Ley Nº 601 - Ley de promoción de la competencia
صدر في 2006-09-28 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- المنظمة
- Caribbean Community (CARICOM)
- الدولة
- نيكاراغوا
- الموضوعات
- Agricultural and rural development
- الكلمات المفتاحية
- consumer protection, agricultural commodities, internal trade, institution, legal proceedings/administrative proceedings, certification, governance
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24-10-06 LA GACEfA • DIARIO OACIAL 206 a) EI ejercscic de los Derechos de Propiedad Intelectual que las reyes ASAMBLEANACIQNAL reconozcen a sus tltujeres,siemprey cuando estes no mcurran en practices DELAREPUBLICADENICARAGUA IlnticompetiUvJs las que se definiran mils adelame. LEVNo.601 b) Lasaetividades entre agen(csecon6micos que tengan per objeto lograr mayoreficienciaen la acuvidad produetiva y/o decomerdal izad6n, entre ELPRESIDENTE DE LAREPUBLICA DE NICARAGUA otras, la armonizaci6n de estandares tecnlcos y de calidad de productos, adopci6n de marcas colectivas, y coopetaci6n en materia de desarrollo Hacesaber at pueblo nicaragiiense que: tecnolOgico 0 medio ambiental, miennes no configuren ninguna de las conductas prohibidas per la Ley. LAASAMBLEA NACIONAL DELAREPUBLICADENICARAGUA c) Las prestaeiones 0 beneficios que 106 empleadores otorguen a sus trabajadores, ceandc sean resultado deacuerdos 0 negociaci6n cojecttva; En uso de SIIS facultades; mientr. no configuren ninguna de las condcees prohibidas per la Ley. HADICTADO Lasigulente: d) Los acuerdos y convenios comercbles entre agentes econ6micos que lengan pot objeto II promoci6n de las exportaciones, sjempre que sean LEV DE PROMOCl6N DE LA COMPETENCIA compatibles con las normas de III Organizaci6n Mundial de Comercio, acuerdos yconveniosratificadosporel Estadode Nicaragua yque 110 causen CAPITULO I dectos anticompetitivos en el mercado naciona!. D1SPOSICIONESGENERALES e)l..as acetones promovidas pot el Estado, con et objetivo de garamjzar II Arto. 1.- Objelo de Is ley. El objeto de la preseme Ley es promover salud y laseguridadalimentariay nutricionaldela poblaci6n nlcaragoense. 'J tutelar la libre competeecia entre 105 agcnles economlcos, para garanuzar laeficiencia del mercadoy e1 bienestarde tosconsumidores, CAPITULO II mediante el fomento de la culnna de II compelencia, la prevenci6n, I. DE PROCOMPETENCIA prohibici6n y sancion de pricticas anticompetitivas. Ari.. 5.- Autortdad de aplleacl60. Se erea el Instituto NlCional de Arto.2.- Ambito de .plic.dOD. EstAn sujetos a las disposlciones de Promoci6n de la Competencia denominado en adelante est! Leycualquier acto.conducte, traneeccono convenio realizadopor PROCOMPETENCIA, como una Inslitud6n de Derecho Pdblico, con los agentes economjcos en todos los scctores de la eccnomra nacional, pcrsonalidadjurfdicaypattimoniopropio,decan\ctertecnico,oonautonomfa incluycndojosefectuados fueradel pais, en la medidaenque produzcan administrativa y presupuestaria para el ejerclcio de las atribuciones y o puedan producir efectos anlicompetitivos en el Mercado neclonat. funciones que se establecen en la ptesente Ley y su Reglamento.
Arlo. 3.- Dcfinicioncs. Agcott eeonomico: TOOa persona natural 0 PROCQMPETENCIA tendra a su cargo la aplicaci6n de la presente Ley, juridica, sea esta ultima publica. privadao nuxta, 0 cualqujer formade su domeuto sera en la capital de II Republica y estara facultado para organizaci6n, tengao nofinesdejucro.que reanceecnvidedeseccnomtcas, esteblecer ofidnas en cualquier lugar de' territorio nacional. Mercado relevaole: Es la linea del comercioen una detemunadazona Arlo. 6.~ Patrimonio de PROCOMPETENCIA. EI palTimonio de geografica, abarcando tcdos los productos 0 servicics razonablemente PROCOMPE1"ENCIA esrera constnulcc pot; sustlt-ribles entre 51, estcomo todos los competidores inmediatos,a los que un mayorista, intermediario 0 consumidor pudiese acudir a corte a)l.os recursos queel Estado le confiera en su inicio; plazo. b)Partida asignada del Preslll'uesio General de la Republica; c)1..os bienes mlleblese inmuebles que adquiera para el desarrollo de sus Posiel/;. de domlnio eo el mereado: Es lasituaci6no condici6n enque funciones; se encuentta un agente econ6mico, que Iepetmile oonlrolarel mercado d)Lassubvenciones y aportes queIeconfierael Estado,previo autorizaci6n relevantede un detetminado bien 0 servicio, sin que los demas agentes de la Con'raloffa General de la RepUblica; eoon6mioos puedan conlrarrestar esa posicion. e)1..os rCQItSOs provenientes de la cooperaci6n internacional; f)Los ingresos provenientes de Ia vena de las publicaciones; "'jeticas pn:datorias: Es elcomportamiento desarrolladopor agentes g)Loslegadosydonac:ionesque reciba,exceptuandolosprovenientesde los econ6micos,quepueoeconsistir en vender bienesoserviciospor debajo agentes econ6micos regulados por esta Ley; de loscostos mltginaleso cUllquieracei6n anticompetitiva tendieotea h)l.os inaresos no tributarios, derechos y tasas por 5efvicios; y encarecerloscostosde loscompetidores.siempreque se Ileveacabocon i)Olros ingresos que legalmente pueda obtenet. el prop6sito de restringir la libre c:ompetencia. PROCOMPETENCIA presentari Sll presupuesto anuat al Ministerio cIe Venus Betas anuala: Es el resultado de las ventas btutas anuales, Hacienda yCr6dilo Publico,deacuerdo a sus necesidades y objetivos,para menos el importe de las devoluciones sobre ventas, descueotos y que esle 10 someta a la aptobaci6n ante la Asamblea Nacional dentro del boniftc:aciones. Proyeeto de Ley del Presupllesto General de la Republica. Salario minima: Es el salario mInima promedio naeional vigente Arlo. 7.~ De III Composition delconsejo diredivo. La mbimaautoridad ~terminadopor la Comisi6n Nacional de Salatio Mfnima. de PROCOMPETENCIA seri eI Consejo Directivo, el eual estara conrormadopor su Presidentey dolO Ditectores y susrespeclivos supleme5 Arto.4.- Exceptiones.seexceptUandelaaplicaci6ndelasdispolliciones que seran nombrados por el Presidentede la Republicay semn ratificados de esta Ley: por la Asamblea Nacional por mayorfaabsoluta de sus miembros. 