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قوانين هندوراس

Acuerdo Nº 4-1-2018-INHGEOMIN ─ Crea la la Unidad de Modernización del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN)

صدر في 2018-01-05 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
هندوراس
الموضوعات
Mineral resources
الكلمات المفتاحية
institution, capacity building, governance
الفئات
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 19 DE FEBRERO DEL 2018 No. 34,572 y competencia de los nuevos Juzgados Seccionales creados e identificados como Juzgado de Letras Seccional de Villanueva, Instituto Hondureño de Cortés y Juzgado de Letras Seccional de Quimistán, Santa Geología y Minas Bárbara, debiendo abstenerse en consecuencia de remitir expedientes a dichos Órganos Jurisdiccionales. INHGEOMIN SEXTO: Crear las plazas necesarias para la estructuración y el funcionamiento de los Juzgados de Letras Seccionales ACUERDO INHGEOMIN No. 004/01/2018 de Villanueva, departamento de Cortés y de Quimistán, departamento de Santa Bárbara. INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS SÉPTIMO: Ordenar a la Dirección de Administración de Tegucigalpa municipio del Distrito Central, cinco de enero Personal, a la Dirección Administrativa y a la Dirección de Planificación, Presupuesto y Financiamiento, realizar los del año dos mil dieciocho. ajustes necesarios para la dotación de espacios adecuados, mobiliario, equipo, suministros y el personal requerido para el funcionamiento de los despachos judiciales creados mediante CONSIDERANDO (01): Que mediante Decreto Legislativo el presente Acuerdo. No. 238-2012 de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el dos OCTAVO: Comunicar el presente acuerdo a las siguientes dependencias del Poder Judicial para los efectos legales de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de correspondientes: Minería, la cual entrara en vigencia veinte días después de su A. Juzgados de Paz. publicación y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 042-2013 B. Juzgados de Letras. de fecha dos de agosto del año dos mil trece publicado en C. Tribunales de Sentencia. el Diario Oficial La Gaceta el cuatro de septiembre del año dos mil trece, se aprueba el Reglamento de la Ley General D. Juzgados de Ejecución. de Minería. E. Cortes de Apelaciones. F. Inspectoría General de Juzgados y Tribunales. CONSIDERANDO (02): Que mediante Acuerdo No 84.2017 G. Centro Electrónico de Documentación e Información el Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Judicial (CEDIJ). Presidencia, acordó nombrar a partir del veinticinco de julio H. Dirección de la Escuela Judicial. del año dos mil diecisiete, a la ciudadana NÍVIDA FLOR HERNÁNDEZ AGURCIA en el cargo de Directora I. Dirección de la Defensa Pública. Ejecutiva del Instituto Hondureño de Geología y Minas J. Direcciones y Departamentos Administrativos. “INHGEOMIN”. NOVENO: El presente acuerdo es en acatamiento a lo CONSIDERANDO (03): Que el Instituto Hondureño de dispuesto en el punto Número siete (7) sobre el Juzgado de Letras Seccional de Quimistán, departamento de Santa Geología y Minas “INHGEOMIN”, ejercerá sus funciones Bárbara y ocho (8) respecto del Juzgado de Letras Seccional con independencia técnica, administrativa y presupuestaria, de Villanueva, departamento de Cortés, del Acta Número tres (3), de la Sesión celebrada por el Honorable Pleno de la está facultado de la capacidad legal necesaria para emitir los Corte Suprema de Justicia el día 16 de enero del año 2018 y actos, celebrar contratos y comparecer ante los Tribunales de surtirá sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el la República, todo ello en el ejercicio de su competencia. Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE.

