Decreto Nº 124 - Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT)
صدر في 2001-09-12 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
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- Spanish
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- Caribbean Community (CARICOM)
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- الموضوعات
- Land and soil
- الكلمات المفتاحية
- land tenure, ownership, land commission, alternative dispute settlement, institution, land-use planning, legal proceedings/administrative proceedings, governance, property rights
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12 Gaceta Oftcial, martes 18 de septiembre de 2001 MINISTERIO DE ECONOMIA V FINANZAS DECRETO EJECUTIVO Nil124 (De 12 de ••ptlembrl de 2001) "Par eI cual se establece la estructura del Programa Nacional de Administraci6n de Tierras (PRONAT) y se designan algunas funciones." LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales: CONSIDERANDO: Que a traves del Decreta Ejecutivo No.34 de 31 de agosto de 1998, se creo la estructura organizativa para In prcparaci6n del Programa Nacional de Administraci6n de Tierras (PRONAT), en la Republica de Panama. Que 11 traves del Decreto Ejecutivo No.12 de 5 de abril de 1999, se modifie6 eI Decreta Ejecutivo No.34 de 31 de agosto de 1998, en el sentido de establecer la estructura organizativa del Programa, la CUllI qued6 compuesta por un Consejo Superior, integrado por el Viceministro de Finanzas, quien 10 preside y es su Coordinador General. el Viceministro de Desarrollo Agropecuario, el N°24,390 Gaceta Oficial, martes 18 de septiembre de 2001 13 Viceministro de Gobieruo y Justicia, la Viceministra de Obras Publicas, el Designado Presidencial para la Modemizacion del Registro Publico, y el Sub-Administrador General de la Autoridad Nacional del Ambienle; una Unidad de Preparacion del Proyecto, integrada pOT un Director Tecnico y un equipo de consultores nacionales, contratados para la preparacion del Programa. Que la clap" de preparacion del Programa Nacional de Administraci6n de Tierras (PRONAT) ha concluido y se requiere crear y reorganizer los estamentos necesarios para darle continuidad y cclcridad a la lase de cjecuci6n y desarrollo del programa. Que el Gobicrno Nacional pondra en marcha el presente programa a traves de diversos proyectos COli fucntcs de financiamicntos extcrnos 0 con rccursos propios, garantizando dentro de la estructura delPRON 1\'1' cl cumplimicnto de la inlegralidad y metodologia (mica. Que en utcncion ,1 que In estructura organizativa existente ha sido efectiva durante la etapa de prcparacion del l'rograma Nacional de Administraci6n de Tierras (PRONAT), es necesario mantcncr In misma cstructura, otorgando los nombres que identifiquen las diversas calegorias, rcspnnsabilidndcs Y unidades de trabajo, bajo las cualcs se ejecutara el Programa. Que igualmcntc, se haec nccesario establecer los rnecanismos de operatividad, coordinaci6n, coopcracion y npoyo entre la Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP) y las diversas inst ituciones, que de manera dirccta intcrvienen en el Programa Naciona! de Administracion de TierrasWRONAI'), PRIM ERO: Sc cstablecc la estructura del EI Programs Nacional de Administraci6n de ~i~ (PRONA'!') cuyo discI10 elliA basado en los principios reclores de integralldad, economla, equid4d~ transpnrencia. cficiencla, sostcnibilldad y garantia de Is tenencia de la tierra. Su objetivo es mejorS't III seguridad jurtdica en la tenencia de la tierra. aumentar el uso de los servicios de administr8ci~' de tierras par los intcresados en las areas rurales yurbanasseleccionadas y proteger los recursos naturales por medio de la consolidacion del Sistema Nacional de Areas Protegidas (SINAP) y de los Territorios Indigenas. SEGUNDO: Lns tcntidades ejecutoras del Programs Nacional de Adrninistraci6n de Tierras (PRONi\T) MlI1.1as siguientcs: I. Ministerio de Economla y Pinanzas a travesde In Direccion de Catastroy BienesPatrimoniales. 