تخطَّ إلى المحتوى
Nelum
قوانين بنما

Resolución ADM/ARAP Nº 055 - Establece requisitos y concede un término para la presentación de solicitudes de nuevos permisos de pesca ribereña artesanal

صدر في 2020-09-10 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
الدولة
بنما
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
marine fisheries, legal proceedings/administrative proceedings, authorization/permit, fishing vessel, artisanal fisheries, fishing area, fishery management and conservation, credit

أين تقرؤه

    لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.

النص

نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.

  1. No. 29116 Gaceta Oficial Digital, viernes 18 de septiembre de 2020 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ RESOLUCIÓN ADM/ARA P N°055 (De 1 O de septiembre de 2020) "Por la cual se deja sin efecto la Resolución ADM/ARAP N°041 de 01 de noviembre de 2018 y se dictan otras disposiciones" LA ADMll'ilSTRADORA GENERAL en uso de sus faculladcs legales, CONSIDERANDO: Que la Ley 44 de 23 de noviembre de 2006. Ciea la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá. como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y la aplil:ación de las leyes y políticas nacionales de pesca y acuicultura. Que el numeral 5 del artículo 4 de la Ley 44 de 2006, establece que esta Autoridad liene entre s~ funciones, administrar, promover y velar por e l aprovechamiento racional, sostenible y responsable de los recursos acuáticos y de la protección de los ecosistemas, favoreciendo su conservación. permanencia en el tiempo y. eventualmente, su aumento por repoblación. Que conforme lo previsto en el g.urñéráJ 1 O del attku tlt: la Ley 44 de 2006, corresponde al Administrador General, aufofear Yá::aproba revocación y anulación de los permiso::;, rdati vos ~rapés& ~ - --~ Que el numernl 1s/41 ;¿ulfue la Ley 44 e son funciones del Admi11istrador Ge ~erai~~1 ott-a- able t' la ridad y, en general, adoptar todas las ~~as que ..--..- ~~::;..t~"t". el f unciunamiento del sector pesque~ e col Que el artículo L cerp e l De fu o 990, s~t que el penniso de pesca ribereña nb ireo11r~ costo . será-in s e<Lirá a favor de una nave cuyo propietario deberá ser pan ]eño. - ts. \ \~'-- \ ~ ;· Que mediante Resbl?ció~ADM1 N~4 y d 18, se com:t!<lía un término. desde el dos (é ae en ro ~20 ue de marzo de 2019, para presentar nuevos pem,'is --bajo I· ondic· esolución. ------Qut: e l Programa de Cré amá S-olidari e Desarrollo Agropecuario. busca apoyar con asistencia ere 1 ida y--financier . a crisis genemda por la pandcmia COVID 19, a las actividades de pesca artesanal. Que en fundamento de Ja Resolución ADWARAP Nº102-2019 ck 16 de diciembre de 2019, se concedió término para que los u:suarios que mantuvieran pe11llisos de pesca ribereña vencidos ent re los afios 2017 al 201 8, presenten la solicitud de renovación de su permiso y cwnplan con los requisitos necesarios. Que en v irtud de lo expuesto, esta Autoridad estima conveniente establecer las medidas para contar con un registro pesquero actualizado de la flota arLesai1al, con el objetivo de desalentar la pesca ilegal; t:n consecuencia, RESUELVE: PRIMERO: Se concede un término, desde el día treinta (30) de septiembre de 2020, hasta el día treinta (30) de diciembre de 2020. para la presentación de solicitudes Je nuevos permisos de pesca ribereña (artesanal) a el solic itante qut: cum pla con los requisitos establecidos en el artículo segundo de la presente resolución. Parágrafu: La presente resolución no da derecho a solicitudes de reserva de permisos de / pesca ribereña, oi reserva de ningun tipo. cabe destacar que solamente se recibirá por parte de la Autoridad . la solicitud que cumpla con todo lo descrito en el artículo 2. No. 29116 Gaceta Oficial Digital, viernes 18 de septiembre de 2020 2 SEGUNDO: Para que la Autoridad proceda con el otorgamiento de un permiso de pesca ribereña, el solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos: l. Presentfil el formulario de soHcirud (denominado Solicintd de Pesca Ribereña Panamá Solidario 2020) establecido por la Autoridad, debidamente completado y finnado, adjuntando copia de su cédula de identidad personal. Este documento será considerado una declaración jurada del solic itante y así se bará constar en el mismo. 2. Presentar documentos que acrediten su condición como pescador o que demuestre que haya desempeñado la actividad con anterioridad. 3. Certificac.:i.ón ex.pedida por el Banco de Desarrollo Agropecuario, indicando que el so licitante se encuentra tramitando su préstamo en el Programa de Crédito de Panamá Solidario, o cualquier otro programa vigente del Banco, para la pesca ribereña. 4. Una vez cumplida In presentación de requisitos, la Dirección Regional correspondiente de la Autoridad, deberá validar la solicitud, indicando que se ha cumplido con los requisitos establecidos en la presente resolución administrativa, y se procederá a la í:!prubm.:ión correspondiente. 5. Los pem1isos de pesca ribereña, serán emitidos únicamente en la sede central de la Autoridad. http://www.tcpdf.org

Resolución ADM/ARAP Nº 055 - Establece requisitos y concede un término para la presentación de solicitudes de nuevos permisos de pesca ribereña artesanal · Nelum