Decreto Nº 111 - Crea el Consejo Directivo del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y se adopta su Manual Operativo
صدر في 2018-07-25 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- بنما
- الموضوعات
- Environment, Water, Wild species and ecosystems
- الكلمات المفتاحية
- financing, institution, special fund, legal proceedings/administrative proceedings, protected area, international cooperation, governance
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE AMBIENTE Decreto Ejecutivo No. -~'~'~' (De J 5 de Ju.L..o de 2018) Que crea el Consejo Directivo del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, y se adopta su Manual Operativo. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que el artículo 119 de la Constitución Política de la República de Panamá establece que el Estado y todos los habitantes de territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas; Que mediante la Ley 8 de 25 de marzo de 2015, se crea el Ministerio de Ambiente, como la entidad rectora del Estado en materia de protección, conservación, preservación y restauración del ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la Política Nacional de Ambiente; Que con base en el Decreto de Gabinete No .11 de 12 de mayo de 201 S, el Consejo de Gabinete autorizó a la República de Panamá a suscribir el Convenio de Donación No. TF-018972 con el Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF por sus siglas en inglés) el cual incluyó la creación de un patrimonio autónomo para apoyar la sostenibilidad financiera de las áreas protegidas, constituido por un aporte GEF de un MILLÓN QUINIENTOS MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.1,5000,000.00) y la suma de DOS MILLONES DE BALBOAS CON 00/100 (B/.2.000,000.00) por el Ministerio de Ambiente, haciendo un total de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BALBOAS CON 001100 (B/. 3,5000.000.00); Que por medio de la Resolución de Gabinete No.140 de 14 de octubre de 2016, se autorizó al Ministerio de Ambiente a suscribir el Contrato de Fideicomiso No. 0017-2017 de 6 de septiembre de 2017, con el Banco Nacional de Panamá, en calidad de Fiduciario; teniendo a MiAMBIENTE como Fideicomitente y Fideicomisario, para garantizar la atención y sostenibilidad financiera de las áreas protegidas del país, mediante la constitución del Fideicomiso del Agua, Área Protegidas y Vida Silvestre; Que el Decreto Ejecutivo No.69 de 11 de julio de 2017, establece el reglamento de las operaciones e inversiones respecto de los fondos constituidos por el Ministerio de Ambiente en beneficio del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre cuyo objeto es el de apoyar financieramente iniciativas en beneficio del patrimonio ambiental nacional ; Que en consecuencia se hace necesario establecer la Gobernanza del fondo y la adopción del Manual de Operaciones para el uso de los fondos constituidos por el Estado Panameño y el Fondo Mundial de Ambiente (GEF por sus siglas en inglés), bajo criterios de fiscalización y controles debidos en atención a las buenas prácticas, DECRETA: Artículo 1: Objetivo. Crear el Consejo Directivo del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y ordenar la adopción del Manual Operativo, el cual se integra y forma parte de la presente Resolución, como Anexo l. No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 2 Artículo 2: Propósito del Consejo Directivo. Constituirse como órgano de gobierno del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, facilitando la toma de decisiones y determinando la aceptación o rechazo a los planes operacionales, actos y contratos presentados por el Fideicomitente al Fiduciario o al Administrador de Activos hasta por cualquier monto. Artículo 3: Constitución del Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Fideicomiso de Agua. Áreas Protegidas y Vida Silvestre estará integrado inicialmente de la siguiente manera: 1. El Ministro de Ambiente o quien designe, quien lo presidirá. 2. El Ministro de Economía y Finanzas o quien designe. 3. El Ministro de Desarrollo Agropecuario o quien designe. 4. El Ministro de Turismo o quien designe. 5. El Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá o quien designe . 6 . El Rector de la Universidad de Panamá o quien designe. 7. Un (1) representante de la Asociación de Municipios de Panamá (AMUPA). 8. El Instituto Conmemorativo Gorgas. 9. El Instituto de Investigaciones Científicas y de Alta Tecnología (INDICASAT). 1 O. Un (1) representante de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). 11. Un (1) representante de la Cámara de Comercio Industrias y Agriculturas de Panamá. 12. El Contralor General de la República con derecho a voz. 13 . El Gerente del Fideicomiso con derecho a voz. Artículo 4: Este Decreto Ejecutivo empezará regir a partir de su promulgación y tendrá vigencia mientras el Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre esté vigente y activo financieramente. FUNDAMENTO DE DERECHO. Constitución Política de la República de Panamá, Ley 8 de 25 de marzo de 2015, Texto Único de la Ley 41 de de 1 de julio de 1998, Decreto de Gabinete No. 11 de 2 de mayo de 2015, Resolución de Gabinete No. 140 de 14 de octubre de 2016, Decreto Ejecutivo No. 69 de 11 de julio de 2017. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Panamá, a los --- es de (vl.:.o mil dieciocho (2018). J JUAN CARLOS VARELA RODRIGUEZ Presidente de la República de Panamá Ministro de Ambiente del año dos No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 3 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE AMBIENTE MiAMBIENTE MANUAL OPERATIVO FIDEICOMISO DE AGUA, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE Julio de 2018 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 4 MINISTERIO DEL AMBIENTE EMILIO SEMPRIS Ministro de Ambiente Y AMIL SÁNCHEZ Viceministro de Ambiente Encargado BERTA ZEV ALLOS Secretaria General Encargada PATRICIA HERNÁNDEZ Directora Nacional de Áreas Protegidas, Encargada GLORIELA RUDAS CUÉLLAR Coordinadora Técnica Proyecto Sistemas de Producción Sostenible y Conservación de la Biodiversidad CESAR CORRO ARJONA Coordinador Unidad del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre 2 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 5 Mensaje del Ministro de Ambiente El período de 11w1s1c1m1 hacia la democracia contemporá11ea panamefia coincidió con una serie de trasformaciones u todos los nin.des, pri11cipalme11te derimdas del urden i11temacio11al. Eremos transformadores como la Cumbre de Rio en 1992, con su icúnicu Fu11do A1u11dial para el Medio Ambiente, dan cuenta de esta realidad tendie11/e a reducir la brechafi11a11ciera existente para garantizar la sostenibilidadfinanciera del sector ambiental. En el plano nacional, por tres décadas se crearon mecanismos de jina11ciamienfo ambiental para empe:::.ar a cubrir el e.\pacio que paulatinamente iha dejando la cooperación internacional, particularmenle la hilateral. como resultado del auge económico del país. Se crearon el Fondo de Protección y Desarrollo Foreslal. el Fo11do de Vida Si!restre en la década de 1990. E11 la década de 2000, se crean el Fideicomiso Ecológico, el Fondo Chagres. el Fondo Darién y el Fo11do Coiha. Finalmellle. en es/a década se crean el Fondo de Eraluació11 y Fiscali:::.ación Ambielllal y el Fondo de Adaptación al Cambio Climático. el Fo11do de Cuencas Hidrográficas. el fondo Reforesta Panamá. y se reslructura el canje de deuda por nalurale:::.a con los Es1ados Unidos de América para integrar el Fondo Darién y el Fondo Chagres con el Fideicomiso Ecológico en 2017. En el plano operatiro, a pesar de los e.~fuer:::.os de dirersas Adminislraciunes, solame/lfe el Fidecomisu Ecológico, el Fondo Darién y el Fondo Chagres iniciaron materialmenle la imple111entació11 de proyectos. Esto generó una imporlanle presión financiera en el seclor amhienfal, obligando al sistema interi11stitucio11al del ambiente a replanlearse su naturale:::.a y alcance. y a muchas organi:::.aciones a reducir. reorgani:::.arse temáticamente o cerrar operaciones. En es/e contexlo. y habiéndose creado el A1inislerio de Ambieme 111edia11le Ley 8 de mar:::.o de 2015. revisamos y consolidamos el marco jurídico del financiamiento ambielllal y tra:::.amos el camino a seguir para moderni:::.ar el modelo de geslión ambienlal del Eslado, propiciando un manejo integral, participaliro, lransparente, ejicie/1/e y efectivo de los inslrumentos financieros lfüpo11ibles, pero en estado de inoperancia, frente a la creciellle re.\ponsabilidad de la nueva instilucionalidad ambie111al, creando, con el apoyo del Banco Mundial, por medio de la suscripción del contra/o No.0017-2017. el Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Si/ves/re, con patrimonio autónomo, como herramienta para consolidar y operaliri:::.ar los diversos.fondos creados en las úllimas tres décadas para impulsar la sostenibilidad amhie11tal de Panamá. El presenle Manual Operativo del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Si/ves/re contempla las actividades administrativas y operativas para el adecuado fimcionamiento de El Fideicomiso y será de utilidad práctica en todo el territorio nacional, completándose con recursos multilaterales del Fondo para el Medio Arnbienle Mundial y el Fondo Verde del Clima. Cm¡flamos en que este mecanismo financiero generará respuestas locales oportunas e inclusivas y espacios para alcan:::.ar nuevas.formas de lrabajo cooperativo en equipo, inexplorados hasta ahora que, en el marco de !a descemrali:::.ación de la gestión pública. facilitara la creación de empleos renles. la i11clusió11 social y la pro.