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Ley Nº 378 - Que establece lineamientos para la implementación de la política de Educación para el Desarrollo Sostenible

صدر في 2023-05-03 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
قانون
الدولة
بنما
الموضوعات
Environment
الكلمات المفتاحية
ecosystem conservation, education, hazards, youth, risk assessment/management, sustainable development, protection of environment, capacity building

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  1. No. 29773-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2023 1 De 3 de LEY 0r1 ~ de 2023 Que establece lineamientos para la implementación de la política de Educación para el Desarrollo Sostenible LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer lineamientos para la implementación de la política de Educación para el Desarrollo Sostenible, en adelante EDS, con el fin de preparar integralmente a ciudadanos para afrontar con responsabilidad la construcción de una sociedad que promueva el desarrollo sostenible, potencie sus capacidades, habilidades, valores, actitudes y competencias, para lograr la transformación de los entornos educativos, la ejecución de buenas prácticas comunitarias y el respeto por la interrelación entre las comunidades y la naturaleza, como parte de una sociedad con futuro sostenible y sustentable. Artículo 2. La EDS brindará a todos los estudiantes del país, del subsistema regular y no regular, en las modalidades formales y no formales, del sector oficial y particular, los conocimientos, las competencias, las habilidades de aprendizaje, tecnológicas, de innovación, de comunicación, colaboración y valores necesarios, para superar los retos y desafíos nacionales y mundiales, especialmente los que se fundamentan en el cambio climático, la sostenibilidad medioambiental, la pérdida de la biodiversidad, la pobreza y las desigualdades. Artículo 3. La política de EDS debe generar una transformación educativa acorde con las exigencias de esta época y lograr que el capital humano que se forma en los centros educativos del país aprenda a actuar de manera individual y colectiva, con miras a cambiar la sociedad y a cuidar el planeta, generando estos cambios desde la atención escolar de primera infancia hasta el tercer nivel de enseñanza. Artículo 4. La política de EDS debe ser coherente con los fines y objetivos del sistema educativo nacional y responder a los problemas, retos, desafíos y a las necesidades y aspiraciones del país, por lo que es imperativo que el sistema educativo panameño garantice el derecho a la educación para todos los niños y jóvenes, estableciendo equidad e inclusión de la población escolar más vulnerable. No. 29773-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2023 2 Artículo 5. Para los efectos de esta Ley, los siguientes términos se entenderán así: 1. Desarrollo sostenible. Dar respuesta a las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones, garantizando el equilibrio entre el crecimiento económico, el cuidado del medio ambiente y el bienestar social. 2. Ecosistema educativo. Conjunto de acciones e interacción de los diferentes actores que trabajan de manera colaborativa, para la mejora conjunta de la educación, haciendo uso de los recursos del entorno para construir aprendizajes con liderazgo, permitiendo el intercambio de información, conocimientos, experiencias y habilidades. 3. Habilidades de aprendizaje. Aquellas de las que dispone una persona para aprender, así como las tareas involucradas en el aprendizaje, incluyendo la administración del tiempo, la toma de notas, la lectura efectiva, las habilidades de estudio y las pruebas de escritura. 4. Sostenibilidad ambiental. Equilibrio social, económico y ambiental que garantiza una continuidad en el futuro. 5. Sustentabilidad ambiental. La condición de coexistencia armónica de la sociedad y su ambiente, donde la población actual puede satisfacer sus necesidades y mejorar su bienestar usando los recursos naturales disponibles, pero sin comprometer la calidad de vida de las futuras generaciones. Capítulo 11 Lineamientos hacia la Educación para el Desarrollo Sostenible Artículo 6. La presente Ley adopta y define la política de EDS tendiente a lograr los cambios educativos que garanticen una educación para el desarrollo sostenible y el mejoramiento de la calidad educativa, como el mayor desafio del sistema educativo, de acuerdo con los siguientes lineamientos: 1. Desarrollar un plan de acción para la implementación de los ejes fundamentales establecidos, el cual debe incorporar los indicadores de logros y resultados que perrriitan el seguimiento y evaluación. 2. Garantizar la participación de la comunidad educativa en el proceso de implementación de la política de EDS. Los supervisores nacionales, regionales y directores de centros educativos deben ser líderes y garantes del cumplimiento de los ejes fundamentales. 3. Establecer los lineamientos y orientaciones metodológicas curriculares, con la finalidad de fortalecer e implementar la EDS, incorporando el aprendizaje basado en proyectos, metodología STEAM, modalidades flexibles, emprendimiento, educación financiera, transformación digital, atención a la diversidad del alumnado y a la articulación con los recursos didácticos (guías, manuales) que se elaboren en todos los niveles del sistema educativo, así como todas aquellas innovaciones No. 29773-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2023 3 educativas que surjan, con el fin de transformar el ecosistema educativo y generar oportunidades de aprendizaje para todos. 4. Fortalecer el proceso de formación y perfeccionamiento profesional, enfocado en la EDS, que contemple la actualízación de la formación inicial del educador, actualización del educador en servicio, la articulación en la planificación y otras que respondan al modelo de excelencia educativa. 