Resolución Nº 1.600 - Recomienda adoptar medidas para la ejecución de estrategias tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad
صدر في 2013-08-02 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
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- Energy
- الكلمات المفتاحية
- energy conservation/energy production, internal trade, hydropower generation, contracts, data collection/reporting, early warning system, inspection, renewable energy
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<!-- page 1 --> No 27346-B Gaceta Oficial Digital, martes 6 de agosto de 2013 REPÚBLICA DE PANAMÁ SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA RESOLUCIÓN N* 1600 (De 2 de agosto de 2013) “Por la cual se recomienda adoptar medidas para la ejecución de estrategias tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio pública re. electricidad” > Ec, (9) y EL SECRETARIO DE ENERGÍA 3) en uso de sus facultades legales, E z SL CONSIDERANDO: e Que el artículo 1 de la Ley 43 de 25 de ubril de 2011, rcorganiza la Secretaria Nacional de Energía como una dependencia del Órgano Ejecutivo, adscrita al Ministerio de la Presidencia, Que el artículo 3 de la Ley 43 de 201 1, establece que la conducción del sector energía le corresponde a la Secretaria Nacional de Energía. Que contorme lo dispone el artículo $ de la Ley 43 de 2011, esta Secretaría tiene funciones relativas a la plancación y planificación estratégica y formulación de políticas del sector energía, a la elaboración de un marco orientador y normativo del sector, al monitoreo y análisis del comportamiento del sector energía, a la promoción de los planes y políticas del sector y a la investigación y desarrollo tecnológico y de orden administrativo. Que la Ley 43 de 9 de agosto de 2012 en su artículo 4 que modifica el Texto Único de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, adiciona el artículo 81-A que permite la contratación de potencia y/o energía a través de pliegos de cargos especiales. Que la cxcerta legal antes citada establece que los pliegos especiales estarán sujetos a las directrices de política encrgética de la Socretaria Nacional de Energía. Que de acuerdo a los informes obtenidos de la Gerencia de Hidrometcorología de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), los efectos del cambio climático que hemos estado experimentando continuarán y no se puede asegurar el comportamiento hidrológico de nuestro país, observándose una conducta errática de las precipitaciones pluviales y un aumento marcado de la temperatura ambiental, incidiendo lo anterior en el aumento de la demanda de energia. Que la demanda de energía eléctrica registró un valor máximo histórico de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro megavatios (1,444 MW), ocurrida el pasado 17 de abril de 2013, Que debido a la indisponibilidad de algunas unidades de pencración térmica € hidrocléctrica se redujeron los niveles de los embalses, sobretodo de los lagos de Bayano y Fortuna, necesarios para cubrir la creciente demanda de energía cléctrica, en especial durante la estación seca. Que la disminución intensa y alargada de los aportes hídricos en nuestras cuencas durante el verano de 2013, afectaron la prestación del servicio público de electricidad de manera eficiente, Que existen restricciones de transmisión.
<!-- page 2 --> No 27346-B Gaceta Oficial Digital, martes 6 de agosto de 2013 Resolución No, 1600 de 2 de agosto de 2013 Página 2 de 2. Que de acuerdo al informe “Verano de 2014” del Grupo de Planeamiento Operativo, Gerencia de Operaciones, Centro Nacional de Despacho (CND), fechado julio de 2013, se esperados. Que a pesar de que la Secretaría Nacional de Energía promueve el ahorro y uso racional de la energía y que a nivel gubernamental se han adoptado medidas para disminuir el consumo energético de este sector, es cvidente que el aumento de la demanda sigue dándose producto del crecimiento de la economía nacional; y por lo tanto, se hace necesario tomar medidas adicionales con el objeto de disminuir la posibilidad de que el suministro eficiente, continuo e ininterrumpido de la encrgía eléctrica se vea afectado en el futuro, Que es necesario coordinar con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA) y la Empresa de Generación Eléctrica, S.A. (EGESA), la ejecución de medidas estratégicas que tengan como meta evitar la posibilidad de que la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad se vea afectada a partir del año 2014, RESUELVE: PRIMERO: RECOMENDAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), que de ser necesario y por seguridad de abastecimiento convoque una licitación pública que contemple: Hasta 150 MW de respaldo nuevo, adicional a lo existente. Desde el año 2014 y hasta que sea necesario, Que, de preferencia, la entrada en operación comercial sca a partir del ] de enero de 2014, + Que, de preferencia, la ubicación de las instalaciones esté en Jas zonas 7 y/o 9 descritas en el reglamento de transmisión. SEGUNDO: RECORDAR NUESTRA RECOMENDACIÓN al Centro Nacional de Despacho (CND) para que implemente las medidas necesarias para que los lagos de Bayano y Fortuna, importantes para la generación nacional durante los meses de verano, sean utilizados de manera prudente optimizando el recurso hídrico para evitar que la condición de Alerta de Racionamiento decretada durante el 2013 se repita, tomando en consideración el despacho económico. TERCERO: RECOMENDAR que de manera conjunta y coordinada, Ja Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), la Empresa de Generación Eléctrica, S.A. (EGESA), y el Centro Nacional de Despacho (CND), ejecuten las medidas regulatorias, operativas y técnicas necesarias, tendientes 4 garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de clectricidad. CUARTO: La presente resolución comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 43 de 25 de abril de 2011. Dado en la ciudad de Panamá, a los dos (2) dias de] nes de agosto de dos mil trece (2013). COMUNÍQUESE Y CÚMPLAS VICENTE PRESC Secretario de Ener