\peridad eco11ó111ica. parlicularmellfe en los e111or11os con patrimonio 11al11ral estratégico para asegurar el desarrollo .rnslenihle de Panamá. aÁ~~ J.'¡¡,,'.'.'. ,., .'/,j'i'.'' .\!i11i.1rm de .-Jmhie111e Nadie es mejor que todos junios. Gabriel "Garilún .. Góme:::. 3 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 6 ÍNDICE ACRÓNIMOS ............................................................................................................................................. 5 CAPITULO l. ASPECTOS GENERALES ................................................................................................. 6 1. Antecedentes ..................................................................................................................................... 6 2. Objeto del Manual Operativo ........................................................................................................... 6 3. Alcance ............................................................................................................................................. 7 4. Responsables .................................................................................................................................... 7 CAPITULO II. ORGANIZACIÓN Y RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN ........................................... 7 1. Constitución del Fideicomiso y Beneficiarios .................................................................................. 7 2. Consejo Directivo ............................................................................................................................. 8 3. Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones (UFISI)- Unidad Ejecutora .......................... 9 4. El Comité Técnico Operativo ......................................................................................................... 1 O 5. Fideicomitente - MiAMBIENTE ................................................................................................... 11 6. Del Fiduciario o Banco Nacional de Panamá ................................................................................. 12 7. Del Fideicomisario o Beneficiario .................................................................................................. 12 8. Del Administrador de Activos ........................................................................................................ 13 9. Reglas y Procedimientos ................................................................................................................ 15 CAPITULO III. ADQUISICIONES, COMPRAS Y CONTRATACIONES ........................................... 18 1. Adquisiciones ................................................................................................................................. 18 2. Publicidad y Comunicación de Resultado ...................................................................................... 19 3. Supervisión, Seguimiento y Auditoría ........................................................................................... 20 CAPITULO IV. PROCEDIMIENTO DE RETIRO Y USO DE FONDOS ............................................. 21 1. Disponibilidad y uso de fondos ...................................................................................................... 21 2. Inversiones Elegibles ...................................................................................................................... 22 3. Beneficiarios elegibles .................................................................................................................... 23 4. Procedimiento para el desembolso de recursos .............................................................................. 23 CAPÍTULO V. CONDICIONES PREVIAS PARA DESEMBOLSO ..................................................... 25 1. Áreas Protegidas Elegibles y Condiciones de Elegibilidad ............................................................ 25 2. Condición y forma para la elegibilidad y financiamiento de Propuesta ......................................... 25 3. Criterios de evaluación ................................................................................................................... 26 4. Monitorco y Evaluación (M&EL ................................................................................................. 26 ANEXO 1'.\. ................................................................................................................................................. 27 4 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 7 ACRÓNIMOS AOD AP ASP AXM BIRF BP CATHALAC CONA GUA CDB CREHO O.E. DAPB DISH DICC DIPROCA DIE ORA EMSA ENA ERB EB ERCC FVC FE GEF HII IA ICIREDD MEF MiAMBIENTE MIDA OBC ODS ONG PAM PMEMAP PN SICA SINAP SINAPROC SNIMDB SINIA UFISI UICN UP lJTP EL FIDEICOMISO: Ayuda Oficial al Desarrollo Área Protegida / Áreas Protegidas Área Silvestre Protegida Alianza por el Millón de Hectáreas Reforestadas Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Bosque Protector Centro del Agua del Trópico Húmedo para América Latina y el Caribe Consejo Nacional de Agua Convención sobre Diversidad Biológica Centro Regional Ramsar para el Hemisferio Occidental Decreto Ejecutivo Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad Dirección de Seguridad Hídrica Dirección de Cambio Climático Dirección de Calidad Ambiental Dirección de Evaluación y Ordenamiento Ambiental Estrategia Mesoamericana de Sostenibilidad Ambiental Estrategia Nacional de Ambiente Estrategia Regional para la Conservación y Uso Sostenible Estrategia de Biodiversidad Estrategia Regional de Cambio Climático Fondo Verde del Clima Fuerza Ecológica Global Environmental Facility I Fondo para el Medio Ambiente Humedal de Importancia Internacional Inversiones Ambientales Centro Internacional para la Implementación de REDD+ Ministerio de Economía y Finanzas Ministerio de Ambiente Ministerio de Desarrollo Agropecuario Organización de base comunitaria Objetivo de Desarrollo Sostenible Organización( es) No Gubernamental( es) Plan Ambiental Municipal Programa de Monitoreo de la Efectividad de Manejo de las AP Parque Nacional Sistema de la Integración Centroamericana Sistema Nacional de Áreas Protegidas Sistema Nacional de Protección Civil Sistema Nacional de Información y Monitoreo de la Diversidad Sistema Nacional de Información Ambiental Unidad del Fideicomiso y Seguimiento de las Inversiones Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza l lniversidad de Panamá Universidad Tecnológica de Panamá Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre 5 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 8 CAPITULO l. ASPECTOS GENERALES 1. Antecedentes En el marco de la implementación del nuevo modelo de gestión ambiental del Estado y en cumplimiento del Acuerdo de Donación suscrito entre la República de Panamá y El Banco Mundial en su condición de agencia implernentadora del proyecto Sistemas de Producción Sostenible y Conservación de la Biodiversidad (SPSCB), el Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE) impulsa la implantación un nuevo eje de asistencia financiera verde, que mediante la constitución del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (El Fideicomiso), como fondo patrimonial autónomo, permitirá reducir la brecha financiera del sector ambiental nacional, producto de la implementación de las políticas internacionales de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) en las últimas dos décadas. Para la materialización y puesta en marcha de acciones concretas MiAMBIENTE y el Banco Nacional de Panamá (BNP) han suscrito el contrato de Fideicomiso No.0017-2017 denominado "Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre", para el cual el BNP actuará como Fiduciario, el Consorcio Capital Bank Assets como Administrador de Activos para las inversiones ambientales y capitalización y MiAMBIENTE como Fideicomitente. El Fideicomiso procurará ser una fuente permanente de financiamiento y de apoyo a iniciativa ambientales de inversión pública, privadas locales para para cerrar la brecha financiera existente en la gestión ambiental y al mismo tiempo, generar espacios de crecimiento económico verde que fortalezcan las capacidades socio-ecosistémicas en las comunidades. MiAMBIENTE coadyuva al propósito de sostenibilidad financiera destinando inicialmente recursos por dos millones de balboas con 00/100 (B/.2.0 millones) proveniente del presupuesto que le asigna el Estado y un millón quinientos mil balboas con 00/100 (B/1.5 millones) aportados por el Fondo Mundial para el Medio Ambiente (GEF), los cuales juntos constituyen el capital semilla inicial o Fondo Inextinguible de El Fideicomiso para apoyar el financiamiento de la conservación de la biodiversidad. Realizados los arreglos institucionales y en cumplimiento de la Resolución de Gabinete Nºl40 de 14 de octubre de 2016, el Decreto Ejecutivo Nº69 del 11 de julio de 2017, y los contratos suscritos con el Fiduciario y el Administrador de Activos, MiAMBIENTE. fideicomitente y fideicomisario a un mismo tiempo. tendrá la administración operativa del presente instrumento financiero mediante el Manual de Acceso al Fondo y el presente Manual Operativo. 2. Objeto del Manual Operativo El presente documento establece los procedimientos operativos para el adecuado funcionamiento, respecto de la gestión fiduciaria, la delimitación de acciones y roles relativo a la administración y manejo de los recursos disponibles en el Fideicomiso de Agua Áreas Protegidas y Vida Silvestre, en adelante El Fideicomiso. Se constituye un patrimonio autónumu, coilll) fuente pcrmancnll.'. Je financiamil.'.nto y apoyo a la:. iniciativas arnhientales verdes sostenibles de inversión púhlica, privada. locales, o de organizaciones internacionales destinadas a la protección, conservación, preservación y restauración del ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales para asegurar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la 6 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 9 pQlítica nacional ambiental según los términos y condiciones preceptuados por la Ley vigente y el presente Manual Operativo, para el beneficio de las generaciones presentes y futuras de la República de Panamá. Establecidas las reglas de funcionamiento, el Manual Operativo facilitará a la unidad ejecutora de El Fideicomiso y a los actores clave un abordaje sistemático y ordenado de fondos para la protección y desarrollo del ambiente panameño a la vez que, permitirá al Ministerio de Ambiente una capacidad de respuesta más ágil y efectiva ante la creciente demanda de atención y servicios ecosistémicos. 3. Alcance El presente Manual Operativo contempla las actividades administrativas y operativas para la gestión de El Fideicomiso y será de utilidad práctica en todo el territorio nacional y su implementación se sujetará a estándares de buenas prácticas. 4. Responsables Los responsables de la aplicación del presente Manual Operativo son: a. El Ministerio de Ambiente, en calidad de Fideicomitente del Fideicomiso. b. El Banco Nacional de Panamá (BNP), en calidad de Fiduciario del Fideicomiso. c. El Consejo Directivo en calidad de autoridad máxima del Fideicomiso. d. La Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones (UFISI) adscrita al Despacho Superior de MiAMBIENTE, como unidad ejecutora con función secretarial en el Consejo Directivo. e. El Administrador de Inversiones del Fideicomiso. CAPITULO 11. ORGANIZACIÓN Y RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN l. Constitución del Fideicomiso y Beneficiarios El Fondo Patrimonial está constituido con un capital semilla de tres millones quinientos mil balboas con 00/100 (B/.3.5 millones) de los cuales B/.1.5 son donados por el GEF y B/.2.0 aportados por MiAMBIENTE. Este capital semilla es de carácter inextinguible por lo que no se podrá utilizar el capital aportado y solamente los excedentes o rendimientos generados para inversiones ambientales provenientes de iniciativas de proyectos o programas presentadas por el fideicomisario o los beneficiarios elegibles de este Fideicomiso entre los cuales se incluyen: Otros Recursos para la Constitución del Fondo Patrimonial AJ-.:mú::i, l'.untarú rnn d .30% Jd tutal J.: lus nxursos provenientes Je los fondos especiales 1..:on destinos específicos creados 0 administrados por Ley por MiAMBIENTE los cuales serán imertidos según se preceptúa en este Manual Operativo y según el Anexo 2 sobre Capitalización y Administración del Fondo del Convenio de Donación TF 0188972. 7 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 10 Lo.s Fondos indicados en el artículo 4 de la Ley 8 de 25 de marzo de 2015, que establece que formarán parte del presupuesto del Ministerio de Ambiente los ingresos generados por los fondos creados por leyes especiales con destino específico son: • Fondo de Protección y Desan-ollo Forestal, creado de conformidad al artículo 68 de la Ley 1 de 1994; • Fondo de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, creado mediante artículo 1 O de la Ley 24 de 7 de junio de 1995; • Fondo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, creado mediante artículo 115-A de la Ley 41 de 1998; • Fondo de Adaptación al Cambio Climático, creado mediante artículo 126-D de la ley 41 de 1998; • Fondo de Cuencas Hidrográficas, creado mediante artículo 7 de la Ley 44 de 5 de agosto de 2002. El 30% de este recurso formará parte del fondo de capitalización y el 70% permitirá la ejecución de los Planes Operativos Anuales El fondo patrimonial, podrá fortalecerse igualmente con aportaciones futuras para propósitos similares, ya sean provenientes de recursos del gobierno central o del sector privado que se reciban en concepto de préstamos, donaciones, transferencias u otros recaudos con inversiones o transacciones lícitas y convenientes que le generen al fondo, beneficios y rentabilidad para su ejecución efectiva. 2. Consejo Directivo El Consejo Directivo es la autoridad máxima del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, el cual estará constituido como órgano de gobierno del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, facilitando la toma de decisiones y determinando la aceptación o rechazo a los planes operacionales, actos y contratos presentados por el Fideicomitente al Fiduciario o al Administrador de Activos por cualquier monto. 1. El Ministro de Ambiente o quien él o ella designe quien lo presidirá. 2. El Ministro de Economía y Finanzas o quien él o ella designe. 3. El Ministro de Desarrollo Agropecuario o quien él o ella designe. 4. El Ministro de Turismo o quien él o ella designe. 5. El Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá o quien él o ella designe. 6. Un representante de la Asociación de Municipios de Panamá 7. El Rector de la Universidad de Panamá o quien él o ella designe. 8. Un representante de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) 9. Un representante de la Cámara de Comercio Industrias y Agricultura de Panamá. l O. Un representante del Instituto Conmemorativo Gorgas. 11. Un representante de Instituto de Investigaciones Científicas y Servicios de Alta Tecnología. 12. El Contralor de la República o quien él o ella designe con derecho a voz. 13. El Gerente del Fideicomiso con derecho a voz. Serán funciones del Consejo DircctiYo: a. Elaborar, aprobar y modificar su reglamento interno. b. Aprobar el Plan Operativo Anual (POA) de El FIDEICOMISO. 8 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 11 c. Aprobar planes de corto, mediano y largo plazo. d. Supervisar y controlar el buen uso y aprovechamiento de los recursos Fideicomitidos e. Captar permanentemente recursos de diversas fuentes y gestionar inversiones según el propósito de cada fondo. f. Invertir y reinvertir financieramente los capitales en acciones que garanticen la rentabilidad y aumento sostenible del 100% del capital semilla Fideicomitido (fondo inextinguible y del 30% de los recursos procedente de fondos especiales con destinos específicos mediante el Administrador de Inversiones con excepción de los provenientes de leyes especiales. g. Asignar el 70% de los recursos provenientes de Fondos especiales con destinos específicos en Inversiones Ambientales elegibles en programas expresados en los Planes Operativos (fondo extinguible) según las categorías de inversión elegibles. h. Aprobar el portafolio de Inversiones del Administrador de Activos. l. Solicitar al Gerente de Fideicomiso como instancia ejecutora delegada por el Fideicomitente la rendición de cuenta sobre los avances y actos financieros y de inversiones ejecutados por el Fiduciario, el Administrador de Activos y producto del seguimiento y monitoreo físico, financiero y ambiental de los proyectos o inversiones ambientales en marcha o culminada j. Evaluar y aprobar los informes financieros y de inversiones ejecutores y otros que se requieran. k. Instruir al Administrador de Activos mediante la Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones a que priorice en todo momento la recapitalización del fondo inextinguible en caso de problemas de mercado o descapitalización imprevista. l. Recomendar acciones y delegar funciones. m. Aprobar las actas. n. Las que se establezcan de manera reglamentaria por el Consejo Directivo. 3. Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones (UFISI)- Unidad Ejecutora Se establece la Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones (UFISI) adscrita al Despacho Superior de MiAMBIENTE, como unidad ejecutora con función secretarial en el Consejo Directivo dentro del cual actuará estableciendo la coordinación necesaria y facilitando la operatividad de este cuerpo colegiado a través del Gerente de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones. Esta unidad será financiada con presupuesto operativo del Fideicomitente (MiAMBIENTE) y con recursos provenientes de los excedentes del Fondo previa aprobación del Consejo Directivo. La Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones estará integrada por: a. Gerente de Fideicomiso - Secretario (a) del Consejo Directivo. b. Gerente Técnico. c. Administrador. d. Planificación Monitoreo y Evaluación de Proyectos. e. Abogado. f. Asistente técnico operativo. MiAMBIENTE será responsable de la Contratación del Gerente de Fl FIDEICOMISO, quien actuará como Administrador de Inversiones. Se espera que, llegado el momento, El FIDEICOMISO sea capaz de financiar la gestión operativa de la unidad ejecutora, lo cual será determinado en la rentabilidad y los 9 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 12 ex~edentes que produzca el instrumento financiero después de inversiones sin perjuicio del valor real fideicomitido considerado inextinguible. Son funciones de la UFISI: a. Actuar como Secretario (a) del Consejo Directivo. b. Velar por la correcta aplicación de las normas y el uso del presente Manual. c. Presentar y sustentar ante el Consejo Directivo los Planes Operativos Anuales. d. Convocar previa instrucción del Presidente Consejo Directivo las reuniones ordinarias y extraordinarias y preparar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias que tengan lugar. e. Ser enlace entre el Fideicomitente, el Fiduciario y el Banco Administrador de Inversiones. f. Sustanciar todos los procesos administrativos para la suscripción de contratos y pagos relativos a la adquisición de bienes, obras y servicios derivados del Fondo extinguible. g. Realizar seguimiento técnico y de campo en apoyo a inversiones ambientales (I.A) derivadas de los Planes Operativos aprobados por el Consejo Directivo. h. Dar seguimiento al Administrador de Inversiones para la implementación de las inversiones aprobadas según el portafolio propuesto. 