Decreto Nº 2-2018 ─ Modifica el Decreto Nº 43-98, Reglamento de la Ley de exploración y explotación de hidrocarburos, y su reforma
صدر في 2018-01-29 · النص بتاريخ 2026-10-01
القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.
البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.
عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- الدولة
- نيكاراغوا
- الموضوعات
- Mineral resources
- الكلمات المفتاحية
- oil, mining, exploration, transport/storage, pollution control, legal proceedings/administrative proceedings, offences/penalties, authorization/permit
- الفئات
- energy
أين تقرؤه
لا يوجد رابط مصدر مسجل لهذا القانون.
النص
نص القانون نفسه، مادةً مادة، كما هو محفوظ. لكل مادة رابطها.
Artículo 1. Se reforma el numeral 4) del artículo 18, del Decreto No. 43-98, "Reglamento a la Ley Especial de Exploración y Explotación de Hidrocarburos", publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 117, del 24 de junio de 1998, y su reforma contenida en el Decreto No. 29-2014, el que se leerá así:
"Artículo 18. Para evaluar la capacidad técnico-financiera, las personas interesadas en celebrar un Contrato deberán presentar, al menos, la siguiente información: X. Capacidad Jurídica: .. .4) Instrumentos que demuestren el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1 bis de la presente reforma, en el que conste la participación de PETRONIC; se exceptúa de lo anterior los casos de concurrencia de oferta que sigan el procedimiento de licitación pública, los que deberán suscribirse de previo a la negociación y firma de los Contratos."
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintinueve de enero del año dos mil dieciocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Salvador Mansell Castrillo, Ministro de Energía y Minas.