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قوانين هندوراس

Acuerdo Nº 662/77 - Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Oficinas Regionales Agrarias

صدر في 1977-09-19 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
هندوراس
الموضوعات
Agricultural and rural development
الكلمات المفتاحية
agricultural development, institution, financial agricultural measures, credit, subsidy/incentive, less favoured areas, capacity building, governance

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  1. Lu p , lm~~• lmpe~mle o• ~ ~o ~ ~ tmpsi~~t J u e u m • l ~ o c l ~ m e • ~m. o 1 i e c h ~ 4 ,4, DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDURERA Dkemr, P. M. N[LSON A. B£NA~DES SERVRLON / m 6 moy como iAemo O~ cial LA GACLe'T.q. / A~O CI TEG-ÜCIGA~Á. D.-C.-,HON-I)URAS, sABA-i)o 12 DE NovIE]~I%E==DI~, ~1977 :NI ~. : 22.345- JEFATURA DE EIT~O0 CONTENIDO Recursos Naturales "/ACq/ERIX) No. 662 S e p ~ de 1977 K I ~ G ~ Dm (B[L~kN]~/~~ON Y F U N C ' ~ I i O N ~ DE / M ~ OFIlC~~A~ ]~J~~ONAI~8 / Tegueig~Ipa, D. C., 19 de septiembre de 1977 ACUERDO N~ 662 El Jefe de Estado, En aplicación del Articulo 143, letra c) de la Ley de l~~ forma Agraria, ACUERDA: APROBAR EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS OFICINAS REGIONALES AGRARIAS C A P ~ ! DISPOSICIONES GENERALES Artículo l°--Las Oficina8 Regionales Agraxias, depen dientes del Instituto Nacional Agrario Be regirín por las dispoeicione~ de la Ley de Reforma Agraria 5" de la presente Reglamentación. Arüculo 2"--Para su funcionamiento dispondrán del personal neceeario nombrado por el Director Ejecutivo del ]NA. Artlculo 3°~L~ Jefatura de cada una de las Oficinas estarb a cargo de persona con experiencia en la materia que reúna los requisitos que se exigen para desempeñar la Direc ción Ejecutiva. Axttculo 4*--Et Jefe Regimml os ten tar í la repre~ntación del Director Ejecutivo en el territorio de su jurtn~cción, en todas aquellas actuaciones relativa8 a la ejecueión de la Re forma Agraria. C ~ H DE LA JUR~DICCION Artículo 5o--Sin perjuicio de las Oficina~ que fuere ne cesario creer, func ionaz~ las siguientes: a) ~ Regional A g r s . ~ para la Zona Sur, con sede en la elud~l de Cholutec~ en el Departamento de su nombre; 'b) Oficina Regional Agra ria para la Z¢ma Norte, con cede en la ciudad de San Pedro Sula, en el Departm~ento de Corté~; c) Oficina Regional Agraria para el Litoral Atl/mtlc~ con sede en la ciudad de La ~ t o de Atl ín t ids ; d) Oficina Reg'km~ Agra. ria para la Zomt Ocddmtal , con ~ d e en la dudad de Santa Rosa de Colí~ en e l ~ t o de Cop4n; e) Oficina Re AO~¿t.RIA~ I ~ O O N O M I £ Acuerdos De/ No. 3 ~ - 7 6 al 354-76 Agosto y S¢ptlm~rv de 1976 A V I S O S gional Agraria para el Departamento de Olancho, con m~e en la ciudad de Juticalpa, en el Departamento de Ohmcho; f) Oficina Regional Agraria para la Zona Oriental, ~n mm:le en la ciudad de DanH, en el Departamento de El Pa r a l ~ ; g) Ofmina Regional para la Zona Central, oon ~ ~u la ciu dad de Comayagua, en el Departamento de su nombre. Artículo 6~--I~ Oficina Regional para la Zona Sur Qer eerá funeiom~ ~mbre el territorio c o m p r e ~ l l ~ por I ~ D ~ par tamen~~ de Cho lu t~a y Valle, a~l como en los M u n ~ píos de Aguanqueterlqtm, Lguterütue, Merved~, San Anto=to del Norte y San Juan, del DelmFtamento de La Paz; y IMtu~ Soledad y Vado Ancho, d ~ ~ t o de El P ¿ r s í o . Articulo 7*--La Oficina Regional para la Zona Norte ejercerí funciones sobre el ~ c c m ~ por los Departamentos de Cortés, Santa Bíztmra y Yoro, con exelu sión de l~ Municipios de NanmJito y Protecci¿n, del tamento de Santa ~ Anmal, Olanchlto, Jocón, Vi¢to. ria y Sulaco, del Departamento de Yoro. Artlculo 8o--La Oficina Regional para la Zona del Lito ral Atlántico ejercerá funciones sobre el terrltm4o oompren dido por los Departamentos de At l ín t id~ ~ de la B e h ~ Co~0n 5r Gracias a Dios; así como en los Municipios dé Arenal, Olanzhito y Joc¿n, del departamento de Yoro. Art~vulo 9*--La Oficina Regional para la g o t a Oceidm tal e jercer t funcione8 sobre el territorio o ~ n ~ por km en los Munlclpio8 de Naranjito y Prv4:eed~m, parta . mento de Santa Bírbara. Artl¢ulo 10.--La Oficina Regional para el DepraVaron to de Olaaeho ejercerá funeimJm s o b ~ el ~xa-to d ~ Da de su nombre con e x ~ & ~ Z a ~ del p i . tuca. Artl¢ulo ll.--La Oficin~ Eegiomd Im~t la ~~ms Ori~d~l de ~ k ~ l l u t y ~ . en la 7,mm del P~tuca, del ~ ~ ~ . .~.:; ~!I = • " " ¿ i % RI, : I ' I I I~I . I ( 'A I)I,', I I |~NI,I~I~A', ' '2 I ,A t ;At "I,.TA - = : 2 Adicuh, 12 I ~ Oflcbm Regional para hi Zona ( ' , - J l | r a l , ejereerá fnIiciollt~e, tg)bre el tc , ta t~~o (',,n,!,z,'ndido I, ,r l, ~ I ~" partamcntoa tic (~,mayagua, h, t ibucí y l~a Paz, COII cxchmi{,It de loa Mutlicil,i~,~ de Agamnqu,.terlque, i ,a,,le,ique, Me, ,',:d,',, ,~lan Ant,ml~~ tb-I Norte y San Juan. d , ,.~I,: bit in,,, I ) , :p ; , , l , At~i,:nb, 13. l~q~ H~IlIIlOI~ a g r a r k ~ qllC I~' .mll~iVll,*~l ,-H vl i , . r r ih , rh , ,',mq,v,-n(fldo l ~ r el Depar lmuento d,- bT.m.isc,, M,~r~tzá,, y ] ,~ Mm,ici],i~~s de Sula,',, y Vich,r i : , , del I h:],:r,.l:, me•ni',, ii,: 'Y,,r~,, t~t.rá!t :d',.mli(hm ],,w lul+ I f f i c i . u s ~ ?,.,d,.b:.q, l'OJt Bvd,; l ' I t ] l l , r i f l l |ad dl" .l.~'g|ll:lgal|l;l. A].lluu],, '14.. .I ,,t los acm'rdos de ,'rea('iím (h" mn-w,.~ ,~ii ci l l lm agr;o~;t~l ~~~ ,l~-l'e[:mim, rá~t l;. juri.