1. Preparar informes técnicos y financieros relativos a la necesaria rendición de cuentas con información relevante procedente del M&E. J. Cumplir con el principio de transparencia en los procesos para la adquisición de Bienes Obras y Servicios basados en las normas de contrataciones de Panamá y/o del donante principal. k. Mantener actualizado el portal del fondo verde htlp:I.,\\\ \\.ronduvcrdt..:.l!.ob.ru brindando acceso a la información del Fideicomiso mostrando proyectos, programas y beneficiarios l. Contratar una evaluación intermedia luego de transcurridos 2.5 años de la implementación y puesta en marcha del instrumento financiero (Fideicomiso) m. Comunicar al Fiduciario la aprobación, por parte del Comité Directivo, de la elaboración de los estados financieros auditados. n. Remitir al Fiduciario para su debido proceso, las órdenes de desembolsos o. Las que le asigne el Ministerio de Ambiente. 4. El Comité Técnico Operativo La UFISI será apoyada por el Comité Técnico Operativo (CTO) designado por el Fideicomitente, así como por especialistas en diversas áreas procedentes de la comunidad científica, académica y la sociedad civil organizada, con la finalidad de que los Planes Operativos Anuales (POA) se encuentren revestidos de suficiente información clave para la consecución de los principales objetivos y metas del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre. Las posiciones que integran el (CTO), son de condición permanente con lo cual la rotación de personas será dispuesta en función de la designación de las unidades o entidades responsables. El Comité Técnico Operativo estará integrado por: 1. FI (!erentc ctc la l 1F!SI. guicn 1\1 prcsiclir:.1. 2. Un especialista en vida silvestre de la Dirección de Areas Protegidas y Biodiversidad. J. Un especialista de agua de la Dirección de Seguridad Hídrica. · 4. Un especialista forestal de la Dirección Forestal Sostenible. 5. Un especialista de la Dirección de Cambio Climático. 6. Un especialista de la Dirección de Costas y Mares. 7. Un especialista de la Dirección de Cultura Ambiental. 10 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 13 8. Un especialista de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental. 9. Un especialista de la Dirección del Vigilancia del Desempeño Ambiental. 1 O. Un miembro de la comunidad académica, en representación de la Universidad de Panamá. 11. Un miembro de la comunidad científica, en representación de SENACYT. 12. Un representante de la UICN. 13. Un representante del CONEP. Serán funciones del Comité Técnico Operativo las siguientes: 1. Preparar los Planes Operativos Anuales a ser presentados ante el Consejo Directivo. 2. Presentar a la UFISI los Planes para su posterior compilación y presentación ante el Consejo Directivo. 3. Evaluar propuestas y suscribir actas de selección. 4. Recomendar modificaciones a los Planes Operativos con base en las acciones de monitoreo. sobre la Gestión por resultados. 5. Constituirse como Comité Evaluador. 5. Fideicomitente - MiAMBIENTE El Fideicomitente, MiAMBIENTE, presidirá el Consejo Directivo y actuará como máxima autoridad con el cargo de Presidente del Consejo en donde tendrá derecho a voz y voto. Del mismo modo tendrá las siguientes obligaciones: 1. Establecer la Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones (UFISI) y dotarla de las condiciones mínimas necesarias para su buen funcionamiento. 2. Velar por el cuidado y buen uso de los fondos de la donación y otros caudales provenientes del Estado a través de MiAMBIENTE y/o de otras fuentes. 3. Facilitar a la UFISI el acceso a información necesaria en el marco del cumplimiento de sus funciones y a las herramientas de fiscalización que refuercen la capacidad fiscalizadora del Consejo Directivo del Fideicomiso y sus funciones como secretaría. 4. Dedicar tiempo y recursos institucionales a la identificación de nuevas fuentes de financiamiento. 5. Monitorear anualmente la brecha financiera de las APs. 6. Facilitar el proceso de Auditoría Social, Auditorías Técnicas y Financieras con la frecuencia en que sean necesarias. 7. Facilitar el seguimiento y coordinación UEF- BNP y el Banco Administrador de Activos. 8. Sensibilizar al personal técnico y administrativo del Ministerio con funciones dentro de las áreas protegidas y zonas de amortiguamiento para su involucramiento en los procesos de inversiones ambientales financiadas con fines de supervisión y presentación de consideraciones técnicas y financieras. 0. Mantener las inYcrsiones y actividades en d marco ele la política amhicntal naci0Jrnl y lo~ ejes estratégicos aprobados garantizando la elegibilidad de los proyectos que se sometan a consideración del Consejo Directivo. 11 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 14 6. Del Fiduciario o Banco Nacional de Panamá El Agente Fiduciario es el Banco Nacional de Panamá, amparado en el contrato No. 0017-2017 debidamente refrendado por la Contraloría General de la República el 24 de octubre de 2017. El fiduciario tiene la responsabilidad de mantener en custodia y cuidado los recursos transferidos por MiAMBIENTE, mediante gestiones de Cobro o gestión con el Banco Nacional, cumplida la debida diligencia cuando se trate de donaciones externas destinadas a cuentas o propósitos específicos, también actuará como pagador o inversor de activos localmente cuando el fideicomitente le indique. El fiduciario tendrá la responsabilidad de trasladar al Administrador de Activos a título de Fideicomiso los caudales que le fueran indicados. 7. Del Fideicomisario o Beneficiario Este documento está dirigido a favorecer las inversiones ambientales que contribuyan al mejoramiento del ambiente en general, a la recuperación de nuestros ecosistemas y el manejo financiero sostenible de nuestras cuencas hidrográficas y áreas protegidas del (SINAP), sobre la base de la política ambiental nacional y los ejes estratégicos definidos por MiAMBIENTE. Los Planes Operativos Anuales que el Fideicomitente aprobará, y transferirá al Fiduciario por intermedio de la UFISI, serán la expresión de los programas y proyectos que, puestos en marcha durante cada vigencia fiscal o como continuidad, permitirán el cumplimiento de los objetivos y metas propuestas desde la capacidad y viabilidad financiera del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre. Los beneficiarios elegibles demostrarán su condición de tales, a solicitud de la Unidad Ejecutora al someter su interés por la captación de fondos para la realización de inversiones amigables con el ambiente e indicarán cómo contribuirán al mejoramiento de la gestión ambiental con el apoyo recibido ya sean del tipo o categoría siguiente: a) Donaciones para investigación y desarrollo b) Programas y proyectos Ambientales No Reembolsables. c) Procesos Competitivos (Adquisiciones bienes, obras y servicios de consultoría). d) Gastos Operativos, de Administración y Monitoreo & Evaluación. e) Becas Académicas f) Gastos Operativos Se entenderán como Fideicomisarios y/o Beneficiarios del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silws1re lns siguientes en list8. 1. Ministerio de Ambiente de la República de Panamá. 2. Organizaciones No Gubernamentales. 3. Academia y centros de estudios sociales, científicos y tecnológicos. 12 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 15 4. Organizaciones de Base Comunitaria (OBC). 5. Organización de Productores que apliquen métodos y sistemas productivos sostenibles. 6. Comités de Cuencas Hídricas. 7. Comisiones Consultivas Ambientales (CCA). 8. Municipios del país que apliquen planes ambientales municipales. 9. Las Asociaciones de Interés Público (AIP). 1 O. Miembros de la Alianza por el Millón de Hectáreas (AXM). 11. Organizaciones internacionales acreditadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores. El Fideicomitente, mediante aprobación previa del Consejo Directivo, garantizará la condición participativa como beneficiarios en caso de otras organizaciones provenientes de la sociedad civil panameña, las cuales podrán tener representación en la selección de propuestas sujetas a financiamiento dentro de los Planes Operativos Anuales, sin perjuicio de que se de prioridad al SINAP u otras necesidades del beneficiario principal MiAMBIENTE. En el caso de las organizaciones internacionales, estas podrán considerarse como beneficiarios siempre y cuando no existan capacidades de desarrollo de proyectos de otras organizaciones locales de Panamá. 