Acuerdo C.D.SENASA 004-2020 - Aprueba medidas como parte del Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas, recolección y eliminación de envases vacíos en el país
صدر في 2020-07-14 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- لائحة
- المنظمة
- European Union
- الدولة
- هندوراس
- الموضوعات
- Cultivated plants, Waste and hazardous substances
- الكلمات المفتاحية
- pesticides, waste management, waste disposal, packaging/labelling, special fund, financing, governance, pollution control
- الفئات
- agriculture
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CamScanner 08-13-2020 17.34.28 . "'' ... ,.~,,' .. ltH, -., .. • I• !t •..., M ~,• .• * •. ~M; • \f IIJ~\-' H R',,ICIO NA ·10NM 111 \A HMO I INDCUIIIAI) ~GR.(lAI IA\lr.fARIA ACUERDO C.O.SENASA 004-2020 Republica de Honduras Tegucigalpa M.D.C. 14 de Julio 2020 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AOROALIMENTARIA CONSIDERANDO: Que mediantc Dccreto Ejccutivo numcro PCM-038-2016 publicado en La Gaceta de fecha 25 de julio del 2016, El Presidentc Constitucional de la Republica en Consejo de Ministros decret6 la creaci6n del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), como un Organo Desconcentrado de la Sccretaria de Agricultura y Ganaderia, suprimiendo la Direcci6n conocida como Servicio NacionaJ de Sanidad Agropecuaria. CONSIDERANDO: Que en los ultimos a.nos debido a la creaCJon y firma de tratados intemacionales de los que Honduras y sus socios comerciales forman parte, los planes de manejo para Ios envases vacios de agroquimicos se han establecido a niveI mundial. CONSIDERANDO: Que corresponde al SEN ASA ejecutar y coordinar acciones a niveI nacional entre el sector publico y privado para la formulaci6n y la aplicacion de normas y procedirnientos reglamentarios para el control de los productos e insumos para uso vegetal asi como de Ios establecimientos que los importan, produzcan, distribuyan, expendan, reenvasen y exporten estos productos. CONSIDERANDO: Que entre los factores mas importantes que limitan Ia producci6n agricola se encuentran las piagas que afectan a Ios cultivos y que existen diversos medios que permiten disminuir estas piagas para que no ocasionen daiios de irnportancia econ6mica tales como los programas de Manejo Integrado de! Cuitivo. (MIC) CONSmERANDO: Que el manejo de Ios envases que han contenido agroquimicos tiene gran significado econ6mico, sanitario y ambiental, haciendo necesario un manejo especial posterior a su uso en cultivos agricolas para prevenir riesgos al medio ambiente ya la salud humana. De Ia misma manera representa uno de los requisitos importantes a satisfacer conforme a la normativa sanitaria y fitosanitaria nacional e intemacional y los lineamientos para la operaci6n y certificaci6n o reconocimiento de Ios sistemas de reducci6n de riesgos de contaminacion. CONSIDERANDO: Que a pesar de los esfuerzos tanto de~ sector publico como privado en el tema de Ia recolecci6n y eliminaci6n de envases vacios de plaguicidas, se sigue observando, que los envases de agroquimicos son dcscchados de forma inadecuada, en Ios canaJcs de ricgo, rios, arroyos, zanjas, brechas, barrancas, campo abierto yen otros casos son quemados o enterrados e incluso se Hegan a reutilizar, hechos que generan focos de contaminaci6n al ambiente (aire, tierra, cuerpos de agua) y en ocasiones probiemas de intoxicaci6n. CONSIDERANDO: Que bajo los principios de calidad, etica y eficiencia, entre las partes interesadas en este tema, se fomentan las acciones en la Reducci6n de ruesgos de Contaminaci6n un;ficando la volun tad y susten 7 in'.'.'."'.'cfones ~ 1Y -:# Escaneado con CamScanner ----- . * * * • SAG - ~[NASA. 'I RVICIO ~AU ONA I DCSANIDAIH INOCUlllA[) AGltOAt IMCNlARIA ACUERDO C.0.SENASA 004-2020 Republlca de Honduras Tegucigalpa M.0.C. 14 de Julio 2020 de Gobiemo respons bl exp rtad a es Y competentes en la materia Jos importadores o ores distrib ·d r b • ' ' • • ui ores, 1a ncantes, formuladores reenvasadores tanto ~~Ct~~ales como internacionales deben realizar actividades de informaci6n 1 Uston, capacitaci6111, instalaci6n de Centros de Recolecci6n Transporte d~ envases vacios, asi como el planteamiento de estrategias par~ la eliminaci6n adecuada de los envases vacios de plaguicidas. CONSIDERANDO: Que el sector privado, a traves de Croplife, diseii6 un Prog~ama de Manejo para Ios En vases Vacios de Productos para la Protecci6n de Cultivos, denominado "Campo Lirnpio". PORTANTO: En el ejercicio de las atribuciones que Jes confiere el Articulo 245, nurnerales 11 de la Constituci6n de Ia Republica; Articulos 7, 29 y 36 numerates 2, 5 y 6 de la Ley General de Ia Administraci6n Publica; Articulos 1, 2, 3 y 5, literal F, de la Ley Filo Zoosanitaria No. 157-94 en su Capitulo n, Articulo 14, inciso a; Articulos 1 y 8 del Decre~o Ejecutivo numero PCM-038-2016; Acuerdo No. 1570-98 Reglamento de Bioseguridad con enfasis en plantas transgenicas; Acuerdo No. 177-201 7 se crea el Comite Nacional de Biotecnologia y Bioseguridad Agricola (CNBBA) del SENASA. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar las siguientes medidas como parte del Programa de Uso y Manejo Segura de Plaguicidas, recolecci6n y eliminaci6n de envases vacios en el pais: Articulo 1.- Se reconoce al Programa "Campo Limpio" como el Programa fitosanitario Oficial del SENASA para el Uso y Manejo Segura de Plaguicidas, recolecci6n y eliminaci6n de envases vacios, el cual es una marca registrada a nombre de CropLife Latin America Inc., una corporaci6n sin fines de lucro constituida en el Estado de Maryland, Estados Unidos, en la clase 37 bajo el numero de registro 15.957, segun consta en la Direcci6n General de Propiedad Intelectual (DIGEPIH), y sera ejecutado por la Asociaci6n Hondureiia de Ia Industria de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes AHSAFE, mientras se conforme una Fundaci6n que reuna toda la industria. Esta medida aplica a Ios Importadores, exportadores, distribuidores, fabricantes, formuladores, reenvasadores tanto nacionales como internacionales. Articulo 2.- Actualmente, el Sector Agroquimico Nacional consciente de que el manejo de los envases que han contenido agroquimicos es de gran importancia econ6mica, sanitaria y arnbiental, hacienda necesario un manejo especial posterior a su uso en cultivos agricolas para prevenir riesgos al medio runbiente y a la salud humana, de la misma manera representa 7 p~ Escaneado con CamScanner i ,. • * * * • ,\G HNA.'.~ • \LRVJCJO NACIONAI Di SAN I DAI) f I ·oeuJDMl AGROALl\i[NTARJA ACUERDO C.0.SENASA 004-2020 Republica de Honduras Tegucigalpa M.D.C. 14 de julio 2020 importantes a satisr fi la · l• . . ,acer con orme a nonnativa nadonal e internacional y los meanuentos para 1 • • certifi •. d . . . a operac1on Y caaon o reconocim.iento de los sistemas 1 e reduccion de nesgos de contaminacion, ha manifestado unidad granitica para t lmple!:1entaci 6n de~ Programa de Uso y Manejo Segura de Plaguicidas, y ecol:ccio n Y ehmmac1on de envases vacios, estableciendo un FONDO para la efectiva eJecucion de! mismo en Honduras. Este FONDO se capitalizara de las aportaciones del Sector Agroquimico Nacional ?e la siguiente manera: Se aportani 4 lempiras por millar del valor FOB de las 1mportaciones de Plaguicidasy Fertilizantes foliares, asi como otras aportaciones derivadas de donaciones, u otros fondos de cooperacion privado y / o publico que pudieran gestionarse. Este monto de aportaci6n puede re-evaluarse anualmente para proponer ajustes. Crease el Comite Nacional del Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas, recolecci6n y eliminaci6n de envases vacios, como el ente encargado de reglamentar el uso, administracion y rcndicion de cuentas de este fondo. Dicho Comite estara conformado por: I. El Subdirector Tecnico de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), o la persona que cl designe, quien presidira. 