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قوانين المكسيك

Reglamento de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía

صدر في 2001-08-15 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
المكسيك
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance

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  1. Articulo 1.- La Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia, es un 6rgano desconcentrado de la Secretaria de Energia, tiene a su cargo el desempeno de las atribuciones y facultades senaladas en el decreto de su creaci6n publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 20 de septiembre de 1999, asi coma en otros ordenamientos legales y administrativos y las que le encomiende el Secretario de Energia, dentro del ambito de sus facultades.

  2. Articulo 2.- Para el despacho de las asuntos que le competen, Ia Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia, estara integrada de Ia siguiente manera: Comite Tecnico; Direcci6n General; Secretaria Ejecutiva; Coordinaci6n de Oferta Electrica, Procesos Termicos y Transporte; Coordinaci6n de Normalizaci6n y Demanda Electrica; Direcci6n de Ahorro de Energia en el Transporte; Direcci6n de Asistencia Tecnica en Procesos Termicos; Direcci6n de Energias Renovables y Cogeneraci6n; Direcci6n de Normalizaci6n; Direcci6n de Demanda Electrica; Direcci6n de Enlace y Programas Regionales; Direcci6n de Administraci6n y Desarrollo de Personal; Direcci6n de Recursos Materiales y Servicios Generales, y Unidades de Enlace para la Eficiencia Energetica (U3E). La Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia contara, asimismo, con las unidades subalternas que se establezcan en el Manual de Organizaci6n General de la Comisi6n. La Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia contara con un 6rgano interno de control, que se regira conforme a lo dispuesto par el capitulo VIII de este reglamento o, en su caso, de conformidad con el articulo 47 del Reglamento Interior de la Secretaria de Energia.

  3. Articulo 3.- La Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia, a traves de sus areas subalternas y servidores publicos autorizados, realizara sus actividades de manera programada conforme al Sistema Nacional de Planeaci6n Democratica y con base a las politicas que, para el logro de las objetivos y prioridades del desarrollo nacional, se establezcan en el Plan Nacional de Desarrollo y Programa Sectorial. Capitulo Segundo Del funcionamiento y de las facultades del comite tecnico

  4. Articulo 4.- El Secretario de Energia preside el Comite Tecnico de la Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia. Dicho Comite estara integrado de Ia siguiente manera: Un representante designado par cada uno de las titulares de las secretarias de Hacienda y Credito Publico; de Media Ambiente y Recursos Naturales; de Comunicaciones y Transportes; de Economia; y de Educaci6n Publica, y par tres representantes de Ia Secretaria de Energia. Tambien forman parte del Comite Tecnico a invitaci6n de su Presidente, las representantes designados par las Directores Generales de Petr61eos Mexicanos, de Ia Comisi6n Federal de Electricidad y de Luz y Fuerza del Centro. Los representantes deberan tener, coma minima, nivel de Director General o equivalente; las representantes podran designar a sus respectivos suplentes.

  5. Articulo 5.- El Comite Tecnico sesionara validamente y sus decisiones seran obligatorias, cuando se reunan Ia mitad mas uno de sus miembros. Las decisiones se tomaran par mayoria de votos presentes. En caso de empate, el Presidente tendra voto de calidad.

  6. Articulo 6.- El Comite Tecnico tendra las siguientes facultades: I. Aprobar el Reglamento Interior y vigilar su cumplimiento; II. Tramitar, par conducto de Ia Secretaria de Energia, ante Ia Secretaria de Hacienda y Credito Publico Ia autorizaci6n de las contraprestaciones par las servicios que preste Ia Comisi6n y las lineamientos para Ia realizaci6n de actos que respalden actividades de fomento de Ia eficiencia energetica con las distintos sectores de Ia sociedad; III. Proponer, en su caso, el programa y presupuesto anual de Ia Comisi6n a Ia Secretaria de Energia, para someterlo a Ia autorizaci6n de Ia Secretaria de Hacienda y Credito Publico; IV. Invitar a sus sesiones, a propuesta de cualesquiera de sus miembros, a las representantes de las sectores publico, social y privado cuyas actividades estan relacionadas con el objeto de Ia Comisi6n o con las asuntos a tratar en una sesi6n; V. Establecer las bases de selecci6n del personal directivo y tecnico que habra de prestar servicios en Ia Comisi6n, sabre criterios de suficiencia de conocimientos tecnicos adquiridos y probada experiencia profesional o academica en Ia materia objeto de este Reglamento, y VI. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretaci6n o aplicaci6n de este Reglamento, y sabre las casos no previstos en el mismo. Capitulo Tercero De las facultades del director general

