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Decreto Supremo Nº 010-2000-MTC ─ Reglamento de formalización de la propiedad en programas de vivienda del Estado

صدر في 2000-03-10 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Land and soil
الكلمات المفتاحية
land tenure, ownership, agricultural land, urban land, alternative dispute settlement, legal proceedings/administrative proceedings, cadastre/land registration, institution, governance, property rights

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  1. DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 AÑO XVIII - Nº 7203 Pág. 184607 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" P C M Aprueban donación efectuada a favor de instituciones, organizaciones so ciales y población de los departamen tos de Lambayeque, Ica, Lima y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCION SUPREMA Nº 132-2000-PCM Lima, 11 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, con Resoluciones de SUNAD Nº 003423 de 26 de diciembre de 1997, 001637 y 002696 de 7 de setiembre y 31 diciembre 1998 y 000902 de 10 agosto 1999, la Superinten dencia Nacional de Aduanas adjudicó al Despacho Presi dencial, alimentos de primera necesidad, artefactos elec trodomésticos, aisladores y otros bienes para ser entrega dos en donación a favor de Instituciones, Organizaciones Sociales y Población de escasos recursos; Que, con el propósito de apoyar a las Instituciones, Organizaciones Sociales y Población de escasos recursos cuyos integrantes realizan esfuerzos orientados a mejorar sus condiciones de vida y mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas, el Despacho Presidencial procedió a entregar en calidad de donación, hasta diciembre 1999 en el caso de las entidades del sector no público, los aludidos bienes a favor de integrantes de Instituciones, Organizacio nes Sociales y Población de escasos recursos de los departa mentos de Lambayeque, Lima, Ica y la Provincia Constitu cional del Callao, por lo que resulta pertinente expedir la Resolución que formalice dicha donación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis lativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la dona ción de alimentos de primera necesidad, artefactos electro domésticos y bienes diversos, valorizados en un total de Veintinueve Mil Noventinueve y 90/100 Nuevos Soles (S/. 29 099,90), que efectuó el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Minis tros, a favor de los integrantes de Instituciones, Organiza ciones Sociales y Población de escasos recursos de los depar tamentos de Lambayeque, Lima, Ica y la Provincia Consti tucional del Callao, según se detalla en el anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Su prema al Ministerio del Interior, Ministerio de Educa ción, Ministerio de Salud y a la Contraloría General de la República, dentro de los términos de ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 2980 Precisan artículo de resolución me diante la cual se designó al Director General del Centro de Altos Estudios Militares RESOLUCION SUPREMA Nº 133-2000-PCM Lima, 11 de marzo del 2000 Visto el Oficio Nº 225-2000-SDN/F.1 de fecha 29 de febrero de 2000, de la Jefatura de Secretaría de Defensa Nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 036-2000-PCM se designa como Director General del Centro de Altos Estudios Militares al Gral. de Brigada EP HELI VALLEJOS ZAPATA; Que es necesario precisar el rango del referido militar; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislati vo Nº 441, modificado por Decreto Legislativo Nº 743, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Precisar el Artículo 6º de la Resolu ción Suprema Nº 036-2000-PCM, el cual quedará redac tado como sigue: "Artículo 6º.- Designar, con efectividad a partir del 4 de enero del 2000, como Director General del Centro de Altos Estudios Militares, al General de División EP HELI VALLEJOS ZAPATA." Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 2981 Aceptan donación que será destinada a damnificados por el Fenómeno "El Niño" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 017-2000-PCM Lima, 4 de febrero del 2000 Vista la Carta de Donación de fecha 24 de enero de 2000 del Comité Pro damnificados del Niño en Nueva York, Estados Unidos; CONSIDERANDO: Que, la Comunidad Peruana de Residentes en los Estados de Nueva York, Estados Unidos, ha donado a la Presidencia del Consejo de Ministros la cantidad de US$ 17 500.27 (Diecisiete Mil Quinientos y 27/100 Dólares Americanos), Cheque Nº 0292004537 del Chase Man Pág. 184608 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 hattan Bank, que será destinada a los damnificados por el Fenómeno "El Niño"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis lativo Nº 560 y Ley Nº 27212 "Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000" y el Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación de US$ 17 500.27 (Diecisiete Mil Quinientos y 27/100 Dólares Ame ricanos) efectuada por la Comunidad Peruana de Resi dentes en los Estados de Nueva York, Estados Unidos, a la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros la misma que será destinada en favor de los damnificados por el Fenómeno "El Niño". Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Contraloría General de la República dentro de los térmi nos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia 2916 MITINCI Derogan el D.S. Nº 003-2000-ITINCI, que aprobó el Reglamento de Guías de Turismo Acreditados DECRETO SUPREMO Nº 005-2000-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2000-ITINCI de fecha 28 de enero del año dos mil, se aprobó el Regla mento de Guías de Turismo Acreditados; Que, habiéndose presentado dificultades en la aplica ción de la citada norma, resulta conveniente derogarlo a fin de evaluarlo y emitir un nuevo Reglamento; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 25831, Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer ciales Internacionales; DECRETA: Artículo 1º.- Derógase el Decreto Supremo Nº 003 2000-ITINCI, que aprobó el Reglamento de Guías de Turismo Acreditados. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re frendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integra ción y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 2988 Ratifican designación de representan te del Ministerio ante el Consejo Nacio nal del SENATI RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2000-ITINCI Lima, 10 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 6º de la Ley Nº 26272, "Ley del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo In dustrial" - SENATI, el Consejo Nacional de dicha Institu ción está conformado, entre otros, por un representante designado por el Ministerio de Industria, Turismo, Inte gración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-98-ITINCI, se designó al señor Aurelio Alberto Rebaza Franco, como repre sentante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, ante el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, período marzo 1998 - marzo 2000; Que, conforme al Artículo 7º de la Ley Nº 26272, la designación de los integrantes del Consejo Nacional del SENATI debe ser efectuada en el primer trimestre del año y por períodos de dos años, pudiendo sus integrantes ser ratificados o reelegidos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, "Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra ción y Negociaciones Comerciales Internacionales", el Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Legislativo Nº 560, "Ley del Poder Ejecutivo"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar la designación del señor AU RELIO ALBERTO REBAZA FRANCO, como repre sentante del Ministerio de Industria, Turismo, Integra ción y Negociaciones Comerciales Internacionales, ante el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestra miento en Trabajo Industrial - SENATI, para el período marzo 2000 - marzo 2002. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Inte gración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 2968 JUSTICIA Dan por concluida designación del Director de la Oficina de Logística del INPE RESOLUCION SUPREMA Nº 052-2000-JUS Lima, 11 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 068-99-JUS, de fecha 9 de abril de 1999, se designó al señor CAR LOS RODRIGUEZ MANSILLA, en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Logística, Nivel Remunerativo F-2, del Instituto Nacional Penitencia rio; Que es conveniente dar por concluida la designación en el cargo público de confianza antes referido; De conformidad con los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 276 y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25993; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor CARLOS RODRIGUEZ MANSI LLA, en el cargo de Director de la Oficina de Logística, Nivel Remunerativo F-2, del Instituto Nacional Peniten ciario; dándosele las gracias por los servicios prestados. Pág. 184609NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia 2982 Designan Director General de la Dirección Regional Norte-Chiclayo del INPE RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2000-JUS Lima, 11 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo público de confian za de Director General de la Dirección Regional Norte Chiclayo, Nivel Remunerativo F-4, del Instituto Nacional Penitenciario; Que a fin de garantizar la continuidad del servicio, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 276 y Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al señor Crnl. PNP PEDRO GONZALES PAREDES, en el cargo de Director General de la Dirección Regional Norte Chiclayo, Nivel Remunerativo F-4, del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia 2983 Designan Director General de la Direc ción Regional Sur-Arequipa del INPE RESOLUCION SUPREMA Nº 054-2000-JUS Lima, 11 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo público de confian za de Director General de la Dirección Regional Sur Arequipa, Nivel Remunerativo F-4, del Instituto Nacio nal Penitenciario; Que a fin de garantizar la continuidad del servicio, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 276 y Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al señor Crnl. PNP MIGUEL SANTIAGO SANTANA GOGIN, en el cargo de Director General de la Dirección Regional Sur Arequipa, Nivel Remunerativo F-4, del Instituto Nacio nal Penitenciario. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia 2984 Autorizan viaje de funcionarios del Minis terio y del INPE a Colombia, para partici par en el "II Congreso Iberoamericano de Administración Penitenciaria" RESOLUCION SUPREMA Nº 055-2000-JUS Lima, 11 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que del 13 al 17 de marzo de 2000 se realizará el "II Congreso Iberoamericano de Administración COLOCAR SEMINARIO TALLER Pág. 184610 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 Penitenciaria", organizado por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del In terior de España en colaboración con la Agencia Espa ñola de Cooperación Internacional, a llevarse a cabo en el Centro Iberoamericano de Formación de Carta gena de Indias - Colombia; Que ha sido designado ante el citado Congreso, el señor doctor Aldo Figueroa Navarro, Coordinador del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia; Que en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del funcionario designado y los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 135-90 PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor doctor Aldo Figueroa Navarro, Coordinador del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia; a la ciudad de Cartagena de Indias - Colombia, del 13 al 17 de marzo de 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la participa ción del funcionario del Ministerio de Justicia, en el mencionado evento por concepto de pasajes US$ 541.82, viáticos US$ 200.00 y tarifa de aeropuerto de US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia 2985 RESOLUCION SUPREMA Nº 056-2000-JUS Lima, 11 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que del 13 al 17 de marzo de 2000 se realizará el "II Congreso Iberoamericano de Administración Penitenciaria", organizado por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del In terior de España en colaboración con la Agencia Espa ñola de Cooperación Internacional, a llevarse a cabo en el Centro Iberoamericano de Formación de Carta gena de Indias - Colombia; Que ha sido designado ante el citado Congreso, el señor doctor Teodoro Palomino Peralta, Vicepresidente del Instituto Nacional Penitenciario; Que en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del funcionario designado y los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 135-90 PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor doctor Teo doro Palomino Peralta, Vicepresidente del Instituto Na cional Penitenciario; a la ciudad de Cartagena de Indias Colombia, del 13 al 17 de marzo de 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Reso lución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la participación del Vicepresidente del Instituto Nacional Penitenciario, en el mencionado evento por concepto de pasajes US$ 400.02, viáticos US$ 200.00 y tarifa de aeropuerto de US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego 061 Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia 2986 RELACIONES EXTERIORES Designan Cónsul General del Perú en Génova, República Italiana RESOLUCION SUPREMA Nº 136-2000-RE Lima, 9 de marzo del 2000 De conformidad con la Cuarta Disposición Comple mentaria Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y los Artículos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la República, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Designar al Embajador (r) en el Servicio Diplomá tico de la República, don Guillermo Gerdau O'Connor, Cónsul General del Perú en Génova, República Italiana. 2º.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-88-RE, de 28 de abril de 1988. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondien tes. 4º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplo mático deberá asumir funciones será fijada por Resolu ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2969 Designan funcionario diplomático para participar en reunión preparatoria de la VIII Ronda de Conversaciones de los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Colombia RESOLUCION SUPREMA Nº 137-2000-RE Lima, 9 de marzo del 2000 Pág. 184611NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 Debiendo realizarse la Reunión del Grupo de Trabajo Peruano-Colombiano, preparatoria de la VIII Ronda de Conversaciones de los Altos Mandos de las Fuerzas Arma das del Perú y Colombia, en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, República de Colombia, del 13 al 17 de marzo del 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0594, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exterio res, de 1 de marzo del 2000; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomá tico de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supre mo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Jesús Ponce Bravo, jefe del Departamento de Colombia de la Subdirección para Asuntos de los Países Andinos, para que partici pe en la Reunión del Grupo de Trabajo Peruano Colombiano, preparatoria de la VIII Ronda de Conver saciones de los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Colombia, a realizarse en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, República de Colombia, del 13 al 17 de marzo del 2000. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 411.82, viáticos US$ 1,200.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio res. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exone ración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2970 M T C Aprueban el Reglamento de Formali zación de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de la COFOPRI DECRETO SUPREMO Nº 010-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26557 y Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, como organismo rector máximo encarga do de diseñar y ejecutar de manera integral, compre hensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la forma lidad, a nivel nacional, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99 MTC, en adelante Ley COFOPRI; Que, el literal a) del Artículo 3º de la Ley COFOPRI establece la ejecución del Programa de Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado; Que, el literal a.5) del Artículo 3º de la Ley COFOPRI dispone que COFOPRI debe establecer sus procedimien tos, las características de los títulos y otros instrumentos que otorgue, y sus reglamentos mediante Decreto Supre mo, Directivas o Resoluciones de Gerencia General; Que, resulta conveniente aprobar un reglamento que regule los Procedimientos Administrativos de For malización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado; Que, el reglamento deberá recoger los mecanismos simplificados y desregulados empleados por COFOPRI, que incrementen el valor de los predios como conse cuencia de su formalización, permitan a los beneficia rios acceder al crédito para mejorar sus viviendas, y, además, sistematice y unifique en un solo cuerpo legal las directivas emitidas por COFOPRI relacionadas con la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado, con el fin de reducir los costos de acceso de los usuarios a la información legal sobre la referida materia; Que, luego de varios meses de aplicación del Regla mento de Formalización de la Propiedad, aprobado me diante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, conviene esta blecer precisiones en el proceso de formalización de la propiedad de manera masiva; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC se aprobó el Programa Lote Familiar – PROFAM, instituyendo la plena vigencia de los Artículos 24º y 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción de Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, en virtud de los cuales se faculta a COFOPRI a desarrollar programas de adjudicación de lotes de vivienda en terrenos esta tales que identifique para dicho fin, a favor de perso nas de menores recursos, por lo que es necesario establecer precisiones al respecto; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 8) de la Constitución Política; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento de Formali zación de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, que consta de Veintiséis (26) Artículos y Seis (6) Disposiciones Complementarias y Finales. Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 18º del Regla mento de Formalización de la Propiedad, aprobado me diante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, el siguiente texto: “Artículo 18º.- (… ) Posesiones Informales ubicadas sobre vías. (… ) Si el informe establece que la sección de vía indicada en el plano de trazado y lotización original, inscrito o no, ha variado en su sección, siendo estas vías locales – calles, pasajes, jirones- y las manzanas consoli dadas han adoptado un alineamiento continuo adyacente a estas vías, se procederá a modificar el plano de trazado y lotización correspondiente, identificando la sección de vía actual. En los casos que se requiera, se pedirá informes a las empresas de servicios, respecto a la factibilidad del tendi do de redes en vías menores de cuatro (4) metros. Para el caso de posesiones informales cuya posesión sea anterior a la proyección de redes viales, esquemas viales primarios y/o secundarios, municipales o estatales, COFOPRI podrá ejecutar las acciones de formalización correspondientes. (… )” Artículo 3º.- Modifíquese el Artículo 28º del Regla mento de Formalización de la Propiedad, aprobado me diante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, en los siguien tes términos: “Artículo 28º.- Calificación individual de los poseedo res. Pág. 184612 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 Realizado el empadronamiento o la verificación, según corresponda, el órgano o responsable designado por la Gerencia de Titulación procederá a efectuar la calificación individual de la documentación presenta da, con el fin de determinar si acreditan los requisitos exigidos por este reglamento. En esta etapa se verifi cará la veracidad de la declaración jurada a que se refiere el Artículo 39º del presente reglamento, con trastándola con la información procedente de las Mu nicipalidades, del Registro de la Propiedad Inmueble y del Registro Predial Urbano. Además, se efectuará la calificación de los títulos entregados, con la finalidad de verificar si se requiere la rectificación o aclaración de éstos, a través de los Instru mentos de Inscripción y/o Rectificación de Títulos, cuyo uso es aplicable a la rectificación de inscripciones relati vas a lotes que formen parte de posesiones informales o centros urbanos informales formalizados por COFOPRI.” Artículo 4º.- Amplíase el inciso f) del Artículo 20º del Reglamento de Formalización de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, en los si guientes términos: “Artículo 20º.- Posesión Informal ubicada en propie dad privada. (… ) f) Los propietarios podrán transferir los terre nos ocupados a favor de COFOPRI, en cuyo caso goza rán de los beneficios tributarios dispuestos en el Artí culo 40º del Marco Legal. En el supuesto que los terre nos ocupados estuvieran inscritos en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos, los pro pietarios podrán autorizar a COFOPRI, mediante do cumento simple, para que proceda a solicitar el traslado de las partidas registrales, total o completamente, se gún corresponda, al Registro Predial Urbano, luego de lo cual, la transferencia de propiedad se realizará me diante la suscripción de los Formularios de Transferen cia de Propiedad del Registro Predial Urbano, los que deberán ser suscritos por los transferentes y los funcio narios competentes de COFOPRI. En caso el traslado corresponda a parte del predio, COFOPRI podrá efec tuar las acciones correspondientes a efectos de lograr su independización en el Registro de la Propiedad Inmueble, para su posterior traslado al Registro Pre dial Urbano.” Artículo 5º.- Las acciones de formalización de la propiedad en Programas de Vivienda del Estado que vienen ejecutando COFOPRI y el Registro Predial Urbano se adecuarán a lo dispuesto en el presente Reglamento. Mediante resolución de la Gerencia de Planea miento y Operaciones de COFOPRI se podrá ampliar la aplicación del presente Reglamento a programas de vivienda ubicados en ciudades en las que asuma com petencia. Artículo 6º.- Déjese sin efecto lo dispuesto mediante la Resolución de Gerencia General Nº 305-99-COFOPRI/ GG. Artículo 7º.- Precísase que dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC están comprendidas todas las acciones que fueron requeridas para la inmedia ta implementación del Programa de Lote Familiar – PROFAM, así como todas las acciones de implementación y ejecución del programa de adjudicación en la Ciudad Satélite Pachacútec, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, con las precisiones que COFO PRI determine en la Directiva correspondiente. Artículo 8º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 9º.