5. Formar ciudadanos empoderados con habilidades para la vida, con el fin de abordar los problemas y retos sociales vinculados al sistema educativo y tomar decisiones mediante la práctica de sus conocimientos y capacidades, del pensamiento crítico, la creatividad y la innovación, para dar soluciones competitivas a situaciones complejas, basadas en la EDS, la educación para la ciudadanía y cultura de paz. 6. Garantizar la articulación institucional a nivel nacional, regional y local, entre esta política y las otras políticas públicas educativas, estrategias nacionales, programas o proyectos aprobados en los distintos subsistemas educativos del Ministerio de Educación. 7. Garantizar la articulación interinstitucional e intersectorial a nivel nacional, regional y local, entre esta política y las otras políticas públicas nacionales, para implementar el modelo de desarrollo sostenible desde los diferentes ámbitos públicos y privados. 8. Dar autonomía a las comunidades educativas, con el empoderamiento de los actores y el fortalecimiento de la articulacióny el apoyo de gobiernos locales. 9. Desarrollar programas y proyectos que garanticen la sustentabilidad y la promoción de la investigación educativa, desde el nivel local en los centros educativos, a nivel regional y nacional, para generar los cambios y procesos de mejora, basados en la evidencia científica. 10. Potenciar la articulación interinstitucional e intersectorial de la EDS, a través del Proyecto Educativo de Centro, del Plan Estratégico Regional, del Programa Integral del Mejoramiento del Centro Educativo, del Plan Estratégico Nacional y del Plan Estratégico del Consejo Permanente Multisectorial para la implementación del Compromiso Nacional por la Educación, con miras a mejorar la calidad de los aprendizajes, mitigar las necesidades socioculturales, económicas, políticas e históricas de cada región educativa. Artículo 7. Para la mejora de la calidad de la educación, la política de EDS debe desarrollar y fortalecer los siguientes ejes fundamentales: 1. Currículo. 2. Formación y perfeccionamiento del educador. 3. Empoderamiento estudiantil. 4. Investigación educativa. 5. Fortalecimiento de la coordinación interinstitucional e intersectorial de la EDS, del Proyecto Educativo de Centro, del Plan Estratégico Regional y del Programa Integral del Mejoramiento del Centro Educativo. No. 29773-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2023 4 Capítulo 111 Sistema de Seguimiento y Evaluación Artículo 8. Se implementará el Sistema de Seguimiento y Evaluación del Programa Integral del Mejoramiento del Centro Educativo como herramienta que permita conocer el nivel de desempeño y cumplimiento de los indicadores de logro y los resultados obtenidos de los lineamientos de la política de EDS, a fin de facilitar la toma de áecisiones, fortalecer las estrategias de ejecución, la mejora de la gestión institucional y la articulación con los planes estratégicos nacional, regional y del Compromiso Nacional por la Educación. Artículo 9. Los objetivos del Sistema de Seguimiento y Evaluación para el cumplimiento de la política de EDS son los siguientes: 1. Promover el acompañamiento de los procesos de mejora, con la finalidad de tomar decisiones para la implementación exitosa de las acciones que respondan a los contextos educativos. 2. Contribuir con la adopción de una cultura organizacional orientada a la eficiencia y eficacia en la implementación de la política pública nacional. 3. Promover el trabajo colaborativo dentro de cada nivel y entre niveles organizacionales, enfocado hacia el cumplimiento de las acciones que permitan el logro de los objetivos programados. 4. Presentar resultados y propuestas de mejoras basadas en la ciencia, los datos y la evidencia. Artículo 10. El Sistema de Seguimiento y Evaluación del Programa Integral del Mejoramiento del Centro Educativo se encargará del cumplimiento de la política de EDS, mediante la coordinación efectiva entre la Dirección Nacional de Evaluación Educativa, la Dirección Nacional de Planificación, la Dirección Nacional de Currículo y Tecnología Educativa, la Dirección Nacional de Educación Ambiental y la Oficina de Estadística. Estas cinco unidades articularán sus acciones con vistas al seguimiento y alcance de los indicadores de logro y el cumplimiento de los resultados establecidos en cada uno de los ejes estratégicos del plan de acción. Artículo 11. Para el desarrollo óptimo de las acciones plasmadas dentro de la política de EDS, se asigna a la Dirección Nacional de Educación Ambiental como unidad responsable de la coordinación, con la participación conjunta de las direcciones y departamentos involucrados, áreas curriculares y de apoyo, mediante el trabajo integral, en función del logro de las metas propuestas para consolidar todas las tareas y, a su vez, mantener un proceso de monitoreo en los indicadores de logro de cumplimiento. La Dirección Nacional de Educación Ambiental ejecutará acciones de sensibilización, divulgación y promoción de valores. No. 29773-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2023 5 Capítulo IV Disposiciones Finales Artículo 12. El Órgano Ejecutivo incluirá en el Presupuesto General del Estado los recursos necesarios para la ejecución de la política de Educación para el Desarrollo Sostenible, que contempla los siguientes componentes: actualización curricular; formación y actualización de educadores; investigación educativa; empoderamiento estudiantil; trabajo con familias; fortalecimiento de las comunidades educativas y fortalecimiento de la coordinación interinstitucional e intersectorial. Artículo 13. La presente Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo en un periodo de seis meses. Artículo 14. Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 862 de 2022 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosernena, ciudad de Panamá, al primer día del mes de febrero del año dos mil veintitrés. El Presidente, Crispiano ames Navarrj( a.1/' 5 No. 29773-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2023 6 ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 3 DE MA)"'t> DE 2023. ~¡ J//4--~i::) MARUJÁ GORDA Y DE VILLALOBOS. Ministra de Educación Presidente http://www.tcpdf.org

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