  7. Articulo 7.- Al frente de Ia Comisi6n estara un Director General designado par el Secretario de Energia, quien tendra ademas de las facultades senaladas en el Decreto de creaci6n de la Comisi6n y en el Reglamento Interior de la Secretaria de Energia, las siguientes: I. Coordinar las trabajos de la Comisi6n; II. Instrumentar, ejecutar y vigilar la aplicaci6n de las politicas internas; III. Presentar al Comite Tecnico, para su consideraci6n, el proyecto de Reglamento Interior de la Comisi6n; IV. Proponer al Comite Tecnico el nombramiento del Secretario Ejecutivo; V. Nombrar y remover al resto del personal de la Comisi6n; VI. Formular anualmente el anteproyecto de presupuesto de la Comisi6n; VII. Publicar un informe anual sabre el desempeno de las funciones de la Comisi6n; VIII. Ejecutar las acuerdos del Comite Tecnico y, en general, realizar las actividades necesarias para el debido cumplimiento de las funciones y de las programas de la Comisi6n; IX. Presidir el Comite Consultivo Nacional de Normalizaci6n para la Preservaci6n y Uso Racional de las Recursos Energeticos (CCNNPURRE); X. Cumplir con lo senalado en la Ley Federal sabre Metrologia y Normalizaci6n y su Reglamento, en particular con las capitulos II y V, comprendidos en el titulo tercero de ambos ordenamientos, en lo referente a la elaboraci6n y modificaci6n de las normas oficiales mexicanas, asi coma al funcionamiento y competencia de las Comites Consultivos Nacionales de Normalizaci6n; XI. Certificar, verificar e inspeccionar la aplicaci6n y el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, que en la materia de eficiencia energetica se expidan; XII. Planear y coordinar las estrategias de promoci6n, difusi6n e informaci6n que aseguren la comunicaci6n, el conocimiento y el aprovechamiento de las programas, servicios tecnicos y productos de la Comisi6n, en las sectores publico, social y privado; XIII. Identificar en el territorio nacional, areas de oportunidad a favor del fomento del ahorro y uso eficiente de la energia, asi coma del aprovechamiento de las energias renovables en las sectores publico, social y privado; XIV. Concertar convenios de colaboraci6n con instituciones de educaci6n superior, asociaciones de profesionistas y camaras industriales y de comercio de las entidades federativas del pais, para fomentar el desarrollo de programas conjuntos en materia de ahorro y uso eficiente de la energia; XV. Coordinar con las areas tecnicas de la Comisi6n, el esquema de trabajo bajo el cual participen las consultores y empresas especializadas en la realizaci6n de acciones para fomentar el ahorro y uso eficiente de la energia; XVI. Planear y coordinar la operaci6n y logistica de las Unidades de Enlace para la Eficiencia Energetica (U3E), para la promoci6n de las programas, servicios tecnicos y productos de la Comisi6n, en las sectores publico, social y privado en las entidades del pais; XVII. Concertar el establecimiento de Puertas de Atenci6n CONAE (PAC), para la promoci6n de las programas, asistencia tecnica y productos que proporciona la Comisi6n, a traves del . aprovechamiento en la pagina de la Comisi6n y sitios web de la Internet; XVIII.Proponer las mecanismos y estrategias de financiamiento, sean publicos, privados, nacionales e internacionales, a fin de obtener mayor acceso a fondos que permitan la instrumentaci6n de programas y acciones en materia de su competencia, asi coma coordinar la evaluaci6n de las impactos energeticos, econ6micos y ambientales de las diversos programas de la Comisi6n; XIX. Establecer objetivos estrategicos y metas anuales de la Comisi6n con base en la creaci6n de escenarios y prospectivas con el fin de determinar las repercusiones de las acciones de eficiencia energetica en las tendencias de la oferta y demanda de energia en el pais y evaluar, las impactos energeticos, econ6micos y ambientales de las diversos programas de la Comisi6n; XX. Coordinar la aplicaci6n de tecnologias y sistemas de informaci6n, a fin de que las diferentes areas de la Comisi6n cuenten con informaci6n precisa, accesible y oportuna para el analisis y la toma de decisiones; XXI. Establecer las bases y lineamientos para la constituci6n y operaci6n de las sistemas de administraci6n de las recursos humanos, financieros y materiales; asi coma lo relativo a la prestaci6n de servicios de apoyo general administrativo, y de otorgamiento de servicios sociales a las trabajadores de la Comisi6n y a sus familiares derechohabientes; XXII. Definir las mecanismos y lineamientos para instrumentar el proceso interno de programaci6n, presupuestaci6n, evaluaci6n, control presupuestario y contabilidad, asi coma autorizar las erogaciones y vigilar el ejercicio del presupuesto asignado a la Comisi6n; XXIII. Participar en las subcomites internos de la Comisi6n de Energia, en las que sea convocado y desempenar las funciones que le sean establecidas par las 6rganos colegiados que operen en la Comisi6n, en el ambito de sus atribuciones; XXIV. Proponer, fomentar y difundir programas de protecci6n civil en el ambito de la Comisi6n, asi coma evaluar sus resultados y mantener comunicaci6n y coordinaci6n con el sistema de protecci6n civil; XXV. Fijar las directrices para implementar, operar, controlar y evaluar el sistema de administraci6n y desarrollo de personal de la Comisi6n y vigilar su permanente actualizaci6n, asi coma validar la situaci6n contractual entre la Comisi6n y las servidores publicos que laboran en ella, autorizando y emitiendo las nombramientos correspondientes; XXVI.Determinar la metodologia para la elaboraci6n del Manual de Organizaci6n General de la Comisi6n y para las manuales de organizaci6n especificos, de procedimientos y demas documentos administrativos; XXVII.Emitir las bases y las lineamientos para el establecimiento y operaci6n de las sistemas de contabilidad, desarrollo informatico, telecomunicaciones y en materia editorial de la Comisi6n; XXVIII.Proponer la realizaci6n de estudios sabre la organizaci6n de las areas de la Comisi6n, asi coma vigilar la instrumentaci6n de las resultados que procedan, y XXIX. Las que le confieran las leyes, reglamentos, acuerdos y demas ordenamientos juridicos aplicables, asi coma el Comite Tecnico y el Secretario de Energia.

  8. Articulo 8.- Para el buen desempeno de las funciones de Ia Comisi6n, el Director General se auxiliara de un Secretario Ejecutivo, Coordinadores, Directores, Subdirectores y Jefes de Departamento, asi coma par el personal tecnico administrativo necesario, que figure en el presupuesto autorizado. Capitulo Cuarto De las facultades del secretario ejecutivo

  9. Articulo 9.- Al frente de Ia Secretaria Ejecutiva habra un Secretario Ejecutivo, designado mediante propuesta del Director General ante el Comite Tecnico de Ia Comisi6n, el cual estara adscrito directamente al Director General, acordara con este el despacho de las asuntos de su competencia, teniendo las siguientes facultades: I. Coordinar la planeaci6n, organizaci6n y control de las areas sustantivas adscritas a la Comisi6n, para que estas se sujeten a las lineamientos establecidos par la Direcci6n General, para la ejecuci6n de las programas nacionales en materia de ahorro y uso eficiente de energia y el fomento del aprovechamiento de energias renovables; II. Coordinar la formulaci6n de las programas de operaci6n, inversion y financiamiento que se requieran a corto, mediano y largo plaza para verificar el cumplimiento de las acciones en materia de fomento de la eficiencia en el uso de energia y el aprovechamiento de energias renovables; III. Coordinar con las areas sustantivas la colaboraci6n y promoci6n de la investigaci6n cientifica y tecnol6gica en materia de ahorro y uso eficiente de energia, asi coma del aprovechamiento de energias renovables; IV. Coordinar las estrategias y acciones para brindar asistencia tecnica a las sectores publico, privado y social, para asegurar que se realicen con niveles 6ptimos de calidad, en cuanto a las tecnicas y metodologias utilizadas; V. Coordinar la integraci6n de informaci6n en materia de ahorro y uso eficiente de energia, para su posterior analisis y difusi6n, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; VI. Coordinar las actividades de difusi6n de las programas estrategicos de la Comisi6n, en las medias de comunicaci6n nacionales e internacionales; VII. Coordinar la instrumentaci6n y el desarrollo de normas oficiales mexicanas, conjuntamente con las areas sustantivas de la Comisi6n, para que cumplan con las disposiciones legales aplicables, en coordinaci6n con las dependencias que tengan facultades para expedirlas en el ramo del ahorro y uso eficiente de la energia y, aprovechamiento de energias renovables; VIII.Asegurar el cumplimiento de las procedimientos y lineamientos para la aplicaci6n de las contraprestaciones par las servicios que preste la Comisi6n, para la realizaci6n de actos que respalden actividades de fomento de la eficiencia energetica con las distintos sectores de la sociedad; IX. Coordinar y evaluar las politicas y medidas tecnicas y administrativas tendientes a elevar el nivel de eficiencia y organizaci6n; X. Coordinar las reuniones del Comite Tecnico, ante las dependencias y entidades res pectivas; XI. Asegurar el seguimiento del cumplimiento de programas y acuerdos establecidos en el Comite Tecnico; XII. Coordinar la participaci6n de dependencias y entidades que integran al Comite Tecnico; XIII.Coordinar y asegurar la formalizaci6n de actas, que se lleven a cabo en el seno del Comite Tecnico, y XIV.Las demas que le confieran las disposiciones juridicas aplicables y el Director General, dentro de Ia esfera de sus facultades. Capitulo Quinto De las facultades genericas de los coordinadores