8. Del Administrador de Activos Contratación y Supervisión Este actor clave, contratado por MiAMBIENTE, de conformidad con los procesos legalmente establecidos por la Ley 22 de 2006, de Contrataciones Públicas, y bajo normas del donante principal para la constitución del Fondo Patrimonial, tendrá independencia para la realización de las inversiones, no obstante, reportará al contratante y al fiduciario la gestión de transacciones y comportamiento de las inversiones en cumplimiento de las condiciones contractuales que le vinculan con el fiduciario por conducto del fideicomitente. Lineamientos Generales a. Actuación del administrador de inversiones: EL ADMINISTRADOR DE INVERSIONES actuará de conformidad con la Ley 21 de 10 de mayo de 2017, Decreto Ejecutivo No. 69 de 11 de julio de 2017, Manual de Procedimientos para la utilización de los Fondos del Fideicomiso, Contrato No.0017-2017, el Pliego de Cargo de la Licitación Pública para "ADMINISTRADOR DE INVERSIONES CUSTODIO PARA GESTIÓN DE FONDOS DEL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN AGUA, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE", y las disposiciones del presente contrato. b. Funciones del Administrador de Inversiones: El Administrador de Inversiones estará autorizado para identificar, recomendar, seleccionar y ejecutar las inversiones de los activos bajo las cuentas de inversión que se requieran y autoricen para tales propósitos y se asegurará de colocar inversiones de manera segura dentro y fuera de la República de P:111::1111á. tom::mdo bs pn:\·isiones necesarias para garantizar siempre la rcutabiliJad. c. Atribuciones del Administrador de Activos: Con tal objetivo, el Administrador de Inversiones podrá comprar, vender, retener y realizar las inversiones necesarias con el objetivo de mantener un portafolio y ejecutar inversiones y transacciones mediante la 13 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 16 colocación de recursos en mercados de capitales e inversión en Panamá e internacionales. Administrará, invertirá y dispondrá del Patrimonio Fiduciario con la diligencia de un buen padre de familia, atendiendo a las sanas prácticas fiduciarias y las normas aplicables al respecto y a las disposiciones de las guías y lineamientos de inversión aprobados. d. Emitirá informes y rep011ará mensualmente al Fideicomitente y al Fiduciario el estado de las inversiones para facilitar su evaluación evidenciando, por ejemplo: i)Inversiones Iniciales ii) número y tipo de compra iii) rentabilidad de las inversiones iv) rentabilidad anual acumulada v) calificación crediticia. Serán responsabilidad del Administrador de Activos o Asset Manager las que aquí se listan entre otras: a. Invertir el capital del Fondo Patrimonial de acuerdo a su capacidad estratégica y en apego a las condiciones establecidas por el Fideicomitente mediante el Manual de Acceso al Fondo Patrimonial, de acuerdo con el Acuerdo de Donación TF-0189072 Anexo 2 acápite E y lo aquí dispuesto. b. Proporcionar a satisfacción de MiAMBIENTE y del Banco Mundial a más tardar un mes después del final de cada semestre en el año, reportes semestrales relacionados con el desempeño administrativo, el valor del capital, la distribución de activos, los ingresos de inversión (incluyendo dividendos) con respecto al Fondo Patrimonial. c. Proporcionar a MiAMBIENTE la información requerida para cumplir con sus obligaciones en el contexto de la Sección E del Anexo 2 del Acuerdo de Donación con respecto al Fondo Patrimonial. d. Mantener el patrimonio fideicomitido procedentes de la donación sujetos a capitalización en cuentas separadas de sus propios fondos o de otros con destino distinto pero dentro del Fideicomiso. e. Facilitar información financiera requerida para las auditorías externas anuales solicitadas por el organismo donante y financiadas por el Fideicomitente con aporte local f. Realizar sólo inversiones permitidas y aprobadas en las guías de inversión; g. Emitir información semestral al Fiduciario y mensual al fideicomitente; h. Presentar de manera clara y precisa los cargos por administración de cartera que reciba, en un estado de cuentas, por concepto de remuneración de cada uno de los fondos o fideicomisos que administre, indicando adicionalmente la información que se solicite; 1. Generar estados de cuenta por medios electrónicos, al menos quince (15) días hábiles después al cierre de cada mes. Información de interés para el fondo como lo son: reportes de proyección de rendimientos ("income report"), estados de cuenta de inversión (por cuenta o por el fondo), reportes de compra y venta de instrumentos de inversión o valores, reporte del rendimiento de la cartera versus el comparativo entre otros. Rentahilidad del Portafolio de Tnversiones y l lso de Recursos: Fntrc las rcsponsrihilidacles del Administrador de Activos. el Fideicomitente tomará en cuenta que éste propicie la generación de anualidades con rentas y ganancias de capital anual satisfactorio para los propósitos definidos en el presente instrumento financiero. 14 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 17 El Administrador de Activos procurará generar un retorno cónsono mediante la selección y negociación de inversiones basadas en tres condiciones financieras que deberá tomar en consideración: l. Los parámetros de inversión establecidos; 2. Las condiciones de mercado existentes y proyectadas; 3. Las necesidades y proyección de recursos necesarios para generar los ingresos para cubrir las necesidades de las áreas protegidas y los proyectos de la sociedad civil organizados en los proyectos que presenten los fideicomisarios. El Fideicomitente, prevé que una buena administración de riesgos, permita anticipar eventos previsibles y que, en tal sentido, el Administrador de Activos disponga en debida forma las medidas conducentes para preservar en primera instancia el capital fideicomitido y/o lograr la reposición del valor real dispuesto en calidad de capital semilla. 9. Reglas y Procedimientos l. Condiciones para el financiamiento Las Inversiones Ambientales que se emprendan desde la planificación de los POA's estarán precedidas de las sustentaciones que al efecto sean exigibles en el marco de los procesos que se sustancien a fin de aprobar y recomendar la adquisición de bienes o servicios bajo los mecanismos y métodos establecidos por la Ley panameña Ley 22 de 2006, de contrataciones públicas o bajo la normativa pactada con el organismo colaborador o el Donante Principal en el marco de la implementación del Proyecto de Producción Sostenible y Conservación de la Biodiversidad hasta su finalización en diciembre de 2020; además de la que se define en el Capítulo IV adquisiciones, compra y contrataciones referente a los casos de fuerza mayor en donde excepcionalmente se exceptúa el procedimiento definido por la Ley 22. Los interesados proponentes deberán entregar a MIAMBIENTE, las propuestas técnicas y financieras de las actividades y/o proyectos sujetos a financiación llenando los formatos que se adjuntan en el Anexo b) del presente manual operativo. Las propuestas deberán ser consecuentes con los siguientes criterios: • La planificación aprobada en los Planes Operativos (POA's) • Los proyectos deben estar formulados para una duración máxima de 24 meses o dos años, cuando se trate de un período mayor estos deberán someterse a la aprobación del Consejo Técnico • Deberá contar con viabilidad técnica y financiera • Definición clara del tipo y clase del proyecto • Apalancamiento de nuevos recursos o recursos complementarios a los existentes. • Descripción individual o colectiva de la calificación y experiencia previa del personal clave responsable <le Ja ejecución del proyecto que se somete a evaluación para financiamiento. MiAMBIENTE, por medio de la UFISI, se asegurará de incluir de manera clara los conceptos básicos para la celebración de los actos con propósito de selección de contratista indicando en los Términos de Referencia o en las Especificaciones Técnicas la siguiente información: 15 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 18 1. Antecedentes 2. Justificación 3. Objetivos generales y específicos 4. Alcance 5. Resultados esperados 6. Criterios de elegibilidad para la evaluación de las propuestas 7. Lineamientos básicos para el diseño (etapas de cumplimiento) 8. Presupuesto 9. Condiciones de desembolso según productos 1 O. Consecuencias del incumplimiento de las normas ambientales durante Ja ejecución La UFISI sustanciará el proyecto a través del Comité Técnico Operativo y la supervisión in-situ de los trabajos aprobados para financiamiento estará a cargo del especialista en monitoreo y evaluación de proyecto en consulta con las direcciones nacionales o regionales designadas. 