تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين بنما

Resolución Nº 8.565 - Metodología de detalle para la programación semanal y Criterios de arranque y parada diarios

صدر في 2015-05-12 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
بنما
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, legal proceedings/administrative proceedings, hydropower generation, transport/storage, internal trade, authorization/permit, contracts, fees/royalties, renewable energy

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. 8. Que el numeral 15,4,1.7 de las referidas Reglas Comerciales indica que el procedimiento para claboración o ajuste y aprobación de una Metodología es el siguiente: a) “Las propuestas o modificaciones de Metodologías las elaborará el CND, quign puede solicitar apoyo al Comité Operativo. Una vez se tengan las propuestas, las mismas deberán ser presentadas al Comité Operativo mediante un informe que incluya su justificación y las reglas cuyo detalle implementa, b) El Comité Operativo tendrá un plazo no mayor de 20 días calendario después de recibido el informe del CND para aprobar, modificar o rechazar las propuestas, lo cual hará a través de un Infurme de Metodalogía que será remitido al CND. Exccdido este plazo sin que se presente el referido informe, se entenderá que el Comité Operativo está de acuerdo con la propuesta del CND, e) El CND, en un plazo no mayor de 7 días calendario después de recibido el informe del Comité Operativo, remitirá a la ASEP el Informe Final de Metodología, el cual incluirá el informe del Comité Operativo y las observaciones y/o comentarios que tenga a dicho informe.

  2. 9. Que mediante Nota No. ETE-DCND-059-2014 de 30 de diciembre de 2014, el CND presentó a la ASEP el Informe Final de Metodología No. CND-13-2014, por lo que al cumplir con lo establecido en el numeral 15.4,18 de las Reglas Comerciales, la ASEP mediante nota DSAN No.0591-2015 de 27 de febrero de 2015, envió comentarios que, a juicio de esta Autoridad Reguladora, cran necesarios incluir, así como las modificaciones propuestas por el CND al Comité Operativo;

  3. 10. Que el Comité Operativo remitió mediante Nota No. CO-009-2015 de 10 de marzo de 2015, el documento al cual se refiere el considerando anterior, con una serie de comentarios al texto mismo;

  4. 11. Que en atención a lo antes expuesto y a lo establecido en el numeral 15.4.1.8 de las Reglas Comerciales, corresponde a la ASEP aprobar, modificar o rechazar la propuesta incluida en el Informe Final de la “Metodología de Detalle para la Programación Semanal y Criterios de Arranque y Parada Diarios (MPD)";

