Decreto Nº 72-2001 — Reglamento de la Ley de patentes de invención, modelo de utilidad y diseños industriales
صدر في 2001-09-12 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- Caribbean Community (CARICOM)
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- نيكاراغوا
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- Agricultural and rural development
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- intellectual property rights, innovation, registration, taxes, legal proceedings/administrative proceedings, fiscal and market measures
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Articulo 1. Objeto El presente Decreto tiene por objeto establecerlas disposiciones reglamentarias de la Ley No. 354, Ley de Patentes de. l~v~nci6n, Modelo de Utilidad y Dlseaos De contormidad conel Arto . ., de la LeY, no se concederan Industriales; .defe.cha 19 deseptiembre del ailo 2000, patentes para las razas de animales; metodos terapeuticos, pUblica~ae~LaGaceta,manoOficial,m'Jlnet0179y180de qulrurgicos 0 de diagnostico aplicables a las personas 0 losdias 22.y25 de septiembre del ailo (10$ mil, la que en animales;ni para aqueUas invenciones cuya explotacion adelante sedenominantla Ley comercial deban impedirse para prote&er el orden publico YLa moral, lasalud 0 la vidahumana, animalo vegetal, 0 preservar Articulo ,2. Terminos empleados el medioambIente, siempre que dicha exclusi6n ilo se deba al hecao de q,ue laexplotaci6n del producto se encuentra Toda referenda a artlculos, cuando nose.tndique otto prohibida,limitada 0 condicionada per alguna disposicion instrumento.res alosdel presente Reglamento. legal 0 administrativa. Ley: La Ley No. 354, Ley dePatentes de Inven.ci6n, Capitulo III Modelo de Utilidild yDisefios Jndustriales, de fecha 19 de Proced imiento paraltegistl'O de P atentes septiembre de 2000, pablicada en La Gaceta, Diario Oficial, Nos. 179 y 180 defecha 22 y 25 de septiembre de 2000; -\.rticu10 6. Soflcltud de patente Reglamento: El pres enteRegLamento; Lasolicitud se presernara ell dos ejemplares Ycontendra los requisites establecidos en el Articulo 19 de laLey. Con.tendra Registradert El(uncionarioque dirigeel Registro; ademas los srgulentes elementos: datos generales del asi como el funclonario que estuviereejerciendo las solicitante, su representan,teoapoderado, descdpci6n de los funcionesdelRegistrador, cuando fuere el caso; y do cumentos que acrediten; titulo de Ia invenci6n, clasificaclou; datosd.e ptioridad (es) invocaqa(s), lugll.rpara DiarioOficial: La Gacetao pUblicaci6noficialque oir.notificaciones, nombre Yfirma del solicitante. Todas las constiturae16~gano de publicidadpara efectos de 13 paginas de los documentos se numeraran consecutivamente. propiedadintelectual.
Articulo 7. Menci6ndelinventor CapituloU Invenciones La declaracion delinventor prevista en el Articulo 17 de la Condiciones dePatentabUidad Ley cuando no se hubiese heche iruclalmente podra hacerse en cualquier tiempomfentras lasolicitutLse encuentre en
Articulo 3. Definicion delnvencioll tramite, Unil' Invencion deproducto podra referirse, entre otros, a Articulo 8. Direcci6n del solidtante cualquier sustancia, composici6n 0 material, inclusive biol6gico, ya cualquier aparato, maquina, equipo, La direccirm del solicitante comprendera.los datos necesarios mecanisme, dispositive u otro objeto 0 resultado tangible, paraperrnitir'una comunicaci6n rap ida. Ademas de Iadirecciou, asi comoa cualqtiierparte de los mismos. podra consignarse en lasollcituduna ditecci6npostal especial para fines de correspondencia por correo. Una invenci6n de procedimiento podn\ referirse, entre otros, a cualquier m~todo, operaci6n 0 conjunto de La direccionindicada incluira' a1menos un numero de telero.,«, operactones; usa oaplicaci6n de un producto 0 de un un numero de telefacsimil y Iadireccicn de correo electr6nico, procedimiento, 0 a sus partes yetapas,conducentesa la cuando los hubiere. obtencicn, fabricaclen 0 transforrnacion de un producto 0 ala obtencion de un resultado: En caso de pluralidad de solicitantes, esto mdicaran una SOla direccion para efectos deila solicitud.
Articulo 4. Nivel inventivo
Articulo 9. Desistimiento A efectos de apreciar sila invencion cumple con el requisito de niveLinventivo; Se compararacada reivindicaci6n de la El desistimiento de la solicitud de registto de patente se had solicitud con el estado de la tecnica tornado en su conjunto. de conformidad cone~ Articulo 97 de 1a Ley y contendra Cada reivindicaci6n se compararano s6Lo con cada elemento ademas los siguientes· elementos: datos genera.les del existente en el estado de la tccnica, sino· tambien con solicitante, su representanteo apoderado, titulO de la cualquier combinaci6n 0 yuxtaposici6n de elementos que invenci6n, solicitud objeto de desistimiento; clasificaci6n, resultase obvia 0 evidente para una persona normalmente lugarpara oirnotificaciones, nombre y firma·del solicitante. versada en 18materia tecnica cor.respondiente. Podra desistirse de dos ornas solicitudes en tramite mediante
Articulo 5. Materia excluidade proteccion un acto unict>. En estos casos debera identificarse indubitablemente cada una de las solicitudes objeto del de muestras del material depositado, se sujetaran a las desistimiento. disposiciones que norman el reconocimiento internacional del deposito demicroorganismos a los fines del procedimiento Presentado el deslstimiento el Registro de la Propiedad en materia de patentes, y a 10que estipulen la Ley, el presente Intelectualordenaraarchivarla solicitud correspondiente. Reglamento v el manual de procedimientos. Si el desistiniiento se hubiese presentado antes de la publicaci6n de la solicitud, esta se mantendra en El Registro divulgara los Centros de Depositos de material confidencialidad. En tal caso el acceso al expediente bio16gico reconocidos tanto dentro, como fuera delpais. En respectivo requerira la autorlzacion escrita del sollcitante el caso de deposito en un Centro Internacional, el Registro o de su causahablente. podra requerir del solicitante el resultado de la muestra del microorganismo depositado para los efectos del Articulo 23