- El presente Decreto Supremo será re frendado por el Ministro de Transportes, Comunicacio nes, Vivienda y Construcción y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia REGLAMENTO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD EN PROGRAMAS DE VIVIENDA DEL ESTADO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Ambito de aplicación. La presente norma establece las disposiciones reglamen tarias generales aplicables al Procedimiento de Formaliza ción de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado, que realiza la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º literal a), así como en el Artículo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción al Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99 MTC, el que en adelante se denominará Marco Legal. Artículo 2º.- Asunción de Competencias. Para la ejecución de los procedimientos administrati vos a que se refiere el artículo anterior, COFOPRI asumi rá competencia progresivamente ajustándose a los meca nismos establecidos por los Artículos 45º, 46º y 47º de su Estatuto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014 98-MTC, salvo disposición diferente. Artículo 3º.- Objeto de la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado. La Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado es el conjunto de acciones de carácter legal y físico, que tienen por objeto: a) En lo integral, definir la titularidad del derecho de propiedad sobre los predios matrices en los que el Estado ha desarrollado Programas de Vivienda, sanearlos física y legalmente, lograr su inscripción a favor del titular, de la entidad responsable del Programa, o de aquellas enti dades que asuman o hayan asumido sus funciones, según corresponda. b) En lo individual, definir la titularidad de cada unidad inmobiliaria que forme parte de un Programa de Vivienda, identificando el título bajo el cual se posee ésta, si el poseedor es propietario, si la unidad inmobiliaria ha sido adjudicada anteriormente, si reside en ella el adjudicatario original y si el adjudicatario ha cancelado el íntegro del precio de venta. Asimismo, se identificarán aquellos poseedores de unidades inmobiliarias no adjudicadas anteriormente, el plazo de pose sión y documentos que la acrediten, entre otros hechos que permitan a COFOPRI coordinar con las entidades responsa bles o aquellas que asuman o hubieran asumido sus funciones, la ejecución de los procedimientos de adjudicación o readjudi cación de las unidades inmobiliarias, según corresponda. Adicionalmente, se identificarán aquellas unidades inmobiliarias no ocupadas que no hayan sido adjudicadas anteriormente. La inscripción de cualquiera de las acciones referidas se efectuará ante el Registro Predial Urbano o el Registro de la Propiedad Inmueble, según corresponda. Artículo 4º.- Inicio de la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado. Las acciones de formalización de la propiedad en Programas de Vivienda del Estado se inician e impulsan de oficio y progresivamente. No procede el proceso de formalización a petición de parte. Artículo 5º.- Definición de Programas de Vivien da del Estado. Para efectos de la aplicación del presente Reglamento, se considera Programa de Vivienda a todo conjunto habi tacional desarrollado por Organismos, Instituciones, En tidades del Estado o Fondos de Vivienda referidos en el Pág. 184613NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 Artículo 6º de este Reglamento, así como aquellas lotiza ciones desarrolladas por éstos sobre terrenos legalmente adquiridos, sobre la base de un Marco Legal previamente establecido y siempre que hayan iniciado el procedimien to de titulación. En aplicación del presente Reglamento entiéndase como unidad inmobiliaria a los terrenos, lotes, núcleos básicos, viviendas y departamentos que formen parte de los Programas de Vivienda del Estado. Artículo 6º.- Entidades y Fondos que abarca el presente Reglamento. Están comprendidos dentro de los alcances del presente Reglamento, los Programas de Vivienda eje cutados por: las Empresas del Estado y fondos de vivienda, inclusive aquellas que se encuentren en proceso de liquidación; organismos públicos descen tralizados; entidades especializadas del Gobierno Cen tral (Viceministerio de Vivienda y Construcción, Jun ta Nacional de Vivienda, Corporación Nacional de la Vivienda); las entidades y organismos de Gobiernos Regionales, Corporaciones Regionales de Desarrollo, Consejos Transitorios de Administración Regional; los Municipios; entidades estatales constructoras, fi nancieras, bancarias u otras de interés social, que promuevan o y cualquier otra determinada por COFO PRI mediante Resolución de la Gerencia de Planea miento y Operaciones, así como aquellas que asuman o hubieran asumido sus funciones, en adelante simple mente la entidad responsable. Artículo 7º.- Gratuidad de la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado. Las acciones que realice COFOPRI dentro del pro cedimiento de Formalización de la Propiedad en Pro gramas de Vivienda del Estado, a que se refiere el presente Reglamento son gratuitas, incluida la ins cripción del derecho de propiedad del adjudicatario, sin perjuicio del pago que deba abonar éste por la adquisición de su unidad inmobiliaria ante la entidad responsable, así como de lo dispuesto en el literal a.5 del Artículo 3º del Marco Legal. Artículo 8º.- Etapas de la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado. La Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado consta de dos etapas: a. Proceso 1: Formalización Integral b. Proceso 2: Formalización Individual Los manuales de los procedimientos son aprobados mediante resolución de la Gerencia General. a) Proceso 1: Formalización Integral La Formalización de la Propiedad se inicia con el Proceso de Formalización Integral, mediante el cual COFOPRI realiza los estudios físicos y legales de los predios matrices, con el objeto de identificar los dere chos que pudieran existir sobre ellos, las característi cas físicas de la ocupación, ejecutar las acciones de saneamiento y, cuando corresponda, gestionar la ins cripción registral de la titularidad del predio matriz y del Programa de Vivienda a favor de la entidad res ponsable del mismo. b) Proceso 2: Formalización Individual El Proceso de Formalización Individual se inicia con la revisión y evaluación de la documentación e información proporcionada o recabada de las entidades a que se refiere el Artículo 10º de este Reglamento. Culminada la revisión de la documentación e información obtenida, se procederá con la verificación en cada unidad inmobiliaria del Pro grama de Vivienda, recabando documentos e información con la finalidad de: Identificar a los poseedores de las unidades inmobi liarias; Identificar si la unidad inmobiliaria ha sido adjudica da anteriormente; Identificar si los poseedores son los adjudicatarios originales, compradores o herederos de alguno de ellos; Identificar deficiencias en los títulos de propiedad que se presenten a fin de realizar las acciones de sanea miento, rectificación e inscripción que fueran necesarias para darle validez o eficacia; Identificar aquellos adjudicatarios que no cuenten con título de propiedad no obstante haber cancelado el precio de venta o no ser necesaria su cancelación; Identificar a las personas que ocupen unidades inmo biliarias no adjudicadas; Identificar unidades inmobiliarias no adjudicadas que se encuentren desocupadas. Recabar información acerca de los saldos de precios pendiente de cancelación por parte de los adjudicatarios; Gestionar la inscripción de los títulos de propiedad, las cláusulas de cancelación de saldo de precio, levanta miento de hipotecas en los Registros Públicos correspon dientes, entre otros. Artículo 9º.- Entidad encargada de la Formaliza ción de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado. La Formalización de la Propiedad en los Programas de Vivienda del Estado es ejecutada en todas sus etapas por COFOPRI en coordinación con las entidades responsa bles de los mismos. Artículo 10º.- Coordinación con otras entidades. De conformidad con lo establecido en el Artículo 13º del Marco Legal, para ejecutar y desarrollar las acciones que comprenden el Proceso de Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado, las Empresas del Estado, los Fondos de Vivienda, las Direcciones Regionales de Vivienda, las Municipali dades, las entidades estatales constructoras, banca rias, financieras, crediticias y toda otra que ejecute o hubiera ejecutado tales Programas de Vivienda o que tuvieran información sobre ellos, entregarán a COFO PRI, a su solo requerimiento, los antecedentes regis trales del predio matriz, los planos perimétricos, de ubicación, de trazado y lotización, urbanísticos y cual quiera que sea solicitado por ella; las memorias des criptivas; las declaratorias de fábrica; los reglamentos de propiedad horizontal; la relación de los títulos de propiedad entregados y la relación de adjudicatarios; y toda otra documentación relacionada con los Progra mas de Vivienda, con el fin de formalizarlos y presen tarlos a los Registros Públicos para su inscripción. En consecuencia, COFOPRI está facultada, de confor midad con lo previsto en el Artículo 8º del Marco Legal, a acceder directamente, a su solo requerimiento, a la docu mentación e información con que cuenten las entidades que a continuación se detallan: a. En el caso de las Oficinas Registrales de la Superin tendencia Nacional de los Registros Públicos y del Regis tro Predial Urbano, así como de sus oficinas descentrali zadas o desconcentradas, a las partidas registrales, títu los archivados, índices de propietarios y planos catastra les que constituyen antecedentes de dominio de los pre dios matrices objeto de estudio de COFOPRI, así como a cualquier otra información que se requiera para la Forma lización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado. b. En el caso de las empresas del Estado, Consejos Transitorios de Administración Regional, fondos, insti tuciones y otras entidades del Estado, incluso aquellas que se encuentren en proceso de desactivación y/o liquidación, así como sus dependencias regionales o departamentales, encargadas de promover, financiar, ejecutar o adjudicar unidades inmobiliarias, a los pla nos, títulos de propiedad, padrón de adjudicatarios por cada Programa de Vivienda, relación de adjudicatarios que cuenten con títulos provisionales, relación de adju dicatarios que cuenten con título de propiedad, plani llas de empadronamiento y titulación, memorias des criptivas, declaratorias de fábrica, reglamentos de pro piedad horizontal, contratos de compraventa o adjudi cación inscritos y no inscritos, relación de unidades inmobiliarias que se encuentren afectadas por algún tipo de carga o gravamen, así como a cualquier otra información que resulte relevante para la culminación de la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda. Pág. 184614 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 c. En el caso de las municipalidades y sus empresas vinculadas, a los planos perimétricos y topográficos, aerofotografías, planos restituidos, planos y bases de datos catastrales, títulos de propiedad, padrón de adjudicatarios por cada Programa de Vivienda, rela ción de adjudicatarios que cuenten con títulos provi sionales, relación de adjudicatarios que cuenten con título de propiedad, planillas de empadronamiento y titulación, memorias descriptivas, declaratorias de fábrica, reglamentos de propiedad horizontal, contra tos de compraventa o adjudicación inscritos y no ins critos, relación de unidades inmobiliarias que se en cuentren afectadas por algún tipo de carga o grava men, así como cualquier otra información que resulte relevante para la culminación de la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda. d. En el caso de cualquier otra entidad u organismo del Estado, a toda la documentación que posean relacionada con la propiedad, posesión u otro derecho sobre los predios matrices y unidades inmobiliarias objeto de estudio, así como cualquier otra información que requiera COFOPRI para la formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda. En todos los casos, COFOPRI recabará los infor mes y la documentación en los que conste la relación de los adjudicatarios de las unidades inmobiliarias, con la indicación de los nombres de los adjudicatarios, documento de identidad, ubicación y características de la unidad, las condiciones de pago pactadas con la identificación de los plazos, tasa de interés, montos de las cuotas, situación actualizada de pagos y saldo deudor a pagar, relación de adjudicatarios que han cancelado su deuda, cuenten o no con la correspon diente cláusula de cancelación y, de ser el caso, condi ciones para la refinanciación de las deudas. El detalle de la documentación e información a que se refiere el presente artículo tiene carácter general, que dando facultada COFOPRI a solicitar cualquier otra do cumentación o información que juzgue conveniente para cumplir con el objeto de los procesos de formalización integral e individual. COFOPRI podrá acceder directamente a dicha in formación o solicitar la elaboración de informes y copias, los que deberán ser entregados a COFOPRI en un plazo no mayor de quince (15) días naturales conta dos a partir de la presentación de la solicitud, en medios magnéticos cuando fuera posible, bajo respon sabilidad de los funcionarios a cargo de las dependen cias señaladas. Las entidades mencionadas, así como cualquier otra que tenga relación, ajustarán sus actividades a las dispo siciones que COFOPRI establezca mediante Directiva. TITULO II DEL PROCESO 1: FORMALIZACION INTEGRAL Artículo 11º. - Proceso 1. El Proceso de Formalización Integral constituye la etapa en la cual la Gerencia de Titulación realiza las siguientes acciones: a) Estudio e informe físico - legal del predio matriz sobre el que el Estado ha desarrollado el Programa de Vivienda; b) Acciones de saneamiento físico; c) Acciones de saneamiento legal; d) Realización de los trámites necesarios para culmi nar el proceso de formalización de la propiedad del predio matriz. Artículo 12º.- Objeto del Estudio e Informe Físi co - Legal. La Gerencia de Titulación realizará el estudio físico – legal sobre el predio matriz, el cual tiene por objeto analizar sus antecedentes registrales, el marco legal bajo el cual fue ejecutado el Programa de Vivienda, así como las características físicas del mismo, las que, comparadas con las contenidas en la documentación recabada o pro porcionada por las entidades responsables, permitirá determinar la necesidad o no de corregirlas. Los resulta dos del estudio se plasmarán en el informe correspondien te, en el que se determinará el grado de formalización existente y las recomendaciones para culminar su sanea miento integral. El estudio, en su aspecto físico, tiene por objeto el análisis y evaluación de la situación y ubicación física de los predios matrices. El informe físico establecerá: a) Las características urbanas, como son el nivel de servicios básicos y de electrificación, número y área de los lotes, la identificación de las áreas correspondientes a vías, parques, servicios públicos y demás aportes regla mentarios. Estas características serán comparadas con las Declaratorias de Fábrica, memorias descriptivas y Reglamentos Internos de Propiedad Horizontal que se recaben de las entidades responsables, según correspon da; b) La identificación de los vértices del perímetro en coordenadas UTM, el área y los linderos del predio matriz; c) La existencia de superposiciones físicas, gráficas o literales del predio matriz con otros predios o derechos, lo que incluye la verificación de posibles antecedentes en el Registro de la Propiedad Inmueble y en el Registro Pre dial Urbano, que permitan evitar la existencia de duplici dad de inscripciones; d) La existencia de zonas o áreas declaradas o identi ficadas de reserva o protección arqueológica, monumen tal-cultural, respecto de aquellos lugares en que los pla nos de trazado y lotización no se encuentren aprobados; e) La existencia de zonas riesgosas, respecto de aque llos lugares en que los planos de trazado y lotización no se encuentren aprobados; f) La necesidad de elaborar y aprobar el Plano Perimé trico o de Trazado y Lotización, en aquellos casos en que el Programa de Vivienda no cuente con ellos; g) La existencia, exactitud y necesidad de rectificación de los Planos Perimétricos y de Trazado y Lotización aprobados por las entidades competentes en cumplimien to de las normas técnicas correspondientes exigidas por el Registro; h) La necesidad de elaborar y aprobar la rectificación del Plano Perimétrico o de los Planos de Trazado y Lotización, para cumplir con los requerimientos técnicos del Registro Público correspondiente; i) La existencia de memorias descriptivas, declarato rias de fábrica y reglamentos de propiedad horizontal no inscritos, con el fin de formularlos y autorizarlos, según corresponda, para su correspondiente inscripción regis tral; j) Las demás acciones de saneamiento físico que deban realizarse. El estudio en su aspecto legal tiene por objeto el análisis del marco legal bajo el cual fue ejecutado el Programa de Vivienda por la entidad responsable, los antecedentes de dominio del predio matriz sobre el que se ha ejecutado el Programa, para detectar y evitar la existencia de duplicidad de inscripciones, evaluando y descartando la existencia de conflictos o litigios con otros supuestos titulares o predios, así como para determinar las acciones de saneamiento legal que deban ejecutarse. Artículo 13º.- Acciones de Saneamiento Una vez realizado el estudio y emitido el informe físico-legal, se procederá de la siguiente manera: a. Si no se requieren acciones de saneamiento, se continuará con la formalización de la propiedad indivi dual. b. Si se requieren acciones de saneamiento, se ejecuta rán conforme a lo establecido en el informe preparado por la Gerencia de Titulación, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 12º de este Reglamento. COFOPRI suspenderá el procedimiento de forma lización en la medida que el informe físico-legal esta blezca que el predio matriz sobre el cual se haya desarrollado el Programa de Vivienda se encuentre total o parcialmente superpuesto a propiedad priva da. Asimismo en caso el predio matriz no cuente con el Pág. 184615NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 plano de trazado y lotización aprobado y se encuentre total o parcialmente superpuesto a áreas arqueológi cas o áreas riesgosas. En estos casos, se procederá conforme a lo establecido en el inciso c) del Artículo 16º y a los incisos b) y c) del Artículo 15º de este Reglamen to, respectivamente. En el supuesto que la superposi ción sea parcial, sólo se suspenderá el proceso de formalización respecto del área afectada. Artículo 14º.- Traslado de partida matriz al Re gistro Predial Urbano. COFOPRI trasladará las partidas correspondientes a los predios matrices sobre los que se ejecutaron los Pro gramas de Vivienda del Registro de la Propiedad Inmue ble al Registro Predial Urbano, en aplicación de lo dis puesto en el Artículo 13º del Marco Legal y la Resolución de Gerencia General Nº 245-99-COFOPRI/GG o la que haga sus veces. Artículo 15º.- Acciones de Saneamiento Físico. La Gerencia de Titulación ejecutará, directamente o a través de terceros, las acciones de saneamiento físico establecidas en el informe, que se sujetarán a las siguien tes particularidades: A) Elaboración, rectificación y aprobación de planos. Sin perjuicio de lo establecido en los literales siguien tes, si en el informe se establece la necesidad de formular o rectificar los planos de los predios sobre los que se desarrollaron los Programas de Vivienda, se procederá de la siguiente manera: I. Cuando se trate de Programas de Vivienda que no cuenten con planos, éstos se elaborarán y serán aproba dos mediante Resolución de la Gerencia de Titulación. II. Cuando se trate de Programas de Vivienda que cuenten con planos aprobados, inscritos o no, que requie ran rectificaciones, éstas se realizarán y serán aprobadas mediante Resolución de la Gerencia de Titulación. III. Cuando se trate de Programas de Vivienda que cuenten con planos aprobados, inscritos o no, que no requieran rectificaciones o modificaciones, se emplearán para su inscripción las Resoluciones que los aprobaron. IV. Cuando se trate de Programas de Vivienda que cuenten con planos sin aprobación, que requieran rectifi caciones, éstas se realizarán y serán aprobadas mediante Resolución de la Gerencia de Titulación. V. Cuando se trate de Programas de Vivienda que cuenten con planos sin aprobación, que no requieran rectificaciones o modificaciones, serán aprobados me diante Resolución de la Gerencia de Titulación. Las Resoluciones de la Gerencia de Titulación tendrán mérito suficiente para su inscripción en los Registros Públicos correspondientes, siendo de aplicación lo dis puesto en el Artículo 39º del Marco Legal. B) Programa de Vivienda ubicado en área ar queológica. Si el informe establece que los predios matrices cuyos planos de trazado y lotización no han sido apro bados ocupan total o parcialmente áreas que podrían tener valor arqueológico o monumental-cultural, se aplicará el procedimiento establecido por el Decreto Supremo Nº 017-98-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 046-98-PCM. En caso el área afectada sea parcial, COFOPRI continuará con el proceso de forma lización sobre el resto. C) Programa de Vivienda ubicado en áreas ries gosas o carente de las condiciones de higiene y salubridad. Si el informe establece que el predio matriz se encuen tra sobre áreas que podrían ser riesgosas por las caracte rísticas de los suelos, la cercanía a ríos u otros acuíferos, la cercanía a elementos de transmisión eléctrica u otros similares, o que se trate de terrenos carentes de las condiciones de higiene y salubridad necesarias, se oficiará al Instituto Nacional de Defensa Civil o a la entidad que corresponda, para que cumpla con informar sobre dicha situación y formule las recomendaciones del caso. Una vez obtenido el informe del Instituto Nacional de Defensa Civil o la entidad respectiva, se pondrá en cono cimiento de los ocupantes, de ser el caso, para que ejecu ten directamente o a través de terceros las acciones recomendadas y puedan ser formalizados o, en su defecto, para que se acojan a los programas de reubicación que COFOPRI promueva con las entidades públicas corres pondientes. Cuando el Instituto Nacional de Defensa Civil o la entidad respectiva determine que no existe riesgo si las viviendas son construidas siguiendo determinadas especificaciones técnicas, COFOPRI informará dicha situación a los ocupantes. Asimismo, directamente o a través del Instituto Nacional de Defensa Civil, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción o entidades privadas, se les brinda rá la capacitación necesaria para cumplir las recomen daciones y formalizará la propiedad a favor de los ocupantes que hayan sido capacitados y hayan suscri to un compromiso de cumplir las recomendaciones respectivas. Las autorizaciones, licencias u otros para la construcción, así como la fiscalización respectiva, corresponde a los municipios, conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades. De requerirse acciones de reforestación, conservación de suelos, reforzamiento de laderas o similares, COFO PRI coordinará con el Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos la ejecu ción de tales acciones. COFOPRI podrá continuar las acciones de formaliza ción en las áreas no consideradas riesgosas. D) Otras acciones En caso se establezca la necesidad de otorgar o modi ficar declaratorias de fábricas, reglamentos internos de propiedad horizontal, memorias descriptivas, planos, así como realizar cualquier otra acción necesaria que posibi lite la inscripción de los derechos de propiedad de los adjudicatarios, COFOPRI las ejecutará, directamente, mediante servicios de terceros, o encargándoselos a la entidad responsable que desarrolló el Programa de Vi vienda, la cual deberá cumplir con el encargo dentro del plazo y bajo las condiciones establecidas por COFOPRI, bajo su responsabilidad, en virtud a lo establecido en el Artículo 13º del Marco Legal. En caso se requiera la inscripción de alguno de los documentos citados ante los Registros Públicos correspondientes, éstos deberán con tar con la visación de la Gerencia de Titulación de COFO PRI, lo que constituirá mérito suficiente para su presen tación. Para cualquier acción que implique el otorgamiento o la modificación de declaratorias de fábrica, no se conside rarán las modificaciones de linderos o áreas efectuadas directa o indirectamente por los poseedores de las respec tivas unidades inmobiliarias. Artículo 16º.