Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura para el ejercicio 2022
صدر في 2021-12-13 · النص بتاريخ 2026-10-01
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- Spanish
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- الموضوعات
- Agricultural and rural development, Environment, Food and nutrition, Fisheries and aquaculture, Land and soil, Cultivated plants, Water
- الكلمات المفتاحية
- agricultural development, pastoralism, financial agricultural measures, subsidy/incentive, capacity building, access-to-information, genetic resources, climate change, sustainable use, agricultural land, biosecurity, cooperative/producer organization, family farming, fiscal and market measures, food sovereignty, irrigation, smallholders/peasants, poverty, rural employment, youth, gender, public participation, Indigenous Peoples, farming, labour, animal production, sustainable development, ecosystem conservation, hazards, artisanal fisheries, fishing gear/fishing method, fishery management and conservation, marine fisheries, aquaculture, mariculture, inland fisheries, food security, nutrition, public health, land tenure, erosion, soil conservation/soil improvement, plant protection, pests/diseases, groundwater, livestock water use
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Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 315 ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura para el ejercicio 2022. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 apartado A, 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 17, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 9, 12, 13, 33, 34, 35, 37, 38 y 39 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 89, 90, 104, 140, 143, 164, 178, 190 fracción I y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 2, 6, 7, 8 y 17 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 1, 2, 3, fracciones II, III, IV, VII, X, XII, y XIII, 5 y 7 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1, 68, 69 fracción IX inciso a) y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 68 y 69 fracción IX inciso a) de la Ley Federal de Transparencia y Accesos a la Información Pública; 3, fracciones XII y XXI, 21, 27, 28 y 31 y los Anexos 10, 11, 13, 16, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022; y, 1°, 2°, inciso A, fracción IV, inciso B, fracciones II, III, IV y V e inciso C; 3°., 5°, fracción XV, 11, 12, 13, 14, 19, 25 y 52 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. CONSIDERANDO Que el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Que el Artículo 26 en su apartado “A” de la referida Constitución, establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. En el mismo sentido, el artículo 27, fracción XX de la citada Constitución, hace mención a que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria para el óptimo uso de la tierra con insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece que el Estado, a través del Gobierno Federal impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable; además de contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país. El artículo 17 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables establece los principios para la formulación y conducción de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables; entre ellos, que el Estado Mexicano reconoce que la pesca y la acuacultura son actividades que fortalecen la soberanía alimentaria y territorial de la nación, que son asuntos de seguridad nacional y son prioridad para la planeación nacional del desarrollo y la gestión integral de los recursos pesqueros y acuícolas; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND), en el Eje III Economía, establece como una de sus prioridades la Autosuficiencia Alimentaria y el Rescate al Campo, a efecto de que la producción agropecuaria y acuícola pesquera en general alcance niveles históricos y la balanza comercial del sector agroalimentario sea superavitaria. Que el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, establece tres estrategias congruentes al PND, orientadas a la nueva política agroalimentaria y que están relacionada con lograr la autosuficiencia alimentaria, a través del aumento de la producción y la productividad agropecuaria y acuícola pesquera, contribuir al bienestar de la población rural mediante la inclusión de los productores históricamente excluidos e incrementar las prácticas de producción sostenible en el sector agropecuario y acuícola pesquero frente a los riesgos agroclimáticos. 316 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Lo anterior en virtud de que la participación de estos productos en la producción nacional, en el consumo nacional de alimentos tuvo una caída significativa entre 2013 y 2018, pasando de 82.8% a 77.8%, tal como lo señala el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024. Que para poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria, la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible, conforme al Objetivo 2 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 aprobada por la Organización de la Naciones Unidas, el Programa establece el apoyo a los productores agrícolas, ganaderos, pesqueros y acuicultores quienes estarán en condiciones de incrementar su productividad. Que los objetivos prioritarios del Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024 son: 1) Combatir frontalmente las causas y efectos de la corrupción, 2) Combatir los niveles de impunidad administrativa en el Gobierno Federal, 3) Promover la eficiencia y eficacia de la gestión pública, 4) Promover la profesionalización y la gestión eficiente de los recursos humanos de la Administración Pública Federal y 5) Promover el uso eficiente y responsable de los bienes del Estado Mexicano. De las 4,650,783 Unidades de Producción que el INEGI estima en la Encuesta Nacional Agropecuaria 2019 para las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y acuícolas, mientras que la población potencial representa alrededor del 80% de estas Unidades de Producción que son de pequeña y mediana escala. Este programa atenderá el problema público de baja productividad en los subsectores agrícola, pecuario, pesquero y acuícola y estará orientado a mejorar las condiciones de igualdad y bienestar para su desarrollo principalmente en el Sur Sureste, tal como se establece en el capítulo III. Economía del PND 2019-2024, donde se plantea detonar el crecimiento de esa región que ha quedado rezagada con respecto al Norte del País, impulsando preferentemente los productos estratégicos para la alimentación y autosuficiencia alimentaria del país, maíz, frijol, arroz, trigo panificable y leche, y así como otras cadenas agroalimentarias importantes para el país por su relevancia social, contribución al medio ambiente como café y caña y por otro lado el grupo de oleaginosas y forrajes por su optimización del recurso agua y ciclos agrícolas cortos. Que para dar cumplimiento y en apoyo al DECRETO por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de marzo de 2020, todos los apoyos otorgados por el presente Programa se otorgarán de manera directa a los beneficiarios, con todas las facilidades necesarias para evitar aglomeraciones y resguardando en todo momento su salud y bienestar. Por lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FOMENTO A LA AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ACUICULTURA PARA EL EJERCICIO 2022 CONTENIDO Título I. Disposiciones Generales del Programa. Artículo 1. Objeto del Acuerdo. Artículo 2. Glosario de Términos y Acrónimos. Artículo 3. Objetivo General. Artículo 4. Cobertura General. Artículo 5. Población Objetivo General. Artículo 6. Proyectos Estratégicos. Título II. Operación del Programa. Capítulo I. Operación del Componente Fomento a la Agricultura. Artículo 7. Objetivo Específico. Artículo 8. Cobertura Particular. Artículo 9. Población Objetivo Particular. Artículo 10. Instancias Participantes. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 317 Artículo 11. Criterios de Elegibilidad y Requisitos. Artículo 12. Características de los Apoyos. Artículo 13. Sección I. Subcomponente Producción y Productividad Agroecológica para la Alimentación y Autosuficiencia Alimentaria. Artículo 14. Sección II. Subcomponente de Valor Agregado y Mercados. Artículo 15. Sección III. Subcomponente Riesgo Compartido. Artículo 16. Sección IV. Subcomponente Suelo, Agua y Biodiversidad. Artículo 17. Sección V. Subcomponente Fortalecimiento a las Cadenas Agroalimentarias. Artículo 18. Criterios de Selección y Priorización. Artículo 19. Mecánica Operativa. Artículo 20. Exclusiones. Capítulo II. Operación del Componente Fomento a la Ganadería. Artículo 21. Objetivo Específico. Artículo 22. Cobertura Particular. Artículo 23. Población Objetivo Particular. Artículo 24. Instancias Participantes. Artículo 25. Criterios de Elegibilidad y Requisitos. Artículo 26. Características de los Apoyos. Artículo 27. Sección I. Subcomponente Ganadería para el Bienestar. Artículo 28. Sección II. Subcomponente Proyectos Integrales para el Desarrollo Ganadero. Artículo 29. Criterios de Selección y Priorización. Artículo 30. Mecánica Operativa. Artículo 31. Exclusiones. Artículo 32. Coordinación Institucional. Capítulo III. Operación del Componente Desarrollo Territorial. Artículo 33. Objetivo Específico. Artículo 34. Cobertura Particular. Artículo 35. Población Objetivo Particular. Artículo 36. Instancias Participantes. Artículo 37. Criterios de Elegibilidad y Requisitos. Artículo 38. Características de los Apoyos. Artículo 39. Sección I. Subcomponente Proyectos Territoriales Artículo 40. Sección II. Subcomponente Innovación Tecnológica para el Desarrollo Territorial. Artículo 41. Criterios de Selección y Priorización. Artículo 42. Mecánica Operativa. Artículo 43. Exclusiones Artículo 44. Coordinación Institucional Capítulo IV. Operación del Componente BIENPESCA Artículo 45. Objetivo Específico Artículo 46. Cobertura Particular Artículo 47. Población Objetivo Particular 318 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Artículo 48. Instancias Participantes Artículo 49. Criterios de Elegibilidad y Requisitos Artículo 50. Características de los Apoyos Artículo 51. Mecánica Operativa Artículo 52. Exclusiones Artículo 53. Coordinación Intrainstitucional Artículo 54. Coordinación Interinstitucional Capítulo V. Operación del Componente Recursos Genéticos Acuícolas Artículo 55. Objetivo Específico. Artículo 56. Cobertura Particular. Artículo 57. Población Objetivo Particular. Artículo 58. Instancias Participantes. Artículo 59. Criterios de Elegibilidad y Requisitos. Artículo 60. Características de los Apoyos. Sección I. Subcomponente de Semilla Acuícola. Sección II. Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas. Artículo 61. Criterios de Selección y Priorización. Artículo 62. Mecánica Operativa General. Mecánica Operativa Específica del Subcomponente de Semilla Acuícola. Mecánica Operativa Específica del Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas. Artículo 63. Exclusiones. Artículo 64. Coordinación Institucional. Título III. Seguimiento, supervisión y evaluación. Capítulo I. Del Seguimiento. Capítulo II. De la Supervisión. Capítulo III. De la Evaluación. Título IV. Disposiciones Complementarias Capítulo I. De los derechos y obligaciones de los ciudadanos, solicitantes y beneficiarios. Capítulo II. Gastos de operación. Capítulo III. Control y auditoría. Capítulo IV. Quejas, denuncias y solicitudes de información. Capítulo V. Transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas. Capítulo VI. Contraloría social. Anexos del Componente Fomento a la Agricultura Anexo 1. Guía Rápida para el Beneficiario del Componente Fomento a la Agricultura. Anexo 2. Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Fomento a la Agricultura. Anexo 3. Solicitud de Apoyo del Componente Fomento a la Agricultura. Anexo 4. Guion para la Elaboración del Proyecto Colectivo del Componente Fomento a la Agricultura. Anexo 5. Listado de Productores Asociados en el Proyecto Colectivo del Componente Fomento a la Agricultura. Anexo 6. Cédula de Calificación del Componente Fomento a la Agricultura. Anexo 7. Cédula de Pertinencia del Componente Fomento a la Agricultura. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 319 Anexos del Componente Fomento a la Ganadería Anexo 8. Guía Rápida para el Beneficiario del Componente Fomento a la Ganadería. Anexo 9. Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Fomento a la Ganadería. Anexo 10. Solicitud de Apoyo del Componente Fomento a la Ganadería. Anexo 11. Guion para la Elaboración del Proyecto del Componente Fomento a la Ganadería. Anexo 12. Listado de Productores Integrantes de la Personal Moral del Componente Fomento a la Ganadería. Anexo 13. Cédula de Calificación del Componente Fomento a la Ganadería. Anexo 14. Cédula de Pertinencia del Componente Fomento a la Ganadería. Anexos del Componente Desarrollo Territorial Anexo 15. Guía Rápida para el Beneficiario del Componente Desarrollo Territorial. Anexo 16. Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Desarrollo Territorial. Anexo 17. Solicitud de Apoyo del Componente Desarrollo Territorial. Anexo 18. Carta de Consolidación de Apoyos del Componente Desarrollo Territorial. Anexo 19. Guion para la Elaboración del Proyecto del Componente Desarrollo Territorial. Anexo 20. Listado de Productores Integrantes de la Personal Moral del Componente Desarrollo Territorial. Anexo 21. Cédula de Calificación del Componente Desarrollo Territorial. Anexo 22. Cédula de Pertinencia del Componente Desarrollo Territorial. Anexos del Componente BIENPESCA Anexo 23. Guía rápida para el beneficiario del Componente BIENPESCA. Anexo 24. Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente BIENPESCA. Anexo 25. Cédula de Registro del Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura del Componente BIENPESCA. Anexos del Componente Recursos Genéticos Acuícolas Anexo 26. Guía rápida para el beneficiario del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Anexo 27. Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Anexo 28. Carta bajo protesta de decir verdad: Producción del año anterior del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Anexo 29. Proyecto de Investigación del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Anexo 30. Carta de Capacidades Técnicas del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Anexo 31. Solicitud de Pago al Proveedor del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Anexo 32. Declaratoria del solicitante del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Anexos Generales Anexo 33. Declaratoria en Materia de Seguridad Social. Anexo 34. Modelo de Excusa para los Servidores Públicos. Anexo 35. Modelo de Convocatoria. Anexo 36. Modelo de Instrumento Jurídico, Convenio de Concertación. 320 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 TÍTULO I Disposiciones Generales del Programa Artículo 1. Objeto del Acuerdo. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de Operación para la aplicación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura para el ejercicio fiscal 2022. El programa se sumará a la perspectiva transversal del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, con el fin de impulsar la productividad en el sector agroalimentario. Se deberá observar conjuntamente con lo dispuesto en el presente Acuerdo, lo previsto en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales Aplicables a las Reglas y Lineamientos de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio 2022. La interpretación técnica y operativa de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, así como la resolución de los asuntos no previstos en estas Reglas de Operación, serán facultad de la Secretaría a través de las Unidades Responsables correspondientes, en los términos de las disposiciones aplicables en la materia, sin perjuicio de las facultades de la Oficina del Abogado General. Artículo 2. Glosario de Términos y Acrónimos. Acta Constitutiva. Documento jurídico fehaciente que establece de forma legal la formación de una organización o sociedad, en el cual se estipulan los aspectos generales de la misma. Acta de Asamblea. Documento mediante el cual los integrantes de una persona moral expresan la voluntad colectiva de la organización y formalizan los acuerdos de su interés bajo los mecanismos legales que los rigen. Acta Finiquito. Instrumento elaborado por la Unidad Responsable y/o Instancia Ejecutora con el Beneficiario en la que se dan por concluidas las acciones del proyecto apoyado en el ejercicio fiscal de que se trate, que avala el cierre físico-financiero, y se establecen de manera enunciativa mas no limitativa lo siguiente: objeto de la misma; circunstancias de tiempo, modo y lugar de su elaboración, nombre completo, cargo y firma de los participantes en su elaboración y, documentación que soporte el cierre de las actividades técnicas, operativas y financieras. Actividad Acuícola. Aquella dirigida a la reproducción controlada, pre engorda y engorda de especies de la fauna y flora realizadas en aguas dulces, marinas o salobres, por medio de técnicas de cría o cultivo, que sean susceptibles de explotación comercial, ornamental, recreativa, de fomento o didáctica. Actividad Pecuaria. Conjunto de acciones para la explotación racional de especies animales orientadas a la producción de carne, leche, huevo, miel, piel, lana y otras de interés zootécnico, con la finalidad de satisfacer necesidades vitales o del desarrollo humano. Agroecología. Conjunto de prácticas agropecuarias basadas en principios, procedimientos y técnicas ecológicas, y por ende, amigables con el medio ambiente, que fomenten la producción y productividad integral de los sistemas productivos, para la transición de la agricultura mexicana hacia la sostenibilidad. Apoyo. Asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general. Beneficiario. Persona física o moral que recibe el apoyo previsto en las presentes Reglas de Operación. Tratándose de los apoyos a que se refieren los bienes públicos, para efectos del Sistema de Rendición de Cuentas, se considerará como beneficiario a aquellas personas físicas o morales con las que se acuerda la realización de acciones para alcanzar los fines de los Componentes. BIENPESCA. Componente Apoyo para el Bienestar de Pescadores y Acuicultores, el cual forma parte del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura. Cadena de Valor. Todas aquellas actividades agrícolas y ganaderas que de forma coordinada y en una región determinada, producen, benefician, transforman y comercializan para añadir valor a la producción primaria. Cambio de Cultivo. Conversión o reconversión de un cultivo actual a otro(s), basada en la vocación productiva de la tierra, rotación de cultivos para evitar el agotamiento del suelo, tolerancia a heladas, sequías y fenómenos naturales derivados del cambio climático, ventanas comerciales de oportunidad, entre otros. CLABE Interbancaria. Clave Bancaria Estandarizada. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 321 Comité Técnico Dictaminador (CTD). Órgano Colegiado encargado de dictaminar las solicitudes o en su caso validar los pre-dictámenes de la Unidad Técnica Operativa. Comprobante de Domicilio. Documento con el cual se hace constar que una persona física o moral, habita en el núcleo agrario, localidad o municipio donde se desarrollará el proyecto productivo o en donde tiene su domicilio legal. Serán comprobantes de domicilio válidos para una persona física: recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el Ayuntamiento, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales. Las personas morales podrán usar como comprobante de domicilio: recibo de luz, teléfono, predial y agua. CONAGUA: Comisión Nacional del Agua. CONAPESCA: Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. Convenio de Concertación. Acuerdo de voluntades que suscribe la Unidad Responsable o, en su caso, la Instancia Ejecutora del Programa o Componente, con El/La Beneficiaria/o, para establecer los derechos y obligaciones a cargo Del/De la Beneficiario/a en torno al uso y aplicación del apoyo que se le otorga. Cultivos prioritarios. Los que establezcan las Unidades Responsables, basados en la planeación agrícola y el Plan Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural. Constancia de Residencia: Documento expedido por el Ayuntamiento, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, con el cual se hace constar que la persona física o moral habita en el núcleo agrario, localidad o municipio donde se desarrollará el proyecto productivo o en donde tiene su domicilio legal. Constancia de Situación Fiscal: Documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) contiene información del Registro Federal de Contribuyentes y la Cédula de Identificación Fiscal. CURP: Clave Única de Registro de Población, documento expedido por la Secretaría de Gobernación; Decreto de creación.- Instrumento jurídico de creación de los Centros Públicos de Investigación que tengan como objeto realizar las actividades de investigación científica y tecnológica. Documento que acredite la propiedad o legal posesión.- Para este efecto se considerará aquel documento jurídico fehaciente que corresponda, dependiendo de la naturaleza del subcomponente, que cumpla con los requisitos exigidos por el marco legal aplicable en la materia en cada entidad federativa, tales como los que a continuación se enlistan de manera enunciativa mas no limitativa: escritura pública debidamente protocolizada ante fedatario público e inscrita en el Registro Público de la Propiedad; contrato de compraventa pasado ante fe de fedatario público; contrato de arrendamiento, comodato, usufructo, donación, permuta, o cesión de derechos, entre otros, los cuales atiendan las formalidades de la legislación civil de la entidad federativa de que se trate; original y/o copia certificada de la adjudicación emitida por autoridad judicial o fedatario público; así como los instrumentos jurídicos reconocidos por la legislación agraria. Entidades Federativas. Cada uno de los 32 estados libres y soberanos que forman parte de la República Mexicana. Folio. Número de registro que se otorga a cada una de las Solicitudes de Apoyo recibidas en las ventanillas de atención y registradas en Padrón Único de Beneficiarios de la SADER. Identificación Oficial. Documento oficial vigente, con el que una persona física puede acreditar su identidad; los documentos aceptables son la Credencial para Votar o Pasaporte emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, u otras Identificaciones Oficiales vigentes con fotografía y firma, expedidas por el gobierno federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México. IE. Instancia Ejecutora. INAPESCA. Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura. Instrumento Jurídico. Se refiere a los convenios celebrados, en los que se precisen los compromisos, objetivos y acciones específicas a realizar por las partes involucradas. Instancia Ejecutora de Gastos Asociados a la Operación. Representación Estatal de la SADER o la que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; Instancia Dispersora de Recursos. Instancia encargada de realizar el pago de los apoyos de los Componentes del Programa que así lo dispongan, la cual puede ser el Banco del Bienestar, una Unidad Administrativa de la estructura de la Secretaría, un órgano administrativo desconcentrado de la SADER, organismos descentralizados sectorizados a la SADER o de la Administración Pública o la que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. 322 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Registro que contiene los datos de identificación de las personas físicas y morales que solicitan alguno de los apoyos previstos en los diferentes programas a cargo de la Secretaría. Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura. Registro a cargo de la CONAPESCA que contiene datos de identificación de las personas físicas dedicadas a la pesca y acuicultura. Padrón Ganadero Nacional (PGN).- Base de datos de las Unidades Económicas Pecuarias a nivel nacional. Población Objetivo. Es aquella a la que será dirigido el apoyo del presente Programa. Programa. El Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura. Región. Territorio o conjunto de territorios, no limitados a un solo Estado, que se caracterizan por producir o realizar una actividad específica. RFC. Registro Federal de Contribuyentes. RNPA.-Registro Nacional de Pesca y Acuacultura. Secretaría. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. (SADER). Secretario. El titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. SENASICA. Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria. SIGAP. Sistema Informático de Gestión y Administración de Programas el cual es una herramienta informática (antes SURI) operada por las Unidades Responsables para la ejecución de los Programas a cargo de la SADER y que es administrada tecnológicamente por la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Supervisión. Se refiere al procedimiento a través del cual se constata mediante revisión física, documental de gabinete, satelital y de campo, el cumplimiento de las disposiciones para la operación del Programa. SURI. Sistema Único de Registro de Información de la SADER; Territorios Prioritarios. Entidades, regiones, microrregiones o municipios que establezcan las Unidades Responsables, basados en el Plan Nacional de Desarrollo 2020-2024, el Plan Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, y la planeación agrícola, donde se identifiquen las áreas que contienen a los pequeños productores agrícolas y pecuarios que podrían ser sujetos de los apoyos de las presentes Reglas de Operación. Unidad Animal (UA). Equivale a una vaca de 400 a 450 kg de peso, que se utiliza como base de equivalencia en otras especies, indicadas en el Diario Oficial de la Federación del 02 mayo 2000. Unidad de Producción Pecuaria (UPP). Superficie definida y delimitada en la que el productor del sector primario efectúa la cría de ganado. Unidad Económica Pecuaria (UEP). Personas físicas o morales dedicadas a la producción comercialización o industrialización de productos pecuarios que se encuentren registradas en el Padrón Ganadero Nacional como Unidades de Producción Pecuarias (UPP) o Prestadores de Servicios Ganaderos (PSG). Unidad Económica Pesquera y/o Acuícola (UEPA). Persona física o moral que desarrolla la actividad pesquera y/o acuícola, ligada a la unidad de producción o al amparo del permiso o concesión de pesca y/o acuacultura vigentes. Unidad Responsable (UR). Es aquella Unidad Administrativa del sector central de la Secretaría, Órgano Administrativo Desconcentrado u Organismo Descentralizado sectorizado a la SADER, que tiene a su cargo la operación y ejecución de alguno de los rubros de intervención que integran el Programa, conforme se establezca en los diversos Acuerdos por los que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la SADER para el ejercicio fiscal 2022. Ventanilla. Lugar físico establecido por la Secretaría donde se recibe la documentación para acceder al programa. Zonas de Atención Prioritaria (ZAP). Aquellas zonas, regiones o municipios, establecidas por la Cámara de Diputados en la Declaratoria Anual correspondiente. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 323 Artículo 3. Objetivo General. Contribuir a la autosuficiencia y seguridad alimentaria mediante el incremento de la productividad de la agricultura, la ganadería, la pesca y la acuicultura, a través de prácticas sustentables, del desarrollo de cadenas de valor regionales y generando las condiciones de igualdad necesarias para un desarrollo territorial con inclusión y justicia social. Artículo 4. Cobertura General. La cobertura del programa es nacional, conforme a los diferentes componentes y subcomponentes. Artículo 5. Población Objetivo General. La población objetivo del programa son los productores agrícolas, pecuarios, pesqueros y acuícolas en todo el territorio nacional, que requieran incrementar la productividad de sus unidades de producción para su autoconsumo y venta de excedentes, dando preferencia a aquellos productores de pequeña escala. Artículo 6. Proyectos Estratégicos. Las Unidades Responsables de los Programas podrán proponer a consideración del C. Secretario, proyectos estratégicos de conformidad en lo previsto en el Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Asimismo, se podrán ejecutar proyectos estratégicos en los siguientes supuestos: � Proyectos de prioridad nacional, impacto nacional, estatal, regional o municipal propuestos por las Unidades Responsables. � Atención a necesidades específicas detectadas en materia de desarrollo de cuencas lecheras en el sureste del país, específicamente en Tabasco, Chiapas y Veracruz, impulso a la producción sustentable de cultivos originarios de México, atención a la sequía agrícola, entre otros. � Atención a las necesidades específicas detectadas en el Plan de Justicia del Pueblo Yaqui, conforme al Decreto por el que se crea la Comisión Presidencial de Justicia para el Pueblo Yaqui, del Estado de Sonora; el Programa Regional de Ordenamiento Territorial de la Región del Tren Maya, así como el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024. TÍTULO II. OPERACIÓN DEL PROGRAMA Capítulo I. Operación del Componente Fomento a la Agricultura. Artículo 7. Objetivo Específico. Los productores agrícolas incrementan la productividad de sus Unidades de Producción de manera sostenible. Artículo 8. Cobertura Particular: Su cobertura es Nacional conforme a las convocatorias emitidas por la Unidad Responsable para el acceso a los apoyos descritos en estas Reglas de Operación. Artículo 9. Población Objetivo Particular: Productores agrícolas pequeños y medianos que posean hasta cinco hectáreas para apoyos individuales y productores agrícolas organizados con hasta un máximo de cincuenta hectáreas para apoyos que requieran implementar proyectos colectivos, así como los Comités Nacionales Sistemas Producto Agrícolas. Artículo 10. Instancias Participantes: Las instancias que participan en la operación de este Componente son: 1. Unidad Responsable: Las Direcciones Generales responsables de cada Subcomponente. 2. Instancia Ejecutora: La(s) que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 3. Comité Técnico Dictaminador: Será Integrado por invitación de la Unidad Responsable a diferentes áreas de la SADER, y en su caso, especialistas relacionados con el tema; 4. Representaciones de la Secretaría en las Entidades Federativas, o sus representaciones Regionales: con las responsabilidades y atribuciones que la Unidad Responsable le designe, a través de la mecánica operativa y oficios o circulares; 5. Ventanilla: La(s) que la Unidad Responsable e Instancias Ejecutoras designen, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 6. Instancia Dispersora de Recursos: La que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 324 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 7. Instancia Ejecutora de Gastos Asociados a la Operación: La Unidad Responsable y la que esta designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. 8. Unidad Técnica Operativa: La(s) que la Unidad Responsable e Instancias Ejecutoras designen, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. 9. Agente Técnico. Los que la Unidad Responsable e Instancias Ejecutoras designen, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. Artículo 11. Criterios de elegibilidad y requisitos. Para acceder a los apoyos de este Componente, los solicitantes deberán cumplir con los siguientes criterios y requisitos de elegibilidad: Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad Ser productor agrícola que tenga interés en incrementar su productividad sin ampliar la frontera agrícola. Acreditar la propiedad o la legal posesión del predio mediante el documento jurídico fehaciente que corresponda, dependiendo de la naturaleza del subcomponente con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia. Para el caso de los productores de comunidades indígenas, con el documento expedido por la autoridad competente y en su caso, conforme a usos y costumbres. Manifestar su interés para recibir apoyos del programa y aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en estas Reglas. Solicitud de Apoyo del Componente Fomento a la Agricultura (Anexo 3); especificando el apoyo al que aplica. Estar registrado en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Folio de Registro en el Padrón de Productores de la Secretaría de Desarrollo Rural, en caso de no estarlo se deberá presentar en la ventanilla para su registro en dicho padrón con copia sencilla y original para el cotejo de los siguientes documentos: a) Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional); b) Clave Única de Registro de Población (CURP), en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta; c) Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud; En caso el caso de apoyos colectivos, los productores deberán demostrar que están organizados para fines productivos. Además de los requisitos anteriores, deberán presentar: a) Proyecto colectivo conforme al Guion para la Elaboración del Proyecto Colectivo del Componente Fomento a la Agricultura (Anexo 4); b) Acta constitutiva con un mínimo de 12 meses de antigüedad a la fecha de emisión de la convocatoria, las modificaciones a ésta y a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público. El Acta deberá comprender en su objeto social su vinculación con la producción agropecuaria y pesquera, conservación, transferencia tecnológica y desarrollo del sector agroalimentario. c) Listado de Productores Asociados en el Proyecto Colectivo del Componente Fomento a la Agricultura (Anexo 5 en formato Excel), los cuales deberán estar protocolizados con una antigüedad mínima de 12 meses en el acta de la Persona Moral; Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 325 Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad d) Identificación oficial vigente del representante legal de la persona moral (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional); e) CURP del representante legal de la persona moral, en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta; f) RFC o constancia de situación fiscal actualizada. g) Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. En caso de que le sea aplicable el Anexo 33, Declaratoria en materia de seguridad social, el solicitante deberá tomar en consideración los siguientes supuestos: a) Cuando el monto total de apoyo sea de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) o inferior, no es necesario que el beneficiario acredite encontrarse al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, ni el Anexo 33. Declaratoria en materia de Seguridad Social. b) Cuando el monto total de apoyo sea superior a los $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), pero el beneficiario no se encuentra obligado a inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por no tener trabajadores a su cargo, deberá de manifestarlo bajo protesta de decir verdad, mediante el Anexo 33. Declaratoria en materia de Seguridad Social c) Cuando el monto total de apoyo sea superior a los $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), y el beneficiario se encuentre obligado a inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por tener trabajadores a su cargo, deberá de presentar la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, realizando el procedimiento señalado en la Regla Quinta del ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR., en el entendido que dicha opinión deberá de ser positiva para poder acceder al apoyo solicitado. Acreditar que cuenta con la concesión y/o permisos de la CONAGUA si el proyecto que se presenta considerada el uso de agua. Presentar cualquiera de los siguientes documentos vigentes: a) Título de concesión completo con hoja de registro en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) o resolución título; en caso de cesión a terceros, se requiere solicitar la autorización a la CONAGUA, y presentar la constancia de dicho trámite. Para el caso de que el solicitante acredite el agua formando parte de una persona moral, ejido, Unidades de Riego y Distritos de Riego deberá presentar constancia del año en curso, emitida por la autoridad correspondiente indicando el volumen y superficie, acompañada por la concesión vigente. b) Constancia de registro de volumen para pozos agrícolas ubicados en zonas de libre alumbramiento, deberá tener dictamen positivo, no se aceptan solicitudes de trámites de perforaciones nuevas; c) Acuse, constancia o resolución favorable de trámite de prórroga de título de concesión; no se aceptan constancias de trámite de prorroga extemporánea, en su caso de haberse adherido al Decreto de facilidades administrativas de la CONAGUA deberá contar con el dictamen positivo; 326 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad d) Aviso para usar aguas residuales por un tercero distinto al concesionario o asignatario; e) Constancia de autorización electrónica; f) Cuando se trate de usuarios en Distritos de Riego deberán presentar constancia emitida por la asociación de usuarios, sellada por la Jefatura del Distrito de riego correspondiente; g) En caso de uso de cosecha de agua se verificará la pertinencia técnica y jurídica por parte de la Unidad Responsable. h) Permisos de construcción y de aprovechamiento de agua en cauces. Además de acatar los requisitos anteriores, el solicitante dependiendo de su actividad productiva, deberá cumplir con los permisos, validaciones y certificaciones aplicables conforme a la legislación vigente en la materia. Artículo 12. Características de los apoyos. A través de este componente se otorgarán apoyos conforme a los siguientes subcomponentes: Sección I Artículo 13. Subcomponente Producción y Productividad Agroecológica para la Alimentación y Autosuficiencia Alimentaria. Este subcomponentes está orientado a incrementar la producción y la productividad de las Unidades de Producción Agrícolas, así como reducir las pérdidas de alimentos. La Unidad Responsable de este subcomponente es la Dirección General de Fomento a la Agricultura. Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo I. Adquisición de material genético e insumos. Adquisición de material vegetativo, semilla e insumos de nutrición y manejo fitosanitario. Productores agrícolas con hasta 5 hectáreas en territorios prioritarios Para Cultivos Cíclicos: Hasta $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea Para Cultivos Perennes: Hasta $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea sin rebasar el 50% del costo/ha de establecimiento y hasta 1 hectárea por productor. II. Atención a zonas vulnerables por riesgos climatológicos Cambio de cultivo o siembra de multicultivos (material genético e insumos). Productores agrícolas con hasta 5 hectáreas en territorios prioritarios Hasta $1,000.00/hectárea (Mil pesos 00/100 M.N.). Agricultura protegida (invernaderos, mallas antigranizo y malla sombra) Productores agrícolas organizados con máximo 3 hectáreas por grupo organizado Hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto sin rebasar el 50% del costo del proyecto. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 327 Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo III. Mecanización de pequeños productores y producción de bioinsumos Maquinaria e implementos para la agricultura de pequeños productores Productores agrícolas con hasta 5 hectáreas en territorios prioritarios Hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por productor Producción de bioinsumos Productores agrícolas con un máximo de 50 hectáreas como grupo organizado para producir bioinsumos. Hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto sin rebasar el 50% del costo del proyecto y un apoyo hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por productor de un grupo organizado IV. Reducción de pérdidas de alimentos Almacenaje, selección y empaque de producción primaria Productores agrícolas con hasta 1 hectárea por productor y un máximo de 50 hectáreas por grupo organizado. Hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto sin rebasar el 50% del costo del proyecto y un apoyo hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por productor de un grupo organizado Nota: La semilla deberá cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas. Los insumos de nutrición y manejo fitosanitario deberán contar con el permiso de COFEPRIS. Sección II Artículo 14. Subcomponente de Valor Agregado y Mercados. Este subcomponente está orientado a la agregación de valor de la producción de pequeños productores y su vinculación a los mercados. La Unidad Responsable de este subcomponente son la Dirección General de Valor Agregado y Mercados y la Dirección General de Gestión de Riesgos. Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo I. Agregación del valor a la producción primaria Apoyos para incrementar el valor intrínseco de los productos agrícolas de pequeños productores atendiendo la demanda de los consumidores mediante proyectos de agroindustrias rurales, agroturismo, generación de bio productos. Productores agrícolas organizados con máximo 50 hectáreas. Hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto sin rebasar el 50% del costo del proyecto y un apoyo de hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100M.N.) por productor de un grupo organizado II. Vinculación a mercados Apoyos que promuevan la diversificación de mercados, la asociatividad de los productores y canales de comercialización alternos e innovadores. 328 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Sección III Artículo 15. Subcomponente Riesgo Compartido. Este subcomponente está orientado a impulsar inversiones para agroparques y agroindustria, a partir de esquemas de riesgo compartido. Las Unidad Responsable de este subcomponente es la Dirección General de Gestión de Riesgos. Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo I. Riesgo Compartido Apoyos para proyectos en post-producción para infraestructura, maquinaría y/o equipo nuevos. Son elegibles vehículos de transporte terrestre especializado de carga, nuevos, sin características de lujo, tipo chasis de 1 a 4 toneladas con sistema de frio o caja refrigerada, indispensable para la implementación y mejora del proceso de transformación o agregación de valor, en cuyo caso, el apoyo para vehículo será sin rebasar el 50% de su costo. Productores agrícolas individuales (personas físicas) y productores agrícolas organizados (personas morales) que transformen al menos el 60% de la producción primaria que producen a partir del proyecto. Incentivos recuperables, sin aval o garantía, de hasta el 80% del costo de inversión del proyecto. Para personas físicas hasta $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.). Para personas morales hasta $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) por socio activo, sin rebasar $5,000.000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.) por persona moral. Para el Subcomponente Riesgo Compartido, tanto los productores agrícolas individuales (personas físicas) como productores agrícolas organizados (personas morales), deberán cumplir el requisito de presentar un Proyecto conforme al Guion para la Elaboración del Proyecto Colectivo del Componente Fomento a la Agricultura (Anexo 4). El programa de recuperaciones del incentivo se establecerá en el Convenio de Concertación que se suscriba con los beneficiarios, en donde se señalarán los plazos y montos, así como otros elementos asociados al proceso de recuperaciones tales como las sanciones en caso de incumplimiento a la ejecución de las acciones o el incumplimiento en el pago de las recuperaciones convenidas. Sección IV Artículo 16. Subcomponente Suelo, Agua y Biodiversidad. Este subcomponente está orientado a impulsar las bases para la transformación de una agricultura sostenible, su adaptación al cambio climático a través de la recuperación y protección de suelos y agua de uso agrícola, así como, la conservación y uso de la biodiversidad. La Unidad Responsable de este subcomponente es la Dirección General de Políticas, Prospección y Cambio Climático. Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo I. Recuperación y protección de suelos agrícolas Mejoradores y conservadores de suelo para: Modificación de la salinidad y acidificación de los suelos agrícolas (aplicación de cal agrícola, yeso agrícola y compostas) Incremento de los niveles de materia orgánica y fertilidad de suelos degradados (aplicación de abonos verdes a nivel de subsuelo) Reducción de pérdida de suelos (líneas de nivel, terrazas, cercos vivos, barreras rompe-vientos). Productores agrícolas con hasta 5 hectáreas en territorios prioritarios Hasta $1,000.00/hectárea. (Mil pesos 00/100 M.N.) Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 329 Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo Adquisición de maquinaria e implementos para producir con labranza cero o mínima labranza.1 Productores agrícolas organizados con un máximo de 50 hectáreas. Hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto sin rebasar el 50% del costo del proyecto y un apoyo de hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100M.N.) por productor de un grupo II. Reducción de la huella hídrica de la agricultura Eficiencia en el uso de agua de riego. Productores agrícolas con hasta 5 hectáreas en territorios prioritarios. Hasta $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea Captación y utilización de agua pluvial Productores agrícolas organizados con un máximo de 50 hectáreas. Hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto sin rebasar el 50% del costo del proyecto y un apoyo de hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100M.N.) por productor de un grupo organizado Prácticas agrícolas para el desarrollo de polinizadores y organismos benéficos. (corredores y cercos de plantas nativas, bebederos, estanques) Productores agrícolas con hasta 5 hectáreas en territorios prioritarios. Hasta $1,000.00/hectárea (Mil pesos 00/100 M.N.) Conservación de recursos genéticos en bancos de semillas comunitarios. Productores agrícolas organizados con un máximo de 50 hectáreas en conjunto. Hasta $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) por proyecto sin rebasar el 50% del costo del proyecto y un apoyo de hasta $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N.) por productor de un grupo organizado Sección V Artículo 17. Subcomponente Fortalecimiento a las Cadenas Agroalimentarias. Este subcomponente está orientado a fortalecer las cadenas agroalimentarias, a través de los Comités Nacionales de Sistemas Producto Agrícolas. La Unidad Responsable de este subcomponente es la Dirección General de Fomento a la Agricultura. La población objetivo y los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo I. Administración. Pago de servicios profesionales, principalmente para el facilitador o gerente, asistente y servicios contables. Figura moral que represente a los diferentes Comités Nacionales de Sistemas Producto Agrícolas. Hasta $2’000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.) por Comité Nacional Sistema de Producto Agrícola. 1 La maquinaria e implementos deberán ser evaluados por el Comité Técnico Dictaminador.� 330 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo II. Servicios Empresariales. Contratación de servicios de estudios, diagnósticos, análisis de información de mercado, oportunidades de comercialización y financiamiento, entre otros, a implementar durante el año, para fortalecer la cadena agroalimentaria. III. Profesionalización y comunicación. Gastos destinados a la contratación de servicios para la realización de congresos, foros, convenciones, asambleas, simposio, mesas de trabajo y talleres, con objeto de comunicar a los eslabones de la cadena, avances o decisiones de diverso orden que la favorezcan; y transmitir nuevos conocimientos, o bien, para discutir problemas específicos. Se destinará hasta el 15 % para acompañamiento, gestión y coordinación técnica de los Sistemas Producto bajo los criterios emitidos por la Dirección General de Fomento a la Agricultura. Además de los Criterios de elegibilidad y requisitos que le apliquen, los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos específicos: 1. Informe de resultados obtenidos de su gestión. 2. Plan Rector 3. Directorio actualizado de los miembros del Comité Nacional Sistema Producto Agrícola por cada eslabón de la cadena representado y en caso de tenerlo, el padrón georreferenciado; 4. Propuesta de Plan Anual de Fortalecimiento alineado al último Plan Rector, que incluya el Ejercicio participativo de planeación, que será sometido a la opinión y validación del Comité Técnico Dictaminador; y 5. Acta de la última asamblea celebrada en el año inmediato anterior, donde acredite los nombramientos y poderes otorgados de la nueva directiva y la vigencia de sus funciones, con la firma de asistencia del representante de la Secretaría. Artículo 18. Criterios de Selección y Priorización. Los territorios y cultivos prioritarios serán determinados por las Unidades Responsables donde se relacionarán los estados y/o municipios que contienen a los productores que podrían ser sujetos de los apoyos de las presentes Reglas de Operación. Se dará preferencia a solicitantes que pertenezcan a grupos o comunidades indígenas y/o afrodescendientes que se dediquen a las actividades productivas; mujeres, personas con discapacidad y solicitantes que viven en zonas de alta y muy alta marginación. Para el caso del subcomponente Fortalecimiento a las Cadenas Agroalimentarias de los apoyos están dirigidos a los Comités Nacionales de los Sistemas Producto Agrícolas constituidos de conformidad con la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Las Unidades Responsables podrán emitir las convocatorias (Anexo 35) para el acceso a los apoyos descritos en estas Reglas de Operación de acuerdo con la suficiencia presupuestal y de acuerdo con las prioridades marcadas en el PND y en el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural vigentes. Artículo 19. Mecánica Operativa. Para la operación efectiva del Componente a continuación se presentan las etapas que deben ser ejecutadas para su correcta difusión, selección, ejecución y seguimiento: 1. Publicación de la Convocatoria. Una vez definidos los territorios y cultivos prioritarios, la Unidad Responsable emite la convocatoria y junto con la Instancia Ejecutora publicarán la convocatoria en sus respectivas páginas electrónicas y, en su caso en sus oficinas, en la que se indicarán la dirección (electrónica y/o física) de las ventanillas, fecha de apertura y cierre de las mismas, así como la información sobre el objetivo del Programa, población objetivo, cobertura, requisitos generales y específicos, además de los conceptos, montos de apoyo y criterios técnicos de selección. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 331 2. Apertura y cierre de ventanillas. Conforme a la convocatoria emitida por la Unidad Responsable y en coordinación con la Instancia Ejecutora, se abrirán las ventanillas correspondientes (físicas y electrónicas). 3. Registro y recepción de solicitudes. Después de revisar con detalle las presentes Reglas de Operación, el solicitante: I. Realizará el registro de solicitud en línea en la página www.gob.mx/agricultura, y en caso de requerir apoyo para la captura de su solicitud electrónica, podrá acudir físicamente a la ventanilla. Al concluir el registro el sistema emitirá un comprobante de captura exitosa con su respectivo número de registro, siempre y cuando se hayan llenado todos los campos solicitados. II. Posterior a la captura, deberá acudir a la Ventanilla, antes del cierre definido en la convocatoria, para entregar los documentos que acrediten los requisitos que correspondan (generales y/o específicos), para su respectivo cotejo contra documentos originales, y en caso de estar completo el expediente requerido, se le entregará al solicitante un acuse de recibo de expediente completo. III. Deberá conservar el número de registro recibido hasta la conclusión de su trámite. IV. Si no cumple con los requisitos aplicables o algún documento resulta ilegible, deberá subsanar la deficiencia, para ello contará con un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presentación de documentos en la ventanilla; el personal no podrá emitir el acuse de recibido hasta haber entregado de manera completa y a cabalidad su expediente. Una vez que el solicitante entregue en ventanilla de manera completa los requisitos, se continuará con el trámite, sin embargo, en caso de que hayan transcurrido los 10 días sin que se subsane la deficiencia, se tendrá dicha solicitud por cancelada. Posteriormente, el personal a cargo de la ventanilla revisará que los documentos presentados acrediten los criterios de elegibilidad y los requisitos que correspondan (generales y/o específicos), en caso de validarlos, notificará a la Unidad Responsable o Instancia Ejecutora y se le tendrá como solicitud válida para dictaminar. 4. Evaluación de las solicitudes presentadas. Una vez que la ventanilla cuente con toda la información completa por cada solicitud aceptada y con acuse de recibida completamente, deberá integrar, como parte de sus responsabilidades, un expediente completo electrónico en formato PDF, incluido el Anexo 3 firmado por el solicitante. El archivo de remisión deberá nombrarse con número de registro y deberá incluir en forma numerada los documentos indicados en estas Reglas de Operación, el cual será remitido al área correspondiente para revisión de los requisitos generales y específicos del Apoyo (Instancia Ejecutora o Unidad Responsable). Esta área realizará un análisis del proyecto presentado y los conceptos de apoyo requeridos (Cédula de Calificación del Componente Fomento a la Agricultura Anexo 6) y emitirá un predictamen, que será remitido a la Unidad Responsable o Instancia Ejecutora, para convocar al CTD el cual revisará los pre-dictámenes presentados en cada sesión, y emitirá su fallo: Dictamen positivo o Dictamen negativo. 5. Publicación de Resultados. La Instancia Ejecutora correspondiente será la encargada de generar un listado con los resultados de cada solicitud (positivos o negativos) para su publicación correspondiente en la página de la Secretaría www.gob.mx/agricultura y en su caso, en las páginas electrónicas de las Instancias Ejecutoras. Posteriormente se dará vista a cada solicitante, pudiendo auxiliarse de las Representaciones de la Secretaría, las Instancias Ejecutoras o las ventanillas correspondientes en las entidades federativas. Se considerará como realizada la notificación de la resolución mediante la publicación respectiva del listado con el resultado de los dictámenes (positivos y negativos) en la página de la Secretaría www.gob.mx/agricultura y en su caso, en las páginas electrónicas de las Instancias Ejecutoras, dicha publicación se podrá realizar hasta 45 días posteriores al cierre de la ventanilla. 6. Suscripción del Instrumento Jurídico (Convenio de Concertación). Para los apoyos de beneficio individual de hasta $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) no será necesario la suscripción del instrumento jurídico entre el beneficiario y la Secretaría o Instancia Ejecutora (Convenio de Concertación), en este caso, el beneficiario deberá firmar un acta de entrega-recepción del apoyo donde se comprometa al uso del recurso recibido para los fines autorizados. 332 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Para el caso de los apoyos mayores a $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) será necesaria la suscripción de un instrumento jurídico (Convenio de Concertación) entre el beneficiario y la Secretaría (Anexo 36), por conducto de las Representaciones de la Secretaría en las entidades federativas o por la Instancia Ejecutora, donde se indicarán los apoyos de las solicitudes, compromisos de las partes, metas de los proyectos autorizados y otras obligaciones. Una vez notificada la resolución positiva a los beneficiarios, la Instancia Ejecutora realizará visitas de verificación de manera muestral sobre la viabilidad positiva o negativa de la ejecución del proyecto y llenará la Cédula de Pertinencia del Componente Fomento a la Agricultura correspondiente (Anexo 7). El porcentaje de verificación será determinado por la Unidad Responsable y ejecutado por la Instancia Ejecutora. Una vez hecha la notificación, se le otorgará al beneficiario (individual o colectivo) un plazo de 10 días hábiles para que se presente a suscribir el instrumento jurídico correspondiente (Convenio de Concertación, Anexo 36); el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación. En caso de que el beneficiario no lleve a cabo la suscripción del instrumento jurídico dentro del plazo establecido en la notificación respectiva, el apoyo autorizado se considerará por desistido del apoyo autorizado, sin que para tal efecto se requiera desistimiento expreso por escrito. En este caso, la Instancia Ejecutora elaborará y remitirá a la Unidad Responsable el Acta Circunstanciada de Hechos, posteriormente la Unidad Responsable reasignará los recursos a las solicitudes que cuenten con predictamen positivo y que por falta de disponibilidad presupuestaria no hayan sido consideradas. La Instancia Ejecutora a petición por escrito del beneficiario podrá solicitar a la Unidad Responsable, prórrogas para la firma del instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36) para el cumplimiento de la aplicación de los apoyos, cuya solicitud deberá ser acompañada de una justificación. 7. Entrega del apoyo. Para hacer constar la entrega recepción del apoyo autorizado cuando los apoyos sean mayores a $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), se suscribirá un Acta Entrega Recepción de recursos financieros, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el pago, siendo éstos: I. Resolución con fecha y firma de aceptación del Apoyo; II. El instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36) debidamente firmado, en su caso, respetando las particularidades establecidas para cada apoyo; III. Comprobante de la aportación del beneficiario, pudiendo ser estado de cuenta bancario, contrato de crédito con Institución Financiera, comprobante de depósito bancario a proveedor, o recibo de efectivo emitido por el proveedor. IV. Estado de cuenta con vigencia no mayor a 3 meses, que incluya CLABE Interbancaria de la Cuenta donde se depositará el apoyo; V. Estar al corriente de las obligaciones fiscales conforme a lo señalado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, cuando aplique; VI. Visitas de verificación cuyo porcentaje será determinado por la Unidad Responsable, y ejecutado por la Instancia Ejecutora que permitan determinar lo siguiente: a. La existencia de los solicitantes y que subsiste el interés del solicitante para ejecutar el proyecto; b. La existencia de la propiedad; c. Las condiciones necesarias para la ejecución del proyecto. Una vez entregada la documentación, la Instancia Ejecutora remitirá a la Unidad Responsable quien procederá a la elaboración de las plantillas de pagos (layouts) remitiéndolos a la Instancia Dispersora para la entrega del recurso correspondiente. Como aportación del beneficiario se podrá considerar inversiones fijas realizadas a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en curso, siempre que se trate de conceptos de inversión considerados en el proyecto, y deberá notificarse el inicio de esta obra a la Instancia Ejecutora desde la solicitud. El apoyo será entregado en su totalidad, con base en la disponibilidad presupuestaria, una vez que haya sido dictaminada positiva la solicitud y en su caso, firmado el instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36). Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 333 8. Seguimiento operativo. La Unidad Responsable a través de la Instancia Ejecutora llevará a cabo el control, seguimiento, supervisión, ejecución y desarrollo de las acciones y correcta aplicación de los recursos del Apoyo, asimismo deberán contar con evidencia fotográfica de dichas acciones. 9. Reporte sobre el ejercicio del apoyo. Esta etapa estará a cargo de la Instancia Ejecutora y tiene por objeto realizar la verificación física y/o financiera del avance y conclusión de la aplicación del apoyo, misma que deberá ser reportada a la Unidad Responsable. 10. Finiquito. Una vez que se haya dado cumplimiento a las obligaciones contraídas en el instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36), dentro de la vigencia estipulada para efectos del cierre de las acciones del mismo y que se haya verificado correcta ejecución y conclusión de los apoyos, el beneficiario y las Representaciones de la Secretaría en las entidades federativas, sus representaciones Regionales, o la Instancia Ejecutora deberán suscribir el documento que ampare el cierre finiquito del instrumento jurídico. En todos los casos, el beneficiario deberá presentar todos los comprobantes fiscales que correspondan a la ejecución de los apoyos conforme a la normatividad aplicable. 11. Reasignación de recursos. Se considerarán recursos disponibles para reasignar a otros beneficiarios, aquellos apoyos autorizados y con instrumento jurídico suscrito en los que se cuente con la cancelación o desistimiento documentado, por decisión del solicitante o cualquiera de las causales señaladas en las presentes Reglas de Operación, así como aquellos en los que se presente debidamente documentada alguna disminución de precios o costos de los conceptos a pagar con los apoyos aprobados. Todas las actividades antes señaladas están identificadas en el Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Fomento a la Agricultura. (Anexo 2) Artículo 20. Exclusiones. No se otorgarán apoyos si los solicitantes se encuentran en los siguientes supuestos: 1. Si están recibiendo apoyos, subsidios o apoyos para los mismos conceptos del programa, componente u otros programas de la administración pública federal que impliquen duplicidad. 2. Si se encuentran en el “Directorio de personas físicas o morales que pierden su derecho de recibir apoyos o entregar información que no sea verdadera ni fidedigna o que impida la verificación física o documental del producto o servicio objeto del apoyo”, a cargo de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría. 3. Si los terrenos manifestados están bajo alguno de los siguientes esquemas: Pago por Servicios Ambientales (PSA), sitios Ramsar (tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos), Programa de Manejo Forestal Maderable y Bosques Certificados; salvo aquellas actividades que no impliquen cambio de uso de suelo, siempre y cuando el mecanismo de consulta esté disponible, validado por la instancia competente y conforme a la Ley. Por otra parte, no se otorgarán apoyos para los siguientes conceptos: 1. Compra de tierras; 2. Pago de impuestos; 3. Las personas morales solicitantes y sus asociados, sólo podrán ser beneficiarios en una ocasión por año fiscal. 4. Herencias; 5. Gastos legales; 6. Atenciones a funcionarios o de otro tipo; 7. Comidas y viáticos; 8. Compra de equipo y maquinaria usada nacionalizado; 9. Reparaciones, refacciones y compra de llantas; 10. Compra de cualquier tipo de vehículo utilitario; 11. Materias primas, insumos o capital de trabajo, con excepción de paquetes tecnológicos autorizados por la Secretaría, o de otros previstos en las presentes Reglas de Operación; 12. Edificación de uso habitacional; 334 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 13. Compra de remolques para el traslado de especies de competencia deportiva o de eventos de gala; 14. Desarrollo de proyectos en zonas deforestadas fuera de la frontera agrícola; 15. Desarrollo de proyectos en Áreas Naturales Protegidas que cambien el uso de suelo. Para aquellas que cuenten con programa de manejo, no se otorgarán apoyos para la zona núcleo y para las subzonas de: a) preservación, b) aprovechamiento especial, c) uso público y d) recuperación. Capítulo II. Operación del Componente Fomento a la Ganadería. Artículo 21. Objetivo Específico. Los productores pecuarios incrementan la productividad de sus Unidades Económicas Pecuarias de manera sostenible. Artículo 22. Cobertura Particular: Su cobertura es Nacional conforme a las convocatorias emitidas por la Unidad Responsable para el acceso a los apoyos descritos en estas Reglas de Operación, la suficiencia presupuestal y las prioridades marcadas en el PND y en el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural vigentes. Artículo 23. Población Objetivo Particular: Personas físicas y morales dedicadas a la actividad pecuaria, dando atención prioritaria a los pequeños productores que de manera individual posean entre 5 y 35 Unidades Animal (UA) en sus Unidades Económicas Pecuarias (UEP). Artículo 24. Instancias Participantes: Las instancias que participan en la operación de este Componente son: 1. Unidad Responsable: La Coordinación General de Ganadería. 2. Instancia Ejecutora: La(s) que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 3. Comité Técnico Dictaminador: Será Integrado por invitación de la Unidad Responsable o Instancia Ejecutora a diferentes áreas de la SADER, y en su caso, especialistas relacionados con el tema; 4. Representaciones de la Secretaría en las Entidades Federativas, o sus representaciones Regionales: con las responsabilidades y atribuciones que la Unidad Responsable le designe, a través de la mecánica operativa y oficios o circulares; 5. Ventanilla: La(s) que la Unidad Responsable e Instancias Ejecutoras designen, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 6. Instancia Dispersora de Recursos: La que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 7. Instancia Ejecutora de Gastos Asociados a la Operación: La Unidad Responsable y la que esta designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. 8. Unidad Técnica Operativa: La(s) que la Unidad Responsable e Instancias Ejecutoras designen, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. Artículo 25. Criterios de elegibilidad y requisitos. Para acceder a los apoyos de este Componente, los solicitantes deberán cumplir con los siguientes criterios y requisitos de elegibilidad: Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad Ser productor pecuario. Presentar el Formato de Inscripción o Constancia de Actualización del Padrón Ganadero Nacional. Aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en estas Reglas Anexos 10. Solicitud de Apoyo del Componente Fomento a la Agricultura, y 32 Declaratoria en Materia de Seguridad Social. Presentar la cotización respectiva Presentar la cotización membretada y firmada por el proveedor del servicio, que contenga la descripción de los bienes o servicios solicitados, el costo unitario e inversión total. Demostrar que están participando en las campañas zoosanitarias que establece el SENASICA en su Estado. Documento oficial de SADER a través del SENASICA. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 335 Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad Estar registrado en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Folio de Registro en el Padrón de Productores de la Secretaría de Desarrollo Rural, en caso de no estarlo se deberá presentar en la ventanilla para su registro en dicho padrón con copia sencilla y original para el cotejo de los siguientes documentos: a) Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional); b) Clave Única de Registro de Población (CURP), en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta; c) Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud; Concepto de Apoyo de Recursos Zoogenéticos. a) Proyecto con base en el Anexo 11. Guion para la Elaboración del Proyecto del Componente Fomento a la Agricultura; b) Acta constitutiva con un mínimo de 12 meses de antigüedad a la fecha de emisión de la convocatoria, las modificaciones a ésta y a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público. El Acta deberá comprender en su objeto social su vinculación con la producción agropecuaria y pesquera, conservación, transferencia tecnológica y desarrollo del sector agroalimentario. c) Anexo 12. Listado de Productores Integrantes de la Persona Moral del Componente Fomento a la Agricultura; d) Identificación oficial vigente del representante legal de la persona moral (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional); e) CURP del representante legal de la persona moral, en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta; f) RFC o constancia de situación fiscal actualizada. g) Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. Cumplimiento en Materia de Seguridad Social En caso de que le sea aplicable el Anexo 33, Declaratoria en materia de seguridad social, el solicitante deberá tomar en consideración los siguientes supuestos: a) Cuando el monto total de apoyo sea de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) o inferior, no es necesario que el beneficiario acredite encontrarse al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, ni el Anexo 33. Declaratoria en materia de Seguridad Social. b) Cuando el monto total de apoyo sea superior a los $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), pero el beneficiario no se encuentra obligado a inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por no tener trabajadores a su cargo, deberá de manifestarlo bajo protesta de decir verdad, mediante el Anexo 33. Declaratoria en materia de Seguridad Social. 336 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad c) Cuando el monto total de apoyo sea superior a los $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), y el beneficiario se encuentre obligado a inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por tener trabajadores a su cargo, deberá de presentar la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, realizando el procedimiento señalado en la Regla Quinta del ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR., en el entendido que dicha opinión deberá de ser positiva para poder acceder al apoyo solicitado. Instrumento Jurídico Suscripción del Convenio respectivo y su Anexo Técnico, en su caso. Además de acatar los requisitos generales de las presentes reglas, el solicitante dependiendo de su actividad productiva, deberá cumplir con los permisos, validaciones y certificaciones aplicables conforme a la legislación vigente en la materia. Artículo 26. Características de los apoyos. Los apoyos directos, serán determinados por la cantidad de vientres equivalentes en UA en la UPP, registrados en el Formato de Inscripción o Constancia de Actualización del PGN, como se indica a continuación: Cuadro de Montos Máximos de Apoyo por Estrato del Componente de Fomento a la Ganadería: Estrato Unidades Animal Monto Máximo de Apoyo Federal Beneficiarios % de Aportación Federal % de Aportación del Productor 1 5 – 10 $42,000 Físicas Hasta el 50% Al menos el 50% 2 11 – 20 $66,000 3 21 – 35 $90,000 4 36 – 100 $120,000 5 Más de 100 $ 2,000,000 Moral Con la finalidad de tener una mayor cobertura para los pequeños productores de los Estratos 1,2, y 3, se destinará al menos el 70% de los recursos federales. El productor pecuario, podrá elegir los conceptos de apoyo que requiera en su UPP, hasta llegar al monto que le corresponda de acuerdo al cuadro anterior. Los productores que excedan el monto de apoyo que les corresponda por efecto de los conceptos elegidos, no implica aportación adicional de la federación. El Estrato 5, solamente aplica al Concepto de Recursos Zoogenéticos. Sección I Artículo 27. Subcomponente Ganadería para el Bienestar. Otorga apoyos directos en fomento a la actividad pecuaria, para pequeños productores pecuarios, con el fin mejorar sus condiciones de bienestar y coadyuvar con la autosuficiencia alimentaria. Para este Subcomponente, los únicos requisitos son el Anexo 10. Solicitud de Apoyo del Componente Fomento a la Agricultura y presentar el Formato de Inscripción o Constancia de Actualización del Padrón Ganadero Nacional. Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo Apoyo directo a pequeños productores pecuarios. Apoyo directo para mejorar sus condiciones de bienestar y coadyuvar con la autosuficiencia alimentaria. Pequeños productores pecuarios desde 5 y hasta 35 Unidades Animal de ganado bovino $960 por Unidad Animal, hasta 20 Unidades Animal por productor Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 337 Sección II Artículo 28. Subcomponente Proyectos Integrales para el Desarrollo Ganadero. Este subcomponente está orientado a fortalecer las cadenas de valor para incrementar la productividad de sus Unidades Económicas Pecuarias (UEP). La población objetivo y los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Población Objetivo Específica Monto de Apoyo Proyectos integrales para el desarrollo ganadero Apoyos directos para la adquisición de material genético, infraestructura, equipo, paquetes tecnológicos y recursos zoogenéticos. Productores pecuarios con un mínimo de 5 y hasta 100 unidades animal por persona física y personas morales para recursos zoogenéticos Conforme al cuadro de Montos Máximos de Apoyo por Estrato del Componente de Fomento a la Ganadería. Para el concepto de apoyo en recursos zoogenéticos, la persona moral queda exenta de su registro en el PGN. Los apoyos para material genético y paquetes tecnológicos se ajustarán a lo establecido en los Elementos Técnicos y Valores de Referencia que serán publicados por la Unidad Responsable en la página electrónica de la Secretaría, 10 días hábiles posteriores a la publicación de estas Reglas de Operación. Se destinará hasta el 15% para el acompañamiento, gestión, gastos asociados a la operación y coordinación técnica bajo los criterios emitidos por la Unidad Responsable, suscribiéndose el instrumento jurídico correspondiente. Artículo 29. Criterios de Selección y Priorización. Las solicitudes se ajustarán al Anexo 13. Cédula de Calificación del Componente de Fomento a la Ganadería. Las solicitudes autorizadas serán priorizadas conforme al puntaje obtenido de mayor a menor. Artículo 30. Mecánica Operativa. La Mecánica Operativa contendrá las siguientes etapas que a continuación se describen: 1. Publicación de la Convocatoria. La Unidad Responsable emite la convocatoria y junto con las IE, publicarán la convocatoria en sus respectivas páginas electrónicas y en su caso en sus oficinas, en la que indicarán la ubicación y dirección electrónica de las ventanillas, fecha de apertura y cierre de las mismas, así como, la información sobre el objetivo del componente Fomento a la Ganadería, población objetivo, cobertura, requisitos generales y específicos, conceptos de apoyo, montos y criterios técnicos de selección. 2. Apertura y cierre de ventanillas. Conforme a la convocatoria emitida por la Unidad Responsable y en coordinación con la Instancia Ejecutora, se abrirán las ventanillas correspondientes (físicas y electrónicas). 3. Registro y recepción de solicitudes. Después de revisar con detalle las presentes Reglas de Operación, el solicitante: I. Acudirá a la ventanilla de atención, para entregar los documentos que acrediten los requisitos generales y específicos que correspondan, para su respectivo cotejo contra documentos originales, en caso de estar completo el expediente requerido, su solicitud será registrada en el SIGAP, al concluir el registro el Sistema emitirá un comprobante de captura exitosa con su respectivo número, siempre y cuando se hayan llenado todos los campos solicitados. II. Conservará el número de registro recibido hasta la conclusión de su trámite. III. Si no cumple con los requisitos aplicables o algún documento resulta ilegible, deberá subsanar la deficiencia, para ello contará con un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presentación de documentos en la ventanilla; el personal no podrá emitir el acuse de recibido hasta haber entregado de manera completa y a cabalidad su expediente. Una vez que el solicitante entregue en ventanilla de manera completa los requisitos, se continuará con el trámite, sin embargo, en caso de que hayan transcurrido los 10 días sin que se subsane la deficiencia, se tendrá dicha solicitud por cancelada. 338 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Posteriormente, el personal a cargo de la ventanilla revisará que los documentos presentados acrediten los criterios de elegibilidad y los requisitos que correspondan (generales y/o específicos), en caso de validarlos, notificará a la Unidad Responsable o Instancia Ejecutora y se le tendrá como solicitud válida para dictaminar. 4. Evaluación de las solicitudes presentadas. Una vez que la ventanilla cuente con toda la información completa por cada solicitud aceptada y con acuse de recibida completamente, deberá integrar, como parte de sus responsabilidades, un expediente completo electrónico en formato PDF, incluido el Anexo 10 firmado por el solicitante. El archivo de remisión deberá nombrarse con número de registro y deberá incluir en forma numerada los documentos indicados en estas Reglas de Operación, el cual será remitido al área correspondiente para revisión de los requisitos generales y específicos del Apoyo (Instancia Ejecutora o Unidad Responsable). Esta área realizará un análisis del proyecto presentado y los conceptos de apoyo requeridos (Cédula de Calificación del Componente Fomento a la Ganadería Anexo 13) y emitirá un predictamen, que será remitido a la Unidad Responsable o Instancia Ejecutora, para convocar al CTD el cual revisará los pre-dictámenes presentados en cada sesión, y emitirá su fallo: Dictamen positivo o Dictamen negativo. 5. Publicación de Resultados. La Unidad Responsable o en su caso, la Instancia Ejecutora correspondiente serán las encargadas de generar un listado con los resultados de cada solicitud (positivos o negativos) para su publicación correspondiente en la página de la Secretaría www.gob.mx/agricultura y en su caso, en las páginas electrónicas de las Instancias Ejecutoras. Posteriormente se dará vista a cada solicitante, pudiendo auxiliarse de las Representaciones de la Secretaría, las Instancias Ejecutoras o las ventanillas correspondientes en las entidades federativas. Se considerará como realizada la notificación de la resolución mediante la publicación respectiva del listado con el resultado de los dictámenes (positivos y negativos) en la página de la Secretaría www.gob.mx/agricultura y en su caso, en las páginas electrónicas de las Instancias Ejecutoras, dicha publicación se podrá realizar hasta 45 días posteriores al cierre de la ventanilla. 6. Suscripción del Instrumento Jurídico (Convenio de Concertación). Para los apoyos de hasta $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) no será necesario la suscripción del instrumento jurídico entre el beneficiario y la Secretaría (Convenio de Concertación, Anexo 36), en este caso, el beneficiario deberá firmar un acta de entrega-recepción del apoyo donde se comprometa al uso del recurso recibido para los fines autorizados. Para el caso de los apoyos mayores a $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) será necesaria la suscripción de un instrumento jurídico (Convenio de Concertación) entre el beneficiario y la Secretaría (Anexo 36), por conducto de las Representaciones de la Secretaría en las entidades federativas o por la Instancia Ejecutora, donde se indicarán los apoyos de las solicitudes, compromisos de las partes, metas de los proyectos autorizados y otras obligaciones. Una vez notificada la resolución positiva a los beneficiarios, la Instancia Ejecutora realizará visitas de verificación de manera muestral sobre la viabilidad positiva o negativa de la ejecución del proyecto y llenará la Cédula de Pertinencia del Componente Fomento a la Ganadería (Anexo 14). El porcentaje de verificación será determinado por la Unidad Responsable y ejecutado por la Instancia Ejecutora.7 Una vez hecha la notificación, se le otorgará al beneficiario (individual o colectivo) un plazo de 10 días hábiles para que se presente a suscribir el instrumento jurídico correspondiente (Convenio de Concertación, Anexo 36); el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación. En caso de que el beneficiario no lleve a cabo la suscripción del instrumento jurídico dentro del plazo establecido en la notificación respectiva, el apoyo autorizado se considerará por desistido del apoyo autorizado, sin que para tal efecto se requiera desistimiento expreso por escrito. En este caso, la Instancia Ejecutora elaborará y remitirá a la Unidad Responsable el Acta Circunstanciada de Hechos, posteriormente la Unidad Responsable reasignará los recursos a las solicitudes que cuenten con predictamen positivo y que por falta de disponibilidad presupuestaria no hayan sido consideradas. La Instancia Ejecutora a petición del beneficiario podrá solicitar a la Unidad Responsable, prórrogas para la firma del instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36) para el cumplimiento de la aplicación de los apoyos, cuya solicitud deberá ser acompañada de una justificación. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 339 7. Entrega del apoyo. Para hacer constar la entrega recepción del apoyo autorizado, se suscribirá un Acta Entrega-Recepción de recursos financieros, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el pago, siendo éstos: I. Resolución con fecha y firma de aceptación del Apoyo; II. El instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36) debidamente firmado, en su caso, respetando las particularidades establecidas para cada apoyo; III. Comprobante de la aportación del beneficiario, en su caso, pudiendo ser estado de cuenta bancario, contrato de crédito con Institución Financiera, comprobante de depósito bancario a proveedor, o recibo de efectivo emitido por el proveedor. IV. Estado de cuenta con vigencia no mayor a 3 meses, que incluya CLABE Interbancaria de la Cuenta donde se depositará el apoyo; V. Estar al corriente de las obligaciones fiscales conforme a lo señalado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación ,cuando aplique; VI. Visitas de verificación cuyo porcentaje será determinado por la Unidad Responsable, realizado por la Instancia Ejecutora que permitan determinar lo siguiente: a. La existencia de los solicitantes y que subsiste el interés del solicitante para ejecutar el proyecto; b. La existencia de la propiedad; c. Las condiciones necesarias para la ejecución del proyecto. Una vez entregada la documentación, la Instancia Ejecutora remitirá a la Unidad Responsable quien procederá a la elaboración de las plantillas de pagos (layouts) remitiéndolos a la Instancia Dispersora para la entrega del recurso correspondiente. Como aportación del beneficiario se podrá considerar inversiones fijas realizadas a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en curso, siempre que se trate de conceptos de inversión considerados en el proyecto, y deberá notificarse el inicio de esta obra a la Instancia Ejecutora desde la solicitud. El apoyo será entregado en su totalidad, con base en la disponibilidad presupuestaria, una vez que haya sido dictaminada positiva la solicitud y en su caso, firmado el instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36). 8. Seguimiento operativo. La Unidad Responsable a través de la Instancia Ejecutora llevará a cabo el control, seguimiento, supervisión, ejecución y desarrollo de las acciones y correcta aplicación de los recursos del Apoyo, asimismo deberán contar con evidencia fotográfica de dichas acciones. 9. Reporte sobre el ejercicio del apoyo. Esta etapa estará a cargo de la Instancia Ejecutora y tiene por objeto realizar la verificación física y/o financiera del avance y conclusión de la aplicación del apoyo, misma que deberá ser reportada a la Unidad Responsable. 10. Finiquito. Una vez que se haya dado cumplimiento a las obligaciones contraídas en el instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36), dentro de la vigencia estipulada para efectos del cierre de las acciones del mismo y que se haya verificado correcta ejecución y conclusión de los apoyos, el beneficiario y las Representaciones de la Secretaría en las entidades federativas, sus representaciones Regionales, o la Instancia Ejecutora deberán suscribir el documento que ampare el cierre finiquito del instrumento jurídico. El beneficiario deberá presentar todos los comprobantes fiscales que correspondan a la ejecución de los apoyos conforme a la normatividad aplicable, a excepción del Subcomponente Ganadería para el Bienestar. 11. Reasignación de recursos. Se considerarán recursos disponibles para reasignar a otros beneficiarios, aquellos apoyos autorizados y con instrumento jurídico suscrito en los que se cuente con la cancelación o desistimiento documentado, por decisión del solicitante o cualquiera de las causales señaladas en las presentes Reglas de Operación, así como aquellos en los que se presente debidamente documentada alguna disminución de precios o costos de los conceptos a pagar con los apoyos aprobados. Todas las actividades antes señaladas están identificadas en el Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Fomento a la Ganadería. (Anexo 9) 340 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Artículo 31. Exclusiones. No se otorgarán apoyos si los solicitantes se encuentran en los siguientes supuestos: 1. Si están recibiendo apoyos, subsidios o apoyos para los mismos conceptos del programa, componente u otros programas de la administración pública federal que impliquen duplicidad. 2. Si se encuentran en el “Directorio de personas físicas o morales que pierden su derecho de recibir apoyos o entregar información que no sea verdadera ni fidedigna o que impida la verificación física o documental del producto o servicio objeto del apoyo”, a cargo de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría. 3. Si los terrenos manifestados están bajo alguno de los siguientes esquemas: Pago por Servicios Ambientales (PSA), sitios Ramsar (tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos), Programa de Manejo Forestal Maderable y Bosques Certificados; salvo aquellas actividades que no impliquen cambio de uso de suelo, siempre y cuando el mecanismo de consulta esté disponible, validado por la instancia competente y conforme a la Ley. Por otra parte, no se otorgarán apoyos para los siguientes conceptos: 1. Compra de tierras; 2. Pago de impuestos; 3. Las personas morales solicitantes y sus asociados, sólo podrán ser beneficiarios en una ocasión por año fiscal. 4. Herencias; 5. Gastos legales; 6. Atenciones a funcionarios o de otro tipo; 7. Comidas y viáticos; 8. Compra de equipo y maquinaria usada nacionalizado; 9. Reparaciones, refacciones y compra de llantas; 10. Compra de cualquier tipo de vehículo utilitario; 11. Materias primas, insumos o capital de trabajo, con excepción de paquetes tecnológicos autorizados por la Secretaría, o de otros previstos en las presentes Reglas de Operación; 12. Edificación de uso habitacional; 13. Compra de remolques para el traslado de especies de competencia deportiva o de eventos de gala; 14. Desarrollo de proyectos en zonas deforestadas fuera de la frontera agrícola; 15. Desarrollo de proyectos en Áreas Naturales Protegidas que cambien el uso de suelo. Para aquellas que cuenten con programa de manejo, no se otorgarán apoyos para la zona núcleo y para las subzonas de: a) preservación, b) aprovechamiento especial, c) uso público y d) recuperación. La Unidad Responsable establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para evitar el apoyo a productores que hayan incurrido en incumplimiento o falta a la normativa de este Programa en el ejercicio anterior. Artículo 32. Coordinación Institucional. La Unidad Responsable tendrá la facultad de suscribir convenios e instrumentos jurídicos para la realización de acciones de Subprograma de Subprograma de Fomento a la Ganadería, con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como, con los centros o instituciones de investigación y/o enseñanza superior, organismos nacionales e internacionales, y asociaciones civiles, entre otros. Capítulo III. Operación del Componente Desarrollo Territorial. Artículo 33. Objetivo Específico. Los pequeños productores de los territorios prioritarios incrementan de manera sostenible su productividad, reducen sus costos de producción y mejoran su vinculación con el mercado, a través de la innovación tecnológica, el desarrollo de capacidades y la inversión en activos productivos. Artículo 34. Cobertura Particular: Su cobertura es Nacional conforme a las convocatorias emitidas por la Unidad Responsable para el acceso a los apoyos descritos en estas Reglas de Operación, la suficiencia presupuestal y las prioridades marcadas en el PND y en el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural vigentes. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 341 Artículo 35. Población Objetivo Particular: Los productores de las diferentes cadenas productivas interesados en el desarrollo territorial ubicados en las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), en las zonas de influencia de proyectos regionales u otros territorios prioritarios definidos por la Secretaría. Artículo 36. Instancias Participantes: Las instancias que participan en la operación de este Componente son: 1. Unidad Responsable: La Dirección General de Fortalecimiento a la Agricultura Familiar, la Dirección General de Integración Económica y la Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Extensionismo. 2. Instancia Ejecutora: La(s) que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 3. Comité Técnico Dictaminador: Será Integrado por invitación de la Unidad Responsable a diferentes áreas de la SADER, y en su caso, especialistas relacionados con el tema; 4. Representaciones de la Secretaría en las Entidades Federativas con las responsabilidades y atribuciones que la Unidad Responsable les designe, a través de la mecánica operativa y oficios o circulares; 5. Ventanilla: La(s) que la Unidad Responsable e Instancias Ejecutoras designen, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 6. Instancia Dispersora de Recursos: La que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente; 7. Instancia Ejecutora de Gastos Asociados a la Operación: La que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. 8. Unidad Técnica Operativa: La(s) que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector Agroalimentario y cumplan con la normatividad aplicable vigente. Artículo 37. Criterios de elegibilidad y requisitos. Para acceder a los apoyos de este Componente, los solicitantes deberán cumplir con los siguientes criterios y requisitos de elegibilidad: Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad Ser productor en las ZAP, en las zonas de influencia de proyectos regionales u otros territorios prioritarios Acreditar la propiedad o la legal posesión del predio mediante el documento jurídico fehaciente que corresponda, dependiendo de la naturaleza del subcomponente con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia y/o, Presentar el registro de la Unidad de Producción Pecuaria (UPP) y/o, Presentar el registro o constancia de CONAPESCA o permiso de pesca, según corresponda. Presentar una Carta de Consolidación de Apoyos del Componente Desarrollo Territorial (Anexo 18) en la que manifiestan su voluntad de conjuntar sus apoyos individuales para la ejecución de un proyecto de beneficio colectivo. Proyecto con el Guion para la Elaboración del Proyecto del Componente Desarrollo Territorial conforme a la orientación que corresponda (Anexo 19); Manifestar su interés para recibir apoyos del programa y aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en estas Reglas. Solicitud de Apoyo del Componente de Desarrollo Territorial (Anexo 17); especificando el apoyo al que aplica: 342 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Estar registrado en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Folio de Registro en el Padrón de Productores de la Secretaría de Desarrollo Rural, en caso de no estarlo se deberá presentar en la ventanilla para su registro en dicho padrón con copia sencilla y original para el cotejo de los siguientes documentos: a) Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional); b) Clave Única de Registro de Población (CURP), en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta; c) Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud; En caso de los apoyos a personas morales, los productores deberán demostrar que están organizados para fines productivos. Los socios de la figura moral deberán de acreditar su condición de productor conforme a los incisos a, b y c. Además de los requisitos anteriores, deberán presentar: a) Proyecto con el Guion para la Elaboración del Proyecto del Componente Desarrollo Territorial conforme a la orientación que corresponda (Anexo 19); b) Acta constitutiva con un mínimo de 12 meses de antigüedad a la fecha de emisión de la convocatoria, las modificaciones a ésta y a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público. El Acta deberá comprender en su objeto social su vinculación con la producción agropecuaria y pesquera, conservación, transferencia tecnológica y desarrollo del sector agroalimentario. c) Listado de productores Integrantes de la Personal Moral del Componente Desarrollo Territorial. (Anexo 20 en formato Excel), los cuales deberán estar protocolizados con una antigüedad mínima de 12 meses en el acta de la Persona Moral; d) Identificación oficial vigente del representante legal de la persona moral (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional); e) CURP del representante legal de la persona moral, en los casos en que al presentar la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar ésta; f) RFC o constancia de situación fiscal actualizada. g) Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. En caso de que le sea aplicable el Anexo 33, Declaratoria en materia de seguridad social, el solicitante deberá tomar en consideración los siguientes supuestos: a) Cuando el monto total de apoyo sea de $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) o inferior, no es necesario que el beneficiario acredite encontrarse al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, ni el Anexo 33. Declaratoria en materia de Seguridad Social. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 343 b) Cuando el monto total de apoyo sea superior a los $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), pero el beneficiario no se encuentra obligado a inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por no tener trabajadores a su cargo, deberá de manifestarlo bajo protesta de decir verdad, mediante el Anexo 33. Declaratoria en materia de Seguridad Social c) Cuando el monto total de apoyo sea superior a los $ 30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), y el beneficiario se encuentre obligado a inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por tener trabajadores a su cargo, deberá de presentar la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, realizando el procedimiento señalado en la Regla Quinta del ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR., en el entendido que dicha opinión deberá de ser positiva para poder acceder al apoyo solicitado. Acreditar que cuenta con la concesión y/o permisos de la CONAGUA si el proyecto que se presenta considerada el uso de agua. Presentar cualquiera de los siguientes documentos vigentes: a) Título de concesión completo con hoja de registro en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) o resolución título; en caso de cesión a terceros, se requiere solicitar la autorización a la CONAGUA, y presentar la constancia de dicho trámite. Para el caso de que el solicitante acredite el agua formando parte de una persona moral, ejido, Unidades de Riego y Distritos de Riego deberá presentar constancia del año en curso, emitida por la autoridad correspondiente indicando el volumen y superficie, acompañada por la concesión vigente. b) Constancia de registro de volumen para pozos agrícolas ubicados en zonas de libre alumbramiento, deberá tener dictamen positivo, no se aceptan solicitudes de trámites de perforaciones nuevas; c) Acuse, constancia o resolución favorable de trámite de prórroga de título de concesión; no se aceptan constancias de trámite de prorroga extemporánea, en su caso de haberse adherido al Decreto de facilidades administrativas de la CONAGUA deberá contar con el dictamen positivo; d) Aviso para usar aguas residuales por un tercero distinto al concesionario o asignatario; e) Constancia de autorización electrónica; f) Cuando se trate de usuarios en Distritos de Riego deberán presentar constancia emitida por la asociación de usuarios, sellada por la Jefatura del Distrito de riego correspondiente; g) En caso de uso de cosecha de agua se verificará la pertinencia técnica y jurídica por parte de la Unidad Responsable. h) Permisos de construcción y de aprovechamiento de agua en cauces. Además de los requisitos anteriores, el solicitante dependiendo de su actividad productiva, deberá cumplir con los permisos, validaciones y certificaciones aplicables conforme a la legislación vigente en la materia. Artículo 38. Características de los apoyos. A través de este componente se otorgarán apoyos conforme a los siguientes subcomponentes: 344 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Sección I Artículo 39. Subcomponente Proyectos Territoriales. Este subcomponente está orientado a incrementar de manera sostenible la producción agropecuaria, acuícola y/o pesquera, reducir costos de producción y fortalecer la vinculación de los productores en el mercado, en los territorios rurales priorizados. Las Unidades Responsables de este subcomponente son: La Dirección General de Fortalecimiento a la Agricultura Familiar y/o la Dirección General de Integración Económica Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Monto de Apoyo Proyectos de desarrollo territorial Inversiones de productores agrícolas de pequeña escala con hasta 5 hectáreas y pecuarios con hasta 35 Unidades Animal de las cadenas productivas agroalimentarias. Hasta el 80% del monto de los conceptos elegibles del proyecto sin rebasar $2,500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) y hasta $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N.) por productor. Sección II Artículo 40. Subcomponente Innovación Tecnológica para el Desarrollo Territorial. Este subcomponente está orientado a impulsar el cambio tecnológico por parte de los productores para incrementar la productividad de las Unidades de Producción de forma sostenible a través de la generación, transferencia de tecnología y el desarrollo de sus capacidades acorde a las condiciones ambientales, sociales y económicas de los territorios ubicados en las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), en las zonas de influencia de proyectos regionales u otros territorios prioritarios definidos por la Secretaría. La Unidad Responsable de este subcomponente es Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Extensionismo. Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Monto de Apoyo Proyectos y servicios de innovación, desarrollo tecnológico y/o transferencia de tecnología Proyectos y servicios de investigación, desarrollo tecnológico, desarrollo de capacidades y/o transferencia de tecnología orientados a productores agrícolas de pequeña escala de hasta 5 hectáreas y pecuarios de hasta 35 Unidades Animal Hasta el 100% del costo del proyecto o servicio sin rebasar $10,000 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) por productor y hasta $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) Nota: Para productores agrícolas hasta 5 ha; para productores pecuarios, hasta 35 Unidades Animal. Artículo 41. Criterios de Selección y Priorización. Los territorios prioritarios serán determinados por las Unidades Responsables donde se relacionarán los estados y/o municipios que contienen a los productores que podrían ser sujetos de los apoyos de las presentes Reglas de Operación. Se dará preferencia a solicitantes que pertenezcan a grupos o comunidades indígenas y/o afrodescendientes, mujeres y personas con discapacidad que se dediquen a las actividades productivas agroalimentarias.; mujeres, personas con discapacidad y solicitantes que viven en zonas de alta y muy alta marginación. Las Unidades Responsables podrán emitir las convocatorias (Anexo 33) para el acceso a los apoyos descritos en estas Reglas de Operación de acuerdo con la suficiencia presupuestal y de acuerdo con las prioridades marcadas en el PND y en el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural vigentes. Artículo 42. Mecánica Operativa. Para la operación efectiva del Componente a continuación se presentan las etapas que deben ser ejecutadas para su correcta difusión, selección, ejecución y seguimiento: 1. Publicación de la Convocatoria. Una vez definidos los territorios, la Unidad Responsable emite la convocatoria y junto con la Instancia Ejecutora publicarán la convocatoria en sus respectivas páginas electrónicas y, en su caso en sus oficinas, en la que se indicarán la dirección (electrónica y/o física) de las ventanillas, fecha de apertura y cierre de las mismas, así como la información sobre el objetivo del Programa, población objetivo, cobertura, requisitos generales y específicos, además de los conceptos, montos de apoyo y criterios técnicos de selección. El Concepto de apoyo Proyectos y servicios de innovación, desarrollo tecnológico y/o transferencia de tecnología, se operará en los territorios definidos bajo un esquema de inducción determinado por el CTD. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 345 2. Apertura y cierre de ventanillas. Conforme a la convocatoria emitida por la Unidad Responsable y en coordinación con la Instancia Ejecutora, se abrirán las ventanillas correspondientes (físicas y electrónicas). 3. Registro y recepción de solicitudes. Después de revisar con detalle las presentes Reglas de Operación, el solicitante: I. Realizará el registro de solicitud en línea en la página www.gob.mx/agricultura, y en caso de requerir apoyo para la captura de su solicitud electrónica, podrá acudir físicamente a la ventanilla. Al concluir el registro el sistema emitirá un comprobante de captura exitosa con su respectivo número de registro, siempre y cuando se hayan llenado todos los campos solicitados. II. Posterior a la captura, deberá acudir a la Ventanilla, antes del cierre definido en la convocatoria, para entregar los documentos que acrediten los requisitos que correspondan (generales y/o específicos), para su respectivo cotejo contra documentos originales, y en caso de estar completo el expediente requerido, se le entregará al solicitante un acuse de recibo de expediente completo. III. Deberá conservar el número de registro recibido hasta la conclusión de su trámite. IV. Si no cumple con los requisitos aplicables o algún documento resulta ilegible, deberá subsanar la deficiencia, para ello contará con un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presentación de documentos en la ventanilla; el personal no podrá emitir el acuse de recibido hasta haber entregado de manera completa y a cabalidad su expediente. V. Una vez que el solicitante entregue en ventanilla de manera completa los requisitos, se continuará con el trámite, sin embargo, en caso de que hayan transcurrido los 10 días sin que se subsane la deficiencia, se tendrá dicha solicitud por cancelada. Posteriormente, la Instancia ejecutora revisará que los documentos presentados acrediten los criterios de elegibilidad y los requisitos que correspondan (generales y/o específicos), en caso de validarlos, notificará a la Unidad Responsable o Instancia Ejecutora y se le tendrá como solicitud válida para dictaminar. 4. Evaluación de las solicitudes presentadas. Una vez que la Instancia Ejecutora cuente con toda la información completa por cada solicitud aceptada y con acuse de recibida completamente, deberá integrar, como parte de sus responsabilidades, un expediente completo electrónico en formato PDF, incluido el Anexo 17 Solicitud de Apoyo del Componente Desarrollo Territorial firmado por el solicitante. El archivo de remisión deberá nombrarse con número de registro y deberá incluir en forma numerada los documentos indicados en estas Reglas de Operación como constancia de la revisión de los requisitos generales y específicos de Apoyo. Esta Instancia Ejecutora realizará un análisis del proyecto presentado y los conceptos de apoyo requeridos (Cédula de Calificación del Componente Desarrollo Territorial Anexo 21) y emitirá un predictamen, que será remitido a la Unidad Responsable, para convocar al CTD el cual revisará los pre-dictámenes presentados en cada sesión, y emitirá su fallo: Dictamen positivo o Dictamen negativo. 5. Publicación de Resultados. La Unidad Responsable o en su caso, la Instancia Ejecutora correspondiente serán las encargadas de generar un listado con los resultados de cada solicitud (positivos o negativos) para su publicación correspondiente en la página de la Secretaría www.gob.mx/agricultura y en su caso, en las páginas electrónicas de las Instancias Ejecutoras. Posteriormente se dará vista a cada solicitante, pudiendo auxiliarse de las Representaciones de la Secretaría, las Instancias Ejecutoras o las ventanillas correspondientes en las entidades federativas. Se considerará como realizada la notificación de la resolución mediante la publicación respectiva del listado con el resultado de los dictámenes (positivos y negativos) en la página de la Secretaría www.gob.mx/agricultura y en su caso, en las páginas electrónicas de las Instancias Ejecutoras, dicha publicación se podrá realizar hasta 45 días posteriores al cierre de la ventanilla. Una vez notificada la resolución positiva a los beneficiarios, la Instancia Ejecutora realizará visitas de verificación de manera muestral sobre la viabilidad positiva o negativa de la ejecución del proyecto y llenará la Cédula de Pertinencia del Componente Desarrollo Territorial (Anexo 22). El porcentaje de verificación será determinado por la Unidad Responsable y ejecutado por la Instancia Ejecutora. 6. Suscripción del Instrumento Jurídico (Convenio de Concertación). Para los apoyos de beneficio individual de hasta $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) no será necesario la suscripción del instrumento jurídico entre el beneficiario y la Secretaría o Instancia Ejecutora (Convenio de Concertación, Anexo 36), en este caso, el beneficiario deberá firmar un acta de entrega-recepción del apoyo donde se comprometa al uso del recurso recibido para los fines autorizados. 346 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Para el caso de los apoyos mayores a $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) será necesaria la suscripción de un instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36) entre el beneficiario y la Secretaría (Anexo 36), por conducto de las Representaciones de la Secretaría en las entidades federativas o por la Instancia Ejecutora, donde se indicarán los apoyos de las solicitudes, compromisos de las partes, metas de los proyectos autorizados y otras obligaciones. Una vez hecha la notificación, se le otorgará al beneficiario (individual o colectivo) un plazo de 10 días hábiles para que se presente a suscribir el instrumento jurídico correspondiente (Convenio de Concertación, Anexo 36); el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación. En caso de que el beneficiario no lleve a cabo la suscripción del instrumento jurídico dentro del plazo establecido en la notificación respectiva, el apoyo autorizado se considerará por desistido del apoyo autorizado, sin que para tal efecto se requiera desistimiento expreso por escrito. En este caso, la Instancia Ejecutora elaborará y remitirá a la Unidad Responsable el Acta Circunstanciada de Hechos, posteriormente la Unidad Responsable reasignará los recursos a las solicitudes que cuenten con predictamen positivo y que por falta de disponibilidad presupuestaria no hayan sido consideradas. La Instancia Ejecutora a petición por escrito del beneficiario podrá solicitar a la Unidad Responsable, prórrogas para la firma del instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36) para el cumplimiento de la aplicación de los apoyos, cuya solicitud deberá ser acompañada de una justificación. 7. Entrega del apoyo. Para hacer constar la entrega recepción del apoyo autorizado cuando los apoyos sean mayores a $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.), se suscribirá un Acta Entrega Recepción de recursos financieros, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el pago, siendo éstos: I. Resolución con fecha y firma de aceptación del Apoyo; II. El instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36) debidamente firmado, en su caso, respetando las particularidades establecidas para cada apoyo.; III. Comprobante de la aportación del beneficiario, pudiendo ser estado de cuenta bancario, contrato de crédito con Institución Financiera, comprobante de depósito bancario a proveedor, o recibo de efectivo emitido por el proveedor. IV. Estado de cuenta con vigencia no mayor a 3 meses, que incluya CLABE Interbancaria de la Cuenta donde se depositará el apoyo; V. Estar al corriente de las obligaciones fiscales conforme a lo señalado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, cuando aplique; VI. Visitas de verificación cuyo porcentaje será determinado por la Unidad Responsable, y ejecutado por la Instancia Ejecutora que permitan determinar lo siguiente: a. La existencia de los solicitantes y que subsiste el interés del solicitante para ejecutar el proyecto; b. La existencia de la propiedad; c. Las condiciones necesarias para la ejecución del proyecto. Una vez entregada la documentación, la Instancia Ejecutora remitirá a la Unidad Responsable quien procederá a la elaboración de las plantillas de pagos (layouts) remitiéndolos a la Instancia Dispersora para la entrega del recurso correspondiente. Como aportación del beneficiario se podrá considerar inversiones fijas realizadas a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en curso, siempre que se trate de conceptos de inversión considerados en el proyecto, y deberá notificarse el inicio de esta obra a la Instancia Ejecutora desde la solicitud, en estas inversiones se podrán considerar la mano de obra y materiales que documenten los beneficiarios y se constaten por parte de la Instancia Ejecutora. El apoyo será entregado en su totalidad, con base en la disponibilidad presupuestaria, una vez que haya sido dictaminada positiva la solicitud y en su caso, firmado el instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36). 8. Seguimiento operativo. La Unidad Responsable a través de la Instancia Ejecutora llevará a cabo el control, seguimiento, supervisión, ejecución y desarrollo de las acciones y correcta aplicación de los recursos del Apoyo, asimismo deberán contar con evidencia fotográfica de dichas acciones. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 347 9. Reporte sobre el ejercicio del apoyo. Esta etapa estará a cargo de la Instancia Ejecutora y tiene por objeto realizar la verificación física y/o financiera del avance y conclusión de la aplicación del apoyo, misma que deberá ser reportada a la Unidad Responsable. 10. Finiquito. Una vez que se haya dado cumplimiento a las obligaciones contraídas en el instrumento jurídico (Convenio de Concertación, Anexo 36), dentro de la vigencia estipulada para efectos del cierre de las acciones del mismo y que se haya verificado correcta ejecución y conclusión de los apoyos, el beneficiario y la Secretaría o la Instancia Ejecutora deberán suscribir el documento que ampare el cierre finiquito del instrumento jurídico. En todos los casos, el beneficiario deberá presentar todos los comprobantes fiscales que correspondan a la ejecución de los apoyos conforme a la normatividad aplicable. 11. Reasignación de recursos. Se considerarán recursos disponibles para reasignar a otros beneficiarios, aquellos apoyos autorizados y con instrumento jurídico suscrito en los que se cuente con la cancelación o desistimiento documentado, por decisión del solicitante o cualquiera de las causales señaladas en las presentes Reglas de Operación, así como aquellos en los que se presente debidamente documentada alguna disminución de precios o costos de los conceptos a pagar con los apoyos aprobados. Todas las actividades antes señaladas están identificadas en el Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Desarrollo Territorial. (Anexo 16) Artículo 43. Exclusiones. No se otorgarán apoyos si los solicitantes se encuentran en los siguientes supuestos: 1. Si están recibiendo subsidios o apoyos para los mismos conceptos del programa u otros programas de la administración pública federal que impliquen duplicidad. 2. Si se encuentran en el “Directorio de personas físicas o morales que pierden su derecho de recibir apoyos o entregar información que no sea verdadera ni fidedigna o que impida la verificación física o documental del producto o servicio objeto del apoyo”, a cargo de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría. 3. Si los terrenos manifestados están bajo alguno de los siguientes esquemas: Pago por Servicios Ambientales (PSA), sitios Ramsar (tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos), Programa de Manejo Forestal Maderable y Bosques Certificados; salvo aquellas actividades que no impliquen cambio de uso de suelo, siempre y cuando el mecanismo de consulta esté disponible, validado por la instancia competente y conforme a la Ley. Por otra parte, no se otorgarán apoyos para los siguientes conceptos: 1. Compra de tierras; 2. Pago de impuestos; 3. Las personas morales solicitantes y sus asociados, sólo podrán ser beneficiarios en una ocasión por año fiscal. 4. Herencias; 5. Gastos legales; 6. Atenciones a funcionarios o de otro tipo; 7. Comidas y viáticos; 8. Compra de equipo y maquinaria usada nacionalizado; 9. Reparaciones, refacciones y compra de llantas; 10. Compra de cualquier tipo de vehículo utilitario; 11. Materias primas, insumos o capital de trabajo, con excepción de paquetes tecnológicos autorizados por la Secretaría, o de otros previstos en las presentes Reglas de Operación; 12. Edificación de uso habitacional; 13. Compra de remolques para el traslado de especies de competencia deportiva o de eventos de gala; 14. Desarrollo de proyectos en zonas deforestadas fuera de la frontera agrícola; 15. Desarrollo de proyectos en Áreas Naturales Protegidas que cambien el uso de suelo. Para aquellas que cuenten con programa de manejo, no se otorgarán apoyos para la zona núcleo y para las subzonas de: a) preservación, b) aprovechamiento especial, c) uso público y d) recuperación. 348 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Artículo 44. Coordinación Institucional. La Unidad Responsable correspondiente tendrá la facultad de suscribir convenios e instrumentos jurídicos para la realización de acciones del Componente Desarrollo Territorial, con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como, con los centros o instituciones de investigación y/o enseñanza superior, organismos nacionales e internacionales, y asociaciones civiles, entre otros. Capítulo IV. Operación del Componente BIENPESCA Artículo 45. Objetivo Específico. Los productores pesqueros y acuícolas de pequeña escala incrementan su producción a fin de contribuir a mejorar sus condiciones de bienestar y coadyuvar con la autosuficiencia alimentaria. Artículo 46. Cobertura Particular. Nacional, y priorizará bajo una perspectiva de género e inclusión social a los pescadores y acuicultores que se encuentren ubicados en las zonas rurales, que pertenezcan a etnias o pueblos indígenas conforme a las disposiciones del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, se ubiquen dentro de los municipios comprendidos en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec o en zonas de alta vulnerabilidad y marginación social. Artículo 47. Población Objetivo Particular. Productores pesqueros y/o acuícolas de pequeña escala inscritos en el Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura. Artículo 48. Instancias Participantes. Las instancias que participan en la operación de este Componente son: 1. Unidad Responsable e Instancia Ejecutora: La Dirección General de Organización y Fomento de la CONAPESCA, misma que podrá designar a otra Instancia Ejecutora y podrá suscribir Convenios de Colaboración o Coordinación o Anexos Técnicos con dependencias de la Administración Pública Federal o Estatal respectivamente, y será la encargada de implementar la estrategia general del componente BIENPESCA. 2. Instancia Dispersora de Recursos: La que designe la CONAPESCA, a través de la Unidad Responsable, para que sea la encargada de realizar la dispersión de los incentivos del Componente BIENPESCA. Artículo 49. Criterios de elegibilidad y requisitos. Para que los pescadores y acuicultores sean elegibles como beneficiarios(as) y reciban el apoyo directo del Componente BIENPESCA deberán cumplir con lo siguiente: Criterio de elegibilidad Requisito de elegibilidad Ser persona física; Credencial para Votar vigente, pasaporte, u otras Identificaciones oficiales vigentes, con fotografía y firma, expedidas por el gobierno federal. Estar inscritos en el Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura Cédula de Registro del Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura del Componente BIENPESCA (Anexo 25) que el solicitante podrá obtener gratuitamente en el Sistema Nacional de Información Pesquera y Acuícola (SNIPA), en la página electrónica de la CONAPESCA en la liga https://snipa.conapesca.gob.mx/padron/. Que realicen su actividad al amparo de un título de concesión o permiso de pesca o acuacultura vigente o que hayan registrado producción mediante avisos de arribo o de cosecha o que hayan sido registrados en algún programa de regularización jurídica del esfuerzo pesquero y/o programa de ordenamiento pesquero o acuícola de la CONAPESCA. a) Título de concesión o permiso de pesca o acuacultura vigente, o b) Avisos de Arribo o de Cosecha, o c) Constancia de Registro en la Campaña de Regularización Pesquera d) Estar inscritos en el Padrón de Productores y de Beneficiarios de Agricultura Estar registrados en el Padrón de Productores y de Beneficiarios de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Registro en el Padrón de Productores y de Beneficiarios de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 349 Se dará prioridad a solicitantes que pertenezcan a grupos o comunidades indígenas y/o afrodescendientes, mujeres y personas con discapacidad que se dediquen a las actividades pesqueras o acuícolas o que viven en zonas de alta y muy alta marginación. Artículo 50. Características de los Apoyos. El monto de apoyo para el Componente BIENPESCA será Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Monto de Apoyo BIENPESCA Apoyo económico directo, de manera única, de forma anual y sujeto a disponibilidad presupuestal. $7,200.00 (Siete mil doscientos pesos 00/100 M.N.) por solicitante. En caso de que a solicitud expresa, los gobiernos de los estados participen en la ejecución del componente BIENPESCA, el monto del apoyo Federal podrá ampliarse hasta en un 50%, sujeto a la disponibilidad presupuestal, en los términos que se acuerden con la entidad respectiva. Artículo 51. Mecánica Operativa. Esta mecánica contendrá las etapas que se describen a continuación: I. La Unidad Responsable: a) Recibirá la Cédula de Registro del Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura del Componente BIENPESCA (Anexo 25) que presenten firmada las personas físicas interesadas en el apoyo del Componente BIENPESCA, en las oficinas centrales o de representación de la CONAPESCA; b) Integrará expediente digital, que contenga la Clave Única de Registro de Población, identificación oficial con fotografía y la Cédula de Registro al Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura, c) Verificará y validará la documentación y datos de las personas físicas que presentaron la Cédula de Registro al Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura en un periodo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de que esté completamente integrado el expediente), d) Publicará en la página electrónica de la CONAPESCA, el enlace digital donde el interesado (a) podrá consultar de forma directa el estatus de su trámite, e) Publicará en la página electrónica de la CONAPESCA la relación de beneficiarios(as), conforme a las disposiciones legales aplicables en materia de transparencia, f) Emitirá instrucción de pago a la Instancia Dispersora de Recursos, y g) Publicará en la página electrónica de la CONAPESCA, las fechas de entrega del apoyo a los beneficiarios. II. La Instancia Dispersora de Recursos: a) Entregará al beneficiario(a) el apoyo económico, mediante orden de pago personal intransferible, tarjeta bancaria o cualquier otro medio de pago directo, sin intermediarios, y b) Rendirá informes mensuales de avances a la Unidad Responsable respecto de la dispersión de pagos efectuada a favor de los beneficiarios del Componente BIENPESCA Todas las actividades antes señaladas están identificadas en el Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente BIENPESCA. (Anexo 24) Artículo 52. Exclusiones. Toda persona física que sea ajena a las actividades primarias de pesca y acuacultura, será excluida de los beneficios del Componente BIENPESCA. Artículo 53. Coordinación Intrainstitucional. Se operará de forma coordinada con la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para la realización de las gestiones administrativas del Componente BIENPESCA. Artículo 54. Coordinación Interinstitucional. Se establecerá la coordinación interinstitucional con la Secretaría del Bienestar a través de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo y con las Delegaciones de Programas Federales de las Entidades Federativas, o con otras Instituciones y Organismos públicos, a través del personal que se designe para apoyar los procesos de integración de los requisitos que deberán cumplir las personas elegibles para el Componente BIENPESCA, bajo las especificaciones que establezca la Unidad Responsable. 