8220 24-10-06 LA GACETA • DlARIO QFICIAL 206 Losdirectores seran nombradosde tree ternasprcpuesusporel Consejo e) Los que desempeflen simultaneamente otro cargo en oua Instituci6n Superior de taBrnpresaPrivada (COSEP),el Consejo Nicaraguensede Publica 0 de los Pcderes del Estado; laMicro,PequenayMedianaEmpresa(CONI MlPYME)yel Ministerio f)Losque hubleren recaudado 0 administrado fondos pl1blicoso municipales de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) de entre profesionales sin ester finiquitadas sus cuentas: y calificados y conocedores de la materia, lasternas deberan espectficer, porseparado,elnambredelcandidetoa Presideruedel ConsejoDirective. los directores designados, al ser nombrados eeberan cesar a 10 inmediato sus actlvidadea como funcionarios, administradores, apoderados 0 Los miembros propietarios del Consejo Directivoejerceran su cargo a representantes legales de los agenles ecoacmicossujetesa las disposiciones tiempo completo y no podrtin ejercer ntngune ecuvtdad profesional a de esu Ley. excepclon de ladocencia, siempre y cuaodo seaenhoras noleborales y no vayaen menoscabodel desarrollo de sus fund ones. Estos napodrAn Arto. 1 I.· Caus.les de remoeKm del tarlo. Son causales de remoci6n ser removidos sin causa fund ada, le que debecl ser aprobada per la de los miembros del Consejo Directive las stgulerues: AsambleaNacional.Los Directoressuplentesasistiran a jasseslones del Consejc Directive con voz pero sin veto. salvo cuando ectuen en a) Incorrir en causal de inoompatibilidad en el ejercicio del cargo despoes sustituci6n de los Drrectores propietarios. del nombramiento;
Los nombramientos seran por e! perlodo establecido en la presente ley. b) Incumplimiento gravede lasobligaciones yfunciones inherentesal cargo; EI Consejo Directivo deber! ser jntegradc poral menos un economlsta c) Negligencia 0 impericiaen sus actueciones, debidamente oomprobadas; y un abogado. d) tncapacidad fisica 0 mental que imposibilite el ejercicio del cargo; Ano. 8.· Del Quorum y de las resoludones. E1 Consejo Dtrectlvo debenl reuuirse en sescn ordinaria por 10 menos una vez al mes, e) Cuando por causa injustificada, dejase de asistir a ires sesiones pudiendo celebrar seslones extraordinarias cuando las necesteeces 10 coreecutivas; requieran 0 10 soliciten dosde sus miembros. Laccnvocatona sera pol escnto con cinco drasnsbuesde anticipacion. Habra quorum con la t) Encase de condena pot sentenclas firrnes per dehtos que merezcan penes asislencia de lodos los miembros prcpletariosoquienes hagan Susveces. masque correecionales; Las resotucones se tomeran per mayorla de votes. g) Losque incurran en cualquierade tasceusales contenidasen et arllculo En CllSO que no haya quorum en mas de Ires sesiones ordinarias diez de la presenre Ley. consecutivas por la inasistencia de uno 0 dos de los miembros del Consejo Directive, el Presidente inlegrara al suplenle respective para Cuando existaosobrevenga algunade lascansalesde rem0ci6n mencioll8das, Ie conrormecion del quorum de ley. cesar' la gesliOn del respective miembro del Consejo mrecnvc y se procedere a su reemplazo, previa al proceso respective. Arto. 9. Calidade! de los miembrM del consejo dlredlvo. Los Miembros del Consejo ntrectrvo deber'n sen Corresponderil. a la Asamblea Nacional I pencion del Presidente de la Republica, previa audiencia del afeetado y siguiendo el debido proceso.el a) Ciudadano Nicaragiiense. declarar de manera motivada la remoci6n y sustituci6n 0 la improcedencia b) Haber residido ell Nicaragua al menos cualro ailos antes de su de las mismas. oombramiento, con la 58lvedadde los que preslan servicio diplom'tico, trabajenen organismosinlernacionaleso realicenestudiosenel eXttanjero. Arlo. tZ.-lmplicancill 0 reeusacili... Los miembros del Consejo Directivo c) Habe! cumplido los treintaafios deedad oser menor de setenta ycinco yel personal a su cargo, deberin excusarse de conacer en aquellos asuutos afios de edad. en los que puedan oblenet un beneficia dlrecto 0 indirecto. d) Con grado de maestriaen cienciasecon6micas 0 juridicas; e) De reconocida honorabilidad y probidad notoria; Seentenderil.queexiste inler~srespecto de un asunlo,cuando se lenga una f)Tener cinco aOOs de ejercicioprofesional yexperiencia en las materias vinculaci6n personal, la tenga su c6nyuge 0 se derive de un nexo de relacionadas a sus atribuciones y parentesco comprendido dentro del cuarto grado de consanguinidad 0 g)Estar en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos y no haberlos segundo de afinidad. con personas relacionadascon el mencionado asUII\O. perdido en los cinco aiios anleriores al nombramiento. Los miembrosdel Consejo Directivo podr," ser recusados medianteescrito Los candidatos propuestos para aplar a ser miembros del Consejo motivado, en cualquier eSladode los procedimientos eslablecid06en esta Directivo,deber6:n ofrecer II documentaci6n necesarilque acredite sus 1.<y. calificaciones y requisitos sefialados en la presente Ley. Desde la fechaen que se presenteel escrito de reclIS3ci6n, dicho miembro Arto. 10.- Problbielones e intompltibilidades. Son causales de no podd intervenir ni en ladecision del incidente nien el procedimiento de prohibici6n e incompatibilidad para ser miembrosdel Consejo Directiv<l: que se trate, pero seran vil.lid06 los aetos realizados con anterioridad.