  10. Articulo 10.- Al frente de cada Coordinaci6n, habra un Coordinador, quien para el desempeno de sus funciones se apoyara en las Directores y Subdirectores de Area, y Jefes de Departamento, asi coma par el personal tecnico y administrativo necesario, dentro del presupuesto autorizado.

  11. Articulo 11.- Los Directores de Area, Subdirectores de Area y las Jefes de Departamento quedan facultados para realizar las actividades que son propias de Ia Coordinaci6n en Ia que prestan sus servicios, respecto al tramite de las asuntos que se les hayan encomendado hasta su soluci6n, en el ambito de sus respectivas responsabilidades y previa autorizaci6n del Coordinador correspondiente, y en las casos de la Direcci6n de Asuntos Juridicos y la Subdirecci6n de Asuntos Internacionales lo haran con base en las indicaciones del Director General.

  12. Articulo 12.- Corresponde a cada uno de las Coordinadores de Ia Comisi6n realizar las siguientes facultades genericas: I. Planear, programar, organizar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar, las actividades encomendadas a Ia Coordinaci6n a su cargo; II. Acordar con el Director General el despacho de las asuntos relevantes que son responsabilidad de Ia Coordinaci6n que preside; III. Formular las estudios, dictamenes e informes que le sean encomendados; IV. Establecer las sistemas requeridos para lograr el control y mejoramiento de Ia eficiencia operativa en Ia Coordinaci6n a su cargo, de acuerdo a las disposiciones de organizaci6n y funcionamiento de Ia Comisi6n; V. Proporcionar, conforme a la normatividad aplicable, las informes y Ia cooperaci6n tecnica que le requieran otras areas de Ia Comisi6n, Ia Secretaria de Energia, y otras dependencias y entidades de Ia Administraci6n Publica Federal, asi coma del sector privado y las particulares; VI. Presentar y acordar con el Director General y, en su caso, con el Secretario Ejecutivo el programa de trabajo de Ia Coordinaci6n a su cargo, asi coma ejecutarlo en forma correcta y oportuna; VII. Participar en Ia elaboraci6n de su manual de organizaci6n especifico, de procedimientos administrativos, y de servicios de orientaci6n y asesoria tecnica correspondientes a Ia Coordinaci6n a su cargo, conforme a las lineamientos establecidos par Ia Direcci6n General y Ia Secretaria Ejecutiva; VIII. Desempenar las comisiones que determinen el Director General y, en su caso, el Secretario Ejecutivo, asi coma cuando se le designe representar a Ia Comisi6n en las eventos que se realicen; IX. Suscribir las documentos relativos al ejercicio de sus facultades o de las que sean senaladas par delegaci6n o le corresponda par suplencia, y X. Las demas que en el ambito de su competencia, le confieran otras disposiciones juridicas aplicables o el Director General, y en ausencia de este el Secretario Ejecutivo. Capitulo Sexto De las atribuciones especificas de las coordinaciones

  13. Articulo 13.- La Coordinaci6n de Oferta Electrica, Procesos Termicos y Transporte, tendra las siguientes atribuciones: I. Planear y coordinar la concentraci6n de acciones con las dependencias y entidades de la Administraci6n Publica Federal, entidades federativas y municipios, tendientes a fomentar el ahorro de energia en el transporte, el uso eficiente de los energeticos mediante la aplicaci6n de la cogeneraci6n, optimizaci6n de los procesos termicos, asi como del aprovechamiento de las energias renovables; lo anterior en el ambito de los sectores publico, privado y social; II. Proponer las estrategias, lineamientos e iniciativas para el uso eficiente de la energia utilizada en el transporte; para la aplicaci6n de sistemas de cogeneraci6n, para la optimizaci6n de procesos termicos y para el aprovechamiento de energias renovables en los sectores publico, privado y social; III. Establecer actividades de apoyo y fomento a la investigaci6n cientifica y tecnol6gica que coadyuven a eficientar el transporte, los sistemas de cogeneraci6n, los metodos de optimizaci6n de procesos termicos y el uso de energias renovables; IV. Coordinar las acciones de apoyo para la obtenci6n de financiamientos publicos y privados, con el fin de realizar proyectos de ahorro de energia en el transporte, en sistemas de cogeneraci6n, en procesos termicos y en el aprovechamiento de energias renovables; V. Coordinar grupos de trabajo tecnicos que promuevan el desarrollo, fabricaci6n y utilizaci6n de productos y tecnologias enfocadas al ahorro y uso eficiente de la energia en el transporte, en sistemas de cogeneraci6n, en procesos termicos y en el aprovechamiento de energias renovables; VI. Definir las estrategias que faciliten la participaci6n de empresas especializadas y consultores, en la realizaci6n de acciones de fomento del uso eficiente de energia en el transporte, en sistemas de cogeneraci6n, en procesos termicos y en el aprovechamiento de energias renovables; VII. Planear y coordinar las actividades para otorgar servicios de asesoria tecnica en los sectores publico, social y privado, para el ahorro de energia en el transporte, en sistemas de cogeneraci6n, en procesos termicos y en el aprovechamiento de energias renovables; VIII.Establecer mecanismos para integrar la informaci6n de calidad sobre ahorro y uso eficiente de energia, proveniente de especialistas que realizan estas actividades en los procesos termicos y en el transporte, asi como a traves de la cogeneraci6n y el aprovechamiento de las energias renovables; lo anterior con objeto de apoyar la difusi6n de sus resultados; IX. Proponer la elaboraci6n de normas oficiales mexicanas y coordinar las actividades de apoyo a la Coordinaci6n de Normalizaci6n y Demanda Electrica para el desarrollo de las mismas, en materia de eficiencia energetica en el transporte, en sistemas de cogeneraci6n, en procesos termicos y en el aprovechamiento de energias renovables; X. Coordinar las acciones para la identificaci6n de barreras y propuestas de modificaci6n al marco regulatorio, para el desarrollo de cogeneraci6n y otorgar asistencia respecto del mismo; XI. Coordinar la formaci6n de comites y grupos de trabajo, para la promoci6n del uso de sistemas de cogeneraci6n, y XII.Las demas que le confieran las disposiciones juridicas aplicables y el Director General, dentro de Ia esfera de sus facultades.