~dic(:i6n Icrril,~ri~([ ,tH,, Vorrcaj,~~]]da a ]its misnnm. CAPIT[ ~i,0 !!1 ] ~~'I ;I,A ( ;()M PETENt]I A .Artícuh~ JS. -Son atribuciones de las Oficinas Regiona les: a) Realizar investlgadones tendientes a la lca;alizaci5n t; identificación de t ierras rurales privadas o de l)ropicdad del Estado que deban ser, afectadas; b) Examinar lmq de claraciones juradms que ac ,hubiere ordenado presenlar a ]-s propietarios y poaeedores de t ierras rurales de au jurisdicción: estudiar los documentos y planoa que se acompañen cm, aquellas, a~i como realizar laa investigaciones neeeaaria~ has t a determinar si existen causales de afectaeión; c) Disponer la ejecución de agrimensuras, valoraciones de bienes y demás acciones legales y reglamentarias conducentes a la afectaci6n de las tierras; d) Exigir de conformidad con el Arffculo ;15 de la Ley de Reforma Agraria, la devolución de tierras eji= dales ~ nacionales ilegalmente en poder de particulares; e) Distribuir entre loa beneficiados las tÍerras de que disponga el Instituto, de acuerdo con los planes que tenga elaborado e! Departamento de Planificación del mismo; f) Recibir toda clase de solicitudes relacionadas con la materia agraria y eramitarlas conforme a las normas reglamentarias corres pendientes, debiendo rechazar aquellas que no reú~an los re quisitos exlgidos en cada caso, g) Establecer la más estricta coordinación con todas las dependencias y entidades com prometidas por Ley en el proceso de reforma agraria; h) Comisionar a otras autoridades la práctica de diligencias, tales como citaciones, notificaciopes, emplazamientos y de más actuaciones, etc., librando las comunicaciones del caso, y complementar loa que reciba de la Dirección Ejecutiva del INA o del Con~ejo Nacional Agrario; t) Integrar organismos y comités en los cuales deba fik, p ra r el Inst i tuto Nacional Agrario; j) COmlmreoe~ en repreeentaciún del Inst i tuto Na cional Agrario ante los Juzgados y Tribunales ejercitando los derechoo y aedenes correspondientes siguiendo las instruc ciones que reciban de la Oficina Centr t l ; k) Garant izar los et~l i tos de los campesinos mediante el otorgamiento de ava km con la opínibn favorable de los Offciales de Crédito del Inst i tuto; 1} Tomar el, debido conocimiento y aolieitar infor mación de todas las actividades y acciones que el INA ordene ejecutar en la zona de su jurisdieciún; m) Remitir mensual mente los informes de sus labores a las Oficinas Centrales, y un informe general anual en el mes de enero de cada año: n) Tramitar y res~ver las solicitudes o denuncias escritas que ~ n t e n Ice campesinos beneficiarios del proceso de Re fo rma Agraria, individual o colectivamente, o cualquier otra persona, con el objeto de que el INA adquiera t ierras para el p ~ de Reforma Agraria, con fundamento en los Ar ttculos 16, 17, 18, 19 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 28, 29, 33, 35, y 36 de la Ley de Reforma Agraria; ti) Proveer a la deletrea ante las autoridades judiciales corrtmpoKdie~tes de los cam pesinos que sean procesados como con~cuencia de adjudica ciones de tierras otorgadas por las autoridades competentes. CAPITUIA) i~/ ....... CUESTIONES DE PROCEDIMIENTO Artlc~]o 16.~LM re~oE~iones definidas que emitan las Oflcln~ ~ o era el ~ de una sltuaci6~ dada, esta rán mljOam a la a ~ de la I~recci¿m Ejecutiva, salvo si ~ emme~t td~ por la parte o partes a q u i e a ~ afecte, Se entendm~ con~e~tkla mm nmoMelón cuando la parte o p a r t ~ que se consideren perjudicadas no manifiesten su de ' r E G I I C I G A I A ' A , 1~. ~:, 12 I ) E N()VII, ;MI~RIq !)1': 1977 g g ¢ u e r d o ett el m o m e n t o de trtl notlf ica~iÓn cuaJido fue re ix~r el l tr l l&[~, o por e ~ r i t o dent ro del té rmino de trt-~ dia~ l~~~l.e f lores a la notificación, mí~ el término de la distancia en e~ caso. ~ n o ~ i o r ~ l l se batán en eetradoa l . ) r la tabla. de avlmoll del despacho a lall partes que h.ngan arredltado Procurador; a los que m, lo tengan se le~ hará l~erl~~~J mente por el Secretario o la aut~)ridad en quc el Jefe Regional deiegue faeultaxies, ésta lo hará lmrsonalmente dejando ('.otro t a n d a en autos debiendo f irmar el notificado cuando pr(~'eda. Artlculo 17.--El trámit(~ l)ant la rv('uI)erax:ión de t ierras del F~tado, puede iniciar~, a la.tición de, parte o de oficio. En todo caso debe realizará, siu perjuicio del derecho que a loa ocupantes en el Artículo 15 de la ],ey. I,as reso luciones que recalgan en dicho t rámite se rcgularán I~)r lo dispuesto en el Artículo que antecede. ~~"ticulo 18 . - -Ea los expedientes de expropiación, las Ofieinaa Regionales no podrán emitir resolucione~, ltmitán dose a sub~tanclarlos para que concluya con la resoluci6n que emita el Director Ejecutivo. Ar t iodo 19. - -gl t rámite de las solicitudes de adjudica ción se seguirá en ltm Oficinas Regionales hasta que los inte resados acredttem los requisitos a que se refiere el Artículo 15 de la Ley de Reforma Agraria, remitiendo el expediente a la Oficina Central para su prosecusión. Artículo 20.--En las solicitudes que se presentaren so bre acto de pe~urbaci¿t l pos~o, ria o de despojo de las t ierras que están ~ e~¢~ ~ d a~ iega.le~~te por la~ t, ra~pesmos, así como por actos de invagión de predios rústicos de propie dad pública o pr tvad~ la Oficina. Regional deberá de inmedia to practicar inspección de campo para contra tar los hechos 5' con el mérito de lo que r~mlte, d ie ta r í la@ medidas de pro tección necesarias, o la desocupación de los predios en su caso; para tal fin ~olicitarí por e ~ r i t o d auxilio de la fuerza pública, sin perjuicio de las demás acciones legales que pro cedieran. Artículo 21.--El t r ím i t e de loa asuntos de que conoz can la~ Oficinas Regionales Agrarias se hará con el dinamis mo y responsabilidad pertinentes y las resoluciones o provi dencia o rdmaado su remim¿n a l a . Ofkinsa Cetatralm, según d careo, d e ~ digtar~~ a m/m ta rda r dentro de los seis meses siguientes al inicio del expediente, salvo c a s ~ plena mente justiflcados. C A P t P U I ~ V DE LA ESTRUCTURA INTERNA Arüoulo 2"¿.--Las Ofie, i n ~ ~ es taxín int¢gra d ~ de la ~ forma: a) Un Jefe Regiomtl; b) Una gec dbn A~aLnlatrativa; c) Una S~t i¿m & A f ~ t s e ~ m ; d} Una Seectón de Procuraduria; e) Una Secretarta ~ ; f) Una Socct¿n de Promoción. Ira Organización que ante¢ode podrá modi f i car~ lmra atender ~ e E i g e ~ t u dartva&m de los pla n ~ y ~ de la Imstttuci/m, m~ltante metm~o de la Direcci¿n Ejecutiva del Instituto Nacional Agrario. Articulo 23.--E1 Jefe Regional m ~ una eficaz su tmevi~¿m de la8 lalm¢~m y se~t re~~rmable del f l m d ~ a m l ~ t o de la Oficina. Artlculo 24.--Por conducto del Jefe Regional se realiza r/í la m~m, dlaa¢iú~ qtm ¿obe e~mtir entre ~ ~ t o s y demím 4 e ~ c i u de la ~ a Cmmral y ~ Seo¢lotms de la Of idna l~gtomfl que eumpletl f a = ¢ l o z ~ aftnm. Artículo 25.--EI Jefe Reg~mal realLtarí reuniones p¢ribdicas con el personal por lo m e s e s ~ vez al me~ para evaluar 1o6 avance , de len progrtmms y t ~ n a r las medidas que se requieran ima-a alcanzar t u metas propuestas. A r t í ~ 26.---Cuando por la naturaiem de loa trabajo6 sea a e o e ~ , i o qtm el penmaal p e r m a a ~ aro las taganm aa que se realimm, como ea los ~ d~ p ~ , ma Im¢maa¢m~ia se r í e b ~ El Jefe Regional ,v,dazí porque aquel per,.. sm~! d i lpong l de los ~ n ~ e m u ' k l lmrs e r r a r su com~ Orate m 6 v t l i d ~ a 1~ ~ d e dm la mg4mm£ A ,-tlculo 2 7 . ~ L a Sección A ~ v a tendrl a su ~ t ~ a mm funciones LA GACIL'TA ~ R]~U~IACA ~ HONDURAS. ~TEGUCIGALPA, D. C., 12 DI~ NOVIEMBRI~ DE 1977 $ Articulo 28.--La 8ecci0n de Atscta~¿m t e n d r í a su car go la vertflea~¿m de las declartetomm Ju rad~ que especial mente se remitan & la Ofichm Regimml para Ic~ fines corres Art/culo 28.~L~ S~~i6n de Pmcuradur/& patrocinará a Ioe campmlnos ~ todN sus demandas ante la Oficina Re gions.l, con a ~ • ]& I~~, reglammt(m y d e m ~ disp~icionee dlctadge para el mejor desempefio de su cometido. En el ejere.leio de mm funeloneij los ~ r e s observarín la ma yor dfl/wmeia ~ I ~ Mttln~s lutsta su eonelusibn para lo cual mmtt tu l r~ en ~ P m e m l t d m ~ Agrar tm el poder con que aetümL ArtMm~ 30.---La 8eemtarla Regional es el órgano de c o m ~ de i- ~ Regional ~m mm mLackmm inter nas y ~ . Kniztiría • la Jefatur~ en mm actuackme~ y Umd~ a su cargo la ~ de los expedientes, papeles y demás d o e u m m t ~ que m le ~ n . Articulo $1.--La ~ de Promoci6n, cumplirá los pro gramas de la lnzfltuct¿m dirigidos & la organizaei¿m de los campesinos bajo 1~ f o r m u emprem~ale~ que e~tlm deter minadas en la, Ley. Artículo 32.---Serí obligaci¿n de los Promotores, planifi car su trabajo de manera que puedan alcanzar los objeti vos que se propongan con cada grupo dentro de los periodo~ t = pre-eatablecidos. Debería cuidar asin;dsmo que rm se ea t~que su labor en determinadas fmtea del ~ de ~ . (L~Pl'[~ LO VI DISPOSICIONES I~ INAL~ Axtieulo 33.--E1 funcionamiento do las Ofl~k~ta n ~ sm'í flscalizsAo y s u p e r v i u ~ por la D~mc~¿n E~~~m lmr medio de la Unidad Admini~r~tiva correspondiente, la que tendrá funciones de enlace. Axtkmlo 34.--LOS asuntos que e~tuvi~r~a en tr ímit~ en las Rsgt~alee se cont/nuarán hasta su termlna~¿m, obeer vando e~ lo posible lse disposiciones de este Reglamento. Artlettlo 35 .~La presente reglamentaci¿n formar4 par te del Reglamento Genend del InaUtuto Nacional Agrario, que al efecto deberá emitime. Articulo 36.--La preeente Reglamentaeión entraxí en vi gencia diez díaa después de su publicación en el Diario Oficial "La Gaoeta'.---Co~unlquese. JUAN ALBERTO MELGAR CASTRO El Secretario de Estado en el Despacho de Reeur~o~ N&turale~, ~t A V I S O S TITULO8 S ~ I U O S El infrascrito, Secretario del Juz gado Segundo de Letras de lo Civil, de San Pedro Suda, departamento de Cor t~ ; al público en general y para los efectos de ley, hace saber: Que se ha presentado ante eete Juzgado, el sefior Laureano Jtm¿mez Paz, mayor de edad euado, ~ , hondure ño, vee~o de San Antonio de Cortée; solicitando 'J~mlo Supletorio sobre un solar constante de una h ~ de latitud, sito en los suburvios del Barrio FAnez Barahona, del Munici plo ante~ Indlesdo. Ix>s limites del inmueble son los siguientes: A1 Nor te, oolar y casa de Fernando La r~ quebrada al Barrial de por medió; Sur, solar de casa José Davtd Lata; Este, solar de casa Julia y Saturnino Arriaga, camino de por medio; y, al Norte, caz~ y solar de Santos Ptneda, camino a aldea La Nieve y ~Iplquflar de por medio. Dicho solar lo adqui rí~ mediante compra hecha al seflor Victoriano Pineda.---San Pedro Sula, Cort~, 2 de septiembre de 1977. Secretario. 12 S., 13 O. y 12 N. 77. El suscrito, Secretario del Juzgado Primero de Letra, del departamen to de Oiancho. hago mber tl ~ : que en ~ t s ~ don Alomo Jmtú neg, ha pr¢oenta~ wcrlto ~ ~ m do se le extienda T[tulo Supletorio del ~~uiente inmueble: Un salar ur bano, ubicado en e~L l~trrlo Belén, de esta ciudad de Juticslpa, el cual for ma un solo cuerpo y tiene una ~ e a o extemním superficial comIzrendida dentro de las dimemdomm tdg'tat~tes: Norte, veintistete v a r ~ veinte pulga das; al Sur, treinta y elnco vara~; al Este, setenta y una varas veinte pulgadas; y, al Oeste, eu&re~ta y nueve varas, hasta el punto de quie bre que forma/mgulo re¢t~, con una anchura de siete varas trece pulga das y un largo de veiutid/ín varas veinte pulgadas, para mo, lr en e~ punto de partida o me~ en el rmnbo Norte, donde tiene como med/ando calle, con ~ de I ~ h~~deroe del señor AbM do Jesús Moncada; al Sur, limita calk de por medio y terrenos de la ss~ora 8ote dad Mufioz de Cerna; al F~te, me diando calle, colinda con propledadm de Sebast/án Cálix, Rafael Var~la y Rosa Murfllo; y, al O~te , con pro piedades de Duvi~ F e r ~ t m ] ~ y Ma ría de la Paz Pounos. ]¿~~ Immueble lo adqu/rió en su totalidad por com p r u hechas en una parte a do~a ]grama F~rera de Ram~.~~u, ea E ~ critura del Notario Raái P,~mms, el 9 de junlo de 1972, y la otra Imrte. po~ compra ~m EecHtura P í b [ i ~ a Maria Isabel Galtín Sarro/mito y d~ Oarm~ ~ , ~ pm, el Notario B~migno R. I r [ u h , el í f f d e acreditar la poemt¿a , ira ~ : Jo~é Mark A~van~, ~ rroq~ y J~~* s ~ ~ ~ w ~ ~ rk~ d~ t l ,nm; ~ r a ~ ml~e el ~ - ~ pmpmmL Omar~ Poder al K b o g ~ o ~ O]mndo, con B ~ e ' ~ en rata eludad de Juticalpa. Se manda a publY~r por tres veceS, una vez cada treinta d l ~ en el Diario Oficial "La Gaeeta". Juücalpa, 1, de ~ptiembre de 1977. B. o n v e ~ c í a ~ Se~mtarlo. 