Articulo 10. Abandonoycaducidad delaLey. El termino para que opere el abandono de la solicitud de Articulo 14. Dibujos registro de patente y seproduzca Ia caducidad sera de ocho meses, de confurmidad con el Articulo 397 del C6digo de Los dibujos cumpliran con los siguientes requisitos: Procedimiento Civil. Tambien se producira el abandono de la solicitud de reglstro a) se harart con trazos suficientemente nitidos y uniformes; de patente en las formas establecidas en los Articulos 30 y 31 de la Ley ..Las disposiciones sobre De la Caducidad b) los elementos de una misrna figura deben guardar entre contenidas en el Titulo XV Del Libro I del Codigo de ellos las proporciones justas, salvo cuando una diferencia de Procedimiento Civil seran aplicablesen 10pertinente, proporciones fuere indispensable para la claridad de la figura;
Articulo 11. Nombre dela invenclen c) una misma pagina de dibujos puede contener.dos 0 mas figuras, pero estas deben estar claramente separadas y de El nombre de la invenci6n se suietara al menos, a las preferencia orientadas verticalmente; y siguientes reglas: d) no se usara en los dibujos signos de referencia que no esten a) sera breve, no excediendo de diez palabras; mencionados en la descripcion y en las reivindicaciones. Los mismos signos de referencia deberan emplearse para los b) hara referencia a 10 esencial de la invenclon; mismos elementos 0 figuras cuando estes aparecieren mas de una vez. c) denotara el tipo 0 categoria de invencion que designa. Si fuere un producto .puede indicarse, por ejemplo, la Articulo 15. Reivindicaciones sustancia, compuesto, aparato, maqulna, etc.; sifuese un procedimiento puede indicarse el metodo, uso, etc.; Cuando hubiese mas de una reivindicacion, estas se numeraran consecutivamente. d) no contendra nombres propios, denominaciones de fantasia.marcas niotros signos distintivos 0 designaciones Las.reivindicacioncs estaran redactadas sobre la base de las particulates; y caracteristicas tecnicas de la invencion, sin contener ejemplos ni terminos.relativos 0 imprecisos, salvo que no estuviesen e) empleara la tennlnologia comunmente utilizada 0 definidos con precision en la'descripcion. reconccida en el campo tecnico correspondiente. Salvo cuando la naturaleza de la invencionhiciera conveniente
Articulo 12. Descripcion de la invencleu una redacci6n diferente, las reivindicaciones contendran: La descripci6n de la invenci6nse hara Conforme el orden a) un preambulo que indique lascaracteristicas tecuicas de la indicado en el Articulo 21 de la Ley, salvo que por la invenci6n que forman parte del estado de la tecnica; y naturaleza de la invenci6n un orden diferente permitiere una mejor comprensi6n de la invenci6n 0 unapresentacicn b) una parte que exponga las caracteristicas tecnicas que mas ecenomica de su descripci6n. distinguen la invenci6n frente al estado de la tecnica yque, conjuntamente conlas mencionadas en el parrafo a), se desea
Articulo 13. Dep6sito de material biologico proteger. Para efectos.delprocedimiento de concesi6n de una patente, Cuando se hubiesen presentado dibujos, las caracteristicas el dep6sito de material biol6gico en una instituci6n tecnicas mencionadas en las relvfndicaciones podran ir reconocida conforme al Articulo 22de labey, y la entrega seguidas de numeros de referencia de las caracteristicas correspondiente.sUustradas ¢nlosdibujos. Tales mnneros problema mediante hi invenclon y el usoo los usos principales de referencia figuraran entre parentesis, Nose lnclulran de la invencion; numer?s.deteferencia cuando no sean necesarios para una mejor comprensi6n de la reivindicaci6n. b) ta formula quimrcay/o et OlbUJO que caractericen mejor la invencion, cuandoIos hubiere. ArtituJo16:RelVlndicaci.ones independientes y dependientes EI resumen incIuira, entre otros, los siguientes elementos de Informacion tornados de la descripci6n de la invencion, Una reivindi.caci6ns~raconsidcrada indep.endiente cuando tratandose de: defina lamateriaprotegida sin hacer referencia a otra reivindiCaci6n. . a) pro ducto s o compuestos qurmicos: su idcntidad, preparacion y usa 0 apUcaci6n; Una r¢hii~dicaci6n.seraconsiderada dependiente cuando CQmprenda 0 se rerieta a otra reivindicaci6n. Cuando Iii b) procedimientos quimicos: sus etapas 0 pasos, el tipo de reivindicaci6n dependiente se refiera ados 0 mas reaccion, y los reactivos y condiciones necesarios; reivindicaciones, se considerara como. reivindicacion dependiente multiple. c)maquinas, aparatos 0 sistemas: su estructurauorganizacion sufuncionamiento; Toda r.eivindicaciondependiente debera Indlcar, en su preambulo,~l.~uIlle~()de la reivindicaci6n que Ie sirve de d)productos 0 articulos: su metodo de fabricacion; y base, y.precisaralacaracteristica adicional, variaci6n, modalidad oalternativa de realizaci6n de la invenci6n e) mezclas: sus ingredientes. referrda en Ia respectlva reivindicaci6n de base. Cuando el resumen contenga un dibujo, eada caracteristica U na rei"indicaciolldc~endiente mUltiples610podra referirse tecnica mencionada. en el resumen iraseguida.de un numero de m()doaltern~tivo alas reivindicaciones que le sirven de de referencia entrepatentesis que remita alas caracteristicas basev y nopodta servir de base a otrareivindicllci6n iIustradas en ese dibujo. dependiente multi ple. El Registro podra de offcio corregir 0 moomcar et contenido Toda reivindicaci6n dependiente se entendera que lncluye del resumen unicamentepara mejorar su valor informative. todas lascaracteristicas y las limitaciones contenidas en la reivindicaci6n que Ie sirve deba~e. Una reivindicaci6n Articulo 18. Terminologia y signos usados en Ia soHcitud dependiente multiple se entendera que .incluye todas las caracteristlcas y las limitaciones contenidas en la En todos los documentos contenidos en una solicitud de reivindicacion junto con Ia cual haya de ser considerada. patente, las unidadesdepeso ymedida se expresaran segun el sistema metrico, las temperatarasse expresaran en grades Las reivindicaciones dependientes se consignaran a centigrados y la densidad se expresara en unidades metricas. continuaci6n de Ias reivindlcaclones que les sirvan de base. Las indicaciones de calor, energia, Iuz, sonido y magnetismo, asi como para las formulas matematicas y las unidades Artfeulo 17. Resumen electricas, se expresaran de aciierdo con las normas y medidas internacionalmentepracticadas; para las formulas quimicas EI resumen deberaredactarse de maneraque pueda servir se utilizaran los simbolos, pesos at6micos y f6rmulas eficazmente como instrumento de bus9ueda y rccuperacion mo leculares de uso general. de \a informacion tecnica.contenida en el documento respectivo, y debera circunscribirse esencialmente a aquello Articulo 19. Unidadde invencion que la invenci6n aporta como novedad al estado de la tecnica, Se