Decreto Ejecutivo No. PCM-009-2018 - Establece las entidades como parte integrante de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno
صدر في 2018-03-15 · النص بتاريخ 2026-10-01
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ARTÍCULO 1. Son parte integrante de la Secretaría de 1. Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Coordinación General de Gobierno las entidades siguientes: Justicia y Descentralización (SEGOB); 1. Los Coordinadores Generales Adjuntos y sus respectivos 2. Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Gabinetes Técnicos Sectoriales; Humanos (SEDH); 2. La Dirección Presidencial de Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión Pública (DPPI) y sus tres Direcciones Nacionales: de Planificación; Presupuesto por Resultados; e Inversión Pública; 3. La Dirección Presidencial de Monitoreo y Evaluación La Gaceta (DME) y sus dos Direcciones Nacionales: de Monitoreo; DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA y de Evaluación; PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES 4. La Dirección Presidencial de Transparencia, ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Modernización y Gobierno Digital (DTMG) y sus Gerente General dos Direcciones Nacionales: de Transparencia; y JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Modernización y Gobierno Digital; EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS 5. La Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria y E.N.A.G. Nutricional (UTSAN); Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 6. La Oficina Presidencial de Seguimiento a Programas y Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 Proyectos (OPSP); CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL 7. La Escuela de Alta Gerencia Pública (EAGP); y, 2 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 3. Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones 2. Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL); Exteriores y Cooperación Internacional. Para efectos 3. Secretaría de Estado en el Despacho de Educación de planificación y seguimiento, se hará con el presente (SEDUC); Gabinete; sin embargo lo relativo a la política y las 4. Consejo Nacional de Educación (CNE); relaciones internacionales será coordinado directamente 5. Consejo Económico y Social (CES); con el Presidente de la República conforme a lo 6. Instituto Nacional de la Mujer (INAM); dispuesto en el Artículo 245 de la Constitución de la 7. Instituto Nacional de la Juventud (INJ); República; 8. Programa Ciudad Mujer; 4. Instituto de la Propiedad (IP); 9. Instituto de Crédito Educativo (EDUCREDITO); 5. Instituto Nacional Agrario (INA); 10. Programa de Becas Presidencial Honduras 20/20; 6. Instituto Hondureño de Antropología e Historia (IHAH); 11. Patronato Nacional de la Infancia (PANI); 7. Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG); 12. Dirección Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia 8. Consejo Nacional de Ordenamiento Territorial (DINAF); (CONOT); 13. Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA); 9. Comisión Ejecutiva de Descentralización del Estado 14. Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH); (CEDE); 15. Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán 10. Comisión Interinstitucional contra la Explotación (UPNFM); Sexual, Comercial y la Trata de Personas en Honduras 16. Universidad Nacional de Agricultura (UNAG); y, (CICESCT); 17. Universidad Nacional de Ciencias Forestales 11. Comisión de la Reforma de la Administración Pública, (UNACIFOR). Centralizada y Descentralizada; 12. Comité Nacional de Prevención Contra Tortura, Tratos ARTÍCULO 4.- Créase el Gabinete Económico el cual Crueles, Inhumanos y Degradantes (CONAPREV). coordinará las siguientes instituciones: 1. Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas A este Gabinete le corresponden las acciones siguientes: (SEFIN); 1. Hacer seguimiento a las relaciones del Poder Ejecutivo 2. Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo con el Comisionado Nacional de Derechos Humanos Económico; (CONADEH); y a la Oficina del Alto Comisionado de 3. Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Naciones Unidas para Derechos Humanos (OACNUDH); Seguridad Social (STSS); y demás entidades que se ocupen de esta materia; 4. Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y 2. Hacer seguimiento de las políticas y procesos de Ganadería (SAG), que incluye: La Dirección de Ciencia transparencia, modernización y reforma del Estado, así y Tecnología Agropecuaria (DICTA) y el Servicio como de las acciones de gobierno digital. Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
ARTÍCULO 3.- Créase el Gabinete Social, el cual coordinará (SENASA); las siguientes instituciones: 5. Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos 1. Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Naturales y Ambiente (MI AMBIENTE +); e Inclusión Social (SEDIS) incluyendo: La Dirección 6. Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN); General del Adulto Mayor y Personas con Discapacidad; 7. Consejo Nacional de Energía (CONADEN); la Dirección Nacional de Pueblos Indígenas y Afro 8. Banco Central de Honduras (BCH); Hondureños (DINAFROH); el Programa de Asignación 9. Banco Hondureño de la Producción y Vivienda Familiar (PRAF); el Programa Vida Mejor; Fondo (BANHPROVI); Especial de Protección Social; y los fideicomisos que 10. Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA); financien la política social. 11. Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS); A. 3 Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 La Gaceta 12. Comisión Nacional de Telecomunicaciones 2. Empresa Nacional Portuaria (ENP); (CONATEL); 3. Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y sus 13. Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas empresas subsidiarias; (CONSUCOOP); 4. Empresa Hondureña de Telecomunicaciones 14. Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia (HONDUTEL); (CDPC); 5. Empresa de Correos de Honduras (HONDUCOR); 15. Instituto Hondureño de Turismo (IHT), sólo en lo 6. Ferrocarril Nacional de Honduras; relativo al seguimiento del cumplimiento de los 7. Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento objetivos de planificación estratégica; (IDECOAS) que incluye la integración de las siguientes 16. Comisión Administradora Zona Libre Turística Islas de entidades: El Fondo Hondureño de Inversión Social la Bahía (ZOLITUR); (FHIS); el Programa Nacional de Desarrollo Rural 17. Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA); Sostenible (PRONADERS); el Servicio Autónomo 18. Instituto de Formación Profesional (INFOP); Nacional de Agua y Alcantarillado (SANAA); y el 19. Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados Instituto Hondureño de Infraestructura Física Educativa del Poder Ejecutivo (INJUPEMP); (INHIFE); 20. Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS); 8. Instituto Hondureño de Transporte Terrestre; 21. Instituto de Previsión del Magisterio (INPREMA); 9. Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos 22. Instituto de Previsión Militar (IPM); Humanos (CONVIVIENDA); 23. Instituto de Previsión Social de los Empleados de 10. Comisión del Control de Inundaciones del Valle de Sula la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (CCIVS); (INPREUNAH); 11. Comisión para las Alianzas Público Privadas 24. Instituto de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas (COALIANZA), sólo en lo relativo al seguimiento Protegidas y Vida Silvestre (ICF); de cumplimiento de los objetivos de la planificación 25. I n s t i t u t o H o n d u r e ñ o d e G e o l o g í a y M i n a s estratégica; 12. Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE); (INHGEOMIN); 13. Superintendencia de Alianzas Público-Privadas (SAPP); 26. S u p l i d o r a N a c i o n a l d e P r o d u c t o s B á s i c o s 14. Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y (BANASUPRO); Saneamiento (ERSAPS); 27. Centro Nacional de Educación para el Trabajo (CENET); 15. MCA-Honduras/INVEST-H (Programa Cuenta del 28. Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Milenio); (Integrado por la Secretaría Nacional de Ciencia, 16. Oficina Presidencial de Seguimiento a Programas y Tecnología y la Innovación (SENACYT) y el Instituto Proyectos (OPSP); y, Hondureño de Ciencias, Tecnología y la Innovación 17. La entidad de mantenimiento de la red vial del país. (IHCIETI); y el Sistema Nacional de la Calidad, integrado por: El Organismo Hondureño de la ARTÍCULO 6.- Créase el Gabinete de Prevención, Seguridad Acreditación, Organismo Hondureño de Normalización, y Defensa, el cual coordinará las instituciones siguientes: y el Centro Hondureño de Metrología; y, 1. Secretaría de Seguridad; 29. Dirección Nacional de Bienes del Estado. 2. Secretaría de Defensa; 3. Dirección Ejecutiva de Cultura y Artes;
ARTÍCULO 5.- Créase el Gabinete de Infraestructura, 4. Dirección Ejecutiva de Deportes; Servicios y Empresas Públicas, el cual coordinará las 5. Comisión Nacional Pro-Instalaciones Deportivas y siguientes instituciones: Mejoramiento del Deporte (CONAPID); 1. Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura 6. Confederación Deportiva Autónoma de Honduras y Servicios Públicos (INSEP); (CONDEPAH); 4 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 7. Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, 1. Analizar los asuntos que tengan relación con los Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA); Gabinetes Sectoriales, Secretarías de Estado, entidades 8. Programa Nacional de Prevención, Rehabilitación y Desconcentradas, Descentralizadas, Autónomas, Reinserción Social (PNPRRS); dependencias, programas y proyectos que integran el 9. Centro de la Cultura Garinagu de Honduras; Poder Ejecutivo y presentar sus recomendaciones al 10. Dirección Nacional de Parques y Recreación; Presidente de la República para su buena marcha; 11. Instituto Nacional de Migración (INM); 2. Proponer al Presidente de la República y una vez 12. Instituto Nacional Penitenciario (INP); aprobados por éste, dar seguimiento al cumplimiento 13. Instituto Nacional para la Atención de Menores de los objetivos y metas estratégicas, la eficiente y Infractores (INAMI); 14. Dirección General de la Marina Mercante (DIMAM); transparente ejecución presupuestaria, dentro de los 15. Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC); techos sectoriales e institucionales aprobados; 16. Dirección de Asuntos Disciplinarios Policiales 3. Analizar y cuando corresponda proponer para su (DIDAPOL); aprobación al Presidente de la República, previo el 17. Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia trámite que establece la Ley Orgánica de Presupuesto, (DNII); las modificaciones al Presupuesto; 18. Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI); 4. Autorizar, previa aprobación del Presidente de la 19. Fuerza de Seguridad Interinstitucional Nacional República, los planes estratégicos y operativos (FUSINA); sectoriales, incluyendo las metas, productos y resultados 20. Comisión Permanente de Contingencias (COPECO); previstos en el Programa de Gobierno; monitorear y 21. Sistema Nacional de Emergencias (SNE); y, 22. Cuerpo de Bomberos (CB); evaluar su cumplimiento e impacto; 5. Proponer al Presidente de la República las soluciones de CAPÍTULO II las cuestiones de competencia que se susciten entre dos DEL COORDINADOR GENERAL DE (2) o más Gabinetes Sectoriales o entre instituciones; GOBIERNO Y DE LOS COORDINADORES 6. Conocer las recomendaciones de los Gabinetes GENERALES DE GOBIERNO ADJUNTOS Sectoriales y en su caso, consultarlas con el Presidente de la República para resolver lo procedente;
ARTÍCULO 7.- El Secretario de Estado Coordinador General 7. Supervisar el desempeño de la recaudación tributaria y de Gobierno está a cargo de auxiliar al Presidente de la mantener informado de los resultados al Presidente de República en la dirección y coordinación de la administración pública y será apoyado en el cumplimiento de sus funciones la República; por un Subsecretario de Estado y los Coordinadores Generales 8. Coordinar al Instituto Nacional de Estadísticas (INE) de Gobierno Adjuntos. y analizar las estadísticas nacionales con el fin de guiar la planificación de mediano y largo plazo, así como el El Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno impacto de proyectos y programas gubernamentales; y, debe convocar a reuniones periódicas a los Coordinadores 9. Ordenar el inicio, orientar y coordinar con la Secretaría Generales de Gobierno Adjuntos, quienes tienen a su cargo de Finanzas, el proceso de formulación de los proyectos los Gabinetes Sectoriales. de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República; Ley de Disposiciones Generales del
ARTÍCULO 8.- En el marco de las funciones atribuidas en Presupuesto; y del Programa de Inversión Pública, con el Artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública, el propósito de asegurar la asignación de los recursos el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, para el logro de los objetivos y metas definidos por el tiene las siguientes facultades: Presidente de la República. A. 5 Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 La Gaceta Para tal fin y en cumplimiento del Artículo 18 de la Ley de Secretarios de Estado y el posterior envío de los Orgánica de Presupuesto, la Secretaría de Coordinación mismos al Congreso Nacional de la República; y, General de Gobierno, debe elaborar anualmente para 10. Cualquier otra función que le asigne el Presidente de aprobación por parte del Presidente de la República, la República. el proyecto de Política Presupuestaria Anual a la que se deben sujetar los órganos y organismos del Sector ARTÍCULO 9.- Los Coordinadores Generales de Público. En su elaboración coordinará con la Secretaría Gobierno Adjuntos se encuentran subordinados jerárquica de Finanzas y el Banco Central de Honduras. y funcionalmente al Secretario Coordinador General de Gobierno. Deben auxiliarlo en el desempeño de sus funciones, La Política Presupuestaria Anual debe establecer dentro del sector que les sea asignado. También deben los lineamientos para la formulación del proyecto coordinar las instituciones dentro de su respectivo Gabinete de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de Sectorial y se asegurarán que las instituciones dentro de sus la República por parte de la Secretaría de Finanzas, respectivos Gabinetes estén alineadas con la planificación por medio de su Dirección General del Presupuesto. estratégica, sectorial, el presupuesto a ellas asignados y el La Política Presupuestaria Anual debe incluir, entre Programa de Inversión Pública. Por medio del Sistema de otros, los objetivos, metas, prioridades, orientaciones Gestión por Resultados, son responsables del monitoreo de y estimaciones de las cantidades máximas de créditos los objetivos y metas contenidos en los Planes Estratégicos, asignables, en forma global y a cada órgano u organismo Sectoriales y Operativos Institucionales, así como de evaluar su cumplimiento. del Estado. Con ese propósito la Secretaría de Finanzas proporcionará a la Secretaría de Coordinación General Los Coordinadores Generales de Gobierno Adjuntos se de Gobierno el Marco Macroeconómico y el Marco de deben reunir periódicamente para asegurar la coordinación Gasto Anual y de Mediano Plazo, ambos congruentes intersectorial y presentar sus recomendaciones individuales con las metas y las políticas fiscal, monetaria y o colectivamente al Secretario Coordinador General de crediticia. Asimismo, la Política Presupuestaria Anual Gobierno. contendrá los lineamientos para la formulación de las Disposiciones Generales de Presupuesto y del Programa Para el desempeño de sus funciones, los Coordinadores de Inversión Pública los cuales serán elaborados por Generales de Gobierno Adjuntos trabajarán de forma matricial las Direcciones Generales de Presupuesto e Inversión con la Dirección Presidencial de Planificación, Presupuesto Pública de la Secretaría de Finanzas, en estrecha por Resultados e Inversión Pública; la Dirección Presidencial coordinación con la Secretaría de Coordinación General de Monitoreo y Evaluación; y la Dirección Presidencial de Transparencia, Modernización y Gobierno Digital. de Gobierno. Emitida la Política Presupuestaria por parte del Presidente de la República, el Coordinador Cada Coordinador General de Gobierno Adjunto contará con General de Gobierno debe ordenar el inicio del proceso un gabinete técnico sectorial, el cual les asistirá directamente de formulación de los documentos antes indicados en el cumplimiento de sus funciones. La organización y el y otros que se consideren necesarios para robustecer número de personas que los componen deberán ser autorizados dicha política. por el Secretario Coordinador General de Gobierno. Una vez concluido s los referidos documentos, la ARTÍCULO 10.- Los Coordinadores Generales de Gobierno Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas los Adjuntos tienen las facultades siguientes: presentará para revisión y aprobación del Coordinador General de Gobierno. De encontrarlos conforme, éste 1. Analizar y coordinar los asuntos que tengan relación con los debe remitir al Presidente de la República para que las Secretarías de Estado, entidades Desconcentradas, autorice que sean discutidos y aprobados por el Consejo Descentralizadas, programas, proyectos y dependencias 6 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 que integran su respectivo sector y mantener y en su caso, con la autorización de éste, elevarlas al permanentemente informado al Secretario Coordinador conocimiento, discusión y aprobación del Consejo de General de Gobierno de la marcha de los asuntos Secretarios de Estado; relevantes; 11. Conocer las situaciones y recomendaciones de las 2. Proponer al Secretario Coordinador General de Secretarías de Estado, entidades Desconcentradas, Gobierno la solución a las cuestiones de competencia Descentralizadas, programas, proyectos y dependencias que puedan suscitarse entre dos o más instituciones de que integran su Sector y resolver lo procedente; su respectivo Sector; 12. Proponer al Secretario Coordinador General de 3. Aprobar, a propuesta del titular de la respectiva Gobierno las Políticas Públicas Sectoriales; y, institución, los Planes Estratégicos y Operativos 13. Cualquier otra función que les asigne el Secretario Institucionales, incluyendo las metas, productos y Coordinador General de Gobierno. resultados de acuerdo a la Planificación Estratégica concretada en el Plan Estratégico Anual y el Plan
ARTÍCULO 11.- El presupuesto, mobiliario, equipos y Estratégico Plurianual; materiales asignados en el Presupuesto General de Ingresos 4. Recomendar al Coordinador General de Gobierno la y Egresos de la República para el funcionamiento de los asignación de techos presupuestarios de gasto previo a Gabinetes Sectoriales, incluyendo el de aquellos que han sido la emisión de la Política Presupuestaria Anual por parte fusionados o suprimidos por el presente Decreto Ejecutivo, del Presidente de la República, para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos deben ser trasladados a la Secretaría de Coordinación General de la República; de Gobierno. La Secretaría de Finanzas y la Dirección de 5. Analizar y proponer al Coordinador General de Bienes Nacionales del Estado procederán a realizar estos Gobierno las modificaciones del presupuesto, todo traslados en el menor tiempo posible, según corresponda. ello previo al trámite respectivo que establece la Ley Orgánica del Presupuesto; ARTÍCULO 12.- El recurso humano que actualmente labora 6. Informar mensualmente al Secretario Coordinador en las instituciones que han sido integradas, fusionadas o General de Gobierno sobre el monitoreo y desempeño suprimidas por el presente Decreto Ejecutivo, así como de las de la instituciones, programas, proyectos y dependencias instituciones que se adscriben en el mismo, será sometido a que conforman el Gabinete Sectorial correspondiente; un proceso de evaluación, idoneidad y desempeño. 7. Proponer y hacer seguimiento a la evaluación de impacto de las medidas de políticas sectoriales prioritarias y su El financiamiento para el pasivo laboral del recurso humano contribución a los objetivos de Gobierno en el largo de las instituciones que han sido integradas, fusionadas plazo. o suprimidas, que no resulte evaluado positivamente o 8. Proponer el alineamiento y gestionar el apoyo de cuyos servicios no sean requeridos por la nueva estructura la cooperación internacional para el Sector bajo su institucional, serán cubiertos en lo posible por las partidas competencia. presupuestarias de éstas y la Secretaría de Finanzas en su caso. 9. Proponer e impulsar mecanismos de diálogo permanente entre el sector público y privado relacionado con el
ARTÍCULO 13.- Las instituciones Descentralizadas y gabinete a su cargo. 10. Presentar al Secretario Coordinador General de Gobierno Desconcentradas del Poder Ejecutivo, tienen la organización las resoluciones y recomendaciones correspondientes a y las atribuciones que su ley les confieren y deben actuar bajo su respectivo Gabinete Sectorial, las cuales podrán serán el lineamiento de los objetivos de la Planificación Estratégica, consultadas por el Secretario Coordinador General de del Plan Anual y del Plan Plurianual y de la debida coherencia Gobierno para aprobación del Presidente de la República con los lineamientos del Gabinete Sectorial al cual están A. 7 Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 La Gaceta integradas en virtud de este Decreto. Asimismo sus titulares reembolsables y no reembolsables. Los informes de SEFIN, tienen la obligación de participar en las reuniones de los SAR y Autoridad Aduanera serán diarios. Los informes de Gabinetes Sectoriales a que fueren convocados. SEFIN deben incluir un informe diario de Tesorería.
ARTÍCULO 14.- El orden de precedencia de los Secretarios ARTÍCULO 16.- Créase el Despacho del Secretario Privado de Estado e integrantes del Consejo de Secretarios de Estado del Presidente y Jefe de Gabinete de Casa Presidencial a es el siguiente: quien el Presidente otorga rango de Secretario de Estado. El 1. Coordinador General de Gobierno; Despacho está adscrito a la Presidencia de la República. El 2. Secretario de la Presidencia; Secretario Privado del Presidente y Jefe de Gabinete de Casa 3. Secretario de Gobernación, Justicia y Descentralización; Presidencial debe dar cuenta directa del cumplimiento de sus 4. Secretario de Relaciones Exteriores y Cooperación funciones al Presidente de la República. Internacional, quien ocupará la primera precedencia cuando se trate del desempeño de actividades ARTÍCULO 17.- El Secretario Privado del Presidente y diplomáticas fuera del país; Jefe de Gabinete de Casa Presidencial, tiene las funciones 5. Secretario de Desarrollo e Inclusión Social; siguientes: 6. Secretario de Desarrollo Económico; 1. Firmar, cuando le sea delegado por el Presidente de la 7. Secretario de Infraestructura y Servicios Públicos; República, los Acuerdos Ejecutivos de Nombramiento 8. Secretario de Seguridad; y Cancelación en las Secretarías de Estado y cuando 9. Secretario de Defensa; corresponda en las demás instituciones dependientes del 10. Secretario de Salud; Poder Ejecutivo, así como otras acciones de personal 11. Secretario de Educación; que deban ser firmadas por el Presidente de la República 12. Secretario de Trabajo y Seguridad Social; de acuerdo con la Ley de Servicio Civil y otras leyes 13. Secretario de Agricultura y Ganadería; atinentes; 14. Secretario de Recursos Naturales y Ambiente; 2. Dirigir, supervisar y evaluar el desempeño de todas 15. Secretario de Finanzas; las Jefaturas, Departamentos, Unidades, programas o 16. Secretario de Derechos Humanos; y, proyectos que desempeñan labores directas para Casa 17. Secretario de Energía. Presidencial; 3. Asistir a las reuniones del Consejo de Secretarios de CAPÍTULO III Estado; DISPOSICIONES GENERALES Y ESPECIALES 4. Ejecutar o dar seguimiento a las instrucciones emanadas del Presidente de la República;
ARTÍCULO 15.- Créase el Sistema Presidencial de 5. Coordinar por encargo del Presidente las Fuerzas de Monitoreo de Ingresos y Egresos de la Administración Pública Tareas, Comisiones y Comités; el cual está adscrito a la Secretaría de Coordinación General 6. Las demás asignaciones que el Presidente de la de Gobierno, en la Dirección Presidencial de Monitoreo y República le encomiende. Evaluación. La Secretaría de Finanzas (SEFIN), el Servicio de Administración de Rentas (SAR), la autoridad aduanera ARTÍCULO 18.- Créase el Despacho de Promoción de y todas las instituciones del Poder Ejecutivo que generen Inversiones el cual coordina la Comisión de las Alianzas o perciban ingresos, sea por actividades propias, eventuales Público-Privadas (COALIANZA), el Instituto Hondureño o emanadas del ordenamiento jurídico vigente están en la de Turismo (IHT) y dará seguimiento y coadyuvará al éxito obligación de enviar a más tardar el día 10 de cada mes, un de las acciones que en ese campo realizan las Secretarías informe de los ingresos percibidos o generados, incluyendo de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, los desembolsos e incorporaciones de fondos externos Desarrollo Económico y su Programa Pro Honduras, el 8 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 Programa Honduras 20/20, el Programa Marca País, el se integra por el Programa Nacional de Desarrollo Rural Consejo Nacional de Inversiones; y las demás instituciones, Sostenible (PRONADERS); el Fondo Hondureño de proyectos o programas destinados a promover la imagen de Inversión Social (FHIS); el Servicio Autónomo Nacional Honduras, atraer inversión nacional y extranjera en actividades de Acueductos y Alcantarillados (SANAA); y el Instituto productivas e incrementar nuestro comercio exterior. El Hondureño de Infraestructura Física Educativa (INHIFE). Presidente otorga a la persona a cargo del Despacho de La nueva estructura organizacional, el funcionamiento y las Promoción de Inversiones el rango de Secretario de Estado. competencias de IDECOAS se establecerán en un Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado. El Presidente
ARTÍCULO 19.- Créase el Despacho de Comunicaciones y otorga a la persona a cargo de este Instituto el rango de Estrategia, el cual tendrá a su cargo la formulación, dirección, Secretario de Estado. ejecución y evaluación de las políticas y actividades relativas a las comunicaciones asegurando su compatibilidad con ARTÍCULO 22.- Créase el Comité de Cooperación Externa las estrategias definidas por el Presidente de la República. no Reembolsable el cual tomará las decisiones para la El Presidente otorga a la persona a cargo del Despacho de priorización estratégica, el alineamiento, la certificación del Comunicaciones y Estrategia el rango de Secretario de Estado. espacio fiscal y la autorización de las gestiones del gobierno central o de gobiernos locales, previo a la suscripción de convenios, cartas, acuerdos o cualquier instrumento de El Despacho de Comunicaciones y Estrategia tendrá cooperación externa no reembolsable, a fin de mantener la especialmente la responsabilidad de la divulgación de la coherencia con el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo, información pública por parte del Gobierno de la República, racionalizar el uso de los recursos públicos y asegurar los por los medios hablados, escritos y televisivos nacionales y fondos de contrapartida. extranjeros, las redes sociales, agencias de prensa nacionales y extranjeras y por cualquier otro medio de comunicación o El Comité estará integrado por un representante de cada una de divulgación. de las siguientes instituciones: 1. Secretaría de Coordinación General de Gobierno; Asimismo el Despacho de Comunicaciones y Estrategia 2. Secretaría de Finanzas; y, coordinará la Comisión Presidencial de Estrategia, dará 3. Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación seguimiento a sus recomendaciones y proporcionará los Internacional. insumos necesarios al Despacho del Presidente de la República para la formulación de la agenda de éste; y coordinará el El Comité será presidido por la Secretaría de Finanzas y se Programa de Marca País, además de las otras funciones que reunirá cuantas veces sea necesario para cumplir con sus el Presidente de la República le asigne. funciones las cuales son, entre otras: 1. Mantener la coordinación interinstitucional entre los
ARTÍCULO 20.- La Secretaría de Estado de la Presidencia; entes responsables del manejo de la cooperación externa el Despacho del Secretario Privado y Jefe de Gabinete de no reembolsable; Casa Presidencial; el Despacho de Promoción de Inversiones; 2. Evaluar la consistencia estratégica de la cooperación y el Despacho de Comunicaciones y Estrategia dependen externa no reembolsable y alinear la misma con las directamente del Presidente de la República. No obstante, las prioridades de país y del Gobierno de la República; entidades, proyectos y programas que estén adscritos a cada 3. Autorizar los compromisos de contrapartida nacional de uno de ellos están incorporados para efectos de coordinación, acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y el espacio monitoreo y evaluación a los Gabinetes Sectoriales respectivos. fiscal de mediano plazo previo a cualquier formalización de los mismos;
ARTÍCULO 21.- Créase el Instituto de Desarrollo 4. Definir los mecanismos de formalización y registro de Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS), al cual la cooperación externa no reembolsable; A. 9 Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 La Gaceta 5. Autorizar a las instituciones gubernamentales: Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) centralizadas, descentralizadas o desconcentradas, así dejarán de ser Direcciones Generales de la Secretaría de como a las corporaciones municipales, antes de realizar Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente y cualquier gestión de iniciativas de cooperación externa retoman su independencia técnica, funcional y administrativa no reembolsable; y, establecida en las respectivas leyes que los rigen. Los 6. Definir los mecanismos para incorporar al Presupuesto programas y proyectos de cooperación externa, con créditos General de Ingresos y Egresos de la República todos los o financiamiento no reembolsable que beneficien a ambas recursos de la Cooperación Externa no Reembolsable, instituciones, continuarán ejecutándose de la misma manera así como al Sistema de Administración Financiera que hasta ahora, en tanto los respectivos instrumentos que Integrada (SIAFI); al Sistema Presidencial de Gestión les dieron origen no sean modificados de común acuerdo por por Resultados para su respectivo monitoreo; y a la las Partes. Plataforma de Gestión de la Cooperación (PGC). Se exceptúan de lo establecido en el párrafo anterior los
ARTÍCULO 23.- El Centro Nacional para la Educación y el proyectos que se acojan a la Ley de Fomento al Turismo y Trabajo (CENET) de la Secretaría de Educación pasa a ser su respectivo Reglamento. Éstos deberán de ser manejados adscrito a la Secretaría de Desarrollo Económico, incluyendo de manera conjunta y coordinada entre el ICF y el Instituto sus partidas presupuestarias y demás bienes y activos. Hondureño de Turismo, con la finalidad de salvaguardar el desarrollo sostenible y económico de la nación mediante la
ARTÍCULO 24.- La Dirección General de la Marina Mercante generación de empleos y mejora de la condiciones de vida de queda adscrita a la Secretaría de Defensa, incluyendo sus las comunidades receptoras de la inversión turística. partidas presupuestarias, demás bienes y activos. La Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, también podrá ser nombrada MI
ARTÍCULO 25.- Quedan adscritas a la Secretaría de AMBIENTE +. Tendrá dos Subsecretarías de Estado: Estado de la Presidencia: Empresa Nacional de Artes Recursos Naturales; y, Ambiente. Gráficas (ENAG); la Comisión Nacional Pro Instalaciones Deportivas (CONAPID); la Confederación Deportiva Autónoma de Honduras (CONDEPAH); el Instituto ARTÍCULO 27.- El Servicio de Administración de Rentas Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción (SAR) y la Autoridad encargada de la Administración Aduanera y Farmacodependencia (IHADFA); el Programa para la estarán adscritos a la Presidencia de la República, a la cual Prevención, Rehabilitación y Reinserción Social; la Comisión rendirán cuenta directa de su funcionamiento, desempeño con Permanente de Contingencias (COPECO). relación a las metas de recaudación tributarias y aduaneras, así como de los procesos de certificación del personal de las La promoción de la cultura, las artes y los deportes están mismas instituciones, políticas y demás atribuciones legales a cargo de la Secretaría de la Presidencia de la República, o aquellas que el Presidente de la República le instruya. las estructuras administrativas, personal y presupuesto de la Igualmente debe presentar los informes correspondientes al antigua Secretaría de Estado de Cultura, Artes y Deportes Sistema Presidencial de Monitoreo de Ingresos y Egresos de también pasan a la Secretaría de Estado de la Presidencia. la Administración Pública creado en el Artículo 15 de este Estas instituciones mantendrán su independencia funcional Decreto Ejecutivo. y administrativa de conformidad a sus leyes respectivas pero actuarán bajo la coordinación de la Secretaría de la ARTÍCULO 28.- La Secretaría de Coordinación General Presidencia. de Gobierno y la Secretaría de Finanzas deberán proponer al Presidente de la República una política de compensación laboral
ARTÍCULO 26.- El Instituto Hondureño de Geología y Minas acorde con las capacidades, experiencia, responsabilidades y (INHGEOMIN) y el Instituto Nacional de Conservación y complejidad de las funciones de los altos funcionarios del 10 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 Poder Ejecutivo de conformidad al Artículo 31 del Decreto a.- Formular la propuesta de planificación nacional Legislativo 284-2013. en el marco de la Visión de País y Plan de Nación concretada en un Plan Anual y un Plan Plurianual;
ARTÍCULO 29.- En su capacidad de Secretario del Consejo de Secretarios de Estado determinado en el Artículo 252 de la b.- Auxiliar a los entes del Poder Ejecutivo en la Constitución de la República, el Secretario de la Presidencia formulación de la planificación institucional y tiene las funciones siguientes: operativa anual de acuerdo a los objetivos y metas 1. Convocar a sesiones por instrucciones del Presidente de generales definidos en la Planificación Nacional y la República; Sectorial en el marco de la Visión de País y Plan 2. Elaborar y presentar para aprobación del Presidente de de Nación concretada en el Plan Anual y Plan la República la propuesta de agenda del Consejo de Plurianual, generados por la Dirección Presidencial Secretarios de Estado; de Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión Pública. 3. Levantar el Acta de la sesión del Consejo de Secretarios c.- Proponer las políticas globales generales y de Estado; sectoriales y recomendar como mejorar su eficacia 4. Recibir de los Secretarios de Estado la solicitud de temas y el impacto de los programas gubernamentales; a ser incluidos en la Agenda del Consejo de Secretarios d.- Proponer políticas de promoción de igualdad de de Estado; oportunidades; 5. Dar seguimiento a las resoluciones del Consejo de e.- Proponer la asignación de los recursos para el Secretarios de Estado; logro de los objetivos y metas definidos por el 6. Remitir al Congreso Nacional las Iniciativas de Ley del Presidente de la República dentro del Marco Poder Ejecutivo por instrucciones del Presidente de la Macroeconómico en el Plan Estratégico Anual y en República; y, el Plan Plurianual, ambos por Sectores, mediante 7. Las demás funciones que le sean asignadas por el la articulación del Subsistema de Presupuesto y el Presidente de la República. Programa de Inversión Pública; y su vinculación con la Cooperación Externa;
ARTÍCULO 30.- La Secretaría de Estado en el Despacho f.- Analizar las estadísticas nacionales y realizar los de la Presidencia, contará con dos Subsecretarias de Estado, estudios prospectivos requeridos para guiar la las funciones de cada una se establecerán en el Acuerdo de planificación de mediano y largo plazo; nombramiento respectivo. g.- Quedan adscritas a esta Dirección Presidencial: Las estructuras administrativas, personal y presupuesto
ARTÍCULO 31.- Reformar los Artículos 1, 2 y 3 del Decreto de la antigua Secretaría de Planificación (SEPLAN) Ejecutivo Número PCM 002-2014 de fecha 3 de febrero de y las estructuras organizativas y presupuestarias 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 28 de de las Direcciones Generales de Presupuesto e febrero de 2014 y adicionar el Artículo 4, los cuales se leerán Inversión Pública vinculadas a las funciones arriba de la siguiente manera: descritas”.
“ARTÍCULO 1.- Créase la Dirección Presidencial de “ARTÍCULO 2.- Créase la Dirección Presidencial de Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión Monitoreo y Evaluación, como un órgano administrativo Pública, como órgano administrativo de la Presidencia de la Presidencia de la República, adscrito a la Secretaría de la República, adscrito a la Secretaría de Estado de de Estado de Coordinación General de Gobierno, Coordinación General de Gobierno, cuyo Director será cuyo Director será de libre nombramiento y remoción de libre nombramiento y remoción del Presidente de la del Presidente de la República, con las atribuciones República, con las atribuciones siguientes: siguientes: A. 11 Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 La Gaceta a.- Crear los mecanismos y procedimientos de b. Impulsar la práctica de la ética pública y la seguimiento y evaluación de los resultados de la rendición de cuentas; gestión de Gobierno. c. Fortalecer, hacer más eficientes y establecer una b.- Proponer para consideración del Presidente de adecuada coordinación de los controles internos; la República los candidatos a Directores de d. Fortalecer la transparencia en la asignación y uso Cumplimiento en cada Secretaría de Estado y de los recursos públicos; en cada Institución del Poder Ejecutivo, quienes e. Analizar, proponer y ejecutar los planes para serán de libre nombramiento y remoción del la modernización y reforma del Estado a fin de Presidente de la República. Los Directores volverlo más eficiente, efectivo y transparente; y, de Cumplimiento dependerán de la Dirección Presidencial de Monitoreo y Evaluación y f. Impulsar la utilización por parte de las instituciones auxiliarán en las respectivas instituciones en estatales, de la tecnología informática para el seguimiento de la ejecución de los planes simplificar el gobierno, acercarlo al ciudadano estratégicos anuales e institucionales, así como en y volverlo más abierto. Quedan adscritas a esta el efectivo funcionamiento del Sistema Nacional Dirección Presidencial la Oficina Nacional de de Gestión por Resultados. Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI) c.- Capacitar permanentemente a los Directores de como un organismo técnico especializado del Cumplimiento y a las Unidades de Planeamiento Poder Ejecutivo, encargado del desarrollo integral y Evaluación de la Gestión (UPEG), las cuales del control interno institucional; y la Oficina estarán dirigidas por éstos para el cumplimiento Normativa de Contratación y Adquisiciones del de sus responsabilidades. Estado (ONCAE)”. d.- Formular recomendaciones al Presidente de la República para mejorar el logro de los objetivos y metas del Gobierno de la República; y, “ARTÍCULO 4.- Para el cumplimiento de sus e.- Quedan adscritas a esta Dirección Presidencial funciones, las Direcciones Presidenciales tendrán la las estructuras administrativas, de personal siguiente estructura: y presupuestarias de la antigua Secretaría de 1. La Dirección Presidencial de Planificación, Planificación (SEPLAN) vinculadas a las funciones Presupuesto por Resultados e Inversión Pública, arriba descritas”. contará con las siguientes Direcciones Nacionales: a. Dirección Nacional de Planificación Estratégica;