2. Políticas de Inversión / Guías de Inversión A) Inversión local (República de Panamá) 1. Depósitos a plazo 2. Títulos valores con garantía hipotecaria de viviendas 3. Títulos de renta fija del mercado primario 4. Valores con grados de inversión 5. Bonos o valores del estado o de entidades autónomas oficiales garantizados por el Estado panameño B) Inversión Extranjera 1. Activos líquidos 2. Bonos soberanos 3. Bonos soberanos, supranacionales, multilaterales y otros relacionados; 4. Valores hipotecarios y/o estructurados 5. Renta variable 6. Inversiones alternativas 3. Lineamientos Generales de Inversión Como parte de las funciones del Administrador de Inversiones, (UFISI) este velará por que el Administrador de Activos reciba su remuneración basada en la observancia correcta de las mejores prácticas con un riesgo moderado y diversificado. El mismo brindará entre los servicios que se incluye pagos y colocación de recursos en el mercado local e internacional: a. Compra, Venta y Negociación de inversiones financieras incluidas: bonos soberanos, bonos supranacionales, bonos multilaterales, bonos corporativos, acciones, valores hipotecarios, bonos indexados a la inflación, instrumentos de renta variable, inversiones alternativas, notas estructuradas, fondos mutuos, fondos de inversión; 16 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 19 b. Administración de Activos Líquidos: Efectivo e instrumentos líquidos incluidos: cuentas de ahorro, fondos de ahorro, papeles comerciales, depósitos a plazo, valores comerciales negociables (VCN), bonos y letras del Tesoro de la República de Panamá y bonos y valores de entidades garantizados por el Estado Panameño; c. Administración y Manejo de Riesgo: Incluye la selección, evaluación y administración de riesgo para un portafolio balanceado y según las condiciones actuales y futuras con base en el seguimiento del mercado; d. Mane.io de Operaciones Financieras: manejo e inversión de operaciones financieras locales y/o internacionales además de cuentas de custodia y otras relacionadas; e. Manejo de Información y Auditorias: Facilitar información financiera requerida para las auditorías externas anuales solicitadas por el organismo donante y financiadas por el Fideicomitente con aporte local; f Registro Contable: Mantener el patrimonio fideicomitido en cuentas separadas de su propio patrimonio; g. Presentación de Cargos: Presentar de manera clara y precisa los cargos por administración de cartera que reciba, en un estado de cuentas, por concepto de remuneración de cada uno de los fondos o fideicomisos que administre, indicando adicionalmente y demás información que se solicite; h. Estados de Cuentas: Generar Estados de Cuenta por medios electrónicos, de acuerdo a la clase de activo al menos quince (15) días hábiles después al cierre de cada mes con las posiciones en cartera y cualquier otra información que se solicite; 1. Visita de Actualización: Visita de actualización del mercado y presentación del Desempeño del Portafolio de Inversiones en las oficinas de MiAMBIENTE y el Consejo Directivo al menos una vez al año; J. Comunicación: Comunicación con la Unidad administrativa, designada por el Ministerio de Ambiente, que tendrá a su cargo la responsabilidad de la ejecución de los Planes Operativos Anuales, así como la instrucción y seguimiento a las inversiones. k. Otros: Conocimiento en productos financieros de Panamá, Estados Unidos, y otros mercados además del manejo de riesgo en manejo de portafolio de inversiones. 4. Capitalización del Fondo Las Estrategias y Lineamientos de Inversión, los Criterios de Elegibilidad para Inversiones Ambientales, los Parámetros de Inversión a nivel Jocal (dentro de la República de Panamá) y a nivel externo (fuera de la República de Panamá) podrán también ser revisadas o actualizadas acorde con las condiciones de mercado y tendencias de inversiones internacionales. El Portafolio del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre deberá ser revisado constantemente y durante cada vigencia fiscal se tendrá en cuenta su fiscalización para efectos de cuami1icar sus rendimientos bajo la premisa de que se ha mantenido como mínimo su valor real y en consecuencia preservado d capital semilla folcicomitido. En virtud de lo anterior, la Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones (UFISI) a través de una auditoría, análisis o estudio financiero externo podrá validar según lo reportado por el Administrador 17 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 20 de Activos escenarios de importe y capitalización que serán posteriormente sustentados ante el Consejo Directivo. a) Rendimientos obtenidos en los últimos 12 meses b) Inflación local e internacional (EEUU principalmente) c) Situación financiera nacional e internacional d) Brecha financiera de las áreas protegidas e) Necesidades de financiamiento de inversiones ambientales f) Costos operativos y administrativos generados para administrar el Fondo g) Actividades en marcha h) Cualquier otro aspecto. Se espera que los fondos generen los recursos necesarios para cubrir al menos los gastos administrativos del Administrador de Activo quien debitará su comisión según lo convenido contractualmente. Fuente, ruta y usos de Jos recursos objeto de este Fideicomiso: 1. Fuente: Inicialmente Fondo Patrimonial de US$ 3.5 millones, compuesto de los aportes MIAMBIENTE (US$ 2 millones) y del GEF (US$ 1.5 mi1lones). Además de los indicados en el Decreto Ejecutivo No 69 de 11 de julio del 2017 así como cualquier otro recurso a posteriori que obtenga, consigne o genere MiAMBIENTE. 2. Ruta: El aporte inicial y todos los aportes que sean destinados al administrador de inversiones como gestor del fondo provienen del Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre del Ministerio de Ambiente constituido en el Banco Nacional de Panamá según el Contrato No.0017-2017. 3. Uso: Con la finalidad de realizar las inversiones, El Banco Nacional de Panamá transferirá, al ADMINISTRADOR DE INVERSIONES el Fondo Patrimonial inicial de US$ 2 millones por instrucción del Ministerio de Ambiente. De la misma manera e] BNP, transferirá al ADMINISTRADOR DE ACTIVOS la suma de B/.1.5 millones provenientes del aporte GEF pactado en e] marco del Acuerdo de la Donación TF-018972 y cualquier otro recurso que fuera aprobado para tal fin o propósito ambiental conocido en el marco de la presente estrategia financiera. CAPITULO 111. ADQUISICIONES, COMPRAS Y CONTRATACIONES 1. Adquisiciones Las adquisiciones que se realizarán serán aquellas que se encuentren registradas y aprobadas en el Plan Operativo Anual. incluyendo las correspondientes al Fondo C'oiha y al Fondo Reforesta Panamá. los cuales deberán contar con la debida aprobación de sus respectivas instancias directivas; el Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba (Ley 44 de 2004) y el Comité del Fondo Reforesta Panamá (Ley 69 de 2017), respectivamente. 18 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 21 El método de adquisición estará regido por la formalidad indicada en la Ley 22 de 2006 de Contrataciones Públicas y/o Normas de Selección y Contratación del Banco Mundial, como Organismo donante. El Consejo Directivo, podrá autorizar excepcionalmente las adquisiciones de bienes, obras y servicios no sujetos al procedimiento de selección de contratista ni a la autorización de contratación directa contemplados en la Ley 22 de 2006, cuando se trate de desastres y emergencias ambientales según la Ley 41 de 1998, rescates en áreas protegidas, estado ruinoso de estructuras o con peligro inminente, apoyo al Ministerio Público para la persecución de delitos contra el ambiente, y la asistencia durante operativos de contingencia en donde intervengan los estamentos de seguridad del Estado requiriendo la movilización de recursos humanos y financieros. La adquisición de la que se trate una vez finalizado el proceso podrá ser declarada improcedente y no financiable si el contratante hubiese incurrido en las siguientes acciones u omisiones 1) Prácticas corruptas o fraudulentas 2) Si la actividad o la compra no contara con la aprobación del Consejo Directivo 3) Si no estuviese contemplada en el Plan Operativo Anual. Las adquisiciones que se realicen con recursos del Fondo Coiba y el Fondo Reforesta Panamá deberán incluir sus respectivas actas de aprobación por parte del Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba y el Comité del Fondo Reforesta Panamá. 2. Publicidad y Comunicación de Resultado La UFISI se asegurará en todo momento de cumplir con el principio de publicidad y legalidad de los actos públicos que realice. Una comunicación tipo (formato AGA) "Anuncio General de Adquisiciones" podrá ser lanzado con las necesidades más apremiantes de contratación que hayan sido identificadas y serán publicadas en un diario de la localidad hasta por tres días seguidos; del mismo modo, pueden ser colocadas en el portal nacional de compras denominado Panamacompra, así como en la página web del fideicomitente, el Ministerio de Ambiente. Adicionalmente MiAMBIENTE, pondrá a disposición un portal web especializado denominado ll!lJ.i: '' "\\l(1nd1l\L'nk.!.!1>h.pa el cual contendrá toda la información necesaria relativa a las acciones y resultados derivados de la gestión técnica, administrativa y financiera del Fondo. La información que se presentará a la consideración de los interesados deberá contener información amplia y suficiente de los procesos en trámite de compra, los datos de fecha, hora y lugar de los actos públicos y sobre todo mostrará términos de referencia y especificaciones técnicas con la mayor claridad posible. Los procesos serán evaluados por el Comité Técnico Operativo (CTO), a solicitud de la Gerencia lJFISI. Para completar el ciclo. el proceso culminará con la notificación de adjudicación al proveedor y 1.t · ~l:>LTtj'c\t J1..· un ...:,mtr<tlu ) a se~¡ J..: bkn...::-,, ubras 1.J ::,>.:n iciu::,. Para cumµkL<Lf el cidu el µw.:c::,u culminarú con la notificación de adjudicaciún al proYccdor ya sea de hiencs. ohras o servicios. 19 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 22 Importante: Cuando se trate de situaciones litigiosas las mismas se resolverán en apego a las normas legalmente establecidas al efecto. Los montos de las adquisiciones estarán igualmente determinadas sobre los umbrales que sean acordados. 