تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين بيرو

Decreto de Urgencia Nº 049-2008 ─ Asegura la continuidad en la prestación del servicio eléctrico

صدر في 2008-12-17 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
قانون
المنظمة
Amazon Cooperation Treaty Organization
الدولة
بيرو
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, internal trade, transport/storage

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. Articulo 1Q.- Costos Marginales de Corto Plazo Para efectos del despacho econornrco a que se refiere e! marco regulatcrio de electricidad. se seguiran los siguientes criterios: 1.1 Los costos marginales de corto plaza del Sistema aectrtco Interconectado Nacional (SEIN), se determinaran considerando que no existe restriccion de producdon 0 transporte de gas natural ni de transrnision de electricidad. 1.2 Los costos marginales referidos en el numeral anterior no podran ser superiores a un valor limite que sera definido par el Ministerio de Energia y Minas mediante Resolution Ministerial. 1.3 La diferencia entre los costos variables de operatlon en que incurran las centrales que ope ran con costos variables supericres a los costos rnarginales deterrninados conforme al numeral 1.1 y dichcs costos marginales. sera cubierta mediante un cargo adicional en el Peaje por conexron al Sistema Principal de Transmisicn.

  2. Articulo 2!!,- Transacciones en el Mercado Los retiros trsfcos de potencia y energla del Sistema Electnco Interconectado Nacional (SEIN), que etectuen las empresas distribuidoras de electricidad, para atender la demanda de sus usuarios regulados, sin contar con los respectivos contratos de suministro con las ernpresas generadoras, seran asignados a las empresas generadoras de electricidad, valorizados a Precios en Barra de mercado regulado, en proporcion a la energia firme eficiente anual de cada generador menos sus ventas de energia por contratos. En e! case de los retires sin contra to, los ccstos variables adicionales con respecto a los Precios de Energia en Barra en que incurran las centrales para atender dichos retires, seren incorporados en el Peaje par conextcn al Sistema Principal de 'transmtstcn. Para tal efecto, se descontare la compensactcn que les corresponda recibir por apllcacion del numeral 1.3 del Articulo anterior.

  3. Articulo 3!!,- Unidades de generadcn al amparo del Decreta de Urgencia NQ 037-2008 Las unidades de genera cion que se instalen al arnparo del Decreto de Urgencia W' 037-2008, seran consideradas para etectos de distribuir los retiros sin contrato en las condiciones senaradas el Articulo 22 del presente Decreto de Urgencia, EI costa variable de dichas unidades de generacion, sera considerado para la determinacion del Costa Marginal de Carta Plaza a que se renere el Articulo 12 del presente Decreta de Urgencia.

  4. Articulo 4Q.- Procedimientos OSINERGMIN aprobara las disposiciones necesertas para Ia aplicacion de 10 dispuesto en er oresente Decreto de Urgencia

  5. Articulo 5Q,- Vigencia V Refrendo EI presente Decreto de Urgencia se mantencra en vigencia desde ell de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2011 y sera refrendado par el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de rconomta y Finanzas.

  6. Articulo 6!!,- Derogatoria Der6guese el Decreta de Urgencia NQ 046-2007 Y todo aquello que se oponga a que sefiale un tratarniento diferente a la determinacion de costos rnarginales. respecto de 10 dispuesto en er presente Decreto de Urgencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ana dos mil ocho. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE SIMON MUNARO Presidents del Consejo de Ministros PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energfa y Minas V Encargado del Despacho del Ministerio de Economia V Finanzas

Decreto de Urgencia Nº 049-2008 ─ Asegura la continuidad en la prestación del servicio eléctrico · Nelum