  14. Articulo 14.- La Coordinaci6n de Normalizaci6n y Demanda Electrica, tendra las siguientes atribuciones: I. Coordinar con las autoridades federales competentes y con las asociaciones y camaras industriales y de comercio en las actividades de elaboraci6n y aprobaci6n de las proyectos para la aplicaci6n de Normas Oficiales Mexicanas de Eficiencia Energetica (NOM-ENER); asi coma la planeaci6n para la formulaci6n de las proyectos de las mismas; II. Fungir coma Secretario del Comite Consultivo Nacional de Normalizaci6n para la Preservaci6n y Uso Racional de las Recursos Energeticos (CCNNPURRE); III. Coordinar la elaboraci6n de las Manifestaciones de Impacto Regulatorio (MIR) de las normas que emita la Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia; IV. Planear, en coordinaci6n con las sectores publico, privado y social, acciones necesarias para fomentar el uso eficiente y racional de la energia electrica; V. Coordinar y evaluar las programas para fomentar el uso eficiente y racional de la energia electrica; VI. Coordinar la elaboraci6n del Programa Anual de Normalizaci6n del Comite Consultivo Nacional de Normalizaci6n para la Preservaci6n y Uso Racional de las Recursos Energeticos (CCNNPURRE) y someterlo a su consideraci6n, asi coma de la Comisi6n Nacional de Normalizaci6n; VII. Coordinar las actividades de apoyo tecnico y fomento a la investigaci6n cientifica y tecnol6gica en materia de ahorro y uso eficiente de energia electrica; VIII.Establecer las lineamientos para la participaci6n de consultores y empresas especializadas para . realizar acciones que permitan el fomento de la eficiencia en el uso de energia electrica; IX. Coordinar las actividades de apoyo y promoci6n de la certificaci6n de productos y verificaci6n de sistemas, con el objeto de asegurar la cabal aplicaci6n de las NOM-ENER; X. Coordinar las servicios de asesoria a las sectores publico, privado y social para el ahorro y uso eficiente de energia electrica; XI. Coordinar las actividades de difusi6n de las NOM-ENER y de apoyos tecnicos necesarios para promover su aplicaci6n; XII. Coordinar las actividades del CCNNPURRE con otros Comites Consultivos Nacionales de Normalizaci6n para la elaboraci6n de normas en forma conjunta, propuestas par el CCNNPURRE; XIII.Gestionar las convenios necesarios a establecer para el fomento a la investigaci6n cientifica y tecnol6gica referentes a normalizaci6n en eficiencia energetica, y XIV.Las demas que le confieran las disposiciones juridicas aplicables y el Director General, dentro de Ia esfera de sus facultades. Capitulo Septimo De las atribuciones especificas de las direcciones

  15. Articulo 15.- La Direcci6n de Ahorro de Energia en el Transporte tendra las siguientes atribuciones: I. Coordinar con las dependencias publicas, entidades paraestatales y organizaciones del sector privado, programas y proyectos de ahorro de energia en el transporte, en sus areas de influencia respectiva; II. Facilitar las mecanismos y esquemas de promoci6n con las dependencias gubernamentales, privadas, educativas y cientificas relacionadas a las proyectos de ahorro de energia en el transporte; III. Establecer y dirigir las lineamientos y acciones para la elaboraci6n de programas de ahorro y uso eficiente de energia en el sector transporte; IV. Planear y organizar la realizaci6n de estudios y proyectos en empresas del autotransporte y del transporte ferroviario, maritimo y aereo; V. Definir las lineamientos para la investigaci6n tecnol6gica en lo correspondiente a la eficiencia energetica del sector transporte; VI. Evaluar las fuentes de financiamiento que permitan la consecuci6n de proyectos integrales o individuales de ahorro de energia en el transporte; VII. Coordinar las actividades que definan las procedimientos de evaluaci6n tecnica, econ6mica y ecol6gica de las proyectos de ahorro de energia en el transporte; VIII.Establecer las mecanismos para el desarrollo de tecnologias de eficiencia energetica, a traves de organismos oficiales, de fabricantes de equipo y en las propias organizaciones de transporte; IX. Definir las lineamientos para la formaci6n de grupos de trabajo que evaluen la utilizaci6n de productos y tecnologias para favorecer la eficiencia energetica en el transporte; X. Definir las mecanismos para lograr la participaci6n de empresas especializadas y de consultores en las acciones de ahorro de energia del sector transporte; XI. Dirigir las acciones tendientes a lograr las nexos entre consultores especializados y operarios del transporte para el uso eficiente de la energia; XII. Definir el desarrollo de mecanismos para consolidar las esquemas de asistencia tecnica respecto del ahorro de energia en el sector transporte; XIII.Dirigir el diseno de metodologias que tenga coma fin eficientar energeticamente el transporte; XIV.Establecer el apoyo para la capacitaci6n sabre tecnologias y metodos de eficiencia energetica para el transporte, aprovechando las sistemas actuales de informaci6n y telecomunicaciones; XV. Coordinar las actividades para obtener informaci6n sabre resultados de proyectos de ahorro de energia en el transporte y proponer su difusi6n; XVI.Definir a traves del Comite Consultivo Nacional de Normalizaci6n para la Preservaci6n y Uso Racional de las Recursos Energeticos, el desarrollo de la normatividad de eficiencia energetica de vehiculos y equipos para el transporte, y XVII.Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n.