- Acciones de Saneamiento Legal. La Gerencia de Titulación ejecutará, directamente o a través de terceros, las acciones de saneamiento legal establecidas en el informe referido en el Artículo 12º, que se sujetarán a las particularidades seguidamente descri tas: a. Posesiones Informales en áreas destinadas a usos distintos a la ejecución de los Programas de Vivienda. Si el informe concluye identificando posesiones infor males en áreas destinadas a usos distintos a la ejecución de Programas de Vivienda, COFOPRI aplicará lo dispues to en el Reglamento de Formalización de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC. La Gerencia de Titulación comunicará dicha situación a la entidad responsable del Programa de Vivienda para que realice, en vía de regularización, el desaporte, desactiva ción, cancelación de activos, cancelación de usos u otros, según corresponda. Las resoluciones que emita COFOPRI al amparo del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, constituyen mérito suficiente para la independización e inscripción de la titularidad del área ocupada por alguna posesión informal a favor de COFOPRI. Pág. 184616 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 b. Levantamiento de Cargas y/o Gravámenes. Si en el informe se establece que los predios matrices sobre los que se han desarrollado Programas de Vivienda soportan alguna carga o gravamen a favor de terceros, COFOPRI aplicará las normas pertinentes para proceder con su levantamiento. De ser necesario, COFOPRI infor mará mediante oficio de la situación del predio matriz a la entidad responsable, la cual deberá coordinar su levanta miento con la entidad a favor de la cual se constituyó la carga o el gravamen. c. Programas de Vivienda ubicados en propie dad privada. Si en el informe se establece que el predio sobre el que se ha desarrollado el Programa de Vivienda es de propie dad privada, COFOPRI realizará las siguientes acciones: c.1. Si dicho predio matriz ha sido objeto de un proceso de expropiación que ha concluido con el pago del justipre cio, solicitará al juez que oficie al registro correspondiente informando de la cancelación del justiprecio y ordenando el levantamiento de cualquier carga o gravamen y gestio nará, de ser necesario, el traslado de la partida registral del predio matriz del Registro de la Propiedad Inmueble al Registro Predial Urbano. c.2. Si dicho predio matriz es objeto de un proceso de expropiación en trámite, se pondrá en conocimiento a la entidad responsable del Programa a fin de que ésta continúe y culmine el proceso, cuyo cumplimiento es requisito para continuar con la formalización de la propie dad. c.3. Si dicho predio matriz es objeto de un proceso de expropiación en trámite que cuenta con sentencia consen tida o ejecutoriada que fija el justiprecio, el cual se encuentra pendiente de pago parcial o total, COFOPRI comunicará dicha situación a la entidad responsable, a efectos de que proceda con su cancelación, cuyo cumpli miento es requisito para continuar con la formalización de la propiedad. c.4. Si dicho predio matriz no es objeto de un proceso de expropiación o éste ha caducado manteniéndose la propiedad en sus originales propietarios, se coordinará con la entidad responsable a fin de que ésta realice las acciones pertinentes. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, CO FOPRI podrá citar a las partes a una audiencia de conci liación. La audiencia se desarrollará ante la Unidad de Conciliación de la Gerencia de Declaración y Regulariza ción de la Propiedad o ante la persona natural o jurídica que ésta designe. Si ambas partes arribaran a un acuerdo, el acta que lo contenga constituye título de ejecución, conforme a lo dispuesto por el Artículo 3º, literal a.3.5 del Marco Legal. Respecto del área del predio matriz sobre el cual se ha desarrollado el Programa de Vivienda que no se encuentre dentro de una propiedad privada o que haya culminado las acciones para la transferencia de la propiedad, se seguirá adelante con el procedimiento de formalización. d. Compensaciones de Areas. Cuando existan unidades inmobiliarias que excedan la poligonal perimétrica (PP) del predio sobre el que se ejecutó el programa de vivienda, siendo necesario com pensar áreas con los predios colindantes para efectos de conformar lotes de contorno regular, deberán remarcarse (achurarse) las unidades inmobiliarias afectadas. Las áreas ocupadas por los lotes que excedan la poligonal perimétrica serán consideradas como áreas pendientes de compensación, disponiendo la suspensión de su forma lización. La independización de los lotes comprendidos den tro de las áreas de compensación se efectuará luego de que la entidad responsable regularice individualmente o delegando dicha facultad a COFOPRI, la compensa ción con los propietarios de los predios colindantes. Si como resultado de las compensaciones tuvieran que desmembrarse áreas del programa de vivienda a favor de los propietarios colindantes, COFOPRI, debidamen te autorizado por la entidad responsable, solicitará mediante oficio dirigido al Registro Predial Urbano, acompañando los planos y las memorias descriptivas correspondientes, visados por la Gerencia de Titula ción, el traslado de tales áreas. De igual modo, de ser necesario el desmembramiento de algún área que for me parte del predio colindante, el titular autorizará su desmembración y traslado al Registro Predial Urbano, transfiriendo la propiedad del mismo a favor de la entidad responsable, mediante la suscripción del For mulario de Transferencia de Propiedad del Registro Predial Urbano. Una vez efectuado el traslado del área materia de compensación al Registro, COFOPRI proce derá con su incorporación al área del Programa de Vivienda. TITULO III DEL PROCESO 2 : FORMALIZACION INDIVIDUAL Artículo 17º.- Proceso 2. El Proceso de Formalización Individual constituye la etapa en la que COFOPRI realiza las siguientes acciones: a) Revisión, evaluación y calificación de la documenta ción e información proporcionada o recabada de las enti dades responsables de los Programas de Vivienda; b) Difusión de la Formalización Individual entre los poseedores de las unidades inmobiliarias; c) Verificación en campo de los poseedores, levanta miento de información; d) Calificación individual de los poseedores; e) Inscripción registral de los títulos de propiedad, contratos de compra-venta, adjudicación, u otros; y, f) Saneamiento de contingencias. Artículo 18º.- Revisión y Evaluación de la docu mentación e información proporcionada o recaba da de las entidades responsables de los Programas de Vivienda. En esta etapa COFOPRI, a través de su Gerencia de Titulación, revisará el padrón de adjudicatarios, los con tratos de compraventa, las resoluciones de reversión, los estados de cuenta de los adjudicatarios, las cláusulas de cancelación emitidas por la entidad responsable de la cobranza y toda otra documentación proporcionada o recabada de las entidades responsables de los Programas de Vivienda. Respecto de la evaluación de la documentación e informa ción, estará a cargo de la Gerencia de Titulación. Consiste en la identificación de todos los adjudicatarios de las unidades inmobiliarias materia de formalización, su clasificación en función a su situación contractual, la verificación de su situa ción registral, la identificación de procesos judiciales que comprometan derechos sobre las unidades inmobiliarias y otras acciones que COFOPRI determine. Artículo 19º.- Difusión de la Formalización Indi vidual. La Difusión de la Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda estará a cargo de la Gerencia de Campo. Consiste en comunicar a los poseedores, adjudi catarios o no, del contenido del Programa de Formaliza ción y sus beneficios, así como del día y la hora en que COFOPRI procederá con la verificación en cada unidad inmobiliaria y los documentos que deberán presentar en dicha oportunidad. Artículo 20º.- Verificación en campo de los po seedores. La verificación en campo tiene por objeto recabar toda documentación e información relevante que permita veri ficar y complementar la información proporcionada o recabada de las entidades responsables. En esta etapa, COFOPRI recabará la siguiente docu mentación e información: a) Títulos de propiedad, contratos de compraventa u otros que acrediten la titularidad de las unidades inmobi liarias; b) Documentos de identidad y estado civil; c) Recibos de pago, cancelaciones o documentación que acredite el pago parcial o total del precio de venta; d) Documentos que acrediten posesión; Pág. 184617NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 e) Información respecto del plazo de posesión; f) Solicitudes de adjudicación o readjudicación; g) Recibos por los servicios de luz, agua u otros que permitan acreditar posesión; h) Otros documentos requeridos por COFOPRI, nece sarios para continuar la formalización de la unidad inmo biliaria. Durante las verificaciones en campo o cuando COFO PRI lo considere necesario, los poseedores suscribirán las Declaraciones Juradas de Veracidad o Estado Civil, a que se refiere el Artículo 21º de este Reglamento. La Gerencia de Titulación, en coordinación con la Gerencia de Campo, determinará los recursos involucra dos en el proceso de verificación. Mediante Resolución de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones se establecerán las características, conte nido y formato de las fichas de verificación requeridas. Artículo 21º.- Declaración Jurada de Veracidad. En todos los casos en que se presente documentación para subsanar deficiencias o complementar información contenida en los documentos de adjudicación, transferen cia o posesión, el poseedor, adjudicatario o no, deberá presentar una Declaración Jurada de Veracidad, de con formidad a lo establecido por la Ley Nº 25035 – Ley de Simplificación Administrativa. En caso que los poseedores no puedan acreditar me diante documento público su estado civil, bastará la pre sentación de una Declaración Jurada. La Declaración Jurada se otorgará de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 25035 – Ley de Simplificación Administrativa. Mediante Resolución de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones se establecen las características y el conte nido de los formatos de Declaraciones Juradas referidas en el presente Artículo. Artículo 22º.- Calificación individual de los po seedores. Realizada la verificación de campo, la Gerencia de Titulación efectuará la calificación individual de la documentación recabada, con el fin de determinar la validez jurídica de los títulos de propiedad; identificar deficiencias en los títulos a fin de realizar las acciones de saneamiento, rectificación e inscripción que fueran necesarias para darles validez o eficacia; si existen litigios sobre las unidades inmobiliarias; si los posee dores son los adjudicatarios originales; la situación jurídica de los poseedores no adjudicatarios de las unidades inmobiliarias; si los adjudicatarios no cuen tan con título de propiedad, no obstante haber cance lado total o parcialmente el precio de venta; si existen unidades inmobiliarias no adjudicadas, ocupadas o no; plazos de posesión, entre otras situaciones. En caso la documentación que presente el poseedor, adjudicatario o no, contenga deficiencias subsanables, éstas podrán ser subsanadas con la presentación de docu mentación complementaria a la que deberá adjuntársele una Declaración Jurada de Veracidad. Se consideran deficiencias subsanables, las siguien tes: a) Consignación errónea de los nombres o apellidos de las partes; b) Presentación de documentos de identidad desactua lizados o erróneos; c) Nomenclatura errada o inexistente de la manzana, sector, lote, sección o departamento, falta de consignación del área del terreno o diferencia entre estos datos del documento y el plano aprobado; d) Título de Propiedad deteriorado, ilegible, que no permita su inscripción en el Registro correspondiente; e) Recibos de cancelación o pago deteriorados; f) Cualquier otra que a criterio de COFOPRI sea subsanable. Tratándose de Títulos de propiedad con deficiencias subsanables, una vez subsanadas éstas por el adjudicata rio, COFOPRI emitirá el Instrumento de Inscripción y/o Rectificación de Título de Propiedad, con la finalidad de que el Título sea presentado al Registro Predial Urbano. En el caso que el predio que ocupa el Programa de Vivienda se encuentre inscrito en el Registro de la Propie dad Inmueble, COFOPRI presentará el título conjunta mente con la Declaración Jurada de Veracidad y la docu mentación complementaria, acompañados del oficio res pectivo que la Gerencia de Titulación emita. Artículo 23º.- Situación de los poseedores no adjudicatarios. COFOPRI incorporará en un padrón de poseedores aquellas personas no adjudicatarias, identificadas du rante la verificación en campo a que hace referencia el Artículo 20º precedente. Este padrón será entregado a la entidad responsable del Programa de Vivienda o a quien asuma o haya asumido sus funciones para que proceda con las acciones necesarias que permitan su regularización, adjudicación o readjudicación, según corresponda. Artículo 24º.- Colaboración de COFOPRI con las entidades responsables de los Programas de Vi vienda. Bajo el supuesto anterior, COFOPRI, a través de su Gerencia de Titulación, podrá colaborar con las entidades responsables dentro del procedimiento de regularización, adjudicación o readjudicación de las unidades inmobilia rias y en la promoción y difusión de las mismas. Asimismo, COFOPRI podrá colaborar con las enti dades responsables en la notificación de la oferta de venta a los poseedores aptos para la adjudicación o readjudicación, en la difusión de formas de pago, entre otras, aplicando los procedimientos regulares, así como aquellos que se establezcan mediante Resolución de Gerencia General. Artículo 25º.- Precio de unidades inmobiliarias cancelados y pago de los saldos. Respecto de las cancelaciones de precio y saldos pendientes de pago, COFOPRI identificará de la infor mación y documentación proporcionada o recabada de la entidad responsable, en virtud a lo establecido en el Artículo 10º, así como de la documentación e informa ción que COFOPRI obtenga de las verificaciones en campo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º, aquellos adjudicatarios que hayan cumplido con can celar el precio de venta de sus unidades inmobiliarias e informará de los saldos pendientes de cancelación a las entidades responsables. Una vez verificada la información y documentación referida en el párrafo anterior, COFOPRI oficiará a las entidades responsables adjuntando la información de cada adjudicatario para su confirmación, la cual deberá ser entregada dentro de los 15 (quince) días siguientes contados a partir de la recepción de los oficios correspon dientes. Vencido dicho plazo, con o sin contestación, COFOPRI podrá dar por válida la información y procede rá de la siguiente manera: i. En aquellos casos en que la entidad responsable no hubiera otorgado los contratos de transferencia, no obs tante haberse cancelado el precio de venta o no ser necesaria su cancelación para el otorgamiento de éstos, la entidad responsable deberá otorgarlos gratuitamente y bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor de 10 (diez) días, contados a partir de la solicitud de COFOPRI, para que éste proceda con su presentación en el Registro Público correspondiente. ii. En caso el precio hubiera sido cancelado y estuviera pendiente la expedición del documento de cancelación para el levantamiento de la hipoteca respectiva, la entidad responsable deberá expedir los documentos gratuitamente y bajo su responsabili dad, en un plazo no mayor de 10 (diez) días, contados a partir de la solicitud de COFOPRI, para que éste proceda con su presentación en el Registro Público correspondiente. iii. Respecto de aquellas entidades responsables en proceso de liquidación, de contar los adjudicatarios con documentos de cancelación del precio, éstos serán entre gados a COFOPRI conjuntamente con una Declaración Jurada de Veracidad para su presentación en el Registro Público correspondiente, en virtud a lo establecido en el Artículo 13º del Marco Legal. Pág. 184618 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 iv. En el supuesto que los adjudicatarios no hubiesen terminado de cancelar el precio de venta de la unidad inmobiliaria, el pago del saldo se realizará ante las entida des responsables. En todos los casos en que se hubieran otorgado decla raciones juradas, COFOPRI realizará verificaciones pos teriores y selectivas de la información en los registros de las entidades pertinentes, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 25035, Ley de Simplificación Administrativa. Se rán de aplicación las disposiciones de esta Ley para la verificación y en caso de comprobarse la falsedad de las declaraciones. Artículo 26º.- Entrega de los títulos de propiedad y otros a los beneficiarios. Una vez inscrito en el Registro el derecho de propiedad a favor de los adjudicatarios sobre las unidades inmobilia rias, la Gerencia de Titulación coordinará con la Gerencia de Campo la entrega de los títulos de propiedad debida mente formalizados y/o las constancias de inscripción correspondientes. TITULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Aplicación de otras normas de forma lización. Serán aplicables para la Formalización de la Propie dad en Programas de Vivienda ejecutados por el Estado las normas dispuestas en el Reglamento de Formalización de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, en lo que fuere pertinente, así como lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 26845, sus ampliaciones y modificato rias. Segunda.- Aprobación de formatos. Mediante Resolución de la Gerencia General se esta blecerán el contenido, las características y el Formato del Instrumento de Inscripción y/o Rectificación del Título de Propiedad. Mediante Resolución de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones se establecerán el contenido y característi cas de los formatos sobre solicitudes, avisos, declaracio nes juradas, padrón de poseedores, declaraciones de vera cidad y demás que se requieran conforme a lo previsto en el presente Reglamento. Tercera.- Ejecución de los Procedimiento y De signación de Responsables. En todos los casos, la Gerencia de Titulación o, cuando corresponda, las Gerencias Zonales, Jefaturas de las Ofi cinas de Jurisdicción Ampliada, o las personas que éstas designen, ejecutarán los procedimientos establecidos en el presente Reglamento. Cuarta.- Exoneraciones en favor de COFOPRI. Precísase que se encuentran exoneradas de todo pago por concepto de tasas, aranceles y derechos registrales por la inscripción de los actos y/o contra tos, así como por las demás acciones que involucren a los servicios que presten los Registros Públicos que forman parte del Sistema Nacional de los Registros Públicos y del Registro Predial Urbano que les sean solicitados por COFOPRI dentro del Programa de Formalización de la Propiedad. Asimismo, las transferencias, información, documen tación y toda otra acción exonerada de todo tipo de pago o cobro, ordenada por el Artículo 35º del Marco Legal incluyen los servicios requeridos a las entidades públicas, como el acceso y adquisición de información, la realización de trámites administrativos, la adquisición de informa ción cartográfica, entre otros. Quinta.- Saneamiento de Inmuebles de propie dad de entidades responsables de los Programas de Vivienda. Mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de la Presidencia, previa opinión favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se po drá disponer la transferencia a favor de las entidades responsables, de predios ocupados por sus Programas de Vivienda, de propiedad de otras entidades del Estado. Dicha Resolución establecerá las condiciones según las cuales se efectuará la transferencia y tendrá mérito suficiente para su inscripción en el Registro respectivo. En aquellos casos en que haya sido dispuesta la transferencia de predios sobre los que se han ejecu tado Programas de Vivienda en favor de alguna enti dad o fondo del Estado, COFOPRI, mediante oficio de su Gerencia de Titulación, podrá solicitar la inscrip ción de la transferencia, adjuntando copia de la Reso lución correspondiente. El oficio de Cofopri, acompa ñado de copia de la Resolución, tendrán mérito sufi ciente para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Una vez inscrita la transferencia a que se refiere el párrafo anterior, COFOPRI comunicará a las entidades involucradas para que efectúen las regularizaciones que correspondan. Sexta.- Emisión de Directivas Complementarias. Mediante directivas de la Gerencia General podrá complementarse lo establecido en el presente Reglamen to. 2967 Autorizan viaje del Director General del INICTEL a Costa Rica, para partici par en el Curso de Gerencia de Tele comunicaciones UIT/AHCIET RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2000-MTC Lima, 11 de marzo del 2000 Visto, el Oficio Nº 021-2000-MTC/INICTEL-CD del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones INICTEL; CONSIDERANDO: Que, según el documento de Visto, la Asociación Hispanoamericana de Centros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones - AHCIET, ha otor gado una beca al señor Pedro Valdivia Maldonado, Director General del INICTEL, para que asista al Curso de Gerencia de Telecomunicaciones UIT/AH CIET (Universidad INCAE), el cual se desarrollará en la ciudad de San José, Costa Rica, durante los días 13 al 31 de marzo del 2000; Que, en el citado curso se reunirán delegados de empresas de telecomunicaciones vinculadas en el manejo administrativo de las mismas y los temas a tratar permitirá mejorar la comprensión sobre el diseño e implementación de herramientas regulato rias; Que, el Consejo Directivo en Acuerdo Nº 04.03.2000 ha estimado pertinente que el funcionario designado partici pe en el curso organizado por la AHCIET, cuya beca es financiada en parte por la UIT debiendo asumir los demás gastos el INICTEL; Que, debe expedirse el acto administrativo correspon diente; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85 PCM, 010-88-PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Pedro Valdivia Maldonado, Director General del Instituto Na cional de Investigación y Capacitación de Telecomu nicaciones - INICTEL, a la ciudad de San José, Costa Rica, Pág. 184619NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 los días del 13 al 31 de marzo de 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolu ción. Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del viaje autorizado por la presente resolución será afec tado al Pliego Presupuestal del INICTEL, de acuerdo al detalle siguiente: Inscripción US$ 4000.00 Pasaje US$ 595.00 Viáticos US$ 200.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2987 S B S Autorizan apertura de oficina especial del Banco de Comercio en el distrito de La Victoria, provincia de Lima RESOLUCION SBS Nº 0156-2000 Lima, 6 de marzo del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La comunicación de fecha 10 de febrero del 2000 del Banco de Comercio, mediante la cual solicita autorización para la apertura de una Oficina Especial en el SAT de la Municipalidad de La Victoria ubicada en Av. Nicolás Arriola Nºs. 505 - 507 La Victoria, provincia y departa mento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la referida oficina especial; y, Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" me diante Informe Nº ASIF "C" 044-OT/00; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sis tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Comercio, la apertura de una Oficina Especial en el SAT de la Municipalidad de La Victoria ubicada en Av. Nicolás Arriola Nºs. 505 - 507 La Victoria, provincia y depar tamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 2896 CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Oficializan Norma Internacional de Con tabilidad Nº 35 sobre Operaciones Dis continuas RESOLUCION DE CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD Nº 018-2000-EF/93.01 Lima, 9 de marzo de 2000 VISTO: El Oficio Nº 279/00-FCCPP del Presidente de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos, de fecha 11 de febrero del 2000, con el que remite un ejemplar de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) Nº 35 OPERACIONES DISCONTINUAS para su oficiali zación por el Consejo Normativo de Contabilidad; así como las recomendaciones del Comité Técnico de Asesoramiento del Consejo Normativo de Contabili dad y del Comité Técnico de la Contaduría Pública de la Nación. CONSIDERANDO: Que, debido a la globalización de la economía, es necesario armonizar procedimientos y políticas de conta bilidad adecuados a la realidad económica nacional, con secuentemente los Contadores Públicos en ejercicio de sus funciones, deben preparar los estados financieros aplicando estándares internacionales que permitan su lectura, interpretación y aplicación en los diversos países, a fin de satisfacer las necesidades de información que demandan sus usuarios; Que, el Comité de Normas Internacionales de Conta bilidad (IASC) respondiendo a tales exigencias, ha prepa rado y aprobado desde 1973, Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's) que son de aceptación general en los países; Que, en nuestro país se vienen aplicando las indicadas Normas, a propuesta de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos, las mismas que han sido oficializadas por el Consejo Norma tivo de Contabilidad; Que, el Comité de Normas Internacionales de Conta bilidad (IASC) ha aprobado la NIC Nº 35 - OPERA CIONES DISCONTINUAS, que deja sin efecto los párra fos 19 al 22 de la NIC Nº 8 - Utilidad o Pérdida Neta del Ejercicio, Errores Sustanciales y Cambios en las Políticas Contables; Que, la Comisión Técnica Permanente de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos, el Comité de Aseso ramiento del Consejo Normativo de Contabilidad y el Comité Técnico de la Contaduría Pública de la Na ción han revisado la NIC Nº 35 - OPERACIONES DISCONTINUAS, y han propuesto su aprobación y aplicación en el país; y, En uso de las atribuciones que le confiere los Artículos 2º y 13º de la Ley Nº 24680 - del Sistema Nacional de Contabilidad, y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OFICIALIZAR, la Norma Internacional de Contabilidad Nº 35 - OPERACIONES DISCONTI NUAS, la misma que forma parte integrante de la presen te Resolución. Esta norma deja sin efecto los párrafos 19 al 22 de la NIC Nº 8 - Utilidad o Pérdida Neta del Ejercicio, Errores Sustanciales y Cambios en las Políticas Conta bles. Artículo 2º.- RECOMENDAR, que la Contaduría Pública de la Nación, la Federación de Colegios de Conta Pág. 184620 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 dores Públicos del Perú y su Junta de Decanos, los Cole gios de Contadores Públicos Departamentales, las Facul tades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país, y otras instituciones competen tes, efectúen la difusión correspondiente de la norma que se oficializa. Artículo 3º.- La presente Resolución rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ARTURO PAJUELO RAMIREZ Presidente Consejo Normativo de Contabilidad LYDIA VILLACORTA DE CELIZ Subcontadora General de la Nación GREGORIO LEONG CHAVEZ Representante de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores SILVIA C. WUAN ALMANDOS Representante de la Superintendencia de Banca y Seguros PEDRO R. CENTENO VASQUEZ Representante del Colegio de Contadores Públicos de Lima FRANCISCO BUSTINZA LIÑAN Representante de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos GLUDIS ALVARADO VELA Representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria CECILIA LUNG ROJAS Representante del Banco Central de Reserva del Perú VICTOR VARGAS CALDERON Representante de la Confederación de la Cámara de Comercio y Producción del Perú DAVID ABEL NIETO MODESTO Representante de la Actividad Administrativa del Estado PEDRO CANCINO CHAVARRI Director General de Contabilidad del Sector Privado LEONIDAS SANCHEZ LLAMOZAS Director General de Contabilidad Analítica de Explotación JOSE MANUEL OSORIO CALDERON Director General de Investigación de la Contabilidad 2869 I N E I Autorizan realización de Encuesta "Es tadística Industrial Mensual 2000" RESOLUCION JEFATURAL Nº 065-2000-INEI Lima, 24 de febrero de 2000 Visto el Oficio Nº 015-2000-MITINCI/SG-OGIER, de la Oficina General de Informática Estadística y Raciona lización del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITIN CI), mediante el cual solicita se autorice la ejecución de la investigación estadística del sector manufactura: "Esta dística Industrial Mensual 2000". CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organiza ción y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática" establece que el INEI es el ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utiliza dos por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Oficina General de Informática, Estadística y Racionalización del MITINCI, con la finalidad de elaborar los indicadores económicos coyunturales del sector, viene ejecutando periódicamente la Encuesta Estadística In dustrial Mensual", observando las Directivas Técnicas que el INEI emite; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecu ción de la Encuesta "Estadística Industrial Mensual 2000" dirigida a una muestra de empresas selecciona das a nivel nacional, así como aprobar los formularios respectivos y fijar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales, las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM, Regla mento de Organización y Funciones del Instituto Nacio nal de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la En cuesta "Estadística Industrial Mensual 2000", dirigi da a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación se anexa a la presente Reso lución, la que será ejecutada por la Oficina General de Informática, Estadística y Racionalización del MI TINCI. Artículo 2º.- Aprobar los formularios de la menciona da encuesta, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion, cuya distribución y recepción estará a cargo de la Oficina General de Informática, Estadística y Racionalización del MITINCI y de sus de pendencias a nivel nacional. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución solicitarán los formularios de la Encuesta en la Ofici na General de Informática, Estadística y Raciona lización del MITINCI ubicada en la calle Uno Oeste Nº 50 Urb. Corpac San Isidro - Lima y en sus dependen cias a nivel nacional. Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo de entrega del formulario debidamente diligenciado, el octavo día hábil de concluido cada período de referen cia mensual. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe EMPRESAS MUESTRA DE LA ENCUESTA ESTADISTICA INDUSTRIAL MENSUAL Nº RAZON SOCIAL UBICACION 1 . A. G. P. INDUSTRIAS S.A. LIMA 2 . A.W. FABER CASTELL PERUANA S.A. LIMA 3 . ABRAHAM SANTOS ROJAS S.A. LIMA 4 . ABRASIVOS S.A. LIMA 5 . ACERCO S.A. LIMA 6 . ADHESIVOS S.A. LIMA 7 . AGA S.A. LIMA Pág. 184621NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 8 . AGRARIA EL ESCORIAL S.A. LIMA 9 . AGRIBRANDS PURINA PERU S.A. LIMA 10 . AGRO INDUSTRIAS BACKUS S.A. LIMA 11 . AGUA MINERAL LITINADA SAN MATEO S.A. LIMA 12 . AJINOMOTO DEL PERU S.A. LIMA 13 . ALEACIONES ESPECIALES S.A. LIMA 14 . ALGODONERA BUENAVISTA S.A. LIMA 15 . ALICORP S.A. LIMA 16 . ALUSUD PERU S.A. LIMA 17 . AMANCO DEL PERU S.A. LIMA 18 . AMAUTA INDUSTRIAL S.A. LIMA 19 . AMBROSOLI PERU S.A. LIMA 20 . ANDINA INDUSTRIAL S.A. LIMA 21 . ANDIVE S.A. LIMA 22 . ARCILLAS ACTIVADAS ANDINAS S.A. LIMA 23 . ARIN S.A. LIMA 24 . ARNAO RADIADORES S.A. LIMA 25 . ARTEFACTOS ELECTRICOS PRESTO S.A. LIMA 26 . ARTESCO S.A. LIMA 27 . ASA ALIMENTOS S.A. LIMA 28 . ASEA BROWN BOVERI S.A. LIMA 29 . ASERRADERO Y NEGOCIOS MADEREROS LIMA INTERNACIONALES S.A. 30 . AUDAX S.A. LIMA 31 . AUTOPARTES ANDINAS S.A. LIMA 32 . AUX S.A. LIMA 33 . AVENTIS PHARMA S.A. LIMA 34 . AVINKA S.A. LIMA 35 . B. B. PLAST S.A. LIMA 36 . BAKELITA Y ANEXOS S.A. LIMA 37 . BASF PERUANA S.A. LIMA 38 . BATECO S.A. LIMA 39 . BICC COMMUNICATIONS S.A. LIMA 40 . BIOCON DEL PERU S.A. LIMA 41 . BISAGRAS PERUANAS S.A. LIMA 42 . BLEND S.A.C. LIMA 43 . BOYLES BROSS DIAMANTINA S.A. LIMA 44 . BRAEDT S.A. LIMA 45 . BRISTOL MYERS SQUIBB PERU S.A. LIMA 46 . C.A. MACCHIAVELLO S.A. LIMA 47 . C.K.F. INDUSTRIAL S.A. LIMA 48 . CALZADO ANDINO S.A. LIMA 49 . CALZADO ATLAS S.A. LIMA 50 . CANDADOS PERUANOS S.A. LIMA 51 . CARBOLAN S.A. LIMA 52 . CARLO MARIO CAMUSSO S.A. LIMA 53 . CARLOS KOCH PRATTES S.A. LIMA 54 . CEMENTOS LIMA S.A. LIMA 55 . CEMENTOS PACASMAYO S.A.A. LIMA/ LA LIBERTAD 56 . CERAMICA LIMA S.A. LIMA 57 . CERAMICA SAN LORENZO S.A.C. LIMA 58 . CERAMICOS PERUANOS S.A. LIMA 59 . CERRADURAS NACIONALES S.A.C. LIMA 60 . CERUTI FABRICA DE ENVASES DE CARTON S.A. LIMA 61 . CETCO S.A. LIMA 62 . CIFARMA S.A. LIMA 63 . CIPA S.A. LIMA 64 . CIRUGIA PERUANA S.A.C. LIMA 65 . CLARIANT (PERU) S.A. LIMA 66 . CLOROX DEL PACIFICO S.A. LIMA 67 . COATS CADENA S.A. LIMA 68 . COBRECON S.A. LIMA 69 . COBRES LAMINADOS S.A. LIMA 70 . COCA COLA INTERAMERICAN CORPORATION LIMA 71 . COGORNO S.A. LIMA 72 . COGRA S.A. LIMA 73 . COLDEX S.A.C. LIMA 74 . COLGATE PALMOLIVE PERU S.A. LIMA 75 . COMPAÑIA DE PETROLEO SHELL DEL PERU S.A. LIMA 76 . COMPAÑIA EMBOTELLADORA DEL PACIFICO S.A. LIMA 77 . COMPAÑIA GOOD YEAR DEL PERU S.A. LIMA 78 . COMPAÑIA HITEPIMA S.A. LIMA 79 . COMPAÑIA INDUSTRIAL BAMBI S.A. LIMA 80 . COMPAÑIA INDUSTRIAL LA UNION S.A. LIMA 81 . COMPAÑIA INDUSTRIAL NUEVO MUNDO S.A. LIMA 82 . COMPAÑIA INDUSTRIAL TEXTIL LIMA/ CREDISA-TRUTEX S.A.A. (CREDITEX) ICA/ LA LIBERTAD 83 . COMPAÑIA INVERSIONES COMERCIALES LIMA CAMENA S.A. 84 . COMPAÑIA MANUFACTURERA DE VIDRIO DEL LIMA PERU LTDA.S.A. 85 . COMPAÑIA PERUANA DE ENVASES S.A. LIMA 86 . COMPAÑIA QUIMICA S.A. LIMA 87 . COMPAÑIA REX S.A. LIMA 88 . COMPAÑIA UNIVERSAL TEXTIL S.A. LIMA 89 . CONDUCTORES ELECTRICOS PERUANOS S.A. LIMA 90 . CONFECCIONES LANCASTER S.A. LIMA 91 . CONSERVAS Y ALIMENTOS S.A. LIMA 92 . CONSORCIO FARMACEUTICO NACIONAL S.A. LIMA 93 . CONSORCIO LA PARCELA S.A. LIMA 94 . CONSORCIO METALURGICO S.A. LIMA 95 . CONSORCIO TEXTIL DEL PACIFICO S.A. LIMA 96 . CONSTRUCCIONES ELECTROMECANICAS LIMA DELCROSA SA. 97 . CONSTRUCCIONES METALICAS UNION S.A. LIMA 98 . COOPERATIVA INDUSTRIAL MANUFACTURAS LIMA “TRES ESTRELLAS” LTDA. 99 . CORPORACION CERAMICA S.A. LIMA 100 . CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A. LIMA 101 . CORPORACION FABRIL DE CONFECCIONES S.A. LIMA 102 . CORPORACION INCA KOLA PERU S.A. LIMA 103 . CORPORACION INFARMASA S.A. LIMA 104 . CORPORACION JOSE R. LINDLEY S.A. LIMA 105 . CORPORACION MARA S.A. LIMA 106 . CORPORACION MIYASATO S.A. LIMA 107 . CORPORACION PERUANA DE PRODUCTOS LIMA QUIMICOS S.A. 108 . CORPORACION REY S.A. LIMA 109 . CREACIONES ORBELL S.A. LIMA 110 . CROWN CORK DEL PERU S.A. LIMA 111 . CURTIDURIA EL PORVENIR S.A. LIMA 112 . CURTIEMBRE CASSINELLI S.R.L. LIMA 113 . CURTIEMBRE EL DIAMANTE S.A. LIMA 114 . CURTIEMBRE LA COLONIAL S.A. LIMA 115 . CURTIEMBRE LA PISQUEÑA S.A. LIMA 116 . CURTIEMBRE LA UNION S.A. LIMA 117 . CURTIEMBRE VIZCARRA S.A. LIMA 118 . CYANAMID PERUANA S.A. LIMA 119 . CHARPAS S.A. LIMA 120 . DELTA S.A. CORPORACION DE CALZADO LIMA 121 . DEORO S.A. LIMA 122 . DERIVADOS DEL MAIZ S.A. LIMA 123 . DISEÑO Y COLOR S.A. LIMA 124 . DISPERCOL S.A. LIMA 125 . DRISA S.A.C. LIMA 126 . DURAPLAST S.A. LIMA 127 . EDITORA NACIONAL S.A. LIMA 128 . ELECTRO ARTILUZ S.A. LIMA 129 . EMBOTELLADORA LATINOAMERICANA S.A. LIMA/ AREQUIPA/ICA 130 . EMPAC S.A. LIMA 131 . EMPRESA ALGODONERA S.A. LIMA 132 . EMPRESA DE LA SAL S.A. LIMA 133 . EMPRESA EDITORA EL COMERCIO S.A. LIMA 134 . EMPRESA EDITORA GESTION S.A. LIMA (Servicios de Edición Euskadi S.A.) 135 . EMPRESA PERIODISTICA NACIONAL S.A.C. LIMA 136 . EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS LIMA EDITORIALES S.A. 137 . ENVASES DE PAPEL S.A. LIMA 138 . ENVASES ESPECIALES S.A. LIMA 139 . ENVASES METALICOS S.A. LIMA 140 . ENVASES NISHII S.R.L. LIMA 141 . ESTANCIAS GANADERAS ASOCIADAS S.A. LIMA 142 . ESTRUCTURAS INDUSTRIALES EGA S.A. LIMA 143 . ESTUDIO 501 S.A. LIMA 144 . EXPLOTADORA INDUSTRIAL S.A. LIMA 145 . EXSA S.A. LIMA 146 . FABRICA ENVASADORA DE PRODUCTOS LIMA ALIMENTICIOS S.A. 147 . FABRICA DE ALIMENTOS Y BOCADITOS S.A. LIMA 148 . FABRICA DE ALUMINIO Y METALES DEL PERU S.A. LIMA 149 . FABRICA DE CUBIERTOS S.A. LIMA 150 . FABRICA DE HERRAMIENTAS NACIONALES S.A. LIMA 151 . FABRICA DE LAPICEROS LUCAS S.A. LIMA 152 . FABRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LIMA SIBARITA S.A. 153 . FABRICA DE RADIADORES Y ANEXOS S.A. LIMA 154 . FABRICA DE TEJIDOS BOLIVAR S.A. LIMA 155 . FABRICA DE TEJIDOS LA BELLOTA S.A. LIMA Pág. 184622 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 156 . FABRICA DE TEJIDOS LA UNION LTDA. S.A. LIMA 157 . FABRICA DE TEJIDOS MARANGANI S.A. LIMA 158 . FABRICA DE TEJIDOS SANTA CATALINA S.A. LIMA 159 . FABRICA ENVASES E IMPRENTA SPARROW S.A. LIMA 160 . FABRICA NACIONAL DE ACUMULADORES ETNA S.A. LIMA 161 . FABRICA NACIONAL DE CALZADO RADIANTE S.A. LIMA 162 . FABRICA PERUANA ETERNIT S.A. LIMA 163 . FABRICACIONES MINERAS INDUSTRIALES LIMA COMERCIALES S.A. (FAMINCO) 164 . FABRITEX PERUANA S.A. LIMA 165 . FACTORIA QUEZADA HNOS. S.A. LIMA 166 . FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C. LIMA 167 . FAMIA INDUSTRIAL S.A. LIMA 168 . FARMAGRO S.A. LIMA 169 . FARMINDUSTRIA S.A. LIMA 170 . FAUSA GLASS S.A. LIMA 171 . FERRO SERVICIOS S.R.L. LIMA 172 . FIBRAS INDUSTRIALES S.A. LIMA 173 . FIBRAS MARINAS S.A. LIMA 174 . FIJESA S.A.C. LIMA 175 . FILAMENTOS INDUSTRIALES S.A. LIMA 176 . FILTROS DEL PERU S.A. LIMA 177 . FIMA SA. LIMA 178 . FIMA-EDYCE S.A. LIMA 179 . FLEXO PLAST S.A. LIMA 180 . FORMATEX S.A. LIMA 181 . FORMETAL S.A. LIMA 182 . FORSAC PERU S.A. LIMA 183 . FOSFORERA PERUANA S.A. LIMA 184 . FRENO S.A. LIMA 185 . FUNDICION CALLAO SA. LIMA 186 . FUNDICION DE METALES SOL DEL PERU S.A. LIMA 187 . GIANFARMA S.A. LIMA 188 . GLACESA S.A. LIMA 189 . GLAXO WELLCOME S.A. LIMA 190 . GLORIA S.A. LIMA/AREQUIPA 191 . GRAFINAL S.A. GRAFICA COMERCIAL E INDUSTRIAL LIMA 192 . GROSS EQUIPMENT S.A. LIMA 193 . H.B. FULLER PERU S.A. LIMA 194 . HENKEL PERUANA S.A. LIMA 195 . HERNANDEZ SALAZAR, JORGE LIMA 196 . HERSIL S.A. LABORATORIOS INDUSTRIALES LIMA FARMACEUTICOS 197 . HIDROSTAL S.A. LIMA 198 . HILADOS PERUANOS S.A. LIMA 199 . HILANDERIA DE ALGODÓN PERUANO S.A. LIMA 200 . HILANDERIA SAN ANTONIO S.A. LIMA 201 . HM REPRESENTACIONES S.A. LIMA 202 . HONDA DEL PERU S.A. LIMA 203 . HORNOS ELECTRICOS PERUANOS S.A. LIMA 204 . IDIESA ARTICULOS PLASTICOS S.A. LIMA 205 . INDECO S.A. LIMA 206 . INDUS S.A. LIMA 207 . INDUSTRIA DE CONFECCION TEXTIL S.A. LIMA 208 . INDUSTRIA DE ESTAMPADOS METALICOS S.A. LIMA 209 . INDUSTRIA NACIONAL DE BICICLETAS S.A. LIMA 210 . INDUSTRIA NACIONAL DE CONSERVAS LIMA ALIMENTICIAS S.A. 211 . INDUSTRIA PERUANA DEL ACERO S.A. LIMA 212 . INDUSTRIA TUBULAR DEL ACERO S.A. LIMA 213 . INDUSTRIAL BRAWNS S.A. LIMA 214 . INDUSTRIAL CARTONERA Y PAPELERA S.A. LIMA 215 . INDUSTRIAL CROMOTEX S.A. LIMA 216 . INDUSTRIAL GORAK S.A. LIMA 217 . INDUSTRIAL MECANICA G D B S.A. LIMA 218 . INDUSTRIAL PAPELERA ATLAS S.A. LIMA 219 . INDUSTRIALIZACION DE ALIMENTOS S.A. LIMA 220 . INDUSTRIAS ALFA S.A. LIMA 221 . INDUSTRIAS ALIMENTICIAS CUSCO S.A. LIMA 222 . INDUSTRIAS AÑAÑOS S.A. LIMA 223 . INDUSTRIAS DEL CARTON S.A. LIMA 224 . INDUSTRIAS DEL ENVASE S.A. LIMA 225 . INDUSTRIAS DEL PAPEL S.A. LIMA 226 . INDUSTRIAS ELECTROQUIMICAS S.A. LIMA 227 . INDUSTRIAS FAST S.A. LIMA 228 . INDUSTRIAS METALURGICAS ANDINAS S.A. LIMA 229 . INDUSTRIAS NETTALCO S.A. LIMA 230 . INDUSTRIAS PACOCHA S.A. LIMA 231 . INDUSTRIAS SANTA MARIA S.A. LIMA 232 . INDUSTRIAS TEAL S.A. LIMA 233 . INDUSTRIAS TECNIART S.A. LIMA 234 . INDUSTRIAS VENCEDOR S.A. LIMA 235 . INDUSTRIAS WINDSOR S.A. LIMA 236 . INDUSTRIAS YANATEX SRL. LIMA 237 . INGENIERIA TEXTIL PERUANA S.A. LIMA 238 . INTERNACIONAL DE MAQUINARIA Y COMERCIO S.A. LIMA 239 . INTERNATIONAL METAL TRADING S.A. LIMA 240 . INTRADEVCO INDUSTRIAL S.A. LIMA 241 . ITAL GRES INDUSTRIAL S.A. LIMA 242 . ITALMECAN S.A. LIMA 243 . J.V. MOLFINO E HIJOS S.A. LIMA 244 . JAFE S.A. LIMA 245 . JEAN EXPORT CORPORATION S.A.C. LIMA 246 . JORGE VILLARREAL C. BATERIAS RECORD S.A. LIMA 247 . JOYEROS PERUANOS S.A. LIMA 248 . JUAN LENG DELGADO S.A. LIMA 249 . KOMFORT S.A. LIMA 250 . KURESA S.A. LIMA 251 . LA COLONIAL-FABRICA DE HILOS S.A. LIMA 252 . LA VARESINA S.A. LIMA 253 . LABORATORIO FARMACEUTICO LIMA PERUANO-GERMANO S.A. 254 . LABORATORIOS BERNEX S.A. LIMA 255 . LABORATORIOS COLLIERE S.A. LIMA 256 . LABORATORIOS FARMAQUIMICA S.A. LIMA 257 . LABORATORIOS ROEMMERS S.A. LIMA 258 . LABORATORIOS TRIFARMA S.A. LIMA 259 . LABORATORIOS UNIDOS S.A. EN LIQUIDACION LIMA 260 . LADRILLERA KAR S.A. LIMA 261 . LAIVE S.A. LIMA/AREQUIPA 262 . LANFRANCO MONIER S.A. LIMA 263 . LEE FILTER DEL PERU S.A. LIMA 264 . LIMA CAUCHO S.A. LIMA 265 . LINEA NUOVA S.A. LIMA 266 . LIOFILIZADORA DEL PACIFICO S.R.L. LIMA 267 . LLAVES PERUANAS S.R.L. LIMA 268 . M.G. ROCSA S. A. LIMA 269 . MADERERA BOZOVICH S.A.C. LIMA 270 . MADERERA LECIC S.A. LIMA 271 . MADERERA N. BALARIN S.A. LIMA 272 . MADERERA VULCANO S.A.C. LIMA 273 . MALTERIA LIMA S.A. LIMA 274 . MANUFACTURA DE METALES Y ALUMINIO LIMA RECORD S.A. 275 . MANUFACTURAS ELECTRICAS S.A. LIMA 276 . MANUFACTURAS SAN ISIDRO S.A. LIMA 277 . MANUFACTURERA DE PAPELES Y CARTONES LIMA/ DEL PERU S.A. LA LIBERTAD 278 . MATSUSHITA ELECTRIC INDUSTRIAL DEL PERU S.A. LIMA 279 . MEDIDORES ELECTRICOS S.A. LIMA 280 . MEDIDORES INCA S.A. LIMA 281 . MEDIFARMA S.A. LIMA 282 . MESSER GASES S.A. LIMA/ANCASH 283 . METAL TUBO S.A. LIMA 284 . METALPACK S.A. LIMA 285 . METALPREN S.A. LIMA 286 . METALURGICA PERUANA S.A. LIMA 287 . MILANOPLAST Y PORTOFINO INDUSTRIAS S.A. LIMA 288 . MIMO S.A. LIMA 289 . MOBIL OIL DEL PERU S.A. LIMA 290 . MOLINO ITALIA S.A. LIMA 291 . MONARK PERU S.A. LIMA 292 . MONTANA S.A. (PROAVICO) LIMA 293 . MOSAICOS Y MARMOLES CIMOSA S.A. LIMA 294 . MOTORES DIESEL ANDINOS S.A. LIMA 295 . MUEBLES FERRINI SA. LIMA 296 . NABISCO PERU S.A. LIMA 297 . NEGOCIACION LANERA DEL PERU S.A. LIMA 298 . NEGUSA CORP. S.A. LIMA/ICA 299 . NESTLE PERU S.A. LIMA 300 . NICOLL ETERPLAST S.A. LIMA 301 . NITRATOS S.A. LIMA 302 . NOVARTIS BIOSCIENCES PERU S.A. LIMA 303 . NOVOPLAST INDUSTRIAL S.A. LIMA 304 . OLEOFICIO LIMA S.A. LIMA 305 . OMNIAGRO S.A. LIMA 306 . OROPLAT S.A. LIMA 307 . PALACIOS HNOS. CORP. MADERERA S.A. LIMA 308 . PANAM PERU S.A. LIMA 309 . PAPELERA NACIONAL S.A. LIMA 310 . PAPELERA SUIZO PERUANA S.A. LIMA 311 . PAPELES INDUSTRIALES S.A. LIMA Pág. 184623NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 312 . PERFILES METALICOS PRECOR S.A. LIMA 313 . PERNOS NACIONALES S.A. LIMA 314 . PERU COLOR STAR S.A. LIMA 315 . PERU PLAST S.A. LIMA 316 . PERU SHOES S.A. LIMA 317 . PET PRODUCTS INTERNACIONAL DEL PERU S.A. LIMA 318 . PETROPERU S.A. LIMA/PIURA/ 319 . PIEZAS Y EMPAQUES PARA VEHICULOS S.A. LIMA 320 . PISOPAK DEL PERU S.A. LIMA 321 . PLANINSA S.A. LIMA 322 . PLASTICA S.A. LIMA 323 . PLASTICOS FORT S.A. LIMA 324 . PLASTO S.A. LIMA 325 . POLICEL DEL PERU S.A. LIMA 326 . POLIPLASTIC S.A. LIMA 327 . POLISACOS S.A. LIMA 328 . POSTES DEL ALTIPLANO S.A. LIMA/PUNO/ LA LIBERTAD 329 . POSTES S.A. LIMA 330 . POWELL S.A. LIMA 331 . PRAXAIR PERU S.A. LIMA 332 . PROCACAO S.A. LIMA 333 . PROCESOS DE ALIMENTOS Y SERVICIOS S.A. LIMA 334 . PROCTER & GAMBLE DEL PERU S.A. LIMA 335 . PRODUCTOS ALIMENTICIOS CATALANES S.A. LIMA 336 . PRODUCTOS ALIMENTICIOS LA MODERNA S.A. LIMA 337 . PRODUCTOS CERAMICOS S.A. LIMA 338 . PRODUCTOS DE ACERO CASSADO S.A. LIMA 339 . PRODUCTOS EXTRAGEL Y UNIVERSAL S.A. LIMA 340 . PRODUCTOS FAVEL S.A. LIMA 341 . PRODUCTOS PARAISO DEL PERU S.A.C. LIMA 342 . PRODUCTOS PLASTICOS S.A. LIMA 343 . PRODUCTOS QUIMICOS INDUSTRIALES S.A. LIMA 344 . PRODUCTOS REMA S.A. LIMA 345 . PRODUCTOS ROCHE Q.F. S.A. LIMA 346 . PRODUCTOS TISSUE DEL PERU S.A. LIMA 347 . PROMOTORES ELECTRICOS S.A. LIMA 348 . QUIMICA DEL PACIFICO S.A. LIMA 349 . QUIMICA SUIZA S.A. LIMA 350 . QUIMICA UNIVERSAL S.A. LIMA 351 . R. R. INDUSTRIAS S.A. LIMA 352 . RADIADORES ANDINOS S.A. LIMA 353 . RADIADORES PERUANOS S.A. LIMA 354 . REACTIVOS NACIONALES S.A. LIMA 355 . RECIPIENTES, ENVASES Y ESTAMPADOS LIMA METALICOS SA. (REYEMSA) 356 . RED STAR DEL PERU S.A. LIMA 357 . REFINERIA LA PAMPILLA S.A. LIMA 358 . REFRACTARIOS PERUANOS S.A. LIMA 359 . REFRIGERACION DIAZ S.A. LIMA 360 . REICOLITE PERUANA S.A. LIMA 361 . RETEX PERUANA S.A. LIMA 362 . REX PERUANA S.A. LIMA 363 . S.A. FABRICA NACIONAL TEXTIL EL AMAZONAS LIMA 364 . SACOS PISCO S.A. LIMA 365 . SALCHICHERIA ALEMANA WILDE Y KUHN S.A. LIMA 366 . SAN MIGUEL INDUSTRIAL S.A. LIMA 367 . SANTA CECILIA CIA. TEXTIL S.A. LIMA 368 . SAVOY PERU S.R.L. LIMA 369 . SCHEIN FARMACEUTICA DEL PERU S.A. LIMA 370 . SCHMALBACH LUBECA PLASTIC CONTAINERS LIMA DEL PERU S.A. 371 . SHERFARMA S.A. LIMA 372 . SHERWIN WILLIAMS PERUANA S.A. LIMA 373 . SIMA PERU S.A. - ESTRUCTURAS METALICAS LIMA/ANCASH 374 . SINTESIS QUIIMICA S.A. LIMA 375 . SISTEMA DE FRENOS S.A. LIMA 376 . SOCIEDAD INDUSTRIAL DE ARTICULOS DE LIMA METAL S.A. 377 . SOCIEDAD INDUSTRIAL TEXTIL S.A. LIMA 378 . SOCIEDAD MINERA REFINERIA DE ZINC LIMA CAJAMARQUILLA S.A. 379 . SOCIEDAD QUIMICO INDUSTRIAL PARACAS S.A. LIMA 380 . SOCIEDAD SUIZO PERUANA DE EMBUTIDOS S.A. LIMA 381 . SOCIEDAD TECNICO COMERCIAL INDUSTRIAL S.A. LIMA 382 . STAR EXPORTS S.A.C. LIMA 383 . SUDAMERICANA DE FIBRAS S.A. LIMA 384 . SULFATO DE COBRE S.A. LIMA 385 . SURPACK S.A. LIMA 386 . T. J. CASTRO S.A. LIMA 387 . TABACALERA NACIONAL S.A.A. LIMA 388 . TECNICA COMERCIAL PERUANA S.A. LIMA 389 . TECNOFIL S.A. LIMA 390 . TECNOLOGIA PAPELERA S.A. LIMA 391 . TECH PAK S.A. LIMA 392 . TEJIDOS SAN JACINTO S.A. LIMA 393 . TEKNOQUIMICA S.A. LIMA 394 . TEXAS PETROLEUM COMPANY SUCURSAL DEL PERULIMA 395 . TEXFINA S.A. LIMA 396 . TEXTIL ALGODONERA S.A. LIMA 397 . TEXTIL SABAL PERU S.A. (TEXSAPE) LIMA 398 . TEXTIL SAN CRISTOBAL S.A. LIMA 399 . TEXTIL SAN PEDRO S.A. LIMA 400 . TEXTIL SAN RAMON S.A. LIMA 401 . TEXTILES POPULARES S.A. LIMA 402 . TEXTILES SAN JOSE S.A. LIMA 403 . THERMOS DEL PERU S.A. LIMA 404 . TICINO DEL PERU S.A. LIMA 405 . TOPY-TOP S.A. LIMA 406 . TORNISA S.A. LIMA 407 . TRANSANDINA DE ALIMENTOS S.A. LIMA 408 . TUBOPLAST S.A. LIMA 409 . UNION DE CERVECERIAS PERUANAS LIMA/ BACKUS & JOHNSTON S.A. LA LIBERTAD 410 . UNION DE CONCRETERAS S.A. LIMA 411 . UNIQUE S.A. LIMA 412 . V C INTERNATIONAL CORPORATIONS S.A. LIMA 413 . VALVOSANITARIA INDUSTRIAL S.A. LIMA 414 . VENTANAS LISTAS S.A. LIMA 415 . VIDRIERIA 28 DE JULIO S.A.C. LIMA 416 . VIDRIOS INDUSTRIALES S.A. LIMA 417 . VIDRIOS Y CRISTALES S.A. LIMA 418 . VIPLASTIC PERU S.A. LIMA 419 . VOLVO PERU S.A. LIMA 420 . V-TECNIC S.A. LIMA 421 . WELLCO PERUANA S.A. LIMA 422 . YOSHIMOTO HNOS. S.A. LIMA 423 . ZINC INDUSTRIAS NACIONALES S.A. LIMA 424 . ENVASES ALIMENTARIOS S.A. ANCASH/LIMA 425 . MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. 