Decreto Supremo Nº 005-2010-MIMDES ─ Plan Nacional de Población 2010 - 2014
صدر في 2010-07-21 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- sustainable development, policy/planning, public health, education, sustainable use, institution, governance
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Aprueban Plan Nacional de Poblaci6n 2010-2014 DECRETO SUPREMO N° 005-2010-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano particip6 en la Conferencia Internacional sobre la Poblaci6n y el Desarrollo, llevada a cabo en 1994 en la ciudad de El Cairo, Republica Arabe de Egipto, en la cual se acord6 que la poblaci6n y el desarrollo estaban indisolublemente unidos y que el dotar de mayor poder a la mujer y tomar en cuenta las necesidades de la gente en lo relativo a educaci6n y salud, incluyendo la salud reproductiva, eran asuntos necesarios para el avance individual y el desarrollo balanceado de los pafses; Que, asimismo, el Estado Peruano es signatario de la "Declaraci6n del Milenio", en el marco de la Cumbre del Milenio celebrada en el ailo 2000 en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de America, en la que se establecieron entre otros objetivos: (i) Erradicar la pobreza, (ii) Aumentar el desarrollo, (iii) Disminuir enfermedades, (iv) Reducir la injusticia, la desigualdad, el terrorismo y la delincuencia, y (v) Proteger-el medio ambiente; Que, de conformidad con los incisos 1 y 2 del artfculo 2 de la Constituci6n Polftica del Peru, toda persona tiene derecho a la vida e integridad moral, psiquiclijl y fhlica, a su libre desarrollo y bienestar y a la igualdad ante la ley, por lo que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religi6n, opini6n, condici6n econ6mica o de cualquier otra fndole; Que, ademas, el artfculo 6 de la Constituci6n Polftica del Peru establece que la polftica nacional de poblaci6n tiene como objetivo difundir y promover la patemidad y matemidad responsables, asf como .reconocer el derecho de las familias y de las personas a decidir, de manera tal que el Estado asegura los programas de educaci6n y la informaci6n adecuados y el acceso a los medios que no afecten la vida o la salud; Que, mediante Decreto Legislativo N° 346 se aprob6 la Ley de Polftica Nacional de Poblaci6n, la cual garantiza los derechos de la persona humana, tales como el derecho a la vida desde la concepci6n; a formar una familia y al respeto de su intimidad; a la libre determinaci6n del numero de hijos; a la salud integral y al libre desarrollo de su personalidad; a habitar un ambiente saludable y ecol6gicamente equilibrado; a elegir su lugar de residencia y a transitar libremente por el territorio nacional; a la igualdad ante la ley, sin discriminaci6n alguna; y a los demas derechos 422608 1ft NORMA$ LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de jolio de 2010 reconocidos por la Constituci6n Politica del Peru e inherentes a la dignidad humana; Que, dentro del marco de la normativa citada en el considerando precedente, por Decreto Supremo N° 011-98-PROMUDEH se aprob6 el "Plan Nacional de Poblaci6n 1998 - 2002", que fue el primer instrumento normativo que expres6 la polltica del Estado en materia de equidad y justicia social, contemplando el compromiso de este de reducir la pobreza, promover la igualdad de oportunidades sin discriminaci6n, impulsar la seguridad alimentaria y nutricional, brindar el acceso universal a una educaci6n publica gratuita y de calidad, a los servicios de salud y a un empleo pleno, digno y productivo y, finalmente, incentivar el fortalecimiento de la familia, protecci6n y promoci6n de la ninez, la adolescencia y la juventud; Que, a pesar de los avances conseguidos a !raves de la ejecuci6n del citado Plan Nacional, el continuo y desproporcionado crecimiento de los centros poblados urbanos, donde existe una concentraci6n de la poblaci6n con problemas de vivienda, saneamiento, transporte, contaminaci6n y seguridad, genera un retroceso en el crecimiento econ6mico del pafs, de modo que resulta necesario dar continuidad a las politicas de Estado en materia de desarrollo social y econ6mico de la poblaci6n; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27793 Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y su Reglamento de Organizaci6n y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES, el MIMDES ejerce la rectorfa en el ambito nacional sobre las politicas y actividades que desarrollan las entidades publicas, privadas y de la sociedad civil, referidas, entre otras, a la Polftica Nacional de Poblaci6n; por lo que este Portafolio, en aplicaci6n de dicha norma y en coordinaci6n con la Presidencia del Consejo de Ministros, los Ministerios de Salud; Educaci6n; Trabajo y Promoci6n del Empleo; Ambiente; Vivienda, Construcci6n y Saneamiento; Transportes y Comunicaciones; Economfa y Finanzas, el Centro Nacional de Planeamiento Estrategico y el lnstituto Nacional de Estadfsticas e Informatica, ha elaborado el "Plan Nacional de Poblaci6n 2010- 2014", con la finalidad de dar continuidad a la polftica y acciones del Estado en materia de desarrollo econ6mico y social del pais; Que, asimismo, es necesario constituir una Comisi6n Multisectorial de naturaleza permanente que se encargue, entre otros aspectos, de la implementaci6n, seguimiento y evaluaci6n del Plan Nacional de Poblaci6n 2010- 2014; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 346 - Ley de Polftica Nacional de Poblaci6n, modificado por Ley N° 26530; la Ley N° 27793 - Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y su Reglamento de Organizaci6n y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES; DECRETA: Artlculo 1°.