350 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Capítulo V. Operación del Componente de Recursos Genéticos Acuícolas Artículo 55. Objetivo Específico. Impulsar el bienestar de pequeños productores acuícolas de especies de interés comercial para la alimentación a través del aumento de su productividad mediante el uso organismos de calidad genética mejorada, provenientes de laboratorios de producción certificados e investigación en mejora genética. Artículo 56. Cobertura Particular. La cobertura de este componente es Nacional. Artículo 57. Población Objetivo Particular. 1.-Subcomponente de Semilla Acuícola: Personas físicas que sean pequeños productores acuícolas, inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), o que sean miembros de una Unidad Económica Pesquera y/o Acuícola (UEPA) que cuente con él. 2.-Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas: Centros de Investigación, Universidades e Instituciones de Educación Superior que estén inscritos en la Red Nacional de Información en Pesca y Acuacultura (RNIIPA) y que cuenten con RNPA. Artículo 58. Instancias participantes. Las instancias que participan en la operación de este Componente son: Unidad Responsable: Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA). Instancia Ejecutora: Dirección General Adjunta de Investigación en Acuacultura del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA). Artículo 59. Criterios y requisitos de elegibilidad. Serán elegibles los solicitantes que cumplan con lo siguiente: 1. Subcomponente de Semilla Acuícola: I. Personas físicas que cuenten con un RNPA a su nombre. Pequeños productores: Se refiere a UPA´s con producción anual, para el caso de ostión de hasta 500,000 piezas de ostión, y de trucha, tilapia o camarón de hasta 10 toneladas: Criterio Requisito Aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en estas Reglas. Completar la Solicitud de Apoyo al Programa Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura, del componente Recursos Genéticos Acuícolas elaborada debidamente, mediante el formulario encontrado en el enlace https://forms.gle/Kbg9SSKyjtCT7keC9, y adjuntando los documentos para cumplir los requisitos de las presentes Reglas de Operación. Contar con una identificación oficial vigente. Identificación oficial de la persona física solicitante, los documentos aceptables son: Credencial para Votar vigente, Pasaporte, u otras Identificaciones oficiales vigentes, con fotografía y firma, expedidas por el gobierno federal, estatal o municipal; Contar con la Clave Única de Registro de Población Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) actualizada. Estar registrado en el Padrón Único de Beneficiarios y Solicitantes de la Secretaría de Agricultura Presentar la impresión del folio de registro en el Padrón Único de Beneficiarios Estar inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA) Registro Nacional de Pesca y Acuacultura vigente, a nombre de la persona física solicitante que contenga el RNPA de la Unidad Económica y de la Instalación acuícola, emitido por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA). Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 351 Criterio Requisito a).-Acreditar la legal propiedad o posesión del predio o bien mueble o inmueble, en el que se realizarán las acciones del proyecto solicitado. b).-En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción federal: título de concesión, o permiso de pesca o acuacultura vigente a).-Documento jurídico fehaciente que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, los documentos aceptables podrán ser: título de propiedad (factura o contrato de compra venta), contrato de arrendamiento, de comodato, de usufructo, de donación, adjudicación por herencia, certificado parcelario. Para el caso de los productores de comunidades indígenas, con el documento expedido por la autoridad competente y en su caso, conforme a usos y costumbres. b).-En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción Federal, deberán presentar el permiso de Fomento o Concesión Acuícola vigente correspondiente para el polígono en el que se realizarán las actividades. Comprobante de domicilio a nombre de la persona física solicitante Recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el Ayuntamiento, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, con la cual se hace constar que la persona física habita en el núcleo agrario, localidad o municipio donde se desarrollará el proyecto productivo o en donde tiene su domicilio legal; el comprobante deberá presentar una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de recepción de la Solicitud de Apoyo. Haber registrado producción por lo menos dentro de los últimos 12 meses anteriores a la apertura de ventanilla Se aceptan cualquiera de los siguientes documentos: a) Últimos tres avisos de cosecha, legibles, completos, sin taches ni enmendaduras, o, b) Carta bajo protesta de decir verdad, de producción del año inmediato anterior del Componente Recursos Genéticos Acuícolas, firmada por el solicitante (Anexo 28). Contar con una cuenta bancaria (que pueda hacer operaciones electrónicas o vía chequera por el monto total del apoyo) , o en el caso de que por decisión del beneficiario, el recurso sea pagado directamente al proveedor que libremente elija y cuente con la validación de la Instancia Ejecutora, contar con solicitud de del beneficiario en favor del proveedor. a) Presentar un estado de cuenta o contrato de apertura bancaria con antigüedad no mayor a tres meses, que pueda hacer operaciones electrónicas o vía chequera por el monto total del apoyo, y que indique la CLABE Interbancaria (este documento se puede acreditar una vez aprobada la solicitud). b) En el caso de que por decisión del beneficiario, el recurso sea pagado directamente al proveedor que libremente elija y cuente con la validación de la Instancia Ejecutora, presentar la Solicitud de Pago al Proveedor del Componente Recursos Genéticos Acuícolas del beneficiario en favor del proveedor con firma autógrafa (Anexo 31) , huella dactilar y copia de la identificación oficial del solicitante Cumplir con las obligaciones fiscales que les correspondan, conforme a la normatividad aplicable. a).-Presentar Constancia de Situación Fiscal de la persona física solicitante, descargada del portal de la Servicio de Administración Tributaria (SAT), y b).-Presentar el Formato 32-D de cumplimiento de obligaciones fiscales de la persona física solicitante, que indique que se encuentra al corriente o que no tiene obligaciones fiscales. Escrito bajo protesta de decir verdad, por el cual manifiesten que cuentan con la infraestructura necesaria en sus sedes específicas de operación, que les permita utilizar el apoyo para los fines autorizados y no estar incluidos en el "Directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho de recibir apoyos", a cargo de la Secretaría de Agricultura Anexo 32 Declaratoria del Solicitante del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. Declaratoria del Solicitante del Componente Recursos Genéticos Acuícolas (Anexo 32) impresa, debidamente llenada y firmada por el solicitante en tinta azul, escaneada en PDF a color, completa, sin tachones ni enmendaduras. 352 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Criterio Requisito Localización exacta de la Unidad de Producción Proporcionar la localización exacta de la Unidad de Producción, o para el caso de repoblamiento, el sitio de siembra, conforme a la Norma Técnica del INEGI Cotización de un laboratorio de producción de semilla acuícola que cuente con Certificado de Sanidad Acuícola emitido por SENASICA y autorizado por la Instancia Ejecutora Cotización del laboratorio proveedor de semilla acuícola elegido, registrado y aprobado por la Instancia Ejecutora que se deberá presentar: en papel membretado, dirigida al beneficiario y firmada por el representante legal, en el que se indique el precio por unidad, número de unidades cotizadas, características, talla, especie, y condiciones de entrega, fecha aproximada, método de envío, empaque, controles, lugar exacto de entrega, y detalles como apoyo en aclimatación, características físico-químicas del agua, temperatura, etc. (no se aceptarán correos electrónicos). En caso de que el laboratorio no esté registrado en el Padrón de Laboratorios Productores de semilla acuícola, publicado en la convocatoria, se deberá de presentar además de la cotización, el Currículo del laboratorio del que pretende adquirir la semilla acuícola según los montos indicados en estas Reglas de Operación. El currículo debe incluir: i. Certificado de Sanidad Acuícola vigente del laboratorio, emitido por SENASICA, ii. Acta Constitutiva del Laboratorio debidamente certificada ante fedatario público, y en su caso, Actas de Asamblea debidamente protocolizadas. iii. Datos del representante legal (Identificación oficial y CURP). iv. Comprobante de domicilio del Laboratorio. v. RNPA del Laboratorio vi. Experiencia de la empresa: Años de producción de semilla acuícola, alcance de distribución, volúmenes de producción; vii. Certificaciones (Buenas Prácticas Acuícolas, Certificaciones ISO, Certificaciones nacionales e internacionales, etc.) viii. Capacidad instalada, ix. Currículo del Técnico responsable del laboratorio, x. Programa de manejo genético del laboratorio en el que se acredite la procedencia de los reproductores, Genero, especie y variedad, certificaciones, si las tiene. Programa de cruces. Número de reproductores (hembras y machos). II. Personas Físicas, amparadas por el RNPA de una Unidad de Producción Acuícola. Prioritariamente pequeños productores: Se refiere a UPA´s con producción anual dividida entre el número de miembros registrados en la Unidad de Producción, para el caso de ostión de hasta 500,000 piezas, y para el caso de trucha, tilapia, carpa, bagre o camarón de hasta 10 toneladas anuales: Criterio Requisito Aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en estas Reglas. Completar la Solicitud de Apoyo al Programa Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura del componente Recursos Genéticos Acuícolas, elaborada debidamente, mediante el formulario encontrado en el enlace https://forms.gle/Kbg9SSKyjtCT7keC9 y adjuntando los documentos . para cumplir los requisitos de las presentes Reglas de Operación. Contar con una identificación oficial vigente. Identificación oficial de la persona física solicitante, los documentos aceptables son: Credencial para Votar vigente, Pasaporte, u otras Identificaciones oficiales vigentes, con fotografía y firma, expedidas por el gobierno federal, estatal o municipal; Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 353 Criterio Requisito Contar con la Clave Única de Registro de Población Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) actualizada. Estar registrado en el Padrón Único de Beneficiarios y Solicitantes de la Secretaría de Agricultura Presentar la impresión del folio de registro en el Padrón Único de Beneficiarios Estar inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA) Registro Nacional de Pesca y Acuacultura vigente, a nombre de la persona física solicitante que contenga el RNPA de la Unidad Económica y de la Instalación acuícola, emitido por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA). Acreditar que la persona física solicitante es miembro de la UPA que cuente con RNPA. Acta Constitutiva o de Asamblea, debidamente protocolizada ante fedatario público, que avale que la persona física solicitante es miembro de una UPA que cuente con RNPA, con el nombre del solicitante remarcado o subrayado. Este último documento no debe tener fecha posterior a la apertura de ventanilla. a).-Acreditar la legal propiedad o posesión del predio o bien mueble o inmueble, en el que se realizarán las acciones del proyecto solicitado. b).-En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción federal: título de concesión, o permiso de pesca o acuacultura vigente a).-Documento jurídico fehaciente que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, los documentos aceptables podrán ser: título de propiedad (factura o contrato de compra venta), contrato de arrendamiento, de comodato, de usufructo, de donación, adjudicación por herencia, certificado parcelario. Para el caso de los productores de comunidades indígenas, con el documento expedido por la autoridad competente y en su caso, conforme a usos y costumbres. b).-En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción Federal, deberán presentar el permiso de Fomento o Concesión Acuícola vigente correspondiente para el polígono en el que se realizarán las actividades. Comprobante de domicilio a nombre de la persona física solicitante Recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el Ayuntamiento, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, con la cual se hace constar que la persona física habita en el núcleo agrario, localidad o municipio donde se desarrollará el proyecto productivo o en donde tiene su domicilio legal; el comprobante deberá presentar una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de recepción de la Solicitud de Apoyo. Haber registrado producción por lo menos dentro de los últimos 12 meses anteriores a la apertura de ventanilla Se aceptan cualquiera de los siguientes documentos: c) Últimos tres avisos de cosecha, legibles, completos, sin taches ni enmendaduras, o, d) Carta bajo protesta de decir verdad, de producción del año inmediato anterior del Componente Recursos Genéticos Acuícolas, firmada por el solicitante (Anexo 28). Contar con una cuenta bancaria (que pueda hacer operaciones electrónicas o vía chequera por el monto total del apoyo) , o en el caso de que por decisión del beneficiario, el recurso sea pagado directamente al proveedor que libremente elija y cuente con la validación de la Instancia Ejecutora, contar con la solicitud de pago al proveedor del beneficiario en favor del proveedor. a) Presentar un estado de cuenta o contrato de apertura bancaria con antigüedad no mayor a tres meses, que pueda hacer operaciones electrónicas o vía chequera por el monto total del apoyo, y que indique la CLABE Interbancaria (este documento se puede acreditar una vez aprobada la solicitud). b) En el caso de que por decisión del beneficiario, el recurso sea pagado directamente al proveedor que libremente elija y cuente con la validación de la Instancia Ejecutora, presentar la solicitud de Pago al Proveedor del Componente Recursos Genéticos Acuícolas del beneficiario en favor del proveedor con firma autógrafa (Anexo 31) , huella dactilar y copia de la identificación oficial del solicitante 354 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Criterio Requisito Cumplir con las obligaciones fiscales que les correspondan, conforme a la normatividad aplicable. a).-Presentar Constancia de Situación Fiscal de la persona física solicitante, descargada del portal de la Servicio de Administración Tributaria (SAT), y b).-Presentar el Formato 32-D de cumplimiento de obligaciones fiscales de la persona física solicitante, que indique que se encuentra al corriente o que no tiene obligaciones fiscales. Escrito bajo protesta de decir verdad, por el cual manifiesten que cuentan con la infraestructura necesaria en sus sedes específicas de operación, que les permita utilizar el apoyo para los fines autorizados y no estar incluidos en el "Directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho de recibir apoyos", a cargo de la Secretaría de Agricultura. Declaratoria del Solicitante del Componente Recursos Genéticos Acuícolas (Anexo 32) impresa, debidamente llenada y firmada por el solicitante en tinta azul, escaneada en PDF a color, completa, sin tachones ni enmendaduras. Localización exacta de la Unidad de Producción Proporcionar la localización exacta de la Unidad de Producción, o para el caso de repoblamiento, el sitio de siembra, conforme a la Norma Técnica del INEGI Cotización de un laboratorio de producción de semilla acuícola que cuente con Certificado de Sanidad Acuícola emitido por SENASICA y autorizado por la Instancia Ejecutora Cotización del laboratorio proveedor de semilla acuícola elegido, registrado y aprobado por la Instancia Ejecutora que se deberá presentar: en papel membretado, dirigida al beneficiario y firmada por el representante legal, en el que se indique el precio por unidad, número de unidades cotizadas, características, talla, especie, y condiciones de entrega, fecha aproximada, método de envío, empaque, controles, lugar exacto de entrega, y detalles como apoyo en aclimatación, características físico-químicas del agua, temperatura, etc. (no se aceptarán correos electrónicos). En caso de que el laboratorio no esté registrado en el Padrón de Laboratorios Productores de semilla acuícola, publicado en la convocatoria, se deberá de presentar además de la cotización, el Currículo del laboratorio del que pretende adquirir la semilla acuícola según los montos indicados en estas Reglas de Operación. El currículo debe incluir: xi. Certificado de Sanidad Acuícola vigente del laboratorio, emitido por SENASICA, xii. Acta Constitutiva del Laboratorio debidamente certificada ante fedatario público, y en su caso, Actas de Asamblea debidamente protocolizadas. xiii. Datos del representante legal (Identificación oficial y CURP). xiv. Comprobante de domicilio del Laboratorio. xv. RNPA del Laboratorio xvi. Experiencia de la empresa: Años de producción de semilla acuícola, alcance de distribución, volúmenes de producción; xvii. Certificaciones (Buenas Prácticas Acuícolas, Certificaciones ISO, Certificaciones nacionales e internacionales, etc.) xviii. Capacidad instalada, xix. Currículo del Técnico responsable del laboratorio, xx. Programa de manejo genético del laboratorio en el que se acredite la procedencia de los reproductores, Genero, especie y variedad, certificaciones, si las tiene. Programa de cruces. Número de reproductores (hembras y machos). Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 355 Los requisitos generales y específicos requeridos en las presentes Reglas de Operación deberán cargarse en la solicitud electrónica, escaneados en PDF, a color, completos, sin tachones ni enmendaduras, en archivos no mayores de 10 MB cada uno, nombrados en letras mayúsculas, sin espacios, sin acentos y sin caracteres especiales, con el número de trámite, nombre del trámite, y el nombre del beneficiario, separados por un guion bajo, ejemplo: Identificación oficial: 1 IDENTIFICACION NOMBREYAPELLIDOS.pdf CURP: 2 CURP NOMBREYAPELLIDOS.pdf Folio del padrón único: 3 PADRONUNICOBENEFICIARIOS NOMBREYAPELLIDOS.pdf RNPA: 4 RNPA NOMBREYAPELLIDOS.pdf Acta constitutiva 5 ACTACONSTITUTIVA NOMBREYAPELLIDOS.pdf Legal propiedad o posesión 6.A LEGALPOSESION NOMBREYAPELLIDOS.pdf, o bien: Permiso de pesca o acuacultura 6.B PERMISOPESCAOACUICULTURA NOMBREYAPELLIDOS.pdf Comprobante de domicilio vigente: 7 COMPROBANTEDOMICILIO NOMBREYAPELLIDOS.pdf Avisos de cosecha o carta: 8 COSECHA NOMBREYAPELLIDOS.pdf Obligaciones fiscales: 9.1 CONSTANCIASITUACIONFISCAL NOMBREYAPELLIDOS.pdf 9.2 32D NOMBREYAPELLIDOS.pdf Declaratoria del solicitante: 10 DECLARATORIA SOLICITANTE NOMBREYAPELLIDOS.pdf Cotización: 11 COTIZACION NOMBREYAPELLIDOS.pdf Cuenta bancaria: 12.1 CUENTABANCARIA NOMBREYAPELLIDOS.pdf 12.2 SOLICITUDDEPAGO NOMBREYAPELLIDOS.pdf 1. Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas: Criterio Requisito Aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en estas Reglas. Completar la Solicitud de Apoyo al Programa Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura del componente Recursos Genéticos Acuícolas, elaborada debidamente, mediante el formulario encontrado en el enlace https://forms.gle/Kbg9SSKyjtCT7keC9, y adjuntando los documentos . para cumplir los requisitos de las presentes Reglas de Operación. Acreditar la personalidad jurídica del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior. Acta Constitutiva, debidamente protocolizada ante fedatario público, o Decreto de Creación publicado en el Diario Oficial de la Federación, y/o Actas de Asamblea debidamente protocolizadas, que avalen la personalidad jurídica del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante. 356 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Criterio Requisito Identificación oficial del representante legal del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante Credencial para Votar vigente, Pasaporte, u otras Identificaciones oficiales vigentes, con fotografía y firma, expedidas por el gobierno federal, estatal o municipal Comprobante de domicilio a nombre del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante, Recibo de luz, teléfono, predial, agua; el comprobante deberá presentar una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de recepción de la Solicitud de Apoyo; Estar al corriente con las obligaciones fiscales que les correspondan, conforme a la normatividad aplicable. a).-Presentar Constancia de Situación del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante, descargada del portal de la Sistema de Administración Tributara (SAT), b).-Presentar el Formato 32-D de cumplimiento de obligaciones fiscales del Centro de Investigación solicitante. Estar inscritos en la Red Nacional de Información en Pesca y Acuacultura (RNIIPA). Constancia de registro en la Red Nacional de Información en Pesca y Acuacultura (RNIIPA) a nombre del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior. Estar inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA) Registro Nacional de Pesca y Acuacultura de Unidad Económica y de Instalación Acuícola, vigente, a nombre del Centro de Investigación solicitante, emitido por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA). Tener proyectos de investigación, en mejoramiento genético, reproducción y/o cultivo de especies acuícolas de interés comercial para la alimentación. Presentar Currículum o el Programa Operativo Anual del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior Institución que avale proyectos de investigación relevantes realizados, en mejoramiento genético, reproducción y/o cultivo de especies acuícolas de interés comercial para la alimentación. a).-Acreditar la legal propiedad o posesión del predio o bien mueble o inmueble, en el que se realizarán las acciones del proyecto solicitado. b).-En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción federal: título de concesión, o permiso de pesca o acuacultura vigente a).-Documento jurídico fehaciente que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, los documentos aceptables podrán ser: título de propiedad (factura o contrato de compra venta), contrato de arrendamiento, de comodato, de usufructo, de donación b).-En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción Federal, deberán presentar el permiso de Fomento o Concesión Acuícola vigente correspondiente para el polígono en el que se realizarán las actividades. Contar con una cuenta bancaria productiva a nombre de la institución solicitante, para depósito y ejercicio del apoyo. Presentar un estado de cuenta con antigüedad no mayor a tres meses, o contrato de apertura de cuenta con nombre, número de cuenta, y CLABE INTERBANCARIA (este documento se puede acreditar una vez aprobada la solicitud) Estar al corriente con las obligaciones ante el IMSS o el ISSSTE, o la institución de seguridad social según sea el caso. Presentar el Estado de Adeudo ante el IMSS, o en su caso, un documento que compruebe la afiliación de los trabajadores al a la institución de seguridad social según sea el caso. Proyecto de Investigación del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. realizado de acuerdo con el Anexo 29 Completar el Proyecto de Investigación del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. realizado de acuerdo con el Anexo 29, elaborado debidamente, mediante el formato proporcionado en la convocatoria, y adjuntando los documentos para cumplir los requisitos de las presentes Reglas de Operación. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 357 Criterio Requisito Carta de Capacidades Técnicas del Componente Recursos Genéticos Acuícolas (Anexo 30) 1. Proporcional los datos generales del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante y de la Unidad de Producción (UPA), 2. Proporcionar el Nombre del Proyecto. 3. Plano o “Layout” de las instalaciones y descripción de la infraestructura y equipamiento con que se realizará la investigación. 4. Currículos de los investigadores que ejecutarán el proyecto. 5. Anexar fotografías, donde se pueda observar claramente la infraestructura con la que se cuenta, para realizar el proyecto. Los requisitos generales y específicos requeridos en las presentes Reglas de Operación, deberán cargarse en la solicitud electrónica, escaneados en PDF, a color, completos, sin tachones ni enmendaduras, en archivos no mayores de 10 MB cada uno, nombrados en letras mayúsculas, sin espacios, sin acentos y sin caracteres especiales, con el número de trámite, nombre del trámite, y el nombre del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante, separados por un guion bajo, ejemplo: 1 SOLICITUDDEAPOYO CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 2 ACTACONSTITUTIVA CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 3 IDENTIFICACION CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 4 COMPROBANTEDOMICILIO CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 5 CONSTANCIASITUACIONFISCAL CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 6 RNIIPA CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 7 RNPA CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 8 COMPROBANTEDEINVESTIGACIÓN CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 9.A LEGALPROPIEDAD CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 9.B PERMISOPESCAOACUICULTURA CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 10 CUENTABANCARIA CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 10 IMSSOISSSTE CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 11 PROYECTO CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf 12 CAPACIDADESTECNICAS CENTRODEINVESTIGACIÓN.pdf El trámite para la obtención de los apoyos del Programa y componentes contemplados en estas Reglas de Operación será gratuito para los solicitantes. La presentación de la Solicitud de Apoyo ante las ventanillas no crea derecho a obtener el apoyo solicitado. Artículo 60. Características de los Apoyos. Sección I. Subcomponente de Semilla Acuícola: Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Monto de Apoyo Adquisición de Semilla acuícola. Semilla individual de ostión triploide por lo menos de 3 mm, o Semilla fijada de ostión, de por lo menos 4 mm, larva competente de ostión, o Post larva de camarón, de por lo menos PL 16-18, o Alevines de trucha arcoíris, de por lo menos 2.5 cm de longitud, o Alevines de Tilapia masculinizada, de por lo menos 1 gramo, o Alevines de bagre, de por lo menos 5 cm o Alevines de carpa, de por lo menos 2 gramos. Hasta $90,000.00 (Noventa mil pesos 00/100 M.N.), una sola especie por solicitante, en una sola exhibición, en una sola instalación acuícola. 358 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Sección II. Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas: Contará con un fondo total de hasta $5,000,000.00 M.N. (cinco millones de pesos 00/100 M.N.): Los apoyos que se incluyen en este subcomponente se describen a continuación: Concepto de Apoyo Características Específicas del Apoyo Monto de Apoyo I. Adquisición de líneas genéticas mejoradas. Especies acuícolas de interés comercial para la alimentación. El máximo de apoyo por proyecto es de hasta $1,000,000.00 M.N. (un millón de pesos 00/100 M.N.), en una sola exhibición II. Desarrollo de líneas genéticas mejoradas. Especies acuícolas de interés comercial para la alimentación. El máximo de apoyo por proyecto es de hasta $1,000,000.00 M.N. (un millón de pesos 00/100 M.N.), en una sola exhibición Artículo 61. Criterios de Selección y Priorización 1. Subcomponente de Semilla Acuícola: Solamente se considerarán las solicitudes que hayan presentado la documentación completa, requerida en la solicitud. El Subcomponente de Semilla Acuícola estableció los siguientes criterios de priorización, además de los requisitos: I. Población de nivel socioeconómico muy bajo o bajo. II. Población solicitante que pertenezca a grupos o comunidades indígenas y/o afrodescendientes. III. Población solicitante de mujeres. IV. Población con discapacidad. V. Población solicitante que resida en un municipio con muy alta o alta marginación. Aquellos solicitantes que se encuentren en más de uno de los supuestos mencionados, se considerará un solicitante con mayor prioridad. Criterio Ponderación Unidad de medida Nivel de Respuesta Valor Puntaje Calificación Nivel socioeconómico 2 Grado Muy bajo 100 Bajo 75 Medio 50 Alto 0 Zona geográfica 1 Nivel de marginación Muy alto 100 Alto 75 Media 50 Bajo 25 Muy bajo 25 N/D 0 Población 2 Tipo de comunidad Indígena o afrodescendiente 100 No Indígena 25 Género 2 Género Mujer 100 Hombre 25 Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 359 Criterio Ponderación Unidad de medida Nivel de Respuesta Valor Puntaje Calificación Producción del año anterior 1 Producción en toneladas Menos de 10 t anuales (peces y crustáceos), menos de 500,000 unidades de ostión 100 Más de 10 t anuales (peces y crustáceos), menos de 500,000 unidades de ostión 0 Apoyo solicitado 1 Porcentaje Hasta 50% 100 Más del 50% 75 Actividad 1 Tipo de Actividad Acuicultura 100 Pesca 50 Total 10 Calificación 2. Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas: Se establecieron los siguientes criterios de priorización, además de los requisitos: I. Tener un proyecto en ejecución para el cual, los conceptos de apoyo incrementen de manera tangible los resultados en materia de desarrollo de líneas genéticas de especies de interés comercial interés comercial para la alimentación. II. Que el proyecto se encuentre vinculado directamente con productores acuícolas y que estos resulten beneficiados directamente de la investigación realizada. III. Poseer la infraestructura y equipamiento necesarios, sin necesidad de adquisición a excepción de insumos para la ejecución del Proyecto. IV. Que el Proyecto culmine en una transferencia de tecnología o impacto directo en las necesidades del pequeños productores acuícolas. Se evaluarán los criterios de pertinencia, la naturaleza del proyecto, y el alcance y viabilidad técnica de la siguiente manera: Criterios de Pertinencia, Naturaleza y Alcance del Proyecto Criterio Ponderación Nivel de Respuesta Valor Objetivo 2 Desarrollo de líneas genéticas mejoradas 100 Adquisición de líneas genéticas mejoradas 25 Impacto 2 Que el proyecto culmine en una transferencia tecnológica en pequeños productores acuícolas 100 Proveeduría de crías/semillas de calidad genética mejorada 75 Creación de líneas genéticas mejoradas 50 Alcance 3 Nacional 100 Regional (más de un estado) 75 Estatal 50 Local 25 Beneficiarios directos 3 Más de 20 100 Entre 11 y 20 75 Menos de 10 50 TOTAL 10 360 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Viabilidad técnica Criterio Nivel de Respuesta Valor Objetivos Generales Claros y Bien Definidos Proyecto El Proyecto cuenta con todos los elementos descritos en el Anexo 27, y en el caso de determinar qué No Aplica alguno, lo justifica de manera satisfactoria Justificación Problemática real y definida Metas Las metas son realistas y se encuentran bien definidas Indicadores Tiene indicadores a corto, mediano y largo plazo claros y adecuados Metodología La descripción técnica describe de forma clara y detallada el tipo de maquinaria, infraestructura, equipo, procesos, tecnologías a emplear, asistencia técnica, consultoría y/o capacitación, monto de cada concepto a solicitar, capacidad de procesos, programas de producción y mantenimiento entre otros a utilizar para cumplir con el objetivo del proyecto Capacidades Técnicas El Personal técnico o los investigadores que realizarán el proyecto tienen las capacidades específicas para la ejecución del proyecto y operación(en su caso) de los equipos solicitados, de acuerdo con la Carta de Capacidades Técnicas del Componente Recursos Genéticos Acuícolas presentada (Anexo 30) Infraestructura Cuenta con las instalaciones y el equipo necesario para la realización del proyecto y no requerirá de subcontrataciones o proveeduría de servicios. Tecnología El Proponente cuenta con la Biotecnología necesaria para el alcance de los objetivos del proyecto Impactos Describe claramente los impactos esperados, y son congruentes con el objetivo del proyecto Puntaje Máximo 10 Artículo 62. Mecánica Operativa General. Para la operación efectiva del Componente a continuación se presentan las actividades que deben ser ejecutadas para su correcta difusión, selección, ejecución y seguimiento: 1. Mecánica Operativa Específica del Subcomponente de Semilla Acuícola, I. Una vez publicadas las presentes reglas de operación en el Diario Oficial de la Federación, se emitirá una convocatoria la cual será publicada en la página del INAPESCA (https://www.gob.mx/inapesca/recursosgeneticos2022/convocatoria), en un plazo no mayor de 15 días naturales, describiendo características, requisitos, fechas de apertura y cierre de ventanilla para la recepción de Solicitudes de Apoyo, documentación y proyectos. En dicha publicación se adjuntará la lista de laboratorios de producción de crías, y semilla con Certificado de Sanidad Acuícola emitido por el SENASICA, registrados hasta la fecha en que las reglas de operación sean enviadas a publicación. II. Los solicitantes podrán acceder al formulario de Solicitud de Apoyo en la siguiente liga: https://www.gob.mx/inapesca/recursosgeneticos2022/solicitud III. Las ventanillas estarán recibiendo las solicitudes durante un periodo mínimo de 20 días hábiles y un máximo 30 días hábiles de posterior a su fecha de apertura, lo cual se especificará en la convocatoria correspondiente. IV. Una vez registrada la Solicitud de Apoyo, y documentos requeridos el solicitante recibirá una constancia que contendrá su nombre, datos generales y número de folio. V. En caso de que el solicitante registre más de una solicitud de Apoyo, sólo se aceptará la primera solicitud y las demás serán desechadas de manera automática, sin obligación para la Instancia Ejecutora de notificar al solicitante. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 361 VI. La Instancia Ejecutora revisará dicha documentación y notificará al solicitante vía correo electrónico por una única ocasión, para que en el término de 10 días hábiles subsane inconsistencias y/o documentación faltante, según sea el caso. De no subsanarse alguna inconsistencia en el término señalado, dicha solicitud y proyecto se tendrán como rechazados de manera automática, sin obligación para la Instancia Ejecutora de notificar al solicitante. VII. La Instancia Ejecutora revisará las solicitudes y emitirá un dictamen; en un plazo no mayor de 60 días hábiles posteriores al cierre de ventanilla. VIII. La Instancia Ejecutora, con base al resultado de las dictaminaciones positivas y a los criterios de pertinencia, ordenará las solicitudes positivas de mayor a menor calificación y de acuerdo con los criterios de priorización y a la suficiencia presupuestal, notificarán al solicitante mediante oficio vía correo electrónico, el cual deberá de ser acusado de recibido por el mismo medio. De no confirmarse la recepción, el solicitante se dará por notificado del dictamen con la fecha de envío del oficio de dictamen. IX. Con base en el Artículo 70, Fracción XV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Unidad Responsable deberá publicar la relación de todos los folios apoyados y no apoyados, de forma impresa en las ventanillas de atención y en la página electrónica del INAPESCA https://www.gob.mx/inapesca/recursosgeneticos2022/dictamen. En cumplimiento a dicha disposición, en todo caso los rechazos deberán de estar fundados y motivados. X. El solicitante, previa notificación, deberá de entregar un estado de cuenta o contrato de apertura de una cuenta bancaria (que pueda hacer operaciones electrónicas o vía chequera por el monto total del apoyo) o en caso de convenir a sus intereses, una carta de sesión de derechos para pago directo al laboratorio de producción de semilla acuícola seleccionado y aprobado por la Instancia Ejecutora (Anexo.-Cesión), y en este caso, deberá de proporcionar el estado de cuenta o contrato de apertura bancaria del laboratorio, al que se hará el depósito. XI. La Instancia Ejecutora formalizará entonces con el solicitante el instrumento jurídico en el que se estipulen los términos de los compromisos adquiridos por las partes en la ejecución del apoyo. A partir de este momento, se considerará al Solicitante como Beneficiario. XII. Una vez formalizado el instrumento jurídico, el beneficiario, en coordinación con el proveedor aprobado, deberá programar la adquisición de la semilla, alevines o post larva autorizados en los tiempos y términos estipulados en dicho instrumento, con una fecha no posterior al 15 de noviembre con el objeto de poder ejecutar los trámites de pago y finiquito en los plazos establecidos en las presentes Reglas de Operación y notificar a la Instancia Ejecutora vía correo electrónico. En caso de requerir una modificación en la programación de entrega deberá de notificarse por escrito por lo menos 5 días previos a la fecha programada originalmente. XIII. La Instancia Ejecutora deberá supervisar la salida del producto del laboratorio proveedor autorizado, ajustándose al programa de entrega, y la entrega misma de estos insumos y, dar fe de la cantidad, características y estado de la entrega. El Supervisor de la Instancia Ejecutora emitirá un Visto Bueno al Beneficiario, que deberá llevar la firma del solicitante, del proveedor y del mismo supervisor. Este comprobante será usado para continuar con el trámite y deberá conservar una copia. Una vez realizada la entrega, y mediando el comprobante de visto bueno con las firmas correspondientes, la Instancia Ejecutora solicitará a la Unidad Responsable que se realice el pago del apoyo comprometido al beneficiario, o en el caso de que éste así lo haya requerido, se realice el pago directamente al laboratorio contratado, mediante la sesión de derechos correspondiente, en un plazo no mayor a 20 días hábiles, por transferencia bancaria, realizada a la cuenta proporcionada por el solicitante. XIV. La Instancia Ejecutora enviará vía correo electrónico la notificación de pago al Beneficiario, quien deberá de acusar de recibido en un periodo no mayor de 48 horas a partir del envío de dicha notificación. El Beneficiario deberá entonces enviar la comprobación del ejercicio del recurso en un plazo no mayor a los diez días hábiles a partir de la notificación de pago, presentando la factura del laboratorio contratado por el concepto de la semilla acuícola autorizada, con la validación correspondiente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y el comprobante de pago que podrá ser una transferencia interbancaria, depósito, o cheque certificado, a nombre del laboratorio. En el caso de que a solicitud del beneficiario se haya efectuado el pago directo al proveedor, se requerirá la factura emitida por el laboratorio y la validación ante el SAT. XV. Al término de las acciones, se formalizará entre la Instancia Ejecutora y el beneficiario un Acta Finiquito. De no verificarse el cumplimiento a la comprobación del ejercicio del recurso y/o a los términos de lo estipulado en el convenio del instrumento jurídico firmado, se procederá de acuerdo con las cláusulas y penalizaciones del mismo. 