Resolución Nº 4 - Modifica el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo de la República de Panamá
صدر في 2017-02-15 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- بنما
- الموضوعات
- Energy
- الكلمات المفتاحية
- energy conservation/energy production, natural gas, transport/storage, registration, internal trade, standards
- الفئات
- energy
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
No. 28270 Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2017 1 Resolución No. 004 JUNTA TE:CN!CA DE INGENlERIA de 15 de febrero de 2017 Y ARQUITC:CTURA Este Documento es fiel copia de su original emitido por la JTIA REPÚBLICA DE PANAMÁ ~.;:·~:· 4 • -,e~ JUNTA TÉCNICA DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA (Ley 15 del 26 de Enero 1959) Resolución No. 004 de 15 de febrero de 2017 POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN,.No.060 DE 19 DE OCTUBRE DE 2016, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DE GAS LICUADO DE PETROLEO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ CONSIDERANDO: Que la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura (JTIA) es una entidad de derecho público creada mediante la Ley 15 de 26 de enero de 1959, modificada por las leyes No.53 de 4 de febrero de 1993 y No.21 de 20 de junio de 2007, por la cual se regula el ejercicio de las profesiones de ingeniería y arquitectura. Que mediante la Resolución No. 060 de 19 de octubre de 2016, se aprobó el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo de la República de Panamá. Que en la reunión del Pleno de la Junta Técnica de Ingeniería y Arguitectura celebrada el 8 de febrero de 2017, ésta corporación ha considerado con'veniente hacer los siguientes señalamientos adicionales a la Resolución No.060 de 19 de octubre de 2016. , Con base a ello, el Pleno de la JTIA, en uso de sus facultades legales, RESUELVE: PRIMERO: ADOPTAR, por referencia, los Códigos NFPA 54 y NFPA 58 de la National Fire Protectión Association (NFPA), de la última versión en español vigente a la fecha por la National Fire Protectión Association (NFPA), tomando en cuenta de igual forma las regulaciones de la República de Panamá. Estas modificaciones se realizarán a través DEL COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE DEL REGLAMENTO DE GAS LICUADO DE PETROLEO. SEGUNDO: ESTABLECER que la implementación, ejecución y vigilancia será realizada por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá. TERCERO: Esta Resolución empezará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 15 de 1959, sus modificaciones, decretos reglamentarios y resoluciones complementarias COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE: 1tÍoft:.í#dd~ A,q. Presidenta .e·. / .--.J/'-- / Afq. Magda Bernard Arqufmedes Fernández ¡Representante del Representante del Colegio de Arquitectos Ministerio de Obras Públicas I 1
No. 28270 Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2017 2 Resolución No. 004 de 15 de febrero de 2016 R~íl __ lng. R_y!ilio-VU~, -Re¡)íesentante del Colegio de Ingenieros Civi es y Secretario ,I} ¡.--. l~ /A;n~ y ;~mador Hassell · Representante de la Universidad Tecnológica de Panamá 2