  16. Articulo 16.- La Direcci6n de Asistencia Tecnica en Procesos Termicos tendra las siguientes atribuciones: I. Definir las estrategias, asi coma las contenidos de las diversos documentos tecnicos o metodologias para la diseminaci6n de las acciones tendientes a la eficiencia energetica en el campo de la energia termica en las sectores privado y paraestatal; II. Planear y programar la estrategia para la implementaci6n de las programas nacionales de ahorro de energia termica; III. Disenar y proponer las lineamientos para establecer convenios de colaboraci6n con institutos de investigaci6n cientifica y tecnol6gica en acciones tendientes al uso racional y eficiente de energia termica; IV. Establecer programas de ahorro y uso racional de la energia termica asignados a las centros de investigaci6n con la finalidad de garantizar su oportunidad; V. Establecer las lineamientos para sustentar la obtenci6n de financiamientos de proyectos energeticos que conlleven el uso racional y eficiente de la energia termica; VI. Proponer mecanismos para la coordinaci6n de grupos interdisciplinarios que coadyuven a analizar y fomentar la oferta de tecnologia de punta a implementar en procesos termicos; VII. Establecer disposiciones tecnicas para el desarrollo de proyectos de eficiencia energetica termica a realizarse par consultores o empresas especializadas; VIII.Planear y programar las estrategias para otorgar el servicio de asistencia tecnica a usuarios de las sectores privado y paraestatal para optimizar el consumo de energia termica; IX. Evaluar y, en su caso, someter a aprobaci6n las resultados derivados de proyectos termicos ejecutados par personas especializadas, con la finalidad de preparar las documentos tecnicos para su difusi6n correspondiente; X. Proponer las convenios a establecer con las diferentes niveles de Gobierno para el aprovechamiento de energias renovables en el pais, y XI. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n.

  17. Articulo 17.- La Direcci6n de Energias Renovables y Cogeneraci6n tendra las siguientes atribuciones: I. Disenar y ejecutar las estrategias y lineamientos para el fomento del aprovechamiento de las energias renovables en el pais; II. Disenar y ejecutar las estrategias y lineamientos para el fomento del aprovechamiento de las energias renovables y la aplicaci6n de tecnologias y sistemas de cogeneraci6n; III. Proponer convenios de apoyo y fomento a la investigaci6n cientifica y tecnol6gica que coadyuven a eficientar el uso de energias renovables y las sistemas de cogeneraci6n; IV. Establecer las lineamientos que aseguren la obtenci6n de recursos financieros, que permitan el desarrollo de proyectos con energias renovables; V. Dirigir el desempeno de las grupos de trabajo tecnicos en las que se promueva el desarrollo, fabricaci6n y utilizaci6n de productos y tecnologias enfocadas al aprovechamiento de las energias renovables; VI. Disenar, establecer y ejecutar las lineamientos para la participaci6n de empresas, organizaciones especializadas y consultores expertos, en las acciones de fomento en el aprovechamiento de energias renovables y sistemas de cogeneraci6n; VII. Establecer las lineamientos para el otorgamiento de asesoria tecnica que faciliten el aprovechamiento de las energias renovables y la aplicaci6n de sistemas y tecnologias de cogeneraci6n; VIII.Evaluar y determinar la informaci6n mas relevante de las proyectos de aprovechamiento de energias renovables, para difundirla y fomentar su aplicaci6n; IX. Organizar y dirigir las eventos nacionales e internacionales, con la participaci6n de expertos en energias renovables, para difundir las avances tecnol6gicos mundiales; X. Coordinar grupos de trabajo que permitan determinar y recomendar las requerimientos de normalizaci6n en las aplicaciones tecnol6gicas y de procedimiento, que faciliten el aprovechamiento de las energias renovables y la cogeneraci6n; XI. Proporcionar apoyo a la Coordinaci6n de Normalizaci6n y Demanda Electrica para la elaboraci6n de las normas oficiales mexicanas en materia de energias renovables y sistemas de cogeneraci6n, y XII. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n.

  18. Articulo 18.- La Direcci6n de Normalizaci6n tendra las siguientes atribuciones: I. Gestionar con las asociaciones y camaras industriales y de comercio las actividades necesarias para la elaboraci6n y aplicaci6n de las Normas Oficiales Mexicanas de Eficiencia Energetica (NOM-ENER); II. Supervisar las actividades para la elaboraci6n y aprobaci6n de las proyectos de las NOM-ENER; III. Supervisar la integraci6n de las grupos de trabajo para la elaboraci6n de las NOM-ENER; IV. Evaluar las propuestas de las apoyos tecnicos necesarios para la elaboraci6n de las NOM-ENER; V. Gestionar la publicaci6n en el Diario Oficial de la Federaci6n las respuestas a las comentarios recibidos a las proyectos de NOM-ENER, asi coma de las NOM- ENER; VI. Planear y supervisar la elaboraci6n del Programa Anual de Normalizaci6n del CCNNPURRE; VII. Planear y supervisar las estudios que conlleven a la elaboraci6n de las Manifestaciones de Impacto Regulatorio (MIR) de las anteproyectos de las NOM-ENER; VIII.Supervisar la aprobaci6n que emite la Comisi6n, sabre las organismos de certificaci6n, laboratorios de prueba y unidades de verificaci6n, de acuerdo con las NOM-ENER; IX. Coordinar las actividades para la realizaci6n de las estudios de comparaci6n de pruebas entre las laboratorios acreditados y aprobados, para realizar pruebas de acuerdo con las NOM-ENER; X. Coordinar la interacci6n entre el CCNNPURRE y las organismos para la evaluaci6n de la conformidad con las NOM-ENER para facilitar el proceso de certificaci6n y verificaci6n; XI. Proponer y planear las actividades de difusi6n de las NOM-ENER; XII. Coordinar con las areas correspondientes las actividades e informaci6n a difundir en materia de Normalizaci6n; XIII.Organizar las grupos de trabajo y gestionar la participaci6n de las representantes de las otros Comites Consultivos Nacionales de Normalizaci6n; XIV.Proponer las convenios a establecer con instituciones de investigaci6n y desarrollo necesarios en materia de Normalizaci6n, y XV. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n.

  19. Articulo 19.- La Direcci6n de Demanda Electrica tendra las siguientes atribuciones: I. Evaluar y supervisar las acciones necesarias para fomentar el uso eficiente y racional de la energia electrica; II. Planear y supervisar el desarrollo de las programas para fomentar el uso eficiente y racional de la energia electrica; III. Establecer las actividades de apoyo tecnico y fomento a la investigaci6n cientifica y tecnol6gica en materia de ahorro y uso eficiente de energia electrica; IV. Planear de acuerdo a las lineamientos establecidos, la participaci6n de consultores y empresas especializadas en la realizaci6n de las acciones para fomentar la eficiencia en el uso de energia electrica; V. Establecer y dirigir las servicios de asesoria a las sectores publico, privado y social para el ahorro y uso eficiente de energia electrica; VI. Establecer las lineamientos para la integraci6n y analisis de la informaci6n sabre ahorro de energia electrica, y VII. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n.