362 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 2. Mecánica Operativa Específica del Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas I. Difusión del Programa. Publicación del ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura para el Ejercicio Fiscal 2022 y medios electrónicos oficiales. II. Una vez publicadas las presentes reglas de operación en el Diario Oficial de la Federación, se emitirá una convocatoria la cual será publicada en la página del INAPESCA (https://www.gob.mx/inapesca/), en un plazo no mayor de 15 días naturales, describiendo características, requisitos, fechas de apertura y cierre de ventanilla para la recepción de Solicitudes de Apoyo, documentación y proyectos. III. Una vez registrada la Solicitud de Apoyo, y documentos requeridos el solicitante recibirá una constancia que contendrá su nombre, datos generales y número de folio. Para este Subcomponente la solicitud será realizada por el representante legal del Centro de Investigación, Universidades e Instituciones de Educación Superior. IV. Un mismo Centro de Investigación, Universidad e Institución de Educación Superior podrá ingresar más de una solicitud siempre y cuando no corresponda al mismo proyecto. En caso de que se ingrese más de una solicitud por el mismo proyecto, sólo se aceptará la primera solicitud y las demás serán desechadas de manera automática, sin obligación para la Instancia Ejecutora de notificar al solicitante. V. La Instancia Ejecutora revisará dicha documentación y notificará al solicitante vía correo electrónico por una única ocasión, para que en el término de 10 días hábiles subsane inconsistencias y/o documentación faltante, según sea el caso. De no subsanarse alguna inconsistencia en el término señalado, dicha solicitud y proyecto se tendrán como rechazados de manera automática, sin obligación para la Instancia Ejecutora de notificar al solicitante. VI. Los proyectos se dividirán de acuerdo con su región de la RNIIPA, y se dictaminarán mediante evaluación ciega por pares, es decir, cada Proyecto será revisado por tres especialistas de manera independiente de acuerdo con los criterios de pertinencia, naturaleza, alcance y viabilidad técnica. Para ser positivo un proyecto, el promedio de las dos calificaciones más altas de los tres revisores deberá de ser superior a 8. De los proyectos positivos, se seleccionará al de calificación más alta de cada Región de la RNIIPA hasta agotar la suficiencia presupuestal. De no haber un proyecto positivo en alguna Región, se adjudicará al siguiente proyecto con mayor calificación, hasta adjudicarse los $5,000,000. Los remanentes serán de integrados al Subcomponente de Semilla Acuícola. Sólo se otorgará el recurso a máximo un proyecto de cada Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior. VII. La Instancia Ejecutora emitirá entonces un dictamen en un plazo no mayor de 60 días hábiles posteriores al cierre de ventanilla. VIII. Con base en el Artículo 70, Fracción XV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Unidad Responsable deber publicar la relación de todos los folios apoyados y no apoyados, de forma impresa en las ventanillas de atención y en la y en la página electrónica del INAPESCA (https://www.gob.mx/inapesca/). En cumplimiento a dicha disposición, en todo caso los rechazos deberán de estar fundados y motivados. IX. La Instancia Ejecutora formalizará entonces con el solicitante el instrumento jurídico en el que se estipulen los términos de los compromisos adquiridos por las partes en la ejecución del apoyo. A partir de este momento, se considerará al Solicitante como Beneficiario. X. Una vez formalizado el instrumento jurídico, el beneficiario deberá emitir una factura a nombre del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura por concepto de Ministración única para el desarrollo del proyecto "Nombre del proyecto", conforme al Convenio de Concertación (Anexo 36) firmado con fecha "fecha de firma del instrumento jurídico", con la validación correspondiente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); XI. El beneficiario deberá de ejecutar el proyecto aprobado de acuerdo con los cronogramas establecidos en el Anexo Técnico del Instrumento Jurídico formalizado y someterá un informe de avances Técnico-Financieros bimestrales que serán sometidos a revisión de la Instancia Ejecutora. La ejecución del apoyo deberá de realizarse antes del 31 de diciembre del año. XII. La Instancia Ejecutora podrá realizar supervisiones de avance (según los lineamientos de ejecución de programas presupuestales). Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 363 XIII. Al término del proyecto según lo establecido en el cronograma aprobado, el Beneficiario deberá de someter un informe físico-financiero de resultados final, así como los entregables acordados en el instrumento jurídico formalizado. XIV. Al término de las acciones, se formalizará entre la Instancia Ejecutora y el beneficiario un Acta Finiquito. De no verificarse el cumplimiento en los términos de lo estipulado en el convenio del instrumento jurídico firmado, se procederá de acuerdo con las cláusulas y penalizaciones del mismo. Artículo 63. Exclusiones 1.-Para el Subcomponente Semilla Acuícola: Solicitantes que hayan sido beneficiarios en ejercicios anteriores y que no hayan finiquitado los Instrumentos jurídicos formalizados con la Instancia Ejecutora. 2.-Para el Subcomponente Líneas Genéticas Mejoradas quedarán excluidos los proyectos de Adquisición de Paquetes tecnológicos para la adquisición de Líneas Genéticas Mejoradas y los Solicitantes que hayan sido beneficiarios en ejercicios anteriores y que no hayan finiquitado los Instrumentos jurídicos formalizados con la Instancia Ejecutora y que no cuenten con un Convenio Modificatorio de prórroga. Artículo 64. Coordinación Institucional. La Unidad Responsable tendrá la facultad de suscribir convenios e instrumentos jurídicos para la realización de acciones del Programa, con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los centros o instituciones de investigación y/o enseñanza superior, organismos nacionales e internacionales, así como asociaciones civiles, entre otros. La Unidad Responsable establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para evitar el apoyo a productores que hayan incurrido en incumplimiento o falta a la normativa de este Programa en el ejercicio anterior. TÍTULO III Seguimiento, supervisión, evaluación y proyectos estratégicos Capítulo I Del Seguimiento Artículo 65. Las Unidades Responsables son la obligadas a dar seguimiento y rendir cuentas de los apoyos y/o componentes del Programa a su cargo. Por su parte, el seguimiento estratégico de los programas se visualizará través del MONITOR AGRICULTURA (antes denominado MONITOR SADER) a cargo de la Coordinación General de Estrategia Institucional (CGEI), por lo que la Unidad Responsable deberá proporcionar la información necesaria para mantener actualizado el MONITOR AGRICULTURA mediante los mecanismos que para tales efectos se establezcan. Artículo 66. Las Unidades Responsables serán responsables de dar seguimiento, rendir cuentas del programa a su cargo y verificar el avance, la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y acciones, así como de la comprobación documental del gasto ejercido, debidamente certificada en los plazos establecidos. Artículo 67. El seguimiento operativo de los programas se visualizará través del MONITOR SADER a cargo de la Dirección General de Planeación y Evaluación, por lo que es obligación de la Unidad Responsable satisfacer las necesidades de información con el fin de generar, alimentar y mantener actualizada la información relativa a la operación y avance del programa en el Monitor SADER mediante los mecanismos que para tales efectos se establezcan. Capítulo II De la Supervisión Artículo 68. De acuerdo al segundo párrafo del artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables; asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 75 de la misma Ley los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad. Con base en lo previsto en el artículo 17 del Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, la Dirección General de Supervisión, Evaluación y Rendición de Cuentas (DGSERC), será la Unidad Administrativa responsable de coordinar la supervisión de los Programas. La misma se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en los "Lineamientos para la Supervisión de los Programas a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural" vigentes emitidos por la DGSERC. 364 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Dicha supervisión deberá generar información oportuna sobre la ejecución de los programas y servir de insumo para los procesos de planeación y evaluación del Programa. La supervisión se refiere al procedimiento a través del cual se constata mediante revisión física, documental de gabinete, satelital y/o de campo, el cumplimiento de las disposiciones para la operación del Programa. Capítulo III De la Evaluación Artículo 69. Conforme a lo establecido en el Artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y con base en lo previsto en el artículo 15 del Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, se deberán realizar las evaluaciones externas consideradas en el Programa Anual de Evaluación (PAE), que emitan la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) por conducto de la Dirección General de Supervisión, Evaluación y Rendición de Cuentas (DGSERC). Adicionalmente, la DGSERC, será la encargada de diseñar e implementar los mecanismos necesarios para evaluar el desempeño del Programa, con el fin de detectar y proponer oportunidades de mejora en su operación, en cumplimiento con la normatividad aplicable. La DGSERC podrá instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de evaluar el desempeño del Programa. El procedimiento se operará considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen. TÍTULO IV Disposiciones Complementarias Capítulo I. De los derechos y obligaciones de los ciudadanos, solicitantes y beneficiarios Artículo 70. Derechos, obligaciones y sanciones: I. Son derechos de los beneficiarios: a. Recibir atención digna, respetuosa, equitativa y no discriminatoria, en estricto apego a los derechos humanos. b. Recibir asesoría por parte de las Unidades Responsables, Representaciones de la Secretaría en las Entidades Federativas o Instancias Ejecutoras que funjan como ventanillas, respecto de los rubros de intervención contenidas en estas Reglas de Operación; c. Adquirir en su caso, el bien o servicio con características de utilidad, calidad, precio con el proveedor que libremente elija, y en su caso, la capacitación respectiva; d. Interponer las quejas y denuncias en los términos de las presentes Reglas de Operación; e. Ejercer los medios de defensa contra los actos y resoluciones emitidos por las Unidades Responsables y/o Instancias Ejecutoras en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; II. Son obligaciones de los beneficiarios: a. Cumplir con lo establecido en estas Reglas de Operación; b. Aplicar a los fines autorizados los apoyos recibidos y conservar los comprobantes fiscales en los términos de la legislación aplicable; c. Aceptar, facilitar y atender en cualquier etapa del proceso para la entrega del apoyo, verificaciones, auditorías, inspecciones y solicitudes de información por parte de las unidades responsables, las instancias ejecutoras, instancias fiscalizadoras o de cualquier otra autoridad competente, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados; así como la supervisión de parte de las instancias de la Secretaría y las que ésta determine; d. Solicitar autorización previa por escrito de la Unidad Responsable y/o Instancia Ejecutora de cualquier cambio que implique modificaciones al proyecto autorizado o a las condiciones de los apoyos directos o indirectos, quien lo resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, en caso contrario se informará que fue resuelto en sentido negativo; Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 365 e. Manifestar por escrito bajo protesta de decir verdad que la información y documentación que presenta, entrega e informa es verdadera y fidedigna durante el proceso y comprobación del apoyo; f. Para el pago de los apoyos vía depósito bancario el beneficiario deberá proporcionar copia del contrato de apertura de la cuenta bancaria productiva y/o estado de cuenta bancaria a su nombre, en la que se especifique la CLABE interbancaria donde se depositará el apoyo; así mismo, mantener vigente la cuenta correspondiente. g. En su caso, devolver en un plazo no mayor a diez días hábiles, los depósitos bancarios derivados de los programas de Secretaría efectuados por error en la cuenta del beneficiario, así como los que no le correspondan o los que excedan el apoyo al que tiene derecho; una vez notificado por escrito por la Unidad Responsable o las Instancias Ejecutoras; h. Suscribir los documentos jurídicos (Convenio de concertación y/o Finiquito) que determine la Unidad Responsable; el beneficiario que se abstenga de firmar el Convenio de Concertación en la fecha o dentro del plazo establecido en la notificación respectiva, se tendrá por cancelado el apoyo autorizado, sin que para tal efecto se requiera su consentimiento expreso mediante escrito; i. Manifestar por escrito, en su caso, no haber recibido o estar recibiendo apoyos de manera individual u organizada para el mismo concepto de otros programas de la Secretaría, que implique que se dupliquen apoyos a la solicitud; j. En su caso, mantener actualizados los datos en el Padrón de Productores de la SADER; k. Presentar los documentos que avalan la recepción de los apoyos, mediante recibos o comprobantes que cumplan con los requisitos fiscales; l. Para el caso de proyectos autorizados, donde se apoyen activos productivos que impulsen el valor agregado a la producción primaria, el Beneficiario deberá mantener y operar dichos activos en su unidad de producción al menos cinco años posteriores a la entrega del subsidio, de lo contrario deberá reintegrar el total de los recursos recibidos con los productos financieros generados y no podrá ser apoyado en los años subsecuentes; m. El beneficiario deberá exhibir los documentos que demuestren que realizó su aportación del recurso al que se obligó en su proyecto y conforme se acordó en el Convenio al momento de su firma. De abstenerse, se le tendrá por cancelado el apoyo autorizado, sin que para tal efecto se requiera su consentimiento expreso mediante escrito; n. Del mismo modo, la firma de la solicitud de apoyo respectiva implica que acepta expresamente y se obliga a proporcionar a la Secretaría, a través del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), información en materia agroalimentaria con fines estadísticos. En caso de incumplimiento por parte del beneficiario, se le instaurará el Procedimiento Administrativo conforme a la normatividad aplicable. Para la instauración del Procedimiento Administrativo se sujetará a lo establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Capítulo II Gastos de operación Artículo 71: De los recursos aprobados al Programa en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, los gastos de operación corresponden al monto previsto en el presupuesto asignado para el propio programa; conforme a los Lineamientos para el ejercicio de los Gastos de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, que emita la Unidad de Administración y Finanzas. Capítulo III Control y auditoría Artículo 72. El ejercicio de los recursos de este Programa está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: por la Auditoría Superior de la Federación; por el Órgano Interno de Control en la SADER y por la Secretaría de la Función Pública. Las Unidades Administrativas ejecutoras del gasto son las responsables de rendir cuentas y atender a los Órganos Fiscalizadores. 366 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Aquellos servidores públicos que por motivo de su encargo, participen de forma directa en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que éste tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos en los que puede resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte, están obligados a excusarse de intervenir en los mismos. Los servidores públicos que se encuentren en alguno de los supuestos anteriores, están obligados a excusarse de forma inmediata ante el superior jerárquico, respecto de la atención, tramitación o resolución de asuntos a que hace referencia el párrafo anterior, y en su caso, su calidad de beneficiario de cualquiera de los programas y/o componentes a que se refieren los diversos Acuerdos de Reglas de Operación de la Secretaría, para ello, deberán utilizar el Modelo de Excusa para los Servidores Públicos (Anexo 34), identificado como Anexo Único del presente Acuerdo. También procederá la excusa para aquellos servidores públicos impedidos para recibir apoyos o incentivos, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Austeridad Republicana. Para los casos particulares, en los que exista incertidumbre, las Unidades Administrativas podrán realizar la consulta a la Oficina del Abogado General para su determinación. Capítulo IV Quejas, denuncias y solicitudes de información Artículo 73. Los (las) beneficiarios (as) y los (las) ciudadanos (as) en general podrán presentar por escrito sus peticiones y denuncias, con respecto a la ejecución de las Reglas de Operación de los diversos Programas a cargo de la Dependencia, directamente ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría, en las Representaciones Estatales, en las oficinas de los Órganos Internos de Control de los Órganos Administrativos Desconcentrados y de las Entidades Coordinadas por la Secretaría, el Órgano Estatal de Control y, en su caso, el Órgano Municipal de Control, así como en los Módulos de Peticiones y Denuncias correspondientes. Las peticiones y denuncias podrán realizarse por escrito, vía Internet (https://sidec.funcionpublica.gob.mx y https://alertadores.funcionpublica.gob.mx), Aplicación para celular: https://t.co/ynRW2nilpY?amp=1, Correo electrónico (mensajes y videollamadas): atencionoic@agricultura.gob.mx, o vía telefónica al 800 90 61 900, 55 38 71 10 00, extensiones 29137 y 29105 (Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones del Órgano Interno de Control en la Secretaría: Avenida Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio "A", piso 1, Colonia del Carmen, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México). Para el Componente de Fomento a la Agricultura: Vía telefónica al 55 38 71 10 00, extensión 34410. Para el Componente de Fomento a la Ganadería: Vía telefónica al 55 38 71 10 00, extensiones 33227, 33925 y 33939. Para el Componente de Desarrollo Territorial: Vía telefónica al 55 38 71 10 00, extensiones 33493. Para el Componente Recursos Genéticos Acuícolas: en los Centros Regionales de Investigación Acuícola y Pesquera, y en las Oficinas Centrales del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA), o al teléfono 55 38 71 95 00 Extensión 55070, o al correo recursos.geneticos@inapesca.gob.mx En caso de duda podrá consultar en las Oficinas de Representación Estatal de la SADER y/o CONAPESCA, Oficinas de Representación Locales de CONAPESCA, DDR o CADER correspondiente. Capítulo V Transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas Artículo 74. Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, están disponibles para su consulta en las Representaciones Estatales de la Secretaría y en la página electrónica oficial en el sitio web: https://www.gob.mx/agricultura La difusión y promoción de los componentes del programa se hará a través de la página electrónica de la Secretaría (https://www.gob.mx/agricultura), de manera impresa en las Oficinas de Representación Estatales ubicadas en las entidades federativas, de manera conjunta con los gobiernos estatales y/o municipales; asimismo será difundida en las lenguas o dialectos correspondientes en las zonas que habite población indígena potencial beneficiaria del Programa. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 367 De conformidad con lo estipulado en el inciso a), fracción II del Artículo 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, se debe incluir la siguiente leyenda “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. El listado de beneficiarios de este programa se considera información pública, en términos de lo dispuesto por el inciso q), fracción XV del Artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La Dirección General de Supervisión, Evaluación y Rendición de Cuentas será la Unidad Administrativa responsable de: I. Operar el Sistema de Rendición de Cuentas; II. Establecer los términos, formatos, tiempos y condiciones para la entrega de la información requerida y hacerlos del conocimiento de las Unidades Responsables, Instancias Ejecutoras, y Organismos Descentralizados III. Publicar mensualmente un reporte sobre el cumplimiento de la entrega de la información por parte de las Unidades Responsables; y IV. En el mes de enero del año del ejercicio fiscal que corresponda, difundir el catálogo correspondiente a los conceptos de apoyo, de conformidad a las claves establecidas en el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN), mediante las cuales las Unidades Responsables deberán identificar sus conceptos de apoyo. La Unidad de Administración y Finanzas será la Unidad Administrativa responsable de: Operar el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPPG); La Unidad de Transparencia será la Unidad Administrativa responsable de: Atender los asuntos en materia de Transparencia, Gobierno Abierto y Datos Abiertos. Artículo 75. La transparencia, difusión y rendición de cuentas se dará en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Todos los programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural deberán registrar su listado de beneficiarios (as), en el Padrón de Solicitantes y Beneficiarios de esta Secretaría, el cual deberá estar desagregado por género, grupo de edad, Entidad Federativa y Municipio, así como los conceptos de apoyo Dicha información deberá actualizarse permanentemente y publicarse en la página electrónica oficial de la Secretaría, www.gob.mx/agricultura y de cada Instancia Ejecutora conforme a lo establecido en los Lineamientos que para tal efecto emita la Unidad de Administración y Finanzas. Los datos personales recabados podrán ser transmitidos a otros entes públicos de los tres niveles de gobierno en el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas, para la realización de compulsas y la integración del Padrón Único de Beneficiarios. Se garantiza la protección de los datos personales que sean recabados, en cumplimiento con las disposiciones en la materia de protección de datos personales y de transparencia y acceso a la información pública aplicables. El ejercicio de los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales recabados), se podrá realizar a través de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural con domicilio en Av. Cuauhtémoc 1230, PB. Col. Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03310, en un horario de atención de 9:00 a 14:00 horas o bien por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia en http://www.plataformadetransparencia.org.mx. El aviso de privacidad integral se puede consultar en el portal de internet de la SADER en: www.gob.mx/agricultura. Lo anterior se informa en cumplimiento de los artículos 26 y 27 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. La Secretaría continuará con el Sistema de Rendición de Cuentas sobre el destino de los recursos fiscales a que se refiere el Artículo conducente del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año que corresponda, a efecto de integrar el Padrón de Beneficiarios (as) que corresponda conforme a la normatividad aplicable. Este Sistema deberá incorporar como mínimo los siguientes elementos: clave o número de registro que le será asignado por la dependencia al beneficiario, región geográfica, entidad federativa, municipio y localidad, actividad productiva, eslabón de la cadena de valor, concepto de apoyo, monto fiscal otorgado y fecha de otorgamiento, ciclo agrícola y la estratificación correspondiente. 368 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 La actualización de la información contenida en este Sistema es responsabilidad de las Unidades Responsables, Instancias Ejecutoras, y Organismos Descentralizados de los Programas y/o Componentes, incluyendo a las Entidades Federativas cuando sean Instancias Ejecutoras. Dicho Sistema mantendrá un módulo específico en el cual se detallen los recursos fiscales destinados a los productos básicos y estratégicos señalados en el Artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; y a más tardar el 31 de diciembre del año del ejercicio fiscal que corresponda, tendrá disponibles los datos que permitan la identificación del beneficiario. Capítulo VI Contraloría Social Artículo 76. Con la finalidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana que contribuyan con la prevención y combate a la corrupción, las personas beneficiarias del Programa, de manera libre y voluntaria podrán llevar a cabo actividades de contraloría social de manera individual o colectiva. Para registrar un Comité de Contraloría Social se presentará un escrito libre ante la Unidad Responsable a cargo del Programa, donde como mínimo se especificará el Programa a vigilar, los nombres y datos de contacto y ubicación geográfica de los integrantes del Comité. La Secretaría de la Función Pública asistirá y orientará a las personas interesadas en conformar Comités a través de la cuenta contraloriasocial@funcionpublica.gob.mx. Los Comités de Contraloría Social deberán cumplir los requisitos y lineamientos establecidos por la Secretaría de la Función Pública. La Unidad Responsable deberá sujetarse a los lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, a los tiempos y documentos normativos validados por la misma. Cabe hacer mención que la implementación de la Contraloría Social será normada por la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento y lineamientos vigentes, así como los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública. Transitorios PRIMERO.- Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor el día 1 de enero de 2022. SEGUNDO.- La operación del programa que aplica a las presentes Reglas de Operación, se sujetará al cumplimiento a la Ley Federal de Austeridad Republicana, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2019. TERCERO.- Para la operación del Programa será aplicable lo señalado en el “Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas y Lineamientos de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural”, que para tales efectos emita la oficina del Abogado General de la SADER para el ejercicio fiscal 2022. CUARTO.- De los recursos aprobados al Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, los gastos de operación corresponden al monto previsto en el presupuesto asignado para el propio programa. Estos gastos están sujetos a los Lineamientos para el ejercicio de los gastos de operación 2022 que para tales efectos emita la Unidad de Administración y Finanzas de la SADER. QUINTO.- Conforme a lo establecido en el artículo 31 fracción IX del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, esta Secretaría realizará la consulta sobre el cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación en la herramienta que para tal efecto pongan a disposición las autoridades fiscales. Ciudad de México, a 13 de diciembre de 2021.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 369 Anexo 1 Guía Rápida para el Beneficiario del Componente Fomento a la Agricultura Estimado Solicitante El Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura, es de carácter federal y pueden participar todos los productores del país que por voluntad propia soliciten los apoyos. Sin embargo, y para atender a las personas que más lo requieren, se atenderán preferentemente las regiones geográficas estratégicas con mayor necesidad y alto potencial productivo, dando prioridad a las Entidades Federativas con mayor rezago como lo establece el Plan Nacional de Desarrollo 2019 – 2024, el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020 - 2024, y los que determine la Unidad Responsable. El componente Fomento a la Agricultura, busca que los productores mejoren sus niveles de bienestar, incrementen la producción y productividad de sus unidades económicas agrícolas de manera sostenible, mediante apoyos individuales (personas físicas) y colectivos (personas morales) enfocados a: la adquisición de material genético vegetal, insumos de nutrición y sanidad, agricultura protegida, maquinaria y equipamiento agrícola, producción de bioinsumos, reducción de pérdidas de alimentos, inclusión financiera, agregación de valor a la producción primaria, vinculación a mercados, recuperación y protección de suelos agrícolas, reducción de la huella hídrica de la agricultura y el fortalecimiento de las cadenas agroalimentarias. Queremos que las mujeres rurales, los jóvenes, indígenas, los grupos vulnerables y personas con discapacidad tengan más oportunidades de trabajo en el campo, por lo cual, ellos tendrán un puntaje adicional al momento de evaluar las solicitudes. Con esto, vamos a contribuir a un campo más justo para todos. Para que conozcas los tipos de apoyo que tenemos para ti, lee detenidamente el siguiente Cuadro, en el que identificarás tu necesidad, si puedes ingresar como persona física o moral, y si además de tu solicitud será necesario que elabores un proyecto. Cuadro. Resumen de los subcomponentes del Componente Fomento a la Agricultura Subcomponente Concepto de apoyo Subconcepto de apoyo Tipo de persona Requiere Proyecto Producción y productividad agroecológica para la alimentación y autosuficiencia alimentaria Adquisición de material genético e insumos Adquisición de semilla e insumos de nutrición y manejo fitosanitario Física No Atención a zonas vulnerables por riesgos climatológicos Cambio de cultivo o siembra de multicultivos (material genético e insumos) Física No Agricultura protegida (mallas antigranizo y malla sombra). Moral Sí Mecanización de pequeños productores y producción de bioinsumos. Maquinaria e implementos para la agricultura de pequeños productores. Física No Producción de bioinsumos. Moral Sí Reducción de pérdidas de alimentos Almacenaje, selección y empaque de producción primaria. Moral Sí Inclusión financiera y educación en gestión de riesgos, valor agregado y mercados Inclusión financiera Apoyo a la inclusión y educación financiera de pequeños y medianos productores. Moral Sí Agregación del valor a la producción primaria Apoyos para incrementar el valor intrínseco de los productos agrícolas de pequeños productores […] Moral Sí Vinculación a mercados Apoyos que promuevan la diversificación de mercados, la asociatividad de los productores y canales de comercialización alternos e innovadores. Moral Sí 370 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Subcomponente Concepto de apoyo Subconcepto de apoyo Tipo de persona Requiere Proyecto Suelo, Agua y Biodiversidad Recuperación y protección de suelos agrícolas: mejoradores y conservadores de suelo Física No Adquisición de maquinaria e implementos para producir con labranza cero o mínima labranza Moral Sí Reducción de la huella hídrica de la agricultura Eficiencia en el uso del agua de riego. Física No Captación y utilización de agua pluvial. Moral Sí Conservación y uso de la biodiversidad: polinizadores Prácticas agrícolas para el desarrollo de polinizadores y organismos benéficos. Física No Conservación de recursos genéticos en bancos de semillas comunitarios. Moral Sí Cadenas agroalimentarias2 Administración Pago de servicios profesionales […] Moral Plan Rector Servicios empresariales Contratación de servicios de estudios, diagnósticos, análisis de información de mercado, oportunidades de comercialización […] Moral Plan Rector Profesionalización y comunicación. Gastos destinados a la contratación de servicios para la realización de congresos, foros, convenciones, asambleas, simposio […] Moral Plan Rector Una vez publicadas estas Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación y en la página de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, deberás estar a atento a la emisión de las Convocatorias para los Subcomponentes de tu interés en las mismas páginas de internet, además de las Representaciones Estatales, DDRs, CADERs y otros medios oficiales. En dichas convocatorias se te indicarán los periodos para ingresar tu solicitud, los requisitos necesarios, así como la ubicación de las ventanillas físicas. Cabe mencionar que independientemente de las ventanillas físicas que se abran, deberás hacer tu solicitud en línea en una sección especial de la página www.gob.mx/agricultura, donde se te va a generar un folio de solicitud que te servirá para avanzar en todo el proceso. Si cumples con todos los requisitos, tu solicitud será procesada y analizada por un Comité Técnico Dictaminador, quien determinará si puedes ser sujeto de apoyo. La listas de solicitudes aprobadas serán publicadas en las páginas que ye hemos indicado y otros canales oficiales para que te puedas enterar en tiempo y forma del resultado. Es importante que sepas que se pueden publicar varias listas de solicitudes positivas a lo largo del año, por lo que deberás estar atento en todo momento. Al final de año se publicarán las solicitudes con dictamen negativo. Una vez aprobada tu solicitud, la Instancia Ejecutora se pondrá en contacto contigo para verificar que cuentas con lo necesario para aplicar tu concepto de apoyo, y se acordarán los términos para que recibas el apoyo, ya sea económico o en especie. En todo momento debes tener presente tus derechos y obligaciones, mismos que se encuentran en la “Sección De los derechos y obligaciones de los ciudadanos, solicitantes y beneficiarios” de estas Reglas, porque de incumplir con alguno, el apoyo te puede ser retirado. No olvides que tus obligaciones se extienden aún después de recibir el apoyo, y deberás usarlo solo para el fin establecido, de otro modo, podrías ser acreedor a sanciones administrativas, tales como la devolución del recurso, quedar en el listado de personas sin derecho a recibir apoyos de la Secretaría, entre otros. Finalmente, te recordamos que todos los trámites para este Programa SON TOTALMENTE GRATUITOS, Y NO ESTÁN CONDICIONADOS A NADA QUE NO ESTÉ ESTABLECIDO EN ESTAS REGLAS. Si tienes alguna queja, denuncia o solicitud de información, no dudes en comunicarte con nosotros por las siguientes vías: � vía internet (https://sidec.funcionpublica.gob.mx y https://alertadores.funcionpublica.gob.mx), � Vía aplicación móvil https://www.gob.mx/apps/7 � Vía correo electrónico (atencionoic@agricultura.gob.mx) � Vía telefónica al 800 90 61 900, 55 38 71 10 00, extensiones 29137 y 29105 (Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la Secretaría: Avenida Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio "A", piso 1, Colonia del Carmen, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México). 2 Disponible solo para los Sistemas Producto Agrícolas Nacionales.� Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 371 A ne xo 2 D ia gr am a de la M ec รกn ic a O pe ra tiv a de l C om po ne nt e Fo m en to a la A gr ic ul tu ra 372 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 ANEXO 3 Solicitud del Apoyo del Componente Fomento a la Agricultura 1. DATOS DE VENTANILLA Nombre del Solicitante: Dirección (Calle y número): Colonia/Localidad: Municipio: Estado: Código Postal: Correo electrónico: Teléfono fijo: Número de celular: 2. DATOS DEL SUBCOMPONENTE EN EL QUE SOLICITA EL APOYO (Recuerde que solo tiene derecho a solicitar un solo apoyo) Subcomponente Concepto de apoyo Subconcepto de apoyo Marque apoyo solicitado Producción y productividad agroecológica para la alimentación y autosuficiencia alimentaria Adquisición de material genético e insumos Adquisición de semilla e insumos de nutrición y manejo fitosanitario Atención a zonas vulnerables por riesgos climatológicos Cambio de cultivo o siembra de multicultivos (material genético e insumos) Agricultura protegida (mallas antigranizo y malla sombra). Mecanización de pequeños productores y producción de bioinsumos. Maquinaria e implementos para la agricultura de pequeños productores. Producción de bioinsumos. Reducción de pérdidas de alimentos Almacenaje, selección y empaque de producción primaria. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 373 Inclusión financiera y educación en gestión de riesgos, valor agregado y mercados Inclusión financiera Apoyo a la inclusión y educación financiera de pequeños y medianos productores. Agregación del valor a la producción primaria Apoyos para incrementar el valor intrínseco de los productos agrícolas de pequeños productores […] Vinculación a mercados Apoyos que promuevan la diversificación de mercados, la asociatividad de los productores y canales de comercialización alternos e innovadores. Suelo, Agua y Biodiversidad Recuperación y protección de suelos agrícolas: mejoradores y conservadores de suelo Adquisición de maquinaria e implementos para producir con labranza cero o mínima labranza Reducción de la huella hídrica de la agricultura Eficiencia en el uso del agua de riego. Captación y utilización de agua pluvial. Conservación y uso de la biodiversidad: polinizadores Prácticas agrícolas para el desarrollo de polinizadores y organismos benéficos. Conservación de recursos genéticos en bancos de semillas comunitarios. Cadenas agroalimentarias3 Administración Pago de servicios profesionales […] Servicios empresariales Contratación de servicios de estudios, diagnósticos, análisis de información de mercado, oportunidades de comercialización […] Profesionalización y comunicación. Gastos destinados a la contratación de servicios para la realización de congresos, foros, convenciones, asambleas, simposio […] Nota: solo se puede acceder a un tipo de apoyo por solicitante. 3. DATOS DEL PROYECTO, UNIDAD ECONÓMICA O PREDIO 3.1 Nombre del proyecto (si el apoyo a través de un proyecto): 3.2 Objetivo del proyecto o concepto de apoyo: 3.3 Ubicación del predio donde se llevará a cabo el Proyecto: Tipo de domicilio: Urbano ( ) Rural ( ) *Estado: *Municipio: *Localidad: *Nombre de vialidad: *Número exterior: Número interior: *Código Postal: *Tipo de asentamiento humano: Colonia ( ) Ejido ( ) Pueblo ( ) Otro ( ): *Localidad: *Nombre del asentamiento humano: *Tipo de vialidad: Avenida ( ) Calle ( ) Carretera ( ) Otro ( ): Referencia 1 (entre vialidades): Referencia 2 (vialidad posterior): Referencia 3* (Descripción de ubicación): Superficie ha (total de predio): Superficie ha (a sembrar): */.- La información marcada con asterisco deberá ser llenada de manera obligatoria por el solicitante del subcomponente. 3 Disponible solo para los Sistemas Producto Agrícolas Nacionales. 