procurara que su extension noexceda de ciento Habra unidad de invenci6n aun cuandola solicitud contenga cincuenta palabras. dos 0 mas reivindicaciones independientes retativas a inveneiones de eategorias diferentes, siempreque la materia El resumen comprendetll: reivilldicada eneUas formen un mismo eoncepto inventivo. Tambien hay unidad deinvencion cuando una misma solicitud a) una sintesis de 10 divulgado en la desctipci6n. las contenga reivinc:ticaciones independientes en las siguientes reivindicaciones y losdibujos. la cual debera indicar el combil\llciones, entre otras: sector tecMl6gicoai que pertenece la invenci6n y redactarsede manera que permita comprenderclaramente a) un ptoducto y un procedimiento para su preparaci6n 0 el problema tecnol6gico, la esencia de la soluci6n de esc fabricaci6n; b) un productc yuna utilizaclen 0 aplicacion del mismo; modificaci6n 0 correccion que solicite,' lugar para notlficaclones, nombre y firma del sclicitante, c) un producto, unprocedimiento para su preparacion 0 fabricacion, y unautHizacion oaplicacion del producto; Ninguna modlficacion de la descripcion, las reivindicaciones o los dibujos podra implicaruna ampliacion de la divulgaci6n d) un procedimientoparala preparacion 0 fabricacicnde un contenlda en la solicitud inieial. En caso que la solicitud producto y una uulizacicn 0 aplicacion del producto; invocara Iaprioridad de una solicitud anterior, seentendera incluida 13divulgaci6n contenida en esta, en la medida en que e) un procedirnlento y un aparato 0 medio para la puesta la prioridad fuese apllcable, en practicadel procedimiento; y En caso que la modificaclon de la solicitud se debicra a un cambio en la persona delsolicitante como consecuencia de f) un producto, un procedimie~to para su preparaclon 0 una transferencia total 0 parcial, se.aplicara 10dispuesto en fabricacion, y unaparato 0 medio para la puesta en practlca los Artlculos 29 a 33, en 10 pertinente. Si Ia transferencia delprocedimiento. conllevare una division de la solicitud, seapllcara Io dispuesto en el Articulo 20.
Articulo 20. Divisionde la solicitud
Articulo 21. Aviso de pu blicati6n de lasolicitlld Lapeticion de division deuna sollcitud depatente se hara de conformidad al Articulo 28 de la Ley y contendra los El aviso de publicaci6n de la solicitud de patente contendra siguientes elementos: Datos generales del sclicitante, de los elementos indicados enel Articulo 32 de la Ley, y ademas, representante 0 apoderado, indicaciende la solicitud obj eto los sigurentes aspectos: nombre, dlreccion y nllcionalidad de divisi6n,clasificacion, numero de solicitud, titulo de la del inventor y nombre del funcionario del Registro de la nueva solicitud,lugarpara notiflcaciones, nombre y firma Propiedad Intelectual que autoriza el aviso. del solicitante. No se consideraranparte del expedients accesible al publico A efectos de format cadasolicitudfraccionarfil,el solicitante para efectos de informacion los proyectos de resoluci6n y presentara las reivindicaciones y el resumen que otros documentos preliminares .preparados por los corresponda a. cada una, y copias de la descripci6n examinadores opor otros funcionarios del Registro de la contenida enla soli~i~tl4inicial, El Registrodela Propiedad Propiedad Intelectual. IntelectuatcoteJara y razonara las copia~.necesarias para constituir el expedientede cada solieitudfraccionaria. Articulo 23. Examen defendo 51 antes de presentarse la petici6n dedivis16n se hubiese En caso de modlficacion de la solicitud duranteel exam en de notificado una 0'\)~erv~ci6n conforme al Articulo 19 de la Iondo, seran aplicables las disposiciones pertinentes. Ley, no seatendera la divisi6n hastaque se subsane el erroru omision quedio lugar a la notlflcaciori. Cuando el Registro de la Propiedad Intelectual hiciera una ebservacion con base en una falta de unidad de la Invencion, Cada solieitud fraccloharia se numerara con base en el el solicltantedividira su solicitud en dos 0 mas solicitudes numero de lasolicitud inicial, agregando el numeral que fraccionarias que se organizaran como expedientes distinga a cada una. independientes. EI solicitante presentara los documentos necesarios para cada solicitudfraccionaria. Efectuada la division, cada solicitudfraccionaria se tramitara por separadoc()mosi sei\ubieran presentado de manera Cuando al efectuarse el examen de fondo se encontrara en independiente desdeel inicio. tramite otra solicitud depatente de fecha anterior, el Registro de la Propiedad Intelectual suspendera el examen hasta que La publicaci6n de la solicitud efectuaqa antes de la divisi6n se resuelva la soIicitudde fecha anterior. La materia que surtira efectospara cada solicitud fraccionaria. quedaseinc1uida en la patente quese conceda con base a la solicitud de fecha anterior se considerara como parte del
Articulo 21. Modificaci6nycorrecci6n estado de la tecnica para efectos de determinar lanovedad de cualquier.solicitud de fecha posterior. La petici6ndernodificacion 0 de correcci"llde una soIicitud de patellteo. de unapatenteconcedida,se hara de Articulo 24. Entidades cornpetentes parael exarnen. cont0rnlidad."on el i\rt1 qulo.29de IaLey ya~emas contendra Elexamen de fondo de la invenci6n<podra ser ·efectuado los siguienteselementos: Datos generales d.elsolic1tante, directamentePor funcionarios de la Direccion dePatentes del de su representante oapoderado,descripci6nde los Registro dela Propiedad Intelectual, 0 por una.o mas de las document?s q\ie acre4itan la personerla; cIasificaci6n, siguientes personas oentidadesdesignadas por elRegistro datos relativos apr'ioridadesinvocadas; descripcion de la de la Propiedad Intelectual: a) peritosy expertos independientes; La conversion de unasollcitnd de patente de invenci6n 0 de modeLode utilidad, se harade conformidadcon elArticulo 36 b) institutos y centros especializados en materias tecnicas, de la Ley. Contendra ademas los elementos siguientes: Datos publicos oprivados,en el pais 0 en el extranjero; generales del sclicitante, direcclonvnumero de telefono, telefacsimil, correo electronico, datos generales de su c) centrosde investigaci6n tecnica y unlversidades, representante 0 apoderado, lugar para oir nottftcacioues. publicos 0 prlvados, en el pals 0 en el extranjero; datos generales sobre la solicitud en materia deconversi6n, mimero, fecha de presentaci6n, nombre de la Invencion 0 d) dependencias del Gobierno; 0 modele de utllldad, la descripci6n de los documentos que adjunta, nombre