1. Ministcrio de Desarrollo Agropecuario a troves de la Direccion Nacional de Refonna Agraria. 3. Ministerio de Gobiemo y Justicia a traves de las Direcciones Nacionales de Politica lndigenista y Gobiernos Locales, 4. Ministerio de ObrasPublicas a traves dellnstituto Geografico Nacional Tommy Guardia. 5. Autoridad Naclonal del Ambiente a traves de la Direccion de Patrimonio Natural. 6. El Registro Publico de Panama. TERCERO: Apruebase la estructura organizativa para el Programa Nacional de Administraci6n de Tierras (PRONAT), la cual quedara confonnada por los siguientes 6rganos: I. Un Consejo Superior (CS) 2. Un Comite Tecnico Operativo (CTO) 3. Una Unidad Coordinadora de Proyecto (VCP) 4. Las Unidades Tecnicas Operativas (UTO's) 5. Un Consejo Consultivo de la Sociedad Civil (CCSC) CUARTO: EI PRONAT en elambito de sus funciones esta adscrito al Ministerio de Economla y Finanzas y su representacion ante el Organo Ejecutivo y Consejo de Gabinete, la ejerce el Ministro de Economia y Finanzas. 14 Gaceta Oficial, martes 18 de septiembre de 2001 CAPITULO PRIMERO DEL CONS£JO SUPERIOR QUINTO: EI C'IlI1KCjO Superior del Progrum" Nncional de Administl'l1cilltl de Tlerras (PRONAT), cOI11t1cl 6r~nno superior de 1111ll1l de dccisi{1l1c~ clsfl\ra integrado [lor cl (In) Vlccminilfro(l) de Ililll1l1i',l\!I. qulen 10 prc8idc y ell NU Conrdhuulor(n) (lcnerlll, el (Ill) ViccminillllXl(ll) de UCllulrroll0 A~rnpecul/r!(l, 01 (Ill) Vlceminist'tl{lt) de G(lb1cnJo y }uN!lc;ll1, cl (Ill) VlcernlnINtm(l'l) de ObrllIJ PublicOll. cl (Ill) AdI111Ili"lrl1dor(lt) General de 10 Aulnrid.d Nacional del Ambiente (ANAM) y el (111) DirccllIr(n) del Rll~i!ltro (luhlico de PAnama. Lo~ MjCl1lbrol del COI1!Uljl1 Superior PlldfAt1 ,dcleallf lUll funci{lnCl~ a tf8\'08 dCll feprennhmhl con f'nculLndClIL de delcllil6n que ellns dl:l!llgtltHl, del romul 1111 que se Qltflltlt\CI III plft/alplclon [11.ltllll~i(llll1 l. un 11t~ rllllu!i l~lIllmflllo~\ III (In) ComdlIUUltlf(n) oon'l'llI dClI CtH1lil:!JO SUpUritlf fttldr. dell.lr IAli !\mlJltlll@!! de ('tlt1fdjftlHlll~t1 Iii ~wllqUIt1t (1ttO milHtlbl'tl liol COftiiltjo Supet'i{ll' () In III 1'll'lIOnl tl,UI il (elln) d~I!IIb!I1{L I!I CtlIl!itijl1 ~Ypi!fi~f d@1 filtONA1', llh 191 ~ltllJitt1 gYbettll!llttti1tl'll ~~ ~I or!ldtHi pitta 18 di' Imt1!illlllh IOIll!! d@ rlel1l!ij~H~ UHlntlllel~tl d@ ~fiLl!fio§, d,flftiOU'ft dl:! ~!lll'lltl!!~HUi Yp@lltieiili O@ ti~I'fIl!L MEXfOI tn etll18~tl SUp~fitll' dl.!l VIU:}NA'f hmdt~ !lUi liiM\llet1t@!l furteltml:lll; I, A"",gUfllf III ilflpl"mi!IHllei~tt tM ill1ftlqUt! itth1f!flll y ~i~U!m~Htio thll Pmgfdltlll N AtlitHII181fnlJI6U dltTI{!tftl~ (PlWNAT): 2. Aprobtlf cualqlJler pftlpUl:lllla de ilfittlll'lttda 0 eAmblo AI pfOgflllfl1l {I II cUl:llelqulefd proyeclbll, 3. Asegurllr III efectivo coordlnsclon illler·institucic)I1al e inter-sectorial, ell todos 1011 niveles. 4. Aprobnr'las directrices para la ejecuci6n del PRONAT. y los distintos convenioa entre las agencies ejecutoras. ' 5. Aprobar los Planes Operatives Anuales para la ejecuei6n de los Proyeetos que se ejecuten dentro del Programa. 6. Conoeer de las modificaciones realizadas a los Planes Operativos Anuales y aprobar aquellos cambios que impliquen rnodificacion a la estructura de costa. 7. Asegurar la participacion y apoyo a la coordinaci6n y cooperaci6n de las diversas instituciones nacionales y regionales, que de rnanera directa e indirecra trabajan en la administracion de tierras, 8. Aprobar y proponer a los organismos internacionales de credito, a traves del Ministerio de Economia y Finanzas, cuando se estime conveniente, algun cambia al disefio 0 ejecuci6n de los proyectos dentro del PRONAT. \ 9. Conocer y aprobar los examenes e informes de auditoria financiera y operativa externa de los proyeetos ejeeutndos dentro del programa. 