Decreto Número 9-2023 – Aprueba Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, suscrito en la ciudad de Kigali, Ruanda, el 15 de octubre de 2016
صدر في 2023-04-12 · النص بتاريخ 2026-10-01
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عن هذا القانون
- اللغة
- Spanish
- النوع
- قانون
- الدولة
- غواتيمالا
- الموضوعات
- Air and atmosphere
- الكلمات المفتاحية
- air quality/air pollution, ozone layer, emissions, ratification, pollution control
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Fundadoen1880 Diario de Centro ~ . enca LUNES 2 4 deABRILde2023 No. 13 TomoCCCXXIl EN ESTA EDICION ENCONTRARA: ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 9-2023 Pegina 1 ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 67-2023 Pegina 2 MINISTERIO DE GOBERNACION ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 81-2023 Pegina 2 ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 164-2023 Pegina 3 ANUNCIOS VARIOS Matrimonios Nacionalidades Uneas de Transporte Titul os Supletorios Edictos Remates Convocatorias REALIZATUS PUBLICACIONES EN LA COMODIDAD DETU HOGAR U OFICINA Pegina 4 Pegina 4 Peg ina 4 Peg ina 4 Pegina 5 Peg ina 8 Pog ina 14 ORGANO OFICIAl DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A. Directora General : Silvia Lanuza www.dca.gob.gt ORGANISMO LEGISLATIVO W CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 9-2023 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con 13 Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala, corresponde al Congreso de la Republica aprobar los tratadas, convenios 0 cualquier arreglo internacional. CONSIDERANDO: Que el contenido de la "Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono", suscrito en la ciudad de Kigali , Ruanda, e1 15 de octubre de 2016, no contraviene principios constitucionales ni legales vigentes en nuestro pa ls, por 10 cual as procedente su aprobacl6n, emitiendo en tal sentido la respectiva disposici6n legal. POR TANTO: En ejercicio de las atribuclones que Ie confieren las literales a) y I) del articulo 171 de la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala , DECRETA: Articulo 1. Aprobar la MEnmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustanclas que Agotan la Capa de Ozono", suscrito en la ciudad de Kigali, Ruanda, el 15 de octubre de 2016. Articulo 2. EI presente Decreta entrara en vigencia a los acho (8) dras de su publicaci6n en el Oiario Oficia!. REMiTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION. PROMULGACION Y PUBLICACION. EMITIDO EN EL PALACIO DEL ~~~~~~~~~~~~~!~~ EN LA CIUDAD DE GUATEMALA. EL DOCE .~ ,U"'I-""C VEINTITRES. sIJ UELA R~ SHIRLEY ~ ~. ? 7' ",. ""1 A I." ~M~A~Y~N~O~R~~~~~~~~~~LDOSAL~SA~YOA SECRETARIO Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa 2 Guatemala, LUNES 24 de abri l de 2023 DlARIO de CENTRO AMERICA NUMEAO 13 PALACIO NAC IONAL : Guatemala, veintiuno de abril del ano dos mil veintitres. PUSLIQUESE y COMPLASE ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 67-2023 Guatemala, 4 de abril de 2023 EL PRESI.DENTE DE LA REP UBLICA CONSIDERANDO Que la Constituci6n Politics de la Republica de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio publico. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas PUblicas Ie corresponde cumplir y hacer cumplir todo 10 relativo al regimen juridico hacendario del Estado. incluyendo eI registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado. CONSIDERA.t~DO Que la Direcci6n de Bienes del ESlado del Ministerio de Finanzas Publicas, a traves del Expediente Nlimero 2021-22138, opin6 dc mancra favorable sobrc la viabilidad de adscribir al Ministerio de la Defensa Nacional la finca rustica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo eI numero 974, fo lio 121 dellibro 5 de Izabal. propiedad de La Naci6n, ubicada en el Municipio de Puerto Barrios, Departamento de Izabal, pam los fines propios del Ejercilo de Guatemala; por 10 que es convcniente emitir la disposici6n legal correspondiente, la cual es de estricto interes del Estado, en consecuencia, la publicaci6n deberi efectuarse sin costo alguno. PORTANTO En ejercicio de las funciones que Ie confiere el articulo 183 literales e) y q) de la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala, y