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قوانين نيكاراغوا

NTON 03 031-00: Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense sobre sal fortificada con yodo

صدر في 2000-02-22 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
نيكاراغوا
الموضوعات
Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
food safety and quality, condiments/herbs/spices, food additives, packaging/labelling, food fortification, nutrition

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  1. Reg. No. 3292 -M-0247338- ValorC$480.00 NORMA TECNICAOBLIGATORIANICARAGUENSE NORMA SANITARIAPARA LA SAL FORTIFICADACONYODO CERTIFICACION La sus crita Secretaria Ejecutiva de la Comisi6n Nacional de Normalizaci6nTecnicay Calidad, por lapresente CERTIFICA: 1.- Que enel Libro de Aetas que lleva dicha.Comision, de las paginas 47a la51, se encuentra el Acta que literalmentedice: ..ACTA No 010-00 Entaciudad de Managua, a las dos y treinta de la tarde del dia quineede Diciembre del dos mil, reunidos en el Auditorio del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC,los miembros de la Comisi6n Naeional de 1. OBJEro 2. DEFINlCIONES 2.3 . Salde mesa. Es la sal queposee unminimode97%de elorurode sodio enbase seea,menos del 1.0%dehumedad, Estanormafueaprobadapor el Comitt! Tc!cnieo ensu ultima sesi6nde trabajoel diall deJulio de 2000. Asociaci6n de Salineros de Nicaragua (ASALNIC) Asociacion de Salineros de Nicaragua (ASALNIC) Asociaci6n de Salineros de Nicaragua (ASALNIC) Procesadora de 5,,1 el Camar6n Procesadora de Sal Beltsy Laboratorio del CNDR Laboratorio del CNDR SILAIS Le6n LABAL Ministerio de Salud (MINSA) Ministerio de Salud (MINSA) Ministerio de Salud (MINSA) Camara de Industria de Nicaragua (CADlN) Marfa Luisa Fonseca Magali Quintana Carlos. Largaespada Fatima Juarez Zenobia Ochoa Ilayardo Osorio Judith Rivera Meyling Centeno Clara Ivania Soto E. Mario Lacayo Rigoberto Batres Armando Aguilar Gustavo Castillo 2.1 Sal. Se entiende por sal el producto cristalino que quimicamente se identifica como cloruro se sodio y que consistepredommantemente deeste compuesto,es extraido delmar, dedepositos subterraneos desalmineral 0 desalmuera natural,Sepresentaenformadecristales incoloros, soluble en agua y de saber saladofranco. La NormaTecnicaObI~gatoria denominaNTON03 031-00 Norma Sanitaria para la Sal Fortificada con Yodoha sido preparadapor elGrupo de· Trabaj0 de Sal Fortificada y ensu elaboracionparticiparonlas siguientes personas: 2.2 Salcomun.·Es la sal que poseeun minimode 94%de elorurode sodio enbase seca, menosdel 7.5%dehumedad, granulometriaentreO.21 y 1.7mm(IOO%deloscristalesdeben pasarporuntamizNo.12y nomasdelS%atravesdeun tamiz No.12ynomasdel5%atraves deuntamizNo.70)y cumpla conlas especificaeionesde higiene y caUdad contenidasen estaNorma. Estanormatieneporobjetoestablecerlosrequlsitossanltarios quedebecumplir lasal fortificada parasu comercializaei6n en elpais. original,conel cualfuedebidamente eotejadoporIa suscrita SecretariaEjecutivayasolicituddelMlnisteriodeSalud,para sudebidapublicaeion en"LaGaceta, DiarioOflcial",extieildo esta CERTIFICACION la que firma y sello en Ia eiudad de Managuaa losveintid6sdias del mesdeFebrero delat'lodos miluno.Lie.Jamileth Loyman deMartinez SecretariaEjecutivaComisi6ilNacionaldeNormalizati6n Teenlca yCalldad: ~ormalizacioti're~nica yCalidad,queacudieronmediante notificaci6n enviada confecha 04 de Diclembre, ta cual constaenarchivecontieneademas la agendadelapresente reunion,hora, lugary fecha conforme10 establecela Ley. Est3n presentes los siguientesmiembros: Lie. Azucena Castillo B.,Vi<;emlnistradeFomento, IndustriayComercio; Ing. Clemente Balmaceda, Delegado del Ministerio de TransportseInfraestructura; Ing.JorgeGongora, Delegado delMinisterio Agropecuario yForestal; Ing.GcnzaloPetez, Delegado del Director del Instituto Nicaraguense de Energia; Lie.JuanamaliaPerez,DelegadadelMlnistetio de Salud; Lie.. Jorge Espinoza,Delegadodel Ministeriodel AmbienteylosReeursos Naturales; Lic.JoseSabalfo Ortiz, Delegado del Ministerio del Trabajo y la Lie. Jamileth Loyman de Martinez Secretaria Ejecutiva, Directora de Tecnologia,Normal1zacion y Metrologla delMinisterio de Fomento,IndustriayComerclo, colno invitadeespeciales el Ing.MaUricio Petalta,DirectorGeneraldeCempetencia y Transparencia en los Mercados del Ministeriode Fomentc, Industria y Comercio;lng. Hugo Torrez C., TecnlcoMetrologodelLaboratoriodeMetrologiaLegal, Ing.Noemi Solano, JefedelDepartamento deNormalizacion TeenicadelMinisteriodeFo1ll.ento,llldustriay Comercio; Lic. Gustavo Rosales del Miriisterio de Sahid; Lie. Ana Cristina Miranda y el log. Diego Velasquez ambos del MinisterioAgropecuarioyForestalseencuentraausentes lossiguientes miembros: citados,Dra. LulsaBide Lugo, delegadaelRepresentantedel Sector'Cientlflco-Tecnico; Ing.