374 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 4. DECLARACIONES DEL SOLICITANTE: Declaro bajo protesta de decir verdad: a) Que no realizo actividades productivas ni comerciales ilícitas. b) Que estoy al corriente con las obligaciones requeridas por la SADER en las presentes Reglas de Operación. c) Que aplicaré los apoyos únicamente para los fines autorizados, y que, en caso de incumplimiento por nuestra parte, la consecuencia será la devolución del recurso y los productos financieros; así como la pérdida permanente del derecho a la obtención de apoyos de la SADER. d) Que estoy al corriente en mis obligaciones fiscales. Sí ( ) No ( ) e) Que estoy exento de obligaciones fiscales. Sí ( ) No ( ) f) Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo acepto la recepción de notificaciones relacionadas con la presente solicitud a través de la página electrónica de la Secretaría (www.gob.mx/agricultura) y/o de la página electrónica de la Instancia Ejecutora, la cual me comprometo a revisar periódicamente. g) Conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación de la Secretaría de Agricultura, y Desarrollo Rural, manifiesto bajo protesta de decir verdad que no he recibido o estoy recibiendo apoyos de manera individual u organizada para el mismo concepto del Programa u otros programas del Gobierno Federal u otro orden de Gobierno, que impliquen que se dupliquen los apoyos para el mismo concepto de este programa. h) Manifiesto que los datos son verídicos y me comprometo a cumplir con los ordenamientos establecidos en las Reglas de Operación y Lineamientos correspondientes, así como de toda la legislación aplicable. En caso de que se identifique algún documento adulterado o información no fidedigna, acepto que mi solicitud sea cancelada. i) Expreso mi total y cabal compromiso, para realizar las inversiones y/o trabajos que me correspondan, para ejecutar las acciones del proyecto aludido hasta la conclusión. j) Eximo a la SADER de toda responsabilidad derivada del depósito del importe del apoyo que se me otorgue, (en la cuenta bancaria que indique), toda vez que los datos que de ella he proporcionado son totalmente correctos y vigentes, en cuanto SADER efectúe los depósitos del importe que me corresponda, me doy por pagado. En caso de reclamación del depósito, para comprobar que el pago no se ha efectuado, me comprometo a proporcionar los estados de cuenta emitidos por el banco que la SADER requiera; con este documento me hago sabedor de que SADER se reserva el derecho de emitir el apoyo mediante otra forma de pago; cuando así lo determine autorizo al banco para que se retiren los depósitos derivados de los programas de SADER efectuados por error en mi cuenta, así como los que no me correspondan o los que excedan al apoyo al que tengo derecho y sean reintegrados a la cuenta bancaria del Programa correspondiente. k) La entrega de la presente solicitud, así como de la documentación solicitada, no implica aceptación u obligación del pago de los apoyos por parte de la SADER, los órganos sectorizados y las instancias ejecutoras. Nombre completo y firma del solicitante Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 375 ANEXO 3 Solicitud del Apoyo del Componente Fomento a la Agricultura 5. OBSERVACIONES (en su caso) 6. NOMBRE COMPLETO Y FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL SOLICITANTE Nombre completo y firma 7. NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL Nombre completo y firma 8. NOMBRE COMPLETO, FIRMA Y CARGO DEL FUNCIONARIO RECEPTOR (INDICAR INSTANCIA EJECUTORA A LA QUE PERTENECE) Nombre completo y firma Sello de la ventanilla Lugar y Fecha 1/ Para el Componente Desarrollo Territorial, en caso de que se presente Carta de Consolidación de Apoyos del Componente Desarrollo Territorial (Anexo 4) se deberá anexar a esta solicitud una hoja con las firmas de los solicitantes. “Los datos personales recabados serán protegidos e incorporados y tratados en el sistema de datos personales “base de datos de beneficiarios de programas de apoyo” con fundamento en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y cuya finalidad es proporcionar información sobre los beneficiarios de los diversos programas de apoyo, a efecto de dar protección a los datos de los beneficiarios de los apoyos de los programas y componentes 376 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 ANEXO 4 Guion para la Elaboración del Proyecto Colectivo del Componente Fomento a la Agricultura Nombre del Proyecto Colectivo. I. Resumen Ejecutivo II. Datos Generales del Proyecto a. Nombre y datos del técnico que elaboró el proyecto b. Objetivo general y específicos, los cuales deben estar alineados a los objetivos del Programa establecidos en las presentes Reglas de Operación. c. Cuadro resumen de: sector productivo (Agrícola o Ganadero), Subcomponente e apoyos solicitados, inversión total, desglose de apoyos solicitados y de aportación del solicitante, de créditos, de otros programas e instituciones, entre otros. III. Descripción del Proyecto a. Localización geográfica del proyecto (Entidad Federativa, Municipio y localidad, ejido o predio y referencias para localización en su caso, núcleo agrario, coordenadas geo-referenciadas). b. Actividad productiva, eslabón de la cadena de valor, y en su caso, ciclo productivo, productos involucrados, así como impacto de las inversiones en la cadena de valor o territorio atendido. c. Análisis de viabilidad financiera. Se deberá incluir flujo de efectivo, el cálculo de la Tasa Interna de Rendimiento (TIR) con y sin subsidio, Punto de equilibrio (PE) y el Valor Actual Neto (VAN) desglosando todos sus componentes y anexando documentación que soporte dicho cálculo (incluir el archivo Excel considerado para los cálculos efectuados). Así mismo deberá incluir el análisis de sensibilidad, relación utilidad o beneficio costo. Nota: La hoja de cálculo no debe de estar protegida. Debe permitir verificar los cálculos y fórmulas que se presentan dentro del horizonte del análisis financiero. d. Cotizaciones de al menos dos proveedores y/o prestadores de servicios distintos que sustenten los costos reales y actuales al momento de la presentación del proyecto, presupuestos de las inversiones. El proveedor elegido deberá garantizarle al beneficiario mediante carta compromiso que cuenta la capacidad para, cumplir con lo ofertado y está al corriente de los requisitos fiscales vigentes. e. Infraestructura y equipo actual (disponibles para el proyecto), de ser el caso, así como condiciones de uso y valoración de activos que aporta la sociedad. f. Descripción de características y análisis de costos de producción, antes y después del proyecto. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 377 IV. Descripción y análisis de Impactos esperados a. Incremento porcentual esperado en el volumen de producción, especificando unidades de medida producidas actualmente y por producir. b. Número esperado de empleos a generar con el proyecto (directos e indirectos, permanentes y temporales por género) o en el caso de Promoción Comercial los que ya se generan, así como el número y tipo de empleos generados. c. Incremento en los rendimientos de cosechas (en su caso). d. Reducción estimada de costos. e. Recuperación de los recursos naturales de la unidad de producción. V. Análisis y aspectos de Mercados (Solo para el Subcomponente de Valor Agregado y Mercados) a. Disponibilidad, accesibilidad, condiciones y mecanismos de abasto de insumos, materias primas y servicios. b. Mercado objetivo. c. Canales de distribución y venta. d. Plan y estrategia de comercialización. e. En su caso, cartas de intención de compra o contrato(s) de compra-venta recientes y referidas al producto ofrecido, o de abasto de materias primas y cotizaciones para el aseguramiento de las inversiones, que contengan nombre y domicilio de los clientes, volumen estimado de producto, precio estimado, lugares y periodos de entrega recepción, forma y plazo de pago para los productos a generar con el proyecto. f. Identificación de interrelaciones, de debilidades y potencialidades, de procesos de agregación de valor, de mercados meta y sus actores, así como de indicadores de competitividad. VI. Análisis y acciones de sustentabilidad (Solo para el Subcomponente de Suelo, Agua y Biodiversidad) d. Descripción y análisis de la situación actual del uso de los recursos naturales, manejo de los subproductos y desechos, e impacto ambiental de la empresa (en su caso). e. Prácticas sustentables para implementar. Anexos del Proyecto, en su caso. 378 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 A N EX O 5 Li st ad o de P ro du ct or es A so ci ad os e n el P ro ye ct o C ol ec tiv o de l C om po ne nt e Fo m en to a la A gr ic ul tu ra N o. d e Fo lio S IG A P o C on se cu tiv o D A TO S D E LA V EN TA N IL LA (P ar a se r l le na do p or e l r es po ns ab le d e la V en ta ni lla ) ES TA D O M U N IC IP IO (S ) D IA M ES A Ñ O N O M B R E D E LA P ER SO N A M O R A L: N O M B R E D EL P R O YE C TO : D at os d e Pr od uc to r( es ) S ol ic ita nt e( s) N o. A pe lli do Pa te rn o A pe lli do M at er no N om br e( s) Se xo (H /M ) C U R P En tid ad Fe de ra tiv a M un ic ip io do nd e se ub ic a el pr ed io Lo ca lid ad do nd e se ub ic a el pr ed io C oo rd en ad as [G eo gr áf ic as *] Su pe rf ic ie a a po ya r (h ec tá re as ) m áx im o 1 de ci m al Su bc om po ne nt e so lic ita do M on to so lic ita do Fi rm a o hu el la di gi ta l d el p ro du ct or La tit ud Lo ng itu d A lti tu d 1 2 3 4 5 6 7 8 *U bi ca r p un to a l i nt er io r d el p re di o E st e fo rm at o es tá d is po ni bl e en la p ág in a el ec tró ni ca d e la S ec re ta ría (h ttp s: //w w w .g ob .m x/ ag ric ul tu ra ) y d eb er á en tre ga rs e en m ed io m ag né tic o ac om pa ña do d e la s ol ic itu d co rr es po nd ie nt e. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 379 ANEXO 6 Cédula de Calificación del Componente Fomento a la Agricultura INDICADOR PONDERADOR UNIDAD DE MEDIDA NIVELES DE RESPUESTA PUNTAJE Validación Técnica Obligatoria Positiva/ Negativa Reducción estimada de costos o aumento de ingresos 10 Porcentaje de reducción de costos o porcentaje de aumento de ingresos. Más del 10% 100 Hasta 10% 50 Tasa Interna de Retorno (TIR) SIN subsidio 15 Porcentaje < 10 o no especificada 0 10 a 20 100 20 a 25 50 > 25 0 Incremento porcentual esperado en el volumen de producción 15 Porcentaje > 10 100 5 a 10 75 3 a 5 50 1 a 3 25 < 1 o no especificado 0 Aportación adicional al proyecto del total requerido por los montos de apoyo 10 Porcentaje de aportación > 50% 100 40 a 50% 75 25 a 40% 50 10 a 25% 25 < 10% 0 Promoción de la asociatividad 10 Número de productores beneficiados directamente > 100 100 50 a 100 50 < 50 25 Inclusión a productores de pequeña escala/ jóvenes / mujeres/ personas con discapacidad, indígenas y afromexicanos 15 Porcentaje de productores de pequeña escala 71-100 100 31-70 50 < 30 0 Uso de prácticas sustentables 10 Número de prácticas a implementar 2 o más 100 1 50 0 0 85 380 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 7 Cédula de Pertinencia del Componente Fomento a la Agricultura FECHA: FOLIO INTERNO: FOLIO SIGAP: ESTADO: Nombre o Razón Social: Nombre del Proyecto: Dirección del Beneficiario: I. Predio Ubicación del Proyecto Municipio: Localidad: Nombre del Predio: Coordenadas: Servicios con los que cuenta Agua ( ) Energía Eléctrica ( ) Teléfono ( ) Acceso: Pavimento ( ) Terracería ( ) Datos del predio Tipo de tenencia: Ejidal ( ) Comunal ( ) Pequeña Propiedad ( ) Otro: Documento que acredita la posesión: Nombre del propietario: Superficie Total: Has Superficie para proyecto: Has Uso Actual: Descripción del predio y la zona: II. Infraestructura y bienes existentes para la ejecución del proyecto Infraestructura con la que se cuenta en el predio y/o proyecto Activos, descripción Cantidad Valor ($) Activos, descripción Cantidad Valor ($) ¿La solicitud de incentivos corresponde a las necesidades e iniciativa del productor? Si ( ) No ( ) ¿Existen los activos necesarios para la correcta ejecución del proyecto? Si ( ) No ( ) Observaciones: Con base a lo anterior, la Representación Estatal de la SADER o Instancia Ejecutora en el estado de: considera: PERTINENTE EL APOYO NO PERTINENTE EL APOYO Por la SADER (Nombre y firma) Por el Beneficiario (Nombre y firma) Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 381 Anexo 8 Guía Rápida para el Beneficiario del Componente Fomento a la Ganadería El Programa de Fomento a Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura, en su apartado de Fomento a la Ganadería, busca Fomentar la producción y productividad de las Unidades Económicas Pecuarias, mediante incentivos en material genético, infraestructura, equipo, paquetes tecnológicos, y asistencia técnica. El logro de este objetivo implica un mayor ingreso del productor para mejorar su calidad de vida y el bienestar de su familia, contribuyendo en la sustentabilidad de los recursos naturales y cuidado del medio ambiente. Los apoyos directos están dirigidos a personas físicas y morales dedicadas a la actividad pecuaria, que cumplen con los criterios y requisitos establecidos en cada uno de los subcomponentes de Fomento a la Ganadería; se dará atención prioritaria a los pequeños productores que de manera individual posean entre 5 y 35 Unidades Animal en sus Unidades Económicas Pecuarias. La cobertura de Fomento a la Ganadería será nacional, dando prioridad a las Entidades Federativas con mayor rezago como lo establece el Plan Nacional de Desarrollo 2019–2024, el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020 - 2024, y los que determine la Unidad Responsable. Subcomponente Concepto de Apoyo Tipo de Persona Requiere Proyecto Ganadería para el Bienestar Apoyo directo a productores pecuarios. Física No Proyectos Integrales para el Desarrollo Ganadero Proyectos integrales para el desarrollo ganadero Física No Moral Si Requisitos para acceder al Componente Fomento a la Ganadería Requisitos Persona Física Persona Moral Identificación Oficial Vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional.) X Representante Legal CURP X Representante Legal RFC X X Comprobante de Domicilio del Solicitante (recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. X Domicilio Fiscal Acta constitutiva y de las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público; X Acta de asamblea en la que conste la designación de su representante legal o el poder que otorga las facultades suficientes para realizar actos de administración o de dominio, debidamente protocolizado ante fedatario público X Anexo 10. Solicitud de apoyo del Componente Fomento a la Ganadería X X Anexo 11. Guion para la Elaboración del Proyecto de Recursos Zoogenéticos del Componente Fomento a la Ganadería X Anexo 12. Listado de productores integrantes de persona Moral del Componente Fomento a la Ganadería X Formato de Inscripción o Constancia de Actualización del Padrón Ganadero Nacional X X 382 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Requisitos Persona Física Persona Moral Cotización de los conceptos de apoyo solicitados X X Documento Bancario a nombre del productor, donde se especifique la CLABE, para depósito X X Documento con el que se acredite la posesión legal del predio (concepto de infraestructura y recursos zoo genéticos) X X Anexo 33. Declaratoria en Materia de Seguridad Social (solicitudes mayores a treinta mil pesos), u opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social (en su caso). X X Para el concepto de Material Genético y Paquetes Tecnológicos, presentar la documentación indicada en los Elementos Técnicos y Valores de Referencia. X X Presentar el documento de registro en el Padrón de Productores de la Secretaría. X X Para el caso de solicitudes autorizadas, deberán dar cumplimiento a las obligaciones fiscales contenidas en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación X X Una vez publicadas estas Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación y en las páginas electrónicas de AGRICULTURA, deberás estar a atento a la Convocatoria para los Componentes de tu interés, además de las publicaciones de las Representaciones Estatales, DDRs y CADERs. En dichas convocatorias se te indicarán los periodos para ingresar tu solicitud, los requisitos necesarios, así como, la ubicación de las ventanillas físicas. Si cumples con todos los requisitos, tu solicitud será procesada y analizada para su dictamen, en donde se determinará si puedes ser sujeto de apoyo. Las listas de solicitudes aprobadas, serán publicadas en las páginas anteriormente señaladas para que te puedas enterar en tiempo y forma del resultado. Es importante que sepas que se pueden publicar varias listas de solicitudes positivas a lo largo del año, por lo que deberás estar atento en todo momento. Al final de año se publicarán las solicitudes con dictamen negativo. Una vez aprobada tu solicitud, la Instancia Ejecutora del Componente en el que participas se pondrá en contacto contigo para verificar que cuentas con lo necesario para aplicar tu incentivo y se acordarán los términos para que recibas el apoyo. En todo momento debes tener presente tus derechos y obligaciones, mismos que se encuentran en la “Sección De los derechos y obligaciones de los ciudadanos, solicitantes y beneficiarios” de estas Reglas, porque de incumplir con alguno, el apoyo te puede ser retirado. No olvides que tus obligaciones se extienden aún después de recibir el apoyo, y deberás usarlo solo para el fin establecido, de otro modo, podrías ser acreedor a sanciones administrativas, tales como la devolución del recurso, quedar en el listado de personas sin derecho a recibir apoyos de la Secretaría, entre otros. Finalmente, te recordamos que todos los trámites para este programa SON TOTALMENTE GRATUITOS, Y NO ESTÁN CONDICIONADOS A NADA QUE NO ESTÉ ESTABLECIDO EN ESTAS REGLAS. Si tienes alguna queja, denuncia o solicitud de información, no dudes en comunicarte con nosotros por las siguientes vías: � Vía internet (https://sidec.funcionpublica.gob.mx y https://alertadores.funcionpublica.gob.mx), � Vía aplicación móvil https://www.gob.mx/apps/7 � Vía correo electrónico (atencionoic@agricultura.gob.mx) � Vía telefónica al 800 90 61 900, 55 38 71 10 00, extensiones 29137 y 29105 (Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la Secretaría: Avenida Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio "A", piso 1, Colonia del Carmen, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México). Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 383 A ne xo 9 D ia gr am a de la M ec án ic a O pe ra tiv a de l C om po ne nt e Fo m en to a la G an ad er ía 384 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 10 Solicitud de Apoyo del Componente Fomento a la Ganadería 1. DATOS GENERALES UPP: Nombre del Solicitante *Dirección (Calle y número): *Colonia/Localidad: *Municipio: *Estado: *C.P: Correo electrónico: Teléfono fijo: *Teléfono celular: Tipo de Solicitante: Persona Física . Persona Moral . Mujeres Hombres Etnia (Indígena o Afro mexicano) Personas con Discapacidad Jóvenes 18 a 29 años Adultos Mayor de 30 años 2. UBICACIÓN DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN PECUARIA (UPP) *Tipo de domicilio: Urbano Rural . *Estado: *Municipio: *Localidad: *Nombre de vialidad o paraje: Número exterior 1: Número interior: Código Postal: *Tipo de asentamiento humano: Colonia ( ) Ejido ( ) Pueblo ( ) Otro ( ): *Tipo de vialidad: Avenida ( ) Calle ( ) Carretera ( ) Otro ( ): Referencia 1 (entre vialidades): Referencia 2 (vialidad posterior): Referencia 3* (Descripción de ubicación): *Superficie total de predio (ha): */.- La información marcada con asterisco deberá ser llenada de manera obligatoria por el solicitante. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 385 3. POBLACIÓN DE VIENTRES EQUIVALENTES EN UNIDADES ANIMAL EN LA UPP Especie Equivalencia (a) Número de Vientres o Colmenas (b) Número de UA (a * b) Bovino 1.00 Ovino 0.20 Caprino 0.17 Porcino 0.33 Conejo Adulto 0.20 Colmena 0.20 Équido 1.0 Total Estrato Unidades Animal Monto Máximo de Apoyo Federal ($)* *El monto de apoyo, será el correspondiente al número de vientres equivalente en Unidades Animal, registrados en el Formato de Inscripción o Constancia de Actualización del Padrón Ganadero Nacional. 4. CONCEPTOS DE APOYO SOLICITADOS Para cada subcomponente, indicar los conceptos de apoyo solicitados. Concepto de Apoyo Unidad de Medida Cantidad Monto $ Apoyo directo a productores pecuarios de pequeña escala (Ganadería para el Bienestar) Proyectos Integrales para el Desarrollo Ganadero Total solicitado: 5. DECLARATORIA DEL SOLICITANTE El que suscribe, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que: a. Participo de manera voluntaria en el Programa. b. Que no realizo actividades productivas ni comerciales ilícitas. c. Que estoy al corriente con mis obligaciones adquiridas ante los diferentes Programas y Apoyos de AGRICULTURA. d. Que soy productor pecuario, que aplicaré los apoyos únicamente para los fines autorizados indicados en mi solicitud, y que, en caso de incumplimiento, haré la devolución del recurso y los productos financieros que pudieran generarse. Lo anterior sin detrimento a los procedimientos administrativos que AGRICULTURA pudiera emprender. e. Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo acepto la recepción de notificaciones relacionadas con la presente solicitud a través de la página electrónica de la Secretaría (www.gob.mx/agricultura) y/o de la página electrónica de la Instancia Ejecutora, la cual me comprometo a revisar periódicamente. 386 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 f. Conforme a lo establecido en las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, y Desarrollo Rural, manifiesto bajo protesta de decir verdad que no he recibido o estoy recibiendo apoyos de manera individual u organizada para el mismo concepto del Programa u otros programas del Gobierno Federal u otro orden de Gobierno, que impliquen que se dupliquen los apoyos para el mismo concepto de este programa. g. Manifiesto que los datos son verídicos y me comprometo a cumplir con los ordenamientos establecidos en las Reglas de Operación y Lineamientos correspondientes, así como, de toda la legislación aplicable. En caso de que se identifique algún documento adulterado o información no fidedigna, acepto que mi solicitud sea cancelada. h. Expreso mi total y cabal compromiso, para realizar las inversiones y/o trabajos que me correspondan, para ejecutar las acciones del proyecto aludido hasta la conclusión. i. Declaro bajo protesta de decir verdad, que para el concepto Material Genético, cuento con la capacidad para dar alojamiento y abastecimiento de agua y alimento para mi ganado, incluyendo el solicitado. j. Eximo a AGRICULTURA de toda responsabilidad derivada del depósito del importe del apoyo que se me otorgue (en la cuenta bancaria que indique o autorice por cuenta y orden del proveedor del servicio), toda vez que los datos que de ella he proporcionado son totalmente correctos y vigentes, en cuanto AGRICULTURA efectúe los depósitos del importe que me corresponda, me doy por pagado. En caso de reclamación del depósito, para comprobar que el pago no se ha efectuado, me comprometo a proporcionar los estados de cuenta emitidos por el banco que AGRICULTURA requiera; con este documento me hago sabedor de que AGRICULTURA se reserva el derecho de emitir el apoyo mediante otra forma de pago; cuando así lo determine autorizo al banco para que se retiren los depósitos derivados de los programas y proyectos de AGRICULTURA efectuados por error en mi cuenta, así como, los que no me correspondan o los que excedan al apoyo al que tengo derecho y sean reintegrados a la cuenta bancaria del Programa correspondiente. k. La entrega de esta solicitud así como, de la documentación solicitada, no implica aceptación u obligación del pago de los apoyos por parte de AGRICULTURA, los órganos sectorizados y las instancias ejecutoras. 6. NOMBRE COMPLETO Y FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL SOLICITANTE Nombre Completo y Firma 7. NOMBRE COMPLETO, FIRMA Y CARGO DEL FUNCIONARIO RECEPTOR (INDICAR INSTANCIA EJECUTORA A LA QUE PERTENECE). Nombre Completo, Cargo y Firma Sello de la Instancia Ejecutora Lugar y Fecha “Los datos personales recabados serán protegidos e incorporados y tratados en el sistema de datos personales “base de datos de beneficiarios de programas de apoyo” con fundamento en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y cuya finalidad es proporcionar información sobre los beneficiarios de los diversos programas de incentivo, a efecto de dar protección a los datos de los beneficiarios de los apoyos de los programas y componentes”. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 387 Anexo 11 Guion para la Elaboración del Proyecto – Recursos Zoogenéticos del Componente Fomento a la Ganadería Contenido: 1. Título del proyecto indicando su alcance (nacional, regional o estatal). 2. Razón social de la persona moral solicitante. 3. Listado de Productores Integrantes de la Persona Moral del Componente Fomento a la Ganadería. (Anexo 10). 4. Datos generales del proyecto (ubicación y actividad productiva). 5. Resumen Ejecutivo. 6. Antecedentes y Justificación (que incluya entre otros, el estudio básico del mercado). 7. Objetivo General. 8. Objetivos Específicos. 9. Metas de Impacto. 10. Empleos directos e indirectos generados por edad y género. 11. Descripción de actividades a realizar. 12. Calendario de actividades. 13. Descripción y características de los productos entregables. 14. Inversión total y desglose de aportaciones gubernamentales y solicitante. 15. Análisis Financiero (Tasa Interno de Retorno, Valor Actual Neto y Relación Beneficio Costo). 16. Inventario de activos disponibles para el desarrollo del proyecto. 17. Anexos del Proyecto (cotizaciones de los conceptos de gasto de equipo e infraestructura solicitados). Dependiendo del Componente de Apoyo solicitado, se desarrollarán los numerales del Contenido, para aquellos que no apliquen, poner las siglas NA. “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” 388 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 A ne xo 1 2 Li st ad o de P ro du ct or es In te gr an te s de la P er so na M or al de l C om po ne nt e Fo m en to a la G an ad er ía N o. d e Fo lio d el S IG A P o C on se cu tiv o N úm er o de U P P o PS G D A TO S D E LA V EN TA N IL LA (P ar a se r l le na do p or e l R es po ns ab le d e la V en ta ni lla ) ED O M U N IC IP IO D IA M ES A Ñ O N O M B R E D E LA P ER SO N A M O R A L: . LI ST A D E PR O D U C TO R ES N o. A PE LL ID O P A TE R N O A PE LL ID O M A TE R N O N O M B R E C U R P R FC ED A D SE XO N o. d e U PP (O pc io na l) 1 2 3 4 5 6 Es te f or m at o es tá d is po ni bl e en la p ág in a el ec tró ni ca d e la S ec re ta ría ( w w w .g ob .m x/ ag ric ul tu ra ) y de be rá e nt re ga rs e en m ed io m ag né tic o ac om pa ña do d e la so lic itu d co rre sp on di en te . “E st e pr og ra m a es p úb lic o, a je no a c ua lq ui er p ar tid o po lít ic o. Q ue da p ro hi bi do e l u so p ar a fin es d is tin to s a lo s es ta bl ec id os e n el p ro gr am a” . Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 389 Anexo 13 Cédula de Calificación del Componente Fomento a la Ganadería Indicador Ponderador Unidad de Medida Niveles de Respuesta Puntaje No. Unidades Animal 0.20 Unidades Animal 5 -10 100 11 - 20 75 21 - 35 50 Más de 35 25 Municipio de Atención Prioritaria 0.20 Municipio Sí 100 No 25 Tipo de Productor 0.15 Figura Moral Física 100 Moral 50 * Genero 0.15 Sexo Mujer 100 Hombre 50 * Jóvenes 0.10 Edad 18 a 29 años 100 Mayor de 30 50 * Indígena y Afromexicano 0.10 Etnia Si 100 No 50 * Discapacidad 0.10 Persona Si 100 No 50 Total 1.00 * Para personas morales, se otorgará el mayor puntaje, cuando el 50% + 1 de sus integrantes corresponda al indicador. 390 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 14 Cédula de Pertinencia del Componente Fomento a la Ganadería FECHA: FOLIO INTERNO: FOLIO SIGAP: ESTADO: Nombre o Razón Social: Nombre del Proyecto: Dirección del Beneficiario: I. Predio Ubicación del Proyecto Municipio: Localidad: Nombre del Predio: Coordenadas: Servicios con los que cuenta Agua ( ) Energía Eléctrica ( ) Teléfono ( ) Acceso: Pavimento ( ) Terracería ( ) Datos del predio Tipo de tenencia: Ejidal ( ) Comunal ( ) Pequeña Propiedad ( ) Otro: Documento que acredita la posesión: Nombre del propietario: Superficie Total: Has Superficie para proyecto: Has Uso Actual: Descripción del predio y la zona: II. Infraestructura y bienes existentes para la ejecución del proyecto Infraestructura con la que se cuenta en el predio y/o proyecto Activos, descripción Cantidad Valor ($) Activos, descripción Cantidad Valor ($) ¿La solicitud de incentivos corresponde a las necesidades e iniciativa del productor? Si ( ) No ( ) ¿Existen los activos necesarios para la correcta ejecución del proyecto? Si ( ) No ( ) Observaciones: Con base a lo anterior, la Representación Estatal de la SADER o Instancia Ejecutora en el estado de: considera: PERTINENTE EL APOYO NO PERTINENTE EL APOYO Por la SADER (Nombre y firma) Por el Beneficiario (Nombre y firma) Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 391 Anexo 15 Guía Rápida para el Beneficiario del Componente Desarrollo Territorial El Programa de Fomento a Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura, en su componente Desarrollo Territorial, busca que los pequeños productores de los territorios prioritarios incrementen de manera sostenible su productividad, reduzcan sus costos de producción y mejoren su vinculación con el mercado, a través de la innovación tecnológica y el desarrollo de capacidades. Los apoyos directos están dirigidos a personas físicas y morales que cumplen con los criterios y requisitos establecidos en cada uno de los subcomponentes; se dará atención prioritaria a los pequeños productores que viven en las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) de las diferentes cadenas productivas interesados en el bienestar comunitario y el desarrollo territorial. La cobertura del componente Desarrollo Territorial será nacional, dando prioridad a las Entidades Federativas con mayor rezago como lo establece el Plan Nacional de Desarrollo 2019 – 2024, el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020 - 2024, y los que determine la Unidad Responsable. Subcomponente Concepto de Apoyo Tipo de Persona Requiere Proyecto Proyectos Territoriales Proyectos de desarrollo territorial Física y Moral SI Innovación Tecnológica para el Desarrollo Territorial Proyectos y servicios de investigación, desarrollo tecnológico y/o transferencia de tecnología Física y Moral SI Requisitos para acceder al Componente Desarrollo Territorial Requisitos Persona Física Persona Moral Identificación Oficial Vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional.) X Representante Legal CURP X Representante Legal RFC X Comprobante de Domicilio del Solicitante (recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. X Domicilio Fiscal Acta constitutiva y de las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público; X Acta de asamblea en la que conste la designación de su representante legal o el poder que otorga las facultades suficientes para realizar actos de administración o de dominio, debidamente protocolizado ante fedatario público X Anexo 17. Solicitud de Apoyo del Componente Desarrollo Rural X X 392 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Requisitos Persona Física Persona Moral Anexo 18. Carta de Consolidación de Apoyos del Componente Desarrollo Rural Anexo 20. Listado de productores integrantes de Persona Moral del Componente Desarrollo Rural X Anexo 19. Guion para la Elaboración del Proyecto del Componente Desarrollo Rural X X Documento Bancario a nombre del productor, donde se especifique la CLABE, para depósito X X Documento con el que se acredite la posesión legal del predio X X Anexo 33. Declaratoria en Materia de Seguridad Social (solicitudes mayores a treinta mil pesos), u opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social (en su caso). X X Presentar el documento de registro en el Padrón de Productores de la Secretaría. X X Para el caso de solicitudes autorizadas, deberán dar cumplimiento a las obligaciones fiscales contenidas en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación X X Una vez publicadas estas Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación y en las páginas electrónicas de AGRICULTURA, deberás estar a atento a la Convocatoria para los Componentes de tu interés, además de las publicaciones de las Representaciones Estatales, DDRs y CADERs. En dichas convocatorias se te indicarán los periodos para ingresar tu solicitud, los requisitos necesarios, así como, la ubicación de las ventanillas físicas. Si cumples con todos los requisitos, tu solicitud será procesada y analizada para su dictamen, en donde se determinará si puedes ser sujeto de apoyo. Las listas de solicitudes aprobadas, serán publicadas en las páginas anteriormente señaladas para que te puedas enterar en tiempo y forma del resultado. Es importante que sepas que se pueden publicar varias listas de solicitudes positivas a lo largo del año, por lo que deberás estar atento en todo momento. Al final de año se publicarán las solicitudes con dictamen negativo. Una vez aprobada tu solicitud, la Instancia Ejecutora del Componente en el que participas se pondrá en contacto contigo para verificar que cuentas con lo necesario para aplicar tu incentivo y se acordarán los términos para que recibas el apoyo. En todo momento debes tener presente tus derechos y obligaciones, mismos que se encuentran en la “Sección De los derechos y obligaciones de los ciudadanos, solicitantes y beneficiarios” de estas Reglas, porque de incumplir con alguno, el apoyo te puede ser retirado. No olvides que tus obligaciones se extienden aún después de recibir el apoyo, y deberás usarlo solo para el fin establecido, de otro modo, podrías ser acreedor a sanciones administrativas, tales como la devolución del recurso, quedar en el listado de personas sin derecho a recibir apoyos de la Secretaría, entre otros. Finalmente, te recordamos que todos los trámites para este programa SON TOTALMENTE GRATUITOS, Y NO ESTÁN CONDICIONADOS A NADA QUE NO ESTÉ ESTABLECIDO EN ESTAS REGLAS. Si tienes alguna queja, denuncia o solicitud de información, no dudes en comunicarte con nosotros por las siguientes vías: � Vía internet (https://sidec.funcionpublica.gob.mx y https://alertadores.funcionpublica.gob.mx), � Vía aplicación móvil https://www.gob.mx/apps/7 � Vía correo electrónico (atencionoic@agricultura.gob.mx) � Vía telefónica al 800 90 61 900, 55 38 71 10 00, extensiones 29137 y 29105 (Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la Secretaría: Avenida Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio "A", piso 1, Colonia del Carmen, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México). Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 393 A ne xo 1 6 D ia gr am a de la M ec รกn ic a O pe ra tiv a de l C om po ne nt e D es ar ro llo T er rit or ia l 394 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 ANEXO 17 Solicitud de Apoyo del Componente Desarrollo Territorial I. DATOS DE VENTANILLA Nombre del Solicitante *Dirección (Calle y número): *Colonia/Localidad: *Municipio: *Estado: Código Postal: Correo electrónico: Teléfono fijo: Núm. celular: II. DATOS DEL PROYECTO, UNIDAD ECONÓMICA O PREDIO 2.1 Nombre del Subcomponente e Incentivo (conceptos de apoyo) solicitado (Se desplegará la opción en la solicitud electrónica): Nombre del proyecto: Tipo de proyecto: Agrícola Ganadero Desarrollo Territorial Objetivo del proyecto: Subcomponente Monto en pesos Concepto de Inversión Unidad de Medida Cantidad Solicitada Incentivo Solicitado $ Aportación del Productor % Otras Fuentes de Financiamiento Inversión Total Crédito Otro incentivo gubernamental Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 395 2.2 Ubicación del predio: Tipo de domicilio: Urbano Rural *Estado: *Municipio: *Localidad: *Nombre de vialidad: *Número exterior: Número interior: *Código Postal: *Tipo de asentamiento humano: Colonia ( ) Ejido ( ) Pueblo ( ) Otro ( ): *Localidad: *Nombre del asentamiento humano: *Tipo de vialidad: Avenida ( ) Calle ( ) Carretera ( ) Otro ( ): Referencia 1 (entre vialidades): Referencia 2 (vialidad posterior): Referencia 3* (Descripción de ubicación): Superficie ha (total de predio): Superficie ha (a sembrar): Número de Unidades Animal (Ganado) con las que cuenta actualmente: Especie: Vientres: . Sementales: . Crías: Colmenas , Estanques Otro especificar */.- La información marcada con asterisco deberá ser llenada de manera obligatoria por el solicitante del subcomponente. III. DECLARACIONES DEL SOLICITANTE: Declaro bajo protesta de decir verdad: a) Que no realizo actividades productivas ni comerciales ilícitas. b) Que estoy al corriente con las obligaciones requeridas por la SADER en las presentes Reglas de Operación. c) Que aplicaré los apoyos únicamente para los fines autorizados, y que, en caso de incumplimiento por nuestra parte, la consecuencia será la devolución del recurso y los productos financieros; así como la pérdida permanente del derecho a la obtención de apoyos de la SADER. d) Que estoy al corriente en mis obligaciones fiscales. Sí ( ) No ( ) e) Que estoy exento de obligaciones fiscales. Sí ( ) No ( ) f) Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo acepto la recepción de notificaciones relacionadas con la presente solicitud a través de la página electrónica de la Secretaría (www.gob.mx/agricultura) y/o de la página electrónica de la Instancia Ejecutora, la cual me comprometo a revisar periódicamente. g) Conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación de la Secretaría de Agricultura, y Desarrollo Rural, manifiesto bajo protesta de decir verdad que no he recibido o estoy recibiendo apoyos de manera individual u organizada para el mismo concepto del Programa u otros programas del Gobierno Federal u otro orden de Gobierno, que impliquen que se dupliquen los apoyos para el mismo concepto de este programa. h) Manifiesto que los datos son verídicos y me comprometo a cumplir con los ordenamientos establecidos en las Reglas de Operación y Lineamientos correspondientes, así como de toda la legislación aplicable. En caso de que se identifique algún documento adulterado o información no fidedigna, acepto que mi solicitud sea cancelada. i) Expreso mi total y cabal compromiso, para realizar las inversiones y/o trabajos que me correspondan, para ejecutar las acciones del proyecto aludido hasta la conclusión. j) Eximo a la SADER de toda responsabilidad derivada del depósito del importe del apoyo que se me otorgue, [en la cuenta bancaria que se precisa con antelación], toda vez que los datos que de ella he proporcionado son totalmente correctos y vigentes, en cuanto SADER efectúe los depósitos del importe que me corresponda, me doy por pagado. En caso de reclamación del depósito, para comprobar que el pago no se ha efectuado, me comprometo a proporcionar los estados de cuenta emitidos por el banco que la SADER requiera; con este documento me hago sabedor de que SADER se reserva el derecho de emitir el apoyo mediante otra forma de pago; cuando así lo determine autorizo al banco para que se retiren los depósitos derivados de los programas de SADER efectuados por error en mi cuenta, así como los que no me correspondan o los que excedan al apoyo al que tengo derecho y sean reintegrados a la cuenta bancaria del Programa correspondiente. 396 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 k) La entrega de la presente solicitud, así como de la documentación solicitada, no implica aceptación u obligación del pago de los apoyos por parte de la SADER, los órganos sectorizados y las instancias ejecutoras. Nombre completo y firma del solicitante (Se anexa relación de solicitantes en caso de que entreguen Anexo 18) IV. OBSERVACIONES (en su caso) V. NOMBRE COMPLETO Y FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL SOLICITANTE Nombre completo y firma (Se anexa relación de solicitantes en caso de que entreguen Anexo 18) I. NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL Nombre completo y firma II. NOMBRE COMPLETO, FIRMA Y CARGO DEL FUNCIONARIO RECEPTOR (INDICAR INSTANCIA EJECUTORA A LA QUE PERTENECE) Nombre completo y firma Sello de la ventanilla Lugar y Fecha “Los datos personales recabados serán protegidos e incorporados y tratados en el sistema de datos personales “base de datos de beneficiarios de programas de apoyo” con fundamento en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y cuya finalidad es proporcionar información sobre los beneficiarios de los diversos programas de apoyo, a efecto de dar protección a los datos de los beneficiarios de los apoyos de los programas y componentes Relación de solicitantes: Nombre CURP Tel. particular Celular Correo electrónico Firma Huella Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 397 ANEXO 18 Carta de Consolidación de Apoyos del Componente Desarrollo Territorial <<Localidad. Municipio, Estado , a de de 2022 <Representante de la Instancia Ejecutora>> PRESENTE. Hacemos de su conocimiento que los que suscribimos la presente carta hemos presentado una solicitud de apoyo , del Subcomponente , del Componente Desarrollo Territorial, a través del cual se propone generar un beneficio colectivo en el territorio, y cuya ejecución contribuirá al objetivo del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura para el ejercicio 2022. Al respecto, solicitamos que se tome en consideración que, para garantizar la ejecución del proyecto, estamos de acuerdo en que los incentivos del Subcomponente solicitado, en caso de que se autorice nuestra solicitud, se apliquen de manera consolidada, conforme a las precisiones que en su momento se hagan por escrito, una vez autorizado el incentivo. Asimismo, nos comprometemos a realizar, previo a la aplicación de los incentivos, nuestras aportaciones correspondientes, de acuerdo a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura para el ejercicio 2022. PROTESTAMOS LO NECESARIO NOMBRE CURP FIRMA HUELLA 398 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 ANEXO 19 Guion para la Elaboración del Proyecto del Componente Desarrollo Territorial En este anexo el solicitante deberá identificar el guion que le corresponda de acuerdo con la orientación que tenga su proyecto, una vez identificada, deberá desarrollar el contenido del guion y presentarlo conjuntamente con su solicitud. Orientación del proyecto: Infraestructura y equipamiento para mejorar la capacidad productiva I. Resumen ejecutivo II. Datos generales del proyecto: objetivo general y específicos y cuadro resumen de apoyos solicitados III. Descripción del proyecto a. Localización geográfica del proyecto b. Caracterización de la actividad productiva y de las unidades de producción c. Descripción del proceso de producción d. Problemática identificada con los productores e. Alternativas de solución identificadas con los productores f. Conceptos de inversión. g. Análisis de costos de producción, antes y después del proyecto. IV. Descripción y análisis de los impactos esperados a. Reducción de costos de producción b. Incremento en producción c. Aporte a la sustentabilidad V. Cotizaciones de dos proveedores que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes, consideren bienes de características comparables, cantidad de unidades, vigencia de precios y condiciones de entrega. VI. Anexos (tarjetas unitarias, cálculos, planos, permisos, concesiones). Orientación del proyecto: Infraestructura de captación, manejo y almacenamiento de agua y conservación de suelos. I. Presentación del Proyecto. II. Caracterización del territorio. Caracterización productiva. III. Objetivo(s) general(es) y específico(s). IV. Actividades productivas para mejorar. V. Beneficios del proyecto. VI. Costos del Proyecto. VII. Aspectos técnicos del proyecto a. Localización geográfica del proyecto b. Estudios específicos (geológicos, mecánica de suelos, etc.) y de ingeniería de detalle, según aplique. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 399 c. Cotizaciones de proveedores o prestadores de servicios (al menos dos). d. Para obra civil: ruta crítica de la ejecución de las obras, el proyecto ejecutivo y el proyecto de ingeniería. e. Para obra de captación y almacenamiento de agua en microcuenca: localización de la boquilla en un mapa que muestre la forma de la microcuenca con coordenadas geográficas y UTM; área de la cuenca; longitud del cauce principal; índice de forma; relación de circularidad; cota inicial; cota final; pendiente del cauce principal; la pendiente media de la cuenca; número de orden y la sección transversal de la boquilla. f. Para acciones de conservación de suelo: i. Determinación de los polígonos de trabajo y memoria fotográfica del estado del territorio, ii. Caracterización de la problemática asociada con la actividad productiva y la conservación del suelo, iii. Propuestas de obras y prácticas de conservación de suelo e infiltración de agua, y iv. Programa de conservación y mantenimiento de las acciones apoyadas a cargo de los productores. g. Permisos y cumplimiento de normas sanitarias, ambientales y otras. Concesión de agua vigente, en trámite u otro documento emitido por la CONAGUA en donde acredite el volumen de agua a utilizar en el proyecto. h. Memorias de cálculo y documentación o información adicional relevante, según aplique. i. Programas de ejecución, de administración de recursos humanos. j. Reglamento de uso presente y futuro de los apoyos otorgados. Orientación del proyecto: Inversión para integrar a los productores en las cadenas productivas 1. Resumen ejecutivo 2. Presentación general del proyecto 3. Nombre y datos del técnico que elaboró el proyecto. 4. Estrategia de desarrollo de los productores. 5. Objetivo general y específicos (alineados al objetivo del Componente y Subcomponente). 6. Cuadro resumen de: sector productivo (agrícola, ganadero, acuícola, pesquero). 7. Infraestructura y equipo actual (disponibles para el proyecto), de ser el caso, así como condiciones de uso y valoración de activos que aporta la sociedad. 8. Cuadro de inversiones, apoyos solicitados, inversión total (descripción detallada de los activos a invertir), apoyos solicitados, aportación del solicitante, créditos y apoyos de otros programas e instituciones. 9. Análisis del mercado y diseño de producto o servicios (en el caso de empresa) 10. Tecnologías productivas y administrativas. 11. Políticas de desarrollo y servicio (en el caso de empresa). 12. Estructura y funciones de gobierno y administración (en el caso de empresa) 13. Servicios o beneficios del proyecto a socios y clientes. 14. Volumen de operación del proyecto. 15. Costos de operación de proyecto. 16. Ingresos generales proyectados (en el caso de empresa) 400 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 17. Estructura de inversiones (en su caso) 18. Fuentes de financiamiento. 19. Puntos de equilibrio. 20. Estado de resultados proyectado (en el caso de empresa). 21. Flujo de efectivo proyectado. 22. Balance inicial. 23. Tasa de Rendimiento Mínima Aceptable (TREMA) 24. Indicadores de rentabilidad proyectados: VAN, TIR y Relación Beneficio/Costo. 25. Impacto ambiental 26. Conclusiones del análisis del proyecto. 27. Cotizaciones de dos proveedores que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes, consideren bienes de características comparables, cantidad de unidades, vigencia de precios y condiciones de entrega. Orientación del Proyecto: Innovación, Desarrollo Tecnológico y/o Transferencia de Tecnología 1. Nombre de la institución que desarrollará el proyecto y título del proyecto 2. Resumen ejecutivo. 3. Datos generales del proyecto: problema productivo por atender, objetivo general y específicos y cuadro resumen de apoyos solicitados 4. Descripción del proyecto a. Localización geográfica del proyecto b. Descripción del problema que afecta la actividad productiva de los productores c. Descripción de las alternativas de solución d. Metodología y calendograma de ejecución e. Resultados esperados f. Impacto esperado en la producción y en los ingresos de los productores g. Costo del Proyecto h. Alianzas con otras instituciones de investigación. i. Personal que ejecutará el proyecto. j. Infraestructura disponible para la ejecución del proyecto. 5. Acciones de transferencia de tecnología con el establecimiento de módulos de innovación y desarrollo tecnológico en el territorio. 6. Elaboración de material de difusión de los resultados del proyecto. 7. Reuniones de intercambio tecnológico y demostrativo de los resultados generados 8. Impacto ambiental. 9. Conclusiones y recomendaciones. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 401 A N EX O 2 0 Li st ad o de P ro du ct or es In te gr an te s de la P er so na M or al de l C om po ne nt e D es ar ro llo T er rit or ia l N o. d e Fo lio S IG A P o C on se cu tiv o D A TO S D E LA V EN TA N IL LA (P ar a se r l le na do p or e l r es po ns ab le d e la V en ta ni lla ) ES TA D O M U N IC IP IO (S ) LO C A LI D A D (E S) D IA M ES A Ñ O N O M B R E D E LA P ER SO N A M O R A L: N O M B R E D EL P R O YE C TO : D at os d e Pr od uc to r( es ) S ol ic ita nt e( s) N o. A pe lli do Pa te rn o A pe lli do M at er no N om br e( s) Se xo (H /M ) C U R P En tid ad Fe de ra tiv a M un ic ip io do nd e se ub ic a el pr ed io Lo ca lid ad do nd e se ub ic a el pr ed io C oo rd en ad as [G eo gr áf ic as *] Su pe rf ic ie a a po ya r (h ec tá re as ) m áx im o 1 de ci m al Su bc om po ne nt e so lic ita do M on to so lic ita do Fi rm a o hu el la di gi ta l d el p ro du ct or La tit ud Lo ng itu d A lti tu d 1 2 3 4 5 6 7 8 *U bi ca r p un to a l i nt er io r d el p re di o E st e fo rm at o es tá d is po ni bl e en la p ág in a el ec tró ni ca d e la S ec re ta ría (h ttp s: //w w w .g ob .m x/ ag ric ul tu ra ) y d eb er á en tre ga rs e en m ed io m ag né tic o ac om pa ña do d e la s ol ic itu d co rr es po nd ie nt e. 402 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 ANEXO 21 Cédula de Calificación del Componente Desarrollo Territorial 1. Cédula de calificación para proyectos con orientación en infraestructura y equipamiento para mejorar la capacidad productiva. Rubro Criterio Completo Suficiente Deficiente Ponderación Calificación ponderada Diagnostico 1. Caracterización de la actividad productiva y de las unidades de producción 10 7 5 10% 1.0 2. Descripción el proceso de producción 10 7 5 10% 1.0 3. Análisis de la problemática productiva 10 7 5 10% 1.0 Justificación 4. Propuesta de alternativas de solución a la problemática productiva 10 7 5 10% 1.0 5. Análisis de congruencia entre los conceptos de inversión y la problemática productiva identificada 10 7 5 15% 1.5 6.Descripción de los conceptos de inversión (tiempo de uso vs ciclo productivo, medidas de mantenimiento y de conservación) 10 7 5 5% 0.5 Resultados 7.- Describe el impacto del proyecto en la reducción de costos (análisis de costos) 10 7 5 15% 1.5 8.- Describe el impacto del proyecto en el incremento en producción (parámetros técnicos) 10 7 5 15% 1.5 9.- Describe el impacto del proyecto en la adopción de tecnologías sustentables 10 7 5 10% 1.0 Total 90 10 Notas: 1. Si la calificación de algún criterio está por debajo de 7, la instancia ejecutora solicitará que se subsanen las deficiencias. 2. La calificación total ponderada mínima para aprobar un proyecto será de 7.0. 3. De acuerdo con el guion, los proyectos deben incluir los 9 criterios de calificación Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 403 2. Cédula de calificación para proyectos con orientación en Inversión para integrar a los productores en las cadenas productivas. A. Valoración de criterios. Apartado Criterio de Pre- dictaminación Valoración: Completo =2 Mínimo Aceptable = 1 No lo incluye = 0 1. Presentación general del proyecto Técnico 0 2. Estrategia de Desarrollo de los Productores Técnico 0 3. Objetivos y metas del Proyecto Técnico 0 4. Análisis del mercado y diseño de producto o servicios. Comercial 0 5. Políticas de desarrollo y servicio. Técnico 0 6. Estructura y funciones de gobierno y administración. Técnico 0 7. Servicios o beneficios del proyecto a socios y clientes Técnico 0 8. Volumen de operación del proyecto Técnico 0 9. Costos de operación del proyecto Técnico 0 10. Ingresos generales proyectados Técnico 0 11. Estructura de inversiones (en su caso) Técnico 0 12. Fuentes de Financiamiento Financiero 0 13. Punto de equilibrio Financiero 0 14. Estado de resultados proyectado (en su caso) Financiero 0 15. Flujo de efectivo proyectado Financiero 0 16. Balance inicial Financiero 0 17. Tasa de Rendimiento Mínima Aceptable (TREMA) Financiero 0 a. Indicadores de rentabilidad proyectados Financiero 0 b. Impacto Ambiental Ambiental 0 d. Conclusiones del análisis del Proyecto. Técnico 0 B. Pre-dictamen. Criterio Ponderación Puntos obtenidos Calificación Predictamen Técnico 20 0 0 NEGATIVO Comercial 20 0 0 NEGATIVO Financiero 50 0 0 NEGATIVO Ambiental 10 0 0 NEGATIVO 0 NEGATIVO 404 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Observaciones: PREDICTAMEN DEL PROYECTO POSITIVO/NEGATIVO El dictamen del Proyecto es Positivo, si todos los dictámenes parciales son Positivos. Responsable de la dictaminación (nombre y firma) Cargo Fecha C. Parámetros Tasa Interna de Retorno (TIR) con subsidio 1 Porcentaje Mayor de 30 0 0 De 26 a 30 50 3.75 12 a 25 100 7.50 Menos de 12 o no especificada 0 0.00 Relación Beneficio Costo(RB/C) 1 Porcentaje Mayor de 1.8 0 0 De 1.5 a 1.8 50 3.75 1.0 a 1.5 100 7.50 Menos de 1.0 o no especificado 0 0.00 Valor Actual Neto (VAN) 1 Porcentaje Mayor a 0 100 7.50 Menor a 0 0 0 Inclusión de productores 1 Porcentaje Mayor a 150 100 7.50 De 100 a 150 60 4.50 Menor a 100 30 2.25 0 o no especificado 0 0.00 Nota: Para el caso de proyectos de distribuidora de insumos, lo recomendable es que estos operen financieramente cerca del punto de equilibrio, ya que estas empresas para efectos del concepto del Subcomponente su fin es minimizar los costos a los productores y no buscar utilidades para la propia empresa. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 405 Anexo 22 Cédula de Pertinencia del Componente Desarrollo Territorial FECHA: FOLIO INTERNO: FOLIO SIGAP: ESTADO: Nombre o Razón Social: Nombre del Proyecto: Dirección del Beneficiario: I. Predio Ubicación del Proyecto Municipio: Localidad: Nombre del Predio: Coordenadas: Servicios con los que cuenta Agua ( ) Energía Eléctrica ( ) Teléfono ( ) Acceso: Pavimento ( ) Terracería ( ) Datos del predio Tipo de tenencia: Ejidal ( ) Comunal ( ) Pequeña Propiedad ( ) Otro: Documento que acredita la posesión: Nombre del propietario: Superficie Total: Has Superficie para proyecto: Has Uso Actual: Descripción del predio y la zona: II. Infraestructura y bienes existentes para la ejecución del proyecto Infraestructura con la que se cuenta en el predio y/o proyecto Activos, descripción Cantidad Valor ($) Activos, descripción Cantidad Valor ($) ¿La solicitud de incentivos corresponde a las necesidades e iniciativa del productor? Si ( ) No ( ) ¿Existen los activos necesarios para la correcta ejecución del proyecto? Si ( ) No ( ) Observaciones: Con base a lo anterior, la Representación Estatal de la SADER o Instancia Ejecutora en el estado de: considera: PERTINENTE EL APOYO NO PERTINENTE EL APOYO Por la SADER (Nombre y firma) Por el Beneficiario (Nombre y firma) 406 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 23 Guía rápida para el beneficiario del Componente Apoyo para el Bienestar de Pescadores y Acuicultores (BIENPESCA). Estimado Beneficiario El componente BIENPESCA, busca fomentar la actividad pesquera y acuícola en los productores pesqueros y acuícolas de pequeña escala, inscritos en el Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura, con el fin de incrementar su productividad, mejorar sus condiciones de bienestar y coadyuvar con la autosuficiencia alimentaria; es de cobertura nacional, y priorizará bajo una perspectiva de género e inclusión social a los pescadores y acuicultores que se encuentren ubicados en las zonas rurales y a los que pertenezcan a etnias o pueblos indígenas conforme a las disposiciones del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, se ubiquen dentro de los municipios comprendidos en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec o en zonas de alta vulnerabilidad y marginación social. Para que conozcas los requisitos y el tipo de apoyo que tenemos para ti, lee detenidamente el siguiente Cuadro. Cuadro. Resumen del Componente BIENPESCA Población Objetivo Requisitos Instancias Participantes Monto de apoyo Personas físicas que sean productores pesqueros y/o acuícolas 1. Credencial para Votar vigente, pasaporte, u otras Identificaciones oficiales vigentes, con fotografía y firma, expedidas por el gobierno federal. Unidad Responsable e Instancia Ejecutora: La Dirección General de Organización y Fomento de la CONAPESCA $7,200.00 por beneficiario, de forma anual, única, directa y sujeto a disponibilidad presupuestal 2. Cédula de inscripción al Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura que el solicitante podrá obtener gratuitamente en el Sistema Nacional de Información Pesquera y Acuícola (SNIPA), en la página electrónica de la CONAPESCA. Instancia Dispersora de Recursos Banco del Bienestar 3. Título de concesión o permiso de pesca o acuacultura vigente, o Avisos de Arribo o de Cosecha. Una vez publicadas estas Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación, podrás ingresar al Sistema Nacional de Información Pesquera y Acuícola (SNIPA), en la página electrónica https://snipa.conapesca.gob.mx/padron/ de la CONAPESCA, para actualizar tu información y obtener de manera electrónica la Cédula de inscripción al Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura (Anexo 24), que deberás presentar firmada en las oficinas centrales o de representación de la CONAPESCA. La Unidad Responsable integrará expediente digital en un plazo de -------- días hábiles y verificará y validará la documentación y datos con la Cédula de Registro al Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura (en un periodo de días hábiles contados a partir de que esté completamente integrado el expediente). Publicará en la página electrónica de la CONAPESCA, el enlace digital donde el interesado (a) podrá consultar de forma directa el estatus de su trámite y en la misma página publicará la relación de beneficiarios(as). Si cumples con los requisitos la Unidad Responsable emitirá instrucción de pago a la Instancia Dispersora de Recursos y publicará en la página electrónica de la CONAPESCA, las fechas de entrega del apoyo a los beneficiarios. La Instancia Dispersora de Recursos, entregará al beneficiario(a) el apoyo económico, mediante orden de pago personal intransferible, tarjeta bancaria o cualquier otro medio de pago directo, sin intermediarios, Finalmente, te recordamos que todos los trámites para este Programa SON TOTALMENTE GRATUITOS, Y NO ESTÁN CONDICIONADOS A NADA QUE NO ESTÉ ESTABLECIDO EN ESTAS REGLAS. Si tienes alguna queja, denuncia o solicitud de información, no dudes en comunicarte con nosotros por las siguientes vías: � vía internet (https://sidec.funcionpublica.gob.mx y https://alertadores.funcionpublica.gob.mx), � Vía aplicación móvil https://www.gob.mx/apps/7, � Vía correo electrónico ( ), � Vía telefónica al 669 915-6900, extensiones 58901 y 58913 (Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca: Avenida Camarón Sábalo 1210, piso 3, ala norte, esquina con Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, Mazatlán, Sinaloa. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 407 ANEXO 24 Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Apoyo para el Bienestar de Pescadores y Acuicultores 408 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 25 Cédula de Registro del Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura del Componente BIENPESCA PADRÓN DE PRODUCTORES DE PESCA Y ACUACULTURA CÉDULA DE REGISTRO Fecha: Entidad Federativa: INFORMACIÓN GENERAL DEL EMPADRONADO/SOLICITANTE Nombres Apellido Paterno Apellido Materno Lugar de Nacimiento: Fecha de Nacimiento: Localidad, Municipio, Estado. dd-mm-aaaa CURP: RFC: Sexo: Masculino [ ] Femenino [ ] Edad: Tel 1: Tel 2: Correo Electrónico: ¿Pertenece a un Grupo Indígena? Sí [ ] No [ ] DOMICILIO: Calle y Número: Colonia: CP: Estado: Municipio: Localidad: INFORMACIÓN DE UNIDAD ECONÓMICA Titular del Permiso o Concesión: RNPA de la Unidad Económica: Número de permiso (s) / Pesquería: Tipo de Actividad: Pesca ( ) Acuacultura ( ) PESCA Ocupación laboral: Cuerpo de agua: Nombre de la Embarcación: No. de Matrícula: Nombre del Sitio de Desembarque: Localidad y/o campo pesquero: Municipio: Estado: Observaciones (PARA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA DE PESCA): Manifiestan respectivamente, bajo protesta de decir verdad que la información proporcionada y cotejada es verídica. Nombre y firma del empadronado/solicitante Cargo, nombre, firma del personal de la Oficina de representación y sello En cumplimiento de la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, los datos que se solicitan, serán utilizados con fines estadísticos y para poder establecer contacto en relación a su petición. Los datos pueden ser incluidos dentro de los informes estadísticos que se elaboren para el seguimiento de avances institucionales del Gobierno Federal. El tratamiento de los datos personales recabados se realiza observando los principios previstos en los artículos 1°, 2°, 3°, fracciones II, III, XXVIII, XXXI, XXXIII, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y demás disposiciones aplicables. La presentación de esta Cédula no produce derechos a obtener apoyos económicos del(os) Componente(s) a cargo de la CONAPESCA Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 409 Anexo 26 Guía Rápida para el Beneficiario del Componente Recursos Genéticos Acuícolas El Programa de Fomento a Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura, en su apartado de Recursos Genéticos Acuícolas, busca impulsar el bienestar de pequeños productores acuícolas de especies de interés comercial para la alimentación a través del aumento de su productividad mediante el uso organismos de calidad genética mejorada, provenientes de laboratorios de producción certificados e investigación en mejora genética. El subcomponente Semilla Acuícola está dirigido a personas que sean pequeños productores acuícolas, inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), o que sean miembros de una Unidad Económica Pesquera y/o Acuícola (UEPA) que cuente con él. Se le dará prioridad a aquellos que producen menos de 10 toneladas al año o en el caso de ostión menos de 500,000 piezas al año. El subcomponente Líneas Genéticas Mejoradas está dirigido a Centros de Investigación, Universidades e Instituciones de Educación Superior que estén inscritos en la Red Nacional de Información en Pesca y Acuacultura (RNIIPA) y que cuenten con RNPA, y que realicen investigación en el desarrollo de líneas genéticas mejoradas de especies acuícolas, y que estén vinculadas con productores o que culminen en una transferencia de tecnología. La cobertura de Fomento a la Ganadería será nacional, dando prioridad a las Entidades Federativas con mayor rezago como lo establece el Plan Nacional de Desarrollo 2019–2024, el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020 - 2024, y los que determine la Unidad Responsable. Subcomponente Concepto de Apoyo Tipo de Persona Requiere Proyecto Semilla Acuícola Apoyo para adquisición de semilla acuícola Física No Líneas Genéticas Mejoradas Apoyo para proyectos de investigación Moral Si Requisitos para acceder a Semilla Acuícola Requisitos Persona Física Amparada por Persona Moral Identificación Oficial Vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional.) X X CURP X X Registro en el Padrón único de Beneficiarios X X Registro Nacional de Pesca y Acuacultura que contenga el número de Unidad Económica y el Número de Instalación Acuícola o embarcación X X Comprobante de Domicilio del Solicitante (recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. X X Acreditar Legal posesión, concesión o permiso X De la persona moral Acta constitutiva y de las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público; X Acta de asamblea en la que conste la designación de su representante legal o el poder que otorga las facultades suficientes para realizar actos de administración o de dominio, debidamente protocolizado ante fedatario público X Avisos de producción o carta bajo protesta de decir verdad del año anterior del Componente Recursos Genéticos Acuícolas (Anexo 28) X X Cuenta Bancaria (Contrato o estado de cuenta reciente) o Carta de solicitud de pago a proveedor del Componente Recursos Genéticos Acuícolas (Anexo 31) X X Constancia de Situación Fiscal y 32-D X X Requisitos Persona Física Persona Moral Anexo 32. Declaratoria del Solicitante X X 410 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Requisitos para el Subcomponente Líneas Genéticas Mejoradas Requisitos Persona Moral Identificación Oficial Vigente del Representante Legal (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional.) X Acta Constitutiva, debidamente protocolizada ante fedatario público, o Decreto de Creación publicado en el Diario Oficial de la Federación, y/o Actas de Asamblea debidamente protocolizadas, que avalen la personalidad jurídica del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante y del representante legal. X Comprobante de Domicilio del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante (recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. X Constancia de Situación Fiscal del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante X 32-D del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior solicitante X Constancia de registro en la Red Nacional de Información en Pesca y Acuacultura (RNIIPA) a nombre del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior. X Registro Nacional de Pesca y Acuacultura de Unidad Económica y de Instalación Acuícola, vigente, a nombre del Centro de Investigación solicitante, emitido por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA). X Currículum o el Programa Operativo Anual del Centro de Investigación, Universidad o Institución de Educación Superior Institución que avale proyectos de investigación relevantes realizados, en mejoramiento genético, reproducción y/o cultivo de especies acuícolas de interés comercial para la alimentación. X a).-Documento jurídico fehaciente que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, los documentos aceptables podrán ser: título de propiedad (factura o contrato de compra venta), contrato de arrendamiento, de comodato, de usufructo, de donación b).-En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción Federal, deberán presentar el permiso de Fomento o Concesión Acuícola vigente correspondiente para el polígono en el que se realizarán las actividades. X Estado de cuenta con antigüedad no mayor a tres meses, o contrato de apertura de cuenta con nombre, número de cuenta, y CLABE INTERBANCARIA (este documento se puede acreditar una vez aprobada la solicitud) X Estado de Adeudo ante el IMSS, o en su caso, un documento que compruebe la afiliación de los trabajadores al a la institución de seguridad social según sea el caso. X Anexo 27 (Proyecto de Investigación del Componente Recursos Genéticos Acuícolas.) Elaborado debidamente, mediante el formato proporcionado en la convocatoria, y adjuntando los documentos para cumplir los requisitos de las presentes Reglas de Operación. X Anexo 30 Carta de Capacidades Técnicas del Componente Recursos Genéticos Acuícolas. X Una vez publicadas estas Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación y en las páginas electrónicas de AGRICULTURA, deberás estar a atento a la Convocatoria para los Componentes de tu interés en la página de INAPESCA (https://www.gob.mx/inapesca/), sus redes sociales, publicaciones de los CRIAP’s e información de la Secretaría de Agricultura. En dichas convocatorias se te indicarán los periodos para ingresar tu solicitud, los requisitos necesarios, así como, la ubicación de las ventanillas físicas. Si cumples con todos los requisitos, tu solicitud será procesada y analizada para su dictamen, en donde se determinará si puedes ser sujeto de apoyo. Las listas de solicitudes aprobadas serán publicadas en las páginas anteriormente señaladas para que te puedas enterar en tiempo y forma del resultado. Es importante que sepas que se pueden publicar varias listas de solicitudes positivas a lo largo del año, por lo que deberás estar atento en todo momento. Al final de año se publicarán las solicitudes con dictamen negativo. Una vez aprobada tu solicitud, la Instancia Ejecutora del Componente en el que participas se pondrá en contacto contigo para verificar que cuentas con lo necesario para aplicar tu incentivo y se acordarán los términos para que recibas el apoyo. En todo momento debes tener presente tus derechos y obligaciones, mismos que se encuentran en la “Sección De los derechos y obligaciones de los ciudadanos, solicitantes y beneficiarios” de estas Reglas, porque de incumplir con alguno, el apoyo te puede ser retirado. No olvides que tus obligaciones se extienden aún después de recibir el apoyo, y deberás usarlo solo para el fin establecido, de otro modo, podrías ser acreedor a sanciones administrativas, tales como la devolución del recurso, quedar en el listado de personas sin derecho a recibir apoyos de la Secretaría, entre otros. Finalmente, te recordamos que todos los trámites para este programa SON TOTALMENTE GRATUITOS, Y NO ESTNÁN CONDICIONADOS A NADA QUE NO ESTÉ ESTABLECIDO EN ESTAS REGLAS. Si tienes alguna queja, denuncia o solicitud de información, no dudes en comunicarte con nosotros por las siguientes vías: � Vía internet (https://sidec.funcionpublica.gob.mx y https://alertadores.funcionpublica.gob.mx), � Vía aplicación móvil https://www.gob.mx/apps/7 � Vía correo electrónico (atencionoic@agricultura.gob.mx) � Vía telefónica al 800 90 61 900, 55 38 71 10 00, extensiones 29137 y 29105 (Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la Secretaría: Avenida Guillermo Pérez Valenzuela número 127, edificio "A", piso 1, Colonia del Carmen, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04100, Ciudad de México). Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 411 Anexo 27 Diagrama de la Mecánica Operativa del Componente Recursos Genéticos Acuícolas 412 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 413 Anexo 28 Carta Bajo Protesta de decir verdad Producción año anterior del Componente Recursos Genéticos Acuícolas En a de de 2022 Ocean. Juan Carlos Lapuente Landero Director de Investigación en Acuacultura. PRESENTE Por medio de la presente, bajo protesta de decir verdad, el que suscribe , hago de su conocimiento que la producción anual total del año 2021, de la especie fue de toneladas. Sin más por el momento y agradeciendo de antemano su atención, quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración. Atentamente (Nombre y firma del solicitante) “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. 414 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 29 Proyecto de Investigación del Componente Recursos Genéticos Acuícolas Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura Componente Recursos Genéticos Acuícolas Subcomponente Líneas Genéticas Mejoradas Ejercicio 2022 TÍTULO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN INSTITUCIÓN INVESTIGADOR RESPONSABLE MONTO SOLICITADO: TOTAL $ Lugar y fecha Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 415 CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES (RESUMEN EJECUTIVO, TÉCNICO Y FINANCIERO) 2. JUSTIFICACIÓN 3. OBJETIVO GENERAL (Alineado a los Objetivos establecidos en las Reglas de Operación). 4. OBJETIVOS PARTICULARES (Alineados a los Objetivos establecidos en las Reglas de Operación) 5. METAS E INDICADORES (Que permitan verificar el cumplimiento del (los) objetivo(s) generales y particulares) 6. METODOLOGÍA 7. MATERIALES Y EQUIPO a. Desglose del apoyo solicitado, cotizaciones b. Aportaciones del Centro de Investigación, en infraestructura, insumos, recursos humanos, etc. 8. RESULTADOS ESPERADOS. 9. PROPUESTA DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA O BENEFICIO A PRODUCTORES ACUÍCOLAS. (Especificando entregables comprometidos) 10. PROGRAMA DE TRABAJO 11. CALENDARIO DE ELABORACIÓN DE PRODUCTOS Y ENTREGABLES 12. LITERATURA CITADA 416 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 30 Carta de Capacidades Técnicas del Componente Recursos Genéticos Acuícolas 1. DATOS DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN SOLICITANTE Razón Social: RFC: Nombre del Representante Legal: CURP del Representante Legal: Teléfono: Correo Electrónico: DOMICILIO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN SOLICITANTE: Nombre de Vialidad: Número exterior: Número interior: Localidad: Municipio/Alcaldía: Estado: Código Postal: Referencia 1 (Entre localidades): Referencia 2 (Vialidad posterior): Referencia 3 (Descripción de ubicación): 2. NOMBRE DEL PROYECTO: 3. LOCALIZACIÓN DEL SITIO DONDE SE LLEVARÁ A CABO EL PROYECTO: 4. BREVE EXPLICACIÓN DE LAS CAPACIDADES TÉCNICAS PARA LLEVAR A CABO EL PROYECTO (ANEXAR DOCUMENTOS COMPROBATORIOS): Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 417 RELACIÓN DE DOCUMENTOS ANEXADOS: � DOCUMENTOS Y/O FOTOGRAFÍAS QUE AVALEN LA PERTENENCIA DE LAS INSTALACIONES. � CONVENIOS CON INSTITUCIONES NACIONALES. � CONVENIOS CON INSTITUCIONES INTERNACIONALES. � CURRÍCULA DEL RESPONSABLE TÉCNICO Y PERSONAS QUE PARTICIPAN EN EL PROYECTO (TÉCNICOS O PROFESIONALES). 5. FOTOGRAFÍAS, DONDE SE PUEDA OBSERVAR CLARAMENTE LA INFRAESTRUCTURA CON LA QUE SE CUENTA, PARA REALIZAR EL PROYECTO. Declaro bajo protesta de decir verdad: � Que no realizo actividades productivas ni comerciales ilícitas. � Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, autorizo la recepción de notificaciones relacionadas con la presente Solicitud de Apoyo a través del correo proporcionado en la Solicitud de Apoyo, la página electrónica de la Secretaría de Agricultura https://www.gob.mx/agricultura; y/o de la página electrónica de la Instancia Ejecutora: https://www.gob.mx/inapesca/. Que no he recibido apoyos ni subsidios que impliquen duplicidad para el mismo concepto de este programa. � Que la Institución está al corriente de sus obligaciones fiscales y se seguridad social. � Que no he recibido apoyos ni subsidios que impliquen duplicidad para el mismo concepto de este programa. � Que no he recibido apoyos para la adquisición de activos en los conceptos que solicitamos, en los últimos dos años. � Que proporciono la información y documentos requeridos, y manifiesto que los datos son verídicos y me comprometo a cumplir con las Reglas de Operación del Programa y demás legislación aplicable. Atentamente Nombre y firma del Representante Legal “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. 418 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 31 Solicitud de Pago al Proveedor del Componente Recursos Genéticos Acuícolas En a de de 2022 Ocean. Juan Carlos Lapuente Landero Director de Investigación en Acuacultura. PRESENTE Por medio de la presente, yo , en el marco del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura, de la Secretaría de Agricultura, Componente Recursos Genéticos Acuícolas, Subcomponente Semilla Acuícola, para el ejercicio 2022, de conformidad con las Reglas de Operación de dicho Componente y por así convenir a mis intereses, y por iniciativa propia, solicito atentamente que de ser positiva mi solicitud de apoyo por el monto de $ M.N. para la adquisición de semilla acuícola de la especie , previa verificación por parte de la Instancia Ejecutora de la entrega, en la cantidad y las características establecidas en el Convenio que se formalice para estos efectos y a mi entera satisfacción, éste se pague al proveedor solicitado por mí y autorizado por la Instancia Ejecutora, con Razón Social , a la cuenta del banco , con la CLABE Sin más por el momento y agradeciendo de antemano su atención, quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración. Atentamente (Nombre, firma y huella dactilar del solicitante) “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 419 Anexo 32 Declaratoria del Solicitante del Componente Recursos Genéticos Acuícolas En a de de 2022 Con referencia al ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2022, en su Componente Recursos Genéticos Acuícolas, Subcomponente Semilla Acuícola, declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente: � Manifiesto por derecho propio y haciendo constar bajo protesta de decir verdad que los datos y/o documentos que presento son auténticos y copia fiel de los originales que obran en mi poder, y que cuento con la infraestructura para engordar la semilla acuícola que pretendo adquirir con el apoyo, específicamente semilla de la especie* en la cantidad de** unidades. * Especificar: tilapia, trucha, carpa, bagre, ostión japonés, ostión americano o camarón blanco. ** Especificar: el número se organismos solicitadas en unidades. � Que en el caso de presentar información falsa, comprendo que mi solicitud será improcedente, sin responsabilidad para la Secretaría, la Unidad Responsable o la Instancia Ejecutora. � Manifiesto bajo protesta de decir verdad que no he recibido ni estoy recibiendo incentivos de manera individual u organizada para el mismo concepto de apoyo del Programa, Componente u otros programas de la SADER, que impliquen duplicidad (salvo que se trate de proyectos por etapas). � Que utilizaré el apoyo exclusivamente para adquisición de semilla acuícola, únicamente para los fines autorizados, y que, en caso de incumplimiento por mi parte, la consecuencia será la devolución del recurso; así como la pérdida permanente del derecho a la obtención de incentivos de la Secretaría de Agricultura. � Que conservaré los comprobantes fiscales correspondientes al apoyo en los términos de lo dispuesto por el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación y la demás legislación aplicable; � Que cuento con la infraestructura necesaria para la ejecución del apoyo solicitado. � Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo acepto la recepción de notificaciones relacionadas con la presente Solicitud de Apoyo a través del correo electrónico proporcionado en la misma, así como en la página electrónica https://www.gob.mx/sader; y/o de la página electrónica de la Instancia Ejecutora https://www.gob.mx/inapesca, la cual me comprometo a revisar periódicamente. � Expreso mi total y cabal compromiso, para realizar los trabajos que me correspondan, para ejecutar las acciones que conlleven recibir el recurso. A T E N T A M E N T E Nombre y firma del solicitante “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. 420 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 ANEXO 33 Declaratoria en Materia de Seguridad Social (1/1) (Lugar) , a de de 2022 SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL PRESENTE. El que suscribe (nombre del productor, empresa, organización o del representante legal de los mismos) con CURP / R.F.C. (Física/Moral) , como beneficiario del (nombre del Componente o Programa), con domicilio en ; mismo que señalo para oír y recibir toda clase de notificaciones, por medio de la presente, DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que: No estoy obligado a inscribirme ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por no tener trabajadores a mi cargo, conforme a la Ley del Seguro Social. Lo anterior conforme a lo señalado en las “Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, aprobadas por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mediante Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, del 10 de diciembre de 2014, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015 y modificadas a través del ACUERDO ACDO.SA1.HCT.250315/62.P.DJ dictado por el H. Consejo Técnico del IMSS, relativo a la autorización para modificar la Primera de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. PROTESTO LO NECESARIO (NOMBRE Y FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL PRODUCTOR O REPRESENTANTE LEGAL) Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 421 Anexo 34 Modelo de Excusa para los Servidores Públicos (Lugar) , a de de 202 (Nombre, cargo y adscripción del superior jerárquico) PRESENTE. El que suscribe (Nombre y cargo del servidor público) con Registro Federal de Contribuyentes: , adscrito a la (Nombre de la Unidad Administrativa) con domicilio en (calle, número, colonia, localidad, municipio, entidad y código postal), con número telefónico: (con clave de larga distancia) y correo electrónico: . Con fundamento en el artículo 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y artículo 14, del Acuerdo por el que se da a conocer el Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura de las Reglas de Operación para el ejercicio 2022, de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el de del año 2022, ME EXCUSO de intervenir de cualquier forma en la atención, tramitación o resolución del (Asunto o asuntos), en razón de mi encargo o comisión, por motivos de (Señalar si tiene interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para mí, mi cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que yo o las personas antes referidas formen o hayan formado parte). PROTESTO LO NECESARIO (Nombre, cargo y firma o huella digital del servidor público) C.c.p. Nombre del Titular del Órgano Interno de Control en la SADER u Órgano Administrativo Desconcentrado. 