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قوانين بنما

Resuelto Nº 118 - Requisitos fitosanitarios para la importación de albaricoques originarios de España

صدر في 2007-03-20 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
بنما
الموضوعات
Food and nutrition, Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
hygiene/sanitary procedures, fruits/edible nuts, international trade, food safety and quality, plant protection, pests/diseases
الفئات
*, agriculture

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  1. Digitalizado por la Asamblea Nacional 2M Gaceta Oflclal, jueves 16 de agosto de 2007 RESUELTO AUPSA·DINAN·118-2007 (de 20 de marzo de 2007) "Por medio del cual se emite el Requisito Fitosanitario para la importacion de Albaricoques, Damascos iPrunus americana) frescos, para consumo humano y/o transformaci6n, originarios de Espana. " EI DIRECTOR NACIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACTON DE ALIMENTOS, en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley II de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el eumplimiento y aplicacion de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introduccion de a1imentos al territorio nacional, bajo eriterios estrietamente cientificos y tecnicos. Que la Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del pais, mediante la aplicacion de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introduccion de alimentos al territorio nacional. Que el articulo 38, numeral ) del Decreto Ley I) de 22 de febrero de 2006 dicta que es funci6n de la Direccion Nacional de Nonnas para Ia Importacion de Alimentos, emitir los requisites sanitarios y fitosanitarios, que deben curnplir los alimentos para su introduccion .111 territorio naeional: En el almacenaje en zonas libres, zona procesadora, importacion, transite y/o trasbordo. Que Ja Autoridad Panameiia de Seguridad de Alimentos ha considerado pertinente la emision del Requisito Fitosanitario, con eJ fin de compJementar los aspectos sanitarios, de inocuidad y calidad para la importacion de Albaricoques, Damascos (Prunus americana) frescos. para consume humano y 10 transformacion, originarios de Espana. Que eJ pais, lugar y sitio de produccion ha sido reconocido como area libre de plagas de interes cuarentenario, por la Autoridad Panameiia de Seguridad de AJimentos 0 en su defecto reconoce la declaracion avalada por la Direccion Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropeeuario, en base al Articulo 77 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006. Que el incumplimiento de las buenas practices agricolas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparici6n 0 prevalencia contaminantes biologicos, quimicos 0 fisicos, afectando lasaJud de los consumidores y es responsabilidad de la Autoridad Panamena de Seguridad de Alimentos, verificar que los mismos no sobrepasen los niveles adeeuados de proteecion de la saludpublica. Que luego de las consideraeiones antes expuestas, RESUELVE: Articulo l : Bmitir Jos Requisitos Fitosanitarios y Sanitarios para la Importaci6n de Albaricoques, damascos (Prunus americana) frescos, para consumo humano ylo transformacion, originarios de Espafta, descrita en la siguiente fracei6n del Arancel Nacional de Importaci6n: Fraccion AranceJaria 0809.10.00 Gaeeta Oftdal, jueves 16 de aaosto de 2007 DelIaipci6n del productoaJimeoticio AJ.barieoques, damasoos, cbabacanos(Prrmus americana) fieIoos. Digitalizado por la Asamblea Nacional 29 Artiallo 2: El imponador c.U oblipdo a informer a la Autoridad Panameila de Seguridad de Alimentos. a ttaves del Formulario de NotificaciOn de Imponaci6n. en forma manual 0 via electr6nica. en un tiempo minimo de 48 horu. PRVia a .. lIegada del produeto aI punto de ingreso. Articulo 3: Los Albaricoques. damucos (Prurau CIIIIerlcana) ftescos, debcrin estar amparados por un certificado titosanitario. expedido par Ia Organizacion Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, en cl que se certifique el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. Los Albaricoques, damascos (Prunus americana) han sido cultivados y embalados en Espafia.. 2. El embarque procede de areas y lugares de produecion libres de plagas de interes cuarentenario para la Republica de Panama: 0) Diaspidiotus pemiciosus b) Grapholita molesta 3. Las areas y lugares de producci6n han sido sujetas a inspeccion, por parte de la Organizacion Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origen, durante el periodo de crecimiento activo y cosecha del cultivo. 4. EI embarque viene libre de insectos vivos Y, de suelos de cualquier tipo, asi como tambien de otros contaminantes biologicos, qulmicos y fisicos. Para el caso de las frutas, las mismas deben venir libre de hojas. 5. EI embarque recibio tratamiento cuarentenario contra insectos, en su origen, registrando el tratamiento utilizado, asi como el tiempo, temperatura y humedad presentes durante el mismo. 6. El embalaje utilizado sea resistente a la manipulaciOn y esta identificado con el cOdigo del pais de origen, nUmero deplanta empacadora y cOdigo de lotes, 7. Los materiales utilizados para el embalaje y/o amortiguaci6n no contengan fibras vegetales u otto material hospedero de plagas. 8. Los contenedores, previo at embarque. han sido Iavados y desinfectados intemamente. 9. Los contenedores han sido precintados (mvchamados, ftejados) y scllados, de manera que dichos sel10s 1010 puedan ser retirados por la Autoridad Panaro. de Seguridad de Alimentos, al momento de Uegar at tenitorio DIQcqI.. Articulo 4: EI embarque debe estar amparado 000 la siguiente documentaei6n comprobatoria, en cada envio: 1. Copia del formuWio de notificac;;lOn de importaci6n. 2. Cenificado fitouuitario del pail de orip delproducto. 3. Copia de faetwaCOIIlel'Cial delproducto. 4. Pre-declaraci6n de aduanas. Digitaiizado por la Asamblea Nacional 30 Gaceta Oficial, jueves 16 de agosto de 2007 Articulo S: Ai ingreso del alimento at pais. la Autoridad Panameiia de Seguridad de Alimentos proceder{l a realizar el muestreo para el anMisis entomologico. Y se reserva el dereeho de tomar otras muestras, en ese momento 0 en cualquier punto de la cadena a\imentaria, a objeto de reaHzar otros a.n8Iisis: Microbiol6gico, micotoxinas, csracteristicas organoJepticas, flsico-qufmicos y residuos toxicos, El coste de estos an8Jisis debera ser sufragado par eJinteresado Articulo 6: Estos requisitos fitosanitarios son especiticos para la importaci6n de Albaricoques, Damascos (Prunus americana} frescos, no obstante, no exime del cumplimiento deotras DOrmal nacionaJes para su comercializaci6n en el tenitorio nacionaJ. Articulo 7: Este ResueJto deroga todadisposici6n que Ie seaconrraria, Articulo 8: £1 presente ResueJto empezara a regir a partir de su finna y debera set publicado inmediatamente en la Gaceta OliciaJ. FUNDAMENTO DE DBRECHO: DecretoLey ] ] de 22 de febrero de 2006. Ley 23 de I5 de julio de 1997 Ley N' 47 de 9 de julio de )996 COMUNiQUESEY CUMPLASE.. J~ro~.. ~I~o.. HUMBERTO A. BERMUDEZ It Director Nacional de Normas Para la lmpmtacibn de Alimentos

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