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قوانين هندوراس

Acuerdo Nº 1.132/99 - Crea la Comisión Interistitucional de Plaguicidas

صدر في 1999-10-04 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
لائحة
المنظمة
European Union
الدولة
هندوراس
الموضوعات
Cultivated plants
الكلمات المفتاحية
institution, pesticides, plant protection, governance
الفئات
agriculture

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  1. La Gaceta i;i#41)=i!t¥i•1ih·HH·h& S-TEGUCIGALPA, M.D.C., 27 DE ENERO DEL 2000 - 23 0 SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA ACUERDO No. 1132-99 Tegucigalpa, M.D.C:, 04 de octubre de 1999 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que es funci6n del Estado velar por la protecci6n de los Recursos Naturales, del Ambiente y de la Salud Humana en concordancia con las actividades que se desarrollan en el sector Agropecuario. CONSIDERANDO: Que el proceso de Modernizaci6n del Estado exige a las instituciones crear esquemas de armonizaci6n que permitan racionalizar y coordinar los recursos tecnicos y econ6micos dentro del ambito de sus funciones. CONSIDERANDO; Que el uso de plaguicidas en la agricultura, la ganaderfa, el hogar yen otros medias de producci6n, se ha incrementado de manera consecuente con el desarroll~ del sector agropecuario. CONSIDERANDO: Que existe un alto riesgo de impacto desfavorable en el Ambiente y la Salud Humana debido al uso y manejo ina decuado de plaguicidas. CONSIDERANDO: Que es funci6n del Estado velar poda salud de todos los habitantes del territorio nacional. POR TANTO: En aplicaci6n de los Artfculos 245 numeral 11) de la Constituci6n de la Republica, 4 de la Ley Fitozoosanitaria, 127 del C6digo de Salud, 28 literal "e", 68 de la Ley General delAmbiente, 391,397,398 · y 399 del C6digo de Trabajo y 1, 11, 13 y 117 de la Ley General de la Administraci6n Publica. ACUERDA: 1° Crear la Comisi6n Interinstitucional de Plaguicidas, adscrito a la Direcci6n General de Sanidad Agropecuaria (SENASA), en la Secretarfa de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderfa. 2° La Comisi6n estara integrada por las siguientes instituciones: a. La Direcci6n General del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA) de la Secretarfa de Agricultura y Ganflderfa, como la autoridad nacional competente, que funcionara como PRESIDENTE. b. La Direcci6n General de Riesgos ~oblacionales, de la Secretarfa de Estado en el Despacho de Salud. c. La Direcci6n General de Prevision Social de la Secretarfa de Trabajo y Seguridad Social. La Gaceta d. La Direcci6n General de Evaluaci6n y Control Ambiental de la Secretarfa de Recursos Naturales y Ambiente. 3" La Comisi6n Interinstitucional designara como organismos de apoyo, a todos aquellos sectores publicos y privados, que esten involucrados directa e in~irectamente en el area de plaguicidas, tales como las Secretarfas de Educaci6n, Obras Publicas Transporte y Vivienda, lndustria Comercio y Turismo, la Direcci6n General de Ingresos, Universidades, Municipalidades, Centros Asistenciales, la Fiscalfa de! Ambiente, laProcuradurfa del Ambiente, la Policfa de Hacienda, Colegios Profesiona)es, la Industria de Plaguicidas, por lo cual tendra la potestad de convotar cuando sea necesario, a los representantes de los sectores antes mericionados para tratar temas especfficos. 4" La Comisi6n tendra como soporte tecnico a los profcsionales dt; sus respectivas instituciones que esten vinculados al control y uso de plaguicidas. 5" Las funciones de la Comisi6n Interinstitucional de plaguicidas seran las siguientes: a. Revisar la legislaci6n y los reglamentos vigentes asf como los anteproyectos de ley sobre registro, importaci6n, elaboraci6n almacenamiento, transporte, venta, uso y demas actividades relacionadas con plaguicidas, con el fin de proponer las reformas pertinentes. b. Coordinar sus propias funciones y establecer acciones con juntas con organismos extranjeros y nacionales que tengan un ambito de trabajo similar a las suyas, con el objeto, que sus recomendaciones obedczcan a normas nacionales, r~gionalcs e internacionalcs. c. Velar por la calidad y eficacia de los plaguicidas de uso en la. agricultura y en el hogar. d. Restringir o prohibir el (los) uso(s) rcgistrado(s) o denegar o cancelar el registro de un plaguicida por razones de ricsgo inminente a la producci6n agrfcola, a la salud o al ambiente. e. Reglamentar la aplicaci6n del Principio de Informacion y Consentimiento previos (ICP), con el objeto de prohibir o restringir s·everamente el uso, rrianipulaci6n y comercializaci6n de plaguicidas enmarcados en los conceptos del ICP. f. Apoyar el fortalecimicnto de la cstructura organizacional y funcional del sistema de registro, fiscalizaci6n y capacitaci6n de plaguicidas. g. Promover la participaci6n ciudadana en las actividades de con trol, buen uso y manejo de los plaguicidas. h. Promover y apoyar el Manejo Integrado de Plagas en la agricultura. 1. Oficializar laboratorios para el control de la calidad de plaguicidas y monitoreo de residuos, mediante el procedimiento de acreditaci6n conforme a las normas ISO. j. Participar en las reuniones que convoque la Comisi6n Tccnica Regional Permanente de Plaguicidas (COTEREPP). k. Brindar asesoramicnto tecnico a las institucioncs cstatales cuando asf sea solicitado o considetad o indispensable. I. Asesorar, apoyar, promover y supervisar el cumplimiento de la Ley Fitozoosanitaria Decreto 157-94 en su Tftulo Segundo, Capftulo Segundo "DEL CONTROL DE PRODUCTOS E INSUMOS PARA USO VEGETAL" y el Reglamento sobre Registro, uso y control de plaguicidas y sustancias afines. m. Intervenir en cualesquiera otras funciones que les sean encomendadas o que sea de su competencia e interes. 6" La Comisi6n Interinstitucional de Plaguicidas, tendra caracter permanente y resolutive), y su ambito de trabajo es todo el terrhorio nacional. 7" Facultese a las Secretarfas de Estado involucradas en la comisi6n antes relacionada, a que emitan el Reglamento respectivo para el funcionamiento de la Comisi6n Interinstitucional de Plaguicidas. 8" Hacer transcripciones de Ley. COMUNIQUESE CARLOS R. FLORES F. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ING. GUILLERMO ALVARADO DOWNING SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ING. XIOMARA GOMEZ DE CABALLERO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DR. PLUTARCO CASTELLANOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD UC. ROSA AMERICA MIRANDA DE GALO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 26 E. 2000

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