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قوانين هندوراس

Acuerdo Nº 457/01 - Crea el Comité Arrecifal Nacional

صدر في 2001-06-08 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
هندوراس
الموضوعات
Fisheries and aquaculture
الكلمات المفتاحية
institution, coral, aquatic animals, governance

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  1. EMPRESA NACIONAL OE ARTES GRAflCAS E.N.A.G. I DIARIO QFICIAL DE LA REPUBLICA ~E HON DURA~} La primera imprenta lleg6 a Honduras en 1829, s1endo instalada en Tegucigalpa, en el cuartel San Francisco, \a primero que se imprim16 fue una proclama de! General Morazan, con fecha 4 de diciembre de 1829. Secretaria de Recursos Naturales yAmbiente ACUERDO No. 457-2001 Tegucigalpa, M. D. C., 8 de iunio del 2001 SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECUR.SOS NATURALES Y AMBIENTE CONSIDER.ANDO: Que con la Declaratoria de Tulum Mexico, en junio de 1997, se inici6 el proyecto de! Sistema Arrecifal Mesoarnericano . en cumplimiento de su polftica para identificar ecosistemas marinos con altos niveles de Diversidad B iol6gica especialmente arrecifes coralinos. CONSIDER.ANDO: Que se entiende por recursos rnarinos y costeros las aguas del mar. las play as. playones y la faja<lel litoral, bahias. lagunas costeras, rnanglares. arrecifes de coral, estuarios, belleza escenica y los recursos naturales vivos y no vivos ccmtenidos en 1as aguas <lei mar ten\toriaL \a zona contigua, la zona econ6mica exclusiva y la plataforma continental. CONSIDER.ANDO: Que el Sistema Arrecifal Mesoamericano (SAM.), ubicado en el Oeste caribeiio, desde Mexico hasta Honduras, es la segun<la barrera arrecifal mlls grnnde de! mundo y sirve de refugio a una enorme biodiversidad marina. El SAM es unico en el Hemisferio Occidental, debido a su tamaiio, a la variedad de tipos de arrecifes que contiene y la exuberancia de sus cora\es. CONSIDER.ANDO: El compromiso que surgi6 de \os acuerdos de la reunion realizada en la ciudad de Belice, los dfas comprendidos de! I I al 15 de uiciembre de! aiio 2000, donde las pafses convinieron fonnalizar mediante una instancia legal, la constituci6n del Comite de Arrec;Jes a nivel nacional, como condici6n para que el Proyecto, de inicio en la ciudad de Bel ice. CONSlDERANDO: Que \os Comites Arrecifoles naciona\es, estan rnnstituidos por reprcsentantes de toc.los \os grupos de interes activos en la znna de intluencia de\ Proyecto. incluyendo a representantes de los grupos inJfgenas. POR TANTO, Despues se ir11pr1mi6 el primer pen6dico of1ciat del Gobierno con fecha 25 de mayo de 1830. conoc1do hoy, coma Diar!o- Oficlal ''La Gaceta'' Esta Secretaria en nombre de! Estado de Honduras yen aplicaci6n de \os Artfcu\os 24 7 de la Constituci6n de la Rep(1blica, 36 numeral 8, 116, I 18 numeral 2. 119 numeral 3 y 127 de la Ley de laAJrninistraci6n . Piiblica, 19 de la Ley de ProcedimientoAdrninistrativo. AC U ERDA: Articulo !.-Crear el Comite Arrecifal Nacional de Honduras. en a<lelante el Comite Nacional, con el prop6sito de dar seguimiento a las directrices del Prnyecto de\ Sistema Arrecifal Mesoamericano a fin de \ograr el manejo y c1provechamiento sostenido de los recursos rnarino costeros en Honduras. Articulo 2.-EI Co mite Nacional, estani constituido por las persnnas e instituciones ;.;iguientes: l. El titular de la Direcci6n General de Biodiversidad (SERNA), quien lo coordinar.i. 2. El titular de la Direcci6n General de Pesca y Acuicu\turn (SAG), quien asurnini la Secretaria. 3. Un representante, del Departamento de Bio logia de la (UNAH). 4. Titulares de las Corporaciones Municipales con jurisdicci6n en la zona. La Gaceta 5. Un representante de! Deparwmento de Areas Protegidas y Vida Silvestre de laAdministraci6n Foresta! del Estado (DAPVS-AFE). 6. Un representante de Ios grupos indigenas y miembros de las comunidades. 7. Un representante del lnstituto Hondurefio de Turismo. 