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قوانين نيكاراغوا

Resolución Nº 27/07 - Inscripción obligatoria de los centros de cultivo acuícola que proveen materia prima a los establecimientos certificados para la exportación

صدر في 2007-07-03 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
نيكاراغوا
الموضوعات
Food and nutrition, Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
aquaculture, mariculture, crustaceans, non-governmental entity, inspection, registration, certification, international trade, animal welfare, standards, aquatic animals, food safety and quality, fish products, hygiene/sanitary procedures, traceability, MRL-maximum residue limit, drugs
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  1. 1-11-07 LA GACETA - DIARIO OFIClAL 210 MINlSTERIOAGROPECUARIOY FORESTAL Juniode mil novecientosnoventay ocho, y su Reglamento;Decreta No. 25·2006. "Reformase IncorporacionesatReglamentode IaLey No. 290 "Ley de Organizaci6n, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo",publicado en IaGaceta, Diario Oficial, NUtnero 91 y 92 del once y doce de Mayo, respectrvamente del afto dos mil sets y demas reformasy LeyNo. 291 "Ley Basica de Salud Animal y SanidadVegetal y su Reglamento, publicadaen la Gaceta, DiarioOfieial, NUmero 102 del tres de Junio de mil novecientos novcnta y ocho. Reg. No. 15742 - M. 2189191 - Valor C$ 285.00 RFSUELVE RESOLUCION MINISTERIAL No. 27-2007 ELMINISTERIOAGROPECUARIOYFORFSTAL DE LAREPUBLICADE NICARAGUA CONSIDERANDO QuI; 14 Cuuatituc;{w Pul.lti~de 14 RcpUbli.... de Ni<AlCagwo,en "" arti..ulo 59 establece,el derechode losnicaragttensepor igual, a lasalud. E1 Estado estableceri las condiciones basieas para su promociOn, proteecion, recuperacion y rehabilitaci6n. Asl mismo establece que los ciudadanos tienen la obligaci6ndeacatar las medidas sanitarias que se determinen. n Que la salud humana en general, estli. en estreoha relaci6n con las actividades que se desarrollan en el Sector Agropecuario, Actdcola y P"""'l...... u. pul I.... "l"",.u Miui.tc;,io Agropecuario y Forestal WU~Jl'Ond<: confonne a la LegisIaci6n de la materia, aplicar las nonnas sanitarias, fitosanitariase inocuidaddealimentos, as!com.odisedar,elaborar,aplicar y ejecutar las polfticas dirigidas al Sector Agropecuario, Acuicola, Pesquero, Forestal v A2I'Oforesteria. m Que la Ley No. 291 "Ley Basica de Salud Animal y Sanidad Vegetal, Titulo II, Capitulo I, Arto 8 inciso 3) establece que Ie eorresponde al MAOFOR hi~\I iliiUu, imiVI:~;dUll y "l:rlifi..;;iSl.'iull de 140 \;Urnli"iUlll;o sanitaria de areas, hatos, rastros, plantas procesadoras de produetos Y subproductosde origenanimalparaelCODSIDDonacionalypamelmercado internacional, asfcomolainspecci6ndeempacadoIu, medios detnlllsporte y otros. EI Titulo Ill, Capitulo II. Arto 17. dice que Ie Corresponde a Ia Direcci60General de Protecciony Sanidad Agropecuaria.par medic de Ia Direcci6n de SaludAnimal, normar, coordinar, facilitar y ejecutar la inspecci6noficial sanitaria. PRlMERO: Se estableee la insc:ripci6n obligatoria de los Centros de Cultivo Acuicola que proveen materia prima a los Establecimientos Certificados para laExportaclon,enel Reglstrode UranJ3SCarnaroneras, en la Direcci6n de SaludAnimal de laDirecci6n General de Protecci6nY Sanidad Agropecuaria. Asf como la iaspeccien sanitaria, la tolna de muestraparacontroldeResiduosy drogasveterinariasYmicrobiologicas, 18 implementaci6D de III Trazabiltdad y Buenlls ~('ti('~s Ac\.!.:-rol" SEGUNDO: Instruir ala Direcci6n General de Protecci6n y Sanidad Agropecuaria a travfs dela Direccien de Salud Animal, la cuaI mediante el Area de Sanidad Acufcola,el seguimiento y especial control en: a) Elaborar inmediatamentela Norma SanitariaObligatoriaAcuicola, la cuaI contemplanl. todos los indicadores tecnicos a evaluardentro de los aspectos saaitarios, que esten en concordancia con 10 establecido en las ~tiV1l!