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Política de Estado en materia de Cursos de Agua Internacionales

صدر في 2012 · النص بتاريخ 2026-10-01

القانون العام والإرشادات الرسمية منشورة بوصفها أبحاثاً. ليست مشورة قانونية أو ضريبية أو مالية.

البحث نفسه مكتوب بالإنجليزية. العناوين والوسوم مترجمة؛ أما النتائج والاقتباسات فغير مترجمة.

عن هذا القانون

اللغة
Spanish
النوع
policy
المنظمة
Caribbean Community (CARICOM)
الدولة
غواتيمالا
الموضوعات
Water, General
الكلمات المفتاحية
sovereignty, policy/planning, international cooperation, water resources management, surface water, groundwater, freshwater pollution, sustainable use, pollution control

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  1. Gobierno de Guatemala , POLITICA DE ESTADO EN MATERIA DE CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES Reproducido con el apoyo de: iidJml Gobierno do Guatornolo F:ODM FONDO ,,.,.,. EL LOGRO DE LOS 00'1 r«talecllndo capacidades con el pueblo Marn para ta gobemabllldad econ6mlca tn eoua , , POLITICA DE ESTADO EN MATERIA DE CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES Gobierno de Guatemala .,. # POLITICA DE ESTADO EN MATERIA DE CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES INTRODUCCIÓN. El Presidente de la República, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores como institución responsable de las relaciones internacionales de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala (artículos 1.49, 150 y 151) y lo Ley del Organismo Ejecutivo (artículo 38) desarrollo esta Política de Estado en materia de Cursos de Agua Internacionales. De esto manero, coadyuvo o salvaguardar el territorio nacional, y proteger dentro de sus fronteros, lo vida y el desarrollo integral de la población y los derechos de aguo que les correspondan. Lo Político de Estado en materia de Cursos de Aguo Internacionales que aquí se presento, reconoce lo importancia de la efectiva gestión y gobernanza de las aguas como bienes y servicios hídricos, paro contribuir al mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, acceso o un ambiente sano y seguro, al crecimiento económico, al cumplimiento de los objetivos de desarrollo del milenio y o la mejora de la calidad de vida poro lo presente y futuros generaciones. Su formulación es resultado del análisis realizado por la Cancillería apoyado por instituciones del sector público, a requerimiento del Gabinete Específico del Aguo, uno de cuyos objetivos es que los convenios, tratados , declaraciones y negociaciones concernientes a aguas internacionales, deberán salvaguardar los intereses de Guatemala, por ser un recurso estratégico de seguridad nacional. ANTECEDENTES. CONCEPTOS YPRINCIPIOS DE LA POLÍTICA DE ESTADO EN MATERIA DE CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES. En el territorio de la República de Guatemala se localizan cuencas hidrográficas de ríos limítrofes y ríos sucesivos, cuencas cuyas la Política de Estado en materia de Cursos de Agua Internacionales áreas geográficas ocupan un porcentaje significativo del territorio está basada en los siguientes conceptos: nacional y cuyas aguas benefician a terceros Estados. Sin embargo, la conservación y protección de esta agua y los servicios la definición de "Río internacional" como aquél que divide o sirve hídricos que proveen, ha recaído únicamente en el Estado de de límite entre los territorios de dos Estados, llamado limítrofe, o Guatemala. que discurre desde el territorio de un estado al territorio de otro Estado, adquiriendo el carácter de río sucesivo; ha El Estado de Guatemala está obligado a continuar los esfuerzos evolucionado de ser regulado únicamente para fines de "navegación" hacia una noción más general que permite la de protección, recuperación y conservación de sus aguas en utilización de dichas aguas para fines distintos a la beneficio del interés público y para favorecer el pleno ejercicio navegación, lo que se conoce como "cursos de agua de los derechos de su población. Guatemala realizará internacionales" y que por ello, su régimen legal adquiere una esfuerzos poro que los Estados vecinos que se benefician de las connotación completamente diferente que la práctica aguas que nacen en Guatemala y que luego se convierten en internacional ha resuelto para cada caso concreto y por la vía de internacionales, contribuyan de forma a equitativa, mediante los acuerdos bilaterales. compromisos concretos que conlleven mecanismos definidos de compensación. la compensación consiste en la aportación equitativa, concreta y efectiva de parte de los países vecinos que se benefician de aguas provenientes de territorio guatemalteco, para la protección y OBJETIVO. preservación de las cuencas soberanas de la República de Guatemala, que aportan agua a los cursos de agua internacionales. Esta compensación se puede dar de la forma en que se convenga Sobre la base del derecho de soberanía que asiste a Guatemala en los acuerdos bilaterales que se celebren sobre esta materia. de disponer sobre sus aguas territoriales, incluyendo las aguas de su mar territorial, zona contiguo y zona económica exclusiva, se Para los efectos de la Política de Estado en materia de Cursos de formula la Política de Estado en materia de Cursos de Agua Internacionales se entenderá por cuenca hidrográfica Agua Internacionales relativa a las aguas dulces de los ríos limítrofes soberana, el área superficial o subterránea ubicada en el territorio o sucesivos; y se definen los lineamientos de Estado que orienten de Guatemala, que recolecta agua encausándola a cursos el conjunto de acciones que lleven a definir normas de derecho nacionales o internacionales. internacional, lo cual se basa en los principios enunciados por esta Política, con el fin de lograr los valores de justicia, seguridad De conformidad con la Constitución Política de la República, el y bien común. Estado de Guatemala ejerce plena soberanía sobre el territorio nacional, que incluye las aguas de los ríos internacionales, y en consecuencia considera también como soberanas las áreas de cuencas hidrográficas que se extienden dentro de su territorio y que provean de agua a los ríos nacionales o internacionales. 2 3