3. Supervisión, Seguimiento y Auditoría La supervisión de las adquisiciones será responsabilidad directa de la UFISI, mediante la Unidad de Monitoreo y Evaluación con asistencia del o la responsable del Ministerio en el ámbito y temática de la actividad propuesta por la unidad solicitante la cual adquiere la responsabilidad del proceso sencillamente por asociación en virtud del tema. En esta área se destaca igualmente, la inestimable supervisión que el Administrador de Inversiones o Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones (UFISI), desde la posición del Gerente de Fideicomiso ejercerá sobre el Administrador de Activos (Banca Privada), en el marco de sus competencias y funciones para asegurar el correcto manejo y operación satisfactoria del Fideicomiso, con énfasis en la información que de manera ordinaria y extra ordinaria deberá reportar a la Presidencia de Consejo Directivo indicando la salud y rentabilidad del Fondo y según lo disponga este órgano de gobierno o a solicitud de parte por el Fideicomitente MiAMBIENTE, El Ministerio de Economía y Finanzas, La Contraloría General de la República de Panamá, y el Fiduciario; para tal fin, los libros y la documentación en general deberá estar siempre actualizada y disponible. Será responsabilidad del Fideicomitente, la contratación de una auditoria externa anual, cuyos resultados serán compartidos con el Fiduciario, Ministerio de Economía y Finanzas y Contraloría. Las instituciones de líneas podrán ejercer su derecho a la información y fiscalización en cualquier momento del ciclo de gestión del Fideicomiso de Agua, Áreas, Protegidas y Vida Silvestre tanto en el Fiduciario como en Administrador de Activos. En el caso del Administrador de Activo se buscará comprobar de primera mano la salud de Fondo Patrimonial fideicomitido y su permanente condición de inextinguible. 3.1 Seguimiento de las inversiones del FIDEICOMISO La UFISI deberá: a. Realizar mensualmente el cierre contable de todo lo relacionado al Fideicomiso y por cada tipo de cuenta, incluyendo la provisión de intereses por cobrar, la comisión o comisiones a pagar por el FIDEICOMISO al BNP y al Administrador de Inversiones por la inversión de los recursos; b. Entregar al Fideicomitente y al Consejo Directivo, dentro de los primeros 15 días de cada mes, un informe mensual sobre la gestión de las inversiones correspondiente al mes anterior, el cual incluirá el estado actualizado del saldo de las inversiones incluyendo la tasa de retomo del portafolio; c. Elaborar un informe trimestral de evaluación y cumplimiento del POA aprobado y de las instrucciones específicas del Consejo Directivo; d. Publicar los estados finam:ieros y la rendición Je cuentas en el portal \\Cb Jd fiJcicumi::.u. 3.2 Elaboración y aprobación de los Estados Financieros del FIDEICOMISO 20 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 23 El Fiduciario deberá: a. Llevar el sistema contable para el FIDEICOMISO; h. Diseñar el sistema contable y de control interno para la administración prudente y diligente del FIDEICOMISO c. Verificar y llevar informes de: (i) Estados de cuenta mensuales; (ii) informes financieros semestrales no auditados; (iii) estados financieros anuales auditados, sobre la situación Financiera del Fideicomiso. CAPITULO IV. PROCEDIMIENTO DE RETIRO Y USO DE FONDOS Es en este momento en donde la Unidad de Fideicomiso y Seguimiento a Inversiones cuenta con la disponibilidad de fondos para la inversión de activos con miras a la capitalización y para la ejecución de las inversiones ambientales aprobadas para la vigencia fiscal que corresponda en favor de los Fideicomisarios o Beneficiarios (proyectos) considerados elegibles previo cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas por este Manual. Consideraciones Especiales 1. Disponibilidad y uso de fondos Según lo dispuesto en el contrato de Fideicomiso No 0017-2017 la disposición y uso de los bienes fideicomitidos se entenderá como sigue: El treinta por ciento (30%) de todos los recursos formará parte del fondo de capitalización el cual está integrado por el total de los caudales que resulten de los excedentes o intereses producto del patrimonio fideicomitido, debidamente aportado según el ACUERDO DE DONACIÓN y mediante los ingresos propios del Ministerio de Ambiente, además del treinta por ciento (30%) de los fondos especiales con destinos específicos creados por el Ministerio de Ambiente y dirigidos por éste al fondo patrimonial con fines de capitalización; y el setenta por ciento (70%) permitirá la ejecución de los Planes Operativos Anuales. Estos fondos serán utilizados de conformidad con las Medidas de Control en Procesos para Transferencias y Utilización de Fondos establecidas en el Manual Operativo. a. Cartera de Inversiones Con la experiencia del Administrador de Activos y las recomendaciones de la UEF el portafolio de inversiones con recursos provenientes del fondo inextinguible. correspondiente a los excedentes de la donación y al treinta por ciento (30%) de los fondo especiales con destino específico, estarán dirigidos a: La Capitalización del Fondo y el uso excedente en Inversiones Ambientales que ejecutará el Administrador de Activos y/o EL FIDUCIARIO cuando así lo disponga el Fideicomitente. h. Financiamil'nto ¡Jara Inversiones .\mbicntaks Para L. ..:un:.i .. kr<.l-.;Gll Ji..: fin.u1..:i<llllii..:lltu directo 110-reemholsable de im ersiones ambientales con recursos prnYenientes del 'it'lenta por ciento (70%) de los dineros fideicomitidos, se tendrá en cuenta desde la preparación del Plan Operativo Anual (POA), las disposiciones aplicables a los beneficiarios y categorías de gasto como son: 21 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 24 i) Donaciones. ii) Proyectos y Sub proyectos Ambientales Sostenibles No Reembolsables (productivos o no productivos). iii) Procesos Competitivos (Adquisiciones bienes, obras y servicios de consultoría). iv) Gastos Operativos, de Administración y Monitoreo & Evaluación. Así pues, el setenta por ciento (70%) correspondiente a la ejecución de los Planes Operativos Anuales, podrá ser utilizado dentro del marco anterior y según la planeación para gastos de ejecución o rubros elegibles como los aquí descritos a manera de ejemplo. 2. Inversiones Elegibles El Administrador de activo aplicará los criterios y lineamientos establecidos para la colocación de inversiones dentro y fuera de la República de Panamá, de conformidad con la estrategia convenida y las metas de inversión acordadas. Desde el fondo revolvente a solicitud del Fideicomitente MiAMBIENTE considerando para ello la rentabilidad confirmada por el Administrador de Inversiones y/o el Fideicomisario podrán considerar los siguientes renglones como inversiones elegibles para la ejecución administrativa y técnica del fideicomiso. a. Adquisición de equipos, materia prima, semillas, materiales, herramientas manuales. b. Contrataciones de asistencia técnica, asesoría o capacitación. c. Contratación de Guardaparques (mismos que no podrán ser trasladados a otras funciones) d. Pago de servicios de publicidad y divulgación para fomentar la conciencia y educación ambiental. e. Contratación de mano de obra especializada necesaria para el levantamiento de una obra, estructura o la asistencia técnica temporal para el desarrollo de alguna actividad productiva, eco- turística o científica f. Construcción y mantenimiento de infraestructura en áreas protegidas. g. Restauración de cuencas hidrográficas. h. Adaptación al cambio climático y mitigación de las em1s10nes de gases de efecto l. J. invernadero Becas para estudiar ingeniería ambiental, hidrólogos, ingenieros forestales, biólogos, meteorólogos Restauración de ecosistemas k. Creación y Mantenimiento de viveros y zoocriaderos l. Investigación básica aplicada m. Operativos de emergencia con estamentos de seguridad Todos los gastos aquí enunciados deberán contar con la aprobación previa del órgano rector del ri,~cic'l'tnl>,l ,k .\¡,;u;: .. \r..:~1s Ph1tq;iJa.'-. ;. \"iJa Sih ..:str..: y aJ..:nüs ~Lb..:n ..:star C<lllkniJus ..:11 d PLm 0111..:rati\ o Anual (PO:\) respondiendo a la acti\ idad o tarl:'a Je la que se derive y cada orden de desembolso deberá estar acompañada de los sustentadores o documentos de soporte necesarios. El financiamiento de costos recurrentes de las áreas protegidas, cuencas hidrográficas y gestión de vida silvestre tendrá prioridad sobre los otros rubros. 22 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 25 3. Beneficiarios elegibles EL FIDEICOMITENTE designa como Beneficiarios del presente Fideicomiso a: a. Ministerio de Ambiente b. Comités de Cuencas Hidrográficas c. Organizaciones de Base Comunitaria d. Organizaciones No Gubernamentales (ONG"s). e. Organizaciones de Base Comunitaria legalmente constituidas. f. Universidades y centros de investigación g. Organizaciones internacionales, con proyectos no competitivos con los locales. h. Municipios que apliquen planes ambientales 1. Asociaciones de Interés Público Privado J. Becarios Sin perjuicio de la anterior designación, EL FIDUCIARIO realizará la debida diligencia a cada uno de los beneficiarios aquí indicados, e informará de los resultados a EL FIDEICOMITENTE. Cuando éste le solicitara realizar un proceso a nombre de determinado beneficiario producto de un acto o contrato celebrado en el marco del Fideicomiso. El Fideicomiso de Agua, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, no constituye o hace parte del presupuesto de inversiones ni de funcionamiento del Ministerio de Ambiente. Por lo anterior, este instrumento financiero priorizará de manera justa y equitativa las inversiones ambientales. 4. Procedimiento para el desembolso de recursos El Fideicomitente se asegurará de ordenar las transferencias de fondos necesarias para que las cuentas presenten un caudal aceptable que permita desembolsar oportunamente los recursos destinados: a. Al Fiduciario b. Al Administrador de Activos para la posterior colocación de fondos. c. A los ejecutores de Inversiones Ambientales No Reembolsables. d. A los proveedores de Servicios. e. A los beneficiarios. 1. En primera instancia el Fideicomitente mediante nota formal dirigida al Fiduciario trasladará de las cuentas institucionales (BNP) los recaudos obtenidos a las cuentas del Fideicomiso en donde .. l ¡ ·¡Jll.:i<lri0 ::..:gún d vrJ.:n .. uui1.:11lv Ji.irá Jv;, J.:pú:::.ilv:::. .:vn1.:::.pu11Jic11k::. .:n 1.:i:1Ja una Je la:::. rncntas con destino e-:pecíJicP incluyendo la de la donación cuando sea del caso. 23 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 26 2. El Fideicomitente instruirá al Fiduciario mediante nota formal y con fundamento en el Decreto Ejecutivo No 69 del 11 de julio de 2017, a que éste traslade al Administrador de Activos a título de Fideicomiso los caudales indicados correspondientes a: a. Fondo Patrimonial = Integrado por el 30% de los fondos especiales con destinos específicos o ya sea por el 100% de los recursos acordados por MiAMBIENTE con el donante en razón de su obligación de compensación y/o interés manifiesto b. Fondo Revolvente = Integrado por el 70% de los fondos especiales con destinos específicos o del 100% de los recursos percibidos producto de los acuerdos de compensación determinados en el marco de la Ley vigente. 3. El Fideicomitente, remitirá al Fiduciario y al Administrador de Activos una versión del Plan Operativo de Anual aprobado e iniciará los procesos correspondientes hasta completar la documentación necesaria que le será remitida al Banco pagador con los sustentos del caso a efectos de proceda con la orden de pago por transferencia ACH al beneficiario. 4. Cuando se trate de desembolsos producto de los excedentes del Fondo Patrimonial (EF) los beneficiarios deberán cumplir con lo establecido en el presente manual para (Inversiones Ambientales) en atención a lo dispuesto en el Acuerdo de Donación suscrito entre el Gobierno de la República de Panamá y el Fondo Mundial del Ambiente (GEF por sus siglas en inglés Anexo 2 acápite E). 5. Cuando se trate de desembolsos destinados a la ejecución de Inversiones ambientales para las cuales la fuente de financiamiento provendrá del 70% de los recursos fideicomitidos o fondo revolvente la UFISI con base en el Plan Operativo anual, iniciará la gestión de interés considerando en todo momento que: a) El beneficiario sea elegible. b) Que haya cumplido con los requisitos establecidos. e) Que el perfil presentado sea compatible con el propósito del Fideicomiso. d) Que sea una propuesta que promueva la sostenibilidad ambiental, la integración social y la prosperidad económica inclusiva. e) Que haya sido presentada en tiempo oportuno dentro del plazo establecido. f) Que el Comité Técnico Operativo lo haya aprobado. Será entonces cuando la UFISI gestionará ante el banco ya sea el Fiduciario y/o el Administrador de Activos la instrucción de pago sujeta a los procesos indicados para tal fin por la entidad pagadora quien procederá a realizar el desembolso vía transferencia o ACH al beneficiario, siempre y cuando ésta haya recibido la documentación de conformidad y solicitud de pago. Las inversiones ambientales amparadas bajo la figura de convenio podrán ser objeto de adendas dependiendo de los resultados alcanzados y el impacto que generen. Ruta Jl' ai.:cion.:s rn11l's Je la aprohaci1'111: a) Nota de interés con la idea de proyecto. b) Presentación de Perfil de proyecto y propuesta según formulario en anexo. 24 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 27 e) Presentación del marco lógico de resultados. d) Comunicación de Aprobación. e) Firma de Convenio. f) Primer desembolso. g) Inicio de proyecto por parte del beneficiario. CAPÍTULO V. CONDICIONES PREVIAS PARA DESEMBOLSO l. Áreas Protegidas Elegibles y Condiciones de Elegibilidad Este instrumento planea el mejoramiento de las áreas protegidas que conforman el Sistema Nacional de (SINAP) en todo el territorio nacional panameño y sus zonas de amortiguamiento, y las áreas que a futuro sean creadas o añadidas al sistema. La pirámide social, económica y ambiental estará presente en el interés de cumplir con el objetivo de conservar la biodiversidad de importancia global y local. Serán de principal interés y prioridad aquellas que cuenten con: Personal básico requerido, Instrumento de gestión ambiental vigente y demás instrumentos para la promoción, uso sostenible y actividades de protección de la biodiversidad, ecosistemas, especies de la vida silvestre, monitoreo participativo. apoyo a actividades científicas de educación ambiental, mantenimiento de infraestructuras, ecoturismo entre otros. 2. Condición y forma para la elegibilidad y financiamiento de Propuesta Toda solicitud de financiamiento iniciará con una comunicación formal mediante nota escrita dirigida al Presidente del Consejo Directivo, incluyendo el perfil del proyecto que desea sea sometido al proceso de evaluación y selección para su posterior financiamiento bajo las distintas modalidades posibles. Todo peticionario presentará una propuesta técnica y financiera en original y copia; en la propuesta técnica dejará plasmada sus potencialidades en términos de su capacidad organizacional, su visión de sostenibilidad, rentabilidad, costo oportunidad del proyecto y su capacidad para establecer alianzas estratégicas importantes, además, aportará entre el 5% y el l 0% en especie o efectivo del monto total solicitado para financiar y así lo deberá consignar en el detalle de su propuesta financiera. La propuesta deberá mostrar un carácter inclusivo y nunca discriminar por género, religión, o condición social. Las formas más comunes para iniciar la selección son: a) Actividades propias del Fideicomitente, relativas a la administración y pago. b) Mediante selección de solicitud de propuestas competitivas, por convocatoria pública, realizadas por el MiAMBIENTE como parte de su responsabilidad ambiental. ,. l Solicitud de rlomici('in pnr Prg~rn i7:1cion1.'S <;in fines ck lucni y nsPciaci\)nes púhlico pri\ ada destinadas a la imcstigación y desarrollo en AP's y otras requeridas. di Inversiones Ambientales No Reembolsables destinados a la conservación de la biodiversidad y el desarrollo de paisajes productivos. 25 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 28 3. Criterios de evaluación Una vez fonnulado el Perfil del proyecto, el expediente será remitido a la UFISI para una revisión previa por el personal técnico. En esta revisión se asegurarán que la información suministrada esté completa, que todos los formularios hayan sido llenados de manera correcta, que exista consistencia técnica, social, ambiental, económica y de sostenibilidad de los perfiles de los proyectos, conforme a los criterios de selección, las disposiciones establecidas en este manual, las políticas operacionales del BM y las normas nacionales vigentes. Una vez recibidos, y revisados los perfiles de proyectos por parte del Comité Técnico Operativo, el Gerente Técnico y Gerente del Fondo, los harán incorporar como parte de los planes que serán sometidos al Consejo Directivo para su final aprobación o rechazo. Para efectos de inversión, atención y financiamiento, los requisitos exigibles serán cuidadosamente evaluados por el Comité Técnico Operativo para conceder viabilidad y final aprobación al proyecto sttjeto de financiamiento total o parcial. 4. Monitoreo y Evaluación (M&E) Para un adecuado control de la gestión, se contará con un especialista en Monitoreo y Evaluación quien aplicará los mecanismos necesarios para la calificación y valoración de la Gestión por Resultados privilegiando según sea el caso las actividades que resultarán de: a. Seguimiento físico y financiero sobre la ejecución del POA aprobado por el Consejo Directivo b. Colocación de Activos local o internacionalmente y su rentabilidad anual c. Seguimiento físico y financiero a Inversiones Ambientales derivadas de acuerdos o convemos. d. Relación participativa efectiva de la sociedad civil en los beneficios financieros del fideicomiso En virtud de lo anterior la UFISJ se ocupará del desarrollo del "Sistema Integral de Monitoreo y Evaluación (SIM&E)" y de los instrumentos básicos de supervisión para facilitar el trabajo de supervisión para lo cual se requerirá a los beneficiarios la respectiva rendición de cuentas a través de reportes, informes de progreso, informes especiales entre otros con periodicidad mensual cuando se trate de informes. 26 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 29 ANEXO A PROPUESTA DE PROYECTO No. 1. Nombre del Proyecto: 2. Descripción breve del Proyecto: 3. Ubicación Geográfica: ~ 4. Objetivos: Objetivo 1: Übjeiivo 2 F --~------------------------~ ObjE:tivo 3. l ¡ J 27 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 30 5. Resultados esperados: rR-es-ult-a-do 1 : -,-------------------------- -- , ' ¡------------------------------------------- ------ ' ---------------------/ Resultado 2: · Resultado 3: ~l 6. Cronograma Año 1=2018 Actividades 28 No. 28578-A Gaceta Oficial Digital, viernes 27 de julio de 2018 31 7. Presupuesto: ' Fuente de-Financiamiento-~ 1 i Actividad 1 (USO) Costo estimado 1 Fondo Contrapartida (USO) 1 r·--·--·--------------- J 1 ~- =r--- j ¡----------------------- ·--------------- 1 1 1 e=-----~ J l ¡---- --- - --------------- ----r---- 1 F= t ~ i L ~--- i ---------·-----·----- --! 1 ' 1 1 r 1 TOTAL Estimado: 29 http://www.tcpdf.org