  5. 12. Que csta Autoridad Reguladora, luego de analizar todos los comentarios, asi como la propuesta de modificación, considera que la misma cumple con los requisitos establecidos en las Reglas Comerciales, por lo que; RESUELVE; PRIMERO: APROBAR con modificaciones la propuesta de Metodolopía de Detalle para la Programación Semanal y Criterios de Arranque y Parada Diarios (MPD), presentada por el Centro Nacional de Despacho (CND). dependencia de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., en el Informe Final de Metodologia. El texto unificado de dicha Metodologia se transcribe en el ANEXO A de la presente Resolución. SEGUNDO: COMUNICAR que la Metodología de Detalle para la Programación Semanal y Cnterios de Arranque y Parada Diarios (MPD), de acuerdo a lo establecido en el numeral 15.4.1.8 de las Reglas Comerciales, entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente Resolución, no obstante su aplicación debe realizarse en conjunto con las Resoluciones que aprueben la Metodología para el Planeamiento Semanal del Despacho de Mediano Plazo (DMP), Metodología de Detalle para la Mitigación del Riesgo de <!-- page 3 --> No 27799 Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de junio de 2015 Resolución AN No. esas «Elce Panamá, JA, de de 2015 Página N* 3 esabastecimiento (MRD), Metodología para la Habilitación de Exportación de Energía léctrica (MHE), Metodología de Detalle para la Programación Semanal y Criterios de Arranque y Parada de Unidades Base (MPS) y Metodología del Despacho de Precio y Cálculo de la energía en el Mercado de Ocasión (PMO), a partir de la Semana de Despacho No.27. Fundamento de Derecho: Ley No.26 de 29 de enero de 1996 y sus modificaciones; Texto Único de la Ley No.6 de 3 de febrero de 1997; Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998; Resolución JD-605 de 24 de abril de 1998 y sus modilicaciones; y demás disposiciones concordantes. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Lelecho ar nN - OBERTO MÉANA MELÉNDEZ Administrador General En Panamá a los 5 (14) días dal mos AAA AA de 201 5 Notfico al Sr... dela Resolución que antecade. ¡ dl El presente Documento es Se! ennia de su Orinina! Según Consta en los srcprvos noo 03 Ge la Au.oñidad Naciorial de lbs Servicios. sane Dado atos 18 dlazglel mos bl <!-- page 4 --> No 27799 Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de junio de 2015 ANEXO RESOLUCION AN No, 955 .Elec. de 12 de mayo de 2015 Texto Unificado Metodología para la Programación Diaria y Criterios de Arranque y Parada Diarios (ATENCIÓN: Los procedimientos para el planeamiento semanal de la politica de despacho de mediano y corto plazo deberán leerse en el orden que a continuación se indica: 1. Metodologia para el Planeamiento Semanal del Despacho de Mediano Plazo; 2. Mitigación del Riesgo de Desabastecimiento; 3. Melodologia para la Programación Semanal y Criterios de Arranque y Parada de Unidades Base: 4.Programación Diaria y Criterios de Arranque y Parada Diarios; 5. Despacho de Precio y Cálculo del Precio de la Energía del Mercado de Ocasión.) (MPD.1) (MPD.1.1) (MPD.1.2) (MPD.2) (MPD.2.1) (MPD. 2.2) (MPD.3) (MPD.3.1) (MPD.3.2) (MPD.3.3) Objetivos. Establecer la metodología a seguir en la revisión final del Predespacho Diario, Establecer Criterios para determinar el arranque de las unidades de arranque y parada diarios, Criterios de Arranque y Parada de Unidades de Arranque y Parada Diario. El costo de arranque será considerado por el modelo de despacho económico para determinar si la unidad será despachada. En el caso que los resultados del modelo indiquen que la solución más económica durante el día requiere el ciclado de unidades, los costos de arranque y/o generación obligada causados por este ciclado se asignarán al Servicio Auxiliar de Seguimiento de la Demanda y serán remunerados de acuerdo a lo establecido en el numeral 10.7 de las Reglas Comerciales. Predespacho Diario. Tomando como base el resultado de la Programación Semanal, a partir del séptimo día estarán disponibles las programaciones diarias de generación para la siguiente semana. Todos los días antes de las 10:00 horas los agentes deben suministrar al CND la información necesaria, detallada en esta metodología, para realizar el despacho del día siguiente, denominado Predespacho Diario, de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Tomo 11! (MDP), como lo establece el Reglamento de Operación (NIL3.5). En el Predespacho Diario se incluirán las transacciones de Importación y/o Exportación ya sean de contrato o de oportunidad que cumpian con jos procesos establecidos en las metodologías MH! y MHE. 1085 Metodología para la Programación Diaria y Criterios de Arranque y Paradas Diamas <!