Resolución Nº 2.188 - Autoriza el uso de la gasolina sin mezcla de bioetanol anhidro
صدر في 2014-08-22 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- بنما
- الموضوعات
- Energy, Cultivated plants
- الكلمات المفتاحية
- plant production, crops, subsidy/incentive, policy/planning, residues, energy conservation/energy production, renewable energy, bioenergy, biofuel, transport/storage
- الفئات
- agriculture
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<!-- page 1 --> No 27605-A Gaceta Oficial Digital, viernes 22 de agosto de 2014 REPÚBLICA DE PANAMÁ SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA RESOLUCIÓN N.*2188 (De 22 de agosto de 2014) Por la cual se autoriza el uso de la gasolina sin mezcla de bioetanol anhidro en todo el territorio nacional. EL SECRETARIO DE ENERGÍA en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que el artículo 1 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, reorganiza la Socretaria Nacional de Energía, comu una entidad del Organo Ejecutivo, rectora del sector encrgía, adscrita al Ministerio de la Presidencia. Que la Ley 42 de 20 de abril de 2011, establece los lincamientos para la política nacional sobre biocombustibles y energía eléctrica a partir de biomasa en el territorio nacional. Que el artículo 2 de la Ley 42 de 20 de abril de 201 1, señala que corresponde al Órgano Ejecutivo, por conducto de la Secretaría Nacional de Energía la ejecución y aplicación de esta Ley. Que el articulo 14 de la Ley 42 de 20 de abril de 2011 modificado por la Ley 21 de 26 de marzo de 2013, establece el uso del bioetanol anhidro como aditivo oxigenante en mezclas con las gasolinas en la República de Panamá, señalando los porcentajes, fechas y áreas donde sc implementará su uso. Indica que en caso de que no haya disponibilidad de producción nacional de bioetanol anhidro para las mezclas con gasolina, sc permitirá el uso de la gasolina sin mezcla, previa aprobación de la Secretaría Nacional de Energía, Que la sociedad Campos de Pesé, S.A., única empresa productora del bioetanol! anhidro utilizado en las mezclas con gasolinas, ha suspendido las ventas de este producto a las empresas importadoras — distribuidoras de los combustibles, lo que crea una situación de desabastecimiento del bioetanol anhidro para las mezclas con gasolinas. Que csta Secretaria, en atención al mandato del articulo 14 de la Ley 42 de 20 de abril de 2011 modificado por la Ley 21 de 26 de marzo de 2013, y como ente rector de tadas las actividades relacionadas con el mercado de los productos derivados del petróleo conforme lo establece el artículo 4 del Decreto de Gabinete N.*36 de 17 de septiembre de 2003, estima necesario aprobar el uso de la gasolina sin mezcla de bioetanol anhidro en el mercado nacional, a fin de salvaguardar el continuo suministro de combustible en el país. RESUELVE: PRIMERO: AUTORIZAR el uso de la gasolina sin mezcla de bioetanol anhidro en todo el territorio nacional. SEGUNDO: La Secretaría Nacional de Energía coordinará con los agentes de la cadena de comercialización de los combustibles, la implementación de esta medida. TERCERO: Esta resolución comenzará a regir a partir de su promulgación.
<!-- page 2 --> No 27605-A Gaceta Oficial Digital, viernes 22 de agosto de 2014 Resolución N.*2188 Fecha: 22 de agosto de 2014 Página 2 de 2, FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 42 de 20 de abril de 2011 modificada en la Ley 21 de 26 de marzo de 2013; Ley 43 de 25 de abril de 2011; Decreto de Gabinete N.*36 de 17 de septiembre de 2003 y sus modificaciones. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, ] 2 r DAVID ELÍAS MUÑOZ S. Director de Hidrucarburos, Encargado REPÚBLICA DE PANAMÁ SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA a Uoceta! Fiel Copia ce 5u Orizinal; A, mobl re Atl O e. AL 01 e. —