12 S., 13 0. y 12 N. 77. PATENTE DE INVENC~ON El lnfram~to, Regi~.rador de la Propiedad I n d ~ hace ~ber: Que enm fecha leil de septiembre del prmmte aflo, ~ admiti¿ la ~ ~ t t u d que dice: "Se solicita Patente de In vencbSn.--Sefior MlniJtro de Ecom~ mía y (3omerelo.~Yo, Amado Mem breflo l~vóa, mayor de edad, casado, Fo¢6grafo y de este domicilio, ante usted rmpetumamente, c o m ~ solicitando se patentiee una m£quiu¿ para ~ moldurM de madera sal teada eu varias forma~ y convtnad~ por un ~ de (90) veinte Adjunto a la pr~mte solkttud, du p e c h o de k~ dn~o~ de ~ p ~ m p ~ ~ ~ ~ d o que mmpmen la mA quina eoe w e ,peet tka~n y nume raei6n-per m or~%-u, asi como por dupaeado Ira de la mtqutna ya e e ~ tmid~ ~ d e l u n o a l t r m , par su enlm, ~ dm~, ~ mtruetam: Nímm, o (1)~mo, ~ desde d lZm to ~ Inlmlm~; nfmm~ (2) b.ter~ ~ y ~ 01) teta, m ,mpeme~ Ir qkm ~ mm ~km, kp~l~. ao y ~ ~ m ¿ i ~ teae ~ ~ m a t e E p m J ~ al ~ ]maMbo pido: AdmJtlr la l ~ m m t e m k l t ~ y, 4 ;,A ¢IAt'I,;'I'.~ I{l,;l'l~lH,lt'.~. i , l , l l f * t ; , i l , i l l tAl ' , . ' I ' I ' : ( ; t '¢ ' I ( ;AI , I 'A, I t t : , 12 l)p. N ( ) V l E M H l t E I )E 19"/7 ,'~,t,-, ,.,,nfi,.,,, ],,~h.r al l,iee21ciad,, .hmn l{an,¿]t 4 }~ I.,'~;L ],',,lim'ca, e~nL [:,.~ .l'{ti~i/i|It,[t'el ~í¢'}l,'l.~{h'~ ,h'l l,mndalo Ad.. mJnL~tral ir,,. . '.L'v~4n,.igalpa , l). t L, v,.intim{,-v,, ({, t,:O~.~l,, ii,'. mil ro,v,'. ,'i,.nh~ ~,-i.,.~,{:~ y td,:i,-.- if) Ar,m,l,, ~,.ml,',.íí,, ].':[v/,~t". I~,*, *l'{': ~" j,,,m: ,.,t ,rom~,.i,,,h,n{,~ del l,fibli('o para l,,;-+ ,'fe,:l,,s do. ]+~y.. -/JJ,',gl{vigalj,a, l ) , 4;., 6 d,~ uopthm,b~.o ('to 1!{77. ;f,~6 M.a~koff Mung,Ji;,, lO.'g i.~| ,.rol, n.'. J2 g., .1.3 ¢). y 1Z N. 77. ld~A +lSlld) l/l~l h lA l¢ , t~A El infrascrito, Regis trador do la I',-opic<lad Industrial, hace sah : r : t~ue co~~ fL~ch~ dic~hmove de ucl.ul)l,~ d~.l presente t~ño, se. admitt5 ]~~ ,~,li citud que dice: "Se ~olicita rt ~Tistr, do una marca.--Señor Regis trador: Yo, Joeé H. Burgo~, mayor de ~~ad, casado, Abogado y Notario, inscrito ca el Colegio de Abogados de Itondu z~s, con el número doscientos setcztt~ y siete {277), de esto domicilio, ac tuando ct~ representación de la Compañta "NEWPORT PHARl~IA CEUTICALS DE COSTA RICA, S. A.". del domicilio do Sax~ José, Cost~ Rica, respetuoeamente comparezco ante usted a pedirle el regist,.o de una marca de fábr ica por u s periodo de diez años, para los productos far macéuticos patentados, de su produc ción, sus empaques~ l i teratura médic:~ e informativa, la cual ccmsiste en l-~ h, yenda de: "SIILFAPRIM" tal como apaxece en la ilustración del cliaé que acompaño y que llevan las aiquetas , cajas y viñetas agregadas a los productos terminados. Adjunto a la presente el Poder con quo actúo el que una vez razonado pido me sea devuelto. E a espera de una resolución favorable a la presente peticióp y con muestras de mi consideración, me suscribo de usted, atentamente. Tegucigulpa, D. C., cinco de agosto de mil novecientos setenta y siete.--. t f~ José H. Burgos". Lo que se pone • -n conocimiento del público para los efectos de ley.--Tegueigalpa, D. C., 19 de octubre de 1977. Adán López lP|noria, Registrador. 2, 12 y 22 N. 77. A V I S O I';I I::m,',+ *h" l,otmlrtm y Montn-al lado., i~m,. del comx.imientx~ al |~í {,{]t ,, ,-, 14,-m-r:d la reforma al Artirulo VIl de Els regla~~-nto de. I)eigmit, m ,],) .¿%Jl'~)'/o, ,:l vtlal lse leel~ ma[: " A , i | r , h , V I I . ~ E I P.a.noo pagará i n t v r ~ ~ ~~bn. 1o~ mddos "al tilM, q+,~ Jijare la gerencia dentro de las ~ máxima~ que fije el Direc 1,,rio ,h:l Banco Central. Loa i n t e ~ ac computarán a base del ~ J do ~,hJn,o de cada meli y serán eapitalizados el día 20 de 1o~ m e a s ti,, },,ar/~*, junio, septiembre, y diciembre, o el a iguíen~ día hábil ai ,:I ,{í+~ 20 es feriado. El Banco pagará intereses por fraeeione~ &: m~"~. No ~ acredi tarán intereseo a aquellas cuenta~ oro ~aldos mo ~i,~~.',2~+ de veinticinco lempiras (25.00}. Si li~t el|ente disptmiere cerrar su cuenta, el Ba~lco capitalizará 1o~ inter,,.~,s devengados has ta el último tr imestre vencído y los l)agar'£ r ,nt el saldo de la cuenta". T~%,a~cigalpa, D. C., 9 de noviembre de 197"/ I,A GERENCIA. 11, .12, 14, 15 y .16 N. 77. C O N S T I T U C I O N DE SOCIEDAD [',r~L l,,s efectos del Artículo 380 del Cúdigo de Comercio, al públio, , ~+~ hace saber: Que en F ~scritura autorizada por el Notario Luis Mendoz;L Fugón, so const i tuyó la Sociedad Mercantil "IONIAN COMPANIA NA VIERA DE HONDURAS, S. de R. L.", con un capital de Cinco Mil Loro piras, teniendo como objetivos, toda operación relacionada con el comercio ~narítimo, compraventa, fletamento, arrendamiento, abanderamiento de va.ves y cualquier actividad de lícito comercio. 12 N. 77. R E M A T E S El infrascrito, Secretario del Juz gado de I ~ t r a s Primero de lo Civil del De.Imriamento de Francisco Mo z'azán, tú público en general y para los efectos de. ley. hace saber: Que ca la audiencia señalada para el día lunes d0¢e de diciembre de mil nove cientos setenta y siete, a las nueve de la mañana, y en el local que ocu pa este Despacho, se rematará en pública subasta, el inmueble siguien te: "Un solar ubicado en esta ciudad. el cual es parte del lote "Z", bloque vehtficuatro plano "El Reparto". el rual mide y limita así : Al Norte. con lote "Y" del bloque veinticuatro, cin co metros d i e z cen t imet rw (5.10 Mts.) ; al Sur, mediando calle, con bloque "G" once me tme t re inta y cinco centimetros (11.35 Mts.): al Este, con parte del lote "Z". veintiún metros novent~ centímetros (21.90 Mts.); y, al Oeste, con parte del lo te "Z", bloque, veinticuatro, dieci nueve metros setenta y cinco centí metros (19.75 Mt&). Tiene una ex tensión de doscientos cuarenta varas cuadradas setenta y seis centé~imna de vara cuadrada (240.76 Vrs.2), se . . ¿ ~ . . . . . L - " . LA GERENCIA. / encuentra i n ~ ñ t o la hipoteca a fa vor del señor Roberto Ramírez Fol gar, bajo los números 157, rol|os 268 al 269, del tomo 258 del Registro de Hipotecas y el dominio bajo los nú meros 275, folios 451 al 452 del to mo 298 del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de este Depar tamento de Francisco Morazán. El inmueble anteriormente deserito ha sido valorado de común acuerdo por las partes en la cantidad de Siete Mil Lempiras (Lps. 7.000.00} y se rema t a r á para con su producto hacer el pago al señor Roberto Raro|tez Fol gar. cantidad de lempiras, intereses y costas del juicio ejecutivo, promo vido por la Licenciada Rhi ta Daisy López de Flores, en su caxácter de apoderado del señor Roberto Ramí rez Folgar, contra la señora María Apolinaxia I . a~~ . Se advierte que por t ra ta rse de primera licitación no se admitirán pogtura~ que no cubran las dos terceras partes del avalúo. Tegucigalpa. D. C., noviembre 9, de 1977. J. Heherto Gómez F. , Secretario. Del 11 N. a l 3 D. 77. I~A GACETA - - REPUBLICA DE I~~ infruerito, Secretario del Juz gado de L e t r u Primero de lo Civil ~ t o de Fra~clseo Mo ruaAn, al p(ablico en general y pera hin efectos de ley, hace saber: Que en la audiencia del dí& viernes nueve de diciembre del corriente aflo, a la~ nueve de la mafmam, y en el local que ocupa este Despacho, se remata r í en lmáblica subasta el inmueble si guiente: "Un solar ubicado en esta ciudad y comprendido en la LoCAfi ~ c t ¿ n denominada "MIRAMESI" se gún plano proyectado por el Inge niero don Héctor Felipe Medina, y debidamente aprobado por el Conce jo del Distrito Central, ~, el .que mide y limita, u t : Al Norte, con terreno de ~ C. de Ramirez, con once met eos y cuatro eenttmetros (11.34 Mta.); al Sur, con limite de propie dad, ,~on once metros treinta y seis cenfimetrve (11.36 Mts.} ; al Este, d~~clo a la calle, con once metros (11.00 Mt~.) : y, al Oeste, dando a la calle de salida de aguas, con nueve metros siete centímetros {9.07 Mts.) El solar relacionado tiene una exten sión superficial de ciento sesenta y dos varas cuadradas ocho centési mas de vara cuadrada { 162.08 Vrs.2) Inscrito el inmueble a favor del se ñor Eugerdo Gregorio Garcia, bajo e l número 346, folios 494 al 495, del tomo 282 del Registro de la Propie dad Inmueble de este Departamento de F'rancisco Morazán; inscrita la hi poteca bajo el número 150, folios 456 al 457 del tomo 240 del Registro de Hipotecas. Se rematará para con su producto hacer el pago a la señora Mirtila C6rdova de Ramirez, canti dad de lempiras, intereses y costas del juicio ejecutivo promovido por la ]Acenciada Ritha Daisy LSpez de Flores, en su carácter de apoderada de la señora Mirtila Córdova de Ra mirez, contra el señor Eugenio Gre gorio García. Se advierte que por tratarse de primera licitación no se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avalúo, determinado por. partes en la can IIONDURAS. --TII~UCIGALPA, D. C., 12 DE NOVIEMBRE DE 1977 . . . . . . . . . . . . - - - ¿ - - - - - - - 2 audl~cla a$1hda4a i;art el dia luam veluthmo de m ) v l e ~ ~ del aflo en c u r ~ , a las nueve de la maflana, ~y ea el local que ocupa a t e Despacho, Be '. rematará en p¿blica tmb4mta los si guientes bienes lnmtmblcm: a) Un potrero denominado "Jícaras Iatrgas" extensión superficial de Chmto Seoen ta y Nueve Manmm~, y limita: Al Norte, con propiedad acotada por José Donaldo Osorio Cerritos y ca rretera que conduce al pueblo de Oropoli; al Sur, con terreno municipal, sitio conocido con el nombre de "Yano del Cacao", quebrada del Zo rrillo de por medio; al l~ote, con pro piedad de José Donaldo Otmrio C., y Sergio Flores Aguilera, carretera a Oropoli de por medio, y al Oeste, con potrero del Mango, de la misma pro piedad; b) Potrero del Mango, de ex tenalón superficial Ciento Novmta y Seis Manzanas, limita: Al Norte, con Potrero del "Molinete" de la mis ma propiedad y campo de aterrizaje, carretera que conduce a Oropoñ de por medio: al Sur, con terreno muni cipal conocido como "Yano del Cacao" y parte del cerro de "Los Robles", quebrada del Zorrillo de por medio; al Este, con potrero de Las Jícaras Largas, de la misma propiedad; c) Potrero de la Mica, Treinta y Ocho Manzanas de extensión superficial, límites: Norte, oerro el Machetero y parte del potrero del Molinete, ambos de la misma propiedad, carretera de Oropoli de por medio; al Sur, cerro de Los Robles y propiedad acotada por José Angel Lagos, quebrada del Zo rrillo de por medio; al Este, con po trero El Mango, de la misma propie dad; y, al Norte, con portero de San Luis, de la misma propiedad; d) Potrero de "San Luis", de treinta y seis manzanas de extensi0n superfi cial, y limita: Norte, co.n propiedad de herederos de la señora Beltrand y Osorio. propiedad acotada por Do mingo Sua,zo, carretera de Oropoll de por medio; al Sur, con propiedad de José Angel Lagos y Leoni&m Bane gas, camino que conduce al Yano del tidad de Cuatro Mil Lempiras . . . . . Cacao de por medio; al Este, con po (Lps. 4,000.00).--Tegucigalpa, D.C.. trero de la Mica, de la misma propie noviembre 9, de 1077. J. Heberto Gómez F., Secretario. I)el 11 N. al 3 D. 77. El infrascrito, Secretario del Juz gado de Letras Primero de lo Civil del departamento de Franc£m~ Mora zán, al público en general y para los efectos de ley, hace saber: Que en la dad, de Mercedes viuda de Osorio y José Banegas R.; e) Potrero del "Molinete", cuya extemflón superfi cial es de Cincuenta y Dos Manzanas, y limita: Al Norte, con Vega de Ca piro de la misma propiedad, quebrada El Oro de por medio; al Sur, con Po trero del Mango, de la mi=ma propie dad ~" campo de aten-lsaJ¢, carr t~ra de Oropoli de por medio; al Este, con propiedad de Ram¿m Nohumo Oeorio, y Rio de los Aguaca te , etlcuéntrtme SO supligt t a loa suscflptos~ d e l D i a r i o Of i c ia l LP, G A C E 1 ' A , q u e cuando ca tx tb ien d e d i r é c i 6 n d e n a v i s o a 6~tao para e v i t a r d e s p u é s r e c l a m o s . LA DIBECCION