y firma del solicitante. e) oficinas.vcentros y otros organismos id6neos en el extranjero, asl como centros 0 autoridades regionales 0 Articulo 27. Concesien deIa patente internacionales.espcciaUzados en dicho tipo de exarnen, incluyendo a lasautorldades internacionales encargadas El certificado de concesion de la patente ira firmado per el de la busquedade anterioridades y delexamen preliminar Registrador 0 por el Registrador Suplente, conforme alTratado de Cooperacion en Materiade Patentee (PCT). El certificado llevara anexo una copia de la resolucion de concesi6n y un ejemplar del documento de patente, El El Regtstrode la Propiedad Intelectual podra celebrar los certificado de concesion contendra los elementos indlcados acuerdos que fuesen necesarios con las personas y en el Articulo 37 de la Ley. entldades que efectuaran los examenes de fondo de las invenciones. El documento de patente censistira en una pagma de portada que llevara anexos la descripcien, las reivindicaciones Cuandoelexamen de fondo de la invenci6nfuese efectuado aprobadas y los dibujos correspondientes. La pagina de dlrectamentepor el Registro de la Propiedad Intelectual, portada del documento de patente indicara el nombre del este podrasolicitar a las personas y entidades referidas en Registro y la designacion "patente de Invenclon", y datos elparrafo 1) informes, eplniones e informaci6n que estlmara generales del solicitante e inventor. necesarios 0 utiles parala mejor reaUzaci6nde dicho examen. CapftuloIV Cuando el Registro de la Propiedad Intelectual nombre un Mantenimieoto yModificacion deLaPatente perito 0 experto para efectuar el exarnen de fondo de la, invenci6n y el soUcitante y el peritono lleguen a un Articulo 28. Pago de las tasasaouales acuerdo respecto al monte de los honorarios de este, que deb era pagar el sollcitante como 10previene la parte final Los pagos de las tasas anuales seran anotados en el registro ,del Articulo 128 de la Ley, el Registro de la Propiedad de patentes, bajo lapartida correspondiente a la patente lntelectual procedera a nornbrar un nuevo perito 0 experto respectiva. La.anotaclon indicara el monte pagado, el perlodo a peticion de parte interesada. En caso de lie gar a comun o periodos anuales a \105 cuales corresponden los pages acuerdo, el Registro de la Propiedad Inteleetual respetara enterados y la fecha en que se efectuo el pago. el montopactade entre las partes. El interesado podra presentar para su anotacion un escrito Mientras no se determine el monte de los honorarios del acornpaftado del comprobantede pago de lastasas. perito de forma definitiva no correra el plazo de seis meses establecido en el primer parrafo del Articulo 34 de la Ley. Articulo 29. Solicitud dedivision de la patente
Articulo 25. Informacion parael examen defondo La solicitud de divisi6n de una patente contendra los elementos indicados en el Articulo 42 de la Ley. Contendra El examen de fondo se practicara con arreglo a los Articulos ademas los elementos siguientes: datos generales del 34 y 35 de la Ley. solicitante, de su representante 0 apoderado, descripci6n de los documentos que acreditan; titulo de la patente objeto de EI Registro de la Propiedad Intelectual podra requerir por division, clasificacion.Iugarpara oir notificaciones y nombre escrito al solicitante, para que presente la informaci6n 0 y firmadelsolicitante. documentaci6n adicional 0 comphimentaria que fuere necesariapara realizar el examen de fondo, incluyendo 'El aviso queanuncia ladivisi6n de una patente contendra los copia simple de cualquier documento 0 publicaci6n siguiente elementos: datos generales de la patente cuya mencionada en la descripci6n. divisi6n se solicita, numero de patente, datos generales del titular de la patente 0 apoderado, simbolo de la clasificaci6n
Articulo 26. SoUcitud de conversi6n. de patentes y nombre de la invenci6n. Las paterites fracciohai'ias se constituiran duplicando el otro derecho inscrlto con relacien a la patente objeto de la documente de patente y abrlendo nuevos asientos accion. reglstrales Plira cada una. eada patente fraccionaria se numerara (lOR base en el numero de la patente inicial, Declarada la nulidad de una patente, la autoridad judicial agregande.el numeral que distinga a cada una: enviara una eertiflcacion de la resolucion, al Registro de la Propiedad Intelectual para su anotaci6n. Efectuada Ia division, cada patente fraccionaria sera independiehte delas demas, Cada una de eUas devengara Cuando se dictate una sentencia de nulidad de una patente el la-tasaanual.quecorresponda a la patente inicial, que Registrador cancelara los asientos de todas aquellas personas deberan pagarse a partir del afio sigulente al dela division. que hayansido condcnadas en la sentcncia. Los certificados de registro de cada patente fraccionaria Articulo 34. Renuncia a Ia patente contendran los datos Indicados en los articulos 26 y 27 Y conslgnaran el numero de la patente inicial, La declaraci6n de renuncia a lapatente sehara de conformidad con el Articulo 6I de la Ley. Contendraademas los elementos Capitulo V siguientes: datos generales delsolicitante.de surepresentante Transferencias y Licencias o apoderado, titulo de la invenci6n, clasificacion.Iugar para notificaciones, nombre y firma del solicitante.
Articulo 30.Solicitlid deinscripcion de una transferencia La presentacion de la declaraci6n de renuncia seranotificada La solicitudde.insc~ipcion para la transferencia de una por el Registro dela Propledad'Intelectual a todas las personas patente 0 de una soHdtud de patente en tramite contendra que tengan alguna Iicencia, eredito u otto derecho inscrito los elementos indicados en.el articulo 49 de la Ley. con relacion a lapatente objeto de la renuncia. Dentro de un plazo de treinta dlas habiles contados desde Ia fecha de la
Articulo 31. Transferencias notificaCi6n, dichas personas podran pres en tar las observacionesque convengan a Sus intereses u oponerse a Cuando la transferencia resultara de una de las formas larenuncla si eUapudiese perjudicar sus derechos. En caso reconocidasporla Ley, tales como: contrato, disposition, de presentarse una oposici6na la renuncia; el Registro de 1a testamentaria, sentencia; fusion 0 escision, entre otras, la Propiedad Intelectual suspenders su tramitaci6n hasta que se solicitudparasu inscripci6n 10 indicara, y se presentara resuelva el conflicto poracuerdo entre las partes 0 por acompanada del documento respectivo. sentenciajudicial.