422 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 Anexo 35 Modelo de Convocatoria PROGRAMA DE FOMENTO A LA AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ACUICULTURA Componente Subcomponente CONVOCATORIA 2022 Ciudad de México, a XX de XXXX de 2022 Conforme a lo establecido en los <<ARTÍCULOS DE LOS “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES” >>, del ACUERDO por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación y Lineamientos de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación el XX de XX de 2021; así como en los <<ARTÍCULOS DE LAS REGLAS EN LOS QUE SE HAGA REFERENCIA AL COMPONENTE Y SUBCOMPONENTE>> del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día XX de XX de 2021, se convoca a todas las personas físicas y personas morales interesados en participar en el Componente en el Subcomponente . BASES OBJETIVO GENERAL DEL PROGRAMA Contribuir a la autosuficiencia y seguridad alimentaria mediante el incremento de la productividad de la agricultura, la ganadería, la pesca y la acuicultura, a través de prácticas sustentables, del desarrollo de cadenas de valor regionales y generando las condiciones de igualdad necesarias para un desarrollo territorial con inclusión y justicia social. POBLACIÓN OBJETIVO Productores Agrícolas, Ganaderos, Pesqueros y Acuícolas en todo el territorio nacional, que requieran incrementar la productividad de sus unidades de producción para su autoconsumo y venta de excedentes. OBJETIVO DEL SUBCOMPONENTE EL que corresponda POBLACIÓN OBJETIVO DEL SUBCOMPONENTE La que corresponda COBERTURA La que corresponda CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Los que establezca el subcomponente REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD Requisitos generales Los que establezca el Componente Requisitos específicos Los que establezca el Subcomponente CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS Los conceptos de apoyo y montos se indican en el cuadro siguiente: Concepto de Apoyo Características específicas del apoyo Monto de Apoyo UBICACIONES DE LAS VENTANILLAS Las que se designen LAS FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE VENTANILLAS SERÁN LAS SIGUIENTES Las ventanillas electrónicas y físicas para el registro y recepción de solicitudes de apoyo del Sub Componente quedarán abiertas del XX de XX y hasta el XX de XX de 2022, el horario estará sujeto a la determinación de cada una de las representaciones estatales de la SADER. En la SADER no hay gestores de los programas que ejecuta y los trámites para participar en los mismos, son personales y no tienen costo alguno para los solicitantes. ATENTAMENTE LA UNIDAD RESPONSABLE DEL SUBCOMPONENTE Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 423 Anexo 36 Modelo de instrumento jurídico Convenio de Concertación CONVENIO DE CONCERTACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL EN LO SUCESIVO LA “SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL <<NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO>> EN SU CARÁCTER DE ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN DE LA “SECRETARÍA” EN EL ESTADO DE << >> Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA MORAL DENOMINADA << >>, REFERIDA EN LO SUBSECUENTE COMO EL “BENEFICIARIO”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL/LA C. << >>, EN SU CARÁCTER DE << >>, Y QUIENES DE MANERA CONJUNTA SERÁN REFERIDAS COMO LAS “PARTES”, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS BASES DE CONCERTACIÓN EN LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES Y ENTREGA DE RECURSOS AL AMPARO DEL SUBCOMPONENTE << >>, DEL COMPONENTE << >> DEL PROGRAMA DE FOMENTO A LA AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ACUICULTURA PARA EL EJERCICIO 2022, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES. A N T E C E D E N T E S I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en adelante referida como la “CONSTITUCIÓN”, establece en su artículo 4º, párrafo quinto, que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. En el mismo ordenamiento en su artículo 25 establece la obligación del Estado Mexicano para garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en el artículo 26 se establece el deber del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. En el mismo sentido, el artículo 27, fracción XX de la “CONSTITUCIÓN”, hace mención a que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo, garantizar a la población campesina el bienestar así como su participación e incorporación en el desarrollo nacional. También establece la obligación de fomentar la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Y el artículo 28, párrafo decimotercero de la “CONSTITUCIÓN”, confiere la facultad al Estado mexicano de otorgar subsidios a actividades prioritarias, cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la Nación, para lo cual el Estado vigilará su aplicación y evaluará los resultados. II. El artículo 5º de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, establece que el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que son considerados prioritarios en el desarrollo del país y tienen entre otros objetivos promover el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo y en general, de los agentes de la sociedad rural, mediante la diversificación y la generación de empleo agropecuario y no agropecuario en el medio rural, así como el incremento del ingreso y, corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo sustentable; y, contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación, mediante el impulso de la producción agropecuaria del país. III. De conformidad con los artículos 32 y 37 de la Ley de Planeación, para la ejecución del plan y los programas, el Ejecutivo Federal, por sí o a través de sus Dependencias, y las Entidades Paraestatales, podrán concertar con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares interesados, a través de convenios de concertación de acciones, en todos aquellos asuntos que se consideren pertinentes de conformidad con lo establecido en las leyes que rijan en la materia de que se trate. 424 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 IV. El XX de febrero del XX se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación y Lineamientos de los Programas de la “SECRETARÍA” para el ejercicio 2022, en lo sucesivo denominado como el “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”. V. El XX de XX de XX se publicó en el “DOF” el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura de la “SECRETARÍA” para el ejercicio 2022, en lo sucesivo denominado como “REGLAS”. VI. +El Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura contempla entre sus componentes el de << >> dentro del cual se encuentra el Subcomponente << >>, en lo sucesivo el “PROGRAMA”, el “COMPONENTE”, y el “SUBCOMPONENTE” respectivamente. En ese sentido, es que de conformidad con lo dispuesto en los artículos XX, fracción XX y XX numeral XX del Acuerdo por el que se dan a conocer las “REGLAS” de la “SECRETARÍA” para el ejercicio 2021, publicado en el DOF el día XX de XX del XX, referido en lo subsecuente como las “REGLAS”. VII. Que de conformidad con el artículo 1 de las “REGLAS”, el objetivo general del “PROGRAMA” es Contribuir a la autosuficiencia y seguridad alimentaria mediante el incremento de la productividad de la agricultura, la ganadería, la pesca y la acuicultura, a través de prácticas sustentables, del desarrollo de cadenas de valor regionales y generando las condiciones de igualdad necesarias para un desarrollo territorial con inclusión y justicia social. Asimismo, en el artículo X de las “REGLAS”, se contempla como objetivo específico del “SUBCOMPONENTE”, el . VIII. Entre los conceptos de apoyo del “SUBCOMPONENTE”, que se encuentran enlistados en el artículo XX de las “REGLAS” destacan los siguientes: 1. XX 2. XX 3. XX IX. Que en el Anexo 11 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, publicado en el DOF el XXX de XXXX de 2021, en adelante citado como el “DPEF”, se asignó al “PROGRAMA” un monto de $.00 (DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), destinándose al “COMPONENTE” un monto de $1,548,000,000.00 (MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.). X. Para la ejecución del “COMPONENTE”, de conformidad con lo establecido en el artículo XX de las “REGLAS”, la DIRECCIÓN XX de la “SECRETARÍA” funge con el carácter de UNIDAD RESPONSABLE, en adelante referida como la “UR”. XI. A través del oficio de fecha de de 2022, la “UR” designó a la Representación de la SADER en el Estado de para intervenir en el presente instrumento con el carácter de INSTANCIA EJECUTORA, en adelante señalada como la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos , fracción de las “REGLAS”, , fracción , inciso , , y del “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”. XII. Que el “BENEFICIARIO” presentó en ventanilla la Solicitud Única de Apoyo para el concepto de apoyo <<INDICAR CONCEPTO(S) DE APOYO>> del “SUBCOMPONENTE”, establecido en la(s) fracción(es) <<indicar fracción(es)>>del cuadro único del artículo 21 de las “REGLAS”. Por lo que de conformidad con la mecánica operativa del “PROGRAMA”, establecida en el artículo 10 de las “REGLAS”, se emitió a la citada solicitud, resolución de dictamen positivo, resultando procedente otorgar el concepto de apoyo del “SUBCOMPONENTE” al “BENEFICIARIO”. XIII. En virtud de lo anterior, las “PARTES” expresan su conformidad en celebrar el presente Convenio de Concertación, al que en lo sucesivo se le denominará como el “CONVENIO”, mediante el cual la “SECRETARÍA” transferirá al “BENEFICIARIO”, los recursos señalados en la Cláusula Tercera del mismo, con el objeto de conjuntar acciones y esfuerzos para ejecutar las políticas públicas contenidas en el “SUBCOMPONENTE”. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 425 D E C L A R A C I O N E S I. DECLARA LA “SECRETARÍA”: I.1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la “CONSTITUCIÓN”, 2o. fracción I, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; I.2. Que de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones: formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, administrar y fomentar las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y acuícolas, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentes; promover la generación de empleos en el medio rural, así como el establecer programas y acciones que tiendan a fomentar la productividad y la rentabilidad de las actividades económicas rurales, agrícolas y pesqueras e integrar e impulsar proyectos de inversión que permitan canalizar productivamente recursos públicos y privados al gasto social en el sector rural y pesquero, además de coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de productores rurales, agrícolas, acuícolas y pesqueros a través de las acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, de aplicación, recuperación y solvencia de los recursos, para ser destinados a los mismos fines, así como de asistencia técnica y de otros medios que se requieran para este propósito, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales y con la participación de las organizaciones sociales y de productores del sector agroalimentario. I.3 Que el/la <<NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO>> en su carácter de Encargado del Despacho de la Representación de la “SECRETARÍA” en el Estado de , se encuentra facultado(a) para suscribir el presente instrumento, en términos de los artículos 2°, Apartado C, 17, 35, 36, primer párrafo, 37 y 43 del Reglamento Interior de Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, hoy “SECRETARÍA”, así como de los artículos , y del “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES” y , fracción de las “REGLAS”. I.4 Que la “SECRETARÍA” cuenta con los recursos presupuestales necesarios para cumplir con las erogaciones que se deriven del presente “CONVENIO”. I.5 Que señala como domicilio legal para todos los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en , Colonia , Código Postal , Ciudad de , del Estado de . II. DECLARA EL “BENEFICIARIO”: II.1. Que es una , con personalidad jurídica y patrimonio propio, según consta en la escritura pública número , de fecha , protocolizada ante la fe del Lic. , Notario Público No. , con domicilio en . II.2. Que es una Sociedad por Acciones Simplificada con personalidad jurídica y patrimonio propio, según consta en el contrato social <<REFERIR DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL>>, y la boleta de inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC) <<REFERIR DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA BOLETA>> emitido por el sistema electrónico de la Secretaría de Economía (SE). II.3. Que de acuerdo a sus estatutos sociales, tiene entre otros, como objeto social predominante el de: Lo que acredita con la escritura pública número , de fecha , protocolizada ante la fe del Lic. , Notario Público No. , con domicilio en . II.4. Que de acuerdo a su Contrato Social, tiene entre otros, como objeto social predominante el de: <<OBJETO SOCIAL Y DESCRIPCIÓN DE LAS 3 PRINCIPALES ACTIVIDADES PREPONDERANTES>>. Lo que se acredita con en el Contrato Social <<REFERIR DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL>>, y la boleta de inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC) <<REFERIR DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA BOLETA>> emitido por el sistema electrónico de la Secretaría de Economía (SE). II.5. Que tiene interés en suscribir el presente instrumento jurídico y apegarse estrictamente a las “REGLAS”, con el propósito de recibir los apoyos del “COMPONENTE”, que le permitan llevar a cabo las acciones que mediante el presente “CONVENIO” se obliga incondicionalmente a realizar. 426 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 II.6. Que el/la C. , en su carácter de <<COLOCAR CARGO>>, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente “CONVENIO”, de conformidad con la escritura pública número , de fecha , protocolizada ante la fe del Lic. , Notario Público No. , con domicilio en , manifestando bajo protesta de decir verdad, que a la fecha sus facultades no le han sido limitadas, revocadas, modificadas o canceladas en forma alguna. II.7. Que el/la C. <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de <<CARGO>>, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente “CONVENIO”, de conformidad con el Contrato Social <<REFERIR DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL>>, y la boleta de inscripción en el RPC <<REFERIR DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA BOLETA>>, emitido por el sistema electrónico de la SE, manifestando bajo protesta de decir verdad, que a la fecha sus facultades no le han sido limitadas, revocadas, modificadas, o canceladas en forma alguna. II.8. Que su Registro Federal de Contribuyentes es: y manifiesta que se encuentra al corriente en sus obligaciones fiscales, por lo que para la firma del presente “CONVENIO”, anexa opinión positiva vigente de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (forma 32D). II.9. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que a la fecha de suscripción del presente instrumento, no se encuentran suspendidos sus derechos para ser sujeto de apoyo y que no ha recibido o está recibiendo apoyo para el mismo concepto del “PROGRAMA” y/o “COMPONENTE” u otros programas de la Administración Pública Federal que impliquen una duplicidad en apoyos o subsidios. II.10. El “BENEFICIARIO” es la persona moral que agrupa como socios a los pequeños productores que fueron autorizados como beneficiarios directos del proyecto, y que avala que todos y cada uno de sus socios cuentan con la posesión legal de los terrenos o predios donde se llevará a cabo las acciones de XX, aprobados en el proyecto denominado , para el caso de aquellos proyectos en donde fue autorizado el concepto de apoyo de infraestructura, equipamiento e insumos (semillero y vivero), deberán de anexar el documento jurídico con que se acredita la propiedad y la legal posesión del predio donde instalará la infraestructura para el vivero de café. II.11. Qué asimismo, manifiesta bajo protesta de decir verdad, no haber recibido o estar recibiendo apoyo para el mismo concepto del “PROGRAMA” y/o “COMPONENTE” u otros programas de la Administración Pública Federal que impliquen una duplicidad en apoyos o subsidios. II.12. Que señala como su domicilio fiscal para todos los efectos derivados del presente “CONVENIO”, el ubicado en , Colonia , Código Postal , Ciudad de , Estado de . III. DE LAS "PARTES": III.1. Que es su voluntad el celebrar el presente “CONVENIO” a fin de llevar a cabo el objeto del mismo. III.2. Que se reconocen recíprocamente la personalidad con que se ostentan y manifiestan que en el presente “CONVENIO”, no existe vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo. F U N D A M E N T O En virtud de lo anterior y con fundamento en lo establecido por los artículos 4º, 25, 26 apartado A, 27 fracción XX, 28 y 90 de la “CONSTITUCION”; 2º, fracción I, 3° 9º, 14, 16, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3º, 4º, 9º, 10, 12, 16, 22, 23, 27, 37, 38, 39 y 40 de la Ley de Planeación; 1º, 2º, 4º, 7º, 10, 23, 24, 25, 45, 51, 54, 74, 75, 77, 112, 114, 115 y demás aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1º, 65, 66, 85, 118, 170, 171, 172, 174, 175, 176, 178, 179, 213 y demás relativos de su Reglamento; 2° apartado C, 17, 35, 36, 37 y 43 del Reglamento Interior de la “SECRETARÍA”; <<INDICAR LOS ARTÍCULOS EN LOS QUE SE HACE REFERENCIA AL COMPONENTE Y SUBCOMPONENTE EN LAS REGLAS>> y demás relativos aplicables a las “REGLAS”; <<INDICAR LOS ARTÍCULOS y demás relativos aplicables del “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”>> las “PARTES” están de acuerdo en sujetarse al tenor de las siguientes. C L Á U S U L A S OBJETO PRIMERA.- El presente “CONVENIO” tiene por objeto fijar las bases de concertación para conjuntar acciones y recursos, para el cumplimiento a cabalidad de las acciones previstas en el “PROYECTO” denominado , el cual se ejecutará al amparo del concepto de apoyo <<INDICAR NOMBRE DEL CONCEPTO(S) DE APOYO>> del “SUBCOMPONENTE” previsto en la(s) fracción(es) <<indicar fracción(es)>> del cuadro único del artículo XX de las “REGLAS”, en el entendido de que el “BENEFICIARIO” realizará bajo su más estricta responsabilidad las acciones que garanticen la correcta implementación y puesta en marcha del “PROYECTO”. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 427 ACCIONES SEGUNDA.- Las acciones para el cumplimiento del “PROYECTO” se realizarán en la localidad de , previéndose una inversión total de $ ( ). Por tanto, los recursos señalados serán utilizados por el “BENEFICIARIO” única y exclusivamente para desarrollar las acciones y trabajos que refiere el “PROYECTO” conforme a lo siguiente: a) Apoyos: CONCEPTO DE APOYO MENCIONAR PROGRAMA TOTAL DE INVERSIÓN ($) b) Calendario de ejecución de acciones: CONCEPTO ACTIVIDAD/ DESCRIPCIÓN 2022 Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept Oct Nov Dic c) Entregables: 1. Informe físico y financiero bimestral; 2. Evidencias testimoniales y fotográficas del cumplimiento de las acciones; 3. Documento(s) que ampare(n) el correcto uso de los recursos, emitido por cada uno de los agremiados del “BENEFICIARIO” que se señalaron en el ANEXO de las “REGLAS”; 4. Informe Físico y Financiero Final de las acciones realizadas. APORTACIÓN DE LOS RECURSOS TERCERA.- Para la realización del objeto mencionado en la Cláusula Primera del presente instrumento, la “SECRETARÍA” aportará en una sola ministración la cantidad de hasta $ ( 00/100 M.N.), provenientes de los recursos federales autorizados en el ANEXO 11 del “DPEF”, recursos presupuestales que serán ministrados conforme a la normatividad aplicable, previa autorización presupuestal y sujeto a la disponibilidad y suficiencia respectiva. Conforme a lo anterior, previo a que la “SECRETARÍA” transfiera los recursos al “BENEFICIARIO”, éste deberá entregar a la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA” un recibo y/o factura por el importe que ampare la cantidad que le será depositada, el cual deberá de contar con los requisitos legales que la propia legislación exige para tal efecto. Los recursos que aporta la “SECRETARÍA” para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones presupuestales y fiscales correspondientes; en consecuencia, no perderán el carácter federal al ser canalizados al “BENEFICIARIO” para la realización del “PROYECTO”, en beneficio de la localidad de y estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio. Por tanto, a la conclusión del “PROYECTO”, el “BENEFICIARIO” deberá comprobar al 100% (cien por ciento) la aplicación de la totalidad de los recursos federales que le fueron entregados en los conceptos de apoyo y montos autorizados en el proyecto presentado. 428 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 CUENTA BANCARIA CUARTA.- Para efectos de la entrega de los recursos a cargo de la “SECRETARÍA” citados en la Cláusula Tercera de este “CONVENIO”, el “BENEFICIARIO” se compromete a contar con una cuenta bancaria de tipo productivo específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos, que identifiquen las erogaciones cuyo destino se sujete a lo establecido en este instrumento jurídico, misma que deberá registrarse ante la Tesorería de la Federación, en lo subsecuente la “TESOFE” y contar con un sistema de protección de cheques y transferencias electrónicas. En ningún caso, se retirarán o se dispondrá de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Tercera del presente instrumento, para fines distintos al cumplimiento del “PROYECTO”. Para efecto de lo anterior, el “BENEFICIARIO” informará por escrito a la “SECRETARÍA” el número de cuenta CLABE y el nombre de la Institución Financiera en la que ésta se aperture, para que se lleve a cabo la transferencia electrónica, la cual estará sujeta a la disponibilidad presupuestal respectiva. El “BENEFICIARIO” acepta expresamente que hasta en tanto no cumpla con los procedimientos y normas señalados, la “SECRETARÍA” no realizará la entrega de los recursos indicados en este “CONVENIO”, eximiéndola de cualquier responsabilidad generada ante el incumplimiento del “BENEFICIARIO”. OBLIGACIONES DEL “BENEFICIARIO” QUINTA.- Para la debida ejecución del objeto materia del presente “CONVENIO”, el “BENEFICIARIO” se obliga a: I. Cumplir en lo conducente con todas y cada uno de las obligaciones establecidas en las “REGLAS”; II. Recibir y ejercer los recursos señalados en la Cláusula Tercera del presente instrumento para la ejecución del “PROYECTO” conforme a los fines autorizados; III. Vigilar que el desarrollo de las actividades para la ejecución del “PROYECTO” se lleven a cabo conforme a lo previsto en el presente “CONVENIO”; IV. Suscribir, con las personas físicas o morales, los instrumentos jurídicos necesarios para la ejecución del “PROYECTO”, debiendo en tal caso establecer la responsabilidad de aquéllas. V. Desarrollar las acciones para la ejecución del “PROYECTO”, en los términos y condiciones estipuladas en el presente “CONVENIO” y en las “REGLAS”; VI. Cumplir lo establecido en la Cláusula Cuarta del presente “CONVENIO”, referente a la cuenta bancaria de tipo productivo específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos, para efectos de que la “SECRETARÍA” pueda efectuar su transferencia. VII. Reintegrar y/o enterar a la "TESOFE”, sin excepción, los recursos federales y productos financieros generados materia del presente “CONVENIO”, que al 31 de diciembre del 2022 no se encuentren ejercidos y/o devengados; en términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento. VIII. El “BENEFICIARIO” deberá enviar los informes bimestrales y el final a través de medios electrónicos, para lo cual se compromete a dar a conocer a la “UR” su nombre y dirección de correo electrónico; no obstante, previo al cierre del presente “CONVENIO”, deberá ratificar dichos informes, por lo que deberá entregar su versión impresa con la firma autógrafa correspondiente, ante la “UR” y/o la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”. IX. Entregar la información y/o documentación requerida, respecto de los recursos presupuestales federales a que se refiere el presente “CONVENIO”, con base en los formatos y lineamientos de la Cuenta Pública, que en su oportunidad, le solicite oficialmente la “SECRETARÍA”; a efecto de que esta última rinda el Informe de la Cuenta Pública. X. Responder por escrito, a las observaciones formuladas por la “SECRETARÍA”, respecto a los documentos preliminares y los trabajos finales, que no hubieran sido consideradas en la emisión de los informes, documentos y trabajos finales; XI. Presentar a la “UR” a través de la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”, la documentación que sea requerida para la integración de los expedientes de transparencia y rendición de cuentas del ejercicio, y resguardar en perfecto orden y estado por el tiempo que establece la normatividad aplicable, para entregar a la “SECRETARÍA” o a las autoridades que ésta indique y cuando se le requiera, la documentación original comprobatoria del gasto de la aportación, por un periodo no menor de cinco años, contados a partir de la fecha de terminación del presente “CONVENIO”; Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 429 XII. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios, en el marco de las acciones pactadas en el presente “CONVENIO”, al personal de Auditoría de la Secretaría de la Función Pública, de la Auditoría Superior de la Federación y del Órgano Interno de Control de la “SECRETARÍA”, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus programas de trabajo, consideren conveniente realizar, así como, cumplir los requerimientos de información relativos al presente “CONVENIO”; XIII. Resguardar y conservar la documentación original comprobatoria del gasto, que cubra los requisitos fiscales que prevé la legislación aplicable en vigor, por un periodo no menor de cinco años conjuntamente con un ejemplar original o copia certificada del presente instrumento, de conformidad con lo estipulado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. XIV. En caso de que el “BENEFICIARIO” no ejerza los apoyos para los propósitos autorizados, o bien que derivado de que en alguna revisión se detectare el pago indebido de algún comprobante fiscal apócrifo o alterado, éste deberá devolver los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Tercera del presente instrumento, a la “TESOFE”; En dicho supuesto, se generará la obligación del “BENEFICIARIO” de devolver también los productos financieros que se hubieran generado desde la fecha en que la “SECRETARÍA” le entregó el recurso al “BENEFICIARIO”, hasta la fecha en que éstos sean reintegrados a la “TESOFE”; XV. Entregar a la “UR”, a través de la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”, un informe final detallado sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este “CONVENIO” y del ejercicio de los recursos otorgados, anexando los documentos que acrediten fehacientemente su correcta aplicación; XVI. Suscribir con la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”, al término de la vigencia de las acciones del presente “CONVENIO”, un documento de cierre o de conclusión de éste (acta entrega-finiquito), en el que se deberá establecer el estatus de las obligaciones, las condiciones y efectos de la terminación del instrumento jurídico que le dio origen; XVII. En caso de que el “BENEFICIARIO” incumpla las obligaciones y exclusiones señaladas en el artículo , fracción de las “REGLAS” o cualquiera de las cláusulas del presente “CONVENIO”, previa instrumentación del procedimiento administrativo correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo del “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”, le será requerido la devolución de los recursos señalados en la Cláusula Tercera, así como los productos financieros generados; las responsabilidades administrativas que afecten a la Hacienda Pública Federal, podrán ser civiles o penales, derivadas de las revisiones, seguimiento y/o auditorías realizadas por la “SECRETARÍA” y las instancias fiscalizadoras; XVIII. Entregar a la “SECRETARÍA”, a través de la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”, los informes físicos y financieros del avance de la ejecución de las acciones materia del presente instrumento de forma bimestral o cuando sea requerido por la “SECRETARÍA”; y XIX. En general, cumplir y observar en todo momento la legislación y normatividad aplicable y las disposiciones emitidas por la “SECRETARÍA”. OBLIGACIONES DE LA “SECRETARÍA” SEXTA.- Para la debida ejecución del objeto materia del presente “CONVENIO” la “SECRETARÍA” se obliga a: I. Ejercer en su calidad de Instancia Ejecutora sus facultades, así como cumplir, en lo conducente con todas y cada una de las obligaciones establecidas en los <<ARTÍCULOS DE LOS “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES” >> y <<ARTÍCULOS DE LAS REGLAS EN LOS QUE SE HAGA REFERENCIA AL COMPONENTE Y SUBCOMPONENTE>> y demás relativos y aplicables de las “REGLAS”, que en obvio de repeticiones se tienen, para los efectos de este instrumento, por íntegramente transcritas; II. Asignar y aportar los recursos económicos previstos en la Cláusula Tercera, previo cumplimiento por parte del “BENEFICIARIO” de la obligación a su cargo referida en la Cláusula Tercera referente a la cuenta bancaria de tipo productivo específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos; 430 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 III. Realizar la supervisión y dar seguimiento a la ejecución del “PROYECTO” a cargo del “BENEFICIARIO”, cuando menos de forma trimestral; IV. Brindar las facilidades, en el marco de las acciones pactadas en el presente “CONVENIO” al “BENEFICIARIO”, para que éste efectúe las acciones necesarias para el cumplimiento del “PROYECTO”; V. Procurar asistencia y orientación al “BENEFICIARIO” cuando éste lo solicite, respecto del “PROGRAMA” y/o “SUBCOMPONENTE”; VI. La “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”, vigilará la ejecución del “PROYECTO” autorizado al “BENEFICIARIO” e informará a la “UR” sobre el avance que esté presente al de de 2022, de manera que cuente con los elementos necesarios para aprobar, cuando así lo solicite el “BENEFICIARIO”, la prórroga del plazo para la realización del proyecto autorizado, lo que deberá constar en el instrumento que para tal efecto se suscriba, y con ello evitar el incumplimiento por parte del “BENEFICIARIO”; VII. Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia, salvo por los casos de excepción que expresamente establece la “CONSTITUCIÓN”; VIII. Que la propaganda, en términos del contenido del artículo 134 de la “CONSTITUCIÓN”, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difunda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción; IX. Suscribir con el “BENEFICIARIO” al término de la vigencia de las acciones del presente “CONVENIO”, un documento de cierre o de conclusión de éste, en el que se deberá establecer el estatus de las obligaciones, las condiciones y efectos de la terminación del instrumento jurídico que le dio origen; es decir, un informe final detallado sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este instrumento y del ejercicio de los recursos otorgados, anexando los documentos que acrediten fehacientemente su correcta aplicación, incluyendo el acta de entrega-recepción del apoyo y una memoria fotográfica; X. En caso de incumplimiento a las obligaciones contraídas por parte del “BENEFICIARIO”, la “SECRETARÍA”, instaurará el procedimiento administrativo que en derecho corresponda, de conformidad con lo estipulado en los artículos XX y XX del “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”, así como de la normatividad que sea aplicable; XI. En general, vigilar y supervisar que en todo momento se cumpla con lo dispuesto en el presente instrumento, en las “REGLAS” y en el “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”, así como la demás normatividad aplicable. SUSPENSIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LOS RECURSOS SÉPTIMA.- El “BENEFICIARIO” acepta deberá devolver a la “SECRETARÍA”, sin necesidad de resolución judicial, la devolución total o parcial, de los recursos asignados al “PROYECTO”, señalados en la Cláusula Tercera del presente instrumento o bien, cancelar su entrega, cuando: I. El “BENEFICIARIO” no aplique los recursos señalados en la Cláusula Tercera para el cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO”, los aplique inadecuadamente o que notoriamente advierta ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, el “BENEFICIARIO” deberá reintegrar y/o enterar la totalidad de los recursos otorgados más los productos financieros generados; II. Realice retiros de la cuenta bancaria señalada en la Cláusula Cuarta para conceptos distintos a los autorizados; III. El “BENEFICIARIO” no acepte la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo solicite la “SECRETARÍA”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados; Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 431 IV. El “BENEFICIARIO” no entregue a la “UR” a través de la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA” , los informes bimestrales y final o bien aquéllos que la “UR” requiera; así como la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos establecidos en el presente instrumento jurídico, lo anterior en relación con la Cláusula Quinta del presente instrumento; V. Ocurra extinción, disolución, liquidación o cualquier otra figura similar que implique la desaparición del “BENEFICIARIO”; VI. El “BENEFICIARIO” presente información o documentación que resulte falsa o contraria al objeto del presente “CONVENIO”, los conceptos de aplicación, y los finiquitos de los conceptos apoyados; VII. En general exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente “CONVENIO” y de las demás disposiciones jurídicas aplicables. Consecuentemente, el “BENEFICIARIO” acepta que ante la cancelación total o parcial de la entrega de los recursos señalados en la Cláusula Tercera del presente instrumento, por alguno de los supuestos antes numerados, quedará obligado en el término que establezca la “SECRETARÍA” a través de la “UR” y/o la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA” , a su devolución total o parcial, así como los productos financieros que se hayan generado; asimismo, cuando no se encuentre devengado o comprometido conforme a la normatividad aplicable. CONTROL Y VIGILANCIA DE LOS RECURSOS OCTAVA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente “CONVENIO”, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función Pública; a la Auditoría Superior de la Federación y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. No obstante, lo anterior, la “SECRETARÍA” por conducto de la “REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA”, sin menoscabo de los mecanismos establecidos en este “CONVENIO”, podrá supervisar y vigilar la ejecución y desarrollo de las acciones y la correcta aplicación de los recursos materia del mismo. RESPONSABLE DEL CONTROL, SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO NOVENA.- La “SECRETARÍA” sin menoscabo de los mecanismos establecidos en este “CONVENIO”, será la responsable del control, seguimiento y supervisión de la debida ejecución del “SUBCOMPONENTE” y del presente instrumento, así como de la ejecución y desarrollo de las acciones y correcta aplicación de los recursos materia del mismo. RESPONSABILIDAD LABORAL DÉCIMA.- El personal que cada una de las “PARTES” contrate o que sea ocupado para dar cumplimiento a este “CONVENIO” y/o a la realización de cualquier actividad relacionada con el mismo, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad y patrón con la que tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que serán los únicos responsables de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos, incluyendo, en su caso, la obligación de afiliación y pago de cuotas obrero patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como de inscribir y efectuar las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los trabajadores de todo el personal y de los empleados que ocupen o llegaren a ocupar para la realización de los servicios. Las partes reconocen y aceptan que con relación al “CONVENIO” disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este “CONVENIO” creará una relación laboral entre una de las partes, incluyendo sus trabajadores, o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes, y la otra parte. COMPETENCIA DECIMOPRIMERA.- Las “PARTES” manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este “CONVENIO”, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; en caso de que se suscitase algún conflicto o controversia en la interpretación y/o cumplimiento del presente “CONVENIO”, las “PARTES” lo resolverán de común acuerdo y, en su caso, se someterán expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en el Estado de , renunciando desde este momento a la competencia y jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio, presente o futuro, o por cualquier otra causa. 432 DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 2021 CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL DECIMOSEGUNDA.- El “BENEFICIARIO” se obliga a guardar, a través de sus directivos, empleados , apoderados y en general cualquier agente o empleado que tenga acceso a la información, considerar y mantener como confidencial la información proporcionada por la otra parte con tal carácter en la ejecución de este “CONVENIO”, y no podrán usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Igualmente, el “BENEFICIARIO” se obliga a no hacer anuncio alguno o proveer información alguna a cualquier persona que no esté relacionada con el “CONVENIO”, incluyendo sin limitar a la prensa, entidades privadas o públicas, o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de la otra parte. Acuerdan las “PARTES” deberán tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo sin limitar, el establecimiento de procedimientos y la suscripción de contratos o convenios, para asegurar la confidencialidad de dicha información, la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar las consecuencias derivadas del incumplimiento. Las “PARTES” reconocen y aceptan considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, jurídica, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el Contrato. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta Cláusula continuarán en efecto por un periodo de 5 (cinco) años contados a partir de la fecha de terminación del “CONVENIO”. Las tecnologías y métodos, puestos a disposición del “BENEFICIARIO”, relacionadas con el “COMPONENTE”, continuarán siendo propiedad de la “SECRETARÍA” y se sujetarán a las disposiciones jurídicas y derechos de protección de propiedad intelectual. Las “PARTES” respetarán los derechos de la propiedad intelectual, patentes, tecnología o cualquier tipo de autoría que se considere nueva, queda abierta la posibilidad de transmitir, ceder o utilizar la titularidad de las mismas que se indicarán en cada uno de los resultados de los proyectos, previo acuerdo con todas las partes participantes en el presente “CONVENIO”. TRANSPARENCIA DECIMOTERCERA.- Las “PARTES” convienen en fomentar y promover la transparencia en el ejercicio de los recursos a que se refiere la Cláusula Tercera de este “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para tal efecto promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de sus avances físico-financieros, en las páginas del Sistema Internet que tengan disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen, lo anterior de conformidad con los artículos XX y XX del “ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES”. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR DECIMOCUARTA.- Salvo por disposición en contrario contenida en este “CONVENIO”, ninguna de las “PARTES” será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente “CONVENIO”, cuando existan causas de caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo órdenes de autoridades civiles y militares, inundaciones contingencias climatológicas, epidemias, guerras disturbios y otras causas, o en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba por dichos motivos de caso fortuito o fuerza mayor. La parte que alegue caso fortuito o fuerza mayor deberá utilizar sus esfuerzos razonables, para mitigar o remediar los efectos producidos, debiendo comunicar a la otra parte: (i) que ha ocurrido el evento de caso fortuito o fuerza mayor, y (ii) el momento en que el evento de caso fortuito o fuerza mayor imposibilite a dicha parte el cumplimiento del presente “CONVENIO”. La comunicación que se menciona en el numeral (i) se hará por vía telefónica o correo electrónico a la brevedad que sea razonablemente posible después de tener conocimiento del caso fortuito y fuerza mayor, y por escrito se hará a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha en que se hubiera tenido conocimiento del evento. Viernes 31 de diciembre de 2021 DIARIO OFICIAL 433 La comunicación por escrito deberá contener la descripción del evento, sus efectos sobre el cumplimiento de las obligaciones, los elementos que acrediten su procedencia y su duración estimada. La parte afectada deberá dar avisos periódicos a la otra parte al menos una vez cada 15 (quince) días naturales durante el periodo en que continúe el evento de caso fortuito o fuerza mayor, para efectos de mantenerla informada de cualquier cambio, desarrollo, progreso u otra información relevante respecto al evento de caso fortuito o fuerza mayor. Asimismo, la comunicación mencionada en el numeral (ii) se hará dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al momento en que el evento de caso fortuito o fuerza mayor imposibilite a dicha parte el cumplimiento del presente “CONVENIO”. Cuando alguna de las “PARTES” no acepte que ha ocurrido un caso fortuito o fuerza mayor, la parte que alegue su existencia tendrá la carga de la prueba, sujetándose a lo establecido en la Cláusula Decimoprimera denominada “DE LA COMPETENCIA”. MODIFICACIONES DECIMOQUINTA.- Las situaciones no previstas en el presente “CONVENIO” y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las “PARTES”, que por escrito se harán constar mediante Convenio Modificatorio, mismo que formará parte del presente instrumento y surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción. INTERPRETACIÓN DECIMOSEXTA.- La interpretación de las disposiciones contenidas en el presente “CONVENIO” será facultad de las “PARTES”, en sus respectivos ámbitos de competencia y los términos de la normatividad aplicable. DE LA VIGENCIA DECIMOSÉPTIMA.- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las “PARTES” será hasta el 31 de diciembre de 2022, lo que será determinado por la suscripción del documento que dé por concluidas las obligaciones emanadas del mismo. Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento, en cuanto al devengo de los recursos, mismo que deberá realizarse a más tardar el día 31 de diciembre de 2022. Leído que fue y debidamente enterados del contenido, alcance y fuerza legal de este instrumento, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios, de la voluntad, las “PARTES” lo firman y ratifican en todas sus partes, en cinco tantos originales en la Ciudad de , el día del mes de del año 2022. POR LA “SECRETARÍA” EL/LA ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA REPRESENTACIÓN DE LA “SECRETARÍA” EN EL ESTADO DE << >> POR EL “BENEFICIARIO” EL/LA <<INDICAR CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL>> C. <<NOMBRE DEL FUNCIONARIO>> C. <<NOMBRE DEL FUNCIONARIO>>