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قوانين هندوراس

Decreto Nº PCM-051-2018 ─ Establece funciones de la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS)

صدر في 2018-08-02 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
هندوراس
الموضوعات
Agricultural and rural development, Food and nutrition
الكلمات المفتاحية
institution, poverty, social protection, public health, governance, food security

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  1. 6 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE NOVIEMBRE DEL 2018 No. 34,790 INST 044, GA-001, UE-026, PRG-11, SUB-PRG-00, PROYECTO-000, AOB-002, OBJETO 11733 CONTRI BUCIONES AL INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR REGIMEN DE RIESGOS ESPECIALES , L 204,167.00. ARTÍCULO 2.- El monto establecido en el numeral anterior será financiado de las estructuras presupuestarias siguientes: INST 0350, GA-001, UE-001, PRG-98, SUB-PRG-00, PROYECTO -000, AOB-001, OBJETO 11100 SUELDOS BÁSICOS L. 3,137, 143.00. INST 0350, GA-001, UE-001, PRG-98, SUB-PRG-00, PROYECTO -000, AOB-001, OBJETO 11710 CONTRI BUCIONES AL INSTITUTO NACIONAL DE JUBILA CIONES Y PENSIONES DE LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER EJECUTIVO L 706,648.00. ARTÍCULO 3.- Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que operativice el presente Acuerdo Ejecutivo. ARTÍCULO 4.- El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 023-2018 DEL 20 DE ABRIL DE 2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-051-2018 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que corresponde al Presidente de la República dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública, nombrar a los funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades y adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes. CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Artículo 14, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública corresponde al Presidente de la República la dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado y por ende la creación de las dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que uno de los objetivos fundamentales del Estado es tomar medidas para el mejoramiento de la situación económica y social que resulten en mejores oportunidades para todos y que propicien el desarrollo de Honduras. CONSIDERANDO: Que la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS) participa en la coordinación, planeamiento, seguimiento y evaluación de los programas estratégicos de la Presidencia en materia de protección y desarrollo social. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número No. PCM-060-2016, en Consejo de Secretarios de Estado, el Presidente de la República acuerda en su Artículo (3) Priorizar el Sistema Nacional de Seguridad Social como uno de los sistemas sujetos a financiación con los fondos asignados al Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) y trasferir los fondos a la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social. UD I-D EG T UN AH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG 7 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE NOVIEMBRE DEL 2018 No. 34,790 POR TANTO, En uso de las facultades legales establecidas en los Artículos 142, 143, 144 y 245, numerales 2, 11, 12, 19 y 20 y demás aplicables de la Constitución de la República; 11, 14, 116, 117, 118, 119 y 122 y demás aplicables de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas mediante Decreto Legislativo No. 266-2013. DECRETA: Artículo 1.- Instruir a la Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS), a realizar todas las acciones para la correcta administración, desarrollo, implementación, ejecución y cumplimiento de todas y cada una de las partes de la Ley Marco del Sistema de Protección Social, la Ley de Inclusión Financiera y demás instrumentos relacionados. Artículo 2.- La Unidad del Programa Presidencial de Protección Social (UPPS) debe colaborar con el Presidente de la República y Secretarios de Estado en el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación de los programas estratégicos de la Presidencia en materia de protección y desarrollo social y otras atribuciones y competencias que el Presidente de la República le asigne. Artículo 3.- Instruir a las Secretarías de Estado, así como a otras dependencias del Estado que resulten relacionadas o involucradas con los programas estratégicos de la Presidencia en materia de protección y desarrollo social, dar el apoyo requerido por la UPPS en el marco de sus competencias. Artículo 4.- El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá́ publicarse en el Diario Oficial de la República, “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (02) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY. EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO UD I-D EG T UN AH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG

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