8. Un representante de! lnstituto Hondurefio de Antropologfa e Hi,tmia. <J. Un representante ONG.s. establecidas en el area de influencia. afines con los objetivos del Proyecto. 10. Un representante de la Comisi6n Nacional de Biodiversidad de Honduras (CONABJOH). 11. Un representante de la Fuerw Naval de Honduras. 12. Un representante de\ Consejo Hondurefio de la Empresa Privada. 13. Un rep1'esentante de la Asociaci6n de pesca de! Caribe (APESCA). 14. Profesionales a titulo personal que deseen colaborar con el proyecto. J\rticulo 3.-Cada una de las personas e instituciones miembros del Comite Nacional tendn la obligaci6n de programarde ntro de .,us Planes Operutivos Anuales las actividades relacionadas con el mismo para su eficiente proceso. Articulo 4.-EI Comite Nacional tendril Ios siguientes objetivos general es: a. Promover la conservaci6n del sistema Arrecifal. b. Propiciar la pcirticipaci6n <le la sociedad civil en el manejo y opera1ivizaci6n de los planes de manejo de las areas marinas prntegidas de su jurisdicci6n y apoyar las propuestas ya estableci<las por la Ley y aquellas que son necesarias. c. Prornover el clesarrollo educacional y las actividades de divulgaci6n en coordinaci6n con la Secretarfa de Recursos Naturales y Ambiente y Secretarfa de Educaci6n, para rnitigar los impactos producto de las actividades humanas en los sitios donde ,se encuentran los arrecifes coralinos, creando conciencia comunitaria para su conservaci6n. d. Promover y establecer medidas que reduzcan patrones de explotaci6n no sostenibles en los sectores de pesca y turismo. e. Promover la investigaci6n cientffica del Sistema Arrecifal en las respectlvas Lonas. t. Establecer vfnculos de trabajo conjuntos con personas e instituciones expertas en el campo de recursos marino-costeros especialmente en urrecifes coralinos para desarrollar estuclios eneuminadlls a la con,er~m:i6n y rehabi\itaci6n. g. Establecer mecanismos de intercambio de informaci6n con los demas Comires Anecifales de la region como ser: Guatemala, Bclicc y Mexico, asf como la unificaci6n de politicas y reglamentaciones relacionadas con el manejo sostenible de recursos compartidos transfronterizos. Articulo 5.-EI Comite Nacional se reunini una vez cada tres meses ordinariamente y de forma extraordinaria las que sean necesarias. Trabajar:i en I.1 implementacic de los objetivos <lei ar'ticulo 3 precedente, asi como en las directrices generales de\ Proyecto. Articulo 6.-Las decisiones del Comite Nacional seran tomadas por simple mayorfa de votos de los miembros. El quorum en las reuniones sera del 50'Jt mas uno de todos los miembros. en caso de que np haya qu6rum a la hora establecida, la reunion se llevara a cabo una l1ora despues de la convocatoria con los miembros presentes y las resoluciones queen la reuni6n se tomen senln vUlidas y obligatorias para los demris i11iembros de! Comite Nacional. Cada miembro <lei Comite tendr,\ un Suplente el cual lo sustitllira en caso de que no pueda asistir a las reuniones. El Comite debera llevar un registro de todas las reuniones realizadas o un Ii bro de actas donde se registre el desarrollo de las actividades. Articulo 7.-La sede para la reuni6n de! Comite Nacional sere\ rotativa en las areas de influencia del Proyecto. Asimismci cn<la una de las instituciones o personas naturnles que formen parte de! mismo se haran cargo Ue sus respectivos gastos de representaci6n. Articulo 8.-La administrnci6n y los procedimientos a utilizar en el cumplimiento de los objetivos de este acuerdo se apegan\ a la Ley General' del Ambiente y sus reglamentos. Artfculo 9.-EI presente Acuerdo entrara en vigencia a partir de su publicaci6n en el diario Oficial La Guceta. COMUNIQUESE. SILVIA XIOMARA GOMEZ ROBLEDA de CABALLERO Secretaria de Esta<lo en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente UC. CLARA N!MlA MARTINEZ Secretaria General

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