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قوانين بنما

Resuelto Nº 2.212 - Requisitos para el manejo de los residuos hospitalarios peligrosos

صدر في 1996-04-17 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
بنما
الموضوعات
Waste and hazardous substances
الكلمات المفتاحية
waste management, waste non-domestic sources, organic waste, hazardous waste

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  1. 4 Gaceta Oficial, martes 23 de abril de 1996 N°23,021 RESUELTO Ng 02212 (De 17 de abril de 1996) " ESTABLECER LOS REQUISITOS MINIMOS PARA EL MANEJO DE LOS RESIOUOS HOSPITALARIOS PELIGROSOS APLICABLE A TODOS LOS CENTROS NOSOCOMIALES PUBLICOS Y PAIVADOS DEL PAIS." LA MlNISTRA DE SALUD, en uso de sus facultades legales CONSIDER.U'DO: Que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto de Gabinete No.l de 15 de enero de 1969; en el ordinal 32, acipite a del artlc~lo 85; en los ordinales 12 y 6Q del articulo 88 y ordinal 42 deI articulo 89 de la Ley No.66 de 10 de noviembre de 1947; y el articulo 21 del Decreto No.222 de 11 de marzo de 1971, compete exclusivamente al Ministerio de Salud disponer de todo lo concerniente a la salud de las comunidades, en relaci6n a su medio ambiente; Que el manejo de los residuos generados en los Centros Hospitalarios es inadecuado y que esta situaci6n oriqina riesgos a la salud publica y el ambiente; Que de acuerdo con el princ~io constitucional, la salud es un derecho y por tanto cada ciu'!ladano merece vivir en un ambiente saludable; RISOELVE: PRIJtDO: Eatablecer los requisitos minimos para el manejo de los residuos hospitalarios peligrosos aplicable a todos los centros nosocomiales publicos y privados del pals. SEGUKDO: Los desechos hospitalarios peligrosos son: l, Infecciosos: Aquellos que contienen pat6genos en cantidad suficiente como para representar una amenaza seria, incluidos los cultivos de laboratorios, residuos de cirugia y autopsias de pacientes con enfermedades infecciosas, desechos de pacientes de salas de aislamiento ode la unidad de hemodiilisis Y residuos asociados con animales infectados. 2. Cortopunzantes: eausar eorte o navaju. cualquier articulo que podria punei6n especialmente agujas 0 3. Patol6gicos: Tejidos, 6rganos, partes del cuerpo, fetas hwnanos y cadaveres de animales asi como sangre 1 fluidos del cuerpo. TERCERO: Las siguientes normas se aplicaran en el manejo de l residuos peligrosos. os l. Todos los funcionarios de establecimientos de salud tienen que estar capacitados para • adecuadamente los residuos s6lidos. maneJar N°23,021 COUTO: QUINTO: Gaceta Oticial, martes 23 de abril de 1996 2. Todo residue en el momento de su generaci6n, tiene que ser acondicionado en la fuente de generaci6n en bolsas• de pUstico e identificado. 3. Las ·,midades generadoras tienen que disponer de numeros suficientes de recipient es para acondicionar cada tipo de residue. 4. El residue clasificado come infeccio.sos debe ser acondicionado en bolsa de pelietileno de baja densidad color rejo con un despesor de 200 a 300 micrones o seg(m especificaciones dadas por el Ministerio de Salud. 5. El residue punzocortante tiene que ser acondicionado en rAcipiente rlgido, con capacidad de 5 litres o segun especificaciones dadas pot· el Ministerio de Salud. 6. El residue infeccioso procedente de an,lisis clinico, hemoterapia e investigaei6n microbiol6gica tiene que ser sometido a esterilizaci6n en la unidad generadora. 7. El residue patel6gico tiene que ser acendicionade separadamente en bolsas de polietileno de baja densidad color verde con espesor de 200 a 300 micrones o segun especificaciones dadas por el Ministerio de Salud. Las siguientes norma1 1e aplicann en el transporte interno. 1. En el manejo y recolecci6n interna de los residues infecciosos, el operario debe es tar debidamente protegido con el equipo adecuado como gorro, lentes, mascaras, uniforme, guantes y botas. 2. Tedo recipiente que contiene residues pel igresos debe tener una bolsa en su interior y tiene que ser cerrado de manera que imposibilite el derrame de su contenido. 3. La recolecci6n interna tiene que ser efectuada de acuerdo con las necesidades de la unidad generadora, en el que se debe tener presente 1 a frecuencia, horario y otras exigencias del servicio. 4. El transporte interno de las belsas con residues pel igrosos debe ser a tr aves de un carro especializado. 5. La recolecci6n debe ser planeada con el menor recorrido, siempre en el mismo sentido, sin provocar ruidos, evitando coincidencias con el flujo de personas, ropa limpia, alirnentos, medicamentos y otros rnateriales. Las siguientes normas se aplicaran en el almacenamiento de los residues peligrosos. 5 l. Gaceta Oficial, martes 23 de abril de 1996 N°23,021 Cada unidad generadora debc tener un dep6sito adecuado para el almacenamiento interno de recipientes o bolsas, con area de l mt2 por cada 15 camas y area minimo de 4 mts2. 2. Los residuos deben ser almacenados en forma ordenada. 3. El dep6si to externo para 1 os residues pel igrosos debe tener un area de l mt2 por cada 20 camas Y minima de 5 mts2, con las siguientes especificaciones: a) piso y paredes lavables, b) puerta y techo de material liso impermeable color blanco, c) piso con pendiente minima de 2% hacia el drenaje pluvial, d) grifo, e) ventilaci6n artificial y natural a 1/20 del area del piso, f) El dep6sito debe ser refrigerado, g) cuando el dep6sito resulte con un area mayor de 10.00 mts2 se debe refrigerar solo 20% del area para los desechos patol6gicos. SEXTO: Der6guese el Resuelto No.l del 22 de enero de 1996. SEPT IMO: El presente Resuel to empezara a regi r a par ti r de su publicaci6n en la Gaceta Oficial. COMUNIQUESE Y CUMPLASE ORA. AIDA L. MORENO DE RIVERA Ministra de Salud DR. GIUSEPPE CORCIONE Viceministro de Salud RESUELTO N2 02213 (De 17 de abril de 1996) "ADOPTAR LA METODOLOGIA E INSTRUMENTOS TECNICO PRESENTADOS POR EL MINISTERIO DE PLANIFICACION Y POLITICA ECONOMICA, A TRAVES DEL PROYECTO SICLAR, SISTEMA DE CLASIFICACION Y REMUNERACION DE PUESTOS DEL SECTOR PUBLICO." LA MINISTRA DE SALUD, en uso de sus facultades 1egales C O N S I D E R A N D 0 Que el Gobierno de Panama, a traves del Ministerio de Planificaci6n y Polftica Econ6mica, lleva a cabo las actividades correspondientes al Proyecto SICLAR, Sistema de Clasificaci6n y Remuneraci6n de Puestos del Sector Publico; Que se h~ preparado la metodologia e instrumentos tecnicos para la elaborac16n de! Manual General de Clases Ocupacionales y Manual lnstitucional de clases del Ministerio de Sa1ud; J

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