Decreto Nº 48/06 - Crea las Comisiones Nacionales Sectoriales de la Micros, Pequeñas y Medianas Empresas
صدر في 2006-07-24 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- Caribbean Community (CARICOM)
- الدولة
- نيكاراغوا
- الموضوعات
- Agricultural and rural development, General
- الكلمات المفتاحية
- small and medium enterprises, institution, governance, agricultural development, non-governmental entity, capacity building
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النص
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3. Un representante dellnstituto Nicaragiiense de Apoyo a la Pequena y HADICTADO Mediana Empresa (INPYME), per designaci6n del Director Ejecutivo. EI siguiente La represenlatividad con expresi6n territorial en las Comisiones, el numero de Representantesy lanaturalezadesu membresia, parael casode! llumeral 1, sera materia del Reglamenlo Interne de las Comisiones. 6760 17-08-06 LA GACETA - DlARIO OFlCIAL 160 Arto.7 COOa Comisi6n lutema podrli invitar a representaetes de insntucioaes del sector publico para integrarse a la misma, yaseecon cancer plene 0 puntual, segilncorrespondaa los teereses y prtoridades del sector 0 rama productive correspondiente. Las Comlstones tambito podran iovitar a olros empresarios, tepresentantesdegremios U organismosque apoyanel desarrollode sus secrores, para incorporarlos con carecter plene 0 puntual. Arto.8 La inccrporacion de representarues de instituciones del sector publico, debeni darse pot acueroo entre ellnstituto NicaragUense de Apoyo a la Pequefia y Mediana Empresa (INPYME), y la auloridad superior de las instituciones que corresponda, quien designani a su Representante, segun sus ccmperenclas. Arto.9 La Secretarta Tdcnicade cada Comisi6n recaera en el Institetc Nlcaraguense de Apoyo a la Pequefia y MedianaEmpresa (INPYME), ejercida porel Representsnte designado por eI Director Bjecutivcpara geranuzer el cumpllmientc del presente Decreto, de las Resolucicnes Ejecutivas de creacicn e integtacion de Comisiones, y de la aplicaci6n del Reglamento Interno de las Comisiones. Arto. 10 Son alribuciones de las CNS-MIPYME, las siguientes:
1. Funcicnar como instancias consutuvas y parucipativas, en apoyo a la gestfon estatal, a traces del ejetcicio de la informacion, consulta, concertacidn,coordinaci6n ycooperaci6n.
2. Promcver y hacer propuesras a [a formulaci6n y ejecuclon de politicas, programas. proyectosoacdvidades,paraeldesarrolJosostenible y con equidad del sector objeto de su creacrcn.
3. Propiciarde maneraefectiva lacompJememariedad,entreproyectos y organismosque apoyan al desarrollo del sector 0 rama produetiva.
4. Promover la competinvidad de las empreses de su sector, tanto en el mercado interne como en el de exportation. 5.ldenlificar)' proponer sonrctones a los pnnctpales problemas de las micros,pequenes)' rnedianas empresas peneneciemes al sector,objeto desu creecton.
6. Oivulgarlas tniciativas, actividades, proyectos y progremeeante los empresarios de susector,as!como laslecelonesaprendidas,laejecutoria y la rendtcion de cuentas de 10 actuado en ceda cornisi6n. Arto.ll En cumplimiemo al presente Decrero, los empresarios 0 representantes desjgnacos pOT gremios, coma miembros de las Comisianes deberanejercer Sus funclcnes pet un perlodo de dos enos, sinderechoa reeeccon. El reglamento Interno de laComisi6n.estableoeTli el procedimiento para la sustitucion de dtchos empresarios 0 representantes. Arw.l1 EIINPYME, dictarael Reglamento InternodelasComisiones, 30 dias desputs de la entrada en vigencia del presente Decreta. Arto.I3 E1 presenteDecretoentrarlienvigenciaapartirdesu publicaci6n en La Gaceta,Diario Ofielal. Dadoenlaciudadde Manllg\la, Casa Presidencial, elveinticuatrodejulio del aliodos milsets. ENRIQUE BOLAAOS GEYER. Presidentede I, Republica de Nicaragua.- Juliu Cesar Teran Murphy, Ministro de Pcmemo Industria y Comercio por la Ley. 6761