-- page 5 --> No 27799 (MPD.3.6) (MPD.3.6.1) (MPD.3.6.2) (MPD.3.5.3) (MPD.3.6.4) (MPD.3.6.5) (MPD.3.5.6) (MPD.3.6.7) Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de junio de 2015 Todos los días de la semana se realizarán los Predespachos Diarios y estarán disponibles a partir de las 19:00 horas del dia anterior, El Predespacho Diario incluye las transacciones de Importación y/o Exportación indicadas en el MPD.3,3. El Predespacho Diario considerará la información actual del sistema como la disponibilidad térmica (obtenida de la última prueba de máxima carga), disponibilidad prevista de los recursos renovables, niveles iniciales de los lagos, disponibilidad de la red transmisión y distribución (que afecte la planificación del despacho), el Unit Commitment (obtenida del Predespacho Semanal) Los datos para el Predespacho Diario serán incorporados a la base de datos de la herramienta utilizada para la optimización de corto plazo de la siguiente manera La demanda será incluida por el CND según el mejor pronóstico que se tenga al momento de la elaboración del Predespacho. Las resticciones lemporales no programadas debido a mantenimientos o indisponibilidad de plantas, subestaciones o lineas, serán incluidas en el modelado. De existir alguna modificación a la disponibilidad prevista declarada por el participante, según la metodologia DMP por algún daño o falla, debe ser informada hasta las 10:00 horas, del dia en que se elabora el predespacho. Esta gestión por parte del Agente Generador, no será considerada como una aprobación de la libranza correspondiente, En el caso de información faltante todas las unidades afectadas por una indisponibilidad no programada serán consideradas indisponibles por el resto del penodo. Se incluirán los requisitos de reserva rodante y de reserva operativa de acuerdo a lo señalado en la metodología MRO, y los criterios de regulación secundaria definidos en la metodología MSA. Se debe considerar como fija las decisiones de arranque y parada de unidades lérmicas ("Unit Commitment'), de centrales de generación de arranque lento previstas en el Predespacho Semanal. Los Agentes Generadores propietarios de centrales hidroeléctricas deben suministrar los pronósticos de caudales en etapas horarias, hasta las 10:00 horas diaramente e informar cualquier modificación hasta las 15:00 horas. Ante la ausencia de los pronósticos de caudales se ulilizará la declaración entregada para la programación semanal. El procedimiento a continuación cumple con las disposiciones establecidas en la Resolución AN No. 7966 - Elec del 22 de oclubre de 2014 y sus modificaciones. 2de5 Metodologla para la Programación Diaria y Criterios de Arranque y Paradas Diarias <!-- page 6 --> No 27799 (MPD.3.6.8) (MPD.3.6,9) (MPD.3.6.10) (MPD.3.6.11) (MPD.3.6.12) Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de junio de 2015 El CND estará obligado a consignar en los Predespachos Diarios, los contratos de exportación y ofertas de oportunidad casados por el EOR, a aquellos Generadores en vertimiento y/o vertimiento inminente, para que estas transacciones en primera instancia se honren con su propia generación cuando en el Planeamiento Semanal, en los resultados de los estudios considerando las restricciones, y ante la presencia activa de restricciones en el Sistema de Transmisión propiedad de ETESA, las plantas de generación hidroeléctrica que se encuentren en condición de vertimiento o vertimiento inminente, ya sean plantas hidroeléctricas de pasada o plantas hidroeléctricas de embalses con regulación mayor a noventa (90) dias, cuyo costo variable aplicable al despacho resulte igual a cero (0) $/MWh, condición que debe estar asociada directamente a restricciones en las lineas de transmisión de ETESA. Para la aplicación de lo indicado en el párrafo anterior, se considerará que existe una condición de vertimiento inminente cuando, como resuitado de la optimización de los recursos de generación que realiza el CND, un embalse con regulación mayor a noventa (90) días, su Costo Variable Aplicable al Despacho es igual a cero (0), aunque dicho embalse no haya alcanzado aún su nivel máximo de operación, Para la operación en tiempo real, este Predespacho Diario se tomará de manera indicativa, cualquier apartamiento entre la operación en tiempo real con respecto a la previsto en el Predespacho Diario, siempre y cuando estos apartamientos resulten como consecuencia de factores extemos no atribuible a la gestión del CND, los cuales no podrán ser objetos de reclamos por parte de los Agentes del Mercado, tales como las variaciones de la demanda, indisponibilidades, variaciones de los aportes (aumento o disminución), eventos regionales que afecten las transacciones. Los Agentes Generadores con Generación Renovable No Convencionales deberán suministrar los pronósticos de los recursos primarios como la velocidad de viento, irradiación solar y otros, según le aplique, en etapas de 10 minutos, hasta las 10:00 horas diariamente e informar cualquier modificación hasta las 15:00 Poras. Ante la ausencia de los pronósticos se utilizará la declaración entregada para la programación semanal. Los Agentes Generadores que hayan solicitado pruebes y fueron incluidas en el Predespacho Semanal serán modeladas en el Predespacho Diario, Las transacciones de Importación y/o Exportación, que resulten en el Predespacho Regional serán incluidas en la base de datos. El CND deberá completar datos faltantes y verificar la coherencia de la información a utilizar para lograr la mejor representación posible del dia siguiente y así garantizar una programación eficiente de la operación, así lo establece el Reglamento de Operación (MDP 2.13). El CND ulilizará el costo de oportunidad para las centrales de embalses de regulación iguai o mayor a 90 días, que resulte de la aplicación de la Metodología OMP. 3de5 Metodología para la Programación Diaria y Criterios de Arranque y Paradas Diarias <!