Resolución Nº 1.417 - Medidas sobre letreros luminosos tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad
صدر في 2013-05-06 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- energy conservation/energy production, internal trade, hydropower generation, renewable energy
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<!-- page 1 --> No 27280 Gaceta Oficial Digital, lunes 6 de mayo de 2013 REPÚBLICA DE PANAMÁ SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA RESOLUCIÓN N? 1417 (De 6 de mayo de 2013) “Por la cual se propone adoptar medidas para la ejecución de estrategias tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad” sas óciONaL EL SECRETARIO DE ENERGÍA, En uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO; Que de acuerdo a los informes obtenidos de la Gerencia de Hidrometeorología de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., los efectos del cambio climático que hemos estado experimentando continuarán y no se puede asegurar el comportamiento hidrológico de nuestro país, observándose una conducta errática de las precipitaciones pluviales y un aumento marcado de la temperatura ambiental, incidiendo lo anterior en el aumento de la demanda de energía; Que la demanda de energía eléctrica registró un valor máximo histórico de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro megavatios (1,444 MW), ocurrida el pasado 17 de abril de 2013; Que debido a la indisponibilidad de algunas unidades de generación térmica e hidroeléctrica se han reducido los niveles de los embalses, sobretodo de Bayano y Fortuna, necesarios para cubrir la creciente demanda de energía eléctrica, cn especial durante la estación seca; Que la disminución de aportes hídricos en nuestras cuencas, aunado a una estación seca intensa y alargada durante el año 2013, pueden afectar la prestación del servicio público de electricidad de manera eficiente, continua e ininterrumpida; Que a pesar que la Secretaría Nacional de Energía promueve el ahorro y uso racional de la energía y que a nivel gubernamental se han adoptado medidas para disminuir el consumo energético de este sector, resulta necesario intensificar las mismas a nivel nacional, mientras se mantengan las causas que han generado la situación actual en el sector . energético, con el objeto de disminuir la posibilidad de que el suministro ininterrumpido de la energía eléctrica se vea afectado; Que es necesario coordinar con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. (ETESA), y la Empresa de Generación Eléctrica, S.A. (EGESA), la ejecución de estrategias tendientes a disminuir la posibilidad de que la y
<!-- page 2 --> No 27280 Gaceta Oficial Digital, lunes 6 de mayo de 2013 prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad se vea afectada; Que conforme lo dispone el artículo 5 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, la Secretaría Nacional de Energía tiene entre sus funciones, el monitoreo y análisis del comportamiento del sector energía para la promoción de los planes y políticas de dicho sector, bajo la subordinación del Organo Ejecutivo y con la participación y debida coordinación de los agentes públicos y privados que participan en el mismo, en consecuencia; RESUELVE: PRIMERO: ADOPTAR conjunta y coordinadamente con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), la Empresa de Generación Eléctrica, S.A. (EGESA), y el Centro Nacional de Despacho (CND), la ejecución de medidas regulatorias, operativas y técnicas necesarias, tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad hasta que la Alerta de Racionamiento decretada por el CND sea suspendida, SEGUNDO: RECOMENDAR a la ASEP a que implemente las medidas necesarias para evitar que los letreros luminosos innecesarios sean utilizados mientras dure la condición de Alerta de Racionamiento decretada por el CND. TERCERO: INSTRUIR a EGESA para que realice las gestiones necesarias para incrementar el parque de generación actual durante el período de duración de la condición de Alerta de Racionamiento decretada por el CND. CUARTO: La presente resolución comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 43 de 25 de abril de 2011, Dado en la Ciudad de Panamá, a los seis (6) días del mes de mayo de dos ml 41884,, (2013). > er, Yo 5 E Cr Er, =l COMUNÍQUESE Y CÚMPLA! E 5 VICENTE PRESCUTT B. Secretario de Energia ma ES oricá ¡E ze Ináspo de FO.