con fundamento en los articulos 27 litemles i) y j ) y 35 literal m) del Decreto Numero 114·97 del Congreso de la Republica de Guatemala, Ley del Organismo Ejeculivo. ACUERDA ARTICULO 1. Adscribir 8 favor del Ministerio de 18 Defensa Nacional, la finca rustica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el numero 974, folio 121 del1ibro 5 de Izabal, propiedad de La Naci6n, ubicada en el Municipio de Puerto Barrios, Departamento de IzabaJ, de confonnidad con las medidas y colindancias que Ie apareten en su primera inscripci6n de dominio. ARTicULO 2. La fmca a que se refiere eI articulo 1. del presente Acuerdo Gubernativo, se OIorga pam los fines propios del Ejercito de Guatemala. en eI entcndido que, con el cambio de destino 0 no utili zaria pam el fin por el cual se adscribe el irunueble, sin ma.s tramite se dara por Icnninada la misma, quedando en plena disposici6n del Estado para que reoriente su uso. ARTicULO 3. La Direcci6n de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Publicas, fonnalizara la entrega mediante el acta respectiva y har! las anotaciones correspondientes en su registro, asf mismo podIi realizar supervisiones en el inmueble ya mencionado, con el fin de establecer el cwnplimiento del destino para eI cual se otorga la adscripci6n, en caso de incumplimiento. se dare por terminada la misma, ademas el Ministerio de 1a Defensa Nacional. sera e! responsable de la guarda, custodia y mantenimiento del referido bien inmueble. ARTicULO 4. EI presente Acuerdo Gubemativo empieza a regir al dla siguiente de su publicaci6n en el Diario de Centro America. COMlJNi UESE ylf;MNI REYES CHIGUA ~"'1. ~ MINISTERIO DE GOBERNACION IE .406.2023)--24--<1bri l ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 81-2023 Guatemala, 21 de abril de 2023 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONS[DERANOO Que la Ley del Organismo Ejecutivo euable.::e que podri intcgrarSe tambien par las comisiones temporales. siendo competencia del Presideole de la RepUblica crear sus funciones y euabloca- su tcmpo-alidad mediante acuenlo gubemativo par coaducto del MiniSlerio de Gobemaci60 $JCSUn el articulo 183 lileral e) de la Constituci6n PoIitica de la RepUblica; par 10 que en esc scntido. mediante Ac:uerdo Gubem.ativo N6mero 360 2012 se cre6 de forma lernpcnlla Comisi6n Presideocial de Gobiemo Abiertoy Electr6nico. CONSIDERANOO Que el ejercicio de la funci60 pUblica debe desarrollarse bajo los principios que la rigen. tales como la soIidaridad, subsidiaritdad, tnnsparencia. probidad, eficacia, eficiencil, descentralizaci6n y participaci6n ciudadana; par 10 que es indispensable establoca- mecanismos y acciones institucionales que coatribuyan en la implementaci6n de poIiticas. planes y esrmegill$ de gobiemo abierto y electrOnico, que permian la transformaci6n de la gesri60 pUblica en el marco de los compromUos adquiridos en la Dedaraci6n de Gobiemo Abierto. promovida par la Alianza pan el Gobiemo Abierto a efecto de asegunr el desarrollo social y aprovechar el poder de las nuevas teenologill$ pan! hac.es' que el gobiano sea ntis efoctivo y responsable; y asi dar cu.mplimiento a los compromisos adquiridos par d Esudo de GuatemalL Cabe meneionar, que en eI Decreto NfunC!'O 5-2021 del Congreso de la RepUblica de Guatemala, Ley para 1a Simplificaci6n de Requisitos y Trimiles Administntivos, se Ie otorga a 1a Comisi6n funciones especificas como ente encargado de impulsar la simplificaci6n de trimites aciministrativos, materia que se encuentra en constante evolucioo y funci6n que pretende garantizu I. prestaci6n efoctiva del servicio pUbliro. favoc del. usuario. POI' 10 que. para dar cumplimiClto. promoci60 y seguim.iento a la =ativa en materia de gobierno abieno, eIectrOnico y simplificati60 de requisitos y trimites administTativos, es oecesario prorrogar I. vigencia de la Comisi6n Presidencial de Gobiemo Abierto y EJectrOnico. PORTANTO En ejercicio de las funciooes que Ie confiere eI articulo 183 literal e) de I. ConstitutiOn Politica de 1a RepUblica de Guatemala y coo fi.mdamento eo eI articulo 5 del Deo-eI:o NUmern 114-97 del Congreso de I. RepUblica de Guatemala, Ley del Organismo EJecutivo. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa