Decreto Nº 106 - Modifica el Decreto Nº 46, Reglamento de la Ley Nº 105, que crea el Programa para la Promoción y Modernización Agropecuaria y Agroindustrial
صدر في 2016-03-28 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- بنما
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- institution, agricultural development, agricultural commodities, international trade, subsidy/incentive, certification, inspection, business/industry/corporations, credit, financial agricultural measures, fiscal and market measures, internal trade, governance
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No. 27999-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de marzo de 2016 1 REPÚBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DECRETO EJECUTIVO Nº l Ola (Deª- de Yf\~ de2016) "Que modifica el Decreto Ejecutivo Nº 46 de 16 de abril de 2014 modificado por el Decreto Ejecutivo Nº 1 de 13 de enero de 2015, que reglamenta la Ley 105 de 21 de noviembre de 2013 que establece el Programa para la Promoción y Modernización Agropecuaria y Agroindustrial" EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales: CONSIDERANDO: Que mediante la Ley No. 105 de 21 de noviembre de 2013 se establece el Programa para la Promoción y Modernización Agropecuaria y Agroindustrial, en adelante el Programa. Que el Programa tiene como fines el otorgamiento de líneas de crédito y asistencia financiera directa para la producción, procesamiento y mejoramiento de la cadena de suministro de productos agropecuarios y agroindustriales, cuyos parámetros los establecerá la Comisión Nacional para la Promoción y Modernización Agropecuaria y Agroindustrial. Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 46 de 16 de abril de 2014 modificado por el Decreto Ejecutivo Nº 1 de 13 de enero de 2015, se reglamentó la Ley 105 de 21 de noviembre de 2013 con el fin de establecer los procedimientos y trámites administrativos inherentes a él. Que en aras de hacer más eficiente y eficaz los trámites y procedimientos internos para realizar solicitudes de Asistencia Financiera Directa, se hace necesario modificar un artículo del Decreto Ejecutivo Nº 46 de 16 de abril de 2014 modificado por el Decreto Ejecutivo Nº 1 de 13 de enero de 2015. DECRETA: Artículo l. El artículo 16 del Decreto Ejecutivo Nº 46 de 16 de abril de 2014 modificado por el Decreto Ejecutivo Nº 1de13 de enero de 2015 queda así: "Artículo 16: Las solicitudes de Asistencia Financiera Directa deberán dirigirse a la Comisión mediante nota, la cual deberá estar acompañada de los siguientes formularios y documentos, que serán previamente seleccionados por la Unidad Técnica del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, según indica el numeral 4 de este artículo. 1. Solicitud de Asistencia Financiera Directa, Declaración Jurada de Solicitud de Certificado de Fomento Productivo; 2. Certificación de Contador Público Autorizado en el que se detallan los costos de la cadena de suministro por unidad de producto solicitado; 3. Certificación de la Producción Empacada y Embalada emitida por la empresa de Inspección o Verificadora, la cual debe estar complementada con fotos que detallen la fecha y hora en que se realizó la inspección. Este formulario será proporcionado por la Unidad Técnica del Ministerio de Desarrollo Agropecuario. El detalle de las fotos estarán consignado en el formulario; 4. Certificado Fito o Zoosanitario expedido por la Dirección de Sanidad Vegetal y la Dirección Nacional de Salud Animal o Licencia Fito y/o zoosanitaria expedida por la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, según sea el caso y certificado de salud cuando aplique. No. 27999-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 30 de marzo de 2016 2 En el caso de la Certificación-Declaración de Contador Público Autorizado, la misma tendrá una vigencia de 12 meses y contendrá los valores finales de los costos de empaque, embalaje y transporte interno incurridos en el ejercicio de las actividades durante el año fiscal anterior." Artículo 2. El presente Decreto Ejecutivo modifica el artículo 16 del Decreto Ejecutivo 46 de 16 de abril de 2014 modificado por el Decreto Ejecutivo Nº 1 de 13 de enero de 2015. Artículo 3.: El presente Decreto Ejecutivo entrará a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en la ciudad de Panamá, a los fXii , ~· es de tflo.M(de dos mil diez y seis (2016). JUAN CARLOS V ARELA R. J~ Presidente de la República Ministro de Desarrollo Agropecuario http://www.tcpdf.org