Ley N° 155 que modifica disposiciones de la Ley 37 de 2009, que descentraliza la Administración Pública, relativas al funcionamiento de los gobiernos locales
صدر في 2020-05-15 · النص بتاريخ 2026-10-01
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No. 29025 Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de mayo de 2020 3 Que modifica disposicioncs de la Ley 37 de 2009, que dcscentrnliza la Administracion Publica, relativas al funcionamicnto de los gobiernos locales LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Articulo 1. El articula 112-D de la Ley 37 de 2009 queda asi: Articulo 112-D. Solo podrâ destinarse un maximo de 10 % a gastos de funcionamiento del municipio, pero en los municipios semiurbanos y mrales, que asi lo requicran, podrâ destinarse hasta un maximo de 25 % del monto finalmente asignado en concepto del impuesto de inmuebles, que sera destinado para gastos de administracion y contrataciôn de persona! técnico. El uso de los gastos de funcionamiento de cada municipio deberâ autorizarse mediante acuerdo municipal. Parligrafo transitorio. Durante la vigencia fiscal del afio 2020, los municipios podran destinar el 100 % del monto final que reciban en conceplo del impuesto de inmuebles, incluyendo todos los saldos no comprometidos en los ai'ios fiscales 2016, 201 7, 2018 y 2019, para gastos de funcionamiento. Los municipios distribuiran, mediante acuerdo municipal, el monto que reciban en este conccpto. Estos fondas podrân ser transferidos a las juntas comunales segûn se establezcan en el acuerdo municipal, conforme a lo establecido en la presente Ley. Los municipios cubriran los gastos de funcionamiento confonne a lo establecido en el Presupuesto de Gastos del respcctivo municipio para la vigencia 2020 con los fondos que reciban de las transferencias del impuesto de inmuebles. Por la condicion de emergencia decretada por el Gobiemo Nacional mediante Resoluciôn de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, se exccptua de lo establecido en el parrafo anterior el renglôn presupuestario denominado Persona! Transitorio, por lo que su monto podra ser incrementado. previo acuerdo municipal. Esto permitira a los municipios contratar mano de obra para realizar labores especificas que mitiguen los problemas y situaciones de urgencia durante y después del periodo de emergencia, bajo una remuneraci6n que no exceda el salaria minirno cstablecido por ley. Articulo 2. Se adiciona el numeral 8 al artfculo 112-E de la Ley 37 de 2009, asi: Articulo 112-E. Se podran destinar recursos procedentes del impuesto de inmucblcs a las areas y asuntos siguientes: 8. Gastos de funcionamiento, administrativos y sociales de los municipios durante la vigencia fiscal 2020. No. 29025 Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de mayo de 2020 4 Articulo 3. Sc adiciona el numeral 5 al articulo 112-G de la Ley 37 de 2009, asi: Articulo 112-G. Los fondas municipales provenientes del impuesto de înmuebles se distribuiran entre los representantes y los alcaldes con base en los criterios siguientes: 5. Durante la vigcncia fiscal del ano 2020, los municipios distribuiran los fondos municipales provenientes del impuesto de inmuebles en proporciôn a los gastos operativos de cada unidad administrativa tomando en cuenta los servicios que prestan a la comunîdad, la extension territorial y densidad de la poblaci6n.
Articula 4. Las disposiciones de la presente Ley no eximen del cumplimiento del articula 112-1 de la Ley 37 de 2009. Articulo 5. La presente Ley modifica el articula 112-D y adiciona el numeral 8 al articula 112-E y el numeral 5 al articula 112-0 de la Ley 3 7 de 29 de junio de 2009. Articulo 6. Esta Ley comenzara el dia siguiente al de su promulgaci6n. COMUNiQUESE Y CÛMPLASE. Proyecto 327 de 2020 aprobado en tercer dcbate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panama, a los treinta dias del mes de abril del ai'io dos mil veinte. El Presidente, El Secretario l' Q~ anayG . 2 No. 29025 Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de mayo de 2020 5 ÙRU /\NO 1 .ll ·CU I IVO Ni\t 'ION AI . PRh SID I.NC IA Dl ·. I.A Rl.Pl°JHI .ICA l'AN AMA . Rl ·PÙB I Il'/\ Dl Pt\Ni\M /\, / S DE W' 14 O Y Dl · 2010. ~ e ~u ~,a _,? d 1li'·C I OR A L l· XAN Dl.:R 11. Mini-.1ro tk h :onomiu ) l· ina111.as