Resolución Nº 2 - Modifica la Resolución Nº 1, que fija el descuento en la tasa de interés en préstamos nuevos al sector agropecuario y agroindustrial
صدر في 2002-02-21 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Caribbean Community (CARICOM)
- الدولة
- بنما
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- financial agricultural measures, credit, special fund, legal proceedings/administrative proceedings, subsidy/incentive, international trade
- الفئات
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النص
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Republica de Panama Superintendencia de Bancos RESOLUCION FECI No. 2-2002 (De 21 de febrero de 2002) LA SUPERINTENDENTE DE BANCOS en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Numeral 8 del Articulo 4 de la Ley 4 de 17 de mayo de 1994, corresponde a la Superintendencia de Bancos fijar el manta especifico del descuento en la tasa de interes, en pr8stamos concedidos al sector agropecuario calificado y al sector agroindustrial exportador de productos no tradicionales; Que de conformidad con el Artfculo 3 del Decreto Ejecutivo No. 29 de 8 de agosto de 1996, corresponde a la Superintendencia de Bancos dictar las medidas necesarias para la ejecuci6n de la Ley 4 de 17 de mayo de 1994 y sus disposiciones reglamentarias, asi coma hacer del conocimiento pUblico el monto del descuento fijado para prE!stamos concedidos al sector agropecuario calificado y al sector agroindustrial exportador de productos no tradicionales. Que en virtud de lo anterior, mediante Resoluci6n FECI No. 1-2002 de 2 enero de 2002, esta Superintendencia de Bancos fijo en TRES Y MEDIO POR CIENTO (3.50%) el descuento en la tasa de interes en prE!stamos nuevos al sector agropecuario calificado y al sector agroindustrial exportador de productos no tradicionales. Que esta Superintendencia de Bancos ha establecido la necesidad de favorecer a un mayor nUmero de productores agropecuarios con el aumento en el descuento de la tasa de interes para prestamos al sector agropecuario calificado y al sector agroindustrial exportador de productos no tradicionales. RESUELVE: ARTICULO 1: El Articulo 1 de la Resoluci6n FECI No. 1-2002 de 2 de enero de 2002, quedara asf: "Fijese en TRES Y MEDIO POR CIENTO (3.50%) el descuento en la tasa de interes en los prestamos otorgados y que se otorguen al sector agropecuario calificado y al sector agroindustrial exportador de productos no tradicionales". ARTICULO 2: Los efectos de la presente Resoluci6n son retroactivos al 1 de febrero de 2002. Dado en la Ciudad de Panama, a los veintiUn (21) dias del mes de febrero de dos mil dos (2002). NOTIFiQUESE, PUBLiQUESE Y CUMPLASE. LA SUPERITENDENTE DE BANCOS Delia Cardenas