“ARTÍCULO 3.- Créase la Dirección Presidencial b. Dirección Nacional de Presupuesto por Resultados; de Transparencia, Modernización y Gobierno Digital y, como un órgano administrativo de la Presidencia de c. Dirección Nacional de Inversión Pública. la República, adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, 2. La Dirección Presidencial de Monitoreo y cuyo Director será de libre nombramiento y remoción Evaluación, contará con las siguientes Direcciones del Presidente de la República, con las atribuciones Nacionales: siguientes: a. Dirección Nacional de Monitoreo; y, a. Formular y proponer las políticas y programas b. Dirección Nacional de Evaluación. de transparencia y lucha contra la corrupción en coordinación con las entidades de control 3. La Dirección Presidencial de Transparencia, externo y otros entes del Estado con funciones de Modernización y Gobierno Digital contará con las transparencia y lucha anticorrupción; siguientes Direcciones Nacionales: 12 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 a. Dirección Nacional de Transparencia; y, “ARTÍCULO 13.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en b. Dirección Nacional de Modernización y Gobierno los dos artículos anteriores, se crea la Dirección Ejecutiva Digital”. del Plan de Nación, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Estado de Coordinación General de Gobierno,
ARTÍCULO 32.- Reformar los Artículos 11, 12, 13 y 14 del cuya organización, atribuciones y funcionamiento y Decreto Ejecutivo Número PCM 021-2014 de fecha 16 de demás extremos no previstos en el presente contenido, se julio de 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 24 de julio de 2014, los cuales deben leerse así: establecen en el Acuerdo Ministerial correspondiente”.
“ARTÍCULO 11.- En ausencia del Presidente de la “ARTÍCULO 14.-La Secretaría de Estado en el República, la Presidencia del Consejo Nacional del Plan Despacho de la Presidencia debe transferir a la Secretaría de Nación establecida en el numeral 1 del Artículo 13 de Coordinación General de Gobierno, los activos del Decreto Legislativo Número 286-2009 que contiene (mobiliario, equipo, vehículos y demás), las estructuras la Ley para el Establecimiento de una Visión de País administrativas, entre ellas, la Dirección General de y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras Ordenamiento Territorial y la Dirección General de será ejercida por el Secretario Coordinador General Coordinación Regional, Comisionados Regionales y de Gobierno, en cuyo caso la Secretaría Técnica del mismo será ejercida por el Director Presidencial de Unidades Técnicas Permanentes Regionales, su personal Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión y el presupuesto no ejecutado, a la fecha del presente Pública”. Decreto Ejecutivo y, correspondiente al presente ejercicio fiscal 2018; todos los anteriores asignados, en definitiva,
“ARTÍCULO 12.- De conformidad a lo establecido en el para el cumplimiento de la Ley para el Establecimiento de Artículo anterior, el Secretario Coordinador General de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación Gobierno ejercerá a su vez, las facultades y obligaciones para Honduras. La Secretaría de Estado en el Despacho establecidas en los Artículos 11, 12, numerales 1, 2, 3, de Finanzas debe incorporar, dentro del presupuesto de 6, 12, 13 y 14 del Artículo 20; numerales 1, 4 y 7 del la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, las
Artículo 23, del Decreto Legislativo Número 286-2009 asignaciones presupuestarias necesarias y que garanticen que contiene la Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación el cumplimiento de la Ley para el Establecimiento de una para Honduras. Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Las funciones de Planificación Territorial serán ejercidas Honduras”. por la Dirección Nacional de Planificación por medio de la División de Planificación Territorial. ARTÍCULO 33.- Derogar el Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2014 de fecha 3 de febrero de 2014, publicado La Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 22 de febrero de General de Gobierno, prestará toda la colaboración 2014; derogar el Artículo 8 del Decreto Ejecutivo Número requerida por la Presidencia de la República o PCM-021-2014 de fecha 16 de julio de 2014, publicado en la Secretaría de Estado de la Presidencia, para la coordinación de actividades con los Consejos el Diario Oficial La Gaceta de fecha 24 de julio de 2014; Regionales de Desarrollo y las Unidades Técnicas de y derogar el Decreto Ejecutivo Número PCM 042-2014, Planificación Regional (UTPR)”. publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 28 de julio de 2014. A. 13 Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 La Gaceta
ARTÍCULO 34.- El presente Decreto Ejecutivo entra en vigor MARÍA DOLORES AGÜERO LARA a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION Dado en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los INTERNACIONAL quince (15) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018). COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRIGUEZ HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS, POR LEY 14 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 23 DE MARZO DEL 2018 No. 34,600 JULIAN PACHECO TINOCO SANTIAGO RUIZ CABUS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SEGURIDAD NACIONAL AGRICULTURA Y GANADERIA FREDY DIAZ ZELAYA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DEFENSA NACIONAL RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS OCTAVIO SANCHEZ MIDENCE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD FINANZAS MARCIAL SOLIS PAZ KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ENERGÍA. A. 15