  2. CONSIDERANDO (04): Que el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, actúa como ejecutor ROLANDO EDGARDO ARGUETA PEREZ MAGISTRADO PRESIDENTE de la Política Nacional del sector minero en general, con la facultad de desarrollar programas, proyectos, planes y de crear las unidades administrativas, técnicas y operativas LUCILA CRUZ MENENDEZ necesarias, para cumplir con los fines y objetivos de la Ley SECRETARIA GENERAL General de Minería. A. 3 Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 19 DE FEBRERO DEL 2018 No. 34,572 La Gaceta CONSIDERANDO (05): Que dentro de las atribuciones de el ACUERDA: Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, está la de realizar investigación científica en el ámbito de PRIMERO: Crear la UNIDAD DE MODERNIZACIÓN del las geociencias y minería, adquirir, potenciar y difundir el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, conocimiento científico y tecnológico relacionado con las que estará dentro de la línea jerárquica de la Dirección Ejecutiva actividades del Instituto, mediante la gestión y apoyo a y en estrecha relación con la División Administrativa, Financiera planes, programas y proyectos de investigación, formación y de Planeamiento. y desarrollo, en consonancia con el Plan de Nación y Visión de País. SEGUNDO: Las funciones de la Unidad de Modernización serán las siguientes: a) Elaborar propuestas de reforma CONSIDERANDO (06): Que dentro de las atribuciones del Director Ejecutivo está la de administrar y ejercer la institucional, a fin de ser sometidas a su consideración a la representación legal de el Instituto Hondureño de Geología Comisión Presidencial de Modernización del Estado; b) Dar y Minas “INHGEOMIN”, asumir las responsabilidades seguimiento y monitoreo a la implementación de las reformas administrativas en relación al personal bajo su dependencia. de la Institución; c) Elaborar acciones para la simplificación administrativa de los procesos y procedimientos de la CONSIDERANDO (07): Que de conformidad a lo institución; d) Diseñar formatos para la detección de establecido en el artículo 5 inciso I) del Reglamento de la necesidades de capacitación del nivel departamental; e) Ley General de Minería, el Director Ejecutivo, además de Elaborar diagnósticos de necesidades de capacitación del las atribuciones establecidas en el artículo 101 de la Ley personal de la institución; f) Participar en la elaboración General de Minería, puede crear cuando estime conveniente de los planes de capacitación del personal de la institución; y cuente con disponibilidad presupuestaria, otras Unidades g) Preparar el POA y Anteproyecto de Presupuesto de la Administrativas, Técnicas y Operativas para cumplir con la Unidad de Modernización y evaluar trimestralmente su Ley General de Minería y el Reglamento de la misma. ejecución; h) Elaborar anteproyectos de leyes, en el marco de las competencias de la Institución; i) Revisar y actualizar CONSIDERANDO (08): Que de conformidad a lo los manuales existentes y elaborar los que sean necesarios, establecido en el Reglamento de la Ley General de la de acuerdo a las funciones de la Institución; j) Las demás Administración Pública dentro de las funciones de la que le sean asignadas, por la Dirección Ejecutiva. Unidad de Modernización está la de coordinar las acciones orientadas a diseñar, ejecutar y evaluar medidas de reforma TERCERO: La vigencia del presente Acuerdo es a partir de institucional, dando seguimiento a su ejecución de acuerdo su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. con los programas de la Secretaria de Estado. CUARTO: Hacer entrega del presente Acuerdo a la Unidad POR TANTO: de Recursos Humanos y a la Gerencia Administrativa, para los efectos legales correspondientes. La Directora Ejecutiva de el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, en uso de las facultades que la Ley le confiere y en aplicación de los artículos: 321 y 323) de la Constitución de la República; 7, 8, 28 reformado según NÍVIDA HERNÁNDEZ Decreto 266-2013, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de DIRECTORA EJECUTIVA la Administración Pública; 1, 3, 4, 5, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, 96, 97, 99, 100, 101 incisos a) y c) de la Ley General de Minería; 3, 4 y 39 del Reglamento de Organización, KAREN SUDITH RUBÍ Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo. SECRETARIA GENERAL INTERINA 4 A.

  3. Derechos Reservados ENAG

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