Decreto Supremo Nº 001/11/AG - Medidas preventivas para asegurar el abastecimiento del azúcar para el mercado nacional
صدر في 2011-01-08 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- Food and nutrition
- الكلمات المفتاحية
- food security, sugar, internal trade, international trade, authorization/permit
- الفئات
- *, softs
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I!'! "))trUCl !l O Sistema Peruano de lnformaci6n Jurfdica Domingo, 09 de enero de 2011 AGRICUL TURA Adoptan medidas preventivas para asegurar el abastecimiento del azllcar para el mercado nacional DECRETD SUPREMO N" 001-2011-AG EL PRESIDENTE DE LA REPlJBLICA CONSIDERANDO: Que, el sector azucarero en el Peru es de alta importancia por el rol que cumple en el 8mbito productivo, en la generaci6n de empleo y en la seguridad alimentaria del pais; Que, este sector viene atravesando problemas complejos cuyos efectos impactan negativamente en el mercado nacional afectando a las consumidores: Que, el Estado requiere adoptar medidas preventivas orientadas a contrarrestar las efectos negatives, asegurando el abastecimiento del azt.icar para el mercado nacional: Que. el Gobierno de los Estados Unidos de America otorga cuotas de exportaci6n de azUcar al Peru, beneficio que permite su ingreso a dicho pais libre de aplicaci6n de medidas arancelarias, debiendo para tal efecto el Ministerio de Agricultura refrendar los correspondientes certificados de elegibilidad; Que. las exportaciones de azUcar que se produzcan bajo los alcances de este beneficio, deben realizarse una vez asegurado el abastecimiento del mercado interno a fin de no perjudicar el interes de los consumidores. conforme a lo prescrito en el Articulo 65 de la Constituci6n, asf como a las normas establecidas por la Organizaci6n Mundial de Comercio (OMC); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgi3nica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislative N° 997. Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizaci6n y Funciones aprobado par Decreto Supremo N° 031-2008-AG: DECRETA Articulo 1.- Los certificados de elegibilidad de cuotas de exportaci6n de azUcar que otorga el Gobierno de los Estados Unidos de ATIE!rica al Peru. seran refrendados por el Ministerio de Agricultura Unicamente en los casos de excedentes de producci6n nacional. Articulo 2.- Se entiende por excedentes de producci6n nacional. cuando las estimaciones sabre los volUmenes de producci6n nacional sumadas a las volUmenes de las importaciones superan la demanda interna de azUcar. Estas estimaciones son elaboradas por el Ministerio de Agricultura y publicadas mensualmente en su portal electr6nico (www.minag.gob.pe). Articulo 3.- El presente Decreto Supremo tendra vigencia hasta el 30 de junio de 2011. Articulo 4.- El presente Decreto Supremo sera refrendado par el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a las ocho dias del mes de enero del ar'io dos mil once. Pagina 1 Sistema Peruano de lnformaci6n Jurfdica ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Rept.iblica RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura Pagina 2 I!'! "))trUCl !l O