1/ ANCASH 426 . SIDER PERU S.A.A. ANCASH 427 . ABRASIVOS INDUSTRIALES S.A. AREQUIPA 428 . ACOSTA EDITORES E IMPRESORES S.A. AREQUIPA 429 . ALAMBRES Y DERIVADOS S.A. AREQUIPA 430 . BRESCO S.A. AREQUIPA 431 . COMPAÑIA CERVECERA DEL SUR DEL AREQUIPA/ PERU S.A.A. CUSCO 432 . CONSORCIO INDUSTRIAL DE AREQUIPA S.A. AREQUIPA 433 . CORPORACION DE ACEROS AREQUIPA S.A. AREQUIPA/ICA 434 . CURTIEMBRE LA AREQUIPEÑA S.A. AREQUIPA 435 . CURTIEMBRE PACHECO S.R.L. AREQUIPA 436 . EMBOTELLADORA CAPLINA S.A. AREQUIPA 437 . FABRICA DE CHOCOLATES LA IBERICA S.A. AREQUIPA 438 . FABRICA DE BICICLETAS S.A. AREQUIPA/LIMA 439 . FABRICAS AMERICA PEDRO P. DIAZ S.A. AREQUIPA 440 . FRANKY & RICKY S.A. AREQUIPA 441 . IMPRESORES EDITORES Y SERVICIOS AREQUIPA GRAFICOS S.A. 442 . INCA TOPS S.A. AREQUIPA 443 . INCALPALCA TEXTILES PERUANOS DE AREQUIPA EXPORTACION S.A. 444 . INGENIERIA DEL ACERO S.A. AREQUIPA 445 . INKABOR S.A.C. AREQUIPA 446 . INTERNACIONAL DE COMERCIO S.A. AREQUIPA 447 . JUGUETES AREQUIPA S.M.R.LTDA. AREQUIPA 448 . KERO PIELES PERUANAS DE EXPORTACION S.A. AREQUIPA 449 . LADRILLERA EL DIAMANTE S.A. AREQUIPA 450 . LADRILLERAS UNIDAS S.A. AREQUIPA 451 . LANIFICIO DEL PERU S.A. AREQUIPA 452 . LAPICES Y CONEXOS S.A. AREQUIPA 453 . MANUFACTURAS DEL SUR S.A. AREQUIPA 454 . MICHELL INDUSTRIAL S.A. AREQUIPA 455 . MOLY-COP ADESUR S.A. AREQUIPA 456 . PREFABRICADOS DE CONCRETO AREQUIPA S.A. AREQUIPA 457 . SACOS DEL SUR S.A. AREQUIPA 458 . SAMEX S.A. AREQUIPA 459 . SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE S.A. AREQUIPA 460 . SOCOSANI S.A. AREQUIPA 461 . SUR QUIMICA S.A. AREQUIPA 462 . YURA S.A. AREQUIPA/ CUSCO 463 . MINERA YANACOCHA S.R.L. 1/ CAJAMARCA Pág. 184624 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 464 . AMERICAN PACKING PERU S.A. ICA 465 . BODEGAS VISTA ALEGRE S.A. ICA 466 . BODEGAS Y VIÑEDOS TABERNERO S.A.C. ICA/LIMA INDUSTRIAL 467 . COMPLEJO TEXTIL GROCIO PRADO S.A. ICA 468 . NEGOCIACION VITIVINICOLA LE ROI S.A. ICA 469 . NUTREINA S.A. ICA 470 . PAPELERA DEL SUR S.A. ICA 471 . SANTIAGO QUEIROLO S.A. ICA 472 . TEXTIL DEL VALLE S.A. ICA 473 . TEXTILES DEL SUR S.A. ICA 474 . VIÑA OCUCAJE S.A. ICA 475 . VIÑA TACAMA S.A. ICA 476 . CEMENTO ANDINO S.A. JUNIN/LIMA 477 . COMPAÑÍA EMBOTELLADORA PEDRO M. JUNIN ARANDA S.A. 478 . COOPERATIVA INDUSTRIAL MANUFACTURAS JUNIN DEL CENTRO LTDA. 479 . DOE RUN PERU S.R.L. JUNIN 480 . CARROCERIAS MORILLAS S.A. LA LIBERTAD 481 . COOPERATIVA INDUSTRIAL TRUJILLO LTDA. LA LIBERTAD 482 . CURTIDURIA ALTO TRUJILLO S.A.C. LA LIBERTAD 483 . CURTIEMBRE CHIMU MURGIA HNOS. S.A. LA LIBERTAD 484 . CURTIEMBRE PANAMERICANA S.A. LA LIBERTAD 485 . DANPER TRUJILLO S.A. LA LIBERTAD 486 . ELIAS HALPERIN S.A. LA LIBERTAD 487 . INDUSTRIAL CARTAVIO S.A. LA LIBERTAD 488 . MOLINERA INCA S.A. LA LIBERTAD 489 . NORSAC S.A. LA LIBERTAD 490 . PRODUCTOS RAZZETO & NESTOROVIC S.A. LA LIBERTAD 491 . SOCIEDAD CONSERVERA DEL NORTE S.A. LA LIBERTAD 492 . TABLEROS PERUANOS S.A. LA LIBERTAD 493 . TRUPAL S.A. LA LIBERTAD 494 . ALCOHOLES DEL NORTE Y DERIVADOS S.A. LAMBAYEQUE LA LIBERTAD 495 . BEBIDAS LA CONCORDIA S.A. LAMBAYEQUE 496 . GRUPO COMERCIAL BARI S.A. LAMBAYEQUE 497 . ASERRADERO SAN MARCOS S.R.L. LORETO 498 . BAKER HUGHES OILFIELD OPER. INC. LORETO SUCURSAL PERU 499 . CAMCO REDA S.A. LORETO 500 . CONSERVERA AMAZONICA S.A. LORETO 501 . DESARROLLO FORESTAL S.A. LORETO 502 . INDUSTRIAL MADERERA MARAÑON S.A. LORETO 503 . INDUSTRIAL PUNCHANA S.A. LORETO 504 . LAMINADORA IQUITOS S.A. LORETO 505 . TRIPLAY ENCHAPES S.A. LORETO 506 . TRIPLAY IQUITOS S.A. LORETO 507 . SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION 1/ MOQUEGUA 508 . EMBOTELLADORA PIURA S.A. PIURA 509 . EMBOTELLADORA RIVERA S.A. PIURA 510 . FREEKO PERU S.A. PIURA 511 . INDUSTRIA TEXTIL PIURA S.A. PIURA 512 . CEMENTO SUR S.A. PUNO 513 . EMBOTELLADORA FRONTERA S.A. PUNO 514 . DESTILERIA PERUANA S.A. TACNA/ MOQUEGUA/ AREQUIPA 515 . DUILIO CUNEO Y CIA. S.A. TACNA 516 . LADRILLERA J. MARTORELL S.A. TACNA 517 . QUIMICA SOL S.A.C. TACNA/LIMA 518 . TABACALERA DEL SUR S.A. TACNA 519 . AMAZON FOREST S.A.C. UCAYALI 520 . BECOM S.A. UCAYALI 521 . CERVECERIA SAN JUAN S.A.A. UCAYALI 522 . CONCENTRADOS Y DERIVADOS S.A. UCAYALI 523 . COOPERATIVA INDUSTRIAL TRIPLAYERA UCAYALI PUCALLPA LTDA. 524 . EMBOTELLADORA SISLEY S.A. UCAYALI 525 . GALVANIZADORA PERUANA S.A. UCAYALI 526 . INDUSTRIA MADERERA DEL ORIENTE S.A. UCAYALI 527 . INDUSTRIAL SATIPO S.A.C. UCAYALI 528 . INDUSTRIAL SELVA S.A. UCAYALI 529 . INTERFOREST S.A. UCAYALI 530 . MADERAS PERUANAS S.A. UCAYALI 531 . PERU TIMBER S.A.C. UCAYALI 532 . THE MAPLE GAS CORPORATION DEL UCAYALI PERU SUCURSAL 533 . TRIPLAY AMAZONICO S.A.C. UCAYALI 1/: Ministerio de Energía y Minas 2470 Autorizan realización de Encuesta "Es tadística Mensual de Turismo del 2000 para Establecimientos de Hospedaje" RESOLUCION JEFATURAL Nº 069-2000-INEI Lima, 24 de febrero del 2000 Visto el Oficio Nº 019-2000-MITINCI/SG-OGIER, de la Oficina General de Informática, Estadística y Raciona lización del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITIN CI), mediante el cual solicita autorización para la ejecu ción de la Encuesta "Estadística Mensual de Turismo del 2000 para Establecimientos de Hospedaje". CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organiza ción y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática" establece que el INEI es el ente rector de los Sistemas de Estadística e Informática y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, pro cedimientos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísti cas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Oficina General de Informática, Estadística y Racionalización del MITINCI, con la finalidad de elaborar los indicadores económicos coyunturales del sector, viene ejecutando periódicamente la Encuesta "Estadística Men sual de Turismo del 2000 para Establecimientos de Hospe daje", observando las Directivas Técnicas que el INEI emite; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la "Estadística Mensual de Turismo del 2000 para Establecimientos de Hospedaje" dirigida a estable cimientos de hospedaje, así como aprobar los formularios respectivos y fijar el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales, las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM, Regla mento de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la Encuesta "Estadística Mensual de Turismo del 2000 para Estable cimientos de Hospedaje", la que será ejecutada por la Oficina General de Informática, Estadística y Raciona lización del MITINCI. Artículo 2º.- La citada Encuesta está dirigida a todos los establecimientos de hospedaje de Lima y Callao con categoría de tres, cuatro y cinco estrellas y a una muestra seleccionada de la categoría de una, dos estrellas y no categorizados, cuya relación se anexa a la presente resolución; en los demás departamentos del país la encuesta está dirigida a la totalidad de establecimientos de hospedaje. Artículo 3º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, cuya distribución estará a cargo de la Oficina General de Informática, Estadística y Raciona lización del MITINCI y de sus dependencias a nivel nacional. Artículo 4º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 2º de la presente Resolución solici tarán los formularios de la Encuesta en la Oficina General de Informática, Estadística y Racionalización del MITIN CI, ubicada en la calle Uno Oeste Nº 50, Urb. Corpac, San Isidro - Lima, y en sus dependencias a nivel nacional. Artículo 5º.- Establecer como plazo máximo de entre ga del formulario debidamente diligenciado, el octavo día hábil del mes siguiente al que se informa. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe Pág. 184625NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE DE LIMA Y CALLAO INCLUIDOS EN LA INVESTIGACION ESTADISTICA: “ENCUESTA MENSUAL DE TURISMO del 2000” CLASE CATEGORIA RAZON SOCIAL NOMBRE COMERCIAL DIRECCION COD-POST 1 APART HOTEL 5 estrellas POLO SERVICE S.A. APART HOTEL EL POLO AV LA ENCALADA 1515 UB POLO HUNT CLUB LIMA 33 2 APART HOTEL 5 estrellas OPERADORA DE HOTELES APART HOTEL LAS AMERICAS CA GENERAL BORGONO 116 LIMA 18 LAS AMERICAS S.A. 3 HOTEL 5 estrellas BRUCE GRUPO DIVERSION S.A BRUCE HOTEL & CASINO CA BOLOGNESI 191 LIMA 18 4 APART HOTEL 5 estrellas APART HOTEL S.A. DEL PILAR APART HOTEL AV PAZ SOLDAN 190 LIMA 27 5 APART HOTEL 5 estrellas RIO COLORADO S.R.L. EL CONDADO APART HOTEL JR ALCANFORES 425 LIMA 18 6 HOTEL 5 estrellas INVERSIONES BRADE S.A. EL PARDO HOTEL JR INDEPENDENCIA 141 LIMA 18 7 APART HOTEL 5 estrellas SUITES EL GOLF LOS INCAS SA GOLF LOS INCAS AV CERROS DE CAMACHO 500 A 29 UB CERROS DE CAMACHO LIMA 33 8 HOTEL 5 estrellas OPERADORA DE HOTELES HOTEL & SUITES LAS AV ALFREDO BENAVIDES 415 LIMA 18 LAS AMERICAS S.A. AMERICAS 9 HOTEL 5 estrellas INMOBILIARIA DE TURISMO S.A. HOTEL EL OLIVAR DE CA PANCHO FIERRO 194 LIMA 27 SAN ISIDRO 10 HOTEL 5 estrellas CIA HOTELERA LOS HOTEL LOS DELFINES CA LOS EUCALIPTOS 555 LIMA 27 DELFINES SA 11 APART HOTEL 5 estrellas INVERTUR LIMA SA INVERTUR SUITES & HOTEL AV PAZ SOLDAN 167 LIMA 27 (SUITES HOTEL SAN ISIDRO) 12 APART HOTEL 5 estrellas JOYCE INVERSIONES S.R.L. LAS PALMERAS DE SAN ISIDRO AV LAS PALMERAS DE SAN ISIDRO 240 LIMA 27 13 HOTEL 5 estrellas HOTELES SHERATON DEL PERU S.A LIMA SHERATON HOTEL & TOWERS AV PASEO DE LA REPUBLICA 170 LIMA 01 14 APART HOTEL 5 estrellas TURISMO LOS ALGARROBOS S.A. LOS TALLANES HOTEL & SUITES AV. JORGE BASADRE 325 LIMA 27 15 HOTEL 5 estrellas EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS MIRAFLORES CESAR‘S HOTEL AV LA PAZ 463 LIMA 18 TURISTICOS S.A. 16 HOTEL 5 estrellas INVERSIONES MALECON DE LA MIRAFLORES PARK PLAZA MA MALECON DE LA RESERVA 1035 LIMA 18 RESERVA S.A 17 HOTEL 5 estrellas CONSORCIO INMOBILIARIO LOS QUINTA REAL COUNTRY CLUB LIMA CA LOS EUCALIPTOS 500-590 LIMA 27 PORTALES SA 18 APART HOTEL 5 estrellas CORPORACION HOTELERA CAMINO ROYAL PARK HOTEL & SUITES AV CAMINO REAL 1050 LIMA 27 REAL S.A. 19 APART HOTEL 5 estrellas EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES SOL DE ORO SUITES APART HOTEL JR SAN MARTIN 305 UB LEURO LIMA 18 SANTA PATRICIA S.A 20 HOTEL 5 estrellas HOTELERA COSTA DEL PACIFICO S.A. SWISSOTEL LIMA - EX HOTEL CAMINO REAL VIA CENTRAL 150-173 CENTRO EMPRESARIAL LIMA 27 ORO VERDE - LIMA 21 APART HOTEL 4 estrellas LAS SUITES S.A. APART HOTEL LAS SUITES AV GRAU 466 LIMA 18 22 HOTEL 4 estrellas DEL PILAR MIRAFLORES HOTEL SA DEL PILAR MIRAFLORES HOTEL PJ MARTIR OLAYA 141 LIMA 18 23 HOTEL 4 estrellas TURISMO COSTA SUR S.A. EL CONDADO MIRAFLORES HOTEL JR ALCANFORES 465 LIMA 18 24 HOTEL 4 estrellas GARDEN HOTEL S.A. GARDEN HOTEL AV RICARDO RIVERA 450 LIMA 27 25 HOTEL 4 estrellas COMPAÑIA HOTELERA LIMA S.A. GRAND HOTEL MIRAFLORES AV 28 DE JULIO 151 LIMA 18 26 HOTEL 4 estrellas TURISMO BOULEVARD S.A. HOTEL BOULEVARD AV JOSE PARDO 771 LIMA 18 27 HOTEL 4 estrellas OPERADORA DE HOTELES LAS HOTEL CARRERA JR LEON VELARDE 123 LIMA 14 AMERICAS S.A. 28 HOTEL 4 estrellas HOTEL LA PAZ S.A. HOTEL CASINO MARIA ANGOLA AV LA PAZ 610 LIMA 18 29 HOTEL 4 estrellas CARTIR PERU S.R.LTDA HOTEL JOSE ANTONIO AV 28 DE JULIO 398 LIMA 18 30 HOTEL 4 estrellas CARTIR PERU S.R.LTDA JOSE ANTONIO EXECUTIVE CA COLON 325 LIMA 18 31 HOTEL 4 estrellas HOTEL RESTAURANT LA LA HACIENDA HOTEL AV 28 DE JULIO 511 LIMA 18 HACIENDA S.A. 32 HOTEL 4 estrellas INVERSIONES NACIONALES DE LIBERTADOR LIMA CA LOS EUCALIPTOS 550 LIMA 27 TURISMO S.A. 33 HOTEL 4 estrellas HOTELES DEL PACIFICO SA PALACE HOTEL AV 28 DE JULIO 1088 UB SAN ANTONIO LIMA 18 34 HOTEL 4 estrellas FIGTUR S.A. PRINCE HOTEL AV GUARDIA CIVIL 727 UB SAN BORJA LIMA 41 35 APART HOTEL 4 estrellas OPERADORA DE HOTELES RESIDENCIAL LAS AMERICAS CA BELLAVISTA 216 LIMA 18 LAS AMERICAS S.A. 36 HOTEL 4 estrellas TEGUISE TURISTICA PERU S A RIVIERA AV INCA GARLASO DE LA VEGA 981 LIMA 01 37 APART HOTEL 4 estrellas INVER HOTEL S.A. ROOSEVELT HOTEL & SUITES ES ALVAREZ CALDERON Y 194 LIMA 27 ALBERTO ULLOA 38 HOSTAL 3 estrellas ACCORD S.R.LTDA.EMPRESA DE ACCORD MIRAFLORES CA CANTUARIAS 398 396 LIMA 18 SERVICIOS TURISTICOS 39 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL AIRPORT S.A. AIRPORT INN AV GRAU 191 LIMA 18 40 HOTEL 3 estrellas HOTEL ALEMAN E.I.R.LTDA ALEMAN AV AREQUIPA 4704 LIMA 18 41 HOSTAL 3 estrellas CHACON MALAGA HUGO ARNALDO ALONDRA AV TACNA 658 LIMA 32 42 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES FRONTERA S.A. ANTARA HOTEL JR ALCANFORES 450 LIMA 18 43 HOSTAL 3 estrellas LINCO S.A. ANTARES AV SALAVERRY 3230 LIMA 17 44 HOTEL 3 estrellas COMPAÑIA DE TURISMO LA PAZ ARIOSTO AV LA PAZ 769 LIMA 18 S.A. - TURICOM S.A. 45 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL ARIZONA S.R.LTDA. ARIZONA AV LA MARINA 2861 LIMA 32 46 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL RESIDENCIAL ARMENDARIZ AV ARMENDARIZ 375 LIMA 18 ARMENDARIZ S.A. 47 HOSTAL 3 estrellas ARUBA INN S.A. ARUBA INN AV NICOLAS ARRIOLA 757 LIMA 13 48 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL ASAHI S.A ASAHI AV NACIONES UNIDAS 1128 LIMA 01 49 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES TURISTICAS R.G. S.A. BEST WESTERN EMBAJADORES CA JUAN FANNING 320 LIMA 18 50 HOSTAL 3 estrellas VALDEZ DE BONILLA LILIAM BRAGANZA AV SAN FELIPE 874 LIMA 11 51 HOSTAL 3 estrellas NAVARRO FLORES HUGO BRISTOL AV BAUZATE Y MEZA 590 LIMA 13 52 HOSTAL 3 estrellas INVERSIONES GENERALES ARIES S.A BRITANIA AV SAN BORJA SUR 653 LIMA 41 53 APART HOTEL 3 estrellas INMOBILIARIA LIALCE S.A CAMINOS DEL INCA AV CAMINOS DEL INCA 853 UB LAS GARDENIAS LIMA 33 54 HOSTAL 3 estrellas MOROMISATO HIGA JUAN CARIBE JR LUIS VARELA Y ORBEGOSO 724 730 LIMA 34 55 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL RESIDENCIAL CARIBE CARIBE INN AV LA ALBORADA 1341 UB LAS BRISAS LIMA 01 INN S.R.LTDA 56 HOSTAL 3 estrellas OBRA KOLPING DEL PERU CASA LIMA KOLPING AV TOMAS RAMSEY 1005 LIMA 17 57 HOSTAL 3 estrellas CARRANZA DIAZ OLGA MARGARITA CASABLANCA AV VELASCO ASTETE 1696 LIMA 33 58 HOSTAL 3 estrellas CONSORCIO HOTELERO Y CASAGRANDE JR THOMAS F.RAMSEY 130 LIMA 17 TURISTICO MADRE OLGA S.A. 59 HOTEL 3 estrellas CONSORCIO DE TURISMO E.I.R.L. CENTENARIO AV 28 DE JULIO 836 HUARAL 60 HOSTAL 3 estrellas SANTOLALLA SILVA JAVIER COCHERALTA PJ LOS JACARANDAES 199 LIMA 15 61 HOTEL 3 estrellas TOUR HOTEL S.A. COLONIAL INN AV COMANDANTE ESPINAR 310 LIMA 18 62 HOTEL 3 estrellas HOTEL COLUMBUS S.A. COLUMBUS AV AREQUIPA 1421 LIMA 01 63 HOSTAL 3 estrellas ALVARADO URRESTI OSCAR COLLACOCHA AV ANDRES REYES 100 LIMA 27 64 HOTEL 3 estrellas SERVICIOS TURISTICOS SOL S.A. CONCORDE PR RICARDO PALMA 120 LIMA 34 65 HOTEL 3 estrellas EMPRESA HOTELERA Y TURISTICA SA CONTINENTAL JR PUNO 196 LIMA 01 66 HOTEL 3 estrellas INMOBILIARIA SAN JERONIMO S.C.R.L CHAVIN JR GALVEZ 222 CAJATAMBO 67 APART HOTEL 3 estrellas DANJEN S.A DANIEL’S APART HOTEL CA LAS CASTAÑITAS 152 LIMA 27 68 HOSTAL 3 estrellas INVERSIONES TURISTICAS DA’VICITA CA DON AURELIO 638 LIMA 33 DA‘VICITA S.R.L. 69 HOSTAL 3 estrellas PEREZ SANTA MARIA DOMINGO DRIVE INN SLEEP AV PASEO DE LA REPUBLICA Q 4 UB SAN TADEO LIMA 09 DIOGENES 70 HOSTAL 3 estrellas INMOBILIARIA GARRAFA S.A. DYNASTY JR TORIBIO SEMINARIO 1198 DRTO. SAN JUAN DE LIMA 29 MIRAFLORES 71 HOSTAL 3 estrellas DELGADO VIDAL DE OCHOA EMMA EL BOSQUE AV PROCERES DE LA 3090 UB CANTO GRANDE LIMA 36 INDEPENDENCIA 72 HOSTAL 3 estrellas MENDIETA LANDEO JOSE YVAN EL CARMELO JR FRANCISCO BOLOGNESI 749 LIMA 18 73 HOSTAL 3 estrellas INVERSIONES EL CID S.A. EL CID AV MELGAREJO 110 UB CAMPO VERDE LIMA 12 74 HOSTAL 3 estrellas TORRES ESPINOZA RICARDO EL DORADO DEL MAR CA LOS TUCANES 127 UB LIMATAMBO LIMA 27 75 HOSTAL 3 estrellas TURISMO EL DORAL S.A. EL DORAL AV JOSE PARDO 486 LIMA 18 76 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES EL MARQUEZ S.R.L EL MARQUES DE SAN ISIDRO CA CHINCHON 461 LIMA 27 77 HOTEL 3 estrellas SERVICIOS TURISTICOS PLAZA S.A. EL PLAZA HOTEL AV NICOLAS DE PIEROLA 850 LIMA 01 78 HOSTAL 3 estrellas DEVERCELLI CAMPOS JUAN EL REDUCTO AV RICARDO PALMA 761 LIMA 18 79 HOSTAL 3 estrellas CONSORCIO ARQUEROS S.A. EL VIRREY AV ROOSEVELT 115 LIMA 01 80 HOTEL 3 estrellas EMPRESA TURISTICA LA ESPERANZA CA ESPERANZA 350 LIMA 18 ESPERANZA S.A. Pág. 184626 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 81 HOSTAL 3 estrellas COMERCIAL FOUR SEASON E.I.R.L FOUR SEASONS AV BENAVIDES 4002 UB CHAMA LIMA 33 82 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL RESIDENCIAL FRANCIA FRANCIA CA SAMUEL VELARDE 185 LIMA 17 S.R.LTDA 83 HOSTAL 3 estrellas GARCIA ABELLAN SILVANO GEMINA AV ALMIRANTE MIGUEL GRAU 620 212 LIMA 04 84 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES GRAN HOTEL BOLIVAR GRAN HOTEL BOLIVAR JR UNION 958 LIMA 01 S.A.(INMOBILIARIA CESAR VICTOR S.A.) 85 HOTEL 3 estrellas COMPLEJO TURISTICO HUACHO GRAN HOTEL LA VILLA AV FELIX B. CARDENAS 196 UB SANTA MARIA HUACHO S.A. - COTURSA STA MARIA 86 HOTEL 3 estrellas GRAN HOTEL SAVOY S.A. - GRAN HOTEL SAVOY JR CAYLLOMA 224 LIMA 01 INVERSIONES TURISTICAS EL DAMERO DE PIZARRO S.A 87 HOSTAL 3 estrellas ARENAS SOTO CARLOS GERMAN HANNOVER JR ULISES BOY A-JR.LEONCIO PRADO 464 464 LIMA 17 88 HOSTAL 3 estrellas INVERSIONES 713 S.A.C. - HERALDO HOTEL AV SANTA CATALINA 691 LIMA 13 INVERSIONES CRAP SA 89 HOSTAL 3 estrellas COOP DE AHORRO Y CREDITO HOSTAL GRANADA JR HUANCAVELICA 323 LIMA 01 “ALAS PERUANA 90 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES INMOBILIARIAS HOTEL MARIEL CA GENERAL SUAREZ 240 LIMA 18 MARIEL S.A. 91 HOSTAL 3 estrellas HOTEL RESIENCIAL HUAYCHULO S.A. HUAYCHULO AV DOS DE MAYO 494 LIMA 18 92 HOTEL 3 estrellas HOTEL INTERNACIONAL SRL INTERNACIONAL AV 28 DE JULIO 763 LIMA 01 93 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES KOALA S.R.L. KAMANA JR CAMANA 547 LIMA 01 94 HOTEL 3 estrellas COMPAÑIA DE INVERSIONES LA CASTELLANA CA GRIMALDO DEL SOLAR 222 UB LEURO LIMA 18 TURISTICAS COST.DEL SOL SA 95 APART HOTEL 3 estrellas EMF S.A. LA PAZ APART HOTEL AV LA PAZ 679 LIMA 18 96 HOTEL 3 estrellas SERVICIOS Y TURISMO S.A LA PERRICHOLI JR CAMANA 1180 LIMA 01 97 APART HOTEL 3 estrellas CURRENCY S.R.LTDA. LA VILLA BARRANQUINA ES MARTINEZ DE PINILLOS CON 129 LIMA 04 SAN MARTIN 98 HOSTAL 3 estrellas GHL INVERSIONES S.A. LAS CAMELIAS JR MONTERO ROSAS 976 UB SANTA BEATRIZ LIMA 01 99 HOSTAL 3 estrellas INVERSIONES SAN ANTONIO DE LAS COLINAS INN AV UNO 350 UB HUERTOS DE LIMA 33 MONTERRICO EIRL SAN ANTONIO 100 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES LAS PALMAS SRL LAS PALMAS AV BELLAVISTA 320 LIMA 18 101 HOSTAL 3 estrellas HOTEL QR S.A. LAS SUITES DE BARRANCO AV REPUBLICA DE PANAMA 250 BARRANCO LIMA 04 102 HOTEL 3 estrellas CORPORACION HOTELERA DEL LEON DE ORO & SUITES AV LA PAZ 930 LIMA 18 PACIFICO S.A. 103 HOSTAL 3 estrellas INVERSIONES ARNAO S.A. L’ERMITAGE CA JUAN DE ALIAGA 420 LIMA 17 104 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES HABITUR S.A. LIMATAMBO AV ANDRES ARAMBURU 1025 UB LIMATAMBO LIMA 27 105 HOSTAL 3 estrellas HOTELERA LOS GIRASOLES S.A. LOS GIRASOLES AV DIEZ CANSECO 696 LIMA 18 106 HOSTAL 3 estrellas URCIA GUZMAN ARCENIO LOS SAUCES JR CAMILO CARRILLO 465 LIMA 11 107 HOSTAL 3 estrellas COMPAÑIA HOTELERA SITAK S.A. LOS VIRREYES JR CAÑETE 826 LIMA 01 108 HOSTAL 3 estrellas PROMOTORA LUCERNA S.A. LUCERNA CA LAS DALIAS 276 UB ARMENDARIZ LIMA 18 109 APART HOTEL 3 estrellas CENTRAL PARK SRL MARIA LUISA PJ TELLO 241 LIMA 18 110 HOSTAL 3 estrellas EUROPIL S.A. MARIA PAULA AV TUPAC AMARU 318 HUARAL 111 HOSTAL 3 estrellas TONG CHAU LEUNG SOFIA MARTINIKA AV AREQUIPA 3701 LIMA 27 112 HOSTAL 3 estrellas ALEGRE FREUNDT MIGUEL ERNESTO MAXIM AV MAXIMO ABRIL 551 555 LIMA 11 113 HOTEL 3 estrellas COMPAÑIA HOTELERA LIMA S.A. MIRAFLORES AV PETIT THOUARS 5444 LIMA 18 114 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL MONTEFINO S.A. MONTEFINO JR MANUEL VILLAVICENCIO 843 LIMA 14 115 HOTEL 3 estrellas F & KME S.A. NEW CORPAC CA 31 195 LIMA 27 116 HOTEL 3 estrellas RUMBO INVERSIONES TURISTICAS OLAYA AV HUAYLAS 710 UB LOS LAURELES LIMA 09 S.R.LTDA 117 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL OSCAR’S S.A. OSCAR’S AV LA MARINA 2681 UB MARANGA LIMA 32 118 HOTEL 3 estrellas CHIAPPE COSTA JUAN PACHACAMAC INN JR JATOSISA MZA E LTE 9 UB SAN FERNANDO LIMA 19 119 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES M. Y N. S.A. PARK SUITES CA MEDRANO SILVA 396 LIMA 04 120 HOTEL 3 estrellas ZAKRZEWSKI ZIMMER JERZY POLONIA AV REPUBLICA DE PANAMA 6599 UB SANTA RITA LIMA 33 121 HOTEL 3 estrellas INMOBILIARIA LA FORESTA S.A. POSADA DEL INCA - LIMA CA LOS LIBERTADORES 490 LIMA 27 122 HOTEL 3 estrellas INMOBILIARIA DE TURISMO S.A. - POSADA DEL INCA MIRAFLORES CA ALCANFORES 329 LIMA 18 (ATENCIONES HOTELERAS S.A.) 123 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES METROPOLIS REGENCY AV ANGAMOS OESTE 843 LIMA 18 E.I.R.LTDA. 124 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL REGINA S.A. REGINA AV 2 DE MAYO 1421 LIMA 27 125 HOSTAL 3 estrellas SERVICIOS TURISTICOS REMBRANDT AV AV.CESAR VALLEJO 1176 LIMA 14 REMBRANDT S. A. 126 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL REY E.I.R.L. REY AV CANADA 1485 UB SANTA CATALINA LIMA 13 127 HOTEL 3 estrellas INVERSIONES SAN ANTONIO SAN ANTONIO ABAD JR RAMON RIBEYRO 301 UB SAN ANTONIO LIMA 18 ABAD S.R.L. 128 HOSTAL 3 estrellas POSADA DEL OLIVAR EIRL. SAN BORJA CA MORELLI 316 LIMA 41 129 HOTEL 3 estrellas SERVICIOS TURISTICOS MORGAVI S.A. SAN ISIDRO INN AV JUAN PEZET 1765 LIMA 27 130 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL RESIDENCIAL SAN LUIS S.A. SAN LUIS AV SAN JUAN 413 LIMA 30 131 HOSTAL 3 estrellas HOSTAL SAN MARTIN S.C.R.L. 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LORD AV 28 DE JULIO 1504 LIMA 13 342 HOSTAL 1 estrella CHAMBI TAZA NICOLAS LOS ANDES EX (GRAU) AV GRAU 224 LIMA 13 343 HOSTAL 1 estrella TUPAYACHI DE ARRAYA EVA LOS HEROES AV LOS HEROES 544-A LIMA 29 344 HOSTAL 1 estrella VILLAR MEDINA SILVINA LOS JARDINES AV JARDINES OESTE 172A UB SAN HILARION LIMA 36 345 HOSTAL 1 estrella PEREYRA LARA HERBERT ENRIQUE LOS OIDORES CA LOS OIDORES 131 UB EL MANZANO LIMA 25 346 HOSTAL 1 estrella BOCANEGRA LOZANO DE LOS OLIVOS AV JOSE SANTOS CHOCANO 436 UB VILLA LOS ANGELES LIMA 39 GUEVARA GUMERCINDA 347 HOSTAL 1 estrella EMPRESA DE SERVICIOS LOS PORTALES AV SAN BARTOLO mz f loe 1 S/N LIMA 26 TURISTICOS LOS PORTALES S.A 348 HOSTAL 1 estrella INVERSIONES JOVIHA SRL LUCKY AV SAN FELIPE 168 LIMA 07 349 HOSTAL 1 estrella GONZALES JIMENEZ WILLIAM HUGO MANANTIAL AV PETIT THOUARS 1327 LIMA 01 350 HOSTAL 1 estrella LIVIA CHICOT JAVIER EDUARDO MARANGA CA TUNGASUCA 162 UB MARANGA LIMA 32 351 HOSTAL 1 estrella BARBOZA HUAMAN PABLO MAURO MAURO INN CA CALLE NN 1 CON 174 LIMA 21 352 HOSTAL 1 estrella HOSTAL MILAN SRL MILAN CA BLASCO IBAÑEZ 512 UB INGENIERIA LIMA 31 353 HOSTAL 1 estrella LOPEZ RIVERA MARIA CLORINDA MILY JR EVARISTO SAN CRISTOBAL 537 LIMA 13 354 HOSTAL 1 estrella ATOCHE SECLEN MARCIAL MOAS VI SIN NOMBRE 30 1 CI DEL PESCADOR CALLAO 2 355 HOSTAL 1 estrella INVERSIONES TURISTICAS TAB MONACO AV ESTADOS UNIDOS 110 UB HUAQUILLAY 1RA. 