Resolución Nº 1 - Permiso temporal de pesca de peces durante el primer período de veda 2012
صدر في 2012-02-01 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Caribbean Community (CARICOM)
- الدولة
- بنما
- الموضوعات
- Fisheries and aquaculture
- الكلمات المفتاحية
- marine fisheries, crustaceans, inspection, seasons, size, fishing gear/fishing method, fishing vessel, artisanal fisheries, fishing area, fishing authorization, fishery management and conservation, aquatic animals, authorization/permit
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1No 26973-A Gaceta Oficial Digital, lunes 13 de febrero de 2012 REPUBLICA DE PANAMA ~ A,I.JTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUATICOS DE PANAMA '\. :'QlJ { ADMINISTRACION GENERAL ~ t-<-' Q' O'c, c"'> 10sRec\\~ Resuelto ADM/ARAP No.001 de 1 de febrero de 2012. El Administrador General de la Autoridad de las Recurses Acuaticos de Panama, en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que Ley 44 de 23 de noviembre de 2006, crea la Autoridad de los Recursos Acuaticos de Panama, coma entictad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y la aplicaci6n de las Leyes y los Reglamentos en materia de recurses ac1;1aticos y de las polfticas nacionales de pesca y acuicultura que adopte el Organo Ejecutivo. Que la Autoridad de las Recurses Acuaticos de Panama tien-e>como funciones1 entre otras, regular el aprovechamiento de los recurses acuaticos de acuerdo a las estir:!} g,QQD~.?. de su potencialidad, su estado de explotaci6n y SU impo~tafly~ sociafr,~::,~~ · --~>-.. ·" · "' ,, •• Jr . .-·. ~ Que es funci6n de,v''K.ef~.mi~~~~zkr---i~~r~f ,:,~::·· ,a· ARAP, entre otras, autorizar la apmbaci60:{;}:A·6ciif~a:cflbJ.t,~>;i~ov.aci6 r;1::--¥> anulaci6n de las perm isos relativ¢s a le pesca{ l~-acu.l.S,u!~ y ekm~<\ marino-costero en los terminos ¢e lijs,{llsp:p$~l~pes c.\~J~r~t.tva~ aplicables. • -•• -.. •:/ ... • ~,;:,----~.-~-; .• <·.'..:" .. ~~•;~ . . • ~~...... ·•:,•:~~~:::-............. .-.-••• .,.·:>. ·.: r:·.-.~·/::-.:,--·\. '-:. Que el articulhiit~e~o d~i:~':ih~t~ti{~l~~.t~9:~:~; 158 c1~}31·· de diciembre de 2003, esta:tilek:e /os PIF(!~!Lit~\'-1[,tiifrfifra tod:a$.d ~ \ especies de camarones l;nMifl.ds en Va ,:,Me1faa)ief""r!Jij,? Panama,·, !off' ¢uales serfm 1~~;~~~i~~!tf1~~1r~~e;,~:VJ1J5.~1;;~i:J~~d~:d:1t1·;~f;· a~~~ !ef1 de septiembre /rpfta',f as 14-:,Q,o\~. -··r,JJ~a~JX£i/!!JP4 .. :tubre/ d.~':b / . :. ~ ;, ·"' ... \ \-.. :t\ .. ~ \ 11 ~ ! j,✓// ... ,: ; / t Que con el fin '~l:;~~1~r el ~~llk:;~~q~ro -~~~ ~aliza sobre las especies de pe<:Efs~,) t;ttilJ~pdt>--Jfi~~~ e ,.~,rr-tf?t'r~}\ d.tirante el primer periodo de veda d~.,, c~~rpn-.. 2.0.tt s.e--h·a s~ ; l\lece,silrio establecer las medidas de ordenach§.Q'.\:f~1ativas a /~a creadon:iige un Permiso Especial Temporal de Pesca de P'et::~$. en pen~af6 de v~·:· .,, ··~ .......... .,.,~ ... .... v .... ·.~-i .. ,.,. ...... .,.~,,-~·-,... Que el Decreto Ejecutivo No. 89 de 17 de julio de 2002, preceptua que toda nave mayor de diez (10) toneladas de registro bruto que se dedique a fa pesca de Doncella y Pajarita en las aguas jurisdiccionales de la Republica de Panama, debera proveerse de una Licencia de Pesca de conformidad con lo dispuesto en este Decreto, para lo cual se debera utilizar coma arte de pesca redes de arrastre con luz de malla no menor de tres (3) pulgadas Que tanto para la pesca de Camarones coma de Doncella y Pajarita el arte utilizado es la red de arrastre, !a cual debera ser modificada, con el fin de poder faenar en periodo de veda de camar6n. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Para dedicarse a la pesca de peces en aguas jurisdiccionales de la Republica de Panama, durante el primer periodo de veda de camar6n 2012, es necesario obtener un permiso denominado "Permiso Especial Temporal de Pesca de Peces en periodo de Veda", el Resuelto ADM/ARAP No.001 de 1 de febrero de 2012. 