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قوانين هندوراس

Decreto Nº 267/98 - Modifica el Decreto Nº 85/98, sobre el desarrollo y generación de energía por fuentes nuevas y renovables

صدر في 1998-10-30 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
هندوراس
الموضوعات
Energy
الكلمات المفتاحية
energy conservation/energy production, renewable energy, hydropower generation

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  1. 1.- Exoneracion del pago del lmpuestc Sabre Ventas unicamente durante el perfodo de In construccion. para todos aquellcs equipos, Para efectos de contratacion. e! COSIO marginal de corte plazo tornado materiales y servicios que serrin utilizados en la instalacion de Ia plnmn como bust: DUn! e! Contrato de COrtltJI"U. se mamendra niu durante todu I'l de @:lIlllerlld6n: vigencia delmismc al uno de vigencia del contruto et precio sera ujustudo conforme al Indice de inflacion de Estados Unidos de America en esc

  2. 2.- Exoneracion del page de todos los impuestos tasas y derechos de perfodo. siempre y cuando el Indice de inflacion sea mayor al I 112% importacion, unicumente durante el perfodo de estudio y consrrucciou, (uno y media por ciento). en caso de ser menor no requerira ajuste algunc. para todos aquellos cquipos. respuestos. partes y aduamentos relacicnados con la Instalaclcn de plantas de generacion de energta etecirica y que prcvengan de otros patses: Los contraros de sumtntstro de energfa etectdca que suscntc la Empresa Nacional de Energfa Electrica (ENEE) con las Empresus 3,- Exoneraci6n del pago del Impuesto Sobre la Renta, durante lo~ Generadoras que utilicen recursos naturales renovables de energfa. primeros cinco (5) anos coruados a partir de la fecha de entrada en nnclonales. tendran una duracion mdxima de velnte (20) unos. operacion comercial: y. Dichos conrraros podnin ampliarse por mLJlUO ccueroo hasta per el 4.· Todos los demas beneflclos que esrablecen la Ley de Aduanas en resto de In vida uti! del proyectoy el preciode la energfu. en esraumpliucicn relacion con la irnportacidn temporal de maquinaria y equipo necesanas de contratc fie establecera de cornua acuerdo pero nunca podra ser mayor para la consrruccicn de los cuaoos proyectos. per el perfodo que dure la al coste marginal de corte plaza imperarue a esa fecha. construccion. Dicha maquinaria y equipo seran destinados unica y exclusivumente para el servicio del Proyecto de Ejecucion." EJ contrate de suministro de li:nergfa ser.i elaborado en base a las nClloelillllonl!'H lInlre III Empl'CIlll Nlll1lonlll de E1nergfn EloSetdell (6NEE) y "ARTICULO [2.~Las empresas privadas (l mixtas generaderas de la Empresa Generadora de Energfa Electrica." energfa electrica que I.Itilicen recursos rcnovables y seslenibles y de cogeneracion acogidas ala presente Ley, para vender su producto. tendran "ARTICULO 14.-EI Estudo hondurefio apoyara las solicitudes de las opciones siglliellles: finnnciamiento para la ejecuci6n de pmyectos de geoeraci6n de energfa eh~ctrica utiJizando fuentes naturales renovables y sostenibles y de

  3. 1.- Vender directamente a un gran consumidor 0 a una empresa cogeneraci611 siempre que resulten ser econ6micamente factibles, sin distribuidora; convertirse en aval, l1ador 0 garante de conforrnidad con 10 dispuesto en la Ley de Credlto Publico vigente."

