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قوانين بنما

Resuelto Nº 53 - Requisitos fitosanitarios para la importación de ajos originarios de China

صدر في 2007-02-08 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

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عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
بنما
الموضوعات
Food and nutrition, Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
hygiene/sanitary procedures, vegetables/legumes, international trade, food safety and quality, plant protection, pests/diseases
الفئات
*, agriculture

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  1. Gaceta Oticial, jueves 17 de mayo de 2007 AUTORIDAD PANAMENA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS RESUELTO AUPSA - DINAN - 053 2007 (De 08 de Febrero de 2007) Digitalizado par la Asamblea Nacional 19 "POT medio del cual se emite el Requisito Fitosanitario para la importacion de ajos (AUium sativum L.) frescos 0 reftigerados" para consumo y/o transformacion originario de China." EI DIRECTOR NACIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACION DE ALIMENTOS. en. uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: Que el Decreta Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panamefta de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para ascgurar el cumplimiento y aplicaci6n de las leyes y reg}amentos en materia de seguridad de introducci6n de alimentos al territorio nacional, bajo eriterios estrictamente cientificos y tecnicos. Que la Autoridad Panameiia de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana. el patrimonio animal y vegetal del pais, mediante Ia aplicaci6n de J.u medidas and;uias y 6tos8Ditarias aplicables a Ja~ de alimentos al territorio nacional. ' Que el articulo 38. numeral 1 'del Decreto Ley 11 de 22 de feb~ de 2006 dicta que es funci6n de la Direcci6n Nacional de Nonnas para la Impertacien de A1imentos. emitiT los Tequisitos sanitarios y iitosanitarios, que deben cumplir ~os alimentas' para su introducci6n al territorio nacional: ~en el almacenaje 'en zonas IibreS, zona procesadera, impertacion, transite y/o trasbordo. ~ " , 1 Que la Autoridad'Padameiia de Seguridad de Alimentos ba considerado pertinente la emision del Requisuo.Fnosenherio, con el fin de complemental" lo~ ~ectos sanitarios, de inocuidad y calidadpara la importacion de ajos (Allium sotivum t.;-freseos 0 refrigerados, para consumo y/o trlmSfo~cion.originarios de China. . . . , Que el pais. zona, re8i6n otompartimiento. ha sido Tecooooido' como elegible por la Autoridad Panameiia de' Segurided de Alimentos, 0 en su defecto reconoce Ia elegibilidad otorgada por la Direecion Nacional de Sanidad VesetaJ del Ministerio de Desarrollo Agropec.:uario. en base at Articulo 71 del Decreta Ley II, de 22 de febrero de 2006. Que el incumplimiento de las buenas priacticas agricolas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparicion 0 prevalencia contaminantes biologicos, quimicos 0 fisicos, afectando Ia salud de los consumidores y es responsabilidad de la Autoridad Panameiia de Seguridad de A1imentos, verificar que los mismos no sobrepasen los niveles adecuados de proteccion de la salud publica. Que luego de las consideraciones antes expuestas, RESUELVE: Articulo I: Emitir los Requisitos Fitosanitarios para Ia importacion de ajos (Allium sativum L.) frescos 0 reftigaados, para consumo y/o transformaci6n, originarios de China, descrito en la siguiente fi:acci6n del Arancel Nacional de Importacion: Fracci.on Arance1aria 0703.20.00 Descripci6n del producto alimenticio J\.jos (AUium sativum L.) frescos 0 refiigerados. Digitalizado par la Asamblea Nacional 20 Gaeeta Oficial, jueves 17 de mayo de 2007 Articulo 2: EI importador estA obligado a informar a la Autoridad Panamena de Seguridad de Alrmentos, a traves del Formulario de Notificaci6n de Importacion, en forma manual 0 via electronics, en un tiempo minimo de 48 horas, previa a la llegada del produeto al punto de ingreso. Articulo 3: Los ajos (Allium sativum L) frescos 0 refiigerados, deben estar amparados por un certificado fitosanitario. expedido por la Organizaci6n Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, en el que se haga constar el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: I. Los ajos (Allium sativum L.) han side cultivados y embalados en China. 2. EI embarque precede de areas y lugares de produccion libres de plagas de interes cuarentenarlo para la Republica de Panama: a) Trogoderma granarium b) Ditylenchus destructor c) Ditylencbus dipsaci d) Acarus siro 3. Las areas y lugares de producci6n han sido sujetas a inspeccion, por parte de la Organizaci6n Nacional de Proteecion Fitosanitaria (bNPF) del pais de orisen. durante el periodo de crecimiento activo. y.coseoha del cultiv~.'.. I ' 4. El embarque viene libre deinseetos vivos de cuatquier tipo, asI,'como tambien de otros contaminantes bioJ6gicos, quimicos y ftsicos. I....,' . ~ ~ : ~:, ~ ~~ /' ~ l 5. El embarque recibili tratamiento warentenario contni insectos, en iu origen, registrando el tratamiento ~l~a. asi coDio el tiempo, temperatura y hu;pedad presentes durante el mismo. I;:~) I ' .:) I~ :<.. 6. El embalaje jizadJ sea resiMcinte a la manipul~ci6ny esta identificado con el c6digo del pais de origeh.lt(.mero de planta empacadora y c6digo de 10tes~:'J ~.. ..., I t 7. Los materiales utilizados para' el embalaje y/o amortigliaci~ill'no contengan fibras vegetates u otro material ~spedero de plagas. :~ , 0' \,:. 8. Los contenedores. previo al embarque. han sido lavadas y desinfectados intemamentc, 9. Los contenedores han sido precintados (marchamados. flejados) y sellados. de manera que dichos sellos sOlo puedan ser retirados par La Autoridad Panamefta de SCguridad de A1imentos. at momenta de llegar at territorio Mcional. Articulo 4: EI embarque de ajos ~lliU1n sativum L.) frescos 0 refrigerados. debe estar amparado con la siguiente documentaci6n comprobatoria. en carla envio: I. Copia del formulario de notificacion de importaci6n. 2. Certificado fitosanitario del pais de origen del producto. 3. Copia de factura comercial del producto. 4. Pre-declaraci6n de aduanas. Articulo 5: AI ingreso del alimento al pais, la Autoridad Panamei'ia de Seguridad de A1imentos proeedera a realizar el muestreo para el anBlisis entomol6gico y nematol6gico. Y se reserva el derecho de tomar otras muestras, en ese momento 0 en cualquier punta de Ia cadena alimentaria, a objeto de realizar otros analisis: Microbiolegico, micotoxinas, caracterlsticas organolepticas, ftsico-quimicos y residuos toxicos, EI costa de estos anilIisis debera ser suftagado por el interesado. Articulo 6: Estos requisitos son exclusivos para la importaci6n de ajos (Allium sativum L.) frescos 0 refiiserados. no obstante, no exime del cumplimiento de otras nonnas nacionales para su comercialiuci6n en el terrltorio nacional. Gaeeta Ofidal. jueves 17 de mayo de 2007 Digitalizado par la Asamblea Nacional 21 Articulo 7: Esle Resueho deroga todadisposici6n que Ie sea contraria. Articulo 8: El presente Resuelto empezari a regir a partir de III firma y debcri sec publicado inmediatamente en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006. Ley 23 de IS de julio de 1997 Ley N" 41 de 9 de julio de 1996 COMUNiQUESE Y cUMPLASE. ~\'R:>~g,. HUMBERTO A. BERMlIDFZ R. Director Nacional de Normas para la Importaci6n de AJimentos

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