1\) Los que fueren legalmente incapaces; Elconocimiento ydecisi6nsobre la procedenciade larecusaci6ncorresponde b)Los compyendidos dentro del sexto p:lrrafo del articulo 130 de la al Consejo Directivo. Constituci6n Politica de Nicaragua, as! como sus c6nyuges yparientes denlro del cuarlo grade de consanguinidad y segundo de afinidad; Tanto en los cases de Implicancia como de Recusaci6n el Pruidente del c) Los militares en servicio activo; Consejo Directivo incorporaril.al suplente correspondiente. d) Los que hubieren sidocondenados porsentencias firmespor delitos que rnerezcan penas mas que correccionales; 8221 ._;<j.;;,¢.~ 24-10-06 LA GACETA - DlARIO OFICIAL . ,,,,~~,3_~~~~_!". i)AdmiDislrarYcoordinar 115 aetuacioael ~.~;:.T'C~' ' " ,.;-,. '- ,.':" . <' a)I.Jev. a cabo un programa de educaci6n pUblica para promover II j)Ototpt los poderesque sean necewios con Ia prevO ·~4tl aJltura de Ia oompctcncia; Conscjo Direaivo; b~'ICf 50s casos somelidos a su conocimiento'J Illlacionados ala k)Administrar 108 recurscs finlncieros y pUlmonio de pn:sente ley; PROCOMPETENCIA: c)Conocer'JtaOlver et recursode ape1a(:i6n intapucsto en contra de I) Coavoear • las sesloeee del Consejo Directive y coordinar.1 dcsanolio I, l'e5OIuci6o diccad. sl)fne el l'CQlfBO de revial6n emitido par el de las mismas; Praidenlc de PROCOMPEfENCIA: m) Tomar las medidls DC'CCsariu para plaolizal y proceger la d)Conocet Y resolver el recase de Tcvisi6ll ioterpueslo contra Slii confuleocialidaddc lainfonnaci6nempresarial,oomeiclal uoticial amlCnidi propiu resoilldones; CD el archive de PROCOMPIITENCIA; c)lnformaral(l$ente6 reauJadores.CIl8Ddo prodlK1ode IeInvestlpcl6n n)SolicilU, acualquier autoridaddd pafsodel extrtnjero la Informaci6n de ltOapr6clica anticompetitiva se dcCermioe que II ClUSaoel problema necaaril para investlpr poslbles violacionesa II ley ; ten... SU Ofigen en las reguliICiollCS lie dicbos enls, a eIec:to qoo tamen Iu medMlas correspoodiente&: o)Est8blecerwnveniosdec:ooper-el6nClllmaterladcQ'.1trlpetcncilronotrai Instituci00e5dlops; f)Estudiu'J propoeerpari aupresemacl6npropueslasde reforma a6saa Ley a losque Icogan iniciatlva de Icy; p)Nombraryremoveral persoDai admmblrativo,conformeal procedimiento de ky correspondiente,velando pol' el correcto aprovechamiemode los g)lnformar y soliclla' II intervenci6n del Procurador General de I, Rec:u.1IOS Humanos de PROCOMPE1BNCIA: Repl1bllca, sepn et cesc,cuando II situaci6n 10 lUDCrite; q) Compllar las resoluciones y publicarlas; h)Aprobar I, estructur. organizativi y II base normallv. de PROCOMPB1ENCJA necesatia para" aplicacl6nde la presente Ley; r) InfOfmar anualmence par escrito de los l'ClIUllados obtenidos a la Astunbtea Nacional,asf mismo, informar y publicarconet vteto bueno del i)Aprobar el presDpuesto anWlI de PROCOMPETENCIA y remitirlo ConaejoDireclivo, un infonne anual de)os reMlltados obfenklo~ II Minlsteriode Hacienda'Jcmtito PUblico; s) Proponer lOIS mee:anismos de coordlnacl6n008 los Bntes Reguladores j)OrdeRlr 'I contraUlr I, rcalizacl6n de oonsultorfas especlficassobre para prt~niT y combatir las prkticasanli<:otnpetilivlIl!i a que se renere II aspecIOS ~CDicosque sean necesariospara cumplir con el objelivode presenle Ley; II prescnte Ley; I) Partieipar con las dependencias oompctentes en las negoc:iaciones y t)Nombrar I unauditorinternoencarpdo de1ainspe<:ci6n y vlgil.DeiI disalsiOllCtdeTrWldosoConvenios IntemacOlwesenmateriadePolitic&!; de las operaciooesy contabilidad de PROCOMPETENCIA; Y deCompetencia;
I)Lasde'" que Ie confiera la preien&e Ley. u) Elaborar propuesta de Proyecto de Presup\lC$lO Anual de Gutos e informersu ejecud6n presupueslaria; Arto. 14.·AtriblKtOllIl4l.1 Preeldeelle •• PROCOMPETENCIA v) Proponer al Consejo Directivo, la organizaci6l'1 administralivi de I)La repraentaci6n IegtJ de PROCOMPETENClA; PROCOMPElENCIA Ylas reformu a la misma; b)Conocerde oficio0 par denuneia,aquelils siluacionesen quepueda w)B1evtl' aIaC01l$id$racl60 delConsejo Directivo.losproyectos normativos serafectadaIacompetenciaenel nlCrQIdo,ordenando laslnvestigaclones nec:esarios para la buena marcba de PROCOMPETENCIA; y c instrua:i6n del expedience que correapondl en IIIcaso; ll)~eroer lIS denUs funciones y facultades que Iaprescnte uy establece C)DcclIWIa8dmisflKlidlldoi~del85denunciaspresm&adlS: y las que eI Consejo Directive Ie delogue. d)Solidlar anlc luloridad judicill competenle lIS medidaspreventlvas Alto. 1!.·CoordinaciODde PROCOMPETENCIA coa otras cnaidades que oorrespondana soIicillld de parte 0 de oflCio. p6bIkM ••••ter. de CIOIIlpetellriL e)Dictar lu reaoludones IiObte los (U)ll investipdos e imponer lIS Cuaodolle lratede Investigaciones de pr6c:ticascontempladasen lapresence Slnc:iones quecorrespondan en cadacuo. uy,deauadasenlossectoresecon6mkosymercadossujetosa regula:i6n, PROCOMPETeNOA emiti'" dictamen prcvio a la resoluci6nde dieMs f)Ordonu Is desconcentraci6n pan;:ial 0 10111 de losagentesecon6mieos eDla repladores. deconformidH con la prcscnte Ley. EI dictamen deber' ser solicitado por eJ enle regulador a g)Conoo:r de los lecursos de revisiOn C01'ltra las impugnaciones a las PROCOMPETENCIA, dentro de UI'I pltul de 30 dias hQ)iles. una vel rcsoIuciones dictadasen el 'mbitode su compeleocia: concluldala investigaci6n pore! eBle regulador. h)Represemar al pals nacional e intemackmllmente en maler!a de ..1£'..... _"'0; 8222 BldidamenemilidoporI-'ROCOMPETENCIA,selimitathxclusivamente· j 24-10-06 LA GACETA • DlARIO OFiCIAL 206 a ladeterminaci6nde lapracticeobjetcde mvestigacion yen ningfln caso a.Establezcanacuerdos para fijar, elevar,concertae0 manipularel ptecic u PROCOMPETENCIA debera pronunciarse sobre aspectos tecnicos otras condiciones de vents 0 compra de btenes 0 servlclos bajo cualqujer prcpios de la regulaci6n del sector ecorcmtco. EJdictamen debera ser forma;at quesonc Itecidos 0 demandados en losmercedes, 0 intercambiar dlctado y publicado en sus partes conducentes en un media masivo de informaci6ncon et mismo objeto 0 efecto; comunicaci6n social pOT PROCOMPElENCIA en un plazo no mayor de 90 eras habiles. b.Dlvidan, distribuyan, asignen 0 impongan porciones o segmentosde un Mercado actual 0 potencial de bienes y servicios, mediante c1ientela, Parasu resoluci6n el ente regulador debere lomar en considersclon el vendedores, proveedmes, por tipo de productos vendidos, tiempos 0 dictamenemitidopor PRQCOMPETENCIA. La no emislcnen tiempo espacios determlnados 0 derermtnables; 0 per cualquier otto medio. deeste dictamennodisminuye lacapacidad resolutivadelemeregulador. c.Celebren acuerdos paraeliminar a ones empresasdel mercadoo limitaT CAPITULOIII el accesc al mismo per parte de otres firmas desde lOU posici6n de DE LA PROMOCl6N ¥ ABDGACIA DE LACOMPETENCIA compradores 0 vendedores de produetos determinados.