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RESIDENCIAL HAWAI CA LUIS HURTADO 126 UB SAN JOSE CALLAO 2 365 HOSTAL 1 estrella VILCHEZ SULCA MARIA RESIDENCIAL MONTECARLO- PJ CUATRO AMIGOS 4149 UB PERU LIMA 31 CUATRO AMIGOS 366 HOSTAL 1 estrella RODRIGUEZ VALENCIA JESUS RICHARD AV TOMAS VALLE CDRA 18 M 9 LIMA 31 367 HOSTAL 1 estrella MAYO PORRAS VICTOR LEONCIO RIO AV BUENOS AIRES 1150 LIMA 22 368 HOSTAL 1 estrella MELENDEZ OCAMPO MERCEDES RODAS EL COLOSO AV PETIT THOUARS 4712 LIMA 18 369 HOSTAL 1 estrella ABREGU BEJAR FORTUNATO ROSARIO CA LA CAPITANA A 15 LIMA 15 370 HOSTAL 1 estrella SAROA & ROSITA S.R.LTDA. ROSITA AV LOS DOMINICOS 670 UB EL CONDOR CALLAO 1 (SAUL APOLONIO ROCA AURIE) 371 HOSTAL 1 estrella GARCIA DE SIMEON MONTES ROYAL AV DOMINGO TORERO 263 HUACHO GENOVEVA 372 HOSTAL 1 estrella LEVY RENTERIA CESAR SALOMON SAN EUGENIO AV SAN EUGENIO 999 UB SANTA CATALINA LIMA 13 373 HOSTAL 1 estrella AGUILAR RAMOS MANUEL VIRGILIO SANTA LUISA JR SANTA BEATRIZ 115 LIMA 31 374 HOSTAL 1 estrella HOSTAL SANTA LUZMILA S.R.LTDA. SANTA LUZMILA AV CARABAYLLO 1241 LIMA 07 375 HOSTAL 1 estrella RAMOS ZUNIGA ANGELICA SANTA ROSA AV SANTA ROSA 345 LIMA 43 376 HOSTAL 1 estrella BARRERA ARCE MARCIAL TEOFILO TAUROS AV PARDO DE ZELA 325 LIMA 14 377 HOSTAL 1 estrella FIGUEROA LLATAS NORA MARLENE TREINTA Y TRES AV ALFREDO MENDIOLA 4731 UB PARQUE NARANJAL LIMA 39 378 HOSTAL 1 estrella CASTANEDA PEDROZA YURI HAROLD TU Y YO AV MANCO CAPAC 1090 LIMA 13 379 HOSTAL 1 estrella GOMEZ ROJAS FABIAN TUSIPA HUASIN -SANTA ANA AV LOS SAUCES C 1-A UB LOS SAUCES 2,3, 4TO PISO LIMA 03 380 HOSTAL 1 estrella VASQUEZ ROJAS EBER VASQUEZ ROJAS EBER JR CAJACAY 466 UB PARQUE NARANJAL LIMA 39 1RA ETAPA 381 HOSTAL 1 estrella CORTEZ GALLO ANA ELIZABETH VICTORIA 2 ES CALLE CUZCO Y PROL. S/N BARRANCA INDEPENDENCIA 382 HOSTAL 1 estrella COBBA CUBAS VICTOR HUGO VILLA CARIÑO VI SIN NOMBRE MZ O 24 ZN SECTOR 2 GRUPO 4 LIMA 42 383 HOSTAL 1 estrella PINEDO MANRIQUE OSWALDO VIRGO URB. PALMAS REALES MZA H LT 8 LIMA 39 384 ESTAB. DE NO CATE- A & M COMERCIAL S R L A & M COMERCIAL S R L JR QUITO YUPANQUI 796 LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO 385 ESTAB. DE NO CATE- ABANTO POLO JESSICA LIZETTE ESTRELLA JR CUSCO 3012 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 386 ESTAB. DE NO CATE- ABANTO VALDERRAMA D.VIOLETA PARAISO JR CHOTA 1553 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 387 ESTAB. DE NO CATE- ACOSTA ZARATE MARTHA CAL. LA HABANA 265 LIMA 27 HOSPEDAJE GORIZADO CAROLINA 388 ESTAB. DE NO CATE- ACHO JACHO IRMA AV. CENTRAL MZV1 LT1 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 389 ESTAB. DE NO CATE- ADMINISTRADORA BJ S.A.C. AV. CHIMPU OCLLO MZ A LT 3 LIMA 06 HOSPEDAJE GORIZADO 390 ESTAB. DE NO CATE- ADMINISTRADORA DEL NORTE ITALIA HOTEL AV ALFONSO UGARTE 271 HUACHO HOSPEDAJE GORIZADO E.I.R.L. 391 ESTAB. DE NO CATE- ADRIANO LEYVA ESTELA EUGENIA WESTER AV JOSE GALVEZ 184 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 392 ESTAB. DE NO CATE- AGRO SELVA PERU SA HOSTAL KALUA INN VI SIN NOMBRE C3 CHACRASANA LIMA 15 HOSPEDAJE GORIZADO 393 ESTAB. DE NO CATE. AGUAYO VARGAS JUANA MICHELL AV AVIACION 565 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO 394 ESTAB. DE NO CATE- AGUILAR RAMOS MANUEL VIRGILIO HOSTAL SANTA LUISA CA ENRIQUE BARREDA 112 114 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO Pág. 184630 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 395 ESTAB. DE NO CATE- ALCALA QUISPE EMMA INES COPACABANA VI S/N E-1 42 LOS CERES LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 396 ESTAB. DE NO CATE- ALIAGA CACHO SEGUNDO ADIL LOS OLIVOS AV GERARDO UNGER 5555 INDUSTRIAL LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 397 ESTAB. DE NO CATE- ALI-ARTUR S.R.LTDA. HOSTAL ALI ARTUR AV PERU 3761 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 398 ESTAB. DE NO CATE- ALMONACID ESQUIVEL MARIA EL MARITIMO JR AYACUCHO 274 CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO GUILLERMINA 399 ESTAB. DE NO CATE- ALVA CAUPER ENRIQUE GUILLERMO ENRIQUE VI SIN NOMBRE F 10 DE VIVIENDA LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 400 ESTAB. DE NO CATE- ALVARADO GONZALES DEL EL EMBAJADOR AV PROCERES DE LA 5379 JOSE CARLOS LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO VALLE ROSA ISABE INDEPENDENCIA 401 ESTAB. DE NO CATE- ALVAREZ PEREZ SCOTTY NEW PALACE AV JOSE DE LA TORRE UGARTE 380 LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 402 ESTAB. DE NO CATE- ALVAREZ SANCHEZ ANTONIO PAMELA AV CANTO GRANDE KM I 24 AYACUCHO LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 403 ESTAB. DE NO CATE- AMPUERO SILVA CHRISTIAN CAL.2 MZ C LT 1 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 404 ESTAB. DE NO CATE- ANA LOPEZ DE GIRON EL SOL AV LARCO HERRERA 0000 CAJATAMBO HOSPEDAJE GORIZADO 405 ESTAB. DE NO CATE- APAZA DE MAMANI PAULINA SAN MARTIN AV MANCO CAPAC 579 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 406 ESTAB. DE NO CATE- ARANA VASQUEZ IRMA HOSTAL EL REMANSO AV LOS ANDES A 40 PANAMERICAN LIMA 28 HOSPEDAJE GORIZADO 407 ESTAB. DE NO CATE- ARENAS & MALDONADO S.R.LTDA. HOSTAL YAKI JR UNION 441 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 408 ESTAB. DE NO CATE- ARENAS CORRALES ELENA OLGA ROMA AV METROPOLITANA S 02 LOS ANGELES LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 409 ESTAB. DE NO CATE- ARENAS TARAMONA JOSE MANUEL HOSTAL RIO ALTO CA BIELOBUCIC CAVA 197 LIMA 41 HOSPEDAJE GORIZADO 410 ESTAB. DE NO CATE- ARRIOLA LOPEZ DE QUIROZ HOSTAL SANTA CLARA INN NN F 17 NIÑO JESUS LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO LEONOR ANGELICA 411 ESTAB. DE NO CATE- ARTEAGA GARCIA JOSE ALIPIO LA CASA DE ALIPIO PJ LLANGANUCO 1828 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 412 ESTAB. DE NO CATE- ASIN MEZA MANUEL ALEJANDRO HOSTAL RESIDENCIAL LIYAN JR WASHINGTON 1266 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 413 ESTAB. DE NO CATE- AUSEJO HUARACA ROMULO LEO’S AV DE LOS HEROES 1293 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 414 ESTAB. DE NO CATE- AYALA CASTRO MARIA ELENA CANDY AV JOSE GALVEZ 1741 SANTA CATALINA LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 415 ESTAB. DE NO CATE- AYALA TERRY NORA KYOTO AV CARLOS VALDERRAMA 416 EL BOSQUE LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO 416 ESTAB. DE NO CATE- BALCAZAR CAMPOS LUIS ALFONSO BALCAZAR CAMPOS LUIS ALFONSO CA PORTA 629 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO 417 ESTAB. DE NO CATE- BALCAZAR CAMPOS LUIS ALFONSO LAS DUNAS AV LAS LOMAS 220 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 418 ESTAB. DE NO CATE- BALTAZAR PINTO HILARIO FELIX PASTURURI PJ LARRABURE 186 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 419 ESTAB. DE NO CATE.- BAQUERIZO NAVARRO FATIMA EL MANTARO VI PUERTO ETEN 277 LOS REYES LIMA 30 HOSPEDAJE GORIZADO 420 ESTAB. DE NO CATE- BARAHONA MUñOZ PAULINA CELINDA JR. ENRIQUE SWAYNE S/N. YAUTOS HOSPEDAJE GORIZADO 421 ESTAB. DE NO CATE- BASCONES SOTO PEDRO REYNALDO AV. CHORRILOS 401 BARRANCA HOSPEDAJE GORIZADO 422 ESTAB. DE NO CATE- BASURTO DE ELIAS GLADYS ISABEL EL VIRREY AV 9 DE DICIEMBRE 313 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 423 ESTAB. DE NO CATE- BAUTISTA CCARITAINE LEONIDAS SANTA CATALINA AV NICOLAS ARRIOLA 841 SANTA CATAL LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 424 ESTAB. DE NO CATE- BAUTISTA MARTINEZ ANIBAL BAUTISTA MARTINEZ PR PROLONG. HUAMANGA 1447 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO GLICERIO ANIBAL GLICER 425 ESTAB. DE NO CATE- BELAFONTE BRICENO PEDRO HOSTAL GRAMMY JR CHANCAY 918 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 426 ESTAB. DE NO CATE- BELTRAMET DE RIOJA BLANCA VILLA BLANCA JR IRIGOYEN 371 SANTA INES LIMA 08 HOSPEDAJE GORIZADO VICTORIA 427 ESTAB. DE NO CATE- BELLIDO CARDENAS JUAN ANTONIO TOULUSSE AV DE LOS HEROES 330A SAN JUAN+ LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 428 ESTAB. DE NO CATE- BENDEZSU BENDEZU GUDELIA H. VENUS AV CHIMPU OCLLO R 28 LIMA 06 HOSPEDAJE GORIZADO 429 ESTAB. DE NO CATE- BENDEZU RIVERO JAIME DOS PALOMAS VI S.N. E 6 GIRASOL LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 430 ESTAB. DE NO CATE- BERAMENDI PAUCAR ANGELICA HOSTAL EL TUMI DE ORO JR CUSCO 4254 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 431 ESTAB. DE NO CATE- BERJON MATOS RUTH MARINA EL CARMEN JR EL CARMEN 757 LIMA 34 HOSPEDAJE GORIZADO 432 ESTAB. DE NO CATE- BERMUDEZ DURAND DE HUARI LA FRAGATA AV TOMAS VALLE B 9 EL CONDOR CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO EVA LUPE 433 ESTAB. DE NO CATE- BLANCO POLO JOSE EL HOSTALITO PJ LARRABURE 119 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 434 ESTAB. DE NO CATE- BOCATOMA HOTEL RESORT E.I.R.L. CAL. AMBAR 150 LIMA 09 HOSPEDAJE GORIZADO 435 ESTAB. DE NO CATE- BRAVO CHAVEZ DE ROMANI LAURA CAL. GERARDO UNGER 4109 LIMA 28 HOSPEDAJE GORIZADO 436 ESTAB. DE NO CATE- BRAVO VELASCO SILVIA ESTHER PENSION GEMINIS VI SIN NOMBRE MZ D 33 SANTA ISOLI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 437 ESTAB. DE NO CATE- BRICENO SANCHEZ MARIA JULIA RESIDENCIAL COLONIAL TURISTICO AV PASEO COLON 321 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 438 ESTAB. DE NO CATE- CABALLERO MENA FRANCISCO BOSTON CA VINZOS 128 TOMAS BATA CALLAO 4 HOSPEDAJE GORIZADO 439 ESTAB. DE NO CATE- CAHUANA LARA CESAR DELFORD HILL CREATTY JR PABLO DE OLAVIDE 107 109 LA COLONIAL CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 440 ESTAB. DE NO CATE- CALDAS MENDOZA ABEL VICTOR GRAU AV GRAU A 16 SAN MARTIN LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO 441 ESTAB. DE NO CATE- CALDERON HERRERA MARIA ISABEL CALDERON HERRERA MAR AV REPUBLICA DE PORTUGAL 662 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 442 ESTAB. DE NO CATE- CALIXTO PARDAVE MARILU VICTORIA HOSTAL MARILU JR SAN CRISTOBAL 1874 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 443 ESTAB. DE NO CATE- CAMPOS TORRES JOSE ALEJANDRO CENTRO DE ESPAR.TURISTICO LUZ CAR. PANAMERICACNA SUR 92.5 MALA BUJAMA MALA HOSPEDAJE GORIZADO 444 ESTAB. DE NO CATE- CARBAJAL OLIVERA MARAT CIRO CARBAJAL OLIVERA MARAT CIRO JR LAS PIMPINELAS 138 VIPOL CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 445 ESTAB. DE NO CATE- CARLOS ESPINOZA S.A HOSTAL RICHMOND JR DE LA UNION 123 706 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 446 ESTAB. DE NO CATE- CARRANZA NARGAS BENIGNO GEMINIS AV UNIVERSITARIA E 11 SAN JUAN DE LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 447 ESTAB. DE NO CATE- CARRASCO LOPEZ JULIO CESAR CAL. ANDRES DE LOS REYES 152 BARRANCA HOSPEDAJE GORIZADO 448 ESTAB. DE NO CATE- CARRASCO PAJUELO FERNANDO HOSTAL BRISAS DE SANTA EULALIA AV SAN MARTIN S/N FUNDO CACIQ SANTA EULALIA HOSPEDAJE GORIZADO NOE 449 ESTAB. DE NO CATE- CARRERA FLORES PROSPEROLIRIO ALBERGUE PETER CA LAS CASTANITAS 111 LIMA 27 HOSPEDAJE GORIZADO 450 ESTAB. DE NO CATE- CARRILLO NINO DE GUZMAN CARLOS CARRILLO NINO DE GUZMAN NN S/N B 12 Y 13 LOS CLAVELE LIMA 16 HOSPEDAJE GORIZADO CARLOS Pág. 184631NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 451 ESTAB. DE NO CATE- CARRION OLIVERA SOLEDAD HOSTAL DON CARLITOS JR JOSE SANTOS CHO 908 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO ROSARIO 452 ESTAB. DE NO CATE- CASAVERDE NEIRA NERY RAYDA CASAVERDE NEIRA NERY RAYDA JR BALTAZAR GRADOS 711 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 453 ESTAB. DE NO CATE- CASMIS S.A.C. AV. NESTOR GAMBETA 350 CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 454 ESTAB. DE NO CATE- CASTRO CAPURRO ISIDRO HOTEL EMBASSY LUNAHUANA VI UCHUPAMPA 493 LUNAHUANA HOSPEDAJE GORIZADO MARTINIANO 455 ESTAB. DE NO CATE- CASTRO DE CALDERON ANTONIETA SAN JUAN CA ARTURO SUAREZ 465 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 456 ESTAB. DE NO CATE- CASTRO LUY VICTOR AUGUSTO AV. BERNARDO BALAGUER 0 LT05 LIMA 15 HOSPEDAJE GORIZADO 457 ESTAB. DE NO CATE- CASTRO SILVA FORTUNATA CALIFORNIA CA MANUEL VALDEZ 163 SANTA LUZMI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 458 ESTAB. DE NO CATE- CAYCHO DE MEDINA ELENA GLADYS CAXY NN B 6 SAN JUANITO LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 459 ESTAB. DE NO CATE- CAZA AVILA BASILIA ELIZABETH ESMERALDA AV CARABAYLLO 1749 SANTA LUZMI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 460 ESTAB. DE NO CATE- CCORA CAILLAHUA FERMIN PROLONG CANGALLO 165 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 461 ESTAB. DE NO CATE- CCORA ESPLANA EFRAIN CCORA ESPLANA EFRAIN PR CANGALLO 165 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 462 ESTAB. DE NO CATE- CENTRAL PARK SRL PSJ.TELLO 241 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO 463 ESTAB. DE NO CATE- CENTRO DE INVERSIONES Y LA TABERNA AV JOSE GALVEZ 164 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO REPRESENTACION 464 ESTAB. DE NO CATE- CERNA RAMIREZ EPIFANIO CAL. GUILLERMO VELASQUEZ 153 HUACHO HOSPEDAJE GORIZADO 465 ESTAB. DE NO CATE- CIA HOTELERA LIMENA S.A. HOTEL LATINO JR PARURO 1121 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 466 ESTAB. DE NO CATE- CICCIA GARCIA AGUSTIN CALABRIA AV TOMAS MARSANO 3775 3781 LIGURIA LIMA 33 HOSPEDAJE GORIZADO 467 ESTAB. DE NO CATE- CLINICA ROSA MARIA BAZO S.A ROSA DEL MUNDO JR COLINA 381 CALLAO 2 HOSPEDAJE GORIZADO 468 ESTAB. DE NO CATE- CLUB HOUSE LOS CONDORES S A C CLUB HOUSE LOS CONDORES S A C CA LAS BEGONIAS 243 LOS CONDORES LIMA 08 HOSPEDAJE GORIZADO 469 ESTAB. DE NO CATE- COLQUICOCHA MAURICIO VICTORINO SEVILLA VI S.N. C 13 SECTOR 6 GRUPO 3A LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO 470 ESTAB. DE NO CATE- COMPAÑIA HOTELERA CHANG’S HOSTAL RESIDENCIAL CHOSICA JR ARICA (ANTES VI 251 LIMA 15 HOSPEDAJE GORIZADO HERMANOS S.R 471 ESTAB. DE NO CATE- COMPLEJO LOS JARDINES S.R.L. CAL. ENRIQUE PALACIOS 116 LIMA 43 HOSPEDAJE GORIZADO 472 ESTAB. DE NO CATE- CONCAS CALVO GERMAN ANDRES SAN GERMAN CA SOLDADO CABADA 34 LAS VINITAS LIMA 04 HOSPEDAJE GORIZADO 473 ESTAB. DE NO CATE- CONDOR SUCARI JOSE LUIS AV. SANTA ROSA DE LIMA 1926 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 474 ESTAB. DE NO CATE- CONDOR TINOCO JAIME AV. METROPOLITANA MZ N LT 6 LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 475 ESTAB. DE NO CATE- CONDOR TORRES FLORENCIO HOSTAL GLORIA AV 28 DE JULIO 520 HUACHO HOSPEDAJE GORIZADO 476 ESTAB. DE NO CATE- CONDOR ZORRO S.A.C. CAR. PANAM. NORTE KM.90 S/N CHANCAY HOSPEDAJE GORIZADO 477 ESTAB. DE NO CATE- CONTINVER SA CORONA AV LA MARINA 1536 LIMA 21 HOSPEDAJE GORIZADO 478 ESTAB. DE NO CATE- CORNEJO LOAYZA JOSE PICIS AV ALGARROBOS 391 LIMA 10 HOSPEDAJE GORIZADO ENRIQUE UTENIO 479 ESTAB. DE NO CATE- CORREA CUBAS DE RIQUELME TERRAZAS DEL NARANJAL CA LAS TORONJAS 499 PRO VIV.EL LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO MARIA SOCORRO 480 ESTAB. DE NO CATE- CORTEZ QUISPE JOSE LORENZO HOSTAL LARRY VI SIN NOMBRE C 19 EL PALERMO LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO ELEUTERIO 481 ESTAB. DE NO CATE- COSSIO ZAMBRANO ROSSANA DEL HOSTAL OASIS AV MANUEL MONCLOA 2530 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO CARMEN 482 ESTAB. DE NO CATE- CRESPO SALAS ELIZABETH LUCY LOS FICUS AV ALFONSO UGARTE 1054 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 483 ESTAB. DE NO CATE- CRISOSTOMO GOMEZ CARMELA MARIATEGUI CA FRAY CALIXTO J-2 46 PP.JJ.JOSE CARLOS LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO AURORA MARIATEGUI 484 ESTAB. DE NO CATE- CRUZ VELASQUEZ LIVIO AMERICA ES SAN AGUSTIN 30 500 LIMA 34 HOSPEDAJE GORIZADO 485 ESTAB. DE NO CATE- CRUZADO VIERA ALEJANDRO HOSTAL PEÑA JR ZEPITA 674 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 486 ESTAB. DE NO CATE- CUADROS CAJAS LUISA MIGUELINA AV. LOS ROSALES 0 21 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 487 ESTAB. DE NO CATE- CUADROS OSPINA HILDA MERCEDES AV. ANGELICA GAMARRA 1465 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 488 ESTAB. DE NO CATE- CUNZA LOPEZ ALEJANDRINA HOSTAL LOS GEMELOS AV NICOLAS AYLLON 103 LIMA 15 HOSPEDAJE GORIZADO 489 ESTAB. DE NO CATE- CURAZAO TURISMO E.I.R.L DEL SOL CA REMIGIO MORALES 345A HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 490 ESTAB. DE NO CATE- CUSTODIO REYES AUGUSTO HOSTAL SAN BARTOLO AV MAR PACIFICO E 25A LIMA 26 HOSPEDAJE GORIZADO FERNANDO 491 ESTAB. DE NO CATE- CUYA HUARACA AMAN ISAAC CAL. PROGRESO S/N. MALA HOSPEDAJE GORIZADO 492 ESTAB. DE NO CATE- CHACA GOMEZ PIO PEDRO EL ARCA CA EGUSQUIZA Y AME 148A LIMA 30 HOSPEDAJE GORIZADO 493 ESTAB. DE NO CATE- CHALCO QUISPE ISAAC HUANCA AV NICOLAS AYLLON 1110 SAN PABLO LIMA 30 HOSPEDAJE GORIZADO 494 ESTAB. DE NO CATE- CHAMBI TAZA ABDON EROS VI S.N. Y 5 PARQUE INDUSTRIAL LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO EL ASESOR 495 ESTAB. DE NO CATE- CHAMBI TAZA JUAN AV. SAN MARTIN MZ43 LT.1 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 496 ESTAB. DE NO CATE- CHAPIAMA CASANOVA JOSE GABRIEL STANFORD JR REPUBLICA DE PORTUGAL 118 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 497 ESTAB. DE NO CATE- CHAVEZ GUTIERREZ MANUEL ESPAÑA JR AZANGARO 105 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 498 ESTAB. DE NO CATE- CHAVEZ PALOMINO ABRAHAM CHAVEZ PALOMINO ABRAHAM JR LOS CIREULOS 291 CANTO GRAND LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 499 ESTAB. DE NO CATE- CHAVEZ RIVAS PATRICIA MARLENE LOS GERANIOS CA LOS GERANIOS 329 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 500 ESTAB. DE NO CATE- CHILLITUPA CONCHA ELSA ORO BLANCO AV SAN JUAN 1152 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 501 ESTAB. DE NO CATE- CHIRINOS URQUIZO WALDO UNION AV MARISCAL CASTILLA 281 CHURIN CHURIN HOSPEDAJE GORIZADO 502 ESTAB. DE NO CATE- CHUQUIYURE HUARINGA SIXTO SERGIO AV JORGE CHAVEZ O 20 TABLADA DE LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO 503 ESTAB. DE NO CATE- D.M.D.ADMINISTRAD.DE HOTELES CAL. LAS CUCARDAS D-2 104 LIMA 12 HOSPEDAJE GORIZADO Y S.T. EIRL 504 ESTAB. DE NO CATE- DAVIS POMA EDUARDO ELVIN AV. WIESE G8 34 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 505 ESTAB. DE NO CATE- DE LA CRUZ ROJAS ROMAN LEO JR LOS ESCRITORES 3801 EDUARDO DE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 506 ESTAB. DE NO CATE- DE LA CRUZ YUPANQUI LUNA MIEL JR LAS PERDICES 225A SANTA ANITA LIMA 43 HOSPEDAJE GORIZADO BERTHA VILMA Pág. 184632 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 507 ESTAB. DE NO CATE- DE ZELAYA ROSADO GUADALUPE DE ZELAYA ROSADO GUA JR VIRU 144 LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO MACEDO 508 ESTAB. DE NO CATE- DESME ESPINOZA JORGE ALFREDO ESMERALDA AV SANTA ROSA DE LIMA E 26 HUANTA LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 509 ESTAB. DE NO CATE- DIAZ AWAD SA DASA HOSTAL SILVIA ES ALMIRANTE GUISSE 1601 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 510 ESTAB. DE NO CATE- DIAZ MESONES JULIO CESAR HOSTAL CALYPSA CA BARTOLOME HERRERA 351 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 511 ESTAB. DE NO CATE- DIAZ PAREDES NELIDA VIOLETA FLORES DE PRIMAVERA AV LAS FLORES DE P 1739 LAS FLORES LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 512 ESTAB. DE NO CATE- DIAZ VASQUEZ MARTHA ADELINA HOSTAL LA PORTADA DEL SOL JR WASHINGTON 1164 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 513 ESTAB. DE NO CATE- DONGO CASTILLO LUIS ANIBAL HOSTAL ZAMANA AV REPUBLICA DE PA 5620 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO DANIEL 514 ESTAB. DE NO CATE- DOREMA S.R.LTDA. DOREMA SRLTDA. JR AGUA DULCE H33 92 LEONCIO PRA LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO 515 ESTAB. DE NO CATE- ECHAVARRIA ARANGO GLORIA EL CARAMELO AV ESQ.AV EL OLIVA A 15 JORGE CHAVE CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO DEL SOCORRO 516 ESTAB. DE NO CATE- EGUES GRIMALDO JAVIER H‘ CALIFORNIA AV DOMINGO MANDAMI 333 HUALMAY HOSPEDAJE GORIZADO 517 ESTAB. DE NO CATE- EGUIZABAL SANCHEZ MARCELINO HOSTAL MAR Y CIELO JR MARIANO ANGULO 319 SANTA LUZMI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 518 ESTAB. DE NO CATE- ELIAS BOADO RENZO REAL JR ACISCLO VILLARAN 329 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 519 ESTAB. DE NO CATE- EMPRESA DE SERVICIOS RIMAC JR CASMA 121 LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO COMERCIALES BARDALES SILVA SA 520 ESTAB. DE NO CATE- EMPRESA DE SERVICIOS RIVADAVIA JR CONTUMAZA 1024 2PI LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO TURISTICOS RIVADA 521 ESTAB. DE NO CATE- EMPRESA HOTOGALA S.R.L. EMPRESA HOTOGALA S.R.L. AV 28 DE JULIO 2DO. PISO 2941 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 522 ESTAB. DE NO CATE- EMTUR EL SOL S.R.LTDA. LA HACIENDA AV EL TRAPICHE - P S/N 7-D PRO INDUSTR LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 523 ESTAB. DE NO CATE- ESPINOZA DOMINGUEZ JULIO CESAR HOSTAL CESAR CARCENTRAL D 8 PORVENIR LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 524 ESTAB. DE NO CATE- ESPINOZA SOLORZANO BERTILA DON ALEJANDRO AV SEVILLA 414 SANTA MARIA HOSPEDAJE GORIZADO 525 ESTAB. DE NO CATE- ESTACION DE SERVICIOS HERCO CR PREDIO LAS SALI 33 C14B PREDIO LAS LIMA 16 HOSPEDAJE GORIZADO HERCO S.R.L. 526 ESTAB. DE NO CATE- ESTUPINAN DE ATOCHE PAULA INES HOSTAL EMPERADOR AV REPUBLICA DE PA 397 CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 527 ESTAB. DE NO CATE- FACOTURB S.A.C. AV. LOS EUCALIPTOS 970 LIMA 43 HOSPEDAJE GORIZADO 528 ESTAB. DE NO CATE- FAJARDO GUZMAN VIVIANA PISCIS JR PEDRO CONDE 340 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 529 ESTAB. DE NO CATE- FALCON SOTO DE PAJUELO ELVA LOS ALAMOS VI SIN NOMBRE MZ S 18 EL PACIFICO LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 530 ESTAB. DE NO CATE- FERNANDEZ CELIS MARCO FERNANDEZ CELIS MARCO AV CANTO GRANDE M 2248 -50 SAN IGNACIO LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 531 ESTAB. DE NO CATE- FERRER TABOADA CARLOS FERRER TABOADA CARLOS JR PROGRESO 307 BARRANCA HOSPEDAJE GORIZADO ALBERTO ALBERTO 532 ESTAB. DE NO CATE- FIGUEREDO JAQUE EDGARDO LUIS HOSTAL EL DORADO AV JOSE GRANDA 2206 VALDIVIEZO LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 533 ESTAB. DE NO CATE- FIGUEROA MANCOCAHUA MAWI AV CAJAMARQUILLA 1212 ZARATE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO MARCO ANTONIO 534 ESTAB. DE NO CATE- FIGUEROA SALAS JUANA F IL GIARDINI CA CERRO GRIS 432 SAN IGNACIO LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 535 ESTAB. DE NO CATE- FLORECIN TORRES NATIVIDAD COLONIAL AV EL PORVENIR I MILAGRO 2 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO JESUSA 536 ESTAB. DE NO CATE- FLORES CASANOVA S.A.C. EL BOULEVARD PJ EL MILAGRO S.N. HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 537 ESTAB. DE NO CATE- FLORES RUIZ MARIA ZULEMA LUNA DE MIEL AV NARANJAL 1406 PARQUE DEL LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 538 ESTAB. DE NO CATE- FLORIAN GARCIA ROSA ELVIRA LOS ANGELES VI SIN NOMBRE L 23 LOS ANGELES LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 539 ESTAB. DE NO CATE- FUCHIGAMI FUKUSHIMA JULIO LA ESTACION JR BILLINGHURST 210 LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO CESAR 540 ESTAB. DE NO CATE- FULCLESER S.A. RENATO’S JR CLORINDA MATTO DE TURNER 2155 CHACRA RIOS NORTE LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 541 ESTAB. DE NO CATE- GALACITO RUIZ CONEJO LA CABANA AV LARCO HERRERA 340 CAJATAMBO HOSPEDAJE GORIZADO 542 ESTAB. DE NO CATE- GARCIA DELGADILLO VICTORINO LA CASITA ES ANIS 3900 Y GER S/N LIMA 28 HOSPEDAJE GORIZADO 543 ESTAB. DE NO CATE- GARCIA LAU MEYLEN CARMEN AV. VENEZUELA 1014 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 544 ESTAB. DE NO CATE- GARCIA PONCE FIDEL HOLMBERG PENSION ARRIOLA AV NICOLAS ARRIOLA 1432 LINCOL LIMA 30 HOSPEDAJE GORIZADO 545 ESTAB. DE NO CATE- GATES CARHUANINI YVONNE AV. ALFREDO MENDIOLA 158 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO VICTORIA 546 ESTAB. DE NO CATE- GIRALDEZ DEL CARPIO DEMBER 3 D INN AV VENEZUELA 872 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 547 ESTAB. DE NO CATE- GIRALDO ROJAS DE CAMINO COCKRANE DEL PUEBLO JR COCKRANE 269 CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO REYNA ANGELINA 548 ESTAB. DE NO CATE- GOMEZ CALDERON EMERSON EDEN NN E-1 40 CERES LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 549 ESTAB. DE NO CATE- GOMEZ VILLAR MARIA ISABEL LAS TERRAZAS AV LIMA 3284 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 550 ESTAB. DE NO CATE- GONZALES DONAYRE FRANK HOSTAL ASTURIAS AV TOMAS VALLE F 29 SAN AMADEO LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 551 ESTAB. DE NO CATE- GONZALEZ PATINO JOHAN JR. LAS HUACAS 398 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO ALEXANDER 552 ESTAB. DE NO CATE- GRADOS POLO NIEVES EMPERATRIZ AV. LOS PROCERES MZ.D LT12 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 553 ESTAB. DE NO CATE- GRADOS RAMON SABINO SIMEON LA RICA CALIFORNIA AV ISABEL LA CATOL. 