Articulo 32. Solicitud de inscrlpcien deunalicencia Capitulovn Modelode Utilidad La solicitudde inscripcion de una Iicencia relativa a una invenci6n contertdtAlosdementosindicadosenel Articulo Articulo 35. Aplicacion dedisposiciones sobre patentes de 50delaLey. invencidn La solicitud se presentara acompanada de uno de los Las disposlciones contenidas en el presente Reglamento siguientes do cumentos;a elecci6n delpeticionante: relativas a las Patentes de Invencien seran aplicables a las patentes de Modelo de UtiUilad, segun dispone el Articulo 66 a) una copia del contrato de licencia; 0 delaLey. b) un extracto 0 resumen del contrato en que figuren las Capitulo VIII partes conttatantes,losderechos concedidos por la licencia Diseiios Industriales y el alcance de la misma. Procedimiento para Registro de Diseiios Industriales Capitulo VI Arttculo 36. Aplicacion de las dis.posiciones sobre patentes Extincion de la Patente de invenclen
Articulo 33. Nulidaddelapatente Las dispostciones contenidas en el presente Reglamento relativas alasPatentes de Invencion seaplicaran a los Diseiios Decorifortl\ida'd con elarticulo 95 de laLey, en concordancia Industriales sinperjuicio de las disposiciones contenidas en con el segundoparrllfo del Articulo 159Cn.,elconocimiento estecaoitulo. delasacclcnes denulidadde unapatente corresponde a la autoridadjudicial. l-ademanda de nulidad senotificara a Articulo 37. Solicitud de rcgistro todas las personasquetuvieran alguna.Iicencia, credito u La soUcitudde registrCl de unDisefio Industrial inchiira una Ninguna m6dificacioll podra implicar una alteracien de las petici6n9,uecontendni los elementos indicados en et reproducctones de un Diselio Industrial contenido en la
Articulo 79 deIaLeyy ademas los slgulentes elementos. solicitud inicial. datos generales~el solicitante, de su representante 0 apoder1140,J:tesetlpci6n de los do cumentos que acreditan; Articulo 41. Publicaci6n de la soJicitlId titulo del~isefloi~dustrial,clasificaci6n, documentos de' prioridadinv~(;3.dos, Iugar para oirnotificaciones y nombre EI aviso de publicaci6n de .la solicitud .de registro de un y firmadel~o1icitante. .Dis elio Industrial sehara de conformidad coni os Articulos 82 y 83 dela Ley. Contendraademas los siguitmtes elementos: La soUcit~~sepresentani acompanana ce tres Eldibujo representativo, lugar y fecha de emisi6n y nombre reproduccionesgrMicas 0 fotograficas decada Disefio yfirma delfuncionario de autoriz.alapub\jeaci6n. Industrial oontenido en la soIicitud. Cuando para un mismo dlsefto hublera mas de una vista, se presentara tres Articulo 42. Certificadode Registro dd Diseiio Industrial reprodu~ciones de cada una. El certificado de registrodel Diseflo Industrial Ilevara anexo
Articulo3B.Reallisitol de las reprcduccleaes graficas una copia de la resoluci6n de concesion y lareproducci6n del del diseno dlseno ,0 de cada disefio si hubiese mas de uno. Elcertifi cado de registro contendra los elementos siguientes: titulo del Las reproduccionesgraficas del DiselIo Industrial seran de Disefto Industrial, mimero de registro, fechade conceslon, caUdad, Jiitidez y dimensioncs suficlentes para que puedan datos generales del titular, diseflador, representante, mimere aprecilll'ses\1s detallel1 caractertstlcos y puedan de solicitud. feeha de presentaci6n ypublicaci6n de la reproducirse mediante fotocopia (\ itnpresi6n. Las solicitud, prioridad invocada, clasificaci6n, designacion de reptod~Cci?neSgrlificasno tendran dimensiones superiores losproductos y reproducci6n del disefio industrial. a 15 centimetrospor.l 5 centimetres. Capitulo IX Lasreproducciones delDisefio Industrialpodran constsnr Mantenimiento y DivisiondelRegistro en fotogra(ias del objeto 0 producto que incorpora el diseflo,pres~ntados sobre fondo neutro ysin sombras, Articulo 43. Renovation del registro Toda f()to~rafill.9.ueSepresente para estes efectos debera cumplfr con los requisitos indicados en elparrafo anterior. La soIicitUdde renovaeion del registro de ultDiseuoIndustrial podra presentarse en.cualquier memento durante lavigencia
Articulo 39. DiVisi61l de la solicitud del registro 0 dentro del plazo de gracia establecido, se had de conformidad conelArticulo 86 delaLey y podra pedirse Una solicitud de registro de Diseflo Industrial podra ccnjuntamente por los dos pertodospermitldes: Contendra dividirse ctian~o.contuvi~rados 0 mas disettosindustriafes, ademas los elementos sigulentes: datos generales del de confqrmidad c~nel Articulo 42 de ta Ley. La petici6n de solicitante, representante 0 apoderado, descrlpcien.de los divisi6ncontendrliademlis los siguientes elementos: datos documentos que demuestran su personeria, disenador, generales del solicitantede su representante 0 apoderado, descripci6n de los documentos que acompafla, clasificacion, descripci6ndelos,documentos que acreduan; titulo del lugar para oil' notificacrones, priol'idad Invocada, nombre y diseno industrial, c1asificaci6n, des crip ci6n de la division firma del solicitante, . que soliclta, lugarde oirnotificaciones y nombre y firma del sollcitante. Articulo 44. Anotacion y certificado derenovachin A efectos.deformar cada solicitud fracclonarla, el solicitante La anotaci6n de cada renovaci6n se efcctuara en el asiento de identificaici losdiseilos que corresponderan a cad a una. la inscripci6n del registro del Diseiio Industrial. La anotaci6n indicara la fecha depresentaci6n de la solicitud de renovaci6n.