Arto. 16.- Dc 18 Promoc:t6n y abogacia de la eompctenda. Con el d.Fijen 0 Iimitencantidades de ptoducci6n; estableciendo Ieobligaci6nde propcsitc de garantizar ell ibreejerclcto de lacompetencia yla libertad noproducir, procesar,dislribllircomercializaTsinosolamenteunacantidad empresarial, PROCOMPETENCIAejereera nreconeeceprceocson y restringida 0 limiaadade bienes 0 la prestaci6n de un nooerc, volumen 0 abogaciade lacompetenciamediantelassiguientesaccionese iniciativas: frecuenciarestringidos 0 Iimitadosde servlctos; a)Proponer la remoci6n de beneras legales de entrada II mercades que e.Bseablezcan, ecuercen 0 coordinen postures fijando, absteniendo 0 excluyan 0 limiten la participaci6n de nuevcs agentes economlcos. Iimitandolospreciosen subastas 0 en cuetquter otta formade licitaci6nde conformidad con [a ley de la materia, IIexcepcton de la oferta presentada b)Elaborar. divulgar y presenter ptopuestas recmcemenre justiflcadas conjuntamente por agentes econ6mioos que claramente sea identificada que teegan por objeto [a nberattzacion y desregulaci6n de sectores como tal en el documemo presenrado por los oterenres. economlcos y mercadoscraves para el desarrollo del pais. Aquellos acuerdos entre agentes productivos naclonales y agentes c)AsesorarII losBntesde la AdministraciOn PublicaNacional,Regional compradoresextemos, que tavoreacan el reconocimtenrc de condiciones o Municipal; para que en el cumplimienlO de sus functcnes, no se mas favorables para los productores nacionales, no seran consideradas establezcantrabas0 barreras burccratlcas queobstacullcen losderechos como pr.icticas Iimitantesdellibre mercado. a 18 libertad econ6mica y la competencia, Arlo. 19.- Practicas eDtn agenltsecon6mioos no eompctidores. Sujelo d)Proponer imciatives para promover III stmpliflcacjon de tramites a que seccrnprueben lossupuestosrelativosa loscriterios decomprobaci6n, administrativos y darles segulmiento. se consideran prscncas entre agentes econ6micos no competidores [os actos, contratas, convenioso combinaciooos,sean estos expresos0 lacitos, e)Realizaractividadesde promoci6nde lacompetencia,asesorandoa los tseritos 0 verbales, cuyo objeto 0 efecto sea 0 pueda ser: organos y entidades del Estado, agentes econ6micos, organizaciones academicas,colegiosde profesionales,enmateriaeoonomica yromercial. a) Laconlrataei6n 0 acuerdo injustificado para ladistributi6n exclusivade bieneso serviciosentreagenteseconomicosque no seancompelidoresentre f)Promovery realizar estudios, investigaciones y OtIllS actividades de S1; 0 cuando el proveedor 0 distribuidor mayorista de un producto, venda investigaeion y divulgaci6n, con el fin de indueir una cultura de la solamente bajo la condlci6n que eI compTadoT minorista no compre 0 competencia entre los agenles econOmicos del pais. distribuya productos de la competencia. PROCQMPETENCIApodni dirigir informe a la autoridad respectiva, b)La imposicion de pIecios y/u OlTas condiciones, que un distribuidor 0 sugiTiendo laadopciondemedidascorrectivassobre losposiblesefoctos minorisla debe observar a[ momento de pro"'ccr bienes 0 servicios a conlTarios a la Competencia, derivados de sus disposiciones. Los compradoTes. resultados delas investigacionessobrepromoci6n de compelenciaen el Estado,deberan ser deldominiop(jblico, conel prop6siiO deaumentar c)Lavenia de unbiencondicionadoa laadquisici6n de atmo a la utilizacion la transparencia y fomentar la participaci6n ciudadana. de un servicio, 0 la prestaci6n de un servicio condicionado a la ulilizacion de otto 0 a la adquisiciOn de un bien. CAPITULO IV DE LASpRACTICAS ANTICOMPETITIVAS d)l..acompra 0 venta sujeta a la condici6n de no usar 0 adquiTir. vender 0 ahastecer, bienes 0 servicios producidos. pTocesados, distribuidos 0 Arto. 17.- Prohibiei(lIl. general. Se prohiben los aetos 0 conduetas, comercializados por tereeros. acllerdos, pactos, conveniog. contratos entre agentes eoonomioos competidoresyno competidores, sean estos expresoso t;l.citos, escritos e)La negativa de ...ender, proporcionar 0 comprar, ha determinado agente o veTbales, cuyoobjtto sea limitar 0 restringir lacompetenciao impedir economirobienesoserviciosquedemanerausualynormalesttll disponib[~ el aceeso oeliminar del Mercadoa cualquier agente econ6mico, en los uofrecidosaterceros yque noexistan,enel Mercado relevanle,proveedores {erminos y condiciones establecidos en Ia. presente ley. alternativos disponiblesoperando en condiciones normales. Seexcepllian las denegaciones de tralo por parte del agente econ6mico. cuando exista Arto. 18.- Practicas entre agenles economicos competidores. incumpJimiento de obligacionesconlractuales por parte delcliente 0 que el Parncu[armentequedanprohibidos los siguientesconvelliosyacuerdos hislorial comercial del potencial clienle demuestre altos indices de entre agentes econOmicos. sean estos expresos 0 ticitos, escritos 0 incumplimienlo, de devoluciones 0 mercandas daiiadas, sin que dichos verba[esque: incumpiimientos0 comportamientos puedan ser justificados conformela relacion que rige a [os agentes econ6micos de que se Irate. 8223
24-10-06 LA GACEfA • DlARIO QFICIAL 206 f)La aplicaci6T1 decondicionesdesigualesplUllpres!aciooesequivalentes, d)Las Restriceionesnormarlvas,decarscter naclonal 0 internaeional,que que coloquen a unos compctidoresen situaci6n de desventaja (rentea Iimitanel eccesc de los compradores 0 consumidores a fuemes de ofen a otTOS. alternativa 0 de los ptoveedores a cttemes alternativos. g)L\conoertaci6nentrevaries agemeseconomteos 0 lainvilaCi6naestos, CAPITULO V paraejercer prcsi6n contra alglin cliente0 preveedo-, con el prop6sito DE LACOMPETENCIA DESLEAL de disuadirlode unadeterminadaconducta,aplicar represaliasuobligarlo a actuar en un senudo determinado; y Arto.13.- Cond.etas de eompetucilll deslea!. Seconsidera competencia desIeaI todoactooconduetarealinda pol agentesecon6mioosenelejercicio h)Las practices predarorlas. de unaactividllld m~ntil que seeconearsc a los usos 'J pr3clicashonestas en maleriacomercial. Arto.10.