camino real que conduce al pueblo de Alauca de por medio; al Este, c ~ el Cerro del Machetero, de los h ~ Beltrand y Osorio y barranco natural; f) Potrero Vega del Ca#ro, siete manzanas de extensi¿n superficial, y limita: Norte, con propiedad de Ra món NolMCO OIorio y Ram6n Mon drag6n Colindrm, Rio de los Agua cates de por medio; al Sur, con potre. ro del Molinete, de la misma propio dad, quebrada del Oro de por medio; al Este, Vega del Hlgo, de la misma propiedad, Rio de los Aguacates y camino real de Alauca de la misma propiedad; al Oeste, con campo libre y perte de la propiedad de Ramón Nolasco Osorio, encuéntrase camino del Tejar, de por medio; g) Vega del Higo, dos manzanas de extensión su perficial, y cotinda: Al Norte, con propiedad de Ramón N o l u c o 01orlo y Rio de AguacateL camino real que conduce al lugar llamado "Santa Ro sita", y sitio de "Los Maguel~"; al Sur, con potrero del Molinete y la misma propiedad y camino real de Alauca de por medio; al E~~e, con propiedad de Ram5n Nolaao0 0 ~ r i o y Ramón Mondrag6n Colindr~ Rio Los Aguacates, de por medio; y al Oeste, con parte del portero d~ Moli nete, Vega de Ca#ro, amboe de la misma propiedad, quebrada del Oro, de por medio. Al margen del u l ~ t o embargado, hay inmcrip¢ión de minu ta de n~joras presentada por Ram¿n Osorio K, con un valor total de Cin cuenta y Tres Mil Ochenta Lemptr~. El Inmueble ante~ormente d e t r i t o se encumtra tam~to a favor del señor Ram¿a Oeorio 1~, bajo el nú mero 92, folios 191 al 194 del Tomo 22 del Registro de la Propiedad In mueble de la ~~~'¿n Judicial de Ytmcarín; se rematar í el domlnlo anteriormente d e t r i t o para con ,m producto hacer pago al Banco de Honduras, S. A., e s n ~ de Lempt ras, tntereme y ce~ím del Juicio eje cutivo p m m o v i ~ por el Lic. Ramón Di.cua R., en ,m c ~ A e t ~ & a@0d~ rado del Banco de Honduras, S. A , 5 6 I,A ( iA(:I':TA Iti,;I'I~I~I,I(:A I)Iq.II~)NI)I)I~A~.. TE(~IICI(3AIA'A, 1). ('.. 12 l)l,: N()VII,;MI¢ItF~ 1)1,: 1977 contra el ~efmr Ram¿m c}s.ri . R ,dr i . guell. Se advierte que [~~r t ra tame d , p ñ m e r a licitm:iS~t n,, m: admitirálL p(~turs~ que no cubran las dos t(.rc~. ra~ par tes del avalúo he('h(~ ],~r Iaa partea de comQn acuerdo en la c a , . t ldad de Sesenta y ~}eho Mil I~.mld. rms.--Teguclgalpa, D. C., 20 d(~ .ctu bre d~~ 1077. J. Heber to Gómez ~~., ~cre t a r io . Del 25 O., al 17 N. 77. El suscrito, Secre tado del Juzgado Segundu de I~ t r a s de lo Civil del depar tamento de Francisco Morazá~~, al público ea general y para los efec tos legales consiguientes, haco sa ber: Que en la audiencia a celebrarse en el local que ocupa c~to Juzgado, el dia miércoles dieciséis de noviem bre del año en curso, a l a a diez de la mañana, se rematarán en pública . . . . . subaata Ioe b iene~ .muebles alguien tea: "Motor Diesel estacionario (con polea para toma de fuerza) , marca Caterpillar Diesel, Unidad de Fuerza No 48B459, Modelo D315G, 4 Cilin dros, diámetro y carrera 4.5 -5,5. in dicador de o r a s de t raba jo 0822 horas ( lectura agosto 25 de 1977}. Motor Diesel estacionario (con po lea para toma de fuerza, montado en un a s e r r ~ e r o ) , marca Cater pillar Diesel; Modelo 3306; Serie N ° 66D10270; A r r a n g e m e t N~ 3N3209, Cilindros 6, diámetro y car rera 4.75 x 6, garant í r 190, velo cidad sin carga, 2180 ReM, velocidad con carga. 2000 ReM, indicador de horas de t raba jo 02581 (lectura agos to 28 de 1977). Los bienes ante riormente descritos me rematarán para con su producto hacer efectivo el pago a la Compañía "CASA CO MERCIAL MATHEWS, S. A.", en v i r tud de la ~~D~nanda Ordinaria de Pago promovtda por la Abogada Vilma Mejia de Tábora, en su con dición de apoderada legal de la Com pañia "CASA COMERCIAL MA T H E S, S. A.", contra el señor Nicolás Enea Riccobono, para el pago de Once Mil Ciento Ochenta y Tres Lempi ras con Noventa y Nueve Cen t avos (Lpa. 11,18~.99), má~ los in te reses y ecetas del juicio; se advier t e a Io~ i n t e r e s a d ~ que por t ra ta rse de segunda licttación, ea poetura ]dtbil cualquiera que se haga por cualquier cantidad. - - Te~paciga]pa, D. C,, 31 de octubre de 1977. 8i~verio F / o r ~ Garda, Secretario. I:~! 3 al 11 N. 77. ECONOMIA Acut.r,h, N" 33376 'Fegucigaipa, 1~. ~', Z de ucptium I)r~~ d~~ 1976. .A~:,-td,, N" 327-76. 'l',,gm.í~~alp;t, I J. C., 31 de agosto d,: :1970. .I,:l .[ef~~ de Estado, A~ :UERDA: Nombra r ~t José Herníndez Caba llero, en el lme~to de Conemrje I, Clave de Puesto 00015. Escala 03 p~L.'~ ¥ , Actividad 03 Fomento de ExportaciSn, Dirección General de Comercio Exterior. Efect ivo a par t i r del ]" de septiembre de 1976, apro bado segfm Autorización de Acciones de P e r ~ n a l N'~ 2325 de la Dirección General d~ Servicio Civil.--C~muni El Jefe d~ F;atado, Considt,rando: Que con fecha 1', de ~~eptiembre de 1976, la ,~~cretar[a de Economía, recibió comunicaci¿m de la Jun ta Directiva de la Corporación Nacional de Inversiones, en la cual ~e protxme el nombramiento del IAe. J o ~ Reynaldo RodrIguez Alvarenga, como Gerente de Operaciones de 1~ referida Corporación. Considerando: Que es atribución del Poder Ejecut ivo el nombramien to, austituci6n o remoci6n del r e rente o Gerentes, a propues ta de la Jun t a Directiva de la antes d ic tada Corporaci6n. Por tanto: En ap]icaci6n del Ar q t l e S p . . . . . . . . . .HIAN ALBERTO M E L G A R C. El . C~retario de Es tado en el Des pacho de Economía, J. Vicen¿o D[az R. Acuerdo N~ 330-76. Teguci~alpa, D. C., 2 de septiem bre de 1976. E l Jefe de Estado, ACUERDA: tlculo 28, literal j) de la Ley de la Corporación Nacional de Inversionem, ACUERDA : Primero: Nombrar al Líe. Jo6¿ Reynaldo Rodriguez Alvarenga, Ge rente de Operaciones de la Corpora ción Nacional de Inversiones, a par lir de la fecha en que tome posesión de su cargo. Segundo: El nombrado devengarí el sueldo asignado en el presupuesto respectivo y se sujetará a los térmi nos contractuales que al efecto con certe con