Articulo 40. Moditicacion y correction El Registro de la Propiedad Intelectual expedira al titular un certificado de renovaci6rt. La petici6n de modificaci6n 0 de correcci6n de una solicitud de registro de Disefio Industrial 0 deun registro concedido Articulo 45. Divisi6ndel registro contendra los elementos indicados en el Articulo 40 de la Ley y lossiguientes elementos: Datos generales del La divisi6ndcl registro de un Disefio Industrial se sujetara a solioitante, representante 0 apaderado; descripci6n de los 10 establecido para ladivisi6n de las solicitudes de registro, documentos que acredita; descripci6nde lamodificaci6n de confortnidad con los Articulos 28 Y88 de la Ley. y correcci6n que solicita;lugar paranotificaciones, nombre y firma del so licitante. CllpituloX Transfereociay Liceocia
Articulo 46. Inscrlpcion detransferenciao Ucencia Articulo 49. Formularios La solicitudde Inscripcionde una transferencia 0 de una Toda solicitud, peticion 0 documento para el cual se hubiese licencia de un Disefl.oIndustrial registrado 0 en tramite de designado un formulario en elpresente Reglamento podra' registro seregirap(lrlo dispuesto en los articulos del31 al tramitarse utilizando el formulario correspondiente. El 34 del presente Reglamento. lnteresado tambien podnl.presentar 0 tramitar su salicitud, peticionodocumento utilizando supropio formularioo formate Ca~itulo XI siempre que contenga los datos e informaclonesprevistos en Dlsllosidones Comunes el formulario designado, EI Registro de Ia Prcpiedad.lntelectual Procedimientos pondra a dlsposlcion de. los usuaries los formularies designados enelpresente Reglamento, sea en forma impresa
Articulo 47. RepresentaCion o electr6nica. La representi\cion seharade conformidad con el articulo 19 Articulo 50. Comprobantede presentaci6n delaLey. Quien presente al Registro de la Propiedad Intelectual una Cuandounaniisma soHcitud.fuClse presentada por dos 0 solicitud, petici6n, comun~caci6n0 documento podra obtener massoIicita~tes,tl.stos .deslgnaran un mandata rio 0 un comprobante de la presentaci6n. A estos efectos el repres:ntantec~mun. Caso contrario, se conslderara tnteresadopodraproporclonar un duplicado 0 copia del representante co.mlinal sollcitante mencionado en primer documentopresentado a fin de que sea sellado por el Registro lugar. de la Propiedad Intelectualy devuelto. El sello lndicara la fecha yhora de presentactcn. EI poder septesentara en documento s.eparado. Elduplicadoo copia debidamente sclladc porel Registro de
Articulo 48. Prioridad la Propiedad Inteleetual constituinl. comprobante de presentaclon de Ia solicitud, petici6n, comunicaci6n 0 A los efectos del derech6 de prioridad se entendera por: documento. a)prioridad mUltiple:elcaso en que Iadivulgacion contenida A peticion del salicitante, el )tegistro de la Propiedad en la solicit~llprl:~ent~~ll combinala divulgacion contenida Intelectual expedira una certificaci6n de ..presentacion de en dos 0 mas.soliettulles pdoritarias; cualquier solieitud, peiiclon, comunicaci6n 0 documento que se Ie hubiera presentado. Lacenificacion indicaratafeGhade b) prioridadparcial:elcllso en que solo una parte de la presentaci6ny sera firmadapor el Secretario del Registro de divulgaci6ncontenidaen la. solicitud presentada la Propiedad Intelectual, correspCl~dealadivu,lgaci6n contenida. en una 0 mas solicitudesprioritarias. . Asi mismo,el Registro de.Ia Propiedad Intelectual podra permitirIapresentaclon de un~ so(icitud, pedido, co JDunicaci6n o documento al Registrode la Propiedad Intelectualmediante Cuandose invocaranpri()ridadesmultiples o.parcialesse indicara~!lo~4atosrelativosa todas ellas, y se presentaran telefacsimil, correo electr.611iCQo cual9uier otra forma de los documentes correspondientes. comunicactcn moderna, haciendolo saber a los usuaries a traves de u ll comunicado. I.;'afecba y Ia hora depresentacion Cuando seillvocaralll~~9ridad de una soIici.tudpresentada seran las de recepcion de la transmisi6n,siempre que' el ante el propio Registrode la Propiedad.lntelectual, no sera original de Iasolicitud, comunicacion 0 documento llegue al necesariopte~:ntar<l9pias de ella, bastando identificar la Registro.dela PropiedadJnlelectual dentro delplazo de un solicitudpri9rltaria. mes a partir del dia de.recepci6n de la transmision, . CUlU)-do \a~().li~itudsepresentare en up.Elltado miembrodel Si el original Ilegara desp~es .4e esa fecha, se tendra por Convenio de Paris para la Protecci6n de la Pr9piedad presentado en la fecha en quefuese recibido. Industrial, ysedeseare hacer vall(r la protecci6n temporal prevista en el Articuloll 4eese C<)p.venio, la SQlicitudIQ Articulo 51. COll1probante dep~go indicara' y se acompafl.ara la constanciaemitida por la autoridad9rga~izadoradeJa. exposici6n internacional, con Cuando la Ley estipule que una solicitud, peticion, tramite 0 la traducci6nq?tl fuere necesaria,en la cual se certificara servicio esta afecto alpagodeunatasaotarifa, se presentara la eXhibi~i6nde I?sproductos que IncQrpora el invento, como anexoelcomprobantedepago respectivo. modelo de utilidad odisefl.o industrial, e indique la fecha en que fueronexhibidos p()rp~imeravez en la exposici6n. Articulo 52. Notificaciones Los autosy la~ resoluciones que dicte el Registro de la Contra las resohicienes que dicte el Registro de la Propiedad Propiedad Intelectual se notificaran a los interesados ya Intel ectual cabra elr.ecurso de apelaci6n.deconformidad con sea en formapersonal;por medio de esquela 0 cedula, por el Articulo 98 de Ia Ley.EI recurso de ape1aci6n se Interpondrcl. mediode no.ta q.~edeQenl. enviarse porcorreo certiflcado ante el Registro de laPropledad Iutelectual eaet plaza de tres ala direcci6n que se hubiera indicado, 0 por cualquler otro dias a partir de Ia fecha de notlficacion de Ia resotucicn medio establecido en la Ieglslacien nacional. Los terminus dictada por el Registro de Ia Propledad Intelectual. EI Registro correran desde eldia Mbilsiguiente al de Ia fecha en que de Ia Propiedad Intelectual admltira 0 denegara laapelaci6n. el interesado reciba la notificaci6n, salvo disposici6n Si la admite emplazara a las partes para que en el termino de expresa en contrarlo. tres dias comparezcan ante el Ministro deFomento Industria y Ccmercio, ha haceruso de sus derechos. Personadas las
