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قوانين المكسيك

Modificación de la NOMEM-001-RECNAT-2001: Especificaciones y lineamientos técnicos para identificar el origen legal de las materias primas forestales

صدر في 2002-01-17 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
المكسيك
الموضوعات
Forestry
الكلمات المفتاحية
timber extraction/logging, timber, non-wood forest products, processing/handling, transport/storage, standards, legal proceedings/administrative proceedings, forest management/forest conservation

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  1. MODIFICACION a la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-RECNAT 2001, Que establece las especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos y de control para el aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación que identifiquen el origen legal de las materias primas forestales, publicada el 21 de diciembre de 2001. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CASSIO LUISELLI FERNANDEZ, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos Forestales y de Suelos y de Costas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 bis fracciones I, II, III, IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 6 fracción VIII del Reglamento Interior de esta Secretaría; 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 5o. fracción XVI, 20, 21 y 22 de la Ley Forestal, y 1o., 4o. tercer párrafo, y 59 al 74 del Reglamento de la Ley Forestal, y CONSIDERANDO Que el 21 de diciembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-RECNAT-2001, Que establece las especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos y de control para el aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación que identifiquen el origen legal de las materias primas forestales. Que los sectores involucrados en la actividad forestal, han solicitado a esta Secretaría la ampliación del plazo establecido en el artículo segundo transitorio del ordenamiento legal antes mencionado, a fin de contar con el tiempo necesario para reproducir y utilizar los formatos que servirán para identificar el origen legal de las materias primas forestales. Que es de interés de esta Secretaría que el aprovechamiento de los recursos forestales se efectúe de manera sustentable, buscando el debido cumplimiento de la norma antes referida, a fin de obtener un mejor control durante las actividades de aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación, situación que merece otorgar un tiempo adicional necesario que permita a los interesados reproducir sus instrumentos de control, por lo que he tenido a bien expedir la siguiente: MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA DE EMERGENCIA NOM-EM 001-RECNAT-2001, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES, PROCEDIMIENTOS, LINEAMIENTOS TECNICOS Y DE CONTROL PARA EL APROVECHAMIENTO, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y TRANSFORMACION QUE IDENTIFIQUEN EL ORIGEN LEGAL DE LAS MATERIAS PRIMAS FORESTALES, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2001 ARTICULO UNICO.- Se modifica el artículo segundo transitorio de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-RECNAT-2001, Que establece las especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos y de control para el aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación que identifiquen el origen legal de las materias primas forestales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del 2001, para quedar como sigue: "SEGUNDO.- A partir de la entrada en vigor, y en un plazo que no exceda del 4 de marzo de 2002, los interesados deberán presentar su solicitud de validación y autorización de los formatos previstos por esta Norma Oficial Mexicana de Emergencia." México, Distrito Federal, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil dos.- El Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos Forestales y de Suelos y de Costas, Cassio Luiselli Fernández.- Rúbrica.

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