10. Presentar al Consejo de Gabinete, par conducto de eI (la) Ministro(a) de Economia y Finanzas un reporte anual sobre los avances de los proyectos, monto ejecutado e indicadores de resultados, Este infonnc sera presentado a el (Ia) Ministrota) de Economia y Finanzas a mas tardar el ultimo dia habil del mes de marzo de cada afio, iniciando el mes de rnarzo del aflo 2002. II. COil la Asesoria del Comite Tecnico Operative, proponer a eI (la) Ministro(a) del ramo los carnbios legales y tecnicos necesarios para la funcionabilidad del programa. 12. Cualesquiera otras funciones que sean establecidas por el Ejecutivo. SEPTIMO: EI Climsejo Superior se reunira, como minimo, de manera ordinaria, una vez al meso Tarnbien podra reunirse de manera extraordinaria por iniciativa propia 0 a solicitud del Comite TecnicoOperativo (CTO) 0 de la Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP). I -~. -- . . .,.---~ Gaeeta Oficial, martes 18 de septiembre de 2001 15 OCTAVO: EI Consejo Superior extendera invitacion especial, cuando se considere oportuno, a los miembros directives del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil, para que participen en alguna de las sesiones, a fin de conocer y dar seguirniento sabre la participacion de la sociedad civil en eI programs. El Consejo Con~ullivo de \a Sociedad Civil podra, a traves del Coordinador Tecnico de la UCP solicitar cortcsia de sala al Consejo Superior, a fin de exponer los resultados de sus consultas y participar en las sesiones del Consejo Superior. NOVENO: Actuara como Secretariota) del Consejo Superior el (la) Coordinador(a) Tecnicola) de la Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP), y tendra las funciones de presentar los informes sobrc los asuntos que sean competencia de este Consejo, coordinar la elaboracion de 1a agenda e inlormes que senll! sometidos a su discusion, Estara encargado(a) de garantizar la distribucion a las demas agcncias y a los entes financiadores externos, de todos los documentos que seran discutidos y los que hayan sido aprobados por dicho Consejo Superior. DECIMO: Las decisioncs y recomendaciones del Consejo Superior seran adoptadas por mayoria absoluta. La presencia de por 10 menos cuatro (4) miembros al Consejo Superior sera suficiente para constituir quorum. . CAPiTUI,O S..:GUNnO DEL COMITE TECNICO OPERATIVO I>ECIMO PRIMERO: EI Comite Tecnico Operativo (eTO) del Programa Nacional de Administracion de Tierras (PRONAT) sera responsable de Is ejecucion tecmco-operetiva del PRONAT y prornovera los mecanismos de co-gestion entre las instltuciones ejecutoras. I>ECIMO SEGUNOO: EI Comite Tecnico Operative (Cf'O) estara integrado por las maximas autoridndcs de las siguicntes instanclas ejecutoras y en el case del Registro PUblico pOl/,et" representante que designe la Direccion General: • Direccion Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario • Direccion de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economia y Finanzas • Direccion de PatrimonioNatural de la Autoridad Nacionaldel Ambiente • Institute Geografico Nacional Tommy Guardia del Ministerio de Obras Publicas • Dlreccion Nacional dePclltica Indigenista del Minlsterio de Gobierno y Justicia • Direcci6n Naclonal de Gobiemos Locales del Ministerio de Gobiemo y Justicia, • EI representante designado porel Registro Publico de Panama. Las maxtmes autoridades de las instituciones descritas arriba podran delegar su participaci6n en las reuniones del Comite Tecnico Operativo en otro representante de su instituci6n, debidamente acreditado, can facultades de decision, EI (la) Coordinador(a) Tecnico{a) de la Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP), actuara como