458 MATUTE LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 554 ESTAB. DE NO CATE- GRANADOS CARMONA DE MATOS LA QUIMERA JR GENERAL ORBEGOZO 329 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO MARIA DEL PILAR 555 ESTAB. DE NO CATE- GRAND HUARAZ HOTEL S.A. AV. ALFREDO MENDIOLA 8059 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 556 ESTAB. DE NO CATE- GRANDEZ AGUILAR LUCILA GRANDEZ AGUILAR LUCILA JR RIO BRANCO 1665 PERU LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 557 ESTAB. DE NO CATE- GRANDEZ CARDENAS EDISA HOSTAL RESIDENCIAL ORION AV EL OLIVAR 932 JORGE CHAVE CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 558 ESTAB. DE NO CATE- GRAU FAZA S.A GRAU FAZA AV GRAU 100 PARAMONGA HOSPEDAJE GORIZADO 559 ESTAB. DE NO CATE- GRUGAR S.R.LTDA. ORRANTIA MAR JR 1 DE JULIO 341 LIMA 17 HOSPEDAJE GORIZADO 560 ESTAB. DE NO CATE- GUARDA SUCLUPE MARIA DEL LAS MARGARITAS VI SIN NOMBRE MZ A 07 LAS MARGARITAS LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO CARMEN 561 ESTAB. DE NO CATE- GUERRA CAVERO GILBER GLORIA AV CHINCHAYSUYO 124 TAHUANTINSUYO LIMA 28 HOSPEDAJE GORIZADO 562 ESTAB. DE NO CATE- GUEVARA RENDON MARCOS LUCAS LA CALETA DE MARQUITOS NN G-7 8 JOSE CARLOS LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO Pág. 184633NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 563 ESTAB. DE NO CATE- GUITTON MARTINETTI LAURA LOS JAZMINES VI C COMERC FIORI 205 A CENTRO COME LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO ISABEL 564 ESTAB. DE NO CATE- GUTARRA RODRIGUEZ JOSE HOSPEDAJE ALBERGUE BENAVIDES JR RICARDO RIVERA 328 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO LIZANDRO 565 ESTAB. DE NO CATE- GUTIERREZ CASTRO TEOFILO HOSTAL CCARHUARAZO AV LOS HEROES 524 3 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO CRISANTO 566 ESTAB. DE NO CATE- GUTIERREZ TRUJILLO EL REY AV LOS TUSILAGOS 202 LOS JARDINES DE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO SATURNINO EDUARDO SAN JUAN 567 ESTAB. DE NO CATE- GUTIERREZ ZAVALETA DELIA AV. MICHAEL FARADAY 648 LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 568 ESTAB. DE NO CATE- GUZMAN ERAZO DE CABREJOS AV 200 MILLAS Y AV CENTRAL MZ Y LT40 LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO BEATRIZ 569 ESTAB. DE NO CATE- HEREDIA CASTILLO DE BERROCAL COSTA AZUL CA ENRIQUE OPPENHEIMER 128 ZONA “ B “ LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO ANTONIA VICTORIA 570 ESTAB. DE NO CATE- HERNANDEZ ALVA PANFILO HERNANDEZ ALVA PANFILO AV GARCILASO 1158 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 571 ESTAB. DE NO CATE- HERNANDEZ AQUIJE ALIDA B-7 AV FRANCISCO BOLOGNESI A 2 TABLADA DE LURIN LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO ROSARIO 572 ESTAB. DE NO CATE- HERNANDEZ LA TORRE ERNESTO HOSTAL GRAU AV GRAU 692 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO ARISTIDES 573 ESTAB. DE NO CATE- HIGA DE MIYASHIRO ANA HOSTAL PULLMAN AV AVIACION 730 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 574 ESTAB. DE NO CATE- HIGA HORIKAWA JORGE LUIS MONARCA AV 28 DE JULIO 2067 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 575 ESTAB. DE NO CATE- HORQQUE GARCES CARLOS HOSTAL EL VIRREY AV MALECON CHECA 429 ZARATE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO EDUARDO 576 ESTAB. DE NO CATE- HOSPEDAJE CLINTON S.A HOSPEDAJE CLINTON S.A AV ESPAÑA 386 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 577 ESTAB. DE NO CATE- HOSPEDAJE TURISTICO DU HOSPEDAJE TURISTICO DU PETIT T JR SACO OLIVEROS 366 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO PETIT THOUARS E 578 ESTAB. DE NO CATE- HOSPEDAJE TURISTICO LOS RESIDENCIAL LOS PETIRROJOS JR JOSE DIAZ 400 SANTA BEATRIZ LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO PETIRROJOS EIRL 579 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL 28 DE JULIO S.C.R.L HOSTAL 28 DE JULIO CA 28 DE JULIO 396 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 580 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL ALFREDO S.R.L. AV. EMANCIPACION 338 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 581 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL BAR CUSCO E.I.R.L. HOSTAL BAR CUSCO AV TOMAS VALLE 1933 SAN PEDRO D LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 582 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL CRYSTAL ROSA S.R.L. CRYSTAL ROSA AV NICOLAS ARRIOLA J-6 11 SANTA CATALINA LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 583 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL EL PARAISO S.A. HOSTAL EL PARAISO NN SIN NOMBRE B2 7-9 PANDO CUART LIMA 32 HOSPEDAJE GORIZADO 584 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL EL VIRREY S.R.L. HOSTAL EL VIRREY JR MARAÑON 511 LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO 585 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL FRATERNIDAD SA HOSTAL FRATERNIDAD JR LORETO 554 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 586 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL JUANITA S.R.LTDA JR. DIEGO DE AGÜERO 781 LIMA 32 HOSPEDAJE GORIZADO 587 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL LAS ESMERALDA EIRL HOSTAL LAS ESMERALDA EIRL CA ESMERALDA 898 HUANCAYO LIMA 10 HOSPEDAJE GORIZADO 588 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL LETICIA SRL HOSTAL LETICIA JR LETICIA 618 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 589 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL MEXICO E.I.R.L. AV. MEXICO 1410 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 590 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL MONTECARLO S.R.L HOSTAL MONTECARLO AV JOSE ARNALDO MA 1065 LIMA 11 HOSPEDAJE GORIZADO 591 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL MONTERRICO INN E.I.R.L. HOSTAL MONTERRICO INN CA FRANCISCO DE CU 340 LAS GARZAS LIMA 33 HOSPEDAJE GORIZADO 592 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL PACIFIC S.A. HOSTAL PACIFIC AV DEL EJERCITO 1241 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO 593 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL RESIDENCIAL DIMAR INN SA. DIMAR INN CA GONZALEZ PRADA 158 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO 594 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL RESIDENCIAL D’VILLA HOSTAL RESIDENCIAL D’VILLA VI SIN NOMBRE S PACHACAMAC LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO SRLTDA 595 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL RESIDENCIAL SAN HOSTAL SAN DIEGO VI SIN NOMBRE M-84 L-59 SAN DIEGO LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO DIEGO E.I.R.L. 596 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL SAN BORJA E.I.R.L. SAN BORJA AV AVIACION 2775 LIMA 41 HOSPEDAJE GORIZADO 597 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL SHALLIMAR S.R.LTDA. SHALLIMAR II AV DU PETIT THOUARS 376 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 598 ESTAB. DE NO CATE- HOSTAL VICNEL E.I.R.LTDA. VICNEL JR TORIBIO SEMINAR 1105 ZONA D LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 599 ESTAB. DE NO CATE- HOSTALES MOTTA S.A. HOTEL WIRACOCHA JR JUNIN 284 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 600 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL CARIBE S.A. HOTEL CARIBE AV LA MARINA 2465 MARANGA LIMA 32 HOSPEDAJE GORIZADO 601 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL CIELO AZUL S.R.LTDA. HOTEL CIELO AZUL JR SAN CRISTOBAL 1870 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 602 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL CORONA S.A CORONA JR MONTEVIDEO 640 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 603 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL CHICLAYO S.C.R.LTDA. CHICLAYO JR ALFONSO UGARTE 249 HUACHO HOSPEDAJE GORIZADO 604 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL EL DORADO S.A HOTEL EL DORADO AV JAVIER PRADO ES 5982 SAN CESAR I LIMA 12 HOSPEDAJE GORIZADO 605 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL KAISER S.A. HOTEL KAISER AV JAIME BAUZATE Y 1573 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 606 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL ROYAL S.A HOTEL ROYAL AV JAIME BAUZATE Y 1657 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 607 ESTAB. DE NO CATE- HOTEL SAN REMO S.R.L. SAN REMO JR BARTOLOME HERRERA 294 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 608 ESTAB. DE NO CATE- HOTELERA ALCALA DEL PERU S.A. HOTEL ALCALA DEL RIO AV FELIPE PARDO Y ALIAGA 300 LIMA 27 HOSPEDAJE GORIZADO 609 ESTAB. DE NO CATE- HOTELERA KIMSA E.I.R.L. ESCORPIO AV SIMON BOLIVAR 1311 LIMA 21 HOSPEDAJE GORIZADO 610 ESTAB. DE NO CATE- HUAMAN AQUINO NICOLAS UNIVERSAL AV LOPEZ PAZOS 1468 CALLAO 3 HOSPEDAJE GORIZADO 611 ESTAB. DE NO CATE- HUAMAN CARRASCO DE QUISPE LEO JR ANTONIA DE CASTRO 113 TUNGASUCA LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO LIDIA 612 ESTAB. DE NO CATE- HUAMAN HINOSTROZA FELIX CAL. PABLO ARGUEDAS 461 LIMA 43 HOSPEDAJE GORIZADO EUSEBIO 613 ESTAB. DE NO CATE- HUAMANI CORAHUA DE ANAMPA JR. WASHINGTON - II PISO 1924 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO VICENTA ANANIA 614 ESTAB. DE NO CATE- HUARIPATA YOPLA GREGORIO HOSTAL-RESTAURANT MAYAMI NN SIN NOMBRE F-1 2 SAN GENARO LIMA 09 HOSPEDAJE GORIZADO 615 ESTAB. DE NO CATE- INGA POMAJULCA BERNABE ISAIAS JR. LOS ENELDOS 499 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 616 ESTAB. DE NO CATE- INGA ROJAS ERLINDA JHERLY’S JR ALHELI 1096 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 617 ESTAB. DE NO CATE- INVERS. TURISTICAS INTI JR. CARABAYA 959 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO INKAS S.C.R.L. 618 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES JUAN PABLO S.A. LA ESTRELLA DE BELEN JR DE LA UNION 1051 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO Pág. 184634 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 619 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES LUCIANA S.A. SAN BLAS AV AREQUIPA 3940 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO 620 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES ONEEGLIO & LA HUERTA DE HUACHIPA AV LOS CISNES G-2 20 SANTA MARIA LIMA 15 HOSPEDAJE GORIZADO GALLIANI S.A. 621 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES TURISTICAS H & M VILLA ACAPULCO AV MEXICO 697 SANTA ISOLINA LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO S.R.LTDA. 622 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES TURISTICAS HOSTAL LA ALAMEDA AV JOSE PARDO 931 LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO MIRAFLORES S.A. 623 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES VARAME S.A. EL OVALO AV CENTENARIO 150 SANTA MARIA HOSPEDAJE GORIZADO 624 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES VIRGEN DEL HOSTAL BARILOCHE AV VILLAVERDE O 6 SAN AMADEO LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO CARMEN S.R.LTDA 625 ESTAB. DE NO CATE- INVERSIONES WALTER S.A. MODELO VI S.N. O 05 SECTOR 1 GR LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO 626 ESTAB. DE NO CATE- ISABEL HUARHUA SANTOS Y BRASIL JR CERVANTES 140 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO SUCESORES 627 ESTAB. DE NO CATE- ISIDORO CASTRO CAPURRO HOTEL EMBASSY LUNAHUANA NN AV MARISCAL CAS 216 LUNAHUANA HOSPEDAJE GORIZADO 628 ESTAB. DE NO CATE- ISSAC MEDINA ESTELA GRAU CA GRAU 218 SAYAN HOSPEDAJE GORIZADO 629 ESTAB. DE NO CATE- JAIMES EGUIZABAL DE ALARCON SIETE Y MEDIO ES TUPAC AMARU Y C 105 CARABAYLLO LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO MARIA MANU 630 ESTAB. DE NO CATE- JIMENEZ BONIFACIO DE ALVA KAIRO CA LOS PAPIROS A-17 LOS JARDINE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO MYRIAM VALEN 631 ESTAB. DE NO CATE- JIMENEZ FLORES HUMBERTO HOSTAL SAN MIGUEL JR HUAMAMPOMA 826 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 632 ESTAB. DE NO CATE- JORDAN PEVES PEDRO HUMBERTO HUALCARA INN VI S.N. O 17 SINDICATO DE SAN VICENTE HOSPEDAJE GORIZADO CHOFERES DE CAÑETE 633 ESTAB. DE NO CATE- JORDAN SALAS LILIANA ADRIANA EL CANDELABRO JR EL CARMEN 458 IMPERIAL HOSPEDAJE GORIZADO 634 ESTAB. DE NO CATE- JULCA DE LA CRUZ AGUSTIN HOSTAL SAN FRANCISCO JR RIO PIURA 343 LAS MORAS LIMA 30 HOSPEDAJE GORIZADO 635 ESTAB. DE NO CATE- JURADO ALLCCARIMA SIXTA GEMINIS AV FLORA TRISTAN 376 LIMA 33 HOSPEDAJE GORIZADO 636 ESTAB. DE NO CATE- KANASHIRO KANASHIRO JOSE LUIS HOSTAL LIBERTY AV ANGAMOS ESTE 778 LIMA 34 HOSPEDAJE GORIZADO 637 ESTAB. DE NO CATE- KIYAN KIYAN FRANCISCA HOSTAL PRINCE‘S AV GRAN CHIMU 415 ZARATE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 638 ESTAB. DE NO CATE- KONG MARTINEZ SANTIAGO R. HILTON‘S HOSTAL CA DERECHA 483 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 639 ESTAB. DE NO CATE- LA ADMINISTRACION S.A LA ADMINISTRACION JR CHANCAY 633 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 640 ESTAB. DE NO CATE- LA CRUZ CORDOVA MATILDE AMPARO FRENTE A LA CAIDA DE AGUA MZ.A L.26 LIMA 09 HOSPEDAJE GORIZADO 641 ESTAB. DE NO CATE- LA RESIDENCIA S.A LA RESIDENCIA AV DU PETIT THOUARS 4067 LIMA 27 HOSPEDAJE GORIZADO 642 ESTAB. DE NO CATE- LAMAS LEON KAREM MERCEDES MANU AV TOMAS VALLE 1395 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 643 ESTAB. DE NO CATE- L’ANTARQUI S.A. L’ANTARQUI S.A. AV AGUSTIN DE LA ROSA 1100 JACARANDA LIMA 41 HOSPEDAJE GORIZADO 644 ESTAB. DE NO CATE- LAS PALMERAS S.A. LAS PALMERAS CA RIVERA DEL MAR 1 4 CERRO AZUL HOSPEDAJE GORIZADO 645 ESTAB. DE NO CATE- LAU LIU LAU KWOK PING Y LAU HOSTAL PUNO JR PUNO 547 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO KWOK SRLTD 646 ESTAB. DE NO CATE- LEYVA FLORES AGRIPINA HOSTAL ANCASHINO AV GUILLERMO DE LA 176 SANTA LUZMI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 647 ESTAB. DE NO CATE- LIMA VILCA ROXANA GEMINIS VI S-N C 1 PRO INDUSTR LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 648 ESTAB. DE NO CATE- LIN QISHENG JR. HUALLAGA 855 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 649 ESTAB. DE NO CATE- LINARES ASPAJO BETSI AV. MARISCAL LA MAR 145 LIMA 32 HOSPEDAJE GORIZADO 650 ESTAB. DE NO CATE- LO TANG KUAN MENG LO TANG KUAN MENG AV ARENALES 1139 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 651 ESTAB. DE NO CATE- LOBO TORRES VILMA GLADYS EL IMPERIO AV REVOLUCION 2260 COLLIQUE LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 652 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ CENTA GUADALUPE SHALOM JR APOMAYTA 548 ZARATE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 653 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ CHILON FELIX SECUNDINO JR. LOS EBANOS 109 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 654 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ DOMINGUEZ JULIO LOPEZ DOMINGUEZ JULIO AV LOS ANDES B 12 PANAMERICAN LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 655 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ HUARI NEMESIO HOSTAL JHERLY JR CONTUMAZA 963 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 656 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ LUIS ANTONIO URB. LA CANDELARIA C 13 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 657 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ MELGAREJO LOLI AMERICO LAS TULLPAS AV UNIVERSITARIA 527 SANTA ISOLI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 658 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ MIRANDA SOFIA DEL SUR AV INDUSTRIAL # 442 E 11 SECTOR 1 GRUPO LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO RESIDENCIAL 2 659 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ MOGOLLON FRANCISCO ESTABLECIMIENTO DE HOSPE.ALI CA LIMA 536 SUPE PUERTO HOSPEDAJE GORIZADO 660 ESTAB. DE NO CATE- LOPEZ TORRES ALFREDO WALTER TRADICION CA LOS TILOS 97 19 DE VIVIENDA LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 661 ESTAB. DE NO CATE- LOZANO LUCERO AMANDA LA BELLA DURMIENTE NO. II CA ANTONIA DE CASTRO I 24 TUNGASUCA LIMA 06 HOSPEDAJE GORIZADO 662 ESTAB. DE NO CATE- LUI KEI WAN EL DORADO AV NICOLAS DE PIEROLA 300 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 663 ESTAB. DE NO CATE- LUO SIU CHING LA VICTORIA AV MANCO CAPAC 192 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 664 ESTAB. DE NO CATE- LLACZA HUAMAN HUGO HOSTAL LOS OLIVOS AV NARANJAL 475 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 665 ESTAB. DE NO CATE- MACHUCA AYALA SANDRO NORMAN HOSTAL SUN ZET AV JOSE GALVEZ 172 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 666 ESTAB. DE NO CATE- MAGALLANES ARANA FRANCISCO HOSTAL COPACABANA AV MALECON CHECA 159 ZARATE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO FELIX 667 ESTAB. DE NO CATE- MAGUINA RONDAN RAYMUNDO EL DORADO II AV MAYTA CAPAC S/MZ LOTES 10-11 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 668 ESTAB. DE NO CATE- MAMANI APARICIO DE CANO EL PARAISO CA ALFONSO UGARTE 172 LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO BENEDICTA 669 ESTAB. DE NO CATE- MAMANI APAZA MARCELINO RECEPCIONES GRAU AV GRAU 186 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 670 ESTAB. DE NO CATE- MANRRIQUE VASQUEZ CANTALICIO INDEPENDENCIA JR FAUSTINO SANCHE 140 LIMA 28 HOSPEDAJE GORIZADO 671 ESTAB. DE NO CATE- MARATUECH AVIA ENRIQUE HILTON PR CALLE DERECHA 110 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 672 ESTAB. DE NO CATE- MARIN CACHAY ROLANDO HOSTAL ESCORPIO AV METROPOLITANA 970 SANTA ISOLI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 673 ESTAB. DE NO CATE- MARINO GARCIA DE CONA FELICITA SIMPSON JR VIVIANO PAREDES 467 B LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO EDELMIRA 674 ESTAB. DE NO CATE- MARIO PELAEZ A E.I.R.L HOSTAL MARIO S . JR EMETERIO PEREZ 333 INGENIERIA LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO Pág. 184635NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 675 ESTAB. DE NO CATE- MARROQUIN LOZANO ADA ISABEL MELODY AV ANGAMOS ESTE 1680 LIMA 34 HOSPEDAJE GORIZADO 676 ESTAB. DE NO CATE- MARRUJO MENDOZA ARMANDO AV. DE LOS HEROES MZ H LT13 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 677 ESTAB. DE NO CATE- MARTINEZ CONVERSION LADISLAO HOSTAL OBRERO JR DE LA UNION 472 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 678 ESTAB. DE NO CATE- MARTINEZ RAMIREZ DE HARADA HOSPEDAJE ACUARIO VI SIN NOMBRE S 5 CANTO REY 2 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO LOURDES LID 679 ESTAB. DE NO CATE- MATURANA ESPEJO JOSE SAN JOSE JR NICANOR GARCIA 347 INGENIERIA LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 680 ESTAB. DE NO CATE- MATURANA ROSALES JOSE COSMOPOLITAN JR CASTILLA 267 BARRANCA HOSPEDAJE GORIZADO MIGUEL ANGEL 681 ESTAB. DE NO CATE- MAURICIO GRADOS JOSE ALCIDES LOS FRUTALES JR MANUEL ANTONIO LINO 450 CHONTA LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 682 ESTAB. DE NO CATE- MAURTUA BARDALES MARLENE MAURTUA BARDALES MARLENE JR AMAZONAS 359 LIMA 17 HOSPEDAJE GORIZADO 683 ESTAB. DE NO CATE- MAZUELOS MEZA JOSE ARNALDO MAZUELOS MEZA JOSE ARNALDO AV BAUZATE Y MEZA 440A LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 684 ESTAB. DE NO CATE- MEJIA PEREZ ANDRES UBERDINO CAL. LEONCIO PRADO 149 LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO 685 ESTAB. DE NO CATE- MELGAREJO CALERO LEONOR SAKURA AV CARLOS IZAGUIRRE L 34 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 686 ESTAB. DE NO CATE- MENA TEJADA PATRICIA ELENA LOS JARDINES CA ENRIQUE PALACIOS A 54 LOS JARDINES LIMA 43 HOSPEDAJE GORIZADO 687 ESTAB. DE NO CATE- MENDOZA PENA MARIA GRACIELA HOSTAL EL REFUGIO JR CHANCAY 841 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 688 ESTAB. DE NO CATE- MINANO PEREZ SUSANA CRISTINA LOS JARDINES CA VILLAC UMO 1245 ZARATE LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 689 ESTAB. DE NO CATE- MOLINA ORREGO JUAN CARLOS MARENTO JR VIVIANO PAREDES 1051 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 690 ESTAB. DE NO CATE- MONTELLANOS VASQUEZ SAMUEL HOSTAL OASIS AV ANGELICA GAMARRA B 8-9 EL TREBOL LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 691 ESTAB. DE NO CATE- MORALES LAYME MARCOS PIRAMIDE DE ORO AV ALFREDO MENDIOLA 158 INGENIERIA LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 692 ESTAB. DE NO CATE- MORENO SOLANO FRANCISCA MORENO SOLANO FRANCISCA VI SIN NOMBRE E7 2 JUAN PABLO II LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO ANTONIA ANTONI 693 ESTAB. DE NO CATE- MOSQUERA ZAVALA YOLANDA LA POSADA AV 22 DE AGOSTO A 37 SANTA LUZMI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO OLINDA 694 ESTAB. DE NO CATE- MOTA MALDONADO REYNA MARY LUNA JR ATAHUALPA 159 HUACHO HOSPEDAJE GORIZADO 695 ESTAB. DE NO CATE- MOTTA LIBIAS RAUL LORIN MOTTA LIBIAS RAUL LORIN AV GARCILASO DE LA 7 LIMA 02 HOSPEDAJE GORIZADO 696 ESTAB. DE NO CATE- MUNOZ TORRES ROSA ESTHER PENSION MONTECARLO AV BRASIL 3435 LIMA 17 HOSPEDAJE GORIZADO 697 ESTAB. DE NO CATE- MURGUIA VDA. DE LEON ALICIA CORAZON DE JESUS JR ARICA 602 CANTA HOSPEDAJE GORIZADO 698 ESTAB. DE NO CATE- MURILLO MANRIQUE OSCAR HOSTAL AZUL AV HUAYLAS 745 101 SAN JUAN LIMA 09 HOSPEDAJE GORIZADO 699 ESTAB. DE NO CATE- NEGOCIOS TURISTICOS GOLDEN HOSTAL GOLDEN STARS AV ALFREDO MENDIOLA 915 917 PALAO LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO STARS SA 700 ESTAB. DE NO CATE- NOBORIKAWA MIYASATO ENRIQUE HOTEL NIKKO JR MONTEVIDEO 608 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 701 ESTAB. DE NO CATE- NOLASCO LLACSAHUANCA OBBY AV VICTOR CASTRO I 1189 SAN JUAN - LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO JUAN JOSE 702 ESTAB. DE NO CATE- NUNEZ NUNEZ DE VILLALTA ROSA HOSTAL MI CASA VI SIN NOMBRE MZ F 10 EL PALERMO LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO 703 ESTAB. DE NO CATE- ÑIQUEN RODRIGUEZ MIGUEL AV. VENEZUELA F4 5 CALLAO 2 HOSPEDAJE GORIZADO 704 ESTAB. DE NO CATE- OBDULIA GARCIA DE SALAZAR DANUBIO NN MARISCAL CASTILLA 0000 CAJATAMBO HOSPEDAJE GORIZADO 705 ESTAB. DE NO CATE- OCAMPO TRIGOSO ROSA EXCALIBUR AV PERU 1780 PERU LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO MARGARITA 706 ESTAB. DE NO CATE- OJEDA SANCHEZ LUZ MARINA HOSPEDAJE SAMOA VI SIN NOMBRE B 04 VALLE HERMO IMPERIAL HOSPEDAJE GORIZADO 707 ESTAB. DE NO CATE- OPERADORA DE HOTELES LAS HOTEL Y CENTRO DE CONVEN- CAR CENTRAL 11.2 SANTA CLARA LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO AMERICAS S.A. CIONES EL PUEBLO LAS AMERICAS 708 ESTAB. DE NO CATE- ORE VDA. DE SIMON MARTHA OTILIA ACUARIO AV VICTOR CASTRO I 455 SAN JUAN DE LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 709 ESTAB. DE NO