-Crlteriosdct'Olllprobaet6•• Paraconsidcnrque lasprkticas entreegenteseccecencos nocompelidores, sonviolatorias deesta Ley Se prohfbenlos ecios 0 conductasde competencia deslealentre losagerues debe comprobarse entre ctros crnertoe que: ecooomicos,que causenun dal'io efectivooamenaza de dafiocomprobado, siendo entre otras, las siguientes: a)E1 presunto responsable lieneposici6n de dominio sobre el mercado relevanle; a)AetoI de e.pAo: Utilizar 0 difundir indicaciones inconectas 0 falsas, omitir las verdaderes, realizar publicidad engar.osa. que tengan como b)Se reeuce respecto de los btenes 0 servlcros cerrespondjentes 0 resultadocrea- contusion, error 0 riesgode asoctaclcncon respecto a otros relacionado con el mercado rerevearece que se uate; productoa '1/0 servlcios; c)Oue lasprkticas impidan,limilenelaccesoo desplecenaoompelidores b)Ad" de denigration: Realizarodirundir aflrmacicnessobreproductos del mercado,yen rode case, que seproduzca unperjuicio a losfmereses oservrcos, laactlvldad, lasprcstlCiones.elestablecimiento 0 lasrelaciones de los ccnsumidores. comcrciaIesdeunagenteecon6mico,quemenoscabendirectao jndireaamente su prestigioen el mercadoa 00ser que seanexaetas,verdaderas,pertinentes Arto. 21 •• Criterkta para determinar Ia Posk:ion de Domlnlo. Para y comprobables; delerminar si un agenteeccnomico uene una posici6n de IIominio en el mercado retevanre de que se kale, se debor4n considerar entreotros los e)Aetol de cOllIparac:lon: Comparar pl1blicamente actividades, critertossiguientes: prestacioeea, productos,servicioso establecimientospropios0 ajenos,con los deun tercero, cuando lacomparaci6n se refieraaextremosque nosean a) La.exiscenciade barreras de entradaal mercadode blenes 0 services, objetivamente comprobables 0 que siendolc contengan afirmaciones 0 sean estes econ6micas '110 legales 'I los elemenlosque previsiblemcnte informacionesretses 0 leexectas. puedenallerarlanlodichasbarreras,comolaoferladeolrOscompelidores; d)Anos de maqulnldon daAosa: gustraccton de secretes, extorsion de b)1..asposibilidadesde ecceso del agenteeCOn6mico y sus competidcres empleadosde agentes econ6micos compelidores, actuales 0 potenctales. a fuentes de insumos; e) AttfMI de mar.siOn: Crear confusi6n con la actividad, los produetos, c)EI comportamientorecieme en relaci6n a la ofen a 'I demanda en el losnombres, lasprestaciones,el establecimientoy losderechosde propiedad mercadorelevanle; inleleetual de lerceros,asi como toda conducta destinada a desorganizar y crear confusi6n inlernamenleen II empresa, las prestacionescomerciales d)La. posibilidaddesustituci6n0 decompelellCia entremarcas, produetQs o eI establecimlenlO aJCoo; o patentes en el mercado relevanle; I)Actosdefraude: La. imitaci6nque implica aprovechamiento fraudulento e)EIpodereron6miro, financiero 0 tecnol6gicode losagenteseron6micos de la posiel6n, esfuerzo y prestigio de otro compelidor; competidores parlicipantes en la operaci6n. g) Actos de Inducdon: La inducciona trlbajadores, proveedores,dientes Arto. n.-Criterios pan determinar .1 mereado relnaate. Para y demts obligados, a infringirlos deberescontractuales que hancolltraido determinarladimensi6ndel mercadorelevanteafectadoparunaprictica con loscompetidores. Asrcomo laapropiaci6n,divu19aci6n 0 explotaci6n o conducta anticompetiliva, se debenin considerar entre otros los de un secretoindustrial0 empresarial0 vayaarompaiiadadecircunstancias erlleriossigulentes: talescomoelengano,la inlenci6ndeeliminar a uncompetidordel merado u otras an!logas; y a)La posibilidad de sustituir un bien 0 servicio delerminado pol' otros, deorigen tanto nacionalcomo extranjero; b) Ad03 de Imitacion: La imilaci6n de prestaeiones e inicialivas emprtsariales ajenases 1ibre,salvo que esten amparadaspor underecho de b)Loscostosdedistribuci6n del bien mismo,sus insumosrelevantes,sus eltClusivlrcconocidopor laLey.La imilacion de prestacionesde unlercero complememosysustitutos procedentes de otras regiones delpals 0 del serepuwideslealcuandoresulleid6neapara generarlaasociaci6nporpane extranjero; para ella se tomara en cuenta los f1eles, los seguros, los delosconsumidoresrespecto a laprestaeiOno produzcaunaprovecl\amiento aranceles y las restricciones que no sean arancelarias 'J el tiel'llPO indebido de la reputaci6n 0 el esfuerzo ajeno. Adem", la imitaci,'n requerido para abastecer el mercado desde esas regiooes. sistematicade lasprest:iCionese inieiativasempresarialesdeuncompetidor es desJeal euaRdo dieha estrategia se baUe directamente encaminada a c)l..asposibilidades que tuvleren los consumidores para acudir a otros impediruobstae\!llzarsu afirmacl6nenel rnercadoyexcedade 10 que,segun mercados; y las circunstancias, pueda reputarse una respuesta natural del mercado.
8224 ··~7a:·'· 24-10-06 1A GACBTA - DlARIO OFICIAL 206 i;ii. " 1...06 creenos para investigar estes concocras seran determinadas en el b)Tenga 0 pueda tener per objeto indebidamentedesplazara otros~ RegiamenlO de Is presente Ley. econ6micos,0 Impedirlesel acceso al mercado relevante; 0, CAPITULOVI c)Teaga per ohjeto oerectcfacilitarsustancialmentea losparticipantesen DE LAS CONCENTRACIONES dichc acto 0 tentativa el ejercicjc de las practices anlioornpetitlvasaqlJe se reneren los capltulos segundo y tercero de esla ley. Arlo. 24•• De las Ccacentrecleaes. Para efectos de esra Ley se ccnsideran concenlraciones: PROCOMPElENCIA no podra denegar las concemreciones que le sean somerrdos a su consideraci6n, en los Mrminosestablecidos en esta Ley, a) Cuendo agentes economfcos que ban side independientes entre st cuaado losinteresadosdemuesnenquepuede habergananclassigniflcativas realicenentre enos: actos, comratos, acuerdos, convenios, que lengan eneflCiencia y beneficiosdirectosal consumldor, que nopuedan etcereerse como finalidad Is fusion, adquisici6n, consolidaci6n, integraci6n 0 por otros medios y que se garantice que no rescttara en una reducci6n de combinaci6n de sus negoctos en todo 0 en paries. dejando de ser laoferta en el mercado. independientes; Ano. 28.- Faeultades de PROCOMPETENCIA en lIIama. de b)CuaodounoomAsagenlcsecon6micosqueyaoontrolanporlomenos eo.eentrac:lone5. Para efectos del presente capitulo, se faculta a orros agentes econ6micosadquieran per cualquier medic eI control PRQCOMPETENCIA para; directo 0 indireecode todo 0 de parte de mas agentes econ6micos; y a) Autorizar total 0 parcialmente la concenuacon. c)CualquierottoacuerdooactoquetraasfleJc enformatacnao jurldica a unegeme economlcclosaetivosdeunaempresa 0 leotorgue influencia b) Condicionar la autorizaci6n de la concenuacion al cumplimieoto y delerminante en Ia eocccronde decisionesde adminislraci6n ordinaria estrictaobservance derequisitos ctarameme definidos,segUn dictamendel o extraordinaria de una empresa. ergeno de instrucciOn. Porvia de reglamento seesubteceran los critenos, procedimiento y plezos para este dictamen. Las modalidades de concenuacion antes descritas no requleren netificacidn ni autorfzacjonprevia. c) Mandara efectuar unadesconcentraci6n parcial0 totalde 10 quese hubiere concentradodemanera indebida,la terminaci6ndel comec 10Ia termrnacrcn Arto. 25.