  20. Articulo 20.- La Direcci6n de Enlace y Programas Regionales tendra las siguientes atribuciones: I. Establecer las programas, proyectos y acciones, para fomentar el conocimiento y el aprovechamiento de las programas, servicios tecnicos y productos de la Comisi6n en las sectores publico, privado y social; II. Evaluar con las areas tecnicas las acciones necesarias para el aprovechamiento de areas de oportunidad de fomento al ahorro y uso eficiente de la energia, asi coma el aprovechamiento de las energias renovables; III. Coordinar y consolidar la integraci6n de las Puertas de Atenci6n CONAE (PAC), en aquellas instituciones de educaci6n superior, asociaciones de profesionistas y camaras industriales y de comercio de las entidades federativas del pais, interesadas en fomentar el desarrollo de programas conjuntos en materia de ahorro y uso racional de energia; IV. Comunicar y supervisar las lineamientos de promoci6n, para la aplicaci6n de esquemas integrales de ahorro de energia en proyectos y programas, de acuerdo al sector que corresponda; V. Comunicar y supervisar las lineamientos y acciones, mediante las cuales se controlara la participaci6n de consultores y empresas especializadas en la materia, coordinadamente con las Unidades de Enlace para la Eficiencia Energetica (U3E); VI. Supervisar y controlar la operaci6n de las Unidades de Enlace para la Eficiencia Energetica (U3E), para la promoci6n de las programas, servicios tecnicos y productos de la Comisi6n en las sectores publico, privado y social; VII. Disenar y supervisar las lineamientos de operaci6n, mediante las cuales las Unidades de Enlace para la Eficiencia Energetica (U3E) y las Puertas de Atenci6n Conae (PAC), llevaran a cabo las estrategias de promoci6n de las programas, asistencia tecnica y productos que proporciona la Comisi6n; VIII.Comunicar la estrategia de difusi6n y supervisar a las Unidades de Enlace para la Eficiencia Energetica (U3E) en el desarrollo de las actividades que se deriven de la misma, y IX.Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n.

  21. Articulo 21.- La Direcci6n de Administraci6n y Desarrollo de Personal tendra las siguientes atribuciones: I. Establecer y aplicar las politicas, normas y lineamientos internos en la administraci6n de personal con el fin de cumplir con la normatividad vigente en la materia; II. Proporcionar en tiempo y forma el pago de las remuneraciones de las servidores publicos de la Comisi6n, con base en el catalogo de puestos y tabuladores de sueldos autorizados par la Secretaria de Hacienda y Credito Publico; III. Coordinar y autorizar las pagos a terceros institucionales generados par el otorgamiento de prestaciones al personal adscrito a la Comisi6n; IV. Establecer las lineamientos para la integraci6n de las manuales de organizaci6n y de . procedimientos de la Comisi6n, con objeto de someterlos a la aprobaci6n y, en su caso, a la autorizaci6n de la Direcci6n General; asimismo, dirigir y coordinar la elaboraci6n e integraci6n de las mismos; V. Desarrollar las programas relativos a las actividades en materia de capacitaci6n, educaci6n, cultura y recreaci6n, mediante la suscripci6n de contratos, convenios, acuerdos y demas actos relacionados con la prestaci6n de estos servicios que la propia Comisi6n requiera con instituciones formalmente constituidas; VI. Organizar, difundir y coordinar el programa de estimulos y recompensas establecido en la ley de la materia yen las condiciones generales de trabajo; VII. Tramitar el pago de salarios caidos, otras remuneraciones y descuentos que ordene la autoridad judicial competente, de conformidad con las disposiciones legales que procedan; VIII.Gestionar el pago de viaticos y pasajes del personal de la Comisi6n; IX. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n.

  22. Articulo 22.- La Direcci6n de Recursos Materiales y Servicios Generales tendra las siguientes atribuciones: I. Coordinar, elaborar y dar seguimiento al Programa Anual de Adquisiciones, asi coma a las modificaciones posteriores que impacten en su contenido; II. Realizar las procedimientos de contrataci6n par licitaci6n publica, invitaci6n a cuando menos tres personas y par adjudicaci6n directa de las adquisiciones, arrendamientos y servicios relacionados con bienes muebles, con estricto apego a las disposiciones legales y normatividad interna aplicables; III. Determinar las casos no sujetos a licitaci6n publica relativos a la adquisici6n y arrendamiento de bienes, a la contrataci6n de servicios y a la enajenaci6n de bienes muebles que deben ser autorizados par las autoridades superiores; IV. Apoyar el establecimiento, control y evaluaci6n del Programa Interno de Protecci6n Civil para el personal, instalaciones, bienes e informaci6n de la Comisi6n, asi coma aplicar y difundir las normas que emitan las autoridades competentes para la operaci6n, desarrollo y vigilancia del programa; V. Establecer e innovar normas, sistemas y el proceso de administraci6n de las recursos materiales de la Comisi6n, a fin de asegurar el uso racional y 6ptimo aprovechamiento de las mismos; VI. Ejecutar las procesos de destino final de las bienes muebles, autorizados conforme a la normatividad vigente; VII. Operar el programa de aseguramiento de las bienes patrimoniales de la Comisi6n; VIII.Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n. Capitulo Octavo De las atribuciones especificas de las unidades de enlace para la eficiencia energetica (UJE)

  23. Articulo 23.- Las Unidades de Enlace para la Eficiencia Energetica en las estados tendran las siguientes atribuciones: I. Disenar y establecer las estrategias de promoci6n y difusi6n, para fomentar la eficiencia en el uso de la energia y el aprovechamiento de las energias renovables en las estados, municipios y en el sector industrial. II. Coordinar reuniones con las instituciones de educaci6n superior y asociaciones de profesionistas, para brindarles asistencia tecnica, a partir de su incorporaci6n a las Puertas de Atenci6n Conae (PAC), verificando que sus condiciones fisicas, sean suficientes para la operatividad del sistema. III. Detectar en el territorio nacional las areas de oportunidad para el fomento del ahorro y uso eficiente de la energia. IV. Asesorar a las interesados en la obtenci6n y aplicaci6n de fondos provenientes de fuentes de financiamiento relativas al ahorro y uso eficiente de la energia. V. Asesorar a las sectores interesados, respecto de la aplicaci6n de esquemas integrales de ahorro de energia, con la finalidad de inducirlos a una mejora sustancial en sus actividades, proyectos y programas al interior de sus instalaciones. VI. Entrevistar y asesorar a consultores locales, interesados en desarrollar acciones y proyectos sabre ahorro y uso eficiente de la energia, con base en las lineamientos de la Comisi6n. VII. Recomendar lineas de acci6n, basadas en proyectos demostrativos y en experiencias de las propias empresas. VIII.Desarrollar la capacitaci6n de recursos humanos especializados, mediante la participaci6n de instituciones de educaci6n superior y asociaciones de profesionistas locales, para el fomento de una cultura de eficiencia energetica. IX. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n. Capitulo Noveno De las atribuciones especificas de las areas de apoyo directo al director general