-- page 7 --> No 27799 «y, MPD.3.6.13) (MPD.4) (MPD4.1) (MPD.4.2) (MPD.4.3) (MPD,4.4) (MPD.5) (MPO.5.1) (MPD.5.2) Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de junio de 2015 Una vez que se tenga el resultado de la programación del Predespacho Económico Diario, el CND verificará los criterios de seguridad, calidad y reserva operativa y si es necesaño, modificará la programación para cumplir con estos criterios. El CND verificará que la generación hidroeléctrica resultante de la programación diaria sea consistente con el Predespacho Semanal resultante de la aplicación de la Metodología MPS, a fin de garantizar que no ocurran apartamientos significativos en los volúmenes de agua a utilizar. Para estos efectos se entenderá que al final de la semana de despacho no deben existir apartamientos de más de 5% en el volumen de agua utilizada en cada una de las plantas con embalse de regulación mayor a noventa (90) días, salvo cuando ocurran situaciones como la indicadas en el numeral (MPD.5.2) en cuyo caso se deberá realizar el informe indicado en el numeral (MPS.3.5.3.3.1) de la Metodología MPS. Despacho Diario en Tiempo Real. Durante las 24 horas del día de despacho, el CND utilizará el Predespacho Diario como su guía primana para el arranque y parada de las unidades. La hora exacta de puesta en línea o salida de cada unidad quedará siempre supeditada al criterio del CND. El despacho instantáneo se llevará a cabo de acuerdo con los resultados del módulo de Despacho Económico (ED) del Sistema SCADA. Las unidades cespachables que no eslén bajo control de! Control Automático de Generación (AGC) se llevarán manualmente a los valores de generación deseada que indique el ED. Las unidades de filo de agua se despacharán bajo un esquema de control de nivel. Ante cualquier contingencia el CND debe verificar su reserva operativa para asegurarse que cumple con los crilerios establecidos en MRO. (MPD4.4.1) — Si, por cualquier causa, es necesario utilizar Potencia que forma parte de la reserva, pero tiene condicionado el liempo de uso (caso de las unidades con embalses horarios o unidades operando en régimen de sobrecarga), el CND debe, a la mayor brevedad posibie, reemplazar dicha potencia con potencia de unidades que estén disponibles por tiempo ilimitado. Redespacho Diario. Durante la operación en tiempo real, el CND realizará el seguimiento a las premisas consideradas en la elaboración del último Predespacho Diano publicado que considere la oferta real disponible declarada antes de las 24:00 horas del día anterior. Ante los desvios significativos o diferencias entre las condiciones previstas en el Predespacho Diario y las condiciones que se observen en la operación en tiempo real, y que puedan verse afectadas la calidad y seguridad del suministro de energía 4de5 Metodologia para la Programación Diaria y Criterios de Arranque y Paradas Diarias AS <!-- page 8 --> No 27799 Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de junio de 2015 al SIN, se deberán contemplar las siguientes situaciones para confección de redespachos, para mantener la operación económica del sistema: = Por cancelación de programas de exportación y/o importación, y/o despachos del EOR que afecten el despacho en tiempo real, = Porindisponibilidad, total o parcial, de unidades de generación y/o elementos de transmisión que involucren la entrada en operación de unidades no contempladas en el Predespacho Diario. " Por variaciones en la proyección de demanda. = Por déficit de abastecimiento de la demanda del SIN. = Porrecuperación de disponibilidad de unidades de generación y/o elementos de transmisión no contempladas en el Predespacho Diario. (MPD.5.3) Estos redespachos serán publicados en un plazo no mayor a tres (3) horas, a partir de la ocurrencia de las premisas indicadas en el articulo MPD.5.2. Éstos serán informados a los Agentes del Mercado, con su respectiva causa. El presents Documento es fisl encia de eu Orig'na! Sagúr, ata en lau 2.0 re ee rdidina Dado alos_/E das dad ce 5de 5 Melodología para la Programación Diaría y Criterios de Arranque y Paradas Diarias

Resolución Nº 8.565 - Metodología de detalle para la programación semanal y Criterios de arranque y parada diarios · Nelum