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قوانين بنما

Resuelto Nº 28 - Requisitos fitosanitarios para la importación de arvejas originarias de Colombia

صدر في 2007-01-19 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
بنما
الموضوعات
Food and nutrition, Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
hygiene/sanitary procedures, vegetables/legumes, international trade, food safety and quality, plant protection, pests/diseases
الفئات
*, agriculture

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  1. Gaceta Oficial, miercoles 28 de Marzo de 2007 Digitalizado por la Asarnblea Nacional 77 AUTORIDAD PAN~ADESEOURIDAD DEALIMENTOS RESUELTO AUPSA - DINAN - 02& - 2007 (De 19 de Enero de 2007) "Por medio del cual se emiteel Requisite Fitosanitario para Is importacilm dearvejas (Vieio saliva) freseas 0 refrigeradas, paraconsumo humano y/o transformacion, originario de Colombia." EI DIRECTOR NACIONAL DENORMAS PARA LAIMPORTACI6N DE ALIMENTO~, en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de2006 crea14 Autoridad Panameiia de Seguridad de Alimentos, como entidad rectom del Estado para asegurar el cumplimiento y eplicacion de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introduccion de alimentos aI territorio nacional, bajo criterios estrictamente cientfficos y tecnicos, Que la Autoridad Panameaa de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonioanimal y vegetaldel pais, mediante18 aplicaci6nde las medidas sanitarias y fitosa.nitarias apJicables a la introducci6n de alimentos al territorio nacional, ' , J, \ 1 J { ~ ~ , " Que el articulo 38, numeral i del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es funci6n de 18 Direccion Nacicnal de Normas para la Importaci6n(&~'Alimentos, emitir los requisites sanitarios Yfitossnitarios, que deben cumplir los alimemospera su introduccion al territorio nacional: ~n el almacenaje en zonas libres, zona prqcesadora, importaci6n, ...v; n· I bod' , " Itransitey 0 tras rTO. .. ( \ ."1 ' : \ . ii Ii, I[ ) Que la AutoridadI~an~efia de ISegurldad Ide Alimentos ha consi~erado pertinente la emisi6n del Requisite Pitosanitario, con e1 fin de complementar lo~ flSpe~tos sanitarios, de inocuidad y calidaH Lpara l la importaci6n de ar:vejas. (Vicia sativa)~~, para consumo humano y 10 transfo~aci6n, originario de Colombia. I . --,1. '. . ~ . \ ,: Que el pais, Juga; y sifio de produccion ha sido reconocido co~o~~a libre de plagas de interes cusrentenario, por la .Autoridad Panamefta de Seguridad'ae Alimentos ° en su defecto reconoce la declaracien' avalada por 1a Direccion' Naeional de Sanidad Vegetal del Ministeriode Desarrollo Agiopecuario, en baseatArticulo77 del Decreto Ley 11 de 22 de febrerode 2006. Que el incumplimiento de las buenas practices agrlcolas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparici6n 0 prevalencia contaminantes biologicos, quimicos 0 fisicos, afectando la salud de los consumidores y es responsabilidad de la Autoridad Panamefia de Seguridadde Alimcntos, verificar que los mismos no sobrepasenlos niveles adecuadosde protecci6n de la saJud publica. Que luegode las consideraciones antes expuestas, Digitalizado par la Asamblea Nacional 78 Gaceta Oficial, mlercoles 28 de Marzo de 2007 RESUELVE: Articulo 1: Emitir los Requisitos Fitosanitarios para la Importaci6n de arvejas (Vieio sativa). para consume humano y/o transformaci6n. originario de Colombia, descrita en la siguiente fracci6n delArancel Nacional de Importaci6n: Fraccion Arancelaria Deseripcion delproducto alimenticio Fitosanitaria 0708.10.00 Arvejas (Vicia