1 2No 26973-A Gaceta Oficial Digital, lunes 13 de febrero de 2012 ; ~ J-·, .t \~ l J .ff >' ,v ~ •,y.,.,..,' .,. ) ¢ \j:.:, I · ,•.' \ 1s RcC~ cu al sera expedido por la Direcci6n General de Ordenaci6n y Manejo Integral. ARTICULO SEGUNDO: Para obtener el Permiso Especial Temporal de Pesca de Peces en perfodo de Veda, el interesado debera cumplir con los siguientes requisites: 1. Presentar memorial con ocho balboas (B/. 8.00) en timbres fiscales. 2. 0oseer licencia de pesca vigente de Camaron o de Doncella y Pajarita. 3. Las embarcaciones deberan contar con un Sistema de Monitoreo Satelital activado, cuya funcionalidad debe ser verificada por parte de la Unidad de Monitoreo Satelital de la ARAP, previo al otorgamiento del permiso. . 4. El arte de pesca a utilizar sera una red de arrastre de cuatro (04) panos y un capo. . . ?:,:·.: ;::: ARTiCULO TERCERO: Con el Jin . de regular el esfuerzo pesquero de peces en el primer perio9p ... etf\ieda ~~n:,a~~~- 2012, s61o se otor~aran cuatro ( 04) perm1s~~,.,.P9r ~ ~[esatl1~3k:1t~Ji-te; -.,~1 cu al no podra ser transferido una ve}'. -o:~~d~~):>t-endf'&-..vJ.g~~-ia ha·st~ el 11 de abril de 2012. Cuan?o S~•·t1;1.~e::,,~;~,··~~S!;'.)~r~~~v ... ,s6lo -~~~}~\ otorgar~ un ( 1) perm 1s0, au n ,.cua ndo / sea '-~prqp1eti n9s J:le v~'r,~~:') embarcac1ones y mantenga sus; IJ~f~~~ . .as "'~%~ ~~\: leyf::~ i.t ~f1 llf!!i,~9ra \ la cantidad de ::~:::L: eblw~, ~~~~~~~~uto;I:~ \ durante este perfodo, ser~D:4:@, cuatro {4}·:P4~'§, 1tef'~~z:µ~les esta~l),,:26~stituidos par redes con luz de \tnplla quie,,,vd;:i.wstfe''of a'13 p~Jgadas irri~:x+~as, estiradas y medida~ d~:::iffrdd, a nudb) ~ ;::fil:BR~~=;t;> ~opo, la /1~.,d1 malla de las ~edes s~ra de, ~ S!?u~gad~s~---~t1.~Sr~~~ 'f~~~~s dE;;' ~ /a nudo. En eJ ar'.=~ de instala~tg~::det DISA?S-trt~~ ~d~9f ge Tot?t~QaS ,,DET), s::.podra i ut1l1zar redes c'Qc .}~f >~~-,m~ll~~ j-~~ ~~9'a:1/··{ s~9~ y med1d~s de · nudo a nudo. .. ,, . . , / . . . .. . ,, , .,. >..,.. .. . ,.. ,, ,'~ ,: PARAGRAFO: Es~> ~ ... :~:cte -. .p~sc ca .. a.deb'&'[-~) \ser:>verificado por !os Inspectores de la Au't-q(i4¥1 de I0,? 1~~-~ursos At.y,at'icos de Panama, que se encu~ntren en la ofi~Tn:a ... d,~, Za rg~,.~el ~-~-~r.:t<f de ~acam~nte, previo a} otorgam1ento del Perm1s0 Esp-ec1fff- +emporal, al m1smo t,empo debera verificar y comprobar la adecuada instalaci6n del Disposltivo Excluidor de Tortugas (DET), el que debera estar instalado a su salida de puerto y durante todos los lances que efectue durante sus faenas de pesca. ARTICULO QUINTO: Los inspectores de la Autoridad de !os Recursos Acuaticos de Panama, efectuaran las actividades de captura de la informaci6n estad1stica de desembarque y muestreo de las tallas de las especies capturadas por las embarcaciones amparadas por el referido permiso durante el desembarco de los productos. Cada embarcaci6n debe permitir el acceso a los inspectores de la Autoridad, con el fin de realizar dichas actividades. ARTICULO SEXTO: Las contravenciones a las disposiciones del presente Resuelto, seran sancionadas por la Direcci6n General de Inspecci6n, Vigilancia y Control de la ARAP, de acuerdo a lo establecido en el artfculo 297 del C6digo Fiscal y le sera suspendida temporalmente todas las Licencias de Pesca de la embarcaci6n infractora por un pedodo de tres (3) meses. Resuelto ADM/ARAP No.001 de 1 de febrero de 2012. 2 3No 26973-A Gaceta Oficial Digital, lunes 13 de febrero de 2012 ·, .. ..~t :~ " . ":,,~;t.. ,f ;;;°' 1,-1, • .,ef:o ' ' \1.."-~ ARTICULO SEPTIMO: La presente Resoluci6n entrara en vigencia a part ir de su firma. FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulos 1, 4 y 21, ordinal10 de la Ley 44 de 23 de noviembre de 2006; Decreto Ejecutivo No. 158 de 31 de diciembre de 2003. CUMPLASE Y PUBLIQUESE \ Q < • ~~ /~ GIOVANNI LAURI CARRETI Administrador General .,,,.~----.. -r~;.:. ~,-......... ..,,.,,., .P //:::.-. ! , '\ '\ ' , -.,,..., ;! ., ' ·> ti>~~~~::{i'.~:-:/ !w-i ,. \ ~i;\/'1(cft:· :t . y', ·, ,,;,-·I, , ,.,<· fi:~~ /i 2?:.Ci \~r::.: Resuelto ADM/ARAP No.001 de l de febrero de 2012. 3