la Administración de la Corporación Nacional de Inversiones. Comunlquese. Autorizar a la Secretar ía de Eco nomia, pa ra que a t ravés de la Te sorería General de la República can cele la f irma ' T o r ( ~ Lagos y A s ~ dados" , la cantidad de (Lps. 350.001 T r e s c i e n t o s C incuen taLem piras Exactos. por la participación del señor Oscar Orlando Godoy, em pleado de la Dirección General de Estadís t icas y Censos en el curso de "Auditoría Interna", a celebrarse en esta ciudad, del 6 de septiembre al 5 de octubre del corriente aflo. de biendo afectar el Código de Objeto 715 "Becas en el PaIs", del Progra ma 1-05 Oficina del Secre tar io . - Comuniquese. J U A N ALBERTO M E L G A R C. J U A N AI.J~ERTO MELGAR C. El Secretario de F~tado en el Des pacho de Economía, J. VT~mto D í ~ R Acuerdo N o 335-76. T e g u c i ~ , D. C., 7 de sep t iem bre de 1976. El Jefe de Estado, ACUERDA: Pror rogar el Contra to de Servicioe Profesionales N 0 14, del señor Jo rge Mauricio Gutiérr~ Fléfil, el cual fue a p r o b a d o mediante Acuerdo N* 169-76, de fecha 26 de mayo ele 1976, ~ o la cantidad ¢~ I 4 ~ soo.oo ~ , , ~ ~ L I.A (;ACIffPA - -- REPI IBI,ICA I)F l l()ND!IRAS. - - TF A3UCIGAI,PA, del Contrato nerá del d de septiem bre al 31 de diciembre de 1976. ~- Co munIquese JI IAN ALBERTO MELGAR C. El .~~~retaxio de Fastado en el Des pecho de Economla, J. Vieente l)iaz R. Acuerdo N' 336-A-76. Tegucigalpa, D. C., 7 de septiem bre de 1976. El Jefe de Estado, ACUERDA: Nombrar a part ir de! 11 de sep t iembre del corriente afio, al Lic. Angel Antonio Me~la E r u o , A~mor Jurfdico de la Dtrecet¿n General de Comerc io Interior, como Encargado de dicha Dirección. dursn te el perto do que el Lic. Wtlfredo Herrera. Di rector General de Comertqo Interior permanezca fuera del veis. El Lic. Angel Antonio Mejla Erazo, en el de aempeño de su cargo interino, tendrá las facultades y obliuaciones que de conformidad con las ley.es le son in herentes al cargo del Director Ge neral en propiedad.--Comuniquese. JUAN ALBERTO MELGAR C. El Secretario de Eetado en el Des "pacho de Economia, J. V ~ m t e D í ~ i~ Acuerdo N" 888-76. Tegucigalpa, D. C., 8 de septiem bre de 197~. I~ Jefe de ~ o , A ~ A : Nombra r a la aefioHta EAith Fraa 0rdófies Sánche& como Seere tarht I, Eacala 16, Paso O, Aotivida~ 03, A ~ m r t a Legal, Oficina d e i S e cretario, por un ~ c o m p ~ ~ I d o del 6 de m~~..imnbre al 30 &~ noviem bre del corriente aflo, en mu~citución de la oefio~ ~ Vene~ss Ale qulen ¿,o~a de Ineapae~Isd por m t e r n i 4 a d ~ l~ r el ImUtu to Hoadtwello de ~ 8oeial (I.H.S.S.), el pago se r e ~ afec t m u l o el Reagló~ 116 "Sueldos de 8ust i tuto~ del l~r~~al con IAcen cia", del P rograma 1-05, Oficina del ~ ~ e r e t a r i o . ~ e a l q u e e e . JuAN ~ T O U Z ~ G ~ C. El ~ d~ ]r~tado ~m el De~ I:me..ho de Eoooomia, I). C , 12 I)E NOVIEMBRE DE 1977 Acuerdo N, M4-76 Tegucgalpa~ D. C., 17 de septiem bre de 1976. El Jefe de ~tado, ACU~~~DA • l . - -Deaignar la DotogaeiSn que en repre~~tación del Gobierno de Hon duras, a~tutir4 a I u Negtmiaciones previas a la ampliaelón de la lista de Intercambio Comercial, conforme al Acuerdo Bilateral de Comercio, sus crito entre H o n d u r u y Niearagua. a celebrarse en la ciudad de Mana~zua, Nicaragua, del 20 al 22 de septiem bre del corriente año. en la siguiente forma: Lic. Roberto Vall~ax~~ B., Jefe de la Delegación; Lic. Reyna A. Zúni~a M., Delegada: IAe. Mario R. Perdomo, Delegado; l.Ac. Mario A. Cáceres, Delegado; IAc. Gustavo Al faro, Delegado. 2 . - -Autor izar a la B e ¢ ~ a de Economia para clue flnanele loa viá ticos segfin el Reglamento al Lic. Roberto VRIladares B., Los. 150.00 de Gmstoe de RepreeentaehSn y los pasajes vía a~rea. 3 . - -Autor izar a la. Direoeión Gene ral de In t e~ac ión Econ6mica Cen t roamericana para que financ~e los viáticos y pa~aies aéreos a la Lic. Reyna A. Zúniga y Lic. Mario R. Perdomo. 4 . - -Los viáticoe y v u a ~ e s aéreos del Lie. Mario A. Cácere~ serán fi nanciados vor el Minb;terio de Ha cienda y Crédito Público. 5 . - -Loe viáticos y p a a N ~ a&-em del Lic. Gustavo Alfaxo nerín finan ciadoe por la ~ l~seional de Indtmtriales (ANDI). 6 . - -Hacer del conocimiento de la Seeretart~ de Relaeionee ]~xteriores el preee~te acuerdo pext loe e i ~ p e r ¢ t n ~ t ~ . ~ q u e m . J U A N ~ ld]~[£kl~ C. El 8ecr¢¢arlo de F.~tado ~m el De~ pacho de Eoo~omla, & vtmm~ II~l i~ N' 04J-7@ Tetqu : iSa l~ D. C., ~0 de septiem bre 6e 197~ 17J Jefe de ~stsdo, ~ . ~ d U e a ~ t t ~ ~ de ~ d ~ ~ ~ d~ ia m ~ e e ~ Geme~ 4e ~ ~~~t~ t . , e~~e D e ~ r ~ ~ ~ ~~eteme de lhmduras, para que integre la Mi ui5n Hondurefia que as/atirb a las [,'eria~ Especializadas de Artes, Arte sanias y Mobiliario de Dtnamarv~ y la [mi~~-Expo de Inglaterra, a cele barue ,,,, Copenhague, del 26 al 29 de ~'ptiembre y en Londres del 3 al 23 de ~,,l ubre del corriente año. 2. Autorizar a la Direcci6n Gene tal d e (;omercio Exterior para que financie los viáticos aegím el Reg~ ment(~ al I~ic. Gerardo Haddad, del 21 de septiembre al 27 de octubre del coriente afio. 3.~E1 pasaje adreo del IAc. (]erar do Haddad, a la Feria de Dlnamares, será financiado por la Agencia In ternacional para el Desarrollo (AH)). El pasaje aéreo a la Feria de Lon dres, será financiado por los organi zadores del evento. 4 . ~ H a c e r del conocimiento de la Secretarta de Relaciones ]~(er iorea el presente acuerdo para los finca pertinente8.---Comuniqueee. JUAN ALBERTO MELGAR C. FA Secretaxio de ~~~zlo en el D~. pacho de E e o n o m ~ & Vi~at~ B f ~ ]L A¿~erdo N 9 ~ . TegucIKalpa, D. C., ~ i ~ de o~¿imn bre de 1976. ! J e f e ~ l b 4 o , KI~IIIDA," 10- -D~par I i D ~ e t ~ ~ que m Repreeenta¢~m del G o ¿ k s . ~ de H o ~ Noveno Perlodo de ~ d[J la 01" g a n ~ i ó n Inte t 'naet0~i j Ckf6, a ee lebra r~ del XT al 80 ~~,~Mp¢l~bm de] corr i s~ ~ / ~ ~ ~ I- Or ganizacl6n m ~ q M I l ~ ~ m gas L u q ~ ~ j ~ ~ la ~ ; AJte~o: ~ - ~ n m mum~ Delegado A I ~ D ; I ~ . R k a r d o Pi neda, ~ Alterno: St. C ~ m Sehau, /Umm~r. ~ , - -4~ vm0m= y p t m ~ m 9 , ~ ~ ~mdmimto de i~ 7 I ,A ~ IAt "I,;I'A l ; I,;l ' l ~l :l ,l~ 'A l+ l , i i l l t r ' . l J , i l l : A ' . ' , ' l ' b ] { l l l t ' i ( l A I A ' A . I~. t ' 12 If l, ' , N ( } V I I , : M l i R I , : IH,: 19'[i H a g a 8us p u b l i ( : u c i o n o s e n e l D i m í o Of i c i a l LB GP, CL'TA, .