  2. la Política está basada en los Principios siguientes: MARCO LEGAL A nivel nacional: • Principio de soberanía de los Estados de disponer de sus recursos naturales Marco jurídico • Principio de desarrollo sostenible Constitución Política de la República • Principio de desarrollo humano transgeneracional Ley del Organismo Ejecutivo. • Principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas entre Estados A nivel internacional: Como elementos reales que pueden informar la Política en la • No existen convenios o tratados generales aplicables materia, reconoce la unidad del ciclo hidrológico y la Gestión obligadamente a los Estados, o Derecho Consuetudinario Integrada de los Recursos Hídricos como medio para lograr una sobre ríos o cursos de agua internacional. mejor gestión y gobernanza de las aguas. • No existen normas generales rígidas y uniformes para todos los cauces de aguo internacionales, ya que cada caso JUSTIFICACIÓN. presenta sus problemas específicos y cado convenio atiende distintos usos. Debido a la demanda de los múltiples usos del agua, especialmente • Doctrinalmente no hoy acuerdo ni sobre la existencia ni la agricultura, y de los requerimientos ambientales, el agua dulce sobre el contenido de los principios del derecho internacional, se ha convertido en un bien escoso a nivel global, por lo que es poro lo regulación de los cursos de aguo internacionales. necesaria lo formulación de políticos que permitan preservar este bien paro el uso de las poblaciones guatemaltecos, Consecuentemente, lo Político de Estado en materia de Cursos de actuales y futuros, considerando además la modificación que ha Agua Internacionales, se baso en lograr acuerdos bilaterales poro sufrido su distribución espacial y temporal natural por efecto del fuentes concretas de agua con todos y codo uno de sus Estados cambio climático que trasciende los fronteras de su vecinos y sostener este criterio ante la comunidad regional, territorio. continental y global, cuando procedo. El agua tiene un valor geopolítico que la convierte en un recurso valioso poro todas las naciones. El Estado de Guatemala puede MARCO INSTITUCIONAL: convenir con otros Estados la formo de gestionar y gobernar los l Plan de Gobierno cursos de agua internacionales y en todo caso, debe convenir el mayor número de derechos de aguas a favor del ¡ Los medidas gubernamentales del aguo Política Nocional de Gestión Integrado de Recursos Hídricos Estado de Guatemala en su relación con los países vecinos, la Estrategia Nocional de Gestión Integrada de Recursos Hídricos región centroamericano y el mundo; de manera tal que pueda Presidencia de lo República garantizar y preservar el interés público y el ejercicio de los El Ministerio de Relaciones Exteriores derechos de agua de la presente y futuros generaciones de la Gabinete Específico del Aguo, por intermedio del Grupo Nacional población asentada en Guatemala. de Expertos en materia de Aguas Internacionales

  3. 4 5 LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA DE ESTADO EN MATERIA DE CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES. ACUERDO GUBERNATIVO 117-2012 POLÍTICA DE ESTADO EN MATERIA DE CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES l. El uso de los cursos de agua internacionales debe ser objeto de tratados internacionales bilaterales cuya negociación y celebración corresponde exclusivamente a la Presidencia ......., ~•GINllWJAMIJIICA de la República, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, en representación del Estado de Guatemala. Dichos instrumentos jurídicos internacionales deberán ser debidamente aprobados por el Congreso de la República, ~....:....~-~=:::::.:::=:.. ............................................... . . . ......,._ ................................ 0..--- por tratarse de un bien público nacional. . . . . . 1. • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. :..:.=:==:::.=:.::-..:.::: __ .......... • .....--.... ~-'--_.it ...... c.... ..-.....,._..,._ 2. 3. Cada curso de agua internacional deberá ser negociado y regulado por un tratado bilateral específico. - ............................. ......... :=!~-==--r----:.-:=.: - ___ ...............c...__.. ....... . .-..0 ......... , . . . . . ~ - - - · - - - - Guatemala en los tratados sobre cursos de agua internacionales que celebre, tomará en cuenta que debe satisfacer, primero, las necesidades de población, de su economía y ambiente, ya que el recurso es escaso y podría disminuir en el futuro; por lo que no puede obligarse a proporcionar calidad y cantidad a sus vecinos. 4. Cualquier tratado bilateral con los países vecinos en materia MINISTDIO DI RllAQONES IXTllllotllS de agua debe considerar el derecho del Estado de k,...._• • ~,,.•~••lrloe••l•..,v'Wllklud ~ - , ... ~ · -tf,.__ · · · - • • ~ - ~ ~o ,..,..., ,._..,......,_..._ • • ....,.._ ... Guatemala a que se establezcan esquemas AWUOO ounllNAnYO No.117•2912 de compensación por servicios ambientales que permitan proteger los bienes y servicios hídricos y su compensación por el uso y aprovechamiento del agua que ellos reciben.

  4. 6 7 ,,.

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