CATE- ORELLANA TOVAR NOEMI GLADYS EL REFUGIO DE MACELI AV CANTO GRANDE H-1 24 DE VIVIENDA LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 710 ESTAB. DE NO CATE- ORTIZ CONTRERAS FELIX DAVIS CAR. CENTRAL KM.6.2 C 4 LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 711 ESTAB. DE NO CATE- OSORIO BONILLA JESUS MARINO AV. UNIVERSITARIA 407 LIMA 32 HOSPEDAJE GORIZADO 712 ESTAB. DE NO CATE- OSORIO BONILLA TERESA DEL HOSTAL CENTRAL AV ARGENTINA 6054 CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO ROSARIO 713 ESTAB. DE NO CATE- OSORIO BONILLA TERESA DEL HOSTAL WELCOME I CA KENKO 193 LIMA 21 HOSPEDAJE GORIZADO ROSARIO 714 ESTAB. DE NO CATE- OTIVO DE MOLINA JUANA VICTORIA CAL. PABLO ARGUEDAS 101 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 715 ESTAB. DE NO CATE- PABLO ASCON CONSUELO ACUARIUS JR AYACUCHO 758 JOSE GALVEZ LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO 716 ESTAB. DE NO CATE- PADILLA CORDOVA ERNESTO MI CASA JR HUANCAVELICA 1069 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO DARWIN 717 ESTAB. DE NO CATE- PADILLA HERMOSILLA CARMEN HOSTAL SAN VALENTIN AV JOSE LEAL 154 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 718 ESTAB. DE NO CATE- PALACIOS OSTO JUAN HOSTAL LA PALOMA AV PRIMAVERA MZ C 8 EL CALICHE LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO 719 ESTAB. DE NO CATE- PANAMA SRLTDA HOSTAL PANAMA JR ANTONIO BAZO 569 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 720 ESTAB. DE NO CATE- PANDURO DEXTRE KRISTABEL AV. EL MURO K2 2 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 721 ESTAB. DE NO CATE- PANIFICADORA FORTIS Y LOS CLAVELES VI SIN NOMBRE L-4 20 BENAVIDES LIMA 33 HOSPEDAJE GORIZADO TURISMO S.A. 722 ESTAB. DE NO CATE- PANUERA MERCADO VILMA ANGELICA AV. ENRIQUE FERMI 582 LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 723 ESTAB. DE NO CATE- PARICANAZA SOTO FELIX HOSTAL DANUBIO VI SECTOR 2 GRUPO E 06 MICAELA BAS LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO 724 ESTAB. DE NO CATE- PATINO JIMENEZ DARIO WILLIAM KORI WASI JR WASHINGTON 1137 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 725 ESTAB. DE NO CATE- PATINO JIMENEZ MONICA LUZ CARIBE JR CAÑETE 770 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 726 ESTAB. DE NO CATE- PENA ORTIZ JUSTINO HOSTAL PENA AV CAHUAS 690 HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 727 ESTAB. DE NO CATE- PEREZ ALBELA TERRAZAS MOSHE GRUPO 17 MZ-J LT19 LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO OMAR 728 ESTAB. DE NO CATE- PEREZ BARRETO ALEGRIA HOSTAL KORT JOLLJY AV ALFONSO UGARTE 249 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO FEDERICO ALBERTO 729 ESTAB. DE NO CATE- PEREZ DIAZ ANDRES LA ESPERANZA AV LOS POSTES 328 SAN HILARIO LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 730 ESTAB. DE NO CATE- PINEDO MANRIQUE HIPOLITO EL PARAISO AV MIGUEL ANGEL 244 FIORI LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO MARCIAL Pág. 184636 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 731 ESTAB. DE NO CATE- PONCE LAMAS JORGE PENSION LOS PINOS JR INDEPENDENCIA 248 LIMA 04 HOSPEDAJE GORIZADO 732 ESTAB. DE NO CATE- PONCE PAREDES JORGE ENRIQUE HOSTAL LAS PALMERAS AV LAS PALMERAS MZ-J L-14 DOS DE JULI CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 733 ESTAB. DE NO CATE- PONCE VALDERRAMA ELOY HOSTAL VALLE HERMOSO AV SAN MARTIN 2141 SANTA EULAL SANTA EULALIA HOSPEDAJE GORIZADO 734 ESTAB. DE NO CATE- POON TIN YAU HOSTAL SANTA MONICA AV JUAN ANTONIO PE 1419 LIMA 27 HOSPEDAJE GORIZADO 735 ESTAB. DE NO CATE- PORLES NATIVIDAD JOSE CENTRAL JR GALVEZ 150 BARRANCA HOSPEDAJE GORIZADO 736 ESTAB. DE NO CATE- PORLLES GARCIA SERGIO HOSTAL 5 MENTARIO AV TOMAS VALLE 1271 SIMA LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 737 ESTAB. DE NO CATE- PORRAS TOVAR GLADYS VILMA SANTO DOMINGO DE GUZMAN DE S. AV CALCA A-1 11B 27 DE ABRIL LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 738 ESTAB. DE NO CATE- PORTUGUEZ ARIAS SAUL NILO HOSTAL ALADINO NN U 19 SANTA ROSA SAN VICENTE HOSPEDAJE GORIZADO DE CAÑETE 739 ESTAB. DE NO CATE- PRIETO RAMIREZ LAS NIEVES JR. LAS GEMAS 459 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 740 ESTAB. DE NO CATE- PUCA MONTES JULIO CHINKANA AV JOSE CARLOS MAR 151 9 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 741 ESTAB. DE NO CATE- QUECANO QUECANO NAZARIO QUECANO QUECANO NAZARIO AV LOS JARDINES ES MZ 3 5 LAS FLORES LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO CELSO CELSO 742 ESTAB. DE NO CATE- QUEZADA VALLES ROSA LUZ ARUBA AV TOMAS VALLE MZ K 23 JORGE CHAVEZ CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 743 ESTAB. DE NO CATE- QUILLAY HUAMAN MARIO TOMAS HOSTAL EL ROSARIO CA MANCO CAPAC 178 EL ROSARIO HUARAL HOSPEDAJE GORIZADO 744 ESTAB. DE NO CATE- QUINONES ULLOA JORGE ALFREDO LUNA PIZARRO AV LUNA PIZARRO 366 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO 745 ESTAB. DE NO CATE- QUINTANA LOPEZ DIOFANTO CAL. CARLOS FERMIN FITZCARRALD 1493 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO LADISLAO 746 ESTAB. DE NO CATE- QUISPE CELIS DE BALCAZAR QUISPE CELIS DE BALCAZAR AV TUPAC AMARU 411 LIMA 06 HOSPEDAJE GORIZADO MARIA OTILIA MARIA 747 ESTAB. DE NO CATE- QUISPE GASPAR DE CASAS CARMEN LA CABANA AV MARIA PARADO DE BELLIDO 301 HOGAR POLICIAL LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO 2DA ETAPA 748 ESTAB. DE NO CATE- QUISPE MENDOZA MARTIN LADY DI AV LOS HEROES 239 PAMPLONA BA LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 749 ESTAB. DE NO CATE- QUISPE MONTIEL GREGORIO ECUATORIANO NN A PANAMERICANA C 1 PANAMERICAN LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 750 ESTAB. DE NO CATE- RAMIREZ ABANTO SARA ISABEL SHARON JR JOAQUIN BERNAL 409 A LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 751 ESTAB. DE NO CATE- RAMIREZ CASAS DE VILLANUEVA HOSTAL TROPICAL JR LORETO 790 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO ANDREA BEA 752 ESTAB. DE NO CATE- RAMIREZ MENDIZABAL JUAN MANUEL TU SITIO MA MALECON SAN MARTIN 109 LIMA 20 HOSPEDAJE GORIZADO 753 ESTAB. DE NO CATE- RAMOS CORONEL Y BARDALEZ RABAR PJ MANUEL VILLAR 152 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO SIFUENTES S.R.LTDA. 754 ESTAB. DE NO CATE- RANILLA GOMEZ MARIA EUGENIA LOS PLANETAS JR LOS PLANETAS 6 63 AÑO NUEVO LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 755 ESTAB. DE NO CATE- RAYMUNDO CAHUANA GINA LUCIA CAL. MICAELA BASTIDAS 170 LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO 756 ESTAB. DE NO CATE- REJANO BENDEZU VICTOR HOSTAL LA HUANTINITA AV 15 DE JULIO S/N 37 HUAYCAN UCV LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 757 ESTAB. DE NO CATE- REPRESENTACIONES CRUZ REPRESENTACIONES CRUZ JR MONTEVIDEO 1158 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO DONAYRE HNOS.S.R 758 ESTAB. DE NO CATE- RETUERTO CHAVEZ JUAN CARLOS RETUERTO CHAVEZ JUAN CARLOS AV TUPAC AMARU 2098 LIMA 28 HOSPEDAJE GORIZADO 759 ESTAB. DE NO CATE- REYES ACOSTA JONAS HOSTAL EL AEROPUERTO AV TOMAS VALLE B 8 CONDOR CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 760 ESTAB. DE NO CATE- RIOS PRADA SILVIA REGINA AV. CANTA CALLAO MZ M LT48 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 761 ESTAB. DE NO CATE- RIVAS LOPEZ DE BOBBIO NORMA BLUE BEACH VI S-N A-1 31 AMPLIACION LIMA 24 HOSPEDAJE GORIZADO 762 ESTAB. DE NO CATE- RIVERA DE QUINTANILLA MARIA HOSTAL ALAMEDA NN SIN NOMBRE L 27 GAMBETA BAJ CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 763 ESTAB. DE NO CATE- RIVERA FONG JOE RAMIRO CAR. PANAMERICAN NORTE 1876 SANTA MARIA HOSPEDAJE GORIZADO 764 ESTAB. DE NO CATE- ROBLES BARBOZA VILMA ROCIO ARSEVI VI AUTOPISTA A LA U-5 16 LOS LICENCI CALLAO 6 HOSPEDAJE GORIZADO 765 ESTAB. DE NO CATE- RODRIGUEZ ARAGON JHIM ALAIN RITUAL JR UCAYALI 199 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 766 ESTAB. DE NO CATE- RODRIGUEZ CHOQUE JULIO THE RIPLEY’S CA LOS SAUCES 160 JOSE CARLOS LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO 767 ESTAB. DE NO CATE- RODRIGUEZ VASQUEZ DE BURGA JR. JOSE OLAYA 114 01 HUACHO HOSPEDAJE GORIZADO MARIA ANTONIE 768 ESTAB. DE NO CATE- ROJAS ARENAS MAPY JUDITH HOSTAL RISSO JR RISSO 226 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 769 ESTAB. DE NO CATE- ROJAS DE SALES NANCY SUBSECTOR 6 DERECHO X 25 CALLAO 6 HOSPEDAJE GORIZADO 770 ESTAB. DE NO CATE- ROJAS GALLEGOS GLADYS AURORA AV. LIZARDO MONTERO 102 LIMA 29 HOSPEDAJE GORIZADO 771 ESTAB. DE NO CATE- ROJAS PELLA MARIA ESTHER CASA BLANCA CA CALLE 6 B 11 INDUSTRIAL CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 772 ESTAB. DE NO CATE- ROJAS ROJAS NANCY AV. ALFREDO MENDIOLA 4771 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 773 ESTAB. DE NO CATE- ROMERO MORAN TEODOCIO HOSTAL PARAISO AV LOS GORRIONES 164 A LIMA 43 HOSPEDAJE GORIZADO 774 ESTAB. DE NO CATE- ROSANA HILDA TRUINIDAD ROSANA HILDA TRUINIDAD CA MAYOR RUI 251 CHANCAY HOSPEDAJE GORIZADO RIVERA DE MARTI 775 ESTAB. DE NO CATE- RUIZ SOLIS JULIO RUIZ SOLIS JULIO AV LA PAZ 2308 LIMA 32 HOSPEDAJE GORIZADO 776 ESTAB. DE NO CATE- SAAVEDRA SUSANO CIRILO SHEILLA JR ALMIRANTE GRAU 288 CHURIN CHURIN HOSPEDAJE GORIZADO 777 ESTAB. DE NO CATE- SALAMANCA FALCONI JULIO ANGELA’S AV CANTO GRANDE 3263 CANTO NUEVO LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO CESAR AUGUSTO 778 ESTAB. DE NO CATE- SALAZAR GARCIA MILLA ROMUALDO JR. HUACHO 180 OYON HOSPEDAJE GORIZADO 779 ESTAB. DE NO CATE- SALDARRIAGA URBINA GLORIA HOSTAL UNION JR DE LA UNION 442 12 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 780 ESTAB. DE NO CATE- SALINAS BRENA OLGA ARMINDA EL CONQUISTADOR AV LIMA SUR 1179 A LIMA 15 HOSPEDAJE GORIZADO 781 ESTAB. DE NO CATE- SALINAS REYES LORENA DEL PILAR LOS PILARES I VI S/N A 13 LOS PILARES AZULES CALLAO 1 HOSPEDAJE GORIZADO 782 ESTAB. DE NO CATE- SANCHEZ ACUNA DE MENDOZA PRINCIPE AZUL AV S.N. M 19 SAN LUIS LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO SABINA 783 ESTAB. DE NO CATE- SANCHEZ CAHUANA JOSE CELESTINO AV. L. SANCHEZ CERRO 2050 LIMA 11 HOSPEDAJE GORIZADO 784 ESTAB. DE NO CATE- SANCHEZ CAMARENA SOCIMO HOSTAL SAN REMO VI S/N Q3 31 DANIEL ALCI LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 785 ESTAB. DE NO CATE- SANCHEZ CANDELA FELIX HOSTAL IMPERIAL AV LA MAR 415 IMPERIAL HOSPEDAJE GORIZADO 786 ESTAB. DE NO CATE- SANCHEZ MARIN DALILA LA PERLA DEL PACIFICO JR MONTEVIDEO 690 CALLAO 4 HOSPEDAJE GORIZADO Pág. 184637NORMAS LEGALESLima, lunes 13 de marzo de 2000 787 ESTAB. DE NO CATE- SANCHEZ PINEDA JOSE AMADOR DAVID JR HUANUCO 3782 PERU LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 788 ESTAB. DE NO CATE- SANCHEZ ZEVALLOS LUIS ALBERTO POR PARADERO ENATA MZ Q LT29 LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 789 ESTAB. DE NO CATE- SANTOS ZAMORA NORMA ARIANA PR LEONCIO PRADO 420 HUACHO HOSPEDAJE GORIZADO EMPERATRIZ 790 ESTAB. DE NO CATE- SEDANO RUBIANES JUAN ARTURO CAR. CENTRAL N 4 LIMA 03 HOSPEDAJE GORIZADO 791 ESTAB. DE NO CATE- SERTUR LA CONFIANZA S.R.L. SERTUR LA CONFIANZA S.R.L. JR PUNO 920 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 792 ESTAB. DE NO CATE- SERVICE HOSTAL ISIS S.R.L. PSJ.CORONEL INCLAN 157 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 793 ESTAB. DE NO CATE- SERVICIOS DIVERSOS RAMOS HOSTAL EL NARANJAL AV LOS ALISOS 243 URB EL NARA LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO HNOS.SRL. 794 ESTAB. DE NO CATE- SERVICIOS KENDALL S.R.L SERVICIOS KENDALL JR LAS LILAS 189 LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO 795 ESTAB. DE NO CATE- SERVICIOS TURISTICOS HOSTAL KENTY AV MARCONA N.160-1 I 24 SAN IGNACIO LIMA 33 HOSPEDAJE GORIZADO KENTY S.R.LTDA. 796 ESTAB. DE NO CATE- SERVICIOS TURISTICOS Y MODERNO AV MANCO CAPAC 196 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO HOTELEROS ANITA 797 ESTAB. DE NO CATE- SHIMABUKURO SHIMABUKURO HOSTAL RESIDENCIAL PISIS AV MANCO CAPAC 149 LIMA 13 HOSPEDAJE GORIZADO AUGUSTO 798 ESTAB. DE NO CATE- SILVA HUAMAN BENJAMIN HOSTAL RESIDENCIAL BRENA JR CASTROVIRREYNA 704 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 799 ESTAB. DE NO CATE- SIMEON MONTES ELVIS JOEL ROYAL II AV CENTENARIO 391 SANTA MARIA HOSPEDAJE GORIZADO 800 ESTAB. DE NO CATE- SOTO ARAUJO NILDA MIL SUENOS CA RAMON ZAVALA 210 LOS FICUS LIMA 43 HOSPEDAJE GORIZADO 801 ESTAB. DE NO CATE- SOTO TAMARIZ ROLANDO JR. LA VERACIDAD 8138 22 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 802 ESTAB. DE NO CATE- SUBAYI INTERNATIONAL S.R.L. SUBAYI INTERNATIONAL JR WASHINGTON 1738 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 803 ESTAB. DE NO CATE- SUC CESAR MENENDEZ NELSON CENTRAL JR 2 DE MAYO 239 SAN VICENTE HOSPEDAJE GORIZADO DE CAÑETE 804 ESTAB. DE NO CATE- SUCESION LOPEZ ILLANES RICARDO HOSTAL ASTORIA CA MARISCAL CASTILLA 201 CHURIN HOSPEDAJE GORIZADO 805 ESTAB. DE NO CATE- TABOADA PORTELLA HERMINIO HOSTAL RESIDENCIAL JR ALFONSO UGARTE 695 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO EL PRESIDENT 806 ESTAB. DE NO CATE- TAFUR LOPEZ EDGAR ANTONIO EL CHAPARITO VI S.N. J 13 SECTOR 2 GR LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO 807 ESTAB. DE NO CATE- TAPIA DE LA CRUZ CARLOS LOS ROSALES JR PINAR DEL RIO 1807 PERU LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO ANTONIO 808 ESTAB. DE NO CATE- TARAZONA TRUJILLO IGNACIA MONTREAL AV EL MERCADO S/N 22 MARISCAL CACERES LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO III SECTOR 809 ESTAB. DE NO CATE- TEJADA CACERES MARTHA RECUERDOS VI S/N F 17 SECTOR 6 GRUPO 3A LIMA 42 HOSPEDAJE GORIZADO CDRA 17 JUAN VELASCO 810 ESTAB. DE NO CATE- TERAN TATAJE TALHIA BERENICE CHINESSE MOUSE PJ CHEPEN 184 LIMA 32 HOSPEDAJE GORIZADO 811 ESTAB. DE NO CATE- TIBURCIO VENTURA JORGE LUIS JR. MARAÑON 517 LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO 812 ESTAB. DE NO CATE- TOCTO DE LARGO CARMEN TOCTO DE LARGO CARMEN CA A K1 30 LIMA 23 HOSPEDAJE GORIZADO 813 ESTAB. DE NO CATE- TORRES LEON SANTIAGO ACUARIO AV LARCO HERRERA 337 CHURIN CHURIN HOSPEDAJE GORIZADO 814 ESTAB. DE NO CATE- TURISMO INGENIERIA SA HOSTAL TUPAC AV TUPAC AMARU 369 371 CARABAYLLO LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 815 ESTAB. DE NO CATE- TURISMO MOCHICA S.A. TURISMO MOCHICA AV SANTA CRUZ 665 AMERICA LIMA 18 HOSPEDAJE GORIZADO 816 ESTAB. DE NO CATE- URIOL VALLE JAVIER ULISES FANTASIA AV RIVA AGÜERO 1124 LIMA 10 HOSPEDAJE GORIZADO 817 ESTAB. DE NO CATE- VALDERRAMA ANAYA CESAR VALDERRAMA ANAYA CESAR AV PROCERES A 3-4 SAN PEDRO D LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 818 ESTAB. DE NO CATE- VALDEZ FLORES NANCI ROSALIT AV CARLOS IZAGUIRRE CDRA 6 B 39 LIMA 39 HOSPEDAJE GORIZADO 819 ESTAB. DE NO CATE- VALERA COTRINA REGINA VALERA COTRINA REGINA AV LOS JARDINES ES 117 LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO PERPETUA PERPETUA 820 ESTAB. DE NO CATE- VALVERDE CHUGNAS CARMEN EL MARQUEZ AV FELIPE ARANCIBIA 290 LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO MAGDALENA 821 ESTAB. DE NO CATE- VARGAS CALDERON RENAN LA POSADA DEL PUENTE AV NUEVA TOLEDO 12 1 TERCERA ETA LIMA 40 HOSPEDAJE GORIZADO 822 ESTAB. DE NO CATE- VARGAS CHAVEZ ROBERTO MONTECARLO AV FRAY BARTOLOME 514 LOS JARDINE LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO FRANCISCO 823 ESTAB. DE NO CATE- VARGAS TROLL GINO ANTONIO CAR. PANAMERICANA SUR 88 MALA HOSPEDAJE GORIZADO 824 ESTAB. DE NO CATE- VARILLAS VILCHEZ JOSE DANILO LARRABURE PJ LARRABURE 116 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 825 ESTAB. DE NO CATE- VASQUEZ COLLANTES DOLORES HOSPEDAJE EL PARQUE JR LOS LULOS K1 13 NARANJAL LIMA 31 HOSPEDAJE GORIZADO 826 ESTAB. DE NO CATE- VASQUEZ QUIROZ MOISES EL SOL JR CARHUAZ 120 LIMA 05 HOSPEDAJE GORIZADO 827 ESTAB. DE NO CATE- VEJARANO SANCHEZ SOFIA HOSTAL EL TRIUNFO JR JOSE SANTOS CHO 176A LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO 828 ESTAB. DE NO CATE- VICTOR GERARDO NEIRA MARTIN SANTA INES CA PASAJE SAN JOSE 3041 LIMA 08 HOSPEDAJE GORIZADO 829 ESTAB. DE NO CATE- VILCA ZEVALLOS ADOLFO LOS AMELOS JR LOS AMELOS 1710 SAN HILARION LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 830 ESTAB. DE NO CATE- VILLACORTA YATACO IGNACIO CHELITA HNOS NN B 39 RESIDENCIAL LIMA 22 HOSPEDAJE GORIZADO DANIEL 831 ESTAB. DE NO CATE- VILLANUEVA PATINO MARIA BUENOS AIRES JR DOMINGO CASANOV 283 LOBATON LIMA 14 HOSPEDAJE GORIZADO ANTONIETA 832 ESTAB. DE NO CATE- VILLANUEVA PONTE ISAAC HOSTAL VILLA AV RESTAURACION 128 CUIDAD Y CA LIMA 25 HOSPEDAJE GORIZADO 833 ESTAB. DE NO CATE- VILLAORDUNA ESCALANTE GEBERIO LA HACIENDA CAR. PANAMERICANA NORTE 91.5 CHANCAYLLO CHANCAY HOSPEDAJE GORIZADO 834 ESTAB. DE NO CATE- VILLAVICENCIO FLORES MARLENE CANCUN AV PACHACUTEC G 2 19 DE JULIO LIMA 35 HOSPEDAJE GORIZADO 835 ESTAB. DE NO CATE- VIRGILIO S.A. HOSTAL INDIANAPOLIS JR OCOÑA 316 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 836 ESTAB. DE NO CATE- VIZURRAGA CUELLAR ROBERTO POSADA EL SEMBRADOR AV BARTOLOME SUARE 451 SAYAN HOSPEDAJE GORIZADO MERCEDES 837 ESTAB. DE NO CATE- YARASCA BALDEON CELIA CAL. LA ESMERALDA 946 LIMA 10 HOSPEDAJE GORIZADO PRIMITIVA 02 838 ESTAB. DE NO CATE- YARINGANO CAMARENA SILVIA KONFORT AV SAN JUAN 1130 LAS MORAS LIMA 30 HOSPEDAJE GORIZADO GUMERCINDA 839 ESTAB. DE NO CATE- YZAGUIRRE VILLANUEVA ESTELA EL MARQUEZ AV CANTO GRANDE 3688 CANTO GRAND LIMA 36 HOSPEDAJE GORIZADO 840 ESTAB. DE NO CATE- ZAMALCA S.R.LTA. KADIYE JR CHANCAY 932 LIMA 01 HOSPEDAJE GORIZADO 841 ESTAB. DE NO CATE- ZARA EMMA TARRILLO LINARES MIL CHALPON AV CARABAYLLO 573 SANTA ISOLI LIMA 07 HOSPEDAJE GORIZADO 2919 Pág. 184638 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de marzo de 2000 MUNICIPALIDAD DE COMAS Establecen tarifas de arbitrios de limpieza pública, y parques y jardines ORDENANZA Nº 05-2000-C/MC Comas, 1 de marzo de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION ORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA; Y, Visto el Informe Nº 18-2000-OAT-DM/MC, por el cual la Oficina de Administración Tributaria, propone mante ner la tarifa de Arbitrios del año 1999 para el año 2000, e incluir su cobro para las Entidades y Empresas Públicas; CONSIDERANDO: Que, la Norma IV del Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF esta blece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza puedan crear, modificar y suprimir sus Contribuciones, Arbitrios, Derechos, Licencias o Exonerar de ellas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, con Ordenanza Nº 09-99-C/MC de fecha 23 de marzo de 1999 la Municipalidad de Comas aprueba el marco del régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública (Relleno Sanitario), Parques y Jardines; Que, con Ordenanza Nº 17-99-C/MC, de fecha 15 de julio de 1999, atendiendo el reclamo de algunos contribu yentes fue necesario hacer modificaciones en la categori zación establecida en la Ordenanza Nº 09-99-C/MC prin cipalmente en el rubro de Comercio y Servicios; Que, en la Ordenanza Nº 09-99-C/MC no considera las Entidades Públicas y Empresas privadas con participa ción del Estado; Que, a pesar del fuerte incremento que han sufrido los combustibles, lubricantes, repuestos, llantas y otros im plementos utilizados para la prestación del servicio de Limpieza, la actual administración no incrementará para el año 2000 el valor tarifario para la Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario; asimismo es conveniente otorgar beneficios que motiven a los contri buyentes a cumplir sus obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni ca de Municipalidades Nº 23853; ORDENANZA: Artículo Primero.- Mantener para el año 2000 la vigencia de la Tarifa de Arbitrios aprobado por Ordenan za Nº 09-99-C/MC, y sus modificatorias. Artículo Segundo.- Incorporar, en el Anexo III a) Uso Servicios Descripción S-1 de la Ordenanza Nº 09-99-C/MC a las Entidades Públicas y Empresas Privadas con participa ción del Estado, quedando redactada como se indica: S-1 Entidades Financieras, Bancos, Bolsa de Valo res, Entidades Públicas y Empresas Privadas con participación del Estado. Artículo Tercero.- Conceder un beneficio del 10% de rebaja del Servicio de Limpieza Pública, Parques y Jardi nes a los contribuyentes que cancelen este servicio hasta el día de vencimiento de cada mes siempre que no manten gan adeudos por este concepto de años anteriores. Artículo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Informática y Estadística para adecuar el Sistema automatizado para efectivizar el beneficio otorgado en el artículo precedente. Artículo Quinto.- La Oficina de Administración y Finanzas brindará el apoyo económico, logístico y de servicios a la Oficina de Administración Tributaria y a la Unidad de Imagen Institucional para que facilite la orien tación tributaria al contribuyente y la publicidad y difu sión de la presente Ordenanza, respectivamente. Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina de Adminis tración Tributaria el cumplimiento de la presente Orde nanza. Artículo Sétimo.- Dispensar del trámite de la lectura del Acta, para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 2903 Establecen monto por emisión mecaniza da de recibos de pago correspondientes a diversos arbitrios ORDENANZA Nº 06-2000-C/MC Comas, 1 de marzo de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION ORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA; Y, CONSIDERANDO: Que, la cuarta disposición final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, faculta a las Muni cipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de recibos de pagos, un importe no mayor al 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, la Ordenanza Nº 09-99-C/MC establece el régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines que aplicará la Municipalidad de Comas; Que, con Informe Nº 11-2000-OAT/MC, de fecha 20 de enero del 2000 la Oficina de Administración Tributaria, propone el monto a cobrarse por derecho de emisión de los recibos de pago de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines, asimismo, propone la fecha de venci miento de pago de los mencionados Arbitrios; Que, siendo política de la actual Gestión Municipal, otorgar facilidades a los contribuyentes para el cumpli miento de sus obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni ca de Municipalidades Ley Nº 23853; Ley de Tributación Municipal D.Leg. Nº 776 y Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF; ORDENANZA Artículo 1º.- Mantener en S/. 6.00 (Seis y 00/100 nuevos soles) el monto que deberán abonar los contribu yentes por concepto de Derecho de Emisión mecanizada de los recibos de pagos de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, monto que será distribuido a razón de S/. 0.50 (Cincuenta céntimos de nuevo sol por cada recibo mensual que se emita). Artículo 2º.- Establecer las fechas para el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines, cuyo vencimiento se indica a continuación: 2000 VENCE EL: Enero 31 de marzo Febrero 31 de marzo Marzo 31 de marzo Abril 30 de abril Mayo 31 de mayo Junio 30 de junio Julio 27 de julio Agosto 31 de agosto Setiembre 30 de setiembre Octubre 29 de octubre Noviembre 30 de noviembre Diciembre 31 de diciembre Artículo 3º.- La Oficina de Administración y Finan zas brindará el apoyo económico, logístico y de servicios a la Oficina de Administración Tributaria y a la Unidad de Imagen Institucional para, que facilite la orientación tributaria al contribuyente y la publicidad y difusión de la presente Ordenanza, respectivamente. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 5º.- Dispensar del trámite de la lectura del Acta, para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 2904

Decreto Supremo Nº 010-2000-MTC ─ Reglamento de formalización de la propiedad en programas de vivienda del Estado · Nelum