> R8.2nOO4, 9llJI79!CE, 17llnOO2/UE pant este efecto. b)ElaborarlaNorma T6cnicadeAcreditaci6nenAcuicuiturB,quepermita acreditar profesionales del ramo para ejecutar actividades sanitarias oficiales delegada por la Autoridad Competente del pais. e) Elaborar laNormaTecniea Sanitariapara la importaci6n deAlimentos Balanceados de Uso Acuicola, que pcnnita establecer los requisites sanitariosparalaimportaci6n de alimcntosbalanceadospamusoacuicola y es:tllble.:er III rastreabilidad de los poductos en Ios centros de cultivo. d) Modificar la NTOM 03-007-98 Tolerancia de ContBminantes y Ambientalesqufmicos,pesticidas y productos veterinarios, acorde con IaDirectiva23771901CE. e) Fortalccerla toma de muestras en las gmnjas, inspecci6n. sanitaria, Y otrasactividadesrelacionadasa latrazabilidad,buenaspricticasacuJcola. CUARTO: La Direcci6nde SaiudAnimaldelaDGPSA,a travCs delArea deSanidadAcufcolaprocederi.alaelaboraci6n delasgufascorrcspondicntes de Trazabilidady BuenasPnlcticasAcufcoIa,en lacualesse establecenln los indicadores teenicOG......utarios que s:e deben cumplir. TERCERO: Para efecto de Registro de las Granjas, los representantes deestasdebeninabocarsea IaDirecci6nde SaludAnimal, AreadeSanidad Aculcola, dela Direcci6nGeneralde Protecci6ny Sanidad Agropecuaria con el objeto de tramitar el Registro Sanitario correspondiente. h) Elahorar las gufas correspondientes a la Trazabilidad Y Buenas Pricticas Acuicola,enlas cuales seestableeenin los indicadores teenicos sanitarios que se deben cumplir. g) Aprobar las plantas procesadoras de alimento balanceados para uso Acuicola, acordea la Directiva 882!2004IEC. f) Ajuartarel plan de residuos 2007 pamproduct:os de acuicultura, aeorde a la Directiva466!2001IEC. POR TANTO Deconformidada lasconsideracionesanterioresy 10dispuestoen la Ley No. lW ""Ley de organtzac:ion, Competenclay Proced1Inl.ento del roller Ejecutivo"publicadaen laGaceta, DiarioOlicial, Nfunero102del trcs de 7137 IV Quebas6ndoseenlas exigencias sanitariasdelmercadoIntemacionalpara los productos Actdcola y Pesqueros, es necesario, que como medida obligatoria, los Centros de CuJtivoque proveen de esta materia prima a los Establecimientos Certificados de Exportaci6n se inscriban en el Registrode Granjas Camaroneras, y permitan la Inspecci6nSanitaria., la toma de muestra para control de residues: drogas veterinarias; microbiol6gicos y la implementaci6n de la Trazabilidad y las Buenas Pr8cticas Actdcola. V Que la falta de legislaci6n especfficaparalos productos procedentesde la acuicultura en materia de los aspectos descritos en el punto IV, representa un alto riesgo que de algona mancra pueden limitar las "YJVlrt"donP.ll. de 1011 pmducto~ acuicola y pesqueros al Comercio lntemacional. 1-11-07 LA GACETA - DIARIOOFIClAL 210 QUINTO: Conel finde dar cumplimientoa10establecidoen lapresente ResolucionMinisterial,la Autoridadde Aplicaci6n,dar8 a conoeera los interesadosla misma. SEXTO: La presente Resoluci6nMinisterial,entnri envigenciaa partir desu publicatilm en1aOBceta "Diane Oficial". Dado en la Ciudadde Managua,DespachoMinisteriala los tres dfas del mea de Julio del ado doe mil eietc. Ariel Bucerdo Roch, MINISTRO 7138

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