Secrelario(a)del Comite Tecnico Operativo y tendra las funciones de organizar las agendas para las reuniones, concertadas previamente con el Coordinador(a) del Cornite; presenter los informes sobre los asuntos que sean competencia de este Comite y rendir infonnes periodicos sobre los avances de los proyectos. EI Coordinador(a) Tecnico estara encargado(a) de informar a las instituciones ejecutoras y a los entes financieros externos los temas que seran discutidos y los aprobados por este Comite, VECIMO TERCERO: La coordinacion del Comite sera rotativa, iniciando en orden alfabetico por institucion participante, en periodos sernestrales, a menos que el propio CTO determine otra forma. Las funciones de In Coordinacion del Comite Tecnico Operativo seran definidas en el Reglamento lnterno, el cual debera ser desarrollado por eI propio Comite Tecnico Operative, 16 Gaeeta Oftclal, martel 18deaepttembnde 2001 l!-I t'{i111Ih~ tecliit!o 0flllffltlvo se t€1.lt1ira de It@1l!fEl tlfdil1afill dos veces al tI1l!B, I1tl 6b8Ultlh~ d~fJChdi~t1d(1 de Ins It~c~!lidfldes tecnicas y O~l:1fiUlVll~ ~I (Ill) Goordlr1EltlOI(9) ElHell.fl!E1tltj(il) del t'ijltllhl fltlrlra CollVtlcaf II tl~UhltHlt'.~ e~lml:lfditlatiEi9, I;jllllft6tl slUt ttetiesafltl. Uli1tlMtl CtJAlt'Ult 1'.1, 01l1\ilc t~tilliiZtl Ol'Jen\.ti\it1ltt\tt~ Ill.!i ~l~ui'!t\h~~ ful'ltiiol1~!t I. A~ftll-lflt lEt MeH1Ul:llog;ia Ut1lmt plUI! lil tc~Yltlflt!l~i€lft de IillftliB ufbBftll~, tUfllll!!ij pft)h!~Id!t~ El illdll:tl!ml~ l'ltl rlllUltfI~. 1, AIl~1l0ft1f"' Cljn§i\!o S\ll}lM'hw ~fI "iPijctOIl \ecnlcoll f1lllaei(mlld~1l ct}t't III hlmll olldmll'ltitftUll6tl d",Hllrfni'l. 3. Aprobar y cOl11pntlbJli1.l1f Ius normss t~(lt1j(lall r~ql.llilrldllli por el Proilrllrtlll Y ueQ11flir Illl lIpl\cnribn illtll~rlll y t;!i'lleltll\\ilJfl. . 4. A!11lIii'M YIOI11f1r decisioncs sobreespectns lccli'hm-tlperativoll de III ~Jecucl6n del programl, S. Supervisor el estahlectmiento e 1t1!1lalllci6t1 de 18~ Unidades. Tecnicas Operatives (UTOs). 6. Facillter In ndecuada y oportuna retroalimentacien de Is Unidad de Monitoreo y Evaluaci6n instalada ell la Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP). 7. Resolver Ins til fcrencias surgidas entre las instancias ejecutoras y las Unidades Tecnicas Operatives (UTOs). 8. Extender invitaciones especiales a otras instituciones estatales, segun la materia de la qu Irate. 9. Crear comisiones de trabajo pennanentes 0 ternporales. 10. Declarar area de regularizacion (catastral) y regularizada (catastrada), mediante Acuerd Cornite, motivado y expreso. II. Garantizar que cada institucion ejecutora desarrolle las funciones dentro de su competencia armonica colaboracion con las dernas instancias ejecutoras del programa, 12. Coordinar In elaboracion de los Planes Operativos Anuales, ·revisar los cambios propuestos, y RE.t evaluar su cumplimiento peri6dicamente. 13. Cualesquiera otras funciones que le asigne el Consejo Superior del PRONAT. DECIMa QUINTO: Sen! responsabilidad de cada institucion asegurar la participacion de los funcionarios tecnicos correspondientes en las comisiones de trabajo para que, segun el tema, se encuentren debidamente representadas con facultades en la toma de decisiones. DECl~O SEXTO: El Comite Tecnico Operative preparara y aprobara un Reglamento para su funcionamiento en el que se incluira la formaci6n y desarrollo de las Comisiones de Trabajo, segun el terna 0 areas de especialidad. DECIMO SEPTlMO: Los Acuerdos y recomendaciones del Cornite Tecnico Operative, constituyen una gula obligatoria para las instituciones ejecutoras, en tanto no contradigan su competencia, jurisdiccion, sustentacion legal y de funcionamiento. DECIMO OCTAVO: Las decisiones y recomendaciones del Cornite Tecnico Operative seran adoptadas por rnayorla absolute La presencia de por 10 menos cinco (5) rniembros del