sativa) fi'escas 0 refiigeradas. Articulo 2: EI importador est8 obligado a informar a la Autoridad Panamefta de Seguridad de Alimentos, a traves del Formulario de Notificaci6n de Importacion, en forma manual 0 via electronics, en un tiempo minimo de 48 horas, previa a la llegada del producto at punto de ingreso. Artfculo3: Lasarvejas (Vicia sativa) deben estaramparadaspor un eertificadofitosanitario, expedido por la Organizaci6n Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, en el que se certifiqueel eumplimientode los siguientesrequisitos: Que: I. Las arvejas (Vicia sativa) ban sido cultivadas y embaladasen Colombia. 2. El embarque procede de areas y fugares de producci6n libres de plBgas de i:nt.eres cuarentenario para la Republica de Panama: Ioj Spodoptera albula b) Maconellicoccus hirsutus 3. Las areas y lugares de producci6n han sido sujetas a inspecci6n, por parte de la Organizaci6n Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, durante el perlodo de erecimientoactivo y eosecha del cultivo. 3. EI embarque recibi6 tratamiento cuarentenario contra insectos, en su lugar de origen, registrando el tratamiento UtlliZado.!:asi como ~l tiempo, temperatura y hwnedad • I . } presentes durante el mismo, .> - : < . ,l • ", , .~! I (, "" I 4. EI embarque viene Iibrede inseetos 'Vivos de cualquier tipo, asf como tambien de otros contaminantesbioI6gi~s~ q~i~s y .~sico~. " ~;'; ,:~~-,~~\ I ct ,< . '; ':,. ' I· ~I 5. EI embalaje~O' sea resisie~te 'AIamanipulaeion ,y esta identificadocon un c6digo asignado por elj~ais de origen.j .i . "", I l' , .;,) \.- 'I I ~ I, J ( -::::',L-, .J I " ' , 6. Los materiales', Utllizados para. el embalaie 10 amortiguaci6ntn~ contengan fibras vegetates u otror~~~~ hospe~ero ~e pla~. 'J ,! ~=: ~t 7. Los contenedoees; previ<? pl embkque; han sido lavados y desQl{e~dos internamente. ~\/.). I :~... ~"<.- 'I' \.\ , ... ~ ".,l 8. Los contenedores ban, sido'precintados (marchamados, flejados) ysellados, de manera que dichos sellos 5010 pueden ser retirados por la Autorla8d'fanamefta de Segmidad de Alimentos.atmomento de lIegarat territorio nacional. Gaceta Oficial, mlercoles 28 de marzo de 2007 Digitalizado por la Asarnblea Nacional 79 Articulo 4: EI embarque debe estar amparado con la siguiente documentaci6n comprobatoria, en cadsenvfo: I. Copia del Fonnulario de Notificaci6n de Importaci6n. 2. Certificado fitosanitario del pais de origen del producto. 3. Copia de factura comercial del producto. 4. Pre-declaracion de aduanas. DISPOSICIONES ADICIONALES: 1. La Autoridad Panamefta de Seguridad de Alimentos se reserva el derecho de tomar las muestras requeridas a su ingreso y/o en cualquier punto de la cadena alimentaria, a objeto de poder realizar los anAlisis correspondientes: entomolegico, microbiologico, caracteristicas organolepticas, flsico-qufmicos y residuostoxicos. 2. Estos requisitos fitosanitarios son especificos para la importaci6n de arvejas (Pieia sativa) freseas, DO obstante, no exime del cumplimiento de otras nonnas nacionales para su comercializaci6n en el tenitorio nacional. Articulo 5: EsteResuelto deroga toda disposici6n que le sean contraria. Articulo 6: El presente ResueJto empezar8 a regir a partir de su firma Y debed. set' publicado inmediatamente en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERBCHO: Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006. Ley23 de 15 de julio de 1997 coMUNtQUESE YcUMPLASE. ~\o C!l-.-.. /~ HUMBERTO A. BERMUDEZ R. DirectorNacional de Normas parala Importaci6n de Alimentas

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