima, a las nueve dias del mes de febrero del aria dos mil nueve. Ptigina 4 1c1 l)truono Sistema Peruano de lnformacion Juridica ALAN GARCIA PEREZ Presidente Constitucional de la Rept.iblica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas ANTONIO JOSE BRACK EGG Ministro del Ambiente CONTENIDO MINIMO DE LA DECLARACION DE IMPACTO AMBIENT AL (DIA) PARA EJECUCION DE PROYECTOS DE ELECTRIFICACION RURAL

  2. 1.- Objetivo Definir los contenidos y parametros mfnimos de la Declaraci6n de lmpacto Ambiental para la ejecuci6n de obras de las Proyectos de Electrificaci6n Rural desarrollados en el Marco de la Ley General de Electrificaci6n Rural y su Reglamento con el objeto de contribuir al desarrollo sostenible de las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del Peru.

  3. 2.-Ambito de Aplicaci6n Las instalaciones elE!ctricas de distribuci6n y generaci6n de energfa el8ctrica que seran ejecutadas en base a las siguientes alternativas tecnol6gicas de suministros eficiente de energfa a las zonas rurales , localidades aisladas y de frontera del pais: * Uneas y redes electricas de distribuci6n normalizadas para Sistemas Electricos Rurales hasta 36 KV * Pequeflas Centrales Hidri3ulicas hasta una potencia de 500 kW * Pequerias centrales termicas hasta una potencia de 500 kw * Pequerias centrales de generaci6n E6Iica hasta una potencia de 500 kw * Sistemas fotovoltaicos para Sistemas Electricos Rurales * Combinaci6n de las tecnologias anteriores.

  4. 3.- Entidades Competentes En el marco de las transferencias de funciones sectoriales en materia de energia aprobadas mediante Resoluci6n Ministerial N° 550-2006-MEM/DM, Resoluci6n Ministerial N° 009- 2008-MEM/DM, Resoluci6n Ministerial N° 046-2008-MEM/DM y Resoluci6n Ministerial N° 121- 2008-MEM/DM y Resoluci6n Ministerial N° 145-2008-MEM/DM las entidades competentes ante las cuales se presentara la Declaraci6n de lmpacto Ambiental (DIA) seran las Direcciones Regionales de Energia y Minas - DREMs en cuya area de influencia se desarrolla el Proyecto de Electrificaci6n Rural. Sin embargo, en el case de que el proyecto de Electrificaci6n Rural abarque 2 o mas departamentos o regiones, la Declaraci6n de lmpacto Ambiental (DIA) se presentara a la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Energeticos - DGME del Ministerio de Energia y Minas. El plazo para evaluar y de ser procedente su aprobaci6n de la Declaraci6n de lmpacto Ambiental (DIA) para los Proyectos de Electrificaci6n Rural sera 15 dias calendario y el plazo para que el Titular del Proyecto levante las observaciones formuladas sera 5 dfas calendario. Ptigina 5 1c1 l)truono Sistema Peruano de lnformacion Juridica Los contenidos del presente documento se aplicaran a todas las instalaciones que ser.9.n ejecutadas par las entidades competentes en materia de electrificaci6n rural, siempre que la tecnologfa sea la indicada en el numeral anterior.

  5. 4.- Marco Normative Principal de Referencia. * Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. * Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gesti6n Ambiental. * Ley N° 27446. Ley del sistema Nacional de Evaluaci6n de lmpacto Ambiental. * Decreto Legislative N° 1013. Decreto Legislative que aprueba la Ley de Creaci6n. Organizaci6n y Funciones del Ministerio del Ambiente. * Ley N° 26839, Ley sabre la Conservaci6n y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biol6gica. * Ley N° 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas * D.S. N° 038-2001-AG, Reglamento de la Ley de Areas Naturales Prategidas * Ley N° 27314. Ley General de Residuas S61idas * Decreta Supremo N° 029-94-EM, Reglamenta para la Protecci6n Ambiental en las Actividades Electricas. * Ley N° 28749, Ley General de Electrificaci6n Rural. * D.S. N° 025-2007- EM. Reglamenta de la Ley General de Electrificaci6n Rural. * D.S. N° 031-2007-EM, Reglamenta de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Energia y Minas. * Decreto Ley N° 25844, Ley de Cancesiones Electricas * Ley N° 27783. Ley de Bases de Descentralizaci6n * Resoluci6n Ministerial N° 535-2004-MEM-DM, Reglamento de Participaci6n Ciudadana para la realizaci6n de Actividades Energeticas dentro de las Procedimientas Administrativas de Evaluaci6n de las Estudias Ambientales.

  6. 5.- De los contenidos Minimos de la DIA El expediente de la Declaraci6n de lmpacto Ambiental (DIA) debera ser presentada de acuerdo a la estructura de contenida seflalada en el Anexa 01: ANEXO N° 1 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DIRECCIONES REGIONALES DE ENERGIA Y MINAS o DIRECCl6N GENERAL DE ASUNTOS AMBIENT ALES ENERGETICOS Ptigina 6 1c1 l)truono Sistema Peruano de lnformacion Juridica DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL PARA PROYECTOS DE DISTRIBUCION QUE INTEGRAN UN SER. I. DATOS GENERALES DEL TITULAR DEL PROYECTO:

  7. 1. Nombre o raz6n social del Titular del Proyecto:

  8. 2. Av. / Jr. / Calle :

  9. 3. Distrito: 1Urbanizaci6n: Provincia: IDepartamento:

  10. 4. Representante Legal: Telefono: Fax: e-mail: lnstrumento ambiental aprobado (*) Nllmero de RD. · II. DESCRIPCION DEL PROYECTO: Precisar el nivel de tensi6n de las redes de distribuci6n a fin de determinar si el proyecto corresponde a un proyecto de distribuci6n que integre un SER Se debe describir las alcances de la infraestructura electrica proyectada y las caracteristicas tecnicas de las mismas, las cuales deberan considerar las Normas Tecnicas Especificas emitidas para las Proyectos de Electrificaci6n Rural. Justificaci6n del Proyecto. Razones para ejecutar el proyecto. Presupuesto de construcci6n y cronograma de ejecuci6n. Descripci6n de las obras preliminares, movimiento de tierras, construcci6n de las obras, fase de operaci6n (accesibilidad. areas ocupadas, emisi6n de equipos, maquinarias y vehiculos, desechos s61idos y liquidos) Ill. DESCRIPCION DEL AREA DONDE SE DESARROLLARA EL PROYECTO. CARACTERiSTICAS DEL ENTORNO.

  11. 1. Aqui se debera precisar si el proyecto se desarrolla en un area natural protegida o zona de amortiguamiento, en cuyo case se debera contar con la opini6n tecnica previa favorable de SERNANP antes de la aprobaci6n de la DIA.

  12. 2. Precisar la ubicaci6n y el area de influencia. Presentar un piano georeferenciado en coordenadas UTM con la poligonal cerrada de la probable area de concesi6n de distribuci6n que se pretenders solicitar. lndicar asimismo en un Plano georeferenciado el trazo de ruta de las redes de distribuci6n. Descripci6n del uso actual del terreno donde se desarrollara el proyecto. lnforme arqueol6gico.

  13. 3. Vias de acceso, cartografia (Caminos, areas agricolas reservadas o cultivadas cercanas al proyecto, distancias a poblados cercanos. areas naturales protegidas, caracteristicas topograficas regionales. lagos, rios, reservorios y pantanos)

  14. 4. Ambiente Fisico: Fisiografia, Geomortologia, geologia, suelos. climatologia (temperatura, precipitaci6n, humedad atmosfE!rica) y Ecologia (zonas de vida), tipo de cultivos. areas y nllmero de propietarios afectados, recurses hidricos Ptigina 7 1c1 l)truono Sistema Peruano de lnformacion Juridica (hidrologia superficial). indices ambientales de calidad de aire, agua, ruido, recurses arqueol6gicos, calidad visual y calidad de vida. Ambiente Biol6gico: flora u fauna del corredor (Especies poblacionales o comunidades, biotopos o territories). Media Socio Econ6mico (ambiente social, demografia, servicios sociales, salud, educaci6n, infraestructura, Uses de la tierra, sector primario, an8Iisis del sector terciario). Ambiente de lnteres Humana (recurses culturales, arqueol6gicos, arquitect6nicos, cientificos educativos, paisajes).

  15. 5. Breve descripci6n de los principales problemas ambientales del entorno del proyecto.

  16. 6. Presentar las mapas tem.9.ticos del area de influencia del proyecto. V. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS IMPACTOS:

  17. 1 . Etapa de ConstrucciOn: 1.1 Breve descripci6n de las principales lmpactos ambientales generados par la construcci6n y/o instalaci6n.

  18. 2. Etapa de Operaci6n: 2.1 Breve descripci6n de las principales impactos ambientales generados. 3 Efectos primarios, efectos secundarios o intermedios y efectos terciarios.

  19. 4. Tecnicas de evaluaci6n de impactos ambientales. VI. MEDIDAS DE PREVENCION, MITIGACION Y/0 CORRECCION DE IMPACTOS: Breve descripci6n de las medidas de prevenci6n (construcci6n y operaci6n). Breve descripci6n de las medidas de mitigaci6n y/o correcci6n previas (construcci6n y operaci6n). Asimismo adjuntar un piano en el que se indique en coordenadas UTM la ubicaci6n de las puntos de monitoreo. asf coma la direcci6n del viento firmado par un profesional; seglln lo establecido en la Ley N° 16053. Programa de control y monitoreo para cada fase: En la Fase de Operaci6n el Titular debera comprometerse a monitorear la calidad del aire y el ruido con una frecuencia trimestral; de acuerdo a las par8metros establecidos en el D.S. 074-2001-PCM y el D.S. 085-2003-PCM. A su vez se comprometera a realizar el Manejo de Residuos S6Iidos Peligrosos y No Peligrosos generados en el establecimiento de acuerdo al D.S. 057-2004- PCM "Reglamento de la Ley General de Residuos S6Iidos". lncluir las medidas a fin de lograr el orden y limpieza luego de culminada la etapa constructiva de la actividad. Breve descripci6n del Plan de Relaciones Comunitarias VII. PLAN DE ABANDONO Especificar las medidas a ejecutarse en caso de cierre de la empresa para garantizar la restituci6n de las condiciones iniciales del area del proyecto. (*) Solo aphca en las casos de amphac1ones NOTA.- El presente documento debera ser suscrito par el representante legal de la empresa y par el equipo de profesionales interdisciplinario habilitados que elaboraron la Declaraci6n de lmpacto Ambiental para Proyectos de distribuci6n que integran una SER. Ptigina 8

Decreto Supremo Nº 011-2009-EM — Modifica el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley general de electrificación rural · Nelum