2. Un representante de CropLife Latin America Inc. 3. Un representantc de la Fcdcracion Nacional de Agricultorcs y Ganadcros de Honduras FENAGH ( del sector agricola) 4. Un representante de la Asociacion Hondurena de la Industria de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes AHSAFE. 5. Un representante de la Camara Hondureiia de Productos Equivalentes (CAHPROE) 6. Un representante de Federation Americana de Sociedades Agroquimicas (FASA) El servicio prestado por los miembros del Comite sera completamcntc Ad honorem. El uso, administraci6n y rcndici6n de cucntas de cste fondo sera rcglamcntado por el Comite Nacional del Programa de Uso y Manejo Segura de Plaguicidas, recolecci6n y eliminacion de envases vacios, dentro de los noventa dias siguientes a la entrada en vigencia del presente Acuerdo. Articulo 3.- El Programa de Uso y Manejo Segura de Plaguicidas y Recolecci6n y Eliminacion de Envases Vacios, seni financiado con las fondos obtenidos con la aportaci6n del Sector Agroquimico Nacional, de acuerdo a las actividades y plan de manejo/trabajo establecidas en el Programa "Campo Limpio", el cual debe incluir mecanismos de incentivos para el agricultor que se someta a este Programa. El SENASA certificari, regulani y evaluari el cumplimiento de las \ Escaneado con CamScanner - . ~ 0 .,. 0 ;; "'• ':to,;~ I ., ,-"'-'" ,\.· ,. , ,-,, .. -;'\'\. ... • ,:u3'-~ ~ =--- ·***· ' C ~f • \ \ ,; ::\'IC';(' , \l :cl, \l Pl \\'(lll\111 1'-'()Cl!lf)\fl \1,1.1l\l l\ll 'I \l!i I Republlca de Hondur.as Tegucigalpa M.D.C. 14 de Julio 2020 ACUERDO C.D.SENASA 004-2020 correcclonea "1 verlftcar el cumpllmJento de un plan de mejoras del ■istema, cuando lo comldere pertlncnte. Articulo 4. Las contribuclones fndicadas en el articulo anterior, semn pagadas dircctamente a AHSAFE, para lo cual el importador debera hacer el pago correspondiente y para el efecto estas extenderan el comprobante respectivo. Articulo S. El Servicio Nncional de Sanidad e Inocuidad Agroallmentaria SENASA, exigira el comprobante de pago extendido por AHSAFE, previo a autorizar el penniso de importaci6n del producto importado. Articulo 6, DISPOSICIONES TRANSITORIAS. El Sector Agroquimico manifiesta SU voluntad de confonnar una fundaci6n que agremie a todos los actores de este sector. La captaci6n y administraci6n del fondo queda, en fonna tmnsitoria delega~a en AHSAFE, mientras se culmina el proceso de conformaci6n de la citada Fundnc16n. El fondo se iniciara a captar hasta que la reglamentaci6n referida en el articulo 2 del presente acuerdo, se haya aprobado. SEGUNDO: El presente Acuerdo entrara en vigencia a partir de su publicaci6n en el Diario O.ficial "La Gaceta". TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. Dado a los catorce dias del mes de julio de dos mH veinte. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE, ECO IO EXTERI SECRECTARIA DE ESTADO ER LOS DESPACHOS DE DESARROLLO ECOKOIIICO ~ ~ I I, Escaneado con CamScanner ACUERDO C.D.SENASA 004-2020 Republica de Honduras Tegucigalpa M.D.C. 14 de Julio 2020 IN • C S'""rEDAFASQUELLE SUB-SECRETARIO DE Ml AMBIERTE DR. SBCRETARIO • NACIOKALD CTIVO PAGOAGA t)/.J)l'B~~IVO DEL SERVICIO ci,c:UIJl~AGROALDIEJITARIA Escaneado con CamScanner