  24. Articulo 24.- La Direcci6n de Asuntos Juridicos estara adscrita al Director General de Ia Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia, acordara con este el despacho de las asuntos de su competencia y tendra las siguientes atribuciones: I. Representar legalmente al Director General, a la Comisi6n y a sus areas, ante las 6rganos jurisdiccionales en las procedimientos de cualquier indole, cuando se requiera su intervenci6n, y en general fungir coma 6rgano representativo de la dependencia, asi coma atender las asuntos de orden juridico que correspondan a la Comisi6n; II. Representar a la Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia y celebrar las actos juridicos que se requieran para el cumplimiento de su objeto. La representaci6n que se refiere anteriormente, se ejercera ante las Tribunales Judiciales Federales y del Fuero Comun, las autoridades del Trabajo, y ante cualquier otra autoridad en todo tramite, asi coma intervenir en cualquier otro asunto en donde existe interes juridico para la Comisi6n; asimismo, podra designar representantes y sustituir mediante oficio las atribuciones que se le confieran, podra interponer denuncias y querellas, desistirse de ellas, otorgar el perd6n legal, contestar demandas y reconvenciones que se entablen en contra de la Comisi6n; podra oponer excepciones dilatorias y perentorias, rendir toda clase de pruebas, nombrar peritos, reconocer firmas y documentos, presentar testigos, formular preguntas y repreguntas, tachar de falsos a las que presente la contraria, articular y absorber posiciones, recusar jueces superiores e inferiores; air autos y sentencias interlocutorias y definitivas, consentir de las favorables y pedir revocaci6n, apelar, interponer juicio de amparo y las recursos que las leyes de la materia establecen, asi coma desistirse de ellos, y promover toda clase de actos procesales necesarios en las terminos de ley; finalmente, todas las que se consideren necesarias, que corresponden a las senaladas en el articulo 34 fracci6n III del Reglamento Interior de la Secretaria de Energia, y III. Asesorar, evaluar y supervisar las disposiciones administrativas en materia de ahorro y uso eficiente y racional de energia de conformidad con las disposiciones legales aplicables, para investir las actos de la Comisi6n, de la legalidad necesaria; IV. Proporcionar la informaci6n juridica aplicable para la preparaci6n de las programas nacionales en materia de ahorro y uso eficiente de energia y el fomento del aprovechamiento de energias renovables; V. Establecer las lineamientos normativos, en apego a las disposiciones emitidas par la coordinadora de sector, para la elaboraci6n de acuerdos de coordinaci6n, convenios y contratos; VI. Establecer las lineamientos para la concertaci6n de mecanismos de colaboraci6n y coordinaci6n de las consultores y empresas especializadas en apego al Decreto de Creaci6n de la Comisi6n y demas ordenamientos juridicos; VII. Dirigir la integraci6n de la informaci6n de temas vinculados con el ahorro y uso eficiente de la energia para prever incumplimientos de la Comisi6n a la normatividad vigente; VIII.Emitir opinion juridica sabre la elaboraci6n de normas oficiales mexicanas, para que se cumplan las ordenamientos legales aplicables establecidos en la materia; IX. Establecer las lineamientos para la concertaci6n de mecanismos de coordinaci6n de las consultores y empresas especializadas en apego al Decreto de creaci6n de la Comisi6n, y X. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n, asi coma las disposiciones juridicas aplicables.

  25. Articulo 25.- La Direcci6n de Comunicaci6n Social estara adscrita al Director General de Ia Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia, acordara con este el despacho de las asuntos de su competencia y tendra las siguientes atribuciones: I. Determinar, coordinar y evaluar las estrategias de informaci6n, difusi6n y relaciones publicas de las actividades sustantivas realizadas par el titular y demas funcionarios de la Comisi6n, en apego a las politicas de comunicaci6n social de la Secretaria de Energia; II. Coordinar el diseno creativo y de imagen institucional de las productos de comunicaci6n social y editoriales de la Comisi6n; III. Establecer las criterios de captaci6n y seguimiento de la informaci6n generada par la Comisi6n, para disenar estrategias informativas que atiendan la demanda de medias escritos y electr6nicos; IV. Establecer un sistema integral que permita mantener el flujo y la retroalimentaci6n de la informaci6n de las areas sustantivas, para reportar las eventos programados y determinar las requerimientos tecnicos necesarios para su adecuada difusion; V. Asesorar a las funcionarios de la Comision en su relacion con las medias de comunicacion, en apoyo a su tarea informativa y de difusion; VI. Controlar con el area responsable la actualizacion permanente de las inventarios de publicaciones y productos promocionales de la Comision, y VII. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comision.

  26. Articulo 26.- La Direccion de Financiamiento y Media Ambiente estara adscrita al Director General de Ia Comision Nacional para el Ahorro de Energia, acordara con este el despacho de las asuntos de su competencia y tendra las siguientes atribuciones: I. Proponer estrategias de programas, considerando la viabilidad economico- financiera, asi coma las aspectos ambientales; II. Formular las bases para la realizacion de las analisis economicos y financieros de las programas que desarrolla la Comision; III. Someter a consideracion del Director General, la informacion referente a emisiones al media ambiente y su relacion con las escenarios y prospectivas energeticas; IV. Establecer programas de eficiencia energetica, en sus vertientes de operacion, inversion y financiamiento; V. Proponer las acciones de investigacion cientifica y tecnologica en materia ambiental necesarias, a fin de aprovechar oportunidades y satisfacer requerimientos para que las usuarios de energia desarrollen acciones de eficiencia energetica; VI. Proponer instrumentos juridicos financieros que permitan el establecimiento de esquemas y mecanismos de financiamiento sean publicos o privados, nacionales o internacionales aplicables al desarrollo de programas en la materia; previa opinion del area juridica de la Comision; VII. Consolidar y establecer mecanismos para la deteccion de oportunidades de financiamiento nacionales e internacionales para contribuir a la formulacion de programas de operacion, inversion y financiamiento; VIII.Asesorar a las diversos usuarios de energia en materia economico-financiera, asi coma facilitar el acceso al financiamiento para la instrumentacion de acciones en eficiencia energetica; IX. Establecer las mecanismos y esquemas de vinculacion y operacion con especialistas en la materia a fin de promover la instrumentacion de programas y acciones de eficiencia energetica en el pais; X. Desarrollar protocolos de coordinacion y vinculacion que permitan la utilizacion de apoyos ambientales para la instrumentacion de acciones de eficiencia energetica, y XI. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comision.