~ p r o c u r o mcmdc t r los o r ig incde~ d e su~ cxviso~ c o n todct clavid+td p ( l r a e v i t o r e q u i v o c t t c í o n e s . LA DIPtECCION , l.'.ll'ii,ll ,h' A , , ' i ( . l de l ' c r t l t l i l t i l J4', :£4.1i3 Ih+ ]ti+ l i l l ' t ' c • i Ó l l G t ' n l ' l i i t i i , ; ~+. v i l ' D I l , t v l l + ~,,~ f~ ' l , i l l l l t ' , l l " ii. A l l l t I , I I7 , l ' t t l a , t ; , }0 .1nu, t.ll. t , l l l i l i . ,~ to di • ( ) f i c i n i l ~ t a MI ' . . C+lillíi lrilt+li l f , I ' l : t v l " d(" P u e s h l l iOOl : l , }i[ql':dtt 'lli i,:~t~,, 2. Actividad 02 R,*. ~;.Im'VH d,; il'rccios, Tegueig~Ipa. l li+. i,TP,'l¿'iil (~i:lll:i.ii] de Comercio [ni, t'l t l r i ~ l i | + . + Al:m.rdli li~r;~i. 10;'# .{hlc'i },'rl hn.ntl.i4. { ,+l iDIII l l l i | i léHIL 31 fAN' ALliERTO MEi,<;AI~ l I. ]-+;! [ q ~ . c r e t i t r i o tlt+ ] í ] + t . ( h t I ' l i ( ' i i . l i : 2 ~litt.;t l+i <li., ]+:L'i If l l t lHl~ti+ J. i-lcen|e lliaz I r . • - - . - . . . . :=- ~ rior. Ñ¢md.:at,dento efectivo a par t i r Acuerdo No 348-76. do, la feohrt en que tome poseaión do, tot er~,'g++, apr, dmdo uegún Autoriza elS, d+- Aceió, de Personal N" 2460. ¿1, + hi I)ircvción Genernl de Servicbl (+troj. :|'.'-+ Ni,mbr+tr ir Rosbirtc~a Diamall lia;t th.llr[quez de Cruz, ea ei puesto de Ofieinta|:t Taquigrafo II, Clave de ]hlesto 04)037, Escala 15 paso 2, Ae. fividad 02 I{.egulaci5n de Precios, Tegue]gail)a, Direeci6n General d~; Comercio Tnterior. Nombramiento ,iGH <h- I',q$,Ha| N 24Z3 d~- la l~l Xti'<'<'l<')IL 4~l ' l l l ' r ; i l dl- ~ c l ' ~ I c h , {'iVJl I íl Hllllllil Illt'~+" 3flAN AI,I~EICI't) MI,:I,~IAIL t?, Idl ~cvri-l~ll'ill i|i~ ],;~i+t,lu ~-ll i.[ t i , - + ll:i~'It~+ +ll, l++'~'~~lllilll~ii, ]ytr Ias V+ I~d~-Ho V:dhuhrr*, I~. .Ac.vrdo N v :15-1-7ti. 'l't.gucigalpa, :I-L {~,., 2t4 di~ svpti,'m.. l.~" II~" l .[t76. íE1 ,I,'h~ dl~ :l<.ntmio, A(: U E R D A : Aprobar en todas mm parte~ c! Contrato que literalmente dice: "(~m t ;rt to de ~ Remnnerada por Beca do E~tt~iio~.---Nosotros, J. Vi cente Díaz R., Ministro de Economía, actuando e~ representación 'de l.:J " - , + 0f¿~Chv,~ ,t par tw ----~legucigaipa~D. C . / 2 8 ¿lii-ucPtium:---" ' ~ - - " de la fecha e-n qf#(. Gobierno de la República de Hondu~ toro,; posesión de su cargo, aprobado ras. quien en lo sucesivo se denomi- bre de 1976, E1 Jefe do Estado, ACUERDA: Caneelnr a Vieente Paul Tábora, del puesto de Técnico de Computa ción, Clave de Puesto q0002, Esca la 31 paso 3, Actividad 04 Procesa miento Electrónico, Direceión Gene ral de E.~tndísttc,~ y Censos. Efecii vn a part ir del 1~. de septiembre de ]976, fecha en la cual fue interpues hi su renuncia y aprobada segSn Au torización de Acción de Personal N" 2446 de la Dlrección General de Servicio Civil --Comuníquese. JIYAN ALT~ERTO MELGAtL C. El Secretario de Estado en el Des pacho do Economia, por Ley, Roberto VaII~dares B. Acuerdo No 349-76. Teguctgalpa, D. C., 28 de septiem bre de 1976. El Jefe de Estado, ACUERDA: l~--Nombrar a Lesly Albertina Palma Fletes, en el puesto de Ofici z ~ t a Mecanógrafo II, Clave de Pues to 00006, Escala 15 paso 3, Activi. dad 03 Servicios de Comercialización, Dirección General de Comercio Inte rior. Nombramiento efectivo a par t i r de la fecha en que tome poseaión de uu cargo, aprobado aegím Auto m,gún Autorización de Acci6n de Pers+m:d N') 2407 de la Dirección Ge neral do ~ervieio C~ivii.--Comun|que glL JUAN ALBERTO MELGAR {;. El Seeret~wix) do E.qtad¢~ en el Des pacho de Economia, por Ley, ]Rolmrlo Valladareu li. Acuerdo N ' 350-76. Tegucigalpa, D. C., 2.~ de septiem bre de 1976. El Jefe de Estado, ACUERDA: l " - - N o m b r a r a S o n i a E l e n a Rischmagui de Lacia, en el pueeto de Economista II, C 1 a v e de Pues to 00003, Escala 34 Sueldo mínimo, Actividad 02 Política Comercial, Di rección General de Comercio Exte rior. Nombramiento efectivo a par l i r de la fecha en que teme posesión de su cargo, aprobado ~egún Acción de Personal N': 2460 de la Dirección General de Servicio Civil. 2~--Nombrar a José lgnacio Trejo L6pez, en el puesto de Sistemas Elee trónicos, Clave de Pue~to 00003, F~ cala 20 Sueldo minimo, Actividad 05, Centro de Informa¢i¿m, Dirección Ge neral de Comercio Exterior. Nombra miento efectivo a part ir de la fecha en que tome ~ ¿ m de mi cargo, aprobado según Autori~~ón de Ac nará "El Gobierno", y e) Lieenciad,, Ramón Medina Luna, mayor de edad, casado, empleado de la Dírección Ge neral de Comercio Exterior, depen diente de la Secretaría de Economía, Licenciado en Relaciones Económi cas con Maestria en asuntos econó micos ]nternacíonales, actuando por si y en calidad de becario del Minis terio de Economía, quien en lo suce sivo se denominará "El Beneficiario". hemos convertido en celebrar, como al efecto celebramos un contrato de li cencia remunerada por beca de Es tudios sobre las bases siguientes: Pr imera: "El Beneficiario", bajo el patrocinio de la Dirección General de Comercio Exterior, fue aceptado como becario de la Escue la de Gnt duados de I Tnited States Departa ment of Agriculture (USDAt, para remirar Estudios sobre Gerencia Agroindustrial en Washington, Esta dos Unidos, durante el período co rrespondiente entre los meses de o~ tubre de 1976 y julio de 1977. Segunda: "El Beneficiario", se obli ga a presentar a "El Gobierno", un reporte t r imestral de estudios, que deberú ser f irmado por un oficial de! Ct l r so , ( O o n t i n u a r á ) TESJCIG~I.PA D ¢.I'I£~I;~RAS.C.A..

Acuerdo Nº 662/77 - Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Oficinas Regionales Agrarias · Nelum