- De la aprobaci6n del Plan Nacional de Poblaclon. Apruebase el "Plan Nacional de Poblaci6n 2010 2014", queen Anexo adjunto forma parte del presente Decreto Supremo, el cual sera publicado en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes.gob.pe), en la misma fecha de publicaci6n de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artlculo 2°.- De la Comisl6n Multisectorial Pennanente. Constituyase la Comisi6n Multisectorial Permanente encargada de la implementaci6n, seguimiento y evaluaci6n del "Plan Nacional de Poblaci6n 2010-2014", en adelante la Comisi6n, la cual estara adscrita al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y estara integrada de la siguiente forma: Un(a) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien la presidira; Un(a) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; Un(a) representante del Ministerio de Economfa y Finanzas; Un(a) representante del Ministerio de Salud; Un(a) representante del Ministerio de Educaci6n; Un(a) representante del Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo; Un(a) representante del Ministerio del Ambiente; Un(a) representante del Ministerio de Vivienda, Construcci6n y Saneamiento; Un(a) representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Un(a) representante del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico; y, Un(a) representante del lnstituto Nacional de Estadistica e Informatica. Articulo 3°.- De la designaci6n de los miembros de la Comisi6n Multisectorial Pennanente. La designaci6n de los miembros de la Comisi6n se formalizara mediante Resoluci6n Ministerial del Sector que corresponda, dentro del plazo de treinta (30) dfas naturales, contados a partir de la fecha de publicaci6n del presente Decreto Supremo. Articulo 4°.- De las funciones de la Comlsl6n Multisectorial Pennanente. 4.1. La Comisi6n tendra como funciones principales las siguientes: a) La implementaci6n, seguimiento y evaluaci6n del "Plan Nacional de Poblaci6n 2010-2014"; b) La aprobaci6n de los planes de acci6n, con indicaci6n de las metas anuales y las asignaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al "Plan Nacional de Poblaci6n 201 O - 2014"; c) La adopci6n de las medidas correctivas que fuesen necesarias para garantizar la ejecuci6n del "Plan Nacional de Poblaci6n 2010 - 2014~, asi como el cumplimiento de las metas y la consecuci6n de los objetivos propuestos; y, d) Formular su Reglamento lntemo, el cual sera aprobado por Resoluci6n Ministerial del Sector Mujer y Desarrollo Social. 4.2. Para dar cumplimiento al inciso b) del numeral 4.1 del presente articulo, el plan de acci6n correspondiente al afio 201 O sera elaborado y aprobado en un plazo no mayor a dos (02) meses contados a partir de la fecha de instalaci6n de la Comisi6n. Los planes de acci6n correspondientes a los afios siguientes, se elaboraran y aprobaran durante el primer trimestre de cada ejercicio. Articulo 5°.- De la Secretarla Tecnica de la Comls16n Multisectorlal Pennanente. Para el funcionamiento de la Comisi6n, la Direcci6n General de Politicas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social actuara como Secretaria Tecnica. Articulo 6°.- Financiamlento del Plan Naclonal de Poblacion 2010 - 2014. Los Pliegos presupuestales involucrados en la implementaci6n del "Plan Nacional de Poblaci6n 2010 2014", se sujetan a su presupuesto institucional autorizado, de conformidad con sus prioridades, objetivos y metas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Artlculo 7".- Del refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, la Ministra de Economia y Finanzas, el Ministro de Salud, el . Ministro de Educaci6n, la Ministra de Trabajo y Promoci6n del Empleo, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Vivienda, Construcci6n y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Energlas y Minas, y el Ministro de la Producci6n. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a Ios veintiun dfas del mes de julio del aiio dos mil diez. ALAN GARCIA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica JAVIER VELASQUEZ QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de Economia y Finanzas OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educaci6n MANUELA GARCIA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoci6n del Empleo ANTONIO JOSE BRACK EGG Ministro del Ambiente JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcci6n y Saneamiento ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas JOSE GONzALES QUIJANO Ministro de la Producci6n 522568-4