Decreto de Urgencia Nº 028-2019 – Medidas extraordinarias para el sostenimiento y equilibrio financiero del Seguro Social de Salud (ESSALUD) para garantizar el derecho fundamental a la salud de los asegurados
صدر في 2019-12-18 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- المنظمة
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- الدولة
- بيرو
- الموضوعات
- General
- الكلمات المفتاحية
- institution, public health, human rights, social protection, financing, governance, insurance
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3.1 Los recursos recaudados en aplicación de las modificaciones dispuestas por el presente Decreto Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho de Urgencia se destinan exclusivamente, bajo días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. responsabilidad, a lo siguiente: MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO a) Ejecutar las inversiones para nuevos Presidente de la República establecimientos de salud y equiparlos. b) Concluir los proyectos en ejecución. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS c) Realizar mejoras, ampliación, rehabilitación y Presidente del Consejo de Ministros reforzamiento de la infraestructura asistencial existente. d) Garantizar el mantenimiento y operación de la MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI nueva oferta asistencial, conforme a los literales a), b) y c) Ministra de Economía y Finanzas del presente artículo. e) Reposición de equipamiento estratégico y SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO asistencial. Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
3.2 Lo dispuesto en el numeral 3.1. debe estar 1838601-1 comprendido en el Programa Multianual de Inversiones del Seguro Social de Salud – EsSalud, o aquellos a los que se refieren en el Decreto Legislativo N° 1355. PRESIDENCIA DEL CONSEJO Artículo 4.- Del control DE MINISTROS
4.1 La Contraloría General de la República, en el marco del Sistema Nacional de Control, verifica el Decreto Supremo que declara el Estado cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia. de Emergencia por peligro inminente ante
4.2 La Controlaría General de la República desarrolla deslizamiento de masas, en la localidad el control concurrente en todas las obras públicas que se ejecuten como consecuencia del presente Decreto de de Sillapata, del distrito de Sillapata, de la Urgencia. provincia de Dos de Mayo, del departamento de Huánuco Artículo 5.- Refrendo El Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente DECRETO SUPREMO del Consejo de Ministros, la Ministra de Economía y Nº 192-2019-PCM Finanzas, y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES CONSIDERANDO: Primera.- Plan para la optimización e incremento Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral de la oferta institucional 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 En un plazo de sesenta (60) días hábiles, contados que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de desde la vigencia del presente Decreto de Urgencia, Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo el Seguro Social de Salud – EsSalud, a través de su Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.1 Consejo Directivo, aprueba un plan para la optimización del artículo 9 de la “Norma Complementaria sobre la