- Concen.rationes sujetas a notification. de los actos segt1n correspcnda. Seexceptuadeladisposici6ndel anlculoanterior, aqueUasoonccntraclones d) Rechazarla concemreclon cuando esta resulte 0 refuerce una posici6n realizadasentre los agentes economicoscompetidores que: dominanle que de lugar a impedir 0 limitar la competencia, a)Como consecuencta de la conceatracion se adquiera 0 se tncremeare CAPITULOVII unecuora igual 0 superior al veinlicinco (25%) por eiento del mercado DELPROCEDIMIENTO relevante;o, Arto.19.- Prineip'os. PROCOMPETENCIA ensus acruacicnes procesales b) Los agernes economicos a coecenrrarse que tengan ingresos bnnos cStaTa apegado, entre.otros, a los principles de: Confidencialidad, Impulse combinados superiares a un promediode642,857 salaries minimos.La Procesal, Leaned Procesal, Debido Proceso, Buena Fe. metodologia para el catculo de los ingtesoa brutes de cada agenre econ6mioosera establecida en el reglemenm de la presente Ley. Arto. 30.- De la COlllfidend.lidad. La informaci6n recibida por PROCOMPETENCIA, que c:onformeel reglamelltode la presente Ley.sea Arto. 26.-. Concn'raciOIMS prohlbldas. Ouedan prohibidas las lenidacomo informaci6nconfidencial,nopodrlisercompartida, divulgada, concenlraciones de &gentes econ6mtcos cuyo efecto sea 0 pueda ser publicada 0 ser uliliuda de cualquierotra maneraque viole el principiode disrniniJir, restringir, datiar 0 impedir 13 Iibre compelencia ceon6mica confidenclalldad. respecto de bienes 0 servicios iguales, similares 0 sustancialmenle relacionados. PROCOMPETENCIAlomanI todas lasmedidas que sean necesariaspara garantizar10 oonfidencialidadde la infonnaci6n, bajo su custodia. Seellcepttiandeestaprohibicionlasconcentracionesque rocaigansobre un agente econ6mico que se eneuenlre en estado de insolvencia. Todo aquel funcionario 0 empleado, que viole la collfidencialldad, se considerari como presunto autor del delito de revelaci6n de secretos Paralosefectosde estecapitulo,110 seoonsiderancomoConcenlraciones, industriales,para 10 cual se notificaraa lasautoridadespertinentes,a finde lasasociacionesque se realioenpor un liempodefinido paradesarrollar que inicien los procesosjudiciales que correspondan. un proyeeto determinado. UnicamentetendTll.n aGCeSO a los documentas e informaci6n declaTada Arto. 21,- Criterios para ioves'igar las concentraciones. En la confidenciallos funcionarios, peritos, asignados al procedimiento, bajo investigaci6n de concentraciones se deber' determinar entre otros pena de las responsabilldadesciviles y/o penales que correspondan. aiterios que el acto 0 la lentativa: Arto, 31.- Dellnicio de las iaves'igaciolles. PROCOMPETENCIA a) Confiera 0 pueda conferir al agenle econ6mico resullante de la aetuara a petici6n de parte, 0 de OfLCio de conformidad con el presente concentraci6n, el pader de fijar precios unilateralmenle 0 restringir procedimienlo y 10que se establezca en el respectivo Reglamenlo;para sustancialmenteel abasto0 suminislroen el Mercadorelevante, sin que la investigaci6nde conductas decompetencia desleal se actuara a petici6n los agentescompetidorespuedan,actualopolencialrnente,contrarrestar de parte. dicho pader, 0;
8225 24-10-06 LA GACETA - DlARlO OFICIAL 206 La denuncia sera interpuestapor ageateseconornlcosque teogantnreres podra aportar sus alegaciones, documentos e informadones que esnme legftlmo 0 porcualquler formadeorganizaci6n,Icnga0 no finesde jucro, ccnvenlentes 'J tendrael derechc de proponer los medios prctetcrlos que legalmente consututce. estime a bien para desvirtuar las pruebas en su contra. En todcs los ptocedimientos de aplicaei6n de Ia prescott Ley,la carp Conc1uido er periodo alegatorio, se abrini a pruebasel procedlmseeuc per de la ptuebe sobre una violaci6n a los peecepros de la misma, receera eJ plaza de noventa dfas Mbile&. La prueba se evaluara conforme la sobre la parte actora 0 Is aurortdad que la alegue. graduac16n establecida en eJCod'gc de ProcedimientoCivil. Arto. 32.- Req_isites de la denuneta. La denuncia deberi ser Finalizado el periodo de pnrebas, se podrafljarun plazo no mayorde diez presen18da per escrno ante PROCOMPETENCIA, obscrvando los dias hlibiles paraque lSI 0 losaptes econcmicos (ormuleo losalegatosde siguientes requisitos: CXlnclllsi6n. •• Sefialar81 agcnte economlco presuntamenlerespoClSllbIe; Transcunidoelttrmlnodc prucbas y dcllesarosdeoonclosidn yel anilisis delaspruebas, seencontraraintegradoelexpedientedel caso,1os funcionarios b. tnreceon de lasede principal del liClIIc eccecmlcc 0 negoclo; deIegados denlro del pl8Z0 de diez dras habileslemitir! el expediente con un anilisis ypropuestade resotucicnal P1'e&identede PROCOMPElENCIA c. Describir en que consiste 18 prictica 0 violaci6n de II Ley; qUiendd>erA emltirsu Ie$OIuci6n molivadaen unplaza110mayorde ncvema dlasb4bilesO)(llpUtado desdee1 diasiguiente dela rcmisi6ndel expediente. d. EIdaiio0 perjuicio que se Ie Ila causado0 Be le pueda causarcn un futuro. incIuyendo en SII cscrito de dcnuncia; Acrilcl'io del Presidcntede PROCOMPETENOA,el plazopara emilir la Reso1uc:i6n motivadapodriserpfORogadoporunpiazo iguaIy por unascla e. Loselementos que configuren etupo de pnietica IlIntioompetitiva y ves,cuando las circunstancias10emernen. ]osargumentos quedemuestten que eIdenu-.w;iante ha suffido opuede surrtrun daM 0 perjuicio econ6mico sustanclal; Ano. 36,. De las R8oIuclo.cs. Las Resofuclores podran comene: f. La denullcia deben\estar debidamente firrnadapor el docundante0 a) La dedaraci6n de la existeocia de oonduetas aDlicompelitivas, de quien Ieplmcnte 10 represenl¢, acompaftanc!o el documento publico pr6cticas decompetencia desleal 0 la inexislenciadc las mismas; resp«'livo; b) La declaraci6n de la existencla de abuso de uno 0 vartos agentes g. Ac:ompaAari al oriiPDlll dos capias; ea:Nl6micos en virtud de unaposici6n de dominio 0 dedarlr La inexislencia de las misnwj h.Ser.aJar luprpara recibir noliikaci0ne8y dem4s diligenciasdeotro de la Capital de la Republica, Municipio de Managua, en case q\K'i c) La autorizaci6n 0 redlazo de tustones 0 acuerdos esceptuecos: PROCOMPETENCIA no C1Jente con oflCinas en el domicilio del denunciante. d) La cesaci6n de pr4Clicas prohibldas en un piazo delenninaoo;