  27. Articulo 27.- La Subdireccion de Asuntos Internacionales estara adscrita al Director General de Ia Comision Nacional para el Ahorro de Energia, acordara con este el despacho de las asuntos de su competencia y tendra las siguientes atribuciones: I. Establecer acciones, asi coma mecanismos y esquemas de cooperacion, con organismos e instituciones internacionales, a fin de promover la transferencia tecnologica y la investigacion para la ejecucion de las programas nacionales responsabilidad de la Comision; II. Analizar, formular y determinar mecanismos y esquemas de financiamiento con organismos internacionales, que permitan la implementaci6n de programas y acciones en las materias responsabilidad de la Comisi6n; III. Coordinar y facilitar acciones y mecanismos de vinculaci6n de consultores y empresas de caracter internacional con sus similares en Mexico, en las materias responsabilidad de la Comisi6n, y IV. Las demas que le confiera expresamente el Director General de la Comisi6n. Capitulo Decimo Del 6rgano interno de control

  28. Articulo 28.- La Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia contara con un 6rgano Interno de Control, cuyo titular sera designado en las terminos del articulo 37 fracci6n XII de la Ley Organica de la Administraci6n Publica Federal, quien en el ejercicio de sus atribuciones, se auxiliara par las titulares de las areas de Auditoria, Quejas y Responsabilidades designados en las mismos terminos.

  29. Articulo 29.- Los servidores publicos a que se refiere el articulo anterior, en el ambito de sus respectivas competencias, ejerceran las atribuciones previstas en la Ley Organica de la Administraci6n Publica Federal, en la Ley Federal de Responsabilidades de las Servidores Publicos y demas ordenamientos legales y administrativos aplicables, conforme a lo previsto par el articulo 47 fracciones III y IV del Reglamento Interior de la Secretaria de Contraloria y Desarrollo Administrativo, relativas al control, evaluaci6n, investigaci6n, auditoria, visitas, tramite de quejas y denuncias, sustanciaci6n del procedimiento de responsabilidades, imposici6n de sanciones, resoluci6n de recursos, calificaci6n de las pliegos preventivos de responsabilidades, defensa juridica de las resoluciones que emitan en la esfera administrativa y ante las tribunales federales, representando al Titular de la Secretaria de Contraloria y Desarrollo Administrativo, asi coma denuncias ante las autoridades competentes de las hechos que pudieran constituir algun delito.

  30. Articulo 30.- El Titular del Area de Responsabilidades del 6rgano Interno de Control en la Comisi6n, recibira y resolvera las inconformidades que se preven en las leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico y de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas. El Titular del 6rgano Interno de Control resolvera las recursos de revision que se interpongan en contra de las resoluciones relativas a dichas inconformidades.

  31. Articulo 31.- Las ausencias del Titular del 6rgano Interno de Control, conforme al articulo 54 segundo y tercer parrafos del Reglamento Interior de la Secretaria de Contraloria y Desarrollo Administrativo, seran suplidas par las titulares de las areas de Responsabilidades, Auditoria y Quejas, en ese orden, y durante la ausencia de estos par aquel que designe el Titular de dicho 6rgano fiscalizador.

  32. Articulo 32.- La Comisi6n, de acuerdo con lo dispuesto en el parrafo segundo del articulo quinto transitorio del Decreto de Reforma a las Leyes Organica de la Administraci6n Publica Federal, Federal de las Entidades Paraestatales y Federal de Responsabilidades de las Servidores Publicos, publicado en el Diario Oficial de la Federaci6n del 24 de diciembre de 1996, proporcionaran al Titular del Organo Interno de Control las recursos humanos y materiales que requiera para la atenci6n de las asuntos a su cargo. Asimismo, las servidores publicos de la Comisi6n estan obligados a proporcionar el auxilio que requiera el Titular del 6rgano Interno de Control para el desempeno de sus atribuciones. Capitulo Decimo Primero De la suplencia de los servidores publicos de ia comisi6n

  33. Articulo 33.- El Director General sera suplido en sus ausencias par el Secretario Ejecutivo, el Coordinador de Oferta Electrica, Procesos Termicos y Transporte o par el Coordinador de Normalizaci6n y Demanda Electrica, en ese orden, y en ausencia de ellos par quien designe el Director General.

  34. Articulo 34.- El Secretario Ejecutivo sera suplido en sus ausencias, para el despacho de las asuntos de su competencia, par las Coordinadores o par las titulares de las direcciones adscritas al area bajo su responsabilidad, o el que al efecto sea designado par el Director General o par el servidor publico que vaya a ausentarse.

  35. Articulo 35.- Las ausencias de las Coordinadores, Directores, Subdirectores y Jefes de Departamento y responsables de las Unidades de Enlace para Ia Eficiencia Energetica, seran suplidas par las servidores publicos de Ia jerarquia inmediata inferior que designen dichos funcionarios. Transitorios Articulo Primera.- El presente Reglamento Interior entrara en vigor al dia siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial de Ia Federaci6n. Articulo Segundo.- Se abroga el Reglamento Interno de Ia Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia de fecha 8 de enero de 1990, publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n el 30 de marzo de 1990. Dado en la Ciudad de Mexico, Distrito Federal, a las quince dias del mes de agosto de dos mil uno.- El Secretario de Energia y Presidente de la Comisi6n Nacional para el Ahorro de Energia, Tirso Ernesto Martens Rebolledo.- Rubrica.- El Representante Suplente de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico, Juan Arturo Lim Medrano.- Rubrica.- El Representante Suplente de la Secretaria de Media Ambiente y Recursos Naturales, Luis Barojas Weber.- Rubrica.- El Representante Suplente de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, Antonio Guerrero Fernandez.- Rubrica.- El Representante de la Secretaria de Economia, Pablo Gomez Dominguez.- Rubrica.- El Representante Suplente de la Secretaria de Educaci6n Publica, Rosa Amelia Lozano Zambrano.- Rubrica.- El Representante de la Secretaria de Energia, Maria Fernanda Casanueva de Diego.- Rubrica.- El Representante de la Secretaria de Energia, Rosa Elvia Candelaria Cruz.- Rubrica.- El Representante Suplente de la Secretaria de Energia, Luis Alberto Amado Castro.- Rubrica.- El Representante de Petr61eos Mexicanos, Roberto Osegueda Villasenor.- Rubrica.- El Representante Suplente de la Comisi6n Federal de Electricidad, Mateo Trevino Gaspari.- Rubrica.- El Representante de Luz y Fuerza del Centro, Alfonso Caso Aguilar.- Rubrica.

Reglamento de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía · Nelum