  4. 2.- Si la venta es iniciativa propia de la empresa privada 0 mix tn, In Ernpresa Nacionul de Energia Electrica (ENEE), pagani un precio maximo "ARTICULO 15.-Podnln acogerse al regimen especial establecido igual al costo marginal de COMO plazo vigente fI la fecha de suscripcion de en esta Ley aquellns instalaciones de produccion de energfa que utilicen los contratos, calculado por In Empresa Naciol1111 de Enel'gfa Electrica como energfa pl'imaria alguna de las energias renovables no consumibles. (ENEE) y dictaminadn por la Comisi6n Nacionul dc Energia (CNE). quien biomasa 0 cuu[quier tipo de bio-carburante. siempre y cuando se realicen 10 propondra a lu Secretarf~l de Eswdo en In, Dcspuchos de Recorsos uctividades de produce ion en el regimen ordinurio: Naturales y Ambieme para su aprobacion. 40 LA GACETA . REPUBLICA DE HONDURAS· TEGUCIGALPA. M. D. C" 5 DE D1CIEMBRE DE 1998 I) tnaatectones abastecidas cntcememe par energfu solar; ""ARTICULO 17.-Cuando una institucion del Estado. centralizada 0 uutonomu descentrnlizada, patrona! 0 municipal sea ta administradora de 2) Insmlnciones nbastccidas unicaniente pot energfa edlicas: lu Fuente de agua. sea esta potable 0 de riego, se suscnbira uu convento con In Secretana de Estado en los Dcspachos de Recursos Naturales y 3) Instalaciones abastecidas unicamemc por energfu geotermicu. Amhiente y la lnsutucion administrudora. energia de olas LIe las marcus y Lie rocas cafiemes y secas: Los conventos que se suscriban entre las instituciones de! parrafo 4) Centrales Hidroelectncus: anterior se normanln de acuerdo a las regfamentuciones que erninrn la Sccrcrann de Estadoen los Dcspachos de Recursos Naturales y Ambiente pUnl ese fin." 5) Centrales que urificen como combustible principal biomasa pro- cedente de cu ltivos energeticos, de rexiduos aprfcolax. ganmle· ARTICULO :"I.-EI prcsente Decreroentrarri en vigencia a partir de [a TOS, forestales. cualquier tiro de carburunre. biogasu ouos de-iva- fecha de su publicucion en el Diurio Oficiat "LA GACETA". do, de lu biomasa y pmyectos de cogeneracion: Dado en la ciudad <It: legudgalpa. municipio del Disuito Central, en Se entendera como combustible principal uquet que se pongn cl Salon de Sesinnes del Congreso Nacional. il los treirun dras del mes de como minimo e! noventa per ciento (90) de la energia primarin octubre de mil novecicnros noventa y ccno. utilizada; 6} Centrales que utilicen como combustible principal residues sofi- RAFAEL PINEDA PONCE dos urbanos. Presidente Se entendera como combustible principal, aquel que suponga como rnmimoet novenrapor demo (90%) de laenergfaprimartn utifizada; y, JOSE ALFONSO HERNANDEZ CORDOVA Secrerario 7) Proyectos de cogeneracicn. " HERIBERTO FLORES LAGOS "ARTICULO 16.-Crease el "FONDa DE DESARROLLO PARA Secretario PROYECTO DE GENERACION CON RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y SOSTENlBLES"; que sera adminlstrado por la Al Pcder Ejecutfvo Empresa Nacionnl de Energla Eldctrica (ENEE) con e! fin de linanciar la elaboraci6n y consrroccton de proyectos que utilicen fuerues nnturules Por ramo: Ejecutese. renovables y sostenibles para generacion de energfa electrica que sean de interes nacional. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de novietnbre de 1998. El fonda sera financiado con las recaudaciones provenientes por la CARLOS ROBERTO FLORES FACUSSE aplicaci6n de sanciones contenidas en el Antculo 18 de la LEY MARCO Presidente Consritucional de la Republica DEL SUB-SECTOR ELECTRICO Y las penalidades establecldas en los contratos de energfa; mas las donactones hechas par los pafses amigos para este fin, incluyendo todos los ereditos y boniflcaciones que parses EI Seeretario de Esrado en los Despachos de Recursos Naturales y desarrolladosdonana Honduraspor el oxfgenogeneradopor losproyectos Ambiente de energCa que utilizan recursos naturales renovables y los sostenibles" ELVIN ERNESTOSANTOS LOZANO

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