Arlo. 33.- Admisibllldid d........cia. Para queunadenuncia sea e}Ordcnar la desconcentraci6n total 0 paK:ial de agente:;ewn6micos; admisible, deberl.. cumpl iram los Ieqllisitos estiplliados en el articulo anterior; PROCOMPETENCIA la declarari admlsible, 0 en su caso t) La imposic16n de m\lltas y sanciones pOl violaci6n a la presente Ley. mandarA I que el denuncianle subslne las omisiones, conforme los plazosesaablecidosen el Reglamento de IepresenteLey.Siel denunclanle .La Resoluci6nAdministrativafirmedcclarando Ill. ilcgalidad de Ill. ptiktica no eumple con los plazas catablecidos 0 no subsane las omisiones, se o llCIJenio lDticompetitivo, laconduetadecompetenciadesleal,0 la decisi6n declarar;'iuadmisible y se archivedn lasdlllgencias. sobrc la autorizaciOn 0 no de ooncentraciones, hara plena prueba en IOdas las acciones que los afectados interponganante losTribunalesOrdinanos. Ano. 34•• Dd hido del Proc:e&O. La Instrucci6n del PrOQ:SO 5e ordenaramedianleaulO motivado, en II que Ie indlquecomo minimo10 Losdercchos yobligacionesorigiDadospor pr4Clicas, conductasyaaJeroos sigulenlt:: enlre agentes econ6micos, declaradoscomo violalorios a I; presenle uy porresohtci6n nrme, senn nulos,por lanlO00 produciranefectosjuridicos a) Nombramiento de los funcionarios que instroir'n el pleceSO y que entre los mismos ni con terceros. aewar'n par delegaciOn; ArtG. 37.-Garantla de cumplimienlo de las raoillciOftta. Los agentes b) Exposk:i6nsucinta de los heellosquejustifiquen la investigacl6n,Ia eoooomicosque nocumplan con 10 cstablecido en la resoluci6n finne, no clase de infracci6n que se IIverigua y la sanci6n a que pudiere dar lup; podr4n contratal con el Estado. c) NotificaciOn aJ pIcsunto infractor de las aetuaciones de oficio de PROCOMPElENQA, podrasolicitarelll.uxiliode lasautoridades policiates PROCOMPE11!NQA 0 de la tlemmcia interpuesta en su CXlnlTa; la para ejecutar el clem temporal de IllS acfivldades a nivel nactonal, de los nolineaci6ndeben\observarlasformillidadei queeSlBbleceel C6digo de agentes econ6miW6 que no cumplanoon las resoluclones. ProcedimientoCivil. Enel acto de IilIIOufIC8Ci6n de Ia investigaci6n de <'Ificio se Ie entregarlia1 prcsunlo infractor copiadel aetaque al efectQ se Arlo. 38.- Prucrlpclones. Lasaocionesconferidas poresla Ley prescril!l,'n levanle y eo el caso de denuncia,se kenlIcgarA copiade Ia mi5ma. co cinco af!os. Alto. 35,. De la S.stanciacl6n del procao. EI presunto infractor EIderecho de los digeotes econ6mico'ide resarcirse de los presuntos da1\rn; tendri un plaza de Ircintadias habilescontadosa partir delallOliftcaei6n yloperjuicios en la viajudir:ial. por las infraecionesa lasdisposiciones de paraCOntraRestar las pt"uebaspresentadas porel denuncianlc, as!mismo esta Loy,prescriben al tt,WJno de un (1) aOO. 8226 24-10-06 LAGACETA • DlARIO OFlClAL 206 La prescnpcton comenzara 1I computarse desde la feclla en que la lncumplimientode lasmedidascautelares impuestasauoagenteecon6mlco. resohsci6n de PROCOMPETENCIA haya quedado nrme. PROCOMPETBNCIA pcdra tmponer adicionalmente, mulla de conformidad con ,c establecidoen el Articulo 46,Iilelal e) de esta Ley. Arto. 39.-De1 Reeuno de revision. En contrade lasresolucioDeS que dickel Prestdeete delPROCOMPETENClAcabeei recursodeRevisiOn, CAPITULOVIIL el cual sera lmerpuestoper escnto ante III mismaAutoridad ee unplllZO DE LAS SANCIONES no mayordecincc diu habilesccntedc apartir del dlasiguiente al de Ia notificaci6n. Si transcurrido dichoplazono se interpusiereel recurso, Arto.46,- De las S..cio.es. Sin perjuicio de las acciones civiles que la resoluci6n quedara firme. Presentado cn liempo)' formaci recaso, amespondan.laa inftaccionesa los precepios de la presente Leyy demas el Prcsidenlede PROCOMPETENClAtenclr'unplazomWmodediez disposlcionesderivados de ella, serio sancionadas de formaindividual 0 dlll5 lu\biles para resolver c:ontadas a partir del dla siguicate de II. combinadacaaando corresponda,de lasiguienle manen: admisi6ndel mismo.En ClIOde vcnoene el plazopatarelOlversin que se bayaemitidon:soluci6n alguna,01 recursolie tendri comoresuellO B) Pol incurrirePlaspDctic:asoonteJl1lladasen iaprohibici6ngeneral yentre favonblemenle al recurreete. Todo sill deuimonto de 1M agenles econ6micos compelidore&, de clee aalaries minilJtl» hasta UII rcspClnsabilMiadescivilesYpcllalesenquepueda iocuttirel fuDCiolllrio mixlmo de diez mil quioientossalarios mlnimos. con motivo de III actuacl6D. Bn elClIO iofrlOCiones que ajuiciode PROCOMPerENCIA, levistande Arto. 40.- Del Reeuno de a,.laei6D. Ul fCiOluci6n del Presidentedel gravedad pIlticulu,p0dr8 imponelcomosanci6nunamultaequivalentede PROCOMPE1ENOAreso)viendo el recurso de revisi6n&efhpelablc un mfnimode uno (1%) basta un maximode diez pol ciento (10%) de las antecl ConJcjo Dim:tivo en un terminode cinco dw htbikscollladoa ventali netas aDuales obtcnidas por e1 infractot dUrAllte el ejercicio fiscal apartir deldrl &ipienteIIInotificaei6n.EI escritode apelaci6n,debert anteTior. expresarseelnombreydomiciliodel recurreme ylosagraviosquecausa laresoluci6nrecurrida. Encasodevencerseetplazopararesolver&in que b) PoI incurriren las prlicticas entre agentesecon6micosno compelidores se haya emilido resotectcn alguna, el recursc se tendra como resuelto yconductude competenciadesleal,de vefnuctncosalaries minimoshasta ravorabtemenre al recurreere. Todo sin detrimento de las un miximo de ccbc milsalanos mlnimos. responsabilidades civilesypenereeenquepueda inwrrir el funcionario con mouvc de su actuaci6n. En el caso infraccionesque, Ijuicio de PROCOMPE'TENCIA, levistande gravedadparticular,podr' imponetcomosanci6nuoamullaequivalentede E1 ConsejoDirectivoteoort unplazamhimo detreinta dlashabilespara unminima de uno(1%)porciento Ilasta un maximode scis (6%)porcicute resolvercontadosa partir deldia siguientede II admisi6ndelmismo.La de las ventas netas anuates del ageate econ6mico. resoluciOn decidiendoel recursodeapelaci6nagotalavfaadministraliva. c) Pot no habet notificadolas conccntracionessujetas a dichaobligaci6n; Am. 41.- Delos Redlmol por daftos)' perj.ieio5. Los red amospor de un minimo cien salarios mlnimas de hasta un m:iximo de seiscientos danos y perjuicios serlindirimidos por la Leyde la materia. salati05minim05.
Arto. 41.- De 181 Medklas calltelares. Bl Consejo Dim:tivo podra d) PROCOMPETENCIA podr' impenersancionespot cadadia dealraso, imponer a petici6n de parte, la cesaci6n del acto 0 conducta que alosagentesccon6mic05quedeliberadamenteoporncgligencianosurninistJen presuntamente est'- causando el dllfJo a la competencia 0 agentes lainfonnaci6nycolabonlci6tl Icquelidaoquebaciendolo 10 hagan de manera econ6micosdeterminados. incompleta0 inexaeta.La sanciOn COJfespondieDle seri de quincesalaries mfnim05, por cada dfade atraso. Para que procedan las medida& caolelales propuestas, PROCOMPBTBNCIA mandaraoir al08 interesadosdurante un plaza e) UspetSOnu naturalesque parlicipen dilOOamente, comoe6mplices0 de seis (6) dlas hibiles, para fCSC)lver dentro de iguaJ plaza; el auto encubridolCs en las prlicticas antes enumeradas, )'1 sea en su caricter admilieitdo 0denegando lamedidacaute1arsolicilada noadmitirlitecurso pCl50nal 0 como funcionllio 0 representanle de un &genIe econ6mico;0 a1guno. ac:r.uando en represenlaCi6n de persona juridica, se Ie aplicara multa un minimo dcquincesalarios minimosy unmuimo deciensala,iosminimos. Arto. 43.- erilenos par. Iplicar medidascaulelares. Para imponel las medidas caulelares solicitadas POI la parte inlereslda, EncasodereincidenciadeprlicticasanticompelitivasoCOnductasprohibidas, PROCOMPETENCIA observara los siguientes aiterios: los agentes eeon6micosdeclarados rcsponsablcs, ser'n aancionado5 con mull. equivalenle al doble de la sanci6n impuesta pOI a) QueeSlaS prooedanconforme a Ocrecbo y; PROCOMPETENCIA. b)Quenoexistaposibilidaddecausardailos irreparablesaiosintercsados; f) PROCQMPEreNCIA podr' impooeruna saltCi6n bastapor el menlO Ano.44.-Rodici6Ilderaaoza.Cuaru.!oprocedaconformelosarticulos que bubiencorrcspondido dehabersecomprobadola iafraaci6n. aaquellos anterioteS la admisibilidad de la medida Clulelat, la parte solicitante denunciantescuyas pelicioncs hubiescnsido declaradas improc;cdenles y deber' rendir fianza de cualquier cIaIe, declarada suflciente pol el se bubiesccomprobadoque Ia intenci6nde lasmi$mashubiesesidoIlmital Presidenle del ConsejoDirectivo.pararesponderpordaflosyperjuicios lacompetencia,el.eeeso decompetidoresal mercadoopromovcrlasalida que se pudieran cauSIT a 18.1Z de dicba cesaci6n. del competidol. En cualquicr momento, durante una investigaci6n cn proceso, En caso de incumplimiento de los agentesecon6micosde lasrnoluciones PRQCOMPETENCIA podri. ordenar de oficio la suspensi6D, fillnes dic:r.adas por PROCOMPETENCIA. esta podr' decretal eI cierre modificaci6n y revocaci611 de la medidacautelar. temporal de luactividades anivel aaciooal,dedichosagenleseeoQ6mieoa, hasta que lascumplancon las resolucionesfinnes u oftezx:an pranUu de AriQ. 45.- loc....pli..iento de las medidas caulelares. En caso de cumplimienlo. 8227 24-10-06 LA GACETA • DlARIO OFICIAL 206 Arto. 47. -Criterio. para lradllir Ias...ciones. La aplicaci6n de I' Arto. 53· Oblillacl6n de tolaboraclOn. Todos los organismcs sanci6n se ban\ teniendoen consideraci6n 10siguienre: gubernamentales y demas aUlotidades en general, asf como cualquier persona natural 0 juridica estan en la obligaci6n de dar el apoyo y a) EI daiio causado a la competencia; colaboracidn necesaria a PROCOMPIrrENClA, propordonando toda b) La premeditac)6ne intencionalKlad: erase de infonnaci6n y documenlaCi6nrequerida en la investigaci6npor II c) La dimensi6n del mcrcadoafectado; violacion III los precepios de esta Ley. Todo en apego y observaocia a 10 d)Eldempoquehaduradoelacuerdo,laprklkaolarondUClaprohibida; preceptuado en la Constituci6n Politica y demu leyes que regulan la e) Reinddenda del infractor; y materia. l) La suspensi6nvoluntuia de lapresuntll pr6ctica anlK:ompetitiva pol' PIl'1e del agente econ6miw invesligado SIIjCIO a investigad6n. Arto. 54.- RqI...eotlel6n de Ia Ley. La presenle Ley deber' set reglamentada pot el Pre5idenle de la RepI1blica, de conformidad con el Arto.4&.- Atea_ate de '" retpOlWlbllidad. Todo agenteecon6mioo arltculo 150 numeral 12 de la Constituci6n Polltica de Nicaragua. que ponga en conocimienlo a PROCOMPETENCIA, a1glin lip) de acuerdo IIotTaplietica vkJlaloria de la preseme Ley, de la cull dicbo Arto. ~5.· V1Cend•. La presente Ley enttar' en vigencia. octc meses agenle sea partfcipe con OUOS agentesecon6micos, sed exceerade de I, despuesde supublicaci6nencualquier mcdiodecornunicaci6n.sin perjuicio sandOn pecuniaria que se Ie haya de aplicar a los demas agentes de su posterlor publicaci6n el Diario Oflcial. -La Oacela". econOmicos partidpantes de diclulllCtividad. Dado en Ia Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea EsUl disposici6n seri aplicable, siempee 'J cuando la autorldad de Nacional.a los veintiocho dfasdel mesde septiembre del ano des milsets. apJicaci6n 00 hay, tenido conocimientoprevio de dichcsconvenioso RENt N014EZ TELLEZ, Presidente por la Ley Asamblea Nacional, pracnces, 0 cuando no haya otra empresa que ya este cooperando con MARlAAUXILIADORAALEMANZEAS.SeaetariaAsambleaNacional PROCOMPETENCIA en una investigaci6n del mismoacuerdo. POt tanto: Tengase como Ley de la Republica. Publiquese y Ejeculese. CAPITULO IX . Managua, diecinueve de ocmbre del aflo cos mil sets. Enrique Bolal\os DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Geyer, Presidente de la Republica de Nicaragua.
Arto. 49.-Fo.do de promoci6n de b competencia. Se crea el FoRdo de Promoci6n de la Competencla, dicho fonda sera urlliaado exclusivamente para fomenta de la cultura de la oompetencia; se capitalizara a treves del veinteporcicnto los Ingresce pot concepto de mullas. Arto. 50. Nombra..ie.to del consejo dlrectivo. Los nombramientos de los miembros del Consejo Directivoque ejercedin el primer periodo, seran de cinco ailos para et Presidente, de cuatro aaos para el segundo miembro y tres alios para el tercer nnembro; posterior 8 la primer sustituci6n de carla uno, 106 sucesoresseranncmbradospor unperlodc de cinco anos. De venoerse el plazo que esteolece la presente ley para el que ruercn nombrados,continuaJinejerciendo sus funcioneshastaque sean ratificadoso nombtados loseustltatos y las resolucionesdictadas en dictlOperiodo tendran loda la fuena de ley. Arto. 51•• Normas procesalea supletorias. Los funcionari06 de PROCOMPETENCIAse auxilialin en sus actuacionesde la legislaci6n comun, en lodo 10 que no est!! previsto en esla Ley. Arto. 52. Derogaeiones. Por Ministerio de la presente ley se derogan las siguientes disposiciones: I. ArlO. 22 incise b) de la Ley290; -Ley de Organizaci6n, Compelencia y Procedimientos del Poder EjCl:utivo· Publicada en la Gaceta, Diario Oficial numero 102. del 03dejunio de 1998. 2. Arto.lt3 numeral 4 y 5 YArto. 114 numeral 7 del Decrelo No. 71- 1998,-Rcglamento de Ley290 tt • Publicadoen la Gacela, Diario OOcial No. 91 deljueves 11 de mayo del 2006. 3. Arlo. 26 de la Ley 200, "Ley General de Telecomunicaciones y $ervicios Postales-. Gaceta, DiarioOficial No. 154del18 de agosto de 1995. Asl mismo. quedan derogadas cuantas dispo~ir,;lones de igual 0 inferior jerarquia se opongan a la presenle Ley,pot su especialidad en el 'mbilo de la competencia. prevalecera sobre cualquier otTa que con car4cler general oespecial regule la misma materia 8228