Articulo 53. Firmas en cemunlcaclenes partes ante el superior, se correran los traslados para expresar y contestar agravios. Una vet evacuados estos, se dlctani la La solicitud, petici6n 0 comunicaci6n dlrigida al Registro correspoudiente resotuclori 0 sentencia; sfn que sea necesario de la Propiedad Irtelectual se presentara firmada porel el tramite de cttacionpara sentencia. Contra las resoluciones interesad~ o su representante, indicandojunto a la firma el o sentencias dlctadas por el Ministro de Fomento, Industria nombredelfirmante en caracteres de imprenta. y Comercio, cabran los recursos que establezca la Iegislacicn nacional. Cuando cO~formealArticulo 59se permitala presentaci6n de solicitudes 0 comunicaciones al Registro de la Propiedad Asi mismo, seran aplicables las disposiciones sobre la lntelectualpor viit () rnedlo electronico, se considerara apelaci6n establecidas en el C6digo de Procedimiento Civil, flrmado el documento sl el Registro de la Propiedad en 10 que corresponds. Intelectual identifica al remitentedeconformidad con las normaseStipuladas al efecto. Contra las previdencias de mero tramite cabran los remedies de.aclaraclon, reposicion 0 reforma, sin ulterior recurso, La rttmacontenida~l).unasolicitud, petici6n, comunicacion, salvo el de responsabiUdad. poder uotro docu1n~l).to presentado al Registro de la Propiedad Intelectual no requiere certificaci6n notarial. Las personas naturales 0 jurldtcas de nacionalidad nicaraguense podran lnvocar en subeneficio Ia aplicaci6n de Arti~ulo 54. Verificaci6n de autenticidad las disposiciones contenidas en los tratados intemacionales sobre propiedad intelecrual de los que Nicaragua sea parte, El Registrode la PropiedlldIntelectual, y cualquier autoridad en todos aquellos cases en que dichas dfsposlciones Ies sean encargada de resolver algunproeedimiento originado en el mas favorables que las normas establecidas en Ia Ley 0 en Registro de Ia p~opiedad Intelectual, podnl. requerir u este Reglamento. obtener documentos 0 pruebas, incluso autenticados 0 higalizados, cuand~ hubiere raz6n para dudar de la Capitulo XIII autenticid~d de cualquier documento presen'tado en ese Comunicacion con el Registro procedimiento,o de alguno de sus datos oindicaciones. y Normaliza~i6n de Datos
Articulo 55. Protecci6n a los Secretos Empresarlales 0 Articulo 57. Comunicacion con el Registro Informatl6nno Dlvoigada Cualquier soHcitud, petici6tl, l5omunicaci6no documento que Los secretos empresariales se protegen indefinidamente y se dirija alRegistro de la Propiedad Intelectualpodra remitirse deberanreunir lossiguientes elementos: Set secretos en el por correo postal, 0 mediante seeviclos de correo especial en sentido de que no sean como cuerpo 0 en la configuraci6n su caso. Lafecha y hora de presentacion sera la de recepcion y reuni6n precisas de SUS componentes, generalmente por el Registro de 1aPropiedad Intelectual. conocidos ni fMilmente accesibles para personas introducidas en loscirculos en quenormalmente se utiliza Podea presentarse al Registro de la Propiedad Intelectual una el tipo de informaci6n en cuestiort; ti:ner un valor comercial solicitud, petici6n, comunicaci6n 0 dQ,(:umento mediante por ser secretos; y haber sido obJeto de medidas razonables, telefacsfmil. En tal caso se considerara como fecha y hora de en las circunstancias, para mantenerlos en secreto, tomadas presentacion la de recepci6n del telefaesimil. siempre que el par la persona que legitimamente la controla. original de la solicitud, petici6n, comunicaci6n 0 documento Begue at Registro de laPropiedad Intelectual dentro del plazo de un mes a partir del dia de recepci6n del telefacsimil. Si el Capituloxn original llegaredespues de esafeeha, se tendra porpresentado Recursoll y Acciones en la fecha en que fuerecibido el original. ArticuloS6. Recursos Articulo 58. Comunicacion porvfaelectronica EI 'Registro de la Propiedad Intelectual podra dictar hayan sido entregados al interesado, solamente podrahacer disposlclones para regularla presentaci6n de solicitudes, la rectiftcacien con citaci6n de este, requiriendole la peticiones, recursos yotras' comunicaciones por via presentaci6n de los documentos 0 tltulos,previa electronlca 0 a traves de medios electronicos. comprobacion de que los 'mismos no hap sufrido alteracion alguna..
Articulo 59. Designadon normalizada de fechas Cuando la rectlflcaclon se hieiera para corregir algun error En los documemos de patente, certificados de concesion cometidopor elRegistro de laPropiedad Intelectual, se hara de patentey de registro de diseilo industrial, y avisos de por medic de una nueva inscripclcn 0 anotacion sin costa publicacion de' solicitudes en elergano depublicidad alguno para el interesado. oficial, las fechas se expresaran mediante una unica suceslon.numerlcacompuesta de ocho dtgltos. los euatro Articulo 63. Archivode poderes primeros indicando eliliio, los dos siguientes el mes y los dos ultimos el dia. El iliio, mes y dia se separaran mediante El Registro de la Propiedadlntelectual establecera un archivo puntos. de poderes, que deb era ser actualizado al menos, cada cinco anos, en el cual se conservaranIos poderes originales 0
Articulo 60. Designac:ion normalizada de numerus de fotoeopias de los mismos coteJadas notari,almente 0 por el solicitudes Secretario del Registre de la Propiedad lntelectual, para los fines de los procedimientos previstos en la Ley 0 en el Las solicitudes de patentey de registro de disefio industrial presente Reglamento, incluyendo la presentacion de se numeraran en series anuales separadas, que comenzaran observaciones. con la primera solicitud presentada en eada ano. El Registro de la Propiedad Intelectual asignara a cada poder El numero de una solicitud se constituira con los cuatro un numero. Bste.debera ser citado por el apoderado 0 digltos del afto de supresentaci6n, seguidos del numero mandatario en toda gestlon en la cual invocara el poder consecutivo de cada Una. EI numero tendra una eantidad correspondlente, no siendo necesario acompanar un ejemplar de digitos fija, a cuyo efectose incluiran ceros al inicio del delmismo. numero de serie de.la solieitud, cuando fuese necesario.