Cornite sera suficiente para constituir quorum. CAPITULO TERCERO llE LA UNlOAD COORDlNADORA DE LOS PROYECTOS DECIMO NOVENO: La Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP) sera la instancia que coordinara los proyectos ejecutados a traves del PRONAT. La Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP) tendra la responsabilidad de: a. Asegurar el cumplimiento de las pollticas emitidas par el Consejo Superior, con las normas, decisiones y directrices emanadas del Comite Tecnico Operative. b. Rendir informes periodicos al Consejo Superior sobre el estado y avances de la ejecucion de los proyectos. Gaceta Ofieial, martes 18 de septiembre de 2001 17 c. Ser In responsable coujuntamente con las instituciones ejecutoras, pot la efectiva ejecuci6n del concepto de co-gestion entre las instituciones involucradas y entre estas y los beneficiarios de los proyectos. d. Coordinar con las entidades ejccutoras cl desarrollo de las actividades destinadas a fortalecer institucionalmente la capacidad de gesti6n financiera, adrninistrativa y de recurso humano de las instituciones ejecutoras. c. Debora [acilitar cI manejo de los recursos de los proyectos y ser enlace entre las agencias fiuancicras extcrnas y las instituciones ejecutoras. r. Scrvir de enlace entre el Ente Adrninistrador de los recursos financieros de los proyectos y las cntidadcs cjccutoras, g. Recomendnr estrategias y soluciones ante el Consejo Superior que contribuyan a mejorar la ejecucion del programa. h. Scrvir de enlace entre los organismos financieros extemos y las instituciones ejecutoras del programa. i, Aprobar S\I rcglamcnto interne. . j. Establecer una Unidad de Monitoreo y Evaluaci6n encargada de coordinar con las instituciones ejecutoras :' monitoreo de las actividades, tareas y la evaluacion de los propositos y ObjetiV~\ correspondientcs, . ~ k. Cualesquiera otras atribuciones que Ie sean asignadas per el Consejo Superior. La Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP) estara a cargo de un(a) Coordinador(a) Tecnicota) y un equipo de consultores, responsables de asegurar la adecuada ejecucion de los componentes de los proyectos ejecutados a traves del PRONAT y la coordinaci6n can las instituciones ejecutoras del prograrna, y las agencias financieras externas, segun los disefios aprobados. VIGESIMO: Las funciones de la Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP) seran deterrninadas en los Manualcs Administrativos Financieros, los Manuales Operativos de Campo, los documentos de Proycclo y sus anexos, los Contratos de Prestarno suscritos con los entes financiadores externos, docurnentos que scran de estricto cumplimiento para la ejecuci6n de los proyecto disefiados y aprobados dentro del PRONAT. CAPITULO CUARTO DE LAS UNIDADES TECNICAS OPERATlVAS VIGESIMO PRIMERO: Las Unidades Tecnicas Operativas (UTO'S) se estableceran por region de trabajo, scrim las responsables de facilitar la produccion masiva que implica la regularizacion sistematica que llevara adelante cada una de las instituciones ejecutoras, a traves de las unidades designadas segun sus competencies legales: sera el principalvinculo para promover la participaci6n de los beneficiarios y aetores locales can las instituciones participantes y coordinar los trabajos de campo. Tendra caracier temporal que se inicia con la declaracion de area a regularizar y concluye con la declaratoria de arearegularizada. VIGESIMO SEGUNOO: Las Unidades Tecnicas Operativas (UTOs) seran establecidas por la Unidad Coordinadora de los Proyectos (UCP). Por su caracter temporal se instalaran en las areas donde se ejccuten los proyectos y estaran compuestas par las unidades designadas par las instituciones ejecutoras, apoyados por el personal de la UCP para desarrollar los trabajos a fines a los proyectos. CAPITULO QUINTO IJEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA SOClEDAD CIVIL 18 Gaceta Oficial, martes 18 de septiembre de 2001 VIGESIMO TERCERO: Se establece un Consejo Consultivo de la Sociedad Civil (CCSC) como e\ foro permauente de pnrticipnclon y consulta, cl cual nnnllzan't los avances en In cjecuci6n del prO~rI1l11l1, Este (eSC cslnrn integrndo par rcprescntantes de organlznciones que dcsnrrollan llctividndt'~ dlrectnmcnre rclncienadns con et tema dendl11il1illlrRCi01l de tien'llN y In conulrvaci6n de 10M r(1CUrR(1~ Illllurnll}i!l Vlr.F.HIM.U ClJARTOt lii,~tl t\l!l§lilJ'l i!IHl\fft inlQQ;fll.dtl inid~ln\l,lnw ~mf f~~mn~tmbmtl!@ til! l~@ rti!:lYillnhHil {tf!:lft!li1,1It1juntJ~: • A~AMnUjA PH 101\ §m'J[tDAn tIVIL~ ~ fllJ}F@§@n!f1nl@§ • ~m}t(li~m~lI\NTP~ nlj kO~ THR~ITORltl§ INf}ltJfINA~: ~ (~ft F@~F~§@fthll:li~H ij[l l€l§ N~t~~~ nY~I~ @I Ilf@J:iiY~m!~ q@! f1Rn~~jn fi~mm\! 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Correspondera al Consejo Superior del PRONi\T la seleccion de los 5 representantes en un termino no mayor de 30 dlas, posterior a la presentacion de las referidas ternas, La prcsidencia del Consejo .Consultivo de la Sociedad Civil sera rotative, iniciando en orden alfabctico entre las organizaciones participantes, por perlodos hirnestralcs, a rnenos que cl propio CCSC determine otra forma. ElConsejo Consultive de la Sociedad Civil se reunira bimestralrnente de manera ordinaria, no obstante, dependiendo de las necesidades operativas se podran reunir de manera extraordinaria. lgualmente eJ Consejo Superior .podra convocar a reunion extraordinaria A todas las reuniones asistira el (la) Coordinador(a) Tecnicoia) de la UCP con derecho a VOl, quien asumira el rol de enlace entre el Consejo Superior yel Consejo Consultivo de la Sociedad Civil. VIGESIMO SEXTO: EI Consejo Consultive de la Sociedad Civil tendra la funcion de servir como organo de consulta para lograr la interelacion entre la sociedad civil y las instancias ejecutoras, a (raves del Consejo Superior del PRONAT y mantener una retroalirnentacion de los proyectos disenados y ejecutados dentro del programa. Entre sus funciones principales estan las siguienies: 1, Presenrar al Conscjo Superior insumos para la elaboracion de los Planes Operativos Anuales, enrnarcndos en [as actividades previamente presupuestadas, 2. Mantener una comunicacion fluids a traves de cI (la) Coordinador(a) Tecnicota) de la UCP para conocer los avances y desernpcfios de los proyectos ejecutados dentro del programs. 3. Cualquier otras que le otorgue el Consejo Superior. CAPITULO SEXTO ENTIDADES EJECUTORAS DEL PROGRAMA VIGESIMO S.:PTIMO: ;\ fin de garantizar una coordinaci6n e integraci6n entre las oficinas centrales de las emidades ejecutoras del Programa y las Unidades Tecnicas Operatives (UTO's) que se constituyan temporalrncnte en las distintas areas geograficas del Prograrna, podran establecersc Unidades de Coordinacion en las instituciones ejecutoras del programa que as! 10 detcrminen. N°24,390 Gaceta Oflcial, martes 18 de septiembre de 2001 19 VIG.~SIMO OCTAVO: Las instituciones ejeculoras seran responsables de definir la necesidad, dimension, intcgracion y costo de inversion de estas Unidades de Coordinacion, de acuerdo al prcsupucslo establccido y aprobado por los proyeclos contratados con los entes financieros externos. . r VIGESIMO NOVENO: Todas las instancias aqui estrucluradas tendran vigencia solamente durante la ejecucion del programa. TRIGESIMO: Este Decreta Deja sin efecto el Decreta EjecutivoNo.93 de 27 dejunio de 2001. TRIGESIMO PRIMERO: Este Decreto cornenzara a regir a partir de su prornulgacion. Dado en la eludad de Panama, a los doee dias del me. de .eptiembre de dOl mil uno (2001). COMUNIQUESE, PUBLIQUESE V CUMPLASE. MIREYA MOSCOSO Presidenta de la Republica NORBERTO DELGADO DURAN Ministro de Economfa y Finanzas