•ManueICallejas,.DelegadodelRepresentantedel Sector Agropecuario; Lic. Alfredo Cuadra, Delegado del Representante.del Sector Comercial; Ing.Erick AIl,1er, Delegado del Representante del Sector Industrial; Ing. Evenor Masis, Delegado del Director del Instituto Nicaraguense deAcueductos y Alcantarillados; Dr.Mioc1d Cuadra,Dell:gado deDirectordel InstitutoNiacaragliCllse de Telecomunicaciones yCorieos. Habiendo sido constatadoelquorumdeLey y siendo este, el'dia.hora y lugarseprocedea darpor inlcladala sesi6ndel diadehoy, presidiendo estasesi6nlaLic. AzucenaCastillo,presidente deestaComisi6n,quienladeclaraabierta. Acontinuacion se aprueban los puntas de Agenda a tratarque son siguientes .... (partes lnconducentes). Hahlendose discutido los puntos de Agenda, los miembros de la Comisi6nNacionalde Normalizacion Tecnicay Calidad aeuerdan ...(partes inconducentes) 37-00 Seaprueba la NormaTeenieaObUgatoriadenomlnadaNTON 03031-00 Norma Sanitaria para Ia Sal Fortificada con Yodo, presentadapor el Lie. Gustavo.Rosales del Ministeriode Salud...(partes incondueentes)No habiendo otro .asunto quetratar, se levantala sesiona las4,:00 dela tardedeldia quiricedeDiciembredelafto dosmiL.Lelda fuela presente Acta, a los miembros de la ComisiOn presentes en esta Sesion, estando conforme con lamisma, la aprueban, y firman. Lie. AzueenaCastillo, VieeministradeFomento, Industria y Comercio..Presidente;Uc. JamilethLQyman Secretaria Ejecutiva de la Comisi6n. Nacional de Normalizaci6n Teeniea y CaUdad. Es eonformecon su granulometria entre 0.21 y O.71mm (95% de loscristales debepasar untamrz No. 25 y no mas de 10% a traves deun tamiz No. 70)y cumplacon las especificaciones de higiene y cali dad contenidas en esta Norma. 2.4 Sal refinada. Es.la queposee, excluyendo los aditivos agregados para mejorar su propiedades tecnol6gicas, un minima de 99% de cloruro de sodio en base seca y menos del 0.1% dehumedad,granulometriaentreO.15 y 0,60 mm (IOO%de lcs cristales debepasarun tamiz No. 30 y no mas del 45% a traves de un tamiz No. 70) ycumple conlas otras especificaciones de higiene y caUdad contenidas en esta Norma. 5.2 Caracteristieas Generales. La sal debera presentarse bajo 18forma de cristales blancos, agrupadosy unidos. L a granulllci6n de la sal debera ser uniforme y de acuerdo con su clasifieaci6n. A la sal refinada podra afiadirsele anuhumeetantescomo carbonato de calcio, carbonato de magnesio, fosfato tricalcico, enla dosis maximade2.0%. La sal estara exenta de nitrito, impurezas y de,microorganismo que indiquen manipulacion defectuosa del producto. 5.3 Caracteristicas microbio16gicas. Ausencia de coliformes, microorganismo patogenos. EI recuerdo de mesofiles aerobiosno podran ser mayor de 20.000 cJgr. La sal ccmun.de mesa yrefinada destinada.para el consume humane directo e indirecto debera ser fortificada con yodo. EI yodoprovendra de yodato depotasio (KI03) 0 de yoduro de potasio (Kl), mezclado el.primero con carbonatode calcio (CAC03) uotroexcipiente adecuado para eleonsumo humane. EI contenido minimo de yodo durante iii vida normal de comercializacion de la sal debeser 30 mg/Kg, Paracumplir con este requisite, el nivel de fortificaci6n con yodo al memento del envasado.de la sal debe ser de40 tUg/Kg. con umntervalo detoleranciade33·60mgIKg. 5.4 Caracteristicas fisicas y quimicas. 6. ADITIVOS 2.5 Sal fortificada. Es la que se Ie ha agregado mlcronutnentes, en la cantidad establecida en la norma y reglamento. Dependiendo del micronutriente, asi se le denomina. Para esre caso sal yodada. 2.6 Sal para consumo humano directo. Es la que satisfaciendo las norma tecnicas establecidas, seemplea para la elaboracion y aderezo de los alimentos para consumo humane. 2.7 Sal para consume humano Indlrecto. Es la que cumpliendo con los requisites estableeidos, seutilizaen la industria alimentaria como agente conservador, saborizantesyen general como aditivo en el procesamiento de la materia alimenticia, 2.8 Sal yodada. Es Ia que se Ie ha agregadouna sal de yodato o.yoduro, en la cantidad establecida por esta Norma y se destmapara consume humane y animal. Sal Granulaciones Cloruro de Sodio Humedad Antibumectantes Comun 0.21,· 1.7 mm 94 % 7.5 % De mesa 0.21 • 0.71 mm 97 % 1.0 % Refinada 0.15 • 0.60 99 % 0.1 % mm2.0 % 3. CLASIFICACIONY DESIGNACION 3.1 La clasificaci6n de la sal se hace en base a su posicion y faetores de calidad y se clasifica en las siguientes clases: a) Sal conuin b) Sal de mesa c) Sal.refinada 4. HIGIENE Con el fin de garantizar un nivel adecuado. de.higiene alimentaria hasta que el producto Ilegueal consumidor, el metodo de producci6n, envasado, alrnacenamiento y trasporte de la sal decaIidad alimeatartadebera.sertel que se evite todo rlesgo de contaminaci6n. 5. ESPECIFICACINESDECALIDAD 5.1 La sal para consumo humano directo e indireeto deb era cumplir con los grados de calidad que se describen a continuaci6n. o\ritiaD'lutinantol DOllis maxima en el nroducto.Iina! gentoi~de fO.vOIlutuento;,Ciatbonato--ae'mag1\osio; 20g/kS.So 01 0 mczcladoB xidode m'Il\6lio~fol!lfato tricaleico,di6xidode ilicio anlorfo,silioatq.calClco, magnc,icos.sadie aluminioo otodico-calcico--Iluminlco Bontn hidr6fobo,dc>rovcstlmionto: salcido 20a/kg. Solol 0 lnncladol luminio,caJcio.ma,nCldo. potasio oaodio do 108 cidol miristicOll, palmitiCio. 0 oltdrioo. ~odificadorcldCl -1. cristalizacion. forrocJ~nUf~ IOmI/K,·.solo.omczcladol do sodlc, potasio0 calcio. Exprcladoe come (Fe (CN6)3) multionantci ... oadvuvantea de elaborac'i6n Dimolilpolisiloxano lOmB/Kg 7,CONTAMINANTES La sal refinada y "la sal de mesa, no deb era superar los siguienteslirnites maximos de contaminantes: "" ...1 ximo ~rsenico(As) fUmgIKg ~obre (Cu) 2.0 mg I kg lomo (Pb) 2.0mg 1 kg ~admio(Cd) 0.5 mg Ikg ~ercurio (Hg) 0.1 mgl kg ~ierro (Fe) 2.0 mg I kg 8. ENVASEYETIQUETAOC 14. SANCIONES Lasaldebera serempacadademaneraquese protejadela humedadv contaminaciones, Las caracterfsticasde 0101', color, saber aspecto y composici6n delproductonodeberanseralternadasporel materialdet-euvase, Los e~vasesdestinadosal transperte, almacenamiento y expendiode las saldeberan sernuevos y de primerusa, libredecontaminaci6ny desustanciasllocivas, del>eraser de materialresistentea La accion delproducto. Los envases deberan llevar lmpresa, lassiguientes indicaciones: a)Nombredel producto(sal) b) Designacicndel productoquesepresenta, por ejemplo salrefinada, sal de mesa,sal comun,etc. e) Numerode registro sanitaria d) Pesoneto. e) Nombreo raz6n social del fabricante0 de la entidad comercialbaJocuyamarcaseexpendaelprodUcto. f) Nombr~ delpalsd~ndese elabora el producto g) TOdosaquelios aspectosquecontemplala Normapara el etiquetadodealimentospreenvasados (NTON·03021· 99) 9. REFERENCIAS Para la elaboraci6ndelapresente norma,se tomaron en cuentalasiguientebibliografla: a) NormaSanitaria de alimentospara Centroamerica y PanamaOPSIOMS. b)NOnnaICAITI 34024 c)Reqaerimos tecntcos y Garantia deCalidaddealimentos FortificadosenCentroamerica. d)Reglatnentede Fortiflcacien desal conyodoyflilor de Guatemala. e) Normadel CODEXpara lasal de calidadalimentaria (NormaMundial) CODEXSTAN150-1985 f) LeydeYodizacionde lasal enNicaragua. 12. OBSERVANCIA DELANORMA Laverificaci6nycertificaci6n deestaNormaestara a cargo del Ministerio Salud a travesde la Direcci6nControlde Alimento. 13. ENTRADAENVIGENCIA Lapresente NormaTecnicaObligatoriaNicaragUeoseentrara envigenciaconcaracterObligatorio deformainmediata despues de supublicacionen la GacetaDiarioOflcial, EI incumpllmienta a las dispeslciones establecidas en la presentenorma,debesersancionade conformea10 establecido enlasDisposicicnes Sanitartas; DecretoNo. 394y No.432y enlaLeydeNormallzacionTecnicayCalidad ysuReglamento.

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