Articulo 64. Devolucionde documentos Los numerosde solicitud de la serie de patentes de lnvenctcn esraran ptecedidos de la letra I; los numeros de El pedido de devoluci6n de documentos se hara porescrito, solicitud de la serie de patentesde modelo de utilidad con indicacion precisa del documento de que se tratay del estaran precedidos de la letra U; y los numeros de solieitud numero de expediente en el cual se encuentra, cuando fuese de la serie de registros de disefto industrial estaran el caso. Tambien podra pedirse la devoluci6n deldocumento precedidos de laletra D. enla solieitud, peticion, observaciones, etc., siempre que se acompane una fotocopia del mismo para que sea agregada a Capitulo XIV los autos. Regist..osy Publicidad Sera aplicable a1 pedido de devoluci6n de documentos 10 Artfculo 61. Rectificacion deerrores materiales dispuesto en el Articulo 10 1 de la Ley. El Registrode la PropiedadIntelectual podra rectificar, de Articulo 65. Publici dad de solicitudes y registros oficio 0 a sollcltudde parte, las omisiones y errores materiales eometidos en los asientos rcgistrales, cuando La publicidad de los registros se hara efectiva mediante los documentos que sustentaron la inscripci6n respectiva consulta, expedici6n de copias 0 fotocopias simples 0 existieran todaviaen las Ofieinas del Registro de la certlficadas, y constancias ocertificaciones expedidas pOT el Propiedad Intelectual. Registro de la Propiedad Intelectual. Se entendera que hay error material, entre otros, cuando se Tambienpodra haeerse mediante listados informaticos y escriban unaspalabras. por otras, 0 se.equivoquen los mediante acceso en linea,por medics electroniccs; en Ia forma nombres propios, razones 0 denominaclones sociales 0 las que determineel Registro de la Propiedad Intelectual. cantidades. Los expedientes de solicitudes y los registros de propiedad
Articulo 62. Presentacion de documentos corregidos inteleetual podran ser consultados durante las horas ordinarias de trabajo del Registrode la Propiedad IntelectuaI, Si el Regrstro de ia Propiedad Intelectual notara elerror en el lugar y cantidad queel Registrador disponga aestos material 0 la omisi6n despues que los documentos 0 tltulos efectos, tomando las medidas necesarias para que no se afeete el trabajo diario.
Articulo 66:PttbUcidadde decisionesjudiciales Articulo 70. Monto y Remulleracioll de Licencla Obligatoria EI Registro delaPropiedad Intelectual anotaratodo mandate A efectosdel Artfcul055, literalb) de Ia Ley, .se.entiende por o resolttcl6ttJlJdicialquele fueseordenado y.comunicado, monto de la Iicencia elpago reatizado poI'el!icenciatario per ya sea conrclaci6rtl1declataci6n delanulidad, revocacion, una sola vezpor el dereehootorgado 0 derechode entrada; renuncia ocancelaci6n de cualquler reglstro. ypor remuneraclcnel, pago.o canon peri6dico a reaHzar por ellieenciatariomientrasdura 1aHeeneia obligatoria. Artl'cul() 67. Operacion iotemadel Registro Artl.culo71.. Coordinaci6n institucional EI Registro de '. la Propiedad IntelectuaI dictara las ciisposicionesnecesarias para su operaclon y A fin de dar cumplimientoaloestablecidoenlos Articulos 128 procedimientos internos, y definira los sistemas de acceso y 138 de Ia Ley. las institueionespublicas Involucradas, aJa,informaci6nregistraly los libros que llevara elRegistro determinaran e1procedimiento para su implementaci6n. dela Propiedad Intelectua1, sin contravenir le-estipulado en.la Leyy ene1 presente Reglamento. El Registro-de la Propiedad Intelectual podra estahlecer mecanismos decoordinaci6'n coninstitucionespublicas y EI Registro de laPropiedad Intelectual mantendra los privadas, de investigacion y do centes, con et objeto de eontaetosneeesarios con otras Ofieinas de Propiedad promover la Inventiva-naclena! y 1adifusi6n y transferencia Intelectual paraasegurary maximlzar 1aarmonia y la de tecnclogias. compatibiIidad entre los procedimientosinternos y los sistemas deinformaci6n. con miras a simpliflcar los tramites Articulo ·72. Elaboraci6ndeManual y Fo·nnularios y facilitar lascomunieaeionesy.el intereambio de informacion y documentaci6n. Se 'aplicaran para estos Se faeulta al Registro delaPropiedad Inteleetualp.araelaborar efeetos lastlormas t6enicas yditectricesinternacionales el Manual deProcedimiento y los formularios respeetivos pUblieadas{)Ol' la Organizaci611Mnndial de laPropiedad para la agilizaci6n detramites en e1Registro que ayudena Inte1eetual(OMPI),queataften a los sistemas. documentos facllitar laa1>lieaci6n de.laLevv el nresente Reglamento. y procedimientos.
Articulo 73 ,PUbUcacion de·Clasificaciones A rllculo68. LiceneiasObligatorias.Monto La clasificacion internaeional que hacen referenda los ];>odrll.n eoncederse Hcencias . obligatoriasunicamente Artrculos 103 Y104 de laLey, seran publica.das en.La Gaceta, despuesdettesafiosde haberse cortcedidola patente. Diario Oficial amas tardar cientocchenta dias( 180), a partir QulensoliciteunaIicencia obhgatorfa debera tener la de la entrada en vigencia del presente Reglamento. eapaeidadtecnicay econcmrcapara realizarunaexplotaclen eficiente de Ia invenci6n patentada, Articulo 74. Vigencia En virtuddel ArtiCUlo 5lde la Ley. el monte de la Iicencia EI presente .Reglamento entrara en vigencia a partir de su obHgatotiasera determinade por el Registroconsiderando pub tlcacion en La Gaeeta, Diario Oficial. el.precio.del mercadoen una situaci6nde norrnalldad. Dado en la ciudad de Managua, Casa Pres idencial, el doce de
Articulo 69 — RequlsitosLicenciaObligatoria .septiembre del afto dosmil'imQ.~ Arnoldo Aleman Lacayo,
Articulo 69. RequlsitosLicenciaObligatoria .septiembre del afto dosmil'imQ.~ Arnoldo Aleman Lacayo, Presidente de la Republica de Nicaragua. - Edgard AntonJo A efectosde los ArticulosS 1 y 52 de la Ley.fapeticicn de Ouerra Duarte, Ministro de Fomento.Industrla y Comercic. una LicenciaObligatori!1 ante el Registro de la Propiedad Intelectual. debera eumpHr con los siguientes requisitos: a) el interes publico 0 emcrgeneia naeional debe estar declaradopor unaautoridad competente; b) si se trata de remediaruna practica anticompetitiva, csta ,debera declararsepor resoluci6n lie·Ia Direcci6n General de Competencia del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio; y C) si se trata del uso no comercial de la invenci6n, la declaratoria la han\ el Ministro Fomento. Industria y Comercio