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Resolución No. DM-0018-2025 - Por la cual se modifica la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, en la cual se establecen los requisitos para la inscripción en el Nodo de Usuarios para el Beneficio del Eco-Desarrollo (N.U.B.E.) y se dictan otras disposiciones

صدر في 2025-01-28 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
بنما
الموضوعات
Environment
الكلمات المفتاحية
institution, sustainable development, data collection/reporting, business/industry/corporations, protection of environment, governance, procedural matters, internal trade, ecofriendly products/ecofriendly processes, registration
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  1. No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 4 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE AMBIENTE RESOLUCIÓN No. DM- oo/8 -2025 De a.,8 de ~ de2025 i i 1 1 i Porlacual se modifica la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, en la cual se estable~en . '' los requisitos para la inscripción en el Nodo de Usuarios para el Beneficio del Eco-Desarro}lo (N.U.B.E.) y se dictan otras disposiciones. 1 El suscrito Ministro de Ambiente, en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 8 de 25 de marzo de 2015, se crea el Ministerio de Ambiente como la entidad rectora del Estado en materia de protección, conservación, preservación y restauración del ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la Política Nacional de Ambiente; Que el Decreto Ejecutivo No. 36 de 1 de marzo de 2007, aprueba la Política Nacional ;de Producción Limpia, sus principios, objetivos y líneas de acción destinadas a enmarcar las actividades que deberán desarrollarse para su implementación; Que mediante Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, se establecen los requisitos Pfll"ª la inscripción de :personas naturales y/o jurídicas en el Notlo de Usu,arios par~ el Beneficio del Eco-desarrollo (N.U.B.E.), en el registro que lleva la Dirección de Verificabdn del Desemp~ño Ambiental (antes !Dii"ección de Protección de la Calidad:Ambtental) dJt'Minist¿rio de Ambien~e; J :J • ' ¡ ., Que dicho Nodo tiene como intención principal la integración de tecnologías limpias, alinea~as con los mercados de bienes y servicios con . carácter sostenible • en 1a economía panamep.a, funcionando como una plataforma que brinda soluciones a los problemai;medioambientales; Que tras una revisión técnica de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, la Direcdón de Verificación del Desempeño Ambiental recomienda su modificación, resaltando que el nom~re actual de "Nodo", genera confusiones con actividades de almacenamiento de datos, por lo 1'ue, requiere un cambio para mejor enfoque hacia los servicios ambientales; . ! Que los cambios sugeridos en el Informe Técnico No. 055-2024, para la modificación de la citada Resolución, son fundamentales para mejorar la efectividad del sistema, facilitar la participacióh y asegurar que las prácticas y regulaciones se mantengan alineadas con los objetivos de 1 la sostenibilidad y desarrollo ambiental, RESUELVE: Artículo l. ADVERTIR que lo correspondiente al Nodo de Usuarios para el Beneficio del Eco­ desarrollo, deberá leerse en adelante como Sistema de Negocios Eco-Circulares (SiNEC). Artículo 2. ADICIONAR un párrafo se~ undo al artícul~~.rimero de 11 Resolución No. DM-0@17 de 18 de enero de 2017, el cual queda asi. . ~...".., MIN!5TF.''"O r,~ ~~pu ' '" V~ n.. Bl.lf..4. Dli:: P.~l'JAMi AMM:il!TE Ministerio de Ambiente - Go&,rnNo ,.,,c,oNAL - Resolución DM 00/8- a.o él 6"" F!:::L CO t nE ~P ORl-1"• r.. Fecha: a.B-1-aoas- ~..., - ...,.., 'd~Hi l'-i.s!-.l Página I de 4 ~ ~ ~ 1/~ ¿ Sf? ret r.o Ger.~rai F~cha: ..31.=O l~S No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 5 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A "PRIMERO. CREAR el Sistema de Negocios Eco-Circulares, denominado en adelante SiNEC., para impulsar la generación de mercados de bienes y servicios con carácter sostenible en la economía panameña. Las empresas sean persona natural o jurídicas que deseen formar parte del Sistema de Negocios Eco-Circulares, deberán tomar en cuenta las siguientes clasificaciones, en la cual aplique su operación, para su identificación correcta en el formulario: • NEGOCIOS VERDES: Son aquellos que integran el uso sostenible de recursos y aplican buenas prácticas ambientales en su modelo de negocio. Estos negocios generan impactos positivos y beneficios para todas las partes interesadas, contribuyendo a la conservación de los recursos naturales, los ecosistemas y al desarrollo humano. • SERVICIOS AMBIENTALES: Empresas que se especializan en proporcionar soluciones y servicios para la bioremediación, utilizando procesos naturales para la eliminación de la neutralización o reducción de contaminantes en el suelo, agua y aire. Además, se enfocan en la mitigación de los impactos ambientales, ofreciendo estrategias integrales que ayudan a las organizaciones a cumplir con normativas ambientales, contribuyendo así a la sostenibilidad y protección del medio ambiente. • GESTORES DE RESIDUOS: Persona natural o jurídica autorizada y registrada por la Autoridad competente paras llevar a cabó una o más actividades de manejo de residuos. Esto puede incluir la recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento, rec;idaje o disposición final de residuos, con la aplicación de modelos circulares de· acuerd.o con las norm.ativas ambientales vigentes. i ' ' 1 Artículo 3. ADVERTIR que la presente Resolución, modifica el artíiulo tet~ero de la Resolución ' 1 ', ' ' No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, el cual queda así: . "TERCERO: Para inscribirse en el Sistema de Negocios Eco.-Circulares (SiNEC),: el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos: A. Como persona natural: 1. Presentar formulario de inscripción debidamente completado. 2. Descripción de las actividades por las cuales deba·ser incluido en el SiNEC. 3. Descripción del volumen aproximado de productos tratados, producidos o cantidad de personas capacitadas en temas ambientales mensual 4. Coordenadas UTM en formato Excel o shapefile, digital e impresa de la ubicación de la empresa. 5. Aviso de operación emitido por el Ministerio de Comercios e Industrias. 6. Copia del permiso, resolución o autorización, según sea el caso, emitidos por la Autoridad rectora de la o las actividades respectivas a registrar. Al momento de la recepción el mismo deberá ser cotejado con el respectivo original. 7. Copia de la resolución de inscripción/actualización ante el registro de consultor y/o audl~biental r n caso que por la · , , . ";::p1u· . . , MINISTF.lillO DI: Mmtsteno de Ambiente "-·· Bi •• lC.~ Dlc PAl'-JPJ'J'iA AMEti:NTC: - GOBH:Ri~ú NACIONAL - Resolución DM =º ~º~L~B~-~él ......... O~d.~S:.. 1· Fecha: aS-/-s.oas FIFL CO A DE SU ORIGINAL Página2de4 ~ ~ n JA --,....-'..,f....A... -¼! / )~ Í'i.:)Cha: 31 ·O 1,i;)o;25 No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 6 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A naturaleza del alcance del bien o servicio a inscribir así lo amerite. 8. Paz y Salvo emitido por el Ministerio de Ambiente. B. Como persona jurídica: 9. Presentar formulario de inscripción debidamente completado. 1 O. Certificado de persona jurídica (Sociedad) original, en el cual conste información de la Junta Directiva, agente residente y las generales de la sociedad, o en su defecto copia cotejada por el Notario Público. Dicho certificado deberá contar con una vigencia no mayor a tres meses, al momento de la presentación de la solicitud. 11. Copia de cédula de identidad personal o pasaporte vigente del representante legal o quien ostente la representación legal de la sociedad. 12. Descripción del volumen aproximado de productos tratados, producidos o cantidad de personas capacitadas en temas ambientales mensual 13. Coordenadas UTM en formato Excel o shapefile, digital e impresa de la ubicación de la empresa. 14. Aviso de operación emitido por el Ministério de Comercios e Industrias. 15. Copia del permiso, resolución o autorización, según sea el caso, . ,/ \ . emitidos por la Autoridad rectora qe la o l¡is activtdades respectivas a registrar. Al momento d~ la recepcion el mismo deberá ser cotejado con el respectivo oFiginal. • •I • 16. Copia de la resolución de iiiscrip,cióh/actuarización ante el registro de consultor y/o auditor ambiental en caso que por la naturaleza del alcance del bien o servicio a 1jn~cribir así lo amerite. 17. Paz y Salvo emitido por el Ministerio de Ambiente." Artículo 4. ADVERTIR que la presente Resolución, modifica el artículo décimo de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, el cual queda así: "DÉCIMO: El Ministerio de Ambiente, publicará, a través de la plataforma de Sistema'de Negocios Eco-Circulares (SiNEC), una vez firmada y ejecutoriada, la Resolución de inscripción y/o actualización en el SiNEC." Artículo 5. ADVERTIR que la presente Resolución, modifica el artículo décimo segundo de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, el cual queda así: "DÉCIMO SEGUNDO: Las personas naturales y jurídicas inscritas en el Sistema de Negocios Eco-Circulares (SiNEC), deberán realizar la actualización de su registro cada cuatro (4) años, cuyo plazo se computará desde la respectiva notificación. La permanencia de la persona natural o jurídica inscrita en el Registro del Sistema de Negocios Eco-Circulares (SiNEC), estará sujeta a las inspecciones de control, que realice la Dirección de Verificación del Desempeño Ambiental a través del Centro Nacional de Información sobre Producción Más Limpia y Consumo Sustentablelcada d.·. os (2) años, a partir de la respectiva notificación, a fin de verificar s~ejo ambi nt~1~ 1STF.mo 02 Ministerio de Ambiente R~PÚBLICA DE PAl'JAMÁ AM&,ENTE Resolución DM o o J 8 · Qt o a. S - Go o,rn;,o N .. c,oNAL - Fec?a: .18· /- ~o~s- FIEL C P!A DE SU ORIGINAL Págma 3 de 4 /1,-V,1,.M't-- ( µ ~~ ;::~~ha: ::.31--JJI ~~x No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 7 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A Artículo 6. Mantener en todas sus partes, el resto de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017. Artículo 7. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su promulgación en Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Constitución Política de la República de Panamá, Texto único de la Ley General de Ambiente, Ley 8 de 25 de marzo de 2015; Decreto Ejecutivo No. 36 de 1 de marzo de 2007; Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, y demás normas concordantes y complementarias. Dada en la ciudad de Panamá, a los '1/4~ ...lHtJ.~---IIA--~---' del año dos mil veinticinco (2025). ( :J. 8 ) días, del mes de PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Ministerio de Ambiente Resolución DM 00 {8· ao aS: Fecha: GL8· /· ótoól.5" Página 4 de 4 ? ~ ' t"", ANC~OS ~ VARRO --• ~ • Ministro ~~ 1 R!!PÚBLICA Di' PANAMÁ MIN!STF.FHO 02 - GO~ii<RNO NACIONAL AMBIENTE FIEL IA DE SU ORIGINAL (

Resolución No. DM-0018-2025 - Por la cual se modifica la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, en la cual se establecen los requisitos para la inscripción en el Nodo de Usuarios